Servicios no cubiertos Cláusulas de Ejemplo

Servicios no cubiertos. Cualquier artículo, servicio, suministro o atención que no figure específicamente como Servicio Cubierto en el presente Contrato, que esté excluido por el mismo, que sea proporcionado por un Proveedor no elegible o que, de otro modo, no sea elegible como Servicio Cubierto, sea o no Médicamente Necesario. Un centro hospitalario general que proporciona servicios psiquiátricos hospitalarios para el diagnóstico y tratamiento de enfermedades mentales durante las 24 horas del día, por o bajo la supervisión de un Médico. Los cargos y/o servicios no se consideran razonables, y por lo tanto no son elegibles para el pago, cuando resultan de un error del Proveedor y/o de condiciones adquiridas en el centro que se consideran "razonablemente prevenibles" mediante el uso de directrices basadas en la evidencia, teniendo en cuenta, pero no limitado a las directrices de la CMS. Alliant se reserva para sí mismo y para las partes que actúan en su nombre el derecho de revisar los cargos procesados y/o pagados por Alliant, para identificar los cargos y/o servicios que son no es razonable y, por lo tanto, no puede ser pagada por Alliant en virtud del Contrato".
Servicios no cubiertos. En el caso de que su plan de salud determina que un servicio sea "no cubiertas" usted será responsable de la carga completa. El pago se efectuará a la recepción de una declaración de nuestra oficina. Si no está de acuerdo con la determinación de su compañía de seguros, debe ponerse en contacto con su compañía de seguros. La mayoría de los planes de seguros médicos, incluyendo Medicare, no cubren el servicio de refracción. La refracción es una medida de la potencia necesaria para prescribir lentes o cambiar sus anteojos y / o lentes correctivas. Refracciones también se pueden realizar con fines de diagnóstico. Si el examen incluye la refracción y si usted esta conciente de que su plan medico no cubre la refracción, puede hacer un “pago puntual” por la cantidad de $52 ademas de su copago el dia de servicio y no enviaremos el cobro a su plan medico. Si usted decide no pagar la refracción el dia de servicio, enviariamos el cobro normal por la cantidad de $65 a su plan medico y lo que no cubra su plan medico sera responsabilidad de el paciente. HMO planes de seguro y algunos otros seguros requieren un número oficial de referencia / autorización o formulario. Si la autorización no ha sido recibido por nuestra oficina al momento del servicio, se le pedirá que firme una renuncia de Referencia que indica que será financieramente responsable al momento del servicio.
Servicios no cubiertos. Este acuerdo no cubre las cajas de seguridad, los servicios fiduciarios, las tarjetas de crédito, los servicios de corretaje de descuento, las cuentas de depósito empresariales u otros productos de depósito que estén regulados por normas especiales: las cuentas de retiro individual (IRA), los planes XXXXX, las cuentas de traslado automático de fondos y la línea de crédito CareFree. Cabe mencionar que los Certificados de depósito, si bien están regidos en parte por este acuerdo, se rigen también por las disposiciones especiales que establece el Recibo del Certificado de depósito.
Servicios no cubiertos. Aquellos servicios que, a. están expresamente excluidos en la póliza de la persona asegurada; b. son parte integral de un servicio cubierto; c. son prestados por una especialidad médica no reconocida para pago; d. son considerados experimentales o investigativos por las entidades correspondientes, según se indican en la póliza; e. son provistos para la conveniencia o comodidad de la persona asegurada, del médico participante o de la instalación.
Servicios no cubiertos. EN TODAS LAS GARANTÍAS HOSPITALARIAS
Servicios no cubiertos. La educación para el lenguaje, salvo cuando haya patología orgánica de base, la educación, terapia y rehabilitación especial en enfermos con afectación psicomo- tora en procesos congénitos o adquiridos, así como la terapia de mantenimiento y ocupacional.
Servicios no cubiertos. Toda clase de productos o aparatos utilizados en la Hospitalización a Domicilio y en la Asistencia Ambulatoria no realizada en los Hospitales de Día o en los Centros Médicos de Urgencias, como pueden ser: productos farmacéuticos, vacunas, jeringuillas, empapadores, aparatos ortopédicos, monitorizaciones, aparatos de rehabilitación pasiva y en general cualquier producto o asistencia utilizados con fines sociales.
