Traslados. Cuando la movilidad supere los umbrales temporales establecidos para los desplazamientos. La decisión de traslado deberá ser notificada por el órgano competente en materia de personal al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad. Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 xxxx xx xxxxxxx por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. La compensación prevista para el supuesto de que el trabajador opte por el traslado se cifra en los siguientes términos: – Una cantidad a tanto alzado de 7.177,49 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador. – Abono de los gastos de viaje y enseres así como una compensación económica por importe de 100 euros para el trabajador y para cada una de las personas a su cargo. – Una cantidad a tanto alzado de 10.766,24 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, en el supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2013 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes de la competencia funcional y especialidad a la que pertenezca, que se produzcan en el centro, localidad o en su defecto provincia de procedencia. Si por traslado uno de los cónyuges o pareja de hecho cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la Administración, tendrá derecho al traslado a la misma localidad, si hubiera puesto de trabajo vacante de su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. Cuando el traslado afecte a la totalidad del centro de trabajo, siempre que éste ocupe a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos, 30, el traslado aludido deberá ir precedido de un período de consultas con los comités de empresa o el Comité Intercentros, en función del ámbito que corresponda, con sujeción a las siguientes normas:
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Traslados. Cuando Los traslados del personal que impliquen cambio de domicilio familiar para el afectado, podrán efectuarse por solicitud del interesado, por acuerdo entre la movilidad supere los umbrales temporales establecidos para los desplazamientos. La decisión de traslado deberá ser notificada por empresa y el órgano competente en materia de personal al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad. Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 xxxx xx xxxxxxx necesidades del servicio y por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. La compensación prevista para el supuesto de que el trabajador opte por el traslado se cifra en los siguientes términos: – Una cantidad a tanto alzado de 7.177,49 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador. – Abono de los gastos de viaje y enseres así como una compensación económica por importe de 100 euros para el trabajador y para cada una de las personas a su cargo. – Una cantidad a tanto alzado de 10.766,24 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, en el supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2013 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes de la competencia funcional y especialidad a la que pertenezca, que se produzcan en el centro, localidad o en su defecto provincia de procedencia. Si por traslado uno de los cónyuges o pareja de hecho cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la Administración, tendrá derecho al traslado a la misma localidad, si hubiera puesto de trabajo vacante de su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competentepermuta. Cuando el traslado afecte se efectúe a solicitud del interesado, previa aceptación de la empresa, éste carecerá de derecho a indemnización por los gastos que origine el cambio. Cuando el traslado se realice por mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador se estará a las condiciones pactadas por escrito entre ambas partes. Cuando las necesidades del trabajo lo justifiquen, y previa información a los representantes de los trabajadores, podrá la empresa llevar a cabo el traslado en los términos y condiciones regulados en la legislación vigente. Los trabajadores con destino en localidades distintas con el mismo nivel profesional, podrán concertar la permuta de sus respectivos puestos, a reserva de lo que la empresa decida en cada caso, teniendo en cuenta las necesidades del servicio, la aptitud de ambos permutantes para el nuevo destino y otras circunstancias que sean dignas de apreciar. Por razones técnicas, organizativas, de producción, o por circunstancias referidas a la totalidad actividad empresarial, la empresa podrá desplazar temporalmente a su personal en los términos y condiciones establecidos en el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores. En los casos en los que el traslado sea a requerimiento de la Empresa, originando la necesidad de cambio de lugar de residencia a diferente ciudad o localidad, el trabajador percibirá el 100% de los gastos originados, como consecuencia de dicho traslado de centro de trabajo, siempre además de disfrutar de 7 días laborales de permiso retribuido. Asimismo, el trabajador que éste ocupe sea objeto de traslado a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad una población cuya distancia del centro de trabajoorigen sea superior a 40 kilómetros, en un período tendrá derecho a una ayuda de 90 días comprenda a un número vivienda por una duración máxima de trabajadores de, al menos, 30, el traslado aludido deberá ir precedido de un período de consultas con los comités de empresa o el Comité Intercentros, en función del ámbito que corresponda, con sujeción a las siguientes normas:5 años.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Traslados. Cuando Se considerará como tal la movilidad supere los umbrales temporales establecidos para los desplazamientosadscripción definitiva de una perso- na contratada a un centro de trabajo de la empresa distinto de aquel en que venia prestando sus servicios, y que requiera cam- bio de su residencia habitual. La decisión de traslado deberá ser notificada Por razones económicas, técnicas, organizativas o productivas que lo justifiquen, o bien por el órgano competente en materia de personal al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días contrataciones referidas a la fecha activi- dad empresarial, la empresa podrá proceder al traslado de su efectividadsus trabajadores y trabajadoras a un centro de trabajo distinto de la misma empresa con carácter definitivo. Notificada la decisión En el supuesto de traslado, el trabajador tendrá derecho personal contratado será preavi- sado con, al menos 30 días de antelación, por escrito. El traslado deberá ser comunicado a optar entre los representantes de los trabajadores y trabajadoras al mismo tiempo que al personal con- tratado afectado. El personal contratado afectado percibirá una in- demnización compensatoria equivalente al 35% de sus percepcio- nes anuales brutas en jornada ordinaria al momento de realizar- se el trasladocambio de centro, percibiendo una compensación por gastos, o a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 xxxx xx xxxxxxx por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. La compensación prevista para el supuesto de que el trabajador opte por el traslado se cifra en los siguientes términos: – Una cantidad a tanto alzado de 7.177,49 euros, incrementada en un 20% de las mismas al comenzar el 2º año, y el 20% al comenzar el 3º año, siempre sobre la base ini- cial. En este supuesto se devengarán los gastos de viaje del perso- nal contratado y su familia, los gastos de traslado de muebles y enseres y 5 dietas por cada persona que viva a expensas del trabajador. – Abono viaja de los gastos que com- pongan la familia y convivan con el desplazado o desplazada. El personal contratado trasladado, cuando el traslado sea efec- tivo, y por cambio de viaje y enseres así como una compensación económica por importe de 100 euros para el trabajador y para cada una de las personas a su cargo. – Una cantidad a tanto alzado de 10.766,24 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, en el supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2013 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes de la competencia funcional y especialidad a la que pertenezca, que se produzcan en el centro, localidad o en su defecto provincia de procedencia. Si por traslado uno de los cónyuges o pareja de hecho cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la Administracióndomicilio, tendrá derecho al traslado a disfrutar la misma localidad, si hubiera puesto de trabajo vacante de su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado licen- cia retribuida prevista en el plazo de incorporación antes citadoAnexo V. Notificada la decisión del traslado, el trabajador que, no habiendo optado por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. Cuando el traslado afecte a la totalidad del centro de trabajo, siempre que éste ocupe a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos, 30, el traslado aludido deberá ir precedido de un período de consultas con los comités de empresa o el Comité Intercentros, en función del ámbito que corresponda, con sujeción a las siguientes normaspersonal contratado ten- drá derecho alternativamente a:
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Samples: Convenio Colectivo Provincial De Derivados Del Cemento De Córdoba, Convenio Colectivo Provincial De Derivados Del Cemento
Traslados. Cuando I) Causas y condiciones.
1. Por solicitud de la movilidad supere los umbrales temporales establecidos persona contratada. En el caso de que se produzcan vacantes en las sucursales de la empresa, tendrán preferencia para los desplazamientosel traslado, en primer lugar, aquella persona que lo solicite para reunirse con su cónyuge y, en segundo lugar, el más antiguo en la solicitud.
2. Por necesidades del servicio.
a) El traslado de personal requerirá la existencia de razones técnicas, económicas, organizativas o de producción que lo justifiquen, o bien contrataciones referidas a la actividad empresarial. cve: BOE-A-2022-23016 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
b) La decisión de del traslado deberá ser notificada por el órgano competente en materia de personal al trabajadorla empresa a la persona afectada, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad. .
c) Notificada la decisión de del traslado, el trabajador o trabajadora tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 20 xxxx xx xxxxxxx por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un al año y con un máximo de doce 12 mensualidades. .
d) Sólo podrá ser trasladado el personal con una antigüedad inferior a diez años y por una sola vez, salvo caso de traslado colectivo del centro de trabajo o cierre del mismo.
II) La compensación prevista para el supuesto de que el trabajador opte a percibir por el traslado se cifra en los siguientes términospor necesidades del servicio comprenderá: – Una cantidad a tanto alzado Locomoción de 7.177,49 euros, incrementada en un 20% por cada la persona trasladada y de los familiares que viva a expensas del trabajadorconvivan con dicha persona. – Abono Transporte de mobiliario, ropas y enseres. – Indemnización en metálico equivalente a dos meses xx xxxxxxx real. El importe aproximado de los anteriores gastos de viaje y enseres así como una compensación económica se abonará por importe de 100 euros para el trabajador y para cada una de las personas a su cargoadelantado cuando la persona interesada lo reclame. – Una cantidad a tanto alzado de 10.766,24 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, en el supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2013 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes de la competencia funcional y especialidad a la que pertenezca, que se produzcan en el centro, localidad o en su defecto provincia de procedencia. Si por traslado uno En cualquiera de los cónyuges o pareja de hecho cambia de residenciacasos, el otro, si fuera trabajador plazo de la Administración, tendrá derecho reincorporación al traslado a la misma localidad, si hubiera nuevo puesto de trabajo vacante no será inferior al de 30 días desde su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado notificación por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. Cuando el traslado afecte escrito a la totalidad del centro de trabajo, siempre que éste ocupe a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos, 30, el traslado aludido deberá ir precedido de un período de consultas con los comités de empresa o el Comité Intercentros, en función del ámbito que corresponda, con sujeción a las siguientes normas:persona trasladada.
