VIGENCIA Y TÉRMINO DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

VIGENCIA Y TÉRMINO DEL CONTRATO. 6.1 El plazo del Contrato es determinado con posibilidad de renovarse automáticamente por periodos iguales al Plazo originalmente pactado por las Partes, salvo que el CLIENTE exprese por escrito su deseo de no renovar el Contrato. 6.2 Dicha renovación automática se efectuará bajo las condiciones que tenga vigente la CAJA en dicha oportunidad, y se aplicará la tasa de interés que tenga vigente la CAJA para dicho producto en su Tarifario vigente, considerando un plazo idéntico al Plazo original. La renovación se realizará por el importe original del Depósito y adicionándose a este los intereses devengados de acuerdo a lo indicado en la Cartilla de Información. 6.3 En caso que la fecha de vencimiento del Plazo del Depósito coincida con días no laborables o días feriados, la CAJA se reserva el derecho de reprogramar el Plazo del Depósito hasta el primer día útil siguiente. 6.4 El CLIENTE podrá poner fin al Contrato en cualquier momento, sin necesidad de expresión de causa, y se acogerá a lo establecido en el numerales 3.3 de la cláusula tercera. 6.5 En los casos en que la CAJA decida no contratar, resolver o modificar el Contrato, en aspectos distintos a la tasa de interés, comisiones y gastos, como consecuencia de la aplicación de las normas prudenciales emitidas por la Superintendencia, tales como las referidas a la administración del riesgo de sobreendeudamiento de deudores minoristas, por consideraciones del perfil del CLIENTE vinculadas al sistema de prevención xxx xxxxxx de activos o del financiamiento del terrorismo o por falta de transparencia de los usuarios, la comunicación se realizará dentro de los siete (7) días posteriores a dicha modificación o resolución a través de los medios de comunicación directos indicados en la cláusula 7.4 del Contrato, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Gestión de Conducta xx Xxxxxxx del Sistema Financiero aprobado por Res. SBS No. 3274-2017.
VIGENCIA Y TÉRMINO DEL CONTRATO. El presente contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo del FOSIS que lo apruebe, y tendrá una duración máxima de 10 meses. La vigencia del contrato debe contemplar; 1 mes de la Etapa de Validación, los 7 meses de la etapa de Pilotaje- intervención con usuarios, y los 2 meses de etapa de Cierre xxx xxxxxx. La etapa de transferencia de aprendizajes y/o escalamiento es paralela al cierre. En caso de catástrofe o fuerza mayor, el FOSIS podrá solicitar al contratado, por una parte, que ajuste el proyecto para que sea implementado de manera adecuada, asimismo excepcionalmente podrá suspender su ejecución por un plazo determinado, ampliándose las respectivas garantías y contrato, cuando las condiciones no permitan desarrollarlo de manera adecuada. Ambas circunstancias podrán ser aplicables, siempre y cuando no se altere la esencia de la propuesta contratada. El Término Normal del contrato opera, una vez que el FOSIS regional haya aprobado la rendición de cuentas correspondiente a los recursos transferidos y/o los informes técnicos respectivos que den cuenta del cumplimiento de las obligaciones y actividades consideradas en el piloto, según corresponda, y se haya dado cumplimiento a todas las obligaciones pendientes a su respecto, incluyendo la devolución de saldos no rendidos, no ejecutados u observados, resultantes de la revisión de dicha rendición y se dicte la resolución respectiva de término normal del contrato, durante la etapa de cierre administrativo.
VIGENCIA Y TÉRMINO DEL CONTRATO. El presente Contrato de Financiamiento tendrá vigencia por hasta 11 (once) años, contados a partir de la fecha de declaración de su eficacia, debiendo la FINANCIADA y el interventor EXPORTADOR liquidar en ese plazo todas las obligaciones resultantes de este Contrato de Financiamiento.

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  • VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.

  • PLAZO DEL CONTRATO 4.1 El presente Contrato tiene una duración de un (01) año contado a partir de la fecha de su firma. 4.2 El plazo podrá ser prorrogado por el mismo período y hasta un máximo de dos (02) años adicionales mediante acuerdo escrito y expreso de las Partes.

  • INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.

  • CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en el propio contrato, en este pliego y en el de prescripciones técnicas, y a satisfacción de la Administración.

  • Contenido Del Contrato El contrato está conformado por el documento que lo contiene, las Bases Integradas y la oferta ganadora, así como los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente señalados en el contrato.

  • PRESUPUESTO DEL CONTRATO El precio previsto con carácter anual durante 2012, de enero a diciembre, a modo de tipo de licitación y sin que pueda ser superado en las proposiciones presentadas, será de QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE EUROS, SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (598.347,62.-Euros), I.V.A. incluido. Asimismo el precio será un factor a considerar para la adjudicación del contrato, pero no el único. Para efectuar dicha previsión de precio, se han tenido en cuenta una estimación de consumo en los términos de la producida en 2011 y las tarifas energéticas actuales, consideradas máximas, en función de los kilovatios y horas (xxxxx, punta y llano) en que se consumen, de acuerdo con el cuadro que consta en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. De la cifra total de precio previsible que se ha considerado en el primer párrafo por el contrato de suministros de energía eléctrica en alta y baja tensión a los distintos puntos de consumo de los que es titular el Ayuntamiento de Calahorra a contratar, corresponde en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido la cifra de 91.273,37.- Euros. Las proposiciones que superan la cantidad citada serán desechadas en el mismo acto de aperturas de Proposiciones. Las obligaciones económicas que se deriven del cumplimiento del contrato resultante de esta licitación, se atenderán con cargo a las siguiente partidas: nº 22100.132PL “POLICÍA: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.133AC “APARCAMIENTO DE CAMIONES: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.155VP “VÍAS PÚBLICAS: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.164CE “CEMENTERIO: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.165AP “ALUMBRADO: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.230AS “SERVICIOS SOCIALES: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.241FO “FOMENTO EMPLEO: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.321EP “EDUCACIÓN PRE Y PRIMARIA: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.323MM “ESCUELA DE MÚSICA: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.330CU “CULTURA: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.332BI “BIBLIOTECA: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.333MU “MUSEOS: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.335TT “TEATRO: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.337JU “JUVENTUD: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº 22100.338FE “FESTEJOS: ENERGÍA ELÉCTRICA”; nº

  • Validez del Contrato El Contrato será válido cuando se realice conforme al ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de Adjudicación y la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato sean cumplidos.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución será hasta el 31 de diciembre de 2022, contado a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato.

  • FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato.-

  • ACEPTACIÓN DEL CONTRATO (ARTÍCULO 25 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO).