PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL DE BARRIOS
PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX
- FINDETER FIDUPREVISORA S.A. -
PROGRAMA DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX.
CONVOCATORIA No. PAF-PMIB-I-018-2020
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA CONTRATAR “LA INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LA EJECUCIÓN DE ESTUDIOS, DISEÑOS, Y CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS PRIORIZADAS, INCLUIDO EL ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL NECESARIO DEL PROYECTO MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX, SECTOR COMUNA 3, DE LA CIUDAD DE VALLEDUPAR, DEPARTAMENTO XXX XXXXX”.
DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN
ABRIL DE 2020
TABLA DE CONTENIDO
CAPÍTULO I DISPOSICIONES ESPECÍFICAS SUBCAPÍTULO I DE LA CONVOCATORIA
1.1.1 MARCO LEGAL QUE FUNDAMENTA LA PRESENTE CONVOCATORIA
1.1.2.1. ETAPA I
1.1.2.2. ETAPA II
1.1.2.3. PROCESO DE CIERRE CONTRACTUAL
1.3 METODOLOGÍA DEL CÁLCULO - PRESUPUESTO ESTIMADO (PE)
1.3.1 ETAPA I - INTERVENTORÍA A LA EJECUCIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS
1.3.2 ETAPA II - INTERVENTORÍA A LA CONSTRUCCIÓN DE LA OBRA
1.3.3 MÉTODO PARA LA DETERMINACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE COSTOS Y SISTEMA DE PAGO. ETAPAS I Y II.
1.6.1. ETAPA I – INTERVENTORÍA A LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS
1.6.2 ETAPA II ETAPA II - INTERVENTORÍA DE LAS OBRAS
1.6 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1.7.1 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
1.7.2 OBLIGACIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA U ORDEN DE INICIO DEL CONTRATO
1.7.3 OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS
1.7.4 OBLIGACIONES DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO OBJETO DE LA INTERVENTORÍA
1.7.5 OBLIGACIONES POSTERIORES A LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO OBJETO DE INTERVENTORÍA
1.7.9 OBLIGACIONES FINANCIERAS Y CONTABLES
SUBCAPÍTULO II - ASPECTOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATO Y DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
2.1 DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
2.1.1 CONOCIMIENTO DEL SITIO DEL PROYECTO
2.2 PERSONAL
2.3 REGLAS PARA LA ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PERSONAL PROPUESTO
2.4 SUPERVISIÓN DEL CONTRATO DE INTERVENTORÍA
2.6.1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
2.6.2. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL.
2.7. CARACTERÍSTICAS DE LAS GARANTÍAS
2.8. LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES APLICABLES
2.9. CLAUSULAS ESPECIALES A TENER EN CUENTA
2.9.1. CONDICIONES RESOLUTORIAS
2.9.3. CLÁUSULA DE GESTIÓN DE RIESGOS
2.9.4. TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO
2.11. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO SUBCAPÍTULO III CRONOGRAMA CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES SUBCAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1 DEFINICIONES
1.2 SIGLAS
1.3 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
1.4 PRINCIPIOS ORIENTADORES
1.5 CONVOCATORIA DE VEEDURÍAS CIUDADANAS
1.6 LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
1.9 PUBLICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y DOCUMENTOS DEL PROCESO
1.10 OBSERVACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y LOS DOCUMENTOS Y ESTUDIOS DEL PROYECTO
1.11 ADENDAS
1.12 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
1.13 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
1.14 REGLAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
1.15 DOCUMENTOS QUE REPOSAN EN LA ENTIDAD
1.16 PROHIBICIÓN DE PRESENTAR PROPUESTAS ALTERNATIVAS, CONDICIONADAS O PARCIALES
1.17 TÉRMINO PARA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS
1.18 PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
1.19 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
1.20 TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR
1.21 PROCEDIMIENTO PARA LA VERIFICACIÓN DE CONTRATOS Y/O PROYECTOS OTORGADOS EN MONEDA EXTRANJERA
1.22 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
1.24 DEBER DE DILIGENCIA E INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO
1.26 SUSPENSIÓN Y/O CANCELACIÓN DE LA CONVOCATORIA
1.27 CIERRE DE LA ETAPA DE RECIBO DE PROPUESTAS
1.28 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO, TÉCNICO Y FINANCIERO
1.28.1 INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y SOLICITUD DE SUBSANACIONES
1.28.2 REGLAS PARTICULARES
1.29 RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y PUBLICACIÓN DEL INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES
1.30 APERTURA DEL SOBRE No. 2 – PROPUESTA ECONÓMICA
1.31 METODOLOGÍA Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS HABILITADAS
1.32 AJUSTE OFICIOSO DE INFORMES
1.33 RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
1.34 INDICACIÓN DE LAS RESERVAS LEGALES DE LAS QUE GOZAN LOS DOCUMENTOS APORTADOS
1.36 MODIFICACIÓN O REVOCATORIA DEL ACTA DE SELECCIÓN
