Servidor Público. El o los nombre(s) del o los servidor(es) público(s) que ocupa(n) la titularidad del o las Área(s) Responsable(es) de la Ejecución de los Trabajo(s) Denominación del cargo. El nombre del carago que tiene el o los titular(es) del Área Responsable de la Ejecución de los Trabajos. Número de la escritura. El número de la escritura pública en la que se hace constar la constitución de la razón social. Fecha. La fecha día, mes y año en la que se protocolizo la escritura en la que se hizo constar la constitución de la razón social. Nombre del titular de la notaria. El nombre de la persona que ocupa la titularidad de la notaria. Número El número con el que se identifica la notaria en la que se protocolizo la constitución de la razón social. Localidad. El nombre de la Ciudad o Localidad donde se ubica la notaria donde se protocolizó la constitución de la razón social. Localidad o Ciudad. El nombre de la localidad o ciudad donde se ubica el Registro Público donde quedo inscrita la constitución de la razón social. Folio. El número de folio en el que quedo inscrita la constitución de la razón social, dentro del Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Fecha. La fecha día, mes y año en la que se inscribió en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio la constitución de la razón social. Número de la escritura. El número de la escritura pública con la que acredita su personalidad el representante legal de la razón social. Fecha. La fecha día, mes y año en la que se protocolizo la escritura en la que se otorgan facultades al representante legal de la razón social, para representar a ésta. Nombre del titular de la notaria. El nombre de la persona que ocupa la titularidad de la notaria. Número El número con el que se identifica la notaria en la que se protocolizo el mandato del representante legal de la razón social. Localidad. El nombre de la Ciudad o Localidad donde se ubica la notaria donde se protocolizó el mandato del representante legal de la razón social. Localidad o Ciudad. El nombre de la localidad o ciudad donde se ubica el Registro Público donde quedó inscrito el mandato otorgado al representante legal de la razón social. Folio. El número de folio en el que quedo inscrita la escritura en la se otorgó mandato al representante legal de la razón social, dentro del Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Fecha. La fecha día, mes y año en la que se inscribió en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio el mandato del representante lega...
Servidor Público. Toda persona natural que, en calidad de empleado público, trabajador oficial o en cualquier otro carácter al tenor de lo dispuesto por la ley 734 de 2002, preste servicios a la entidad tomadora, siempre y cuando su cargo se encuentre específicamente relacionado en las condiciones particulares u otro documento anexo a la presente póliza.
Servidor Público. Cualquier funcionario o empleado de un órgano de gobierno o unidad descentralizada de éste, ya sea electo o designado, actuando en esa calidad, representando a cualquier nivel de gobierno, federal o nacional, estatal o municipal; de manera enunciativa y no limitativa, a sus órganos legislativos, ministerios o secretarías, órganos judiciales y agencias de investigación. Asimismo, cualquier miembro perteneciente a algún partido político o candidato a cualquier puesto de elección popular. Incluye a los empleados de proveedores que sean controlados por el gobierno.
Servidor Público. A la persona en servicio activo que desempeña un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza, adscrito a la Administración Pública Estatal.
Servidor Público. El nombre del servidor público que de conformidad con el RIIMSS y en lo establecido en las POBALINES interviene como Administrador del Instrumento Jurídico, en las contrataciones plurianuales. Denominación del cargo. El nombre del carago del servidor público que interviene como Administrador del Instrumento Jurídico. Artículo(s). El o los artículos del Reglamento Interior de Instituto Mexicano del Seguro Social, que dispone la intervención del Administrador del Instrumento Jurídico. Párrafo del Artículo del RIIMSS. El o los párrafos del artículo del Reglamento Interior de Instituto Mexicano del Seguro Social, que dispone la intervención del Administrador del Instrumento Jurídico. Fracción del Artículo del RIIMSS. El o las fracciones del artículo del Reglamento Interior de Instituto Mexicano del Seguro Social, que dispone la intervención del Administrador del Instrumento Jurídico. Servidor Público. El nombre del servidor público que interviene como representante del Área Responsable de la Contratación, solo cuando se trate de contrataciones de la Coordinación de Infraestructura Inmobiliaria o de la Coordinación de Servicios Generales. Nota: El numeral 1.4 se incluirá solo en contrataciones que realice la Coordinación de Infraestructura Inmobiliaria o la Coordinación de Servicios Generales. Si se suprime deberá ajustarse la numeración subsecuente de las declaraciones de que se tratan. Denominación del cargo. El nombre del carago del Coordinador que intervenga como representante del Área Responsable de la Contratación, solo cuando se trate de contrataciones de la Coordinación de Infraestructura Inmobiliaria o de la Coordinación de Servicios Generales. Nota: El numeral 1.4 se incluirá solo en contrataciones que realice la Coordinación de Infraestructura Inmobiliaria o la Coordinación de Servicios Generales. Si se suprime deberá ajustarse la numeración subsecuente de las declaraciones de que se tratan.
Servidor Público. PARA EFECTOS DE LA COBERTURA OTORGADA BAJO ESTA PÓLIZA SE ENTENDERÁ POR SERVIDOR PÚBLICO TODA PERSONA NATURAL QUE EN CALIDAD DE EMPLEADO PÚBLICO, TRABAJADOR OFICIAL O EN CUALQUIER OTRO CARÁCTER AL TENOR DE LO DISPUESTO POR LA LEY 734 DE 2002, PRESTE SERVICIOS A LA ENTIDAD TOMADORA, SIEMPRE Y CUANDO SU CARGO SE ENCUENTRE ESPECÍFICAMENTE RELACIONADO EN LA CARÁTULA U OTRO DOCUMENTO ANEXO A LA PRESENTE PÓLIZA.
Servidor Público. Para efectos de la presente póliza, se entenderá como servidor público la persona natural que presta sus servicios a la entidad estatal asegurada, vinculada a ésta mediante contrato de trabajo o nombramiento por decreto o resolución, cuyo cargo haya sido amparado mediante la póliza de seguro.
Servidor Público. Persona Natural que presta sus servicios al Estado, como empleado público, vinculado por una situación legal y reglamentaria, o como trabajador oficial a través de contrato de trabajo. SUPERVISION consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico que, sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la ESE cuando no requieren conocimientos especializados, y para la cual el mismo podrá contratar personal de apoyo, a través de los contratos de prestación de servicios que sean requeridos.
Servidor Público. Si es procedente, elabora el Visto Bueno de Contrato Constitutivo o de las Modificaciones al Contrato Constitutivo
Servidor Público designado como supervisor. Jefe de la Dependencia Controlar, supervisar y vigilar la ejecución de los contratos asignados, a fin de garantizar a la Entidad, el cumplimiento de las obligaciones pactadas. Responder por la verificación del cumplimiento de las obligaciones contractuales.