TRANSFERENCIA DEL CONTRATO. Artículo 68 del Reglamento de Contrataciones. El contrato no podrá ser transferido ni cedido por la firma adjudicartaria sin la previa anuencia de la autoridad competente.
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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública, Public Procurement
TRANSFERENCIA DEL CONTRATO. Artículo 68 del Reglamento de Contrataciones. El contrato no podrá ser transferido ni cedido por la firma adjudicartaria adjudicataria sin la previa anuencia de la autoridad competente.
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TRANSFERENCIA DEL CONTRATO. Artículo 68 del Reglamento de Contrataciones. Contrataciones El contrato no podrá ser transferido ni cedido por la firma adjudicartaria adjudicataria sin la previa anuencia de la autoridad competente.
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Samples: Licitación Privada