TÉRMINOS DE REFERENCIA. 21 Bajo este componente se busca integrar el SA de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx al SIN, lo que permitirá: (i) eliminar el uso de diésel para generación eléctrica en dicho SA; (ii) optimizar la operación del sistema eléctrico de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx mejorando la calidad del servicio en el área; y (iii) la futura extensión de la red de transmisión para conectar el SA de San Xxxxxx ubicado a 300km del Municipio de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx. Bajo este componente se financiará, específicamente: (i) la construcción de la Línea de Transmisión en 230kV Los Troncos -San Xxxxxxx xx Xxxxxxx, con una longitud aproximada de 238km; (ii) las obras y equipos para la Subestación Eléctrica (SE) San Xxxxxxx; y (iii) las obras y equipos para la construcción de la bahía de salida de la SE Los Troncos. 21 Componente 2: Eficiencia Energética en Alumbrado Público 21 La consultoría se desarrollará en la ciudad de Cochabamba, sin embargo, se requerirá que el Consultor se traslade hacia el interior del país para el cometido de sus actividades, para ello el Contratante deberá proporcionar al Consultor los pasajes y viáticos correspondientes en cada caso, quedando en claro que los mismo no forman parte del total de la consultoría. 24 El contrato del consultor tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2023, a partir de la firma de contrato sujeto a evaluación positiva del Coordinador. 24 ENDE proporcionará los respectivos bienes (Escritorio, computadora, sillón etc.) y material de escritorio, así como pasajes y viáticos a fin de poder llevar a cabo las actividades programadas, en caso de incumplir se aplicarán la normativa y/o reglamento institucional. 26 SECCIÓN VI – CONTRATO 27 CERTIFICACIÓN DE ELEGIBILIDAD Y DE INTEGRIDAD DE CONSULTORES INDIVIDUALES 43
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TÉRMINOS DE REFERENCIA. 21 Bajo este componente se busca integrar el SA de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx al SIN, lo que permitirá: (i) eliminar el uso de diésel para generación eléctrica en dicho SA; (ii) optimizar la operación del sistema eléctrico de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx mejorando la calidad del servicio en el área; y (iii) la futura extensión de la red de transmisión para conectar el SA de San Xxxxxx ubicado a 300km del Municipio de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx. Bajo este componente se financiará, específicamente: (i) la construcción de la Línea de Transmisión en 230kV Los Troncos -San Xxxxxxx xx Xxxxxxx, con una longitud aproximada de 238km; (ii) las obras y equipos para la Subestación Eléctrica (SE) San Xxxxxxx; y (iii) las obras y equipos para la construcción de la bahía de salida de la SE Los Troncos. 21 Componente 2: Eficiencia Energética en Alumbrado Público 21 La consultoría se desarrollará en la ciudad de Cochabamba, sin embargo, se requerirá que el Consultor se traslade hacia el interior del país para el cometido de sus actividades, para ello el Contratante deberá proporcionar al Consultor los pasajes y viáticos correspondientes en cada caso, quedando en claro que los mismo no forman parte del total de la consultoría. 24 El contrato del consultor tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2023, a partir de la firma de contrato sujeto a evaluación positiva del Coordinador. 24 ENDE proporcionará los respectivos bienes (Escritorio, computadora, sillón etc.) y material de escritorio, así como pasajes y viáticos a fin de poder llevar a cabo las actividades programadas, en caso de incumplir se aplicarán la normativa y/o reglamento institucional. 26 SECCIÓN VI – CONTRATO 27 CERTIFICACIÓN DE ELEGIBILIDAD Y DE INTEGRIDAD DE CONSULTORES INDIVIDUALES 4343 El presente proceso se rige por las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores, financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, en adelante denominado Banco, en su versión vigente, disponibles en la siguiente dirección electrónica: xxxxx://xxx.xxxx.xxx/xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxxxxx. La responsabilidad legal de las contrataciones, de la selección del Consultor, de la ejecución del proyecto y el respectivo pago de servicios es exclusiva del Contratante. El Contratante invita, recibe y evalúa las hojas de vida, y adjudica el contrato. El contrato que se celebre, la ejecución y su administración es entre el Contratante y el Consultor. El Banco no forma parte del contrato. El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos participando en actividades financiadas por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, observar los más altos niveles éticos y denunciar al Banco todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las disposiciones relativas al cumplimiento de Prácticas Prohibidas, Elegibilidad, y Conflicto de Interés se indican en la Sección VI “Contrato”, cláusula CUARTA.
