Soporte funcional Cláusulas de Ejemplo

Soporte funcional. El soporte funcional requerido incluye los siguientes servicios:  Atención técnica y funcional para resolución de reclamos y/o consultas generados por la Mesa de Ayuda de FGN, que tendrá a su cargo el primer nivel de soporte.  Asistencia funcional a distancia o in situ facilitando la transferencia de conocimiento, la generación de recomendaciones, guías o pautas para un aprovechamiento óptimo del software y de la información, así como también la recomendación de mejoras en forma proactiva.  Asistencia en la corrección de datos (diagnóstico, generación de scripts, asistencia en la ejecución).  Incluir instancias de capacitación y/o asesoramiento presencial a los usuarios siempre que FGN le requiera o que se esté instalando una nueva versión del aplicativo que incluya cambios funcionales. La ejecución de estas instancias se planificarán con FGN.  Soporte a la Gestión del Cambio, incluyendo servicio de capacitación, mejora de procesos, generación, ejecución y seguimiento de planes de comunicación internos y acciones tendientes a favorecer el buen uso del Sistema.
Soporte funcional. Fallas con los aplicativos, CODES, BIDES, TCB, SARE, Terminal Financiero, CA Service Desk Manager (Software de atención a tickets generados por las sucursales en la subdirección de tecnología) • Cierre de tickets generados por conducto de la sucursal, debido a las solicitudes de reseteos, altas, bajas y cambios de centro de las aseguradoras Argos, Paralife e XXX. Inmobiliarias Servicios • Reubicación y contratación de líneas telefónicas con o sin internet, fallas con energía eléctrica y variación de voltaje, recolección de mobiliario en desuso de las sucursales de la CDMX y zonas conurbadas, seguimiento a solicitudes por instalación, reparación o mantenimiento de aires acondicionados.
Soporte funcional. Este servicio de soporte deberá como mínimo, atender y dar respuesta a consultas funcionales vinculadas a la operación del sistema, consultas técnicas, análisis de causas xx xxxxx, diagnostico y corrección de errores, proporcionando herramientas para el seguimiento por parte de cada UE. El horario de atención deberá contemplar el horario de oficina: días hábiles de 8 a 20:00 hs. Para los incidentes críticos, el tiempo para el contacto con quien realizó el reclamo y la asignación de un responsable para atender y solucionar el incidente deberá ser inferior a 1 hora. En el caso que el incidente no pueda ser solucionado en forma remota, el técnico asignado deberá trasladarse a las oficinas que se disponga, en un plazo inferior a 4 horas desde la notificación inicial, brindando una solución definitiva al problema o una alternativa al mismo en las siguientes 12 horas. En aquellos casos cuya complejidad amerite una planificación detallada del trabajo a realizar, dentro de las 24 horas siguientes al reclamo se deberá proponer un plan de trabajo el cual se ajustará de común acuerdo. Se requiere la presentación de un reporte mensual de la prestación del servicio en el que además del detalle de las acciones realizadas para cada UE se presenten temas de interés, oportunidades de mejora, acciones de capacitación necesaria, etc. Se entiende por tiempo de respuesta, el transcurrido entre: el registro del incidente en el sistema de gestión empleado para tal fin o la recepción de la llamada telefónica y el inicio de las acciones por parte del adjudicatario para la resolución del incidente o la asignación de la prioridad y fecha de ejecución que corresponda. Descripción: Para un período definido, el cumplimiento de los tiempos de respuesta, se calculará como el total de incidentes y solicitudes con cumplimiento divididos el total de incidentes y solicitudes recibidas en el período. Estas solicitudes consideran únicamente los servicios provistos por el adjudicatario. %CTRD = CISC * 000 / XXX XXXX = Cumplimiento Tiempo de respuesta ante incidentes CISC = Cantidad de incidentes con cumplimiento de tiempos de respuesta CIR = Cantidad de Incidentes recibidos Horas: las horas (del tiempo de respuesta) a considerar son las registradas en la herramienta de soporte técnico definida para la atención de incidentes. Muestra: todos los incidentes recibidos en el período Período: Este indicador se medirá semestralmente Nivel de Servicio 90% - El 90% de las incidencias y solicitudes recib...

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  • Ámbito funcional Ámbito personal.