Servicios no cubiertos. El servicio exequial de la mascota no incluye asistente familiar. • El servicio exequial solicitado durante el periodo de carencia.
Servicios no cubiertos. En la Medicina Preventiva El coste de las vacunas, excepto vacunaciones de acuerdo con el calendario oficial dentro del Programa del niño sano.

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  • Contratos de servicios Además de en los casos previstos en el artículo 170, los contratos de servicios podrán adjudicarse por procedimiento negociado en los siguientes supuestos:

  • SERVICIOS ADICIONALES Easyfines: Servicio de gestión de expedientes sancionadores en materia de tráfico y circulación vial por infracciones cometidas durante el periodo de alquiler. La contratación voluntaria de esta cobertura adicional ofrece al arrendatario la posibilidad de gestionar de forma sencilla a través de una plataforma digital las sanciones de tráfico referidas a infracciones cometidas durante su período de alquiler en el territorio español y respecto de vehículos con matrícula española. Con la contratación voluntaria de este servicio el cliente evita el abono de los costes del cargo administrativo por gestión de multas referido en la estipulación E.1.11 y podría beneficiarse de reducciones por pronto pago. En caso de que el cliente decida presentar recurso en sede administrativa, el mismo será tramitado por letrados externos especializados en este tipo de expedientes. El cliente dispondrá de un sistema de comunicación inmediato y un servicio de atención especializado para la tramitación del concreto expediente sancionador en materia de tráfico y circulación de vehículos. La asistencia jurídica es prestada por un equipo de letrados especializados con los que el Arrendador tiene externalizado este servicio. Easyfines cuenta con un servicio de pago inmediato para determinados tipos de infracciones, siempre sujeto a los plazos marcados por la Administración sancionadora. La posibilidad de pago inmediato no será posible respecto de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos, en cuyo caso el Arrendador identificará al arrendatario. Una vez el expediente sancionador figure a nombre del arrendatario podrá hacer uso de los restantes servicios incluidos en Easyfines. Respecto de infracciones referidas a vehículos con matrícula española pero por hechos cometidos fuera de territorio español el cliente que contrate este servicio quedará exonerado de abonar el cargo por gestión de multas referido en la estipulación E.1.11. El arrendador procederá a identificar al arrendatario no pudiendo ofrecer el servicio de pago o de interposición de recurso frente a expedientes emitidos por organismos extranjeros. Se excluyen de la contratación del servicio Easyfines las infracciones referidas a vehículos con matrícula extranjera. El arrendatario/conductor tendrá la opción de formular recurso administrativo frente a la sanción cuando así legalmente proceda, firmando para ello una autorización expresa de representación a favor de letrados externos especializados. No se iniciarán trámites frente a la sanción sin el previo consentimiento expreso por parte del arrendatario. El Arrendador no será responsable de acciones/trámites que hayan sido comunicados por el arrendatario fuera de los plazos que le fueron informados en las comunicaciones intercambiadas con el equipo de letrados especializado para que confirme el concreto trámite a seguir.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • OTROS SERVICIOS 2.1.3.1. El contratista deberá ofrecer todos los demás servicios de Telecomunicaciones dentro del área de cobertura del proyecto, que su solución tecnológica permita brindar de manera convergente. Los ingresos por estos servicios deben ser incluidos e identificados en la contabilidad separada del proyecto. 2.1.3.2. La subvención asignada a los proyectos está afectada a la existencia de un déficit, por lo que es una obligación de los oferentes promover diseños de red, uso de tecnologías y modelos de negocio para hacer el uso más eficiente de dichos recursos. El oferente se obliga a maximizar las inversiones aprovechando todas las posibilidades de explotación de la red subvencionada y todas las oportunidades de negocios posibles, aprovechándose de las economías de escala y de alcance. La oferta debe plantear un modelo de negocio orientado a la explotación de todos los tipos de servicios posibles. Esta obligación de eficiencia del uso de recursos públicos comprende concretar en la oferta la mayor rentabilización de los recursos, con lo cual se promueva una más pronta rentabilidad del proyecto (ingresos adicionales) y, sobre todo, una mayor cobertura de todo tipo de servicios rentables para los habitantes de las zonas cubiertas por el proyecto (economía de alcance). 