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TÉRMINOS DE REFERENCIA. 21 16 Bajo este componente se busca integrar el SA de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx al SIN, lo que permitirá: (i) eliminar el uso de diésel para generación eléctrica en dicho SA; (ii) optimizar la operación del sistema eléctrico de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx mejorando la calidad del servicio en el área; y (iii) la futura extensión de la red de transmisión para conectar el SA de San Xxxxxx ubicado a 300km del Municipio de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx. Bajo este componente se financiará, específicamente: (i) la construcción de la Línea de Transmisión en 230kV Los Troncos -San Xxxxxxx xx Xxxxxxx, con una longitud aproximada de 238km; (ii) las obras y equipos para la Subestación Eléctrica (SE) San Xxxxxxx; y (iii) las obras y equipos para la construcción de la bahía de salida de la SE Los Troncos. 21 16 Componente 2: Eficiencia Energética en Alumbrado Público 21 16 La consultoría se desarrollará en la ciudad de Cochabamba, sin embargo, se requerirá que el Consultor se traslade hacia el interior del país para el cometido de sus actividades, para ello el Contratante deberá proporcionar al Consultor los pasajes y viáticos correspondientes en cada caso, quedando en claro que los mismo no forman parte del total de la consultoría. 24 20 El contrato del consultor tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 20232024, a partir de la firma de contrato sujeto a evaluación positiva de la Gerencia de Proyectos y Mercados de Exportación. 20 Pudiendo el plazo anteriormente mencionado ser prorrogado por uno o más períodos o hasta un máximo del Coordinadorplazo vigente para el contrato xx xxxxxxxx. 24 20 ENDE proporcionará los respectivos bienes (Escritorio, computadora, sillón etc.) y material de escritorio, así como pasajes y viáticos a fin de poder llevar a cabo las actividades programadas, en caso de incumplir se aplicarán la normativa y/o reglamento institucional. 26 SECCIÓN VI – CONTRATO 27 CERTIFICACIÓN DE ELEGIBILIDAD Y DE INTEGRIDAD DE CONSULTORES INDIVIDUALES 4323
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TÉRMINOS DE REFERENCIA. 21 Bajo este componente Capítulo: XIV CARACTERÍSTICAS DEL CONSULTOR A CONTRATAR – Jefe del Equipo Legal Referencia: Folio 38, Bases Consulta u Observación: Teniendo en cuanta el objeto del proceso, entendemos que para la experiencia del Estudio de Abogados se busca integrar permiten contratos en formulación y/o estructuración de proyectos de APP y no solo en procesos de promoción, como hoy se indica. “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Unidad, la Paz y el SA Desarrollo” El proceso de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx promoción de la inversión privada comprende los actos realizados en la fase de estructuración y transacción de una APP, el cual inicia luego de la incorporación del proyecto. Sección: Términos de Referencia Capítulo: XIV CARACTERÍSTICAS DEL CONSULTOR A CONTRATAR – Jefe de Proyecto Referencia: Folio 38, Bases Consulta u Observación: Solicitamos que se incluye el cargo de coach especialista en APP, ya que es utilizado en algunos países de Centro América para referirse a un supervisor y/o jefe de proyectos de inversión, por lo cual la redacción sería de la siguiente forma: …de los cuales al SINmenos cinco (5) años deberán corresponder al desempeño en cargos o funciones de jefatura, dirección, gerencia y/o supervisión y/o coach-especialista de proyectos… No se acepta su sugerencia, se solicita sujetarse a lo establecido en los Términos de Referencia. Firmado digitalmente por: XXXXXXXX XXXXXXX Xxxxx Xxxxx XXX 20380799643 hard Fecha: 11/09/2023 17:45:44 Firmado digitalmente por: XXXXXX XXXXXXX Xxxxxx Victoria FAU 20380799643 hard Fecha: 11/09/2023 17:42:46 Sección: Términos de Referencia Capítulo: XIV CARACTERÍSTICAS DEL CONSULTOR A CONTRATAR – Jefe de Proyecto Referencia: Folio 38, Bases Consulta u Observación: Solicitamos que la experiencia requerida sea en los últimos quince (15 años) para ambos ordinales por lo que permitirá: (la redacción quedaría de esta forma:
i) eliminar el uso Dos (2) experiencias nacionales o internacionales en la estructuración, transacción o promoción de diésel para generación eléctrica proyectos de infraestructura o servicios públicos como APP u otras modalidades de promoción de la inversión privada, en dicho SA; los últimos quince (15) años, y/o
ii) optimizar la operación del sistema eléctrico Cuatro (4) proyectos de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx mejorando la calidad del servicio inversión privada en el área; y obras infraestructura y/o servicios en los últimos quince (iii15) la futura extensión de la red de transmisión para conectar el SA de San Xxxxxx ubicado a 300km del Municipio de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx. Bajo este componente se financiará, específicamente: (i) la construcción de la Línea de Transmisión en 230kV Los Troncos -San Xxxxxxx xx Xxxxxxx, con una longitud aproximada de 238km; (ii) las obras y equipos para la Subestación Eléctrica (SE) San Xxxxxxx; y (iii) las obras y equipos para la construcción de la bahía de salida de la SE Los Troncos. 21 Componente 2: Eficiencia Energética en Alumbrado Público 21 La consultoría se desarrollará en la ciudad de Cochabamba, sin embargo, se requerirá que el Consultor se traslade hacia el interior del país para el cometido de sus actividades, para ello el Contratante deberá proporcionar al Consultor los pasajes y viáticos correspondientes en cada caso, quedando en claro que los mismo no forman parte del total de la consultoría. 24 El contrato del consultor tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2023, años contados a partir de la firma de contrato sujeto a evaluación positiva convocatoria del Coordinador. 24 ENDE proporcionará los respectivos bienes (Escritorio, computadora, sillón etcpresente concurso.) y material de escritorio, así como pasajes y viáticos a fin de poder llevar a cabo las actividades programadas, en caso de incumplir se aplicarán la normativa y/o reglamento institucional. 26 SECCIÓN VI – CONTRATO 27 CERTIFICACIÓN DE ELEGIBILIDAD Y DE INTEGRIDAD DE CONSULTORES INDIVIDUALES 43
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TÉRMINOS DE REFERENCIA. 21 Nombre del Consultoría: CONSULTOR INDIVIDUAL DE LÍNEA ENCARGADO PLS-CADD DEL PROGRAMA DE EXPANSIÓN DE INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA (BO-L1190) El Estado Plurinacional de Bolivia ha recibido un financiamiento del BID para financiar parcialmente el Programa de Expansión de Infraestructura Eléctrica Contrato xx Xxxxxxxx Nº 4633/BL-BO. La Empresa Nacional de Electricidad - ENDE es el responsable de la ejecución del Programa, en el marco del cual, se llevará a cabo la consultoría contenida en estos Términos de Referencia. El objetivo general del indicado Programa es apoyar la sostenibilidad de la matriz energética de Bolivia para promover la reducción de emisiones de CO2, mediante el desarrollo de infraestructura eléctrica que permita la integración de los Sistemas Aislados (SA) al Sistema Interconectado Nacional (SIN) y la promoción del uso eficiente de la electricidad. El Programa está estructurado en: Componente 1: Línea de Transmisión Los Troncos-San Xxxxxxx xx Xxxxxxx Bajo este componente se busca integrar el SA de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx al SIN, lo que permitirá: (i) eliminar el uso de diésel para generación eléctrica en dicho SA; (ii) optimizar la operación del sistema eléctrico de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx mejorando la calidad del servicio en el área; y (iii) la futura extensión de la red de transmisión para conectar el SA de San Xxxxxx ubicado a 300300 km del Municipio de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx. Bajo este componente se financiará, específicamente: (i) la construcción de la Línea de Transmisión en 230kV 230 kV Los Troncos -San - San Xxxxxxx xx Xxxxxxx, con una longitud aproximada de 238238 km; (ii) las obras y equipos para la Subestación Eléctrica (SE) San Xxxxxxx; y (iii) las obras y equipos para la construcción de la bahía de salida de la SE Los Troncos. 