  • Movilidad funcional 1.- El CTA solamente ejercerá las funciones del puesto de trabajo que ocupe y por el que es retribuido, no pudiéndosele asignar otras distintas a las mismas, salvo que se produjeran incidencias vitales, circunstancias de fuerza mayor o alguno de los supuestos contemplados en el presente Convenio Colectivo. 2.- Los CTA que ocupen puestos de trabajo no operativos, sólo podrán mantener las habilitaciones del último puesto de trabajo operativo obtenido. Se entenderá por último puesto de trabajo operativo obtenido, aquél al que se accedió por concurso de méritos, reingreso al servicio activo procedente de excedencia, permuta o adscripción directa. 3.- Los CTA solamente podrán obtener las habilitaciones del puesto de trabajo para el que posean el correspondiente nombramiento, con excepción del puesto de Controlador PTD para el que se recibirá el nombramiento en el momento de la obtención de las habilitaciones. 4.- A instancia de AENA, por necesidades perentorias o por imposición de la actividad de Control, se podrán desempeñar provisionalmente, inicialmente con carácter voluntario, dentro de su dependencia, otros puestos de trabajo; ajustándose, en todo caso, al procedimiento siguiente: 4.1 Puestos de funciones superiores. a) Si no existieran vacantes, con carácter excepcional, los CTA podrán ocupar puestos de trabajo que tengan asignadas funciones superiores a las de su puesto, de acuerdo con la Estructura Profesional de los CTA, por un período inferior a seis meses durante un año u ocho meses durante dos años consecutivos; reintegrándose a su puesto de origen cuando cese la causa que motivó el cambio. b) Si existiera vacante de un puesto con funciones superiores que sea preciso dotar, el CTA podrá ocuparlo durante un período de tiempo no superior al necesario para su cobertura y, en todo caso, no superior a seis meses en un año ni a ocho en dos años consecutivos. 4.2 Puestos con funciones iguales o inferiores. 5.- Para ocupar un puesto de trabajo con carácter provisional, será preciso reunir los requisitos exigidos para dicho puesto.

  • Delegación de funciones 5.1 El Gerente de Obras, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, con excepción del Conciliador, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista.

  • LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Deberá usarse el sistema de licitación pública internacional cuando la adquisición de bienes o la ejecución de obras o servicios relacionados se financie parcial o totalmente con divisas del Financiamiento y el valor estimado de dichos bienes u obras, sea igual o exceda los montos establecidos en las Estipulaciones Especiales de este Contrato.

  • Licitación Pública Nacional No. LO-824057978-E11-2016

  • CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS El contratista y el personal encargado de la realización de los trabajos guardarán secreto profesional sobre toda la información que recaben y documentos que generen, así como de los asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. El deber se mantendrá durante un plazo de cinco años. Asimismo el contratista quedará obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en concreto a lo referente al cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas y al deber xx xxxxxxx profesional, asumiendo las responsabilidades que por su incumplimiento le incumban.

  • ANUNCIOS De conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 de la LCSP, la licitación será anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia y en la página web del Ayuntamiento de Valencia, Perfil de contratante, cuya dirección es xxx.xxxxxxxx.xx, donde podrá consultar los pliegos de condiciones y demás información a que hace referencia el artículo 42 de la LCSP.

  • ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS EL CENACE" designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato al C. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXX , en su carácter de SUBGERENTE de Tecnologías de Información y Comunicaciones de la Subgerencia de Administración de la Gerencia de Control Regional Central, con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la prestación de los servicios o de su personal. Asimismo, "EL CENACE" sólo aceptará la prestación de los servicios materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. Los servicios serán recibidos previa revisión del administrador del contrato; que consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato y en su caso en los anexos respectivos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, la prestación de los servicios, no se tendrán por aceptados por parte de "EL CENACE". Contrato: 2021 -A-A-NAC-A-C-18-TQM-00002650 "EL CENACE", a través del administrador del contrato o a través del personal que para tal efecto designe, podrá rechazar los servicios si no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato y en su Anexo técnico, obligándose "EL PROVEEDOR" en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para "EL CENACE".

  • VIGENCIA DEL SERVICIO “El Prestador de Servicios” se obliga a la prestación del servicio a partir del día 19 (Diecinueve) xx Xxxxx y hasta el 31 (Treinta y Uno) de Diciembre de 2017.-------------------------

  • Comisión de crédito (a) El Prestatario pagará una comisión de crédito sobre el saldo no desembolsado xxx Xxxxxxxx a un porcentaje que será establecido por el Banco periódicamente, como resultado de su revisión de cargos financieros para préstamos de capital ordinario sin que, en ningún caso, pueda exceder el 0,75% por año.