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Samples: Convenio Colectivo
Traslados. Cuando Se considerará como tal la movilidad supere adscripción definitiva de un trabajador a un centro de trabajo de la empresa distinto de aquél en que venía prestando sus servicios, y que requiera cambio de su residencia habitual. Por razones económicas, técnicas, organizativas o productivas que lo justifiquen, o bien por contrataciones referidas a la actividad empresarial, la empresa podrá proceder al traslado de sus trabajadores a un centro de trabajo distinto de la misma con carácter definitivo. El traslado deberá ir precedido de un periodo de consultas con la representación legal de los umbrales temporales establecidos para trabajadores cuando concurran los desplazamientossupuestos contemplados en el art. La decisión 40.2 del Estatuto de los Trabajadores. En el supuesto de traslado, el trabajador será preavisado con, al menos 30 días de antelación, por escrito. El traslado deberá ser notificada comunicado a los representantes de los trabajadores al mismo tiempo que al trabajador afectado. El trabajador afectado percibirá una indemnización compensatoria equivalente al 45% de sus percepciones anuales brutas en jornada ordinaria al momento de realizarse el cambio de centro, el 25% de las mismas al comenzar el 2.º año, y el 20% al comenzar el 0.xx año, siempre sobre la base inicial. En este supuesto se devengarán los gastos de viaje del trabajador y su familia, los gastos de traslado de muebles y enseres y cinco dietas por cada persona que viaja de los que compongan la familia y convivan con el órgano competente desplazado. El trabajador trasladado, cuando el traslado sea efectivo, y por cambio de domicilio, tendrá derecho a disfrutar la licencia retribuida prevista en materia de personal al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividadel anexo 0. Notificada la decisión de del traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 xxxx xx xxxxxxx por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. La compensación prevista para el supuesto de que el trabajador opte alternativamente a:
a) Optar por el traslado se cifra en los siguientes términos: – Una cantidad a tanto alzado de 7.177,49 euros, incrementada en un 20% percibiendo las compensaciones por cada persona que viva a expensas del trabajador. – Abono de los gastos de viaje y enseres así como una compensación económica por importe de 100 euros para el trabajador y para cada una de las personas a su cargo. – Una cantidad a tanto alzado de 10.766,24 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, previstas en el supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2013 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes de la competencia funcional y especialidad a la que pertenezca, que se produzcan en el centro, localidad o en su defecto provincia de procedencia. Si por traslado uno de los cónyuges o pareja de hecho cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la Administración, tendrá derecho al traslado a la misma localidad, si hubiera puesto de trabajo vacante de su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. Cuando el traslado afecte a la totalidad del centro de trabajo, siempre que éste ocupe a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos, 30, el traslado aludido deberá ir precedido de un período de consultas con los comités de empresa o el Comité Intercentros, en función del ámbito que corresponda, con sujeción a las siguientes normas:presente artículo
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Samples: Convenio Colectivo
Traslados. Cuando la movilidad supere los umbrales temporales establecidos para los desplazamientos. La decisión de traslado deberá ser notificada por el órgano competente en materia Los traslados de personal al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima que impliquen cambio de 30 días a la fecha de su efectividad. Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 xxxx xx xxxxxxx por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. La compensación prevista para el supuesto de que el trabajador opte por el traslado se cifra en los siguientes términosresidencia podrán efectuarse: – Una cantidad a tanto alzado de 7.177,49 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador. – Abono de los gastos de viaje y enseres así como una compensación económica por importe de 100 euros para el trabajador y para cada una de las personas a su cargo. – Una cantidad a tanto alzado de 10.766,24 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, en el supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2013 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes Por solicitud de la competencia funcional persona interesada, por acuerdo entre esta y especialidad a la que pertenezcaempresa, que se produzcan en el centro, localidad o en su defecto provincia de procedencia. Si por traslado uno de los cónyuges o pareja de hecho cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la Administración, tendrá derecho al traslado a la misma localidad, si hubiera puesto de trabajo vacante de su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad necesidades del traslado en el plazo de incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado servicio y por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competentepermuta.
1. Cuando el traslado afecte se efectúe a solicitud de la persona trabajadora, previa aceptación de la empresa, esta carecerá de derecho a indemnización por los gastos que origine el cambio.
2. Cuando el traslado se realice por mutuo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora, se estará a las condiciones pactadas por escrito entre ambas partes, que nunca serán inferiores a los mínimos establecidos en el presente Convenio.
3. En caso de necesidad debidamente acreditada derivada de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, y previa información a la totalidad representación legal de las personas trabajadoras, la empresa podrá llevar a cabo el traslado, aunque no llegue a un acuerdo con la persona trabajadora, siempre que se le garanticen todos los derechos que tuviese adquiridos. En todo caso, la persona trasladada percibirá, previa justificación, el importe de los siguientes gastos: Locomoción, incluyendo los gastos de traslado de los familiares que convivan con ella, los de transporte de mobiliario, ropa y enseres, y una indemnización en metálico igual a dos meses xxx xxxxxxx real. Si la persona trabajadora optase por la rescisión del centro contrato, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente.