21 Componente 2: Eficiencia Energética en Alumbrado Público 21 La consultoría se desarrollará en la ciudad de Cochabamba, sin embargo, se requerirá que el Consultor se traslade hacia el interior del país para el cometido de sus actividades, para ello el Contratante deberá proporcionar al Consultor los pasajes y viáticos correspondientes en cada caso, quedando en claro que los mismo no forman parte del total de la consultoría. 24 El contrato del consultor tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2023, a partir de la firma de contrato sujeto a evaluación positiva del Coordinador. 24 ENDE proporcionará los respectivos bienes (Escritorio, computadora, sillón etc.) y material de escritorio, así como pasajes y viáticos a fin de poder llevar a cabo las actividades programadas, en caso de incumplir se aplicarán la normativa y/o reglamento institucional. 26 SECCIÓN VI – CONTRATO 27 CERTIFICACIÓN DE ELEGIBILIDAD Y DE INTEGRIDAD DE CONSULTORES INDIVIDUALES 43
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TÉRMINOS DE REFERENCIA. 21 Bajo este componente El Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento (ERSAPS) firmó el Contrato con la Cooperación Suiza en América Central para la realización del Proyecto: “Supervisión Regional de la Regulación en Cinco Departamentos de Honduras”, efectivo a partir del cuatro de Julio de 2013 al 30 de Septiembre de 2014. El proyecto permitirá: i) brindar servicios Supervisión, Vigilancia y Asesoramiento (SVA) a catorce municipios donde ERSAPS implementó la regulación con apoyo de la Cooperación y a seis municipios donde se busca integrar implementó por ONGs en convenio con ERSAPS; ii) implementar la regulación en diecinueve municipios a beneficiar con el SA Programa de San Xxxxxxx Agua, Saneamiento e Higiene (PASH) y iii) ensayar una modalidad ligera de implementación de la regulación en ocho municipios en dos Departamentos del país (El Paraíso e Intibucá) para alcanzar la casi totalidad de municipios en estos departamentos (Scaling-Up), abarcando cuarenta y siete municipios en cinco Departamentos del país. El proyecto iniciado el 28 xx Xxxxxx 2013, durante el año 2014, tuvo una actividad apreciable que incluyó entre otras:
i) contratación y ejecución del contrato de asesoría en SVA; ii) capacitación y contratación de cinco Supervisores Regionales de Regulación (SRR); iii) puesta en marcha de la Supervisión Vigilancia y Asesoramiento en SVA en 20 municipios bajo regulación; iv) puesta en marcha de la modalidad de implementación ligera de la regulación MIL/R, en ocho municipios; v) se dio inicio a la formulación de planes de gestión y resultados para diez prestadores de servicio de agua potable y saneamiento en el área urbana de los municipios, vi) capacitación de 31 Asistentes Técnicos Municipales (ATM) de ONGs; vii) inicio del proceso de contratación de la implementación de la regulación en 19 municipios, viii) Documento de concurso y proceso de contratación para la consultoría para la formulación del Reglamento para la aplicación de recursos para la protección xx Xxxxxxx al SIN, lo que permitirá: (iy ix) eliminar el uso Documento de diésel licitación y proceso de contratación para generación eléctrica en dicho SA; (ii) optimizar la operación del sistema eléctrico adquisición de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx mejorando equipo de cómputo y multifuncionales para 19 municipalidades. Este documento contractual sirve de base para la calidad del servicio en el área; y (iii) la futura extensión contratación de la red de transmisión para conectar el SA de San Xxxxxx ubicado a 300km Auditoría Financiera del Municipio de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx. Bajo este componente se financiará, específicamenteProyecto: (i) la construcción “Supervisión Regional de la Línea Regulación en Cinco Departamentos de Transmisión en 230kV Los Troncos -San Xxxxxxx xx XxxxxxxHonduras”, con una longitud aproximada de 238km; (ii) las obras y equipos para la Subestación Eléctrica (SE) San Xxxxxxx; y (iii) las obras y equipos para la construcción de la bahía de salida de la SE Los Troncos. 21 Componente 2: Eficiencia Energética en Alumbrado Público 21 La consultoría se desarrollará en la ciudad de Cochabamba, sin embargo, se requerirá que el Consultor se traslade hacia el interior del país para el cometido de sus actividades, para ello el Contratante deberá proporcionar al Consultor los pasajes y viáticos correspondientes en cada caso, quedando en claro que los mismo no forman parte del total de la consultoría. 24 El contrato del consultor tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2023, a partir de la firma de contrato sujeto a evaluación positiva del Coordinador. 24 ENDE proporcionará los respectivos bienes (Escritorio, computadora, sillón etcaño 2014.) y material de escritorio, así como pasajes y viáticos a fin de poder llevar a cabo las actividades programadas, en caso de incumplir se aplicarán la normativa y/o reglamento institucional. 26 SECCIÓN VI – CONTRATO 27 CERTIFICACIÓN DE ELEGIBILIDAD Y DE INTEGRIDAD DE CONSULTORES INDIVIDUALES 43
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Samples: Auditoría Financiera
TÉRMINOS DE REFERENCIA. 21 Bajo este Componente 1. Mejorar la equidad, integración y sostenibilidad de los programas del SSN. Sub-componente se busca integrar el SA de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx al SIN, lo que permitirá: (i) eliminar el uso de diésel para generación eléctrica en dicho SA; (ii) optimizar la operación del sistema eléctrico de San Xxxxxxx xx Xxxxxxx mejorando la calidad del servicio 1.1. Mejoras en el área; Registro Social Categoría Servicios de No consultoría Método Solicitud de Ofertas Competencia Limitada • ANTECEDENTES Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 712, de 11 xx xxxxx de 2019 y (iii) publicado en el Registro Oficial Suplemento Nro. 480, de 2 xx xxxx de 2019, se dispone la futura extensión creación de la red Unidad del Registro Social. El 22 de transmisión para conectar julio de 2019 se suscribió el SA Contrato xx Xxxxxxxx BIRF 0000-XX xxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx y el Banco Internacional de San Xxxxxx ubicado a 300km del Municipio Reconstrucción y Desarrollo, que financia el Proyecto Red de San Xxxxxxx xx XxxxxxxProtección Social, que incluye el Componente 1, Subcomponente 1.1 Mejoras en el Registro Social. Bajo este componente se financiaráMediante Resolución Nro. 07-URS-DEJ-2019, específicamente: (i) la construcción de 03 de septiembre de 2019, el Director Ejecutivo de la Línea URS, de Transmisión ese tiempo, expidió el Manual Operativo del Proyecto “Red de Protección Social”, en 230kV Los Troncos -San Xxxxxxx sujeción a lo dispuesto en el Convenio xx XxxxxxxXxxxxxxx 8946-EC BIRF de conformidad con las políticas y normas establecidas para el efecto; constituyéndose en un documento que se anexa a dicho Convenio y que forma parte integrante del mismo. Con fecha 10 xx xxxxx de 2020, los miembros xxx XXX aprobaron el “PROTOCOLO DE RETORNO A LAS ACTIVIDADES DE CAMPO PARA EL LEVANTAMIENTO DE INFORMACIÓN DE LA UNIDAD DEL REGISTRO SOCIAL Y DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA YCENSOS EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA COVID-19”. Mediante Resolución Nro. 002-URS-DEJ-2020, de 11 xx xxxxxx de 2020, la Directora Ejecutiva (e), de la Unidad de Registro Social, resuelve expedir la “REFORMA INTEGRAL AL ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA UNIDAD DEL REGISTRO SOCIAL”; en su artículo 10, numeral 1.2.2.3 se establece que el nivel operativo, responsable de coordinar, implementar y supervisar la operatividad del levantamiento del Registro Social, es la Gestión de Operaciones. Mediante Resolución Nro. URS-DEJ-2020-0013-R, de 24 xx xxxxxx de 2020, la Directora Ejecutiva (e) de la Unidad del Registro Social expide la Aprobación del “Formulario Optimizado del Registro Social 2018”. Mediante Sesión Extraordinaria Emergente, de 15 de septiembre de 2021, el Comité Interinstitucional del Registro Social, resolvió designar a la Econ. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx como Directora Ejecutiva de la Unidad del Registro Social. El artículo 4 del Decreto Ejecutivo Nro. 228, de 20 de octubre de 2021, dispone: “Refórmese y sustitúyase el texto del artículo 5 del Decreto Ejecutivo No. 712 del 11 xx xxxxx de 2019 por el siguiente: “Artículo 5: Créase la Unidad del Registro Social, como un organismo de derecho público, adscrito a la Presidencia de la República, con una longitud aproximada personalidad jurídica propia, dotado de 238km; (ii) las obras autonomía administrativa, operativa y equipos para la Subestación Eléctrica (SE) San Xxxxxxx; y (iii) las obras y equipos para la construcción de la bahía de salida de la SE Los Troncos. 21 Componente 2: Eficiencia Energética en Alumbrado Público 21 La consultoría se desarrollará financiera, con sede en la ciudad de CochabambaQuito, sin embargocon facultades de coordinación, gestión, seguimiento y evaluación. El artículo 7 ibídem establece como atribuciones de la Unidad del Registro Social: “(…) 6. Ejercer la rectoría, coordinar y controlar los procesos de actualización de la información del Registro Social (…)”. Con fecha 17 de febrero de 2022, los miembros xxx XXX resolvieron: “(…) se elimina el esquema de clasificación según semáforo de riesgo epidemiológico de COVID-19 a partir del día lunes 21 de febrero(…).// A partir del 21 de febrero del 2022 a las 00:01, se requerirá que adoptarán las siguientes medidas generales de Prevención aplicable a todo el Consultor se traslade hacia territorio nacional: Uso de mascarilla en espacios cerrados, transporte público y espacios abiertos; Presentación de certificado de vacunación con código QR o carnet para ingreso a actividades no esenciales y transporte; Mantener espacios ventilados y facilitar el interior distanciamiento físico; Lavado frecuente de manos o uso de alcohol gel. Trabajo presencial manteniendo medidas de bioseguridad y certificado de vacunación en entidades públicas y privadas (…)”. Mediante Resolución Nro. CIRS-RN-001-2022, de 23 de febrero de 2022, el Comité Interinstitucional del país Registro Social, expidió la Norma Técnica para el cometido la aplicación e implementación del modelo de sus actividades, para ello el Contratante deberá proporcionar al Consultor los pasajes y viáticos correspondientes en cada caso, quedando en claro que los mismo no forman parte del total actualización permanente de la consultoríabase de datos e información del Registro Social (Norma Técnica), cuyo objeto es “(…) regular los procesos, procedimientos, mecanismos e instrumentos para la aplicación e implementación del Modelo de actualización permanente de la base de datos e información del Registro Social, que comprende la recopilación, uso y transferencia de datos e información social, económica y demográfica individualizada a nivel de hogares, núcleos familiares o personas, como insumo para la aplicación de políticas, servicios, programas sociales y subsidios”. 