SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN. “LA PROCURADURÍA” tendrá la facultad de
SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN. “LA PROCURADURÍA” tendrá la facultad de supervisar y verificar, en todo tiempo, si los servicios objeto de este contrato se están llevando a cabo por “EL PROVEEDOR” conforme a los términos convenidos o instrucciones emitidas por “LA PROCURADURÍA”, por lo que para tal fin designa al C. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Titular de Subdirección de Servicios al Personal de “LA PROCURADURÍA” como área responsable de la administración y seguimiento de los servicios a que se refiere este instrumento. “EL PROVEEDOR” se obliga a cumplir puntualmente las instrucciones que reciba de “LA PROCURADURÍA”, así como a hacer de su conocimiento cualquier hecho o circunstancia que pueda dañar la ejecución de los servicios. “EL PROVEEDOR” se obliga a subsanar las deficiencias detectadas por “LA PROCURADURÍA” o a reponer el servicio respectivo en un término no mayor a tres días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación que por escrito haga “LA PROCURADURÍA” a “EL PROVEEDOR”. El C. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Titular de la Subdirección de Servicios al Personal, considerará recibidos y aceptados, a su entera satisfacción, los servicios objeto del contrato, una vez que “EL PROVEEDOR”, realice la prestación del servicio conforme a las condiciones establecidas en el ANEXO 1 del presente contrato. En tanto esta condición no se cumpla, “EL PROVEEDOR” estará conforme que la prestación de sus servicios se tendrá por no recibida.
SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN. LA PROCURADURÍA", tendrá la facultad de supervisar y verificar en todo tiempo si los servicios objeto de este contrato se están llevando a cabo por “EL PROVEEDOR” conforme a los términos convenidos o instrucciones emitidas por "LA PROCURADURÍA", para tal fin se designa al Ing. Xxxxxx Xxxx Xxx, Subdirector de Servicios Generales como responsable de la administración y seguimiento de los servicios a que se refiere este instrumento. “EL PROVEEDOR”, se obliga a subsanar las deficiencias detectadas por "LA PROCURADURÍA" en un término no mayor a tres días naturales, contados a partir de la fecha de notificación que por escrito haga “LA PROCURADURÍA” a “EL PROVEEDOR”. El Ing. Xxxxxx Xxxx Xxx, Subdirector de Servicios Generales considerará recibidos y aceptados a su entera satisfacción los servicios objeto del presente, una vez que los mismos sean realizados conforme a las condiciones establecidas en el presente. En tanto esta condición no se cumpla, “EL PROVEEDOR”, estará conforme con que la prestación de sus servicios se tendrá por no recibida.
SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN. LA PROCURADURÍA" TENDRÁ LA FACULTAD DE SUPERVISAR Y VERIFICAR EN TODO TIEMPO SI LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO SE ESTÁN LLEVANDO A CABO POR “EL PROVEEDOR” CONFORME A LOS TÉRMINOS CONVENIDOS O INSTRUCCIONES EMITIDAS POR "LA PROCURADURÍA". POR LO QUE PARA TAL FIN DESIGNA A LA SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES COMO ÁREA RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS SERVICIOS A QUE SE REFIERE ESTE INSTRUMENTO. “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A SUBSANAR LAS DEFICIENCIAS DETECTADAS POR "LA PROCURADURÍA", EN UN TÉRMINO NO MAYOR A TRES DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN QUE POR ESCRITO HAGA “LA PROCURADURÍA” A “EL PROVEEDOR”. EL TITULAR DE LA SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES CONSIDERARÁ RECIBIDOS Y ACEPTADOS A SU ENTERA SATISFACCIÓN, LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, UNA VEZ QUE “EL PROVEEDOR”, REALICE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO CONFORME LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO. EN TANTO ESTA CONDICIÓN NO SE CUMPLA “EL PROVEEDOR” ESTARÁ CONFORME QUE LA PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS SE TENDRÁN POR NO RECIBIDOS.
SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN. “EL FIDECIX” tendrá la facultad de supervisar y verificar en todo tiempo si los servicios objeto de este contrato se están llevando a cabo por “EL PRESTADOR” conforme a los términos convenidos o instrucciones emitidas por “EL FIDECIX”. Por lo que para tal fin designa al Ing. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, como responsable en el seguimiento de los servicios a que se refiere este instrumento. “EL PRESTADOR” se obliga a subsanar las deficiencias detectadas por “EL FIDECIX”, en un término no mayor a tres días naturales contados a partir de la fecha de notificación.
SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN. “La CONASAMI” se reserva el derecho de supervisar y verificar, en todo momento y cuando así lo juzgue conveniente, el desarrollo y cumplimiento de los servicios contratados con “el Prestador del Servicio”.
SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN. La “SECRETARÍA” y la “PROFEDET” tiene el derecho de supervisar y verificar en todo momento y cuando así lo juzguen conveniente, el desarrollo y cumplimiento de los servicios contratados. La supervisión y verificación a que se refiere el párrafo anterior la podrá hacer la “SECRETARÍA” a través de los servidores públicos que designen la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo y la “PROFEDET”, como responsables de administrar y vigilar el cumplimiento de los servicios. El “PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a dar todas las facilidades al servidor o servidores públicos que el afecto designe la “SECRETARÍA” y la “PROFEDET” El “PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a subsanar todas las deficiencias detectadas por la “SECRETARÍA” y la “PROFEDET” en los términos y condiciones señaladas en el Anexo Técnico, a partir de de la fecha de notificación que por escrito haga la “SECRETARÍA” al “PRESTADOR DEL SERVICIO”, ya sea en el domicilio señalado o en la dirección de correo electrónico que para tal efecto proporcione el “PRESTADOR DEL SERVICIO”.
SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN. LA EMPRESA” acepta que el presente contrato y su cumplimiento sea supervisado, verificado y valorado en cualquier tiempo por la C.C.P. Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, por la “LA CONTRATANTE” quien tendrá la responsabilidad de validar la procedencia del o los pagos que se hagan al "LA EMPRESA”. “LA CONTRATANTE”, teniendo en cuenta la capacidad, experiencia y conocimientos necesarios, designará al servidor público responsable de la supervisión del servicio, en lo sucesivo “EL SUPERVISOR”; circunstancia que notificará por escrito a la firma del presente instrumento a "LA EMPRESA”. Cuando por causas imputables a "LA EMPRESA”, el servicio no se haya prestado de acuerdo a lo estipulado en el presente contrato y sus anexos, “EL SUPERVISOR” ordenará su corrección, reparación y/o reposición inmediata, sin que "LA EMPRESA” tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, siendo a su cargo el costo que se genere con motivo de dicha reposición; lo anterior no será motivo para ampliar la vigencia del presente contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas convencionales que pudieren resultar procedentes. Asimismo, "LA EMPRESA” acepta que la prestación del servicio puedan ser supervisada en cualquier tiempo por la Secretaría de la Contraloría General o por quien ésta designe, a fin de comprobar que la calidad y de más circunstancias relevantes del servicio, son los adecuados para el interés del Estado. De igual forma "LA EMPRESA” se obliga a otorgar todas las facilidades necesarias para el desahogo de la supervisión y acepta someterse a los resultados de la misma y sus consecuentes efectos jurídicos.
SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN. La Secretaría” tiene el derecho de supervisar y verificar en todo momento y cuando así lo juzgue conveniente, el desarrollo y cumplimiento de los servicios contratados a “el Prestador del Servicio”. La supervisión y verificación a que se refiere el párrafo anterior, la podrá hacer “la Secretaría” a través del servidor o servidores públicos que al efecto designe. “El Prestador del Servicio” se obliga a dar todas las facilidades para que se lleve a cabo la supervisión y verificación.
SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN. “LA PROCURADURÍA” tiene el derecho de “EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar todas las facilidades para que se lleve a cabo la supervisión y verificación.