XXXXX DE MEXICO Cláusulas de Ejemplo

XXXXX DE MEXICO. Director de Disposiciones Director de Información de Banca Central del Sistema Financiero Rúbrica. Rúbrica. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
XXXXX DE MEXICO. Subgerente de Informática Gerente de Control de Legalidad y Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
XXXXX DE MEXICO. Director de Disposiciones Director de Información de Banca Central del Sistema Financiero Rúbrica. Rúbrica. Al margen un logotipo, que dice: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Junta Directiva.- SJD.- 0117/2000. Lic. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Directora General del Instituto Presente. En sesión celebrada por la Junta Directiva el día xx xxx, al tratarse lo relativo a la aprobación de las Normas, Criterios y Bases Generales en materia de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestaria, que se deberán observar en el Instituto durante el ejercicio fiscal del año 2000, se tomó el siguiente: Acuerdo 35.1256.2000.- "La Junta Directiva, con fundamento en los artículos 157 fracción XVI de la Ley del ISSSTE, 23 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, Título Cuarto del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000 y el Acuerdo que establece el Programa de Austeridad Presupuestaria en la Administración Pública Federal para el Ejercicio Fiscal del año 2000, aprueba las siguientes: NORMAS, CRITERIOS Y BASES GENERALES EN MATERIA DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA, QUE SE DEBERAN OBSERVAR DURANTE EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2000 EN EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO.
XXXXX DE MEXICO. Director de Precios, Salarios Director de Disposiciones y Productividad de Banca Central Rúbrica. Rúbrica. Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. De acuerdo con la publicación de este Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el 28 de julio de 1989, el Indice Nacional de Precios al Consumidor quincenal, con base en la segunda quincena xx xxxxx de 2002=100, correspondiente a la primera xxxxxxxx xx xxxx de 2003, es de 104.041 puntos. Esta cifra representa una variación de -0.41 por ciento respecto del Indice Quincenal de la segunda xxxxxxxx xx xxxxx de 2003, que fue de 104.472 puntos. Xxxxxx, X.X., x 00 xx xxxx xx 2003.
XXXXX DE MEXICO. Director de Precios, Salarios Director de Disposiciones y Productividad de Banca Central Rúbrica. Rúbrica. AVISOS JUDICIALES Y GENERALES PEOPLEONE, S.A. DE C.V. Total activo 0.00 Suma total del activo 0.00 Total pasivo 0.00 Total capital 0.00 Suma total de pasivo y capital 0.00 EDICTO Emplácese, Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx, preséntense a defender sus derechos en el término de treinta días, contados a partir última publicación, amparo promovido por Banco Nacional de México, S.A., toca 323/2001, expediente 1205/1998, X. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx. Publicarse tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y un periódico de circulación nacional. Guadalajara, Jal., a 9 xx xxxxx de 2003. La Secretaria de Acuerdos Rúbrica.
XXXXX DE MEXICO. Director de Disposiciones Gerente de Operaciones de Banca Central Nacionales Rúbrica. Rúbrica. MECANICOS Y TECNICOS ASOCIADOS AVISO Ante mi y en esta Notaria a mi cargo, informo que por instrumento once del volumen uno, del siete xx xxxxx del dos mil tres, se protocolizo el acta de asamblea de Mecánicos y Técnicos Asociados, S.A. por la cual acordaron el Aumento de Duración de la Sociedad por diez años más; la Transformación de Mecánicos y Técnicos Asociados, S.A. a Mecánicos y Técnicos Asociados, S.A. de C.V.; y el incremento al capital social de dos mil pesos, m.n. a cincuenta mil pesos, m.n. Texcoco, Edo. de Méx., a 9 xx xxxx del 2003. Notario 128 del Estado de México Lic. X. Xxxxxx de la Xxxx Xxxxxx Rúbrica. Al ciudadano Xxxxxxx de Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.