1.38 CAUSALES PARA LA DECLARATORIA DE DESIERTA
1.40 REQUISITOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1.42 APROBACIÓN DE LA GARANTÍA
SUBCAPÍTULO II VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO, TÉCNICO Y FINANCIERO
2.1.1. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN JURÍDICO
2.1.2. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN FINANCIERO
2.1.3. REQUISITOS DE ORDEN TÉCNICO
2.1.4. NO CONCENTRACIÓN DE CONTRATOS
SUBCAPÍTULO III EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
3.1. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
3.1.1. INFORME DE EVALUACIÓN ECONÓMICA Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE (ORDEN DE ELEGIBILIDAD)
ANEXOS:
Anexo 1: PERSONAL REQUERIDO Anexo 2: MATRIZ DE RIESGOS Anexo 3: MINUTA DEL CONTRATO
Anexo 4: LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN SOCIAL Y REPUTACIONAL
Formato 1: CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Formato 2: FORMATO CERTIFICADO DE PAGO DE APORTES PARAFISCALES Y SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
Formato 3: EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE PARA HABILITAR LA OFERTA
Formato 4: PROPUESTA ECONÓMICA. Sobre No 2 (Adjunto)
Formato 5: ESTIMACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA DETALLADA Y FACTOR MULTIPLICADOR
CAPÍTULO I DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
SUBCAPÍTULO I
DE LA CONVOCATORIA
1.1. OBJETO
La presente convocatoria tiene como objeto contratar la “LA INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LA EJECUCIÓN DE ESTUDIOS, DISEÑOS, Y CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS PRIORIZADAS, INCLUIDO EL ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL NECESARIO DEL PROYECTO MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX, SECTOR COMUNA 3, DE LA CIUDAD DE VALLEDUPAR, DEPARTAMENTO XXX XXXXX”.
1.1.1. XXXXX XXXXX QUE FUNDAMENTA LA PRESENTE CONVOCATORIA.
La Financiera de Desarrollo Territorial S.A.-FINDETER, creada bajo la Ley 57 de 1989, y modificada por el Decreto 4167 de 2011, es una sociedad de economía mixta del orden nacional, del tipo de las anónimas, organizada como un establecimiento de crédito, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y sometida a vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Conforme a lo establecido en el literal h del artículo 270 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, adicionado por el artículo 28 de la Ley 1328 de 2009, FINDETER en desarrollo de su objeto social, puede prestar servicios de asistencia técnica, estructuración de proyectos, consultoría técnica y financiera, y por tanto, en ejercicio de estas facultades legales, celebra contratos y convenios para el diseño, ejecución y administración de proyectos o programas de inversión relacionados con las actividades señaladas en el numeral 2° del artículo 268 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
Así mismo, por expresa disposición del artículo 6 del citado Decreto 4167 DE 2011, así como del artículo 15 de la Ley 1150 de 2007, el régimen de contratación del FINDETER es el derecho privado, salvo en lo que se refiere al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto legalmente para la contratación estatal y los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267de la Constitución Política.
Por lo anterior, los procesos de contratación se regirán de acuerdo con lo establecido en el Código Civil, Código de Comercio y demás normas que resulten aplicables.
1.1.2. ALCANCE DEL PROYECTO
En desarrollo del Contrato Interadministrativo No 762 de 2019, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y Findeter; y de acuerdo a las exigencias del mismo, se publicó en la página web de FINDETER la convocatoria pública con el fin de seleccionar el contratista que ejecute el contrato que tiene por objeto “LA EJECUCIÓN DE ESTUDIOS, DISEÑOS, Y CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS PRIORIZADAS, INCLUIDO EL ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL NECESARIO DEL PROYECTO MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX, SECTOR COMUNA 3, DE LA
CIUDAD DE VALLEDUPAR, DEPARTAMENTO XXX XXXXX”, para lo cual se requiere el acompañamiento de una Interventoría que ejerza el control y vigilancia de las acciones que el contratista ejecutará, con el fin de lograr el cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el contrato y sus elementos integrantes (términos de referencia, estudio previo, contrato), especialmente en relación con:
• Las especificaciones técnicas del objeto contratado
• Actividades administrativas a cargo del contratista
• Actividades legales
• Actividades financieras y presupuestales
• Toda estipulación contractual y de los planes operativos
• Proteger los intereses de las Entidades y salvaguardar su responsabilidad
La Interventoría que se contrate como producto del presente estudio, realizará la Interventoría Técnica, Administrativa,
Adicionalmente la INTERVENTORÍA deberá presentar cada uno de los informes a los que se obliga en el desarrollo del contrato.