4. El plazo de incorporación al nuevo puesto de trabajo, siempre que éste ocupe a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos, 30, cuando el traslado aludido deberá ir precedido de un período de consultas con los comités de empresa o el Comité Intercentrossea forzoso, en función del ámbito que corresponda, con sujeción nunca será inferior a las siguientes normas:treinta días naturales.
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Samples: Convenio Colectivo Estatal De Tejas, Ladrillos Y Piezas Especiales De Arcilla Cocida
Traslados. Cuando La regulación de los traslados en Atos IT se regulará por lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, con las siguientes particularidades: — Las compensaciones por traslado serán las siguientes: • La cantidad mayor entre las siguientes: 2.000 euros brutos o una mensualidad xx xxxxxxx bruta. • Gastos de mudanza, incluyendo seguro de mudanza, previa aprobación por la movilidad supere Compañía de un presupuesto previo. • Gastos de viaje del empleado y su unidad familiar, previa aprobación por la Compañía de una cantidad límite. • Gastos de contratación de suministros tales como agua, electricidad, gas y telé- fono con un límite máximo total de 400 euros; los umbrales temporales establecidos para anteriores gastos deberán ser justificados documentalmente. — Los trabajadores incluidos en los desplazamientos. La decisión siguientes colectivos no podrán ser afectados por medidas de traslado individual: • Trabajadoras embarazadas. • A trabajadores que, previa justificación, mantengan un pariente de primer gra- do de consanguinidad o afinidad (cónyuge, hijos e hijos políticos, padres, y pa- dres políticos) con grado de gran dependencia y/o invalidez. • Cuando el empleado, cónyuge, pareja de hecho y/o hijos estuvieran sometidos a tratamientos médicos gratuitos prestados por la sanidad pública y con moti- vo del traslado a otra Comunidad Autónoma perdieran dicho tratamiento mé- dico o su gratuidad afectando a la salud del individuo. Dicha circunstancia deberá ser notificada acreditada mediante un certificado oficial emiti- do por el órgano competente en materia de personal al trabajador, así como a sus representantes legales, organismo sanitario correspondiente. — Los traslados internacionales requerirán el acuerdo con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividadel empleado. — Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o podrá extinguir su contrato perci- biendo la siguiente indemnización: BOCM-20150704-1 B.O.C.M. Núm. 157 SÁBADO 0 XX XXXXX XX 0000 La indemnización abonada se encontrará sujeta a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 xxxx xx xxxxxxx por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. La compensación prevista para el supuesto de que el trabajador opte por el traslado se cifra en los siguientes términos: – Una cantidad a tanto alzado de 7.177,49 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador. – Abono de los gastos de viaje y enseres así como una compensación económica por importe de 100 euros para el trabajador y para cada una de las personas a su cargo. – Una cantidad a tanto alzado de 10.766,24 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, en el supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2013 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes de la competencia funcional y especialidad a la que pertenezca, que se produzcan en el centro, localidad o en su defecto provincia de procedencia. Si por traslado uno de los cónyuges o pareja de hecho cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la Administración, tendrá derecho al traslado a la misma localidad, si hubiera puesto de trabajo vacante de su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competentetributación legalmente esta- blecida. Cuando el traslado afecte se produzca a petición del empleado, para lo cual será necesaria la totalidad del centro de trabajo, siempre que éste ocupe a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos, 30aprobación empresarial, el traslado aludido deberá ir precedido de un período de consultas con los comités de empresa o el Comité Intercentros, en función del ámbito que corresponda, con sujeción mismo no tendrá derecho a las siguientes normas:compensación alguna.
