SOLICITUD DE AMPLIACIÓN AL PERIODO DE VERIFICACIÓN POR ROBO, SINIESTRO O REPARACIÓN MAYOR Cláusulas de Ejemplo

SOLICITUD DE AMPLIACIÓN AL PERIODO DE VERIFICACIÓN POR ROBO, SINIESTRO O REPARACIÓN MAYOR. Los conductores, propietarios o legales poseedores de los vehículos automotores que no hayan sido verificados en su periodo correspondiente debido a robo de la unidad, siniestro o reparación mayor, se les ampliará el período para verificar las emisiones de su automóvil (a través de un oficio de ampliación del período de verificación de emisiones vehiculares), por lo que no se harán acreedores al pago por verificación extemporánea, siempre y cuando les sea autorizada la ampliación de período por la Dirección General de Calidad del Aire de la Secretaría, en cuyo caso deberán verificar la unidad durante el período de tiempo que se les indique en el oficio de ampliación. Los requisitos para tramitar la ampliación del período de verificación se encuentran en el link de la página oficial de Internet de la Secretaría: xxxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxx-x-xxxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxx-xxxxxxxxx. Para tramitar la solicitud podrán acudir al Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular de la Dirección General de Calidad del Aire de la Secretaría, ubicado en Xxxxxxxxxx # 0, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, C.P. 06090, en días hábiles de 9:00 a 14:00 horas. Los oficios de ampliación del período de verificación emitidos por robo, siniestro, reparación mayor, deberán de acompañar el soporte documental que respalde su petición, Esta solicitud se deberá realizar en el Área de Atención Ciudadana de Verificación Vehicular con los requisitos solicitados, los cuales se pueden obtener en la siguiente dirección electrónica: xxxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxx-x-xxxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxx-xxxxxxxxx.
SOLICITUD DE AMPLIACIÓN AL PERIODO DE VERIFICACIÓN POR ROBO, SINIESTRO O REPARACIÓN MAYOR. Formato de solicitud debidamente requisitado y firmado. Original. - Tarjeta de Circulación expedida por el Gobierno de la Ciudad de México. Copia. - En su caso, pago de multa por verificación extemporánea. Original. - Identificación oficial vigente con fotografía del solicitante (Credencial para Votar o Cédula Profesional o Pasaporte o Licencia para Conducir o Cartilla del Servicio Militar Nacional o del INAPAM). Copia. - El trámite deberá realizarlo el propietario de la unidad, en caso contrario presentar: Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificaciones oficiales de quienes la suscriben. Original Personas xxxxxxx: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. Original y 1 copia. - Última constancia de verificación (impresa o con registro en el Sistema de Verificación Vehicular). Copia. PARA EL CASO DE ROBO: - Carpeta de Investigación por robo. Copia. - Documento de recuperación o liberación del vehículo o cancelación del robo. Copia PARA EL CASO DE SINIESTRO: - Documento emitido por la aseguradora en donde se especifique el número de siniestro o reporte. Copia. - Constancia de Estancia del Taller en dónde se especifique fecha de ingreso y salida del vehículo. Original. PARA EL CASO DE REPARACIÓN MAYOR: - Constancia de Estancia del Taller en dónde se especifique fecha de ingreso y salida del vehículo. Original.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.