De acuerdo con lo anterior resulta oportuno y conveniente contar con los servicios de un interventor que garantice el cumplimiento de los objetivos del contrato y del proyecto, y que asuma las obligaciones de seguimiento a la ejecución del contrato con la responsabilidad social, administrativa, fiscal y disciplinaria que lo cobijan gracias a su actuación como veedor en calidad de interventor de recursos públicos, asegurando el máximo cumplimiento del objeto contractual.
La Interventoría integral a contratar tendrá el siguiente alcance:
ADMINISTRATIVA: Corresponde al seguimiento, control y evaluación de las condiciones, procesos y procedimientos administrativos que deban cumplirse durante la marcha y realización del compromiso contractual suscrito para los diseños y la construcción de las obras, a partir de la adjudicación del contrato, hasta la terminación y liquidación del mismo.
FINANCIERA: Realizar los procesos y actividades relacionadas con la revisión y control del manejo financiero del Contrato. Adicionalmente, en caso de que haya lugar en la etapa de liquidación, adelantará todas las acciones e insumos necesarios para la liquidación definitiva del contrato objeto de esta Interventoría e informará al contratante sobre dichas acciones e insumos incluyendo la revisión y concepto sobre la inversión realizada con sus soportes, Revisar, conceptuar y liquidar las deudas que a la fecha de la reversión se presenten en caso de que las hubiera; revisar y conceptuar sobre el cumplimiento de las obligaciones contractuales en materia económica y financiera. Además de la elaboración de los formatos que para el proceso de liquidación FINDETER solicite; bajo disposiciones y normas aplicables.
CONTABLE: Corresponde al seguimiento y evaluación de las condiciones, procesos y procedimientos contables y financieros que deban ser aplicados dentro de la ejecución de la obra, con el fin de controlar el buen manejo e inversión de los recursos, bajo disposiciones y normas aplicables.
AMBIENTAL: Realizar los procesos y actividades enfocadas en la coordinación de las diferentes actividades y métodos de control, tendientes a propiciar que las obras, programas y medidas planteadas en el plan de manejo ambiental, programas de adaptación de las guías de manejo ambiental y requerimientos ambientales de la autoridad competente, entre otros, sean implementadas para minimizar los impactos ambientales negativos y maximizar los positivos, de acuerdo con la normativa aplicable y las directrices que sobre la materia dicten las Autoridades Ambientales Locales y Nacionales.
SOCIAL: Realizar los procesos y actividades enfocadas en asegurar el cumplimiento de las obligaciones sociales contenidas en la presente Convocatoria – Lineamientos de Gestión Social y Reputacional (PGSR); así como la verificación del cumplimiento del desarrollo e implementación de todos los componentes y respectivos productos del Plan de Gestión Social y Reputacional que presente el Contratista; acompañamiento en las actividades comunitarias; seguimiento en la atención al ciudadano y el trámite de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias.
Esta gestión social y reputacional se debe implementar de manera transversal a la ejecución de los estudios, diseños, construcción y puesta en funcionamiento del proyecto.
El propósito de esta se encamina hacia la construcción de tejido social a través de estrategias informativas y de creación participativa; de manera que se promueva la apropiación y sostenibilidad del proyecto por parte de la comunidad, así como las acciones que potencien los beneficios y se minimicen los impactos.
JURÍDICA: Realizar los procesos y actividades enfocadas a verificar la aplicación y cumplimiento de los aspectos regulatorios y contractuales relacionados con el respectivo Contrato, así como apoyar a FINDETER, el Ministerio y el PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER, en todos los
aspectos jurídicos que se susciten en el desarrollo del contrato.
TÉCNICA: Corresponde al seguimiento, control y exigencia en el cumplimiento de la calidad de los productos desarrollados en la etapa I y seguimiento, control y exigencia en el cumplimiento de la calidad y cantidad para los materiales y su aplicación, a la calidad y cantidad de los ítems de construcción ejecutados y el seguimiento correspondiente a los procesos y procedimientos correspondientes al sistema constructivo que se aplicará en la ejecución de la Obra en la etapa II (según diseños y estudios técnicos realizados en la etapa I), para lo cual debe tener en cuenta los materiales a utilizar, las especificaciones técnicas y normas de calidad, las técnicas de construcción, los ensayos las pruebas técnicas y de laboratorio a materiales y su aplicación, instalaciones y correcto recibo que garantice su funcionamiento, bajo disposiciones y normas aplicables.