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Samples: Convenio Colectivo
Traslados. Cuando Las personas que trabajan en la movilidad supere empresa no podrán ser trasladadas a un centro de trabajo que exija cambio de localidad, salvo cuando existan razones técnicas u organizativas que lo justifiquen, de acuerdo y en los umbrales temporales términos establecidos para en el artículo 40 del Estatuto de los desplazamientosTrabajadores. La decisión movilidad geográfica se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores. En todo caso, se procurará que el traslado deberá ser notificada por el órgano competente en materia cause las menores molestias posibles a la persona, a quien habrá de personal al trabajador, así como a sus representantes legales, notificársele con una antelación mínima de 30 días un mes, siempre y cuando esta movilidad implique un cambio de domicilio, teniendo derecho a la fecha que se le abonen los gastos de viaje a ella y a los familiares a su efectividadcargo, así como de traslado de muebles y enseres. Notificada la decisión Aparte de trasladoello, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 xxxx xx xxxxxxx por año tres mil euros (3.000 euros) cuando el traslado se produzca al extranjero, y de serviciodos mil euros (2.000 euros) cuando el traslado sea fuera de la comunidad autónoma. En ambos casos será preceptiva la presentación de certificado de empadronamiento o equivalente. En el caso de no producirse cambio de domicilio, prorrateándose por meses los períodos se abonará, en concepto de tiempo inferiores a un año y gastos de desplazamientos, cien euros mensuales (100€) con un máximo de doce quince mensualidades. La compensación prevista Asimismo, de conformidad con el trabajador o la trabajadora y para el supuesto de caso que tenga hijos o hijas en edad escolar, se procurará que el trabajador opte traslado no se haga efectivo hasta que finalice el curso académico. Las personas afectadas por el traslado se cifra procesos de reestructuración y redistribución de efectivos que hayan sido trasladadas forzosamente de sus puestos por amortización de los mismos, tendrán preferencia en los siguientes términos: – Una cantidad a tanto alzado de 7.177,49 euros, incrementada en un 20% por cada persona traslados que viva a expensas del trabajador. – Abono de los gastos de viaje y enseres así como una compensación económica por importe de 100 euros para el trabajador y para cada una de las personas a su cargo. – Una cantidad a tanto alzado de 10.766,24 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, en el supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2013 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia convoquen para ocupar las los puestos vacantes de la competencia funcional y especialidad a la que pertenezca, que se produzcan en el centro, la localidad o en su defecto provincia donde prestaban sus servicios con anterioridad a los procesos de procedenciareestructuración y redistribución de efectivos citados. Si Este derecho de preferencia sólo podrá ser ejercido por traslado uno de los cónyuges o pareja de hecho cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la Administración, tendrá derecho al traslado a la misma localidad, si hubiera puesto de trabajo vacante de su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. Cuando el traslado afecte a la totalidad del centro de trabajo, siempre que éste ocupe a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos, 30, el traslado aludido deberá ir precedido de un período de consultas con los comités de empresa o el Comité Intercentros, en función del ámbito que corresponda, con sujeción a las siguientes normas:una única vez.
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Samples: Ii Convenio Colectivo Para El Personal De La Empresa Gpex, Sau
Traslados. Cuando la movilidad supere Un trabajador no podrá ser trasladado de un lugar de trabajo a otro salvo por razones técnicas, organizativas y de producción justificadas. El trabajador trasladado conserva el tratamiento económico que disfrutaba anteriormente, a excepción de aquellas indemnizaciones y beneficios que son inherentes a las condiciones locales y a los umbrales temporales establecidos para los desplazamientosservicios concretos en el lugar de origen y que no se aplican en el nuevo destino. La decisión de El trabajador que no acepte el traslado deberá ser notificada por el órgano competente en materia de personal al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad. Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 xxxx xx xxxxxxx por año fin de serviciorelación y al preaviso, prorrateándose por meses excepto en el caso de los períodos trabajadores de tiempo inferiores 7º y 6º nivel si, en el momento de la contratación, se haya pactado expresamente que la empresa tiene derecho a un año y con un máximo trasladar al trabajador o si este derecho se basa en la situación de doce mensualidadeshecho vigente para los trabajadores actualmente contratados, en cuyo caso se considerará dimitido. La compensación prevista para el supuesto de que el Al trabajador opte por el traslado trasladado se cifra en los siguientes términos: – Una cantidad a tanto alzado de 7.177,49 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador. – Abono de le reembolsarán los gastos de viaje y enseres así como una compensación económica por importe transporte para él o ella, los miembros de 100 euros para su familia y los efectos familiares (muebles, equipaje, etc.). Las modalidades y condiciones deberán acordarse previamente con la empresa. Asimismo, el trabajador y para cada una de las soltero sin personas a su cargo. – Una cantidad cargo que convivan con él o ella percibirá una indemnización equivalente a tanto alzado de 10.766,24 eurosun 1/3 del salario mensual total, incrementada en un 20% y el trabajador con familia a su cargo percibirá una indemnización equivalente al 2/3 del salario mensual total, más 1/15 del mismo por cada persona familiar a su cargo que viva a expensas se desplace con él o ella. Si, como consecuencia del trabajadortraslado, en el supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2013 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes tiene que pagar una indemnización por la rescisión anticipada de un contrato de arrendamiento, debidamente registrado o declarado al empresario antes de la competencia funcional y especialidad a la que pertenezca, que se produzcan en el centro, localidad o en su defecto provincia de procedencia. Si por traslado uno de los cónyuges o pareja de hecho cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la Administraciónnotificación del traslado, tendrá derecho al reembolso de dicha indemnización hasta un máximo de 4 meses de alquiler. La medida de traslado a la misma localidad, si hubiera puesto deberá comunicarse al trabajador por escrito con un mes de trabajo vacante de antelación. El trabajador que solicita su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. Cuando el traslado afecte a la totalidad del centro de trabajo, siempre que éste ocupe a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos, 30, el traslado aludido deberá ir precedido de un período de consultas con los comités de empresa o el Comité Intercentros, en función del ámbito que corresponda, con sujeción tiene derecho a las siguientes normas:indemnizaciones anteriores.