2.1.3.3. Debido al carácter de fondos públicos (por la subvención), que los proyectos son actividades inherentes al Estado, así como las ventajas de ejecución de un proyecto subvencionado en una zona no rentable; el operador adjudicado no puede perjudicar las oportunidades de rentabilización del proyecto ni lesionar de ninguna forma el fin último al que está afectado la subvención que recibe y, sobre todo, en detrimento del derecho de los habitantes de las zonas cubiertas por el proyecto a beneficiarse del uso eficiente de la subvención y del proyecto en general. 2.1.3.4. El operador se compromete y obliga a no tomar ninguna decisión de negocio o realizar alguna conducta que perjudique al proyecto subvencionado, como pero no limitado a: competir con el proyecto subvencionado de servicio universal con proyectos o despliegues de redes separados, sin ninguna justificación suficiente y viable, tanto técnica, financiera como jurídicamente. Es por ello, que las ofertas deben plantearse con diseños de red, uso de tecnologías y modelos de negocio que permitan prever el cumplimiento del uso más eficiente de los recursos y a través de la maximización de la explotación de las redes (economías de escala), sea para ofrecer todo tipo de servicios posibles (economías de alcance) sin restringirse a los servicios mínimos indicados en el cartel. Se exceptúan los proyectos que sean de acceso universal, servicio universal y solidaridad.

  • SERVICIOS a) Modificación de los Servicios: EL BANCO se reserva el derecho de ampliar, limitar, adicionar, eliminar o en cualquier otra forma modificar los Servicios prestados a través del Sistema en cualquier momento, sin que para ello sea necesario solicitar la autorización o notificar previamente a El CLIENTE. b) Insuficiencia de Fondos: La prestación por parte del BANCO de los Servicios solicitados por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema estará sujeta, entre otras cosas, a la existencia de fondos suficientes en la Cuenta respectiva para ejecutar la transacción solicitada en su totalidad. El BANCO no estará obligado a cumplir parcialmente una orden dada por el CLIENTE o por las Personas Autorizadas a través del Sistema. c) Servicios brindados por EL BANCO a través del Sistema: i) Consulta: EL CLIENTE podrá revisar, los movimientos, saldos de las Cuentas y los créditos otorgados por el BANCO a favor de EL CLIENTE. La información sobre cada Cuenta es actualizada por el BANCO en tiempo real, con excepción de aquellas transacciones para las cuales EL BANCO ha establecido un plazo determinado para su ejecución. El BANCO no es responsable por las consecuencias derivadas de las decisiones que realice el CLIENTE en base a la información de las Cuentas disponible a través del Sistema. ii) Transferencias entre cuentas: EL CLIENTE podrá realizar transferencias de sus fondos disponibles entre las Cuentas que mantiene con el BANCO. iii) Transferencias Internacionales: EL CLIENTE podrá realizar transferencias internacionales, debitando cualquiera de las Cuentas que mantiene con el BANCO. iv) Transferencias Locales (ACH): El cliente podrá debitar o acreditar otras cuentas dentro de la Red ACH Directo utilizando cualquiera de las Cuentas que mantiene con El BANCO. v) Pagos a Créditos: EL CLIENTE podrá realizar pagos a créditos otorgados por el BANCO, a través de los fondos disponibles no pignorados en sus Cuentas. vi) Realizar pagos de servicios de uso público. vii) Realizar pagos a ciertas entidades privadas que sean designadas por el BANCO (Pagos a Comercios). viii) Otros Servicios: El BANCO brindará los siguientes Servicios adicionales, sujetos a la disponibilidad de fondos en las Cuentas del CLIENTE y a los reglamentos internos aprobados por EL BANCO para la ejecución de dichos Servicios, y a los términos del presente Contrato, Solicitudes de: i) Transferencias y pagos regulares pre autorizados (Ordenes de transferencia y pagos periódicos a favor de terceros). ii) Expedición de Chequeras a las cuentas corrientes del CUENTAHABIENTE. iii) Expedición de Cartas de Crédito y Enmiendas. Los pagos que se realicen a través de EL SERVICIO