Lo anterior sin perjuicio de aquellas obligaciones contempladas en el presente documento y demás anexos de la convocatoria.
Durante su ejecución el contrato de interventoría se desarrollará en las siguientes etapas:
De conformidad con el objeto a contratar y en el marco de la ejecución contractual se presentarán dos etapas diferentes
(i) estudios y diseños y (ii) ejecución de obras:
1.1.2.1. ETAPA I.
Interventoría a los estudios y diseños:
Consiste en la ejecución de la interventoría a todos los estudios técnicos y diseños de las intervenciones establecidas por el municipio dentro del proyecto mejoramiento integral xx xxxxxxx XXXXXX XXXXXX 0 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxx, incluyendo el trámite para la obtención de las licencias y permisos necesarios para la ejecución de las obras, incluidos los de legalización urbanística, siempre y cuando se requieran. La Interventoría deberá aprobar todos los productos que entregue el contratista, en desarrollo de la etapa 1.
Los diseños y estudios técnicos se deben ejecutar de acuerdo con las Recomendaciones Mínimas de Construcción - “Especificaciones Técnicas” que hacen parte integral del presente proceso, normas técnicas vigentes aplicables que regulen cada especialidad (RETIE, RETILAP, RAS vigente, NSR-2010, según aplique a diseños, etc.).
Durante esta etapa, el CONTRATISTA deberá tener en cuenta, entre otras cosas, las características topográficas y condiciones particulares del terreno, optando por soluciones mediante las cuales se lleve a cabo un óptimo manejo del diseño técnico y arquitectónico dejando en este último, en la medida de lo posible, elementos de identidad cultural propia de la región.
El interventor debe verificar que el Contratista desarrolle e implemente los productos correspondientes al Plan de Gestión Social, y Reputacional, y deberá aprobar los productos que al respecto entregue el Contratista al finalizar la etapa I; para ello debe verificar que se cumpla con los requisitos de los componentes y productos del lineamiento que se encuentra en el anexo correspondiente.
1.1.2.2. ETAPA 2
Interventoría a la Construcción de la obra.
Consiste en la interventoría integral (administrativa, financiera, contable, ambiental, social, jurídica y técnica) a la construcción de las obras priorizadas del proyecto, con base en los estudios técnicos y diseños integrales producto de la Etapa I, debidamente aprobados por la interventoría y las entidades que intervengan con el desarrollo del mismo (empresas de servicios públicos, entidades del orden municipal, corporaciones ambientales, etc) y basados en los requerimientos incluidos en el documento de las Especificaciones Técnicas.
En esta Etapa la interventoría deberá realizar la verificación, seguimiento y acompañamiento a la construcción de las obras objeto del contrato, habiéndose desarrollado la etapa I y validado cada una de las actividades descritas en dicha etapa.
Como requisito para dar inicio a la Etapa II, se deberá contar con el respectivo balance presupuestal debidamente
priorizadas. Por lo tanto, una vez finalizada la etapa I, el contratista solo podrá iniciar la Etapa II hasta tanto se hayan aprobado los productos y obtenido los permisos necesarios.
Durante esta etapa, el INTERVENTOR, deberá hacer verificación, seguimiento y acompañamiento al CONTRATISTA DE OBRA, el cual deberá ejecutar y entregar la obra contratada de acuerdo con los criterios de calidad exigibles, los diseños, los planos y las especificaciones de construcción ajustadas a los resultados de los productos de la Etapa I, con sujeción al presupuesto y dentro del plazo establecido.
La interventoría deberá garantizar que las obras que se ejecutarán en la Etapa II por el contratista de obra deberán ser completamente funcionales e integrales, por lo cual el contratista, desde la Etapa I, deberá contemplar la totalidad de las obras de ingeniería para su puesta en marcha y funcionamiento.
El Contratista de Interventoría deberá tener en cuenta que las obras a ejecutar y que se definirán en la Etapa I del contrato de obra, no podrán superar el valor del presupuesto asignado para la Etapa II.
El Contratista debe garantizar durante la Etapa II el desarrollo del Plan de Gestión Social y Reputacional encaminado a la construcción de tejido social, proceso de apropiación comunitaria de las obras, y manejo de los impactos ocasionados por la ejecución del proyecto.
Con lo anterior se busca contar con un proyecto diseñado de acuerdo con los estándares y las normativas establecidas para este tipo de infraestructura.
1.1.2.3. PROCESO DE CIERRE CONTRACTUAL
Una vez sean culminadas las Etapas I y II y se suscriba el acta de entrega y recibo correspondiente, el Interventor deberá iniciar el proceso de recopilación de la información necesaria para realizar el cierre contractual del Contrato de Obra e Interventoría, para lo cual tendrá un plazo máximo de hasta DOS (2) MESES contado a partir del vencimiento del plazo contractual para la ejecución de la obra.