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Traslados. Cuando la movilidad supere los umbrales temporales establecidos a) Se considera traslado accidental o suplencia al que se realice para los desplazamientoscubrir necesidades urgentes o perentorias, tales como enfermedad, accidente, permisos reglamentarios, vacaciones, etc. Estas suplencias son por su misma naturaleza eventuales y su duración no podrá exceder de un mes, si bien podría prorrogarse a un máximo de tres meses si persistiesen las causas que las motivaron. Transcurrido el período señalado el trabajador/a retornará a su centro de trabajo habitual. La decisión empresa no podrá cambiar de traslado deberá ser notificada por el órgano competente en materia de personal nuevo al trabajador/a desplazado eventualmente hasta tanto haya transcurrido un plazo de dos meses.
b) Se considera trabajo estable al que se realice con carácter permanente y venga justificado por razones técnicas, productivas, de organización del servicio, necesidades de presentar nueva imagen, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días para evitar inconvenientes graves a la fecha empresa. Cuando estos traslados no exijan de su efectividad. Notificada la decisión hecho cambio de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 xxxx xx xxxxxxx por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. La compensación prevista residencia para el supuesto de que el trabajador opte por el traslado se cifra trabajador/a, la empresa los podrá realizar libremente. A un trabajador/ a trasladado en los siguientes términos: – Una cantidad a tanto alzado de 7.177,49 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador. – Abono de los gastos de viaje y enseres así como una compensación económica por importe de 100 euros para el trabajador y para cada una de las personas a su cargo. – Una cantidad a tanto alzado de 10.766,24 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, en el supuesto de que estas circunstancias no se le facilite viviendapodrá trasladar nuevamente, salvo voluntad expresa del mismo, hasta que no transcurra un plazo mínimo de seis meses. Para Este tipo de traslados deberán contar con el visto bueno del Comité de Empresa.
c) A los años 2013 y sucesivos trabajadores/as afectados por traslado se les abonará los gastos que produzca el desplazamiento.
d) Los traslados también podrán efectuarse a petición del trabajador/a. A estos efectos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado empresas informarán a los representantes legales de noviembre a noviembrelos trabajadores/as de las plazas vacantes. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes de se hará la competencia funcional y especialidad a la que pertenezca, que se produzcan conveniente publicidad en el centro, localidad o en su defecto provincia de procedencia. Si por traslado uno de todos los cónyuges o pareja de hecho cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la Administración, tendrá derecho al traslado a la misma localidad, si hubiera puesto de trabajo vacante de su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. Cuando el traslado afecte a la totalidad del centro centros de trabajo, siempre que éste ocupe . Todo traslado será comunicado al trabajador/a más de 5 trabajadores, o cuando, por escrito.
e) En cualquier caso no se podrá trasladar a los representantes sindicales sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos, 30, el traslado aludido deberá ir precedido de un período de consultas con los comités de empresa o el Comité Intercentros, en función del ámbito que corresponda, con sujeción a las siguientes normas:su previa conformidad.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Traslados. Cuando Se considerará como tal la movilidad supere los umbrales temporales establecidos para los desplazamientosadscripción definitiva de un trabajador a un centro de trabajo de la empresa distinto a aquel en que venía prestando sus servicios. La decisión En todo caso tendrá la consideración de traslado deberá cuando un trabajador permanezca en esta situación por un tiempo superior a los doce meses en un plazo de tres años. El trabajador podrá ser notificada por el órgano competente en materia de personal al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad. Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 xxxx xx xxxxxxx por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores trasladado a un año y con un máximo centro de doce mensualidadestrabajo distinto de la misma empresa que exija cambio de residencia, cuando existan razones económicas, técnicas, organizativas o productivas que lo justifiquen. La compensación prevista para En el supuesto de que existan dichas razones, la empresa con carácter previo al traslado y con un plazo de tiempo que no podrá ser inferior a treinta días de la fecha de efectividad del mismo, notificará por escrito al trabajador afectado y a sus representantes legales tal circunstancia. En el trabajador opte por el traslado se cifra en los siguientes términos: – Una cantidad a tanto alzado escrito la empresa expondrá la causa de 7.177,49 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador. – Abono de los gastos de viaje y enseres la decisión empresarial así como una compensación económica por importe de 100 euros para el trabajador y para cada una resto del contenido de las personas a su cargocondiciones de traslado. – Una cantidad a tanto alzado En el caso de 10.766,24 eurostraslados colectivos, incrementada en la empresa abrirá un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, en el supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2013 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes de la competencia funcional y especialidad a la que pertenezca, que se produzcan en el centro, localidad o en su defecto provincia de procedencia. Si por traslado uno de los cónyuges o pareja de hecho cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la Administración, tendrá derecho al traslado a la misma localidad, si hubiera puesto de trabajo vacante de su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. Cuando el traslado afecte a la totalidad del centro de trabajo, siempre que éste ocupe a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos, 30, el traslado aludido deberá ir precedido de un período periodo de consultas con los comités representantes de empresa o los trabajadores de duración no inferior a quince días hábiles. Dicho período de consultas deberá versar sobre las causas motivadoras de la decisión empresarial y la posibilidad de reducir sus efectos, así como las medidas necesarias para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados. Se establece una indemnización por gastos de traslado, siempre que exista cambio de residencia, equivalente al 75 por 100 de la remuneración anual salarial, “y los pluses extrasalariales de carácter periódico”, del trabajador a los efectos indicados en el Comité Intercentrosartículo 40.1 del Estatuto de los Trabajadores. De este 75 por 100 de indemnización, será abonado un 35 por 100 al producirse el traslado, y en función otros tres pagos, 20, 10 y 10 por 100, a los doce, veinticuatro y treinta y seis meses, respectivamente, a contar desde la fecha del ámbito que corresponda, con sujeción traslado. Las mudanzas correrán a las siguientes normas:cargo de la empresa.
