USO DE LA TARJETA DE CRÉDITO Cláusulas de Ejemplo

USO DE LA TARJETA DE CRÉDITO. El uso de la Tarjeta es de exclusiva responsabilidad del CLIENTE. Al momento de realizar consumos con la tarjeta de crédito, el CLIENTE deberá utilizar la tarjeta de crédito y suscribir los comprobantes de consumo correspondientes en cada operación que realice con la misma en los establecimientos afiliados al Sistema, de forma gráfica o electrónica mediante el uso de su clave secreta, según sea requerido. Asimismo, deberá mostrar su documento de identidad, con la finalidad de poder corroborar sus datos y su firma, de ser el caso. Sin embargo, el BANCO no tendrá responsabilidad si algún establecimiento afiliado o sistema se rehusara a aceptar la tarjeta de crédito o cobrara algún cargo por sus consumos con ella. El CLIENTE reconoce que la responsabilidad de identificar adecuadamente al usuario de la tarjeta de crédito es del establecimiento afiliado y no del BANCO. Igualmente, como parte de los servicios asociados a la tarjeta de crédito que ofrece el BANCO, éste último podrá otorgar la posibilidad de realizar operaciones de compra, consumos o pagos por Internet, a través de una web distinta a la del BANCO. En caso que el CLIENTE utilice la línea de crédito en los establecimientos afiliados al sistema que se encuentren fuera del país, el BANCO emitirá un estado de cuenta expresado en soles para todos los consumos efectuados en el extranjero y/o disponibilidad de efectivo que hubiera solicitado el CLIENTE. El pago de la cuota mensual o del total que el cliente desee abonar se deberá efectuar en moneda nacional. En caso el pago se realice en dólares americanos, se convertirá al tipo de cambio venta provisto por EL BANCO vigente a la fecha del pago efectivo. A efectos de preservar su seguridad, el CLIENTE declara conocer que el BANCO podría bloquear temporalmente la tarjeta de crédito si considera que existen transacciones inusuales y/o sospechosas en el exterior o a través de páginas web del exterior, previo intento de contacto con el CLIENTE, salvo que este último haya dado un previo aviso por vía telefónica al BANCO sobre su viaje al exterior a fin que su tarjeta de crédito no sea bloqueada para tales consumos. En caso bloqueo de tarjeta, se generará un número de confirmación de bloqueo hasta que se coordine con el CLIENTE la entrega de un nuevo plástico.
USO DE LA TARJETA DE CRÉDITO. 4. Uso y Límites en el uso de la Tarjeta. Mediante el uso de dicha tarjeta, el Tarjetahabiente podrá adquirir bienes y servicios a nivel nacional y/o internacional, en caso de calificar y como un servicio accesorio a criterio exclusivo y único del Emisor acceder a programas de financiamiento especial vía Intra y Extra Financiamiento, efectuar avances de efectivo al retirar en Cajeros Automáticos, Instituciones Financieras autorizadas o mediante medios electrónicos, por medio de empresas comerciales o financieras, sean personas físicas o jurídicas, que en cualquier ciudad o país hayan celebrado convenios para la aceptación de la Tarjeta (quienes en lo sucesivo se denominarán "Afiliados"). El uso de la Tarjeta estará sujeto a los siguientes límites: a. Monto total: El monto total del saldo adeudado en la Tarjeta no deberá exceder la suma consignada en el ARTÍCULO UNO del presente Contrato. El Tarjetahabiente acepta que, para determinar el disponible real en el límite de crédito de La Tarjeta, se deberá a la suma consignada en el ARTICULO UNO del presente Contrato, restar el monto adeudado e identificado como Saldo Actual, así como el monto adeudado e identificado como FLOTANTES -que corresponde a sumas aprobadas y pagadas por el Tarjetahabiente, que el Comercio Afiliado aún no ha cobrado al Banco-. b. Aumento o disminución del límite crédito por parte del Emisor: El límite de crédito de uso y disponibilidad de la Tarjeta establecido en este Contrato, podrá ser aumentado a criterio exclusivo y único del Emisor; tomando en consideración factores como el buen comportamiento, capacidad de pago, y/o alto nivel de consumo que haya tenido el Tarjetahabiente, sin embargo, el Emisor puede de forma unilateral y sin dar ninguna justificación denegar aumentos en el límite de crédito de la Tarjeta. El Emisor, a su criterio y conforme se regula en el presente Contrato, queda facultado a criterio exclusivo y unilateral para aumentar o disminuir la línea de crédito de uso y disponibilidad de la Tarjeta, e incluso queda expresamente facultado para dar por terminado el presente contrato y ordenar el bloqueo permanente y cierre de la línea de crédito de la Tarjeta, todo a criterio exclusivo y unilateral de conformidad con las políticas internas y criterios de riesgo de Banco Promerica. De igual forma, el límite de crédito de uso y disponibilidad de la Tarjeta establecido en este contrato podrá ser disminuido cuando según el criterio único del Emisor, exista un cambio que afect...

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  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • VIGENCIA DE LA PROPUESTA La propuesta deberá estar vigente por el término del proceso y dos (2) meses más, contados a partir de la fecha de cierre de la presente invitación abierta.

  • CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad Pública no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

  • GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, en la forma estipulada en los DDL 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en Lempiras. En caso de que la oferta se presente en varias monedas, a los fines del cálculo de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, estas se convertirán en Lempiras a la tasa de cambio aplicable según la cláusula 29.1 de las IAO. 17.3 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá: (a) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (b) permanecer válida por un período que expire 30 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; 17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta emitida por un banco o una aseguradora deberá: (a) ser emitida por una institución que opere en Honduras, autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; (b) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; (c) ser pagadera con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO; 17.5 Todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.8 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de un Consorcio deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la Oferta.

  • OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE. El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.

  • Idioma de la Oferta 10.1 La oferta, así como toda la correspondencia y documentos relativos a la oferta intercambiados entre el Oferente y el Comprador deberán ser escritos en el idioma especificado en los DDL. Los documentos de soporte y material impreso que formen parte de la oferta, pueden estar en otro idioma con la condición de que los apartes pertinentes estén acompañados de una traducción fidedigna al idioma especificado en los DDL. Para efectos de interpretación de la oferta, dicha traducción prevalecerá.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN “EL COMITENTE” requiere de “EL

  • EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 26.1.k) TRLCSP y 67.2.d RG)