Al término del plazo citado El Interventor deberá allegar todos aquellos documentos que requiere el contrato de obra y de interventoría para su liquidación, los cuales se encuentran contenidos en los formatos de Acta de Liquidación Contrato de Obra y el Acta de Liquidación final del Contrato de Interventoría, suscrito a través de Patrimonios Autónomos.
Igualmente, la Interventoría deberá realizar el acompañamiento a los procesos de entrega y recibo a satisfacción de las diferentes obras ejecutadas, por lo que será necesario coordinar con las distintas entidades este procedimiento.
1.1.3. ACTAS.
1.1.3.2. ACTA DE INICIO U ORDEN DE INICIO DEL CONTRATO.
La INTERVENTORÍA y la CONTRATANTE a través de quien designe para tal efecto, deben suscribir el acta de inicio o se deberá emitir orden de inicio correspondiente, las cuales deben contener, entre otros aspectos los siguientes:
1. Xxxxx y fecha de suscripción del acta.
2. Nombre e identificación completa de los intervinientes.
3. Plazo.
4. Fecha de Terminación prevista.
5. Valor.
6. Información de la Interventoría.
Nota: Legalizado el contrato, el contratista deberá suscribir el Acta de Inicio dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes. Si vencidos los plazos para la suscripción del acta de inicio y cumplidos los requisitos de ejecución, no se firma el documento por causa injustificada, la entidad podrá expedir la orden de inicio del contrato.
Solamente se suscribirá un Acta de Inicio o se emitirá una orden de inicio para la ejecución del Contrato y su suscripción procederá una vez se verifique el cumplimiento, entre otros, de los siguientes requisitos que deberán ser entregados en un plazo no mayor a TRES (3) DÍAS HÁBILES posteriores a la suscripción del contrato así:
a. Aprobación del personal del INTERVENTOR para las Etapas.
El SUPERVISOR verificará y aprobará el cumplimiento de los perfiles mínimos exigidos para los profesionales definidos en la oferta para la ejecución de las Etapas I y II de la Interventoría. Igualmente verificará los contratos de trabajo y/o los contratos de prestación de servicios suscritos entre el personal y el INTERVENTOR o uno de los integrantes del proponente plural. De igual forma verificará los soportes de la afiliación y pago de seguridad social integral vigente de todo el personal propuesto. EL INTERVENTOR entregará previamente a la suscripción del acta u orden de inicio, los documentos soporten que acrediten la calidad y experiencia del personal profesional requeridos para las dos etapas.
b. Aprobación de garantías.
La CONTRATANTE revisará que los amparos correspondientes a las garantías del Contrato correspondan con lo exigido en el presente documento, para efectos de su presentación y aprobación.
c. Presentación de la Oferta Económica discriminada de las Etapas I y II.
El INTERVENTOR, presentará a la Supervisión para su aprobación, la Oferta Económica discriminada de las dos etapas, conforme al formato Propuesta Económica detallada y Factor Multiplicador que para tal efecto dispondrá la Entidad en los Términos de Referencia, donde se presente el personal ofrecido para las Etapas I y II conforme al personal mínimo exigido en el proceso de selección, y de acuerdo a las dedicaciones mínimas requeridas para la ejecución de dicha etapa, así como los demás costos directos e indirectos necesarios para el normal desarrollo de las actividades.
Si vencidos los plazos para la suscripción del acta de inicio y cumplidos los requisitos previos para la suscripción de los mismos no se procede con la firma del documento, por causa injustificada la entidad podrá expedir la orden de inicio del contrato.
1.1.3.3. ACTA DE RECIBO A SATISFACCIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA ETAPA I
Una vez verificado y aprobado por parte del Interventor el contenido y los productos desarrollados de la Etapa I y se hayan realizado las recomendaciones y pronunciamientos por parte de la Contratante y del Ente Territorial, se procederá al RECIBO A SATISFACCIÓN del Informe de la Etapa I, vencido el plazo para la ejecución en la Etapa I contados a partir de la suscripción del ACTA DE INICIO u ORDEN DE INICIO del Contrato.
1.1.3.4. ACTA DE ENTREGA Y RECIBO A SATISFACCIÓN DEL CONTRATO.
Vencido el plazo de ejecución del Contrato (Etapa I + Etapa II) contado a partir de la suscripción del Acta de Inicio u Orden de Inicio, el INTERVENTOR deberá validar la entrega de la obra objeto de la Etapa II y de la ejecución del contrato con el lleno de los requerimientos técnicos y condiciones de funcionalidad. Del recibo por parte del SUPERVISOR se dejará constancia mediante Acta de Entrega y Recibo a satisfacción Final de la Interventoría, suscrita entre la CONTRATANTE, la Interventoría y la Supervisión.