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Samples: Collective Labor Agreement
Traslados. Cuando I) Causas y condiciones.
1. Por solicitud de la movilidad supere los umbrales temporales establecidos persona contratada. En el caso de que se produzcan vacantes en las sucursales de la empresa, tendrán preferencia para los desplazamientosel traslado, en primer lugar, aquella persona que lo solicite para reunirse con su cónyuge y, en segundo lugar, el más antiguo en la solicitud.
2. Por necesidades del servicio.
a) El traslado de personal requerirá la existencia de razones técnicas, económicas, organizativas o de producción que lo justifiquen, o bien contrataciones referidas a la actividad empresarial.
b) La decisión de del traslado deberá ser notificada por el órgano competente en materia de personal al trabajadorla empresa a la persona afectada, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad. .
c) Notificada la decisión de del traslado, el trabajador o trabajadora tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 20 xxxx xx xxxxxxx por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un al año y con un máximo de doce 12 mensualidades. .
d) Sólo podrá ser trasladado el personal con una antigüedad inferior a diez años y por una sola vez, salvo caso de traslado colectivo del centro de trabajo o cierre del mismo.
II) La compensación prevista para el supuesto de que el trabajador opte a percibir por el traslado se cifra en los siguientes términospor necesidades del servicio comprenderá: – Una cantidad a tanto alzado Locomoción de 7.177,49 euros, incrementada en un 20% por cada la persona trasladada y de los familiares que viva a expensas del trabajadorconvivan con dicha persona. – Abono Transporte de mobiliario, ropas y enseres. – Indemnización en metálico equivalente a dos meses xx xxxxxxx real. El importe aproximado de los anteriores gastos de viaje y enseres así como una compensación económica se abonará por importe de 100 euros para el trabajador y para cada una de las personas a su cargoadelantado cuando la persona interesada lo reclame. – Una cantidad a tanto alzado de 10.766,24 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, en el supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2013 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes de la competencia funcional y especialidad a la que pertenezca, que se produzcan en el centro, localidad o en su defecto provincia de procedencia. Si por traslado uno En cualquiera de los cónyuges o pareja de hecho cambia de residenciacasos, el otro, si fuera trabajador plazo de la Administración, tendrá derecho reincorporación al traslado a la misma localidad, si hubiera nuevo puesto de trabajo vacante no será inferior al de 30 días desde su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado notificación por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. Cuando el traslado afecte escrito a la totalidad del centro de trabajo, siempre que éste ocupe a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos, 30, el traslado aludido deberá ir precedido de un período de consultas con los comités de empresa o el Comité Intercentros, en función del ámbito que corresponda, con sujeción a las siguientes normas:persona trasladada.
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Samples: Convenio Colectivo
Traslados. Cuando I) Causas y condiciones.
1. Por solicitud de la movilidad supere los umbrales temporales establecidos persona contratada. En el caso de que se produzcan vacantes en las sucursales de la empresa, tendrán preferencia para los desplazamientosel traslado, en primer lugar, aquella persona que lo solicite para reunirse con su cónyuge y, en segundo lugar, el más antiguo en la solicitud.
2. Por necesidades del servicio.
a) El traslado de personal requerirá la existencia de razones técnicas, económicas, organizativas o de producción que lo justifiquen, o bien contrataciones referidas a la actividad empresarial.
b) La decisión de del traslado deberá ser notificada por el órgano competente en materia de personal al trabajadorla empresa a la persona afectada, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad. .
c) Notificada la decisión de del traslado, el trabajador o trabajadora tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o a la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 veinte xxxx xx xxxxxxx por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un al año y con un máximo de doce 12 mensualidades. .
d) Sólo podrá ser trasladado el personal con una antigüedad inferior a diez años y por una sola vez, salvo caso de traslado colectivo del centro de trabajo o cierre del mismo.