24 El contrato literal v) del consultor tendrá artículo 4 de la Norma referida, define al Formulario del Registro Social, como el “Documento técnico diseñado y aprobado por la Unidad del Registro Social para recopilar o actualizar datos, que incluye información referida a características de los hogares en aspectos sociodemográficos, de vivienda-hogar, localización, bienes y otros que se pudieren establecer”. El artículo 9, ibídem, establece: “Las entidades responsables de la recopilación de los datos se establecen a nivel nacional o local según lo determine la Unidad del Registro Social. Estas pueden ser Instituciones Públicas del Gobierno Central con presencia institucional desconcentrada, Instituciones del Sistema de Educación Superior o Gobiernos Autónomos Descentralizados, así como otros actores que establezca la Unidad del Registro Social”. El artículo 13, ibídem, establece a la Visita domiciliaria como “(…) la modalidad que permite recopilar datos de los miembros del hogar mediante la visita a una duración hasta el 31 vivienda particular, cuando para efectos de diciembre la recopilación, actualización o verificación lo defina la Unidad del Registro Social, o para atender los requerimientos de 2023entidades o de la ciudadanía.”. El artículo 26, ibídem, establece “Los hogares y/o núcleos familiares del Registro Social en situación de pobreza, pobreza extrema o vulnerabilidad que no hayan actualizado sus datos, deberán ser actualizados por parte de la Unidad del Registro Social o las entidades responsables de la recopilación de datos, con una temporalidad no mayor a 36 meses contados a partir de la firma fecha de contrato sujeto a evaluación positiva del Coordinador. 24 ENDE proporcionará su última entrevista, con la finalidad de capturar oportunamente los respectivos bienes (Escritoriocambios en la composición familiar, computadora, sillón etc.) y material de escritorio, así como pasajes y viáticos a fin de poder llevar a cabo las actividades programadas, en caso de incumplir se aplicarán la normativa condiciones socio económicas y/o reglamento institucionalcambios de residencia ”. 26 SECCIÓN VI – CONTRATO 27 CERTIFICACIÓN DE ELEGIBILIDAD Y DE INTEGRIDAD DE CONSULTORES INDIVIDUALES 43Mediante memorando Nro. URS-CGT-DO-2022-0298-M, de fecha 00 xx xxxxx xx 2022, la Gestión de Operaciones puso en conocimiento el “Informe para proyectar muestra adicional, para alcanzar la población objetivo en modelo de levantamiento de visita domiciliaria por demanda”, que determina el factor incremental a la base de hogares objetivo, para alcanzar la meta de hogares que se planifiquen actualizar. Mediante sumilla inserta, el Sr. Coordinador General Técnico aboca conocimiento y solicita proceder conforme indica el Informe. Mediante Acción de Personal Nro. CGAF-DTH-2022-0024, de 15 xx xxxxx de 2022, se designó al Magister Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx como Coordinador General Técnico de la Unidad del Registro Social. En el marco del proyecto Red de Protección Social ejecutado por la URS, a través del proyecto Actualización del Registro Social, y en el cumplimiento de los Indicadores de Desembolso- DLI vinculados al Componente 1, Subcomponente 1.1, se actuará conforme a las descripciones operacionales acerca de la modalidad de recopilación de Visita Domiciliaria, detalladas en el Informe sobre flujo para la recopilación de datos por el modelo de visita domiciliaria, Nro. URS-GIAI-2022- 04-IFT-004, aprobado en sumilla inserta del 31 xx xxxxx de 2022, en el memorando Nro. URS-CGT- DIAI-2022-0052-M; las mismas que no contradicen a la Norma Técnica para la aplicación e implementación del modelo de actualización permanente de la base de datos e información del Registro Social vigente. La Dirección de Investigación y Análisis de la