1.1.4. PRODUCTOS A ENTREGAR
A continuación, se describen los productos a entregar por parte de la interventoría:
a. Informes semanales.
En el informe semanal de interventoría se presenta la información general tanto del contrato de interventoría como del contrato objeto de la interventoría, el seguimiento y control de la programación del contrato, la cual debe ser consistente con el plazo establecido en el mismo. Con base en lo anterior y conforme a lo estipulado en los términos de referencia, el
contratista deberá presentar a la interventoría para su aprobación, la programación que deberá incluir como mínimo los hitos establecidos en la Curva S para las dos etapas del proyecto. Adicional a lo anterior, deberá incluir:
• Hitos críticos de la curva S
• Indicadores Financieros
• Indicadores Físicos
• Situaciones problemáticas
• Plan de Acción
• Actividades Desarrolladas durante la semana (Ambiental, social, técnica, administrativa, etc.)
• Actividades programadas para la siguiente semana
• Comentarios de la Interventoría
• Registro Fotográfico
b. Informes Mensuales.
La Interventoría presentará mensualmente un informe en donde se consigne el trabajo ejecutado en ese mes, el cual refleje adecuadamente el avance de proyecto, índices de gestión mensual y estado de avance con respecto a lo programado para las diferentes etapas del proyecto. Como mínimo deberá incluir:
• Informe ejecutivo
• Informe técnico
• Acta parcial y balance presupuestal
• Actas de vecindad (cuando aplique).
• Avance de cada una de las actividades programadas con base en la Curva S.
• Memoria de cálculo de las actividades ejecutadas durante el mes.
• Relación de planos.
• Registros fotográficos.
• Videos o renders del avance del proyecto.
• Resultados de los ensayos de materiales y demás pruebas realizadas al igual que el concepto sobre los mismos.
• Calibración y control de equipos
• Fotocopia de la bitácora o libro de obra.
• Resumen de las actividades realizadas en el mes, análisis y recomendaciones.
• Informe de control topográfico.
• Informe de control pólizas y modificaciones contractuales de los contratos de obra e interventoría
• Relación del personal empleado en la ejecución del Proyecto.
• Informes semanales presentados y aprobados
• Informe de seguridad industrial.
• Informe de manejo ambiental.
• Informe de gestión social.
• Conclusiones y recomendaciones sobre el avance o atrasos de la ejecución del Proyecto de acuerdo a la curva S
• Relación de correspondencia
• Actas de seguimiento al contrato o actas de reuniones en el desarrollo del Proyecto
• Acreditación que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda.
c. Informe Final
La Interventoría entregará, al terminar los trabajos, un informe final, cuyo contenido será, como mínimo, el siguiente:
• Aspectos contractuales relevantes.
• Breve descripción de los trabajos.
• Ejecución de los trabajos (Período de ejecución, frentes de trabajo).
• Balance económico final del contrato
• Planos, figuras y cuadros representativos del desarrollo de los trabajos.
• Descripción de los procedimientos utilizados e innovaciones tecnológicas empleadas.
• Recomendaciones sobre cambios en especificaciones, planos, diseños y soluciones dadas a los problemas más comunes que se presentaron durante el desarrollo del contrato como aporte para futuros proyectos.
• Manual de mantenimiento con video de mantenimiento preventivo a los equipos instalados con las respectivas garantías de calidad y correcto funcionamiento. El manual deberá indicar cómo funcionan, y cuál debe ser el mantenimiento de las obras ejecutadas incluyendo redes, así como de los equipos e instalaciones, el cual debe ser entregado por el contratista encargado de la ejecución de las obras y aprobado por la interventoría.
• Copia de la bitácora de obra y registro fotográfico.
• Resultados de los ensayos de laboratorio.
• Informe sobre las pólizas y garantías exigidas.
• Cronograma final de proyecto, en cual se muestre todas las incidencias del mismo.
• Revisión de los paz y salvo, por todo concepto, expedidos por los subcontratistas en relación con las obligaciones de los contratistas.
• La evaluación del porcentaje de población vulnerable utilizada en la ejecución, así como la mano de obra no calificada.
• El resumen final del proyecto supervisado, las cantidades de obra ejecutadas, los suministros supervisados y el informe de control presupuestal del proyecto.
• Planos récord original
• Informe final de control topográfico
• Relación del personal empleado en la ejecución del Proyecto.
• Informe final de seguridad industrial.
• Informe final de manejo ambiental.
• Informe final de gestión social.