DE INTERNET se harán mediante un débito a la cuenta designada por EL CLIENTE, por la cantidad indicada por éste. EL BANCO enviará las sumas correspondientes al acreedor designado por EL CLIENTE, según acuerdo con terceros. EL CLIENTE deberá solicitarle a EL BANCO que proceda con los pagos deseados con al menos dos (2) días hábiles antes de la fecha de vencimiento del pago de que se trate. No obstante lo anterior, en ningún caso EL BANCO garantiza que el pago pueda procesarse, transferirse o enviarse antes de la fecha de vencimiento correspondiente. Las partes acuerdan que EL BANCO no será responsable por cargos, xxxx o penalidades que un acreedor le imponga a EL CLIENTE por daños y perjuicios sufridos como consecuencia de pagos realizados a través de ELSERVICIO DE INTERNET, luego de su fecha de vencimiento si dicha tardanza es provocada por notificación tardía de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá además ordenar a través de EL SERVICIO DE INTERNET la suspensión de pagos de cheques girados contra una de sus Cuentas, las cuales se regirán por el reglamento de Cuenta Corriente de EL BANCO vigente en la fecha en que expida la orden de suspensión de pago y el contrato de cuenta corriente suscrito entre las partes. d) Ejecución de los Servicios solicitados por EL CLIENTE: Con excepción de las Consultas y de aquellos Servicios que según los reglamentos internos de EL BANCO tengan un plazo de ejecución mayor, los Servicios que solicite EL CLIENTE a través de EL SERVICIO DE INTERNET serán ejecutados por EL BANCO a más tardar el Día Hábil siguiente, cuando EL BANCO reciba las Instrucciones de EL CLIENTE antes de la 10:00 a.m., hora de la República de Panamá (GMT – 5 hrs). Las Instrucciones que EL BANCO reciba de EL CLIENTE con posterioridad a dicha hora o en días que no sean Días Hábiles, serán ejecutadas a más tardar el segundo Día Hábil siguiente. e) Cancelación de Instrucciones emitidas por EL CLIENTE: Las Instrucciones emitidas por EL CLIENTE a través del SERVICIO DE INTERNET, podrán ser canceladas por éste a través del mismo SERVICIO DE INTERNET cuando las mismas se reciban antes de los treinta (30) minutos inmediatamente, después de ese tiempo el BANCO a ruego de EL CLIENTE podrá realizar la cancelación pero EL CLIENTE aceptará los cargos que se originen conforme a la ejecución de la cancelación. No obstante lo anterior, EL CLIENTE es consciente y acepta, de que el BANCO no estará obligado a cancelar una Instrucción hecha a través del SERVICIO DE INTERNET, una vez la misma haya sido ejecutada por el BANCO.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.

  • Servicio Es el servicio de cobertura que ofrecerá SCOTIA SEGUROS, S. A., de acuerdo a las especificaciones técnicas detalladas y de Conformidad a la Oferta presentada; d) servicio, en este caso la Municipalidad de Antiguo Cuscatlán; e) Contratista: Es SCOTIA SEGUROS, S. A., f) Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, que en adelante se denominará LACAP g) Bases de Licitación para la contratación del servicio. El presente contrato se sujeta a todo lo establecido en la LACAP y su respectivo Reglamento, así como a las obligaciones, condiciones, pactos y renuncias siguientes: I) OBJETO DEL CONTRATO: El Objeto del presente contrato consiste en la prestación del Servicio de Seguro Todo Riesgo Incendio para el Parqueo y Mercado Municipal, propiedad de la Alcaldía Municipal de Antiguo Cuscatlán, según lo estipulado en la oferta de la Contratista; estos servicios serán prestados durante el plazo y en la forma que se establecerá en el presente Contrato. “LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE” podrá realizar todas las gestiones de Control en los aspectos Material, Técnico, Financiero, Legal y Contable, que razonablemente considere necesarios a efectos de salvaguardar los intereses que persigue.- II) PRECIO Y FORMA DE PAGO: El precio será de OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 51/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($8,458.51) que incluye el CUATRO POR CIENTO (4%) del impuesto a Bomberos y el impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), por el servicio prestado por La Contratista, el cual será cancelado mediante pagos Trimestrales de conformidad a los avisos de cobro que presente; los pagos se efectuarán dentro de los primeros quince días de cada uno de los meses iniciales de cada uno de los trimestres, en la Tesorería Municipal de la Institución Contratante, ubicada en las instalaciones de la misma.