Transporte de personal Cláusulas de Ejemplo

Transporte de personal. INTERCARGO S.A.U. no reconocerá ningún adicional en concepto de viático o movilidad.
Transporte de personal. El transporte de personal de la empresa contratista sólo se efectuará en vehículos especialmente acondicionados para tal efecto, los cuales deberán contar con la autorización de la autoridad competente.
Transporte de personal. El/los Adjudicatario/s deberá/n proveerse del transporte necesario para trasladar al personal que prestará el servicio toda vez que LA EMPRESA no reconocerá ningún adicional en concepto de viático o movilidad. El personal del o de los Adjudicatarios no podrá utilizar, bajo ninguna circunstancia, los medios de transportes que la Empresa dispone para su personal propio. Será de aplicación inmediata, y según los porcentajes establecidos en el artículo 6 de estas C.P., una multa cuando personal de el/los Adjudicatario/s utilice los medios de transporte del personal de la Empresa.
Transporte de personal. El transporte de personal a las zonas en que se ejecutan las obras, será efectuado en ómnibus con asientos y estado general en buen estado. No se permitirá de ninguna manera que el personal sea trasladado en las tolvas de volquetes o plataformas de camiones de transporte de materiales y enseres. Los horarios de transporte serán fijados por el Contratista y/o Ejecutor, así como la cantidad de vehículos a utilizar en función al avance de las obras, por lo que se incluirá en el PMTS un cronograma de utilización de ómnibus que será aprobado por el Supervisor así como su control y verificación. Cuando lo indiquen los planos y documentos del proyecto se utilizarán para el tránsito vehicular vías alternas existentes o construidas por el Contratista y/o Ejecutor. Con la aprobación del Supervisor y de las autoridades locales, el Contratista y/o Ejecutor también podrá utilizar carreteras existentes o calles urbanas fuera del eje de la vía para facilitar sus actividades constructivas. Para esto se deberán instalar señales y otros dispositivos que indiquen y conduzcan claramente al usuario a través de ellos. La responsabilidad del Contratista y/o Ejecutor para el mantenimiento de tránsito y seguridad vial se inicia el día de la entrega del terreno al Contratista y/o Ejecutor. El período de responsabilidad abarcará hasta el día de la entrega final de la obra al MTC y en este período se incluyen todas las suspensiones temporales que puedan haberse producido en la obra, independientemente de la causal que la origine.
Transporte de personal. El transporte de personal a las zonas en que se ejecutan las obras, será efectuado en vehículos de pasajeros en estado general bueno. No se permitirá de ninguna manera que el personal sea trasladado en las tolvas de volquetes o plataformas de camiones de transporte de materiales y enseres. Los horarios de transporte serán fijados por el Contratista, así como la cantidad de vehículos a utilizar en función al avance de las obras, por lo que se incluirá en el PMTS un cronograma de utilización de vehículos que será aprobado por el Supervisor así como su control y verificación.
Transporte de personal. El Contratista se hará cargo del transporte del personal a la obra.
Transporte de personal. El/los adjudicatario/s deberá/n proveerse del transporte necesario para trasladar al personal que prestará el servicio toda vez que LA EMPRESA no reconocerá ningún adicional en concepto de viático o movilidad. El personal del o de los adjudicatarios no podrá utilizar, bajo ninguna circunstancia, los medios de transportes que LA EMPRESA dispone para su personal propio. Será de aplicación inmediata, y según los porcentajes establecidos en las presentes Bases y Condiciones Particulares, una multa cuando personal de el/los adjudicatario/s utilice los medios de transporte del personal de LA EMPRESA.
Transporte de personal. La compañía contratista deberá de proporcionar TRANSPORTE cerrado y de manera segura a sus trabajadores en donde cada trabajador pueda ir sentado. Esta PROHIBIDO transportar personal en la caja de las camionetas, si se sorprende a un contratista en esta situación, podrá ser removido del Sitio inmediatamente.
Transporte de personal. La empresa se encargará de proporcionar a los/las trabajadores/as medios de locomoción para asistir a la misma.
Transporte de personal. Debe disponer de un vehículo para el traslado y/o relevo de su personal del/al lugar de la obra. El vehículo y el Chofer para el traslado del personal del ARRENDADOR deben cumplir los siguientes requisitos: a) El vehículo debe tener SOAT, cinturones de seguridad, llantas y parabrisas en buen estado, botiquín de 1ros. Auxilios, 1 juego de triángulos (2) de señalización; c) El vehículo debe estar en buenas condiciones mecánicas; d) El chofer debe ser mayor de edad, experimentado y poseer mínimo Brevet clase B. En caso que el ARRENDADOR decida cambiar al chofer por cualquier circunstancia, el reemplazo deberá cumplir con las especificaciones señaladas en esta sección.