• Remisión de las Pólizas actualizadas del contratista y de la interventoría.
A continuación, se presenta la definición de términos expuestos anteriormente:
• Plan de Gestión Social y Reputacional: Ayuda de memoria en la cual se lleve el registro y la trazabilidad en relación a la verificación y acompañamiento realizado al Contratista durante el desarrollo e implementación de su Plan de Gestión Social y Reputacional.
• Bitácora: Libreta oficial y de carácter legal que sirve como instrumento de comunicación entre la interventoría y el contratista, en la cual se asientan los hechos y asuntos sobresalientes que de alguna manera afecten al proyecto o a la misma ejecución de la obra. Los asistentes a la obra relacionados con la ejecución de las mismas pueden consignar comentarios o recomendaciones.
• Actas contractuales: Documentos en el cual se deja constancia el inicio del contrato o proyectos, modificaciones al plazo contractual (Suspensión o reinicios), actas de reuniones, acta de entrega y recibo y acta de liquidación. En todas ellas se deja constancia de las obligaciones o tareas a ejecutar en marco del contrato suscrito.
• Actas de pago parcial: Documento generado por contratista de obra e interventoría que debe anexarse con documentos los documentos requeridos para el pago en el cual se evidencia las actividades ejecutadas en un período de tiempo establecido.
• Acta de entrega y recibo a satisfacción final: Documento en el cual se deja constancia de la entrega y recibo a satisfacción del objeto contractual.
• Acta de liquidación: Documento mediante el cual el contratante y el contratista, realizan un xxxxx xx xxxxxxx y cierre parcial, liberando saldos 0 reintegrando recursos al cliente.
• Informe ejecutivo y los demás que se requieran por parte de la Contratante a través del supervisor designado: Documento que relaciona el estado del contrato o proyecto en el que indican avances, requerimientos, seguimiento realizado por interventor, actividades adelantadas y fotografías.
• Informe Final: Documento que relaciona detalladamente el proceso de la ejecución de un contrato o proyecto indicando resultados finales de las actividades adelantadas, en este documento debe indicar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato de obra.
NOTA: En cumplimiento del Artículo 3° de la Ley 1796 de 2016 “Por la cual se establecen medidas enfocadas a la protección del comprador de vivienda, el incremento de la seguridad de las edificaciones y el fortalecimiento de la función pública que ejercen los curadores urbanos, se asignan unas funciones a la Superintendencia de Notariado y Registro y se dictan otras disposiciones”, y para los casos que aplique, la Interventoría deberá elaborar el memorial dirigido a la curaduría urbana o la dependencia de la administración municipal o distrital encargada de la expedición de las licencias de construcción, en el cual certificará el alcance de la revisión efectuada sobre los diseños estructurales de las edificaciones, el cumplimiento de las normas establecidas en la Ley 1796 de 2016 y sus decretos reglamentarios, y firmará los planos y demás documentos técnicos como constancia de haber efectuado la revisión.
1.2. LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO.
El lugar donde se ejecutará el contrato será en el municipio de Valledupar, Departamento xxx Xxxxx en los barrios: Mayales – Aeropuerto, Nuevo Milenio y El Páramo.
Fotografía 1. Ubicación en la ciudad | Fotografía 2. Área de intervención |
NOTA: CONOCIMIENTO DEL SITIO DEL PROYECTO. Será responsabilidad del proponente conocer las condiciones del sitio de ejecución del proyecto y actividades a ejecutar, para ello el proponente podrá hacer uso de los programas informáticos y las herramientas tecnológicas disponibles (Teniendo como puntos de referencia la ubicación de los proyectos (i) entre las calles 49 entre carreras 23 y 25, (ii) la xxxxx 00 xxxxx xxxxxxxx 00 x 00 x (xxx) xx xxxxx 00 xxxxx xxxxxxx 00 y urbanización La Primavera y ampliación en un solo carril de la carrera 23).En consecuencia, correrá por cuenta y riesgo de los proponentes, inspeccionar y examinar los lugares donde se proyecta realizar los trabajos de Interventoría, actividades, obras, los sitios aledaños y su entorno e informarse acerca de la naturaleza del terreno, la forma, características, accesibilidad del sitio, adquisición de recursos e insumos generales. De igual forma, la ubicación geográfica del sitio del proyecto, historial de comportamiento meteorológico de la zona y demás factores que pueden incidir en la correcta ejecución del proyecto.
Con la presentación de la propuesta, el proponente declara que conoce de manera integral todas las condiciones del sitio de ejecución del proyecto, las actividades a ejecutar y las circunstancias legales, técnicas, ambientales, económicas y sociales para el desarrollo del proyecto, en especial aquellas que puedan afectar la interventoría, la ejecución de las actividades y/o del proyecto e influir en el cálculo del valor de la propuesta. Por lo tanto, el desconocimiento de estos aspectos no servirá de excusa válida para posteriores reclamaciones.