- III) PLAZO: El plazo del presente contrato será de doce meses con vigencia desde las doce horas del día treinta y uno de diciembre del año dos mil dieciocho hasta las doce horas del día treinta y uno de diciembre del año dos mil diecinueve, ambas fechas inclusive.- IV) ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: La Institución Contratante hace constar que de conformidad a lo establecido en el artículo ochenta y dos bis, de la LACAP y artículo veintitrés de su respectivo Reglamento, la responsabilidad de llevar la coordinación y verificación de las estipulaciones del presente contrato estará a cargo del Gerente General de la Municipalidad de Antiguo Cuscatlán, quien realizará el debido control y verificación de que la cobertura Todo Riesgo Incendio para Parqueo y Mercado Municipal, sea acorde a lo establecido por la Contratista en su oferta y a lo solicitado por parte de La Institución Contratante.- V) OBLIGACIONES DE LA INSTITUCION CONTRATANTE: La Institución Contratante hace constar que el importe del presente contrato se hará con aplicación a las cifras presupuestarias respectivas.- VI) OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA: La Contratista se obliga a brindar cobertura Todo Riesgo Incendio para el Parqueo y Mercado MILLONES NOVECIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE 58/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($4,911,689.58) según las siguientes especificaciones: Ubicación 1: Parqueo Municipal: Calle Cuscatlán Poniente, sin número, frente a Escuela Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Antiguo Cuscatlán, La Libertad: 1) Cobertura todo riesgo de pérdida o daño físico directo que sufra toda propiedad del Asegurado o los bienes que se encuentre bajo custodia o consignación por la que el Asegurado pueda ser considerado legalmente responsable, 2) construcciones fijas y permanentes, así como los cimientos, incluyendo las instalaciones hidráulicas y eléctricas, muros, tapiales, portones, casetas, y todo lo que en su conjunto conforma el edificio del Parqueo Municipal, 3) Maquinaria del Parqueo Municipal, consistente en un ascensor, plumas automáticas y otros equipos propiedad municipal; 4) cisterna de diez metros cúbicos, y las Condiciones Especiales descritas en la Oferta presentada por la Contratista; Ubicación 2: mercado Municipal de Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xx Xxxxxxxx: 1) Cobertura todo riesgo de pérdida o daño físico directo que sufra toda propiedad del asegurado o los bienes que se encuentre bajo custodia o consignación por las que el Asegurado pueda ser considerado legalmente responsable, 2) Construcciones e instalaciones fijas y permanentes, así como los cimientos, incluyendo las instalaciones hidráulicas y eléctricas, muros, tapiales, portones, casetas, baños y todo lo que en su conjunto conforma el edificio xxx Xxxxxxx Municipal, 3) cisterna de ochenta metros cúbicos; junto con las Condiciones Especiales, descritas en la oferta. Todas estas prestaciones serán brindadas atendiendo a las estipulaciones contenidas en las Bases de Licitación y la oferta presentada por La Contratista.- VII) CESIÓN: Queda expresamente prohibido a La Contratista traspasar o ceder a cualquier título, los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La transgresión de esta disposición dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose además a hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato.- VIII) GARANTÍA: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente contrato La Contratista se obliga a presentar a la Institución Contratante en un plazo no mayor de cinco días hábiles, posteriores a la firma del presente contrato, la garantía siguiente: A) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO a favor de la Alcaldía Municipal de Antiguo Cuscatlán, por el valor de OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO 85/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($845.85), que es el valor equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total del contrato, y con vigencia de QUINCE meses, a partir de la fecha de la firma del presente contrato. Si no se presentare dicha garantía en el plazo establecido, se tendrá por caducado el INCUMPLIMIENTO: En caso xx xxxx en el cumplimiento por parte de La Contratista de las obligaciones emanadas del presente contrato imputadas al mismo, La Institución Contratante podrá declarar la Caducidad de este contrato ó aplicar las multas establecidas en el artículo ochenta y cinco de la LACAP. La Contratista expresamente se somete a las sanciones que emanaren de la Ley o del presente contrato, las que serán impuestas por La Institución Contratante, a cuya competencia se somete a efecto de la imposición.