Información, en informe Nro. URS-GIAI-2022-04-IFT- 004, anexo en el Memorando Nro. URS-CGT-DIAI-2022-0066-M, de 00 xx xxxxx xx 2022, concluye: “(…) Al consolidar la información de certificados se tienen un total de 261.097 certificados propuestos para el levantamiento de información mediante la modalidad de visita domiciliaria”. Mediante Resolución Nro. URS-DEJ-2022-0004-R, de 19 xx xxxxx de 2022, la Directora Ejecutiva de la URS resuelve en su artículo 1: “APROBAR y codificar la reforma del Manual Operativo del Proyecto “Red de Protección Social”, en sujeción a la No Objeción emitida por el Banco Mundial mediante oficio Nro. EC-8946-2021-218, de 05 xx xxxxx de 2022, cambios aprobados por la Coordinación General Técnica de la Unidad del Registro Social que constan y se recomiendan en el Informe Técnico Nro. URS- UIP-01-IF-320, de 05 xx xxxxx de 2022; documentos que se anexa al presente instrumento y que forman parte integrante del mismo”. Conforme el Manual Operativo del Proyecto Red de Protección Social, son actividades del Componente 1: Equidad, Integración y Sostenibilidad, Subcomponente 1.1. Mejoras en el Registro Social: “(…) la revisión de la estrategia de recolección de datos (…), el desarrollo de una estrategia de comunicación para la actualización del RS, la mejora de la información y las herramientas tecnológicas existentes, y la finalización del proceso de recopilación de datos con el apoyo del INEC y la contratación mediante el Proceso de Selección Limitada de universidades, escuelas politécnicas u otros organismos para realizar las encuestas a través de Solicitud de Ofertas”. Ibídem, en el numeral 2.4.2 Indicadores de Desembolso - DLI vinculados al cumplimiento del Proyecto, para el Componente 1: Equidad, Integración y Sostenibilidad, Subcomponente 1.1 Mejoras en el Registro Social, se establece: “ Para aquellos registros que han cumplido más de 36 meses (3 años) desde su última actualización (260 mil registros aproximadamente), se aplicará el levantamiento por visita domiciliaria/por demanda, conforme la Norma Técnica para la recopilación, actualización, uso y transferencia de información del Registro Social. La URS mediante un proceso de selección limitada, invitando a presentar ofertas a las catorce (14) universidades y escuelas politécnicas antes referidas implementará el proceso en territorio”. La Dirección de Investigación y Análisis de la Información, en alcance al memorando Nro. URS-CGT- DIAI-2022-0066-M, presenta en el memorando Nro. URS-CGT-DIAI-2022-0090-M de 19 xx xxxx xx 2022, y concluye "(…) Total propuesta visita domiciliaria son 261.300”. • BASE LEGAL El artículo 3 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública establece que: “En las contrataciones que se financien, previo convenio, con fondos provenientes de organismos multilaterales de crédito de los cuales el Ecuador sea miembro, o, en las contrataciones que se financien con fondos reembolsables o no reembolsables provenientes de financiamiento de gobierno a gobierno; u organismos internacionales de cooperación, se observará lo acordado en los respectivos convenios. Lo no previsto en dichos convenios se regirá por las disposiciones de esta Ley”. El numeral 2.1 Aplicabilidad, Sección II. Consideraciones Generales de las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión, Bienes, Obras, Servicios de No Consultoría y Servicios de Consultoría, Julio de 2016, Revisado noviembre 2017 y agosto 2018, establece que: “El Convenio Legal rige la relación jurídica entre el Prestatario y el Banco. Las Regulaciones de Adquisiciones son aplicables a la adquisición de Bienes y la contratación de Obras, Servicios de No-Consultoría y Servicios de Consultoría en las operaciones de financiamiento de proyectos de inversión, tal como se establece en el Convenio Legal”.
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