II) La compensación prevista para el supuesto de que el trabajador opte a percibir por el traslado se cifra en los siguientes términospor necesidades del servicio comprenderá: – Una cantidad a tanto alzado Locomoción de 7.177,49 euros, incrementada en un 20% por cada la persona que viva a expensas del trabajador. – Abono trasladada y de los gastos familiares que convivan con dicha persona. Transporte de viaje mobiliario, ropas y enseres así como una compensación económica por enseres. Indemnización en metálico equivalente a dos meses xx xxxxxxx real. El importe de 100 euros para el trabajador y para cada una de las personas a su cargo. – Una cantidad a tanto alzado de 10.766,24 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, en el supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2013 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes de la competencia funcional y especialidad a la que pertenezca, que se produzcan en el centro, localidad o en su defecto provincia de procedencia. Si por traslado uno aproximado de los cónyuges o pareja anteriores gastos se abonará por adelantado cuando la persona interesada lo reclame. En cualquiera de hecho cambia de residencialos casos, el otro, si fuera trabajador plazo de la Administración, tendrá derecho reincorporación al traslado a la misma localidad, si hubiera nuevo puesto de trabajo vacante no será inferior al de treinta días desde su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado notificación por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. Cuando el traslado afecte escrito a la totalidad del centro de trabajo, siempre que éste ocupe a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos, 30, el traslado aludido deberá ir precedido de un período de consultas con los comités de empresa o el Comité Intercentros, en función del ámbito que corresponda, con sujeción a las siguientes normas:persona trasladada.
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Samples: Convenio Colectivo
Traslados. Cuando la movilidad supere los umbrales temporales establecidos Se entiende por traslado el cambio de puesto de trabajo de un centro a otro y que implique para los desplazamientoslas personas trabajadoras un cambio permanente de residencia a otra provincia. La El traslado podrá realizarse:
a) A instancia del interesado o interesada, formulada por escrito.
b) Por mutuo acuerdo entre empresa y las personas trabajadoras.
c) Por decisión de traslado deberá ser notificada por la dirección de la empresa, en el órgano competente en materia caso de personal al trabajadornecesidad del servicio. En el punto a), así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad. Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá las personas trabajadoras no tendrán derecho a optar indemnización alguna. Los desplazamientos temporales voluntarios a nuevos centros de trabajo, no supondrán traslados en los términos previstos en el presente artículo, y en ellos se estará, en cuanto a retribuciones se refiere, a lo acordado entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o a las personas trabajadoras desplazadas y la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 30 xxxx xx xxxxxxx por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidadesEmpresa. La compensación prevista para En el supuesto b), se estará a lo convenido entre ambas partes. Cuando el traslado se efectúe por necesidades del servicio y siempre que existan probadas razones técnicas, organizativas o de productividad que lo justifiquen, la dirección de la empresa lo podrá llevar a cabo después de haberse solicitado provisión voluntaria por parte del personal que reúna las debidas condiciones profesionales y de que el trabajador opte puesto de trabajo requiera. Con ocasión del traslado forzoso, superior a treinta días, la empresa abonará a las personas trabajadoras, previa justificación por el traslado se cifra en los siguientes términos: – Una cantidad a tanto alzado de 7.177,49 euroséste o esta, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador. – Abono de todos los gastos de viaje para él o ella y enseres su familia, así como una la de los enseres. La compensación económica que la empresa llevará a cabo por importe de 100 euros para vivienda a la persona trabajadora desplazada, será el trabajador y para cada una de las personas a su cargo. – Una cantidad a tanto alzado de 10.766,24 euros, incrementada en un 20% por cada persona que viva a expensas del trabajador, en el supuesto de que no se le facilite vivienda. Para los años 2013 y sucesivos las precitadas cuantías se incrementarán en el mismo porcentaje en que varíe el I.P.C. en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León correspondiente al año inmediato anterior, tomado de noviembre a noviembre. Asimismo el trabajador trasladado tendrá preferencia para ocupar las vacantes de la competencia funcional y especialidad equivalente o similar a la que pertenezca, que dicha persona trabajadora viniera pagando. Cuando se produzcan en el centro, localidad o en su defecto provincia de procedencia. Si por traslado uno de los cónyuges o pareja de hecho cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la Administración, tendrá derecho al traslado produzca vacante a la misma localidad, si hubiera cubrir del puesto de trabajo vacante de su grupo funcionarial de pertenencia, sin que proceda para éste último indemnización o compensación alguna. Sin perjuicio de la ejecutividad del traslado en el plazo de incorporación antes citado, el trabajador que, no habiendo optado por la extinción de su contrato, se muestre disconforme con la decisión de la Administración podrá impugnarla ante la jurisdicción competente. Cuando el traslado afecte a la totalidad del centro de trabajotrabajo de origen, las personas trabajadoras tendrán derecho preferente a ocupar dicha vacante, siempre que éste ocupe a más de 5 trabajadores, o cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, en un período de 90 días comprenda a un número de trabajadores de, al menos, 30, el traslado aludido deberá ir precedido de un período de consultas cumpla con los comités requisitos y exigencias de empresa o el Comité Intercentros, en función del ámbito que corresponda, con sujeción a las siguientes normas:la misma.
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Samples: Convenio Colectivo Nacional