- X) CADUCIDAD: Además de las causales de caducidad establecidas en los literales a) y b) del artículo noventa y cuatro de la LACAP y en otras leyes vigentes.- XI) PLAZO DE RECLAMOS: A partir de la recepción formal del servicio, La Institución Contratante tendrá un plazo de quince días hábiles para efectuar cualquier reclamo respecto a cualquier inconformidad sobre la prestación del servicio, asimismo La Contratista será responsable frente a terceros por los errores o consecuencias negativas originadas por las actividades relacionadas con el contrato, La Institución Contratante no asumirá ninguna responsabilidad ni obligación para con terceros por estas causas.- XII) MODIFICACIÓN, AMPLIACIÓN Y/O PRÓRROGA: De común acuerdo el presente contrato podrá ser modificado y ampliado en cualquiera de sus partes; o prorrogado en su plazo de conformidad a la Ley. Siempre y cuando concurra una de las situaciones siguientes: a) Por motivos de caso fortuito o fuerza mayor; b) Cuando existan nuevas necesidades, siempre vinculadas al objeto contractual, y c) Cuando surjan causas imprevistas. En tales casos, La Institución Contratante emitirá la correspondiente Resolución de Modificación, Ampliación o Prórroga del contrato, la cual será firmada posteriormente por ambas partes, para lo cual este mismo instrumento acreditará la obligación contractual resultante de dicha Ampliación, Modificación o Prórroga, más sin embargo La Institución Contratante podrá prescindir de los servicios de La Contratista si no conviene a sus intereses o a los de la población.- XIII) LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: Para poder proceder a la liquidación se requiere de haber cumplido con todas las obligaciones estipuladas en el presente contrato, de conformidad a las especificaciones y necesidades de la Institución Contratante y a entera satisfacción de la misma.- XIV) DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: a) Certificación del Acuerdo emitido por el Concejo Municipal autorizando la adjudicación de la Contratación de Póliza de seguro Todo Riesgo Incendio para Parqueo y Mercado Municipal propiedad de la Municipalidad de Antiguo Cuscatlán a SCOTIA SEGUROS, S. A., y que la Licenciada XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXX firme en representación del Concejo, el respectivo instrumento, b) La oferta Presentada por SCOTIA SEGUROS, S. A., c) Bases de Licitación para la contratación del

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-01-DFDP-H048-38- 0659/2015, DGA-SG-34328/15 FEDERAL ESTATAL

  • PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DIRECCION DE POLITICA Y REGULACION JQuintero@minvivienda.gov.co $ 76,273,416 13/1/2022 30/9/2022 FELIPE SAENZ JAIMES COLOMBIA BOGOTA D.C BOGOTÁ D.C POLITICA Y RELACIONES INTERNACIONALES POLITICA Y RELACIONES INTERNACIONALES PROFESIONAL Prestación de servicios de apoyo archivístico y entrega de correspondencia al Grupo de Desarrollo Sostenible de la Dirección de Política y Regulación PRESTACION DE SERVICIOS DE APOYO A LA GESTION DIRECCION DE POLITICA Y REGULACION FSaenz@minvivienda.gov.co $ 33,297,840 13/1/2022 30/9/2022 OCTAVIO LOSADA RAMIREZ COLOMBIA BOGOTA D.C BOGOTÁ D.C CONTADURIA PUBLICA ESPECIALIZACION EN REVISORIA FISCAL Y AUDITORIA INTERNACIONAL ESPECIALISTA Prestación de servicios profesionales para apoyar a la Dirección de Espacio Urbano y Territorial en la elaboración y seguimiento del presupuesto de inversión asignado, al Plan Estratégico Institucional (PEI) y al Plan de Acción Institucional (PAI), de los proyectos y programas a su cargo, en el marco de la asistencia técnica para el desarrollo urbano y territorial. PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DIRECCIÓN DE ESPACIO URBANO Y TERRITORIAL OLosada@minvivienda.gov.co $ 150,952,680 18/1/2022 31/12/2022 ROBINSON DAWBER DIAZ RINCON COLOMBIA SANTANDER BUCARAMANGA BACHILLER BACHILLER BACHILLER Prestar los servicios de apoyo al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para la conducción de vehículos y el apoyo en el servicio de transporte que se requiera en el Ministerio en cumplimiento de diligencias oficiales.