1.2. METODOLOGÍA DE CÁLCULO – PRESUPUESTO ESTIMADO (PE)
El valor del presupuesto incluye sueldos del personal utilizado para la realización del trabajo, afectados por el factor multiplicador, gastos administrativos, costos directos (arriendo oficina principal, computadores, muebles, papelería, ploteo de planos, servicios públicos, copias, fotografías, desplazamiento aéreo, desplazamiento terrestre, hospedaje,
ensayos de laboratorio, entre otros costos directos), así como el valor del IVA y demás tributos que se causen por el hecho de su celebración, ejecución y liquidación, así como los gastos administrativos generados durante la ejecución del mismo.
Para la determinación de este presupuesto, FINDETER se basó en el modelo de análisis de costos mencionado y en los precios topes definidos por FINDETER para sueldos y demás gastos que inciden en los contratos de consultoría y / o prestación de servicios, mediante la cual se determina el punto de referencia para realizar los análisis de estudio de precios xx xxxxxxx y del factor multiplicador.
1.2.1. ETAPA I - INTERVENTORÍA A LA EJECUCIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS
LA CONTRATANTE ha estimado un factor multiplicador mínimo de 2.05 el cual aplicó a los costos del personal requerido para la ejecución de la Etapa I del Proyecto.
De acuerdo con la metodología expuesta en este capítulo, se determinó un Presupuesto Estimado para el desarrollo de la Etapa I del proyecto, de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TRES
PESOS M/CTE ($ 159.071.803,oo) incluido IVA y todos los costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones a que hubiere lugar.
1.2.2. ETAPA II - INTERVENTORÍA A LA CONSTRUCCIÓN DE LA OBRA
LA CONTRATANTE ha estimado un factor multiplicador mínimo de 1.91 el cual aplicó a los costos del personal requerido para la ejecución de la Etapa II del Proyecto.
De acuerdo con la metodología expuesta en este capítulo, se determinó un Presupuesto Estimado para el desarrollo de la Etapa II del proyecto, de QUINIENTOS TREINTA Y UN MILLONES CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL
QUINIENTOS VEINTIDOS PESOS M/CTE ($ 531.184.522,oo), incluido IVA y todos los costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones a que hubiere lugar.
Nota: El valor estimado para la Etapa II, incluye el valor correspondiente al proceso de cierre contractual, el cual se consideró en un plazo de hasta DOS (2) MESES como máximo, para ello, deberá disponer del personal solicitado en los documentos de la convocatoria. Plazo que inicia una vez vencido el plazo de ejecución del contrato de obra.
1.2.3. MÉTODO PARA LA DETERMINACIÓN DE LA ESTRUCTURA DE COSTOS Y SISTEMA DE PAGO. ETAPAS I Y II.
El método para la determinación del valor de la Etapa I y Etapa II es por PRECIO GLOBAL FIJO SIN FÓRMULA DE AJUSTE. En consecuencia, el precio previsto, incluye todos los gastos, directos e indirectos, derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato. Por tanto, en el valor pactado se entienden incluidos, entre otros, los gastos de administración, salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal, incrementos salariales y prestacionales; desplazamientos, transporte, alojamiento y alimentación del equipo de trabajo mínimo del contratista de interventoría; desplazamiento, transporte y toda clase de equipos necesarios; honorarios y asesorías en actividades relacionadas con la ejecución de las Etapas I y II; computadores, licencias de utilización de software; la totalidad de tributos originados por la celebración, ejecución y liquidación del contrato; las deducciones a que haya lugar; la remuneración para el contratista de interventoría del proyecto, imprevistos y en general, todos los costos en los que deba incurrir el contratista de interventoría del proyecto para el cabal cumplimiento de ejecución del contrato. La CONTRATANTE no reconocerá, por consiguiente, ningún reajuste realizado por el contratista de interventoría del proyecto en relación con los costos, gastos o actividades adicionales que aquel requería para la ejecución de esta etapa y que fueron previsibles al momento de la presentación de la oferta.
1.3. PRESUPUESTO.
El desglose por etapa se encuentra a continuación:
ÍTEM | DESCRIPCION DE LA ETAPA | VALOR |
A | ETAPA I: Interventoría a Estudios y Diseños | $ 159.071.803,oo |
B | ETAPA II: Interventoría de Obra | $ 531.184.522,oo |
C | PRESUPUESTO TOTAL OFICIAL ESTIMADO (A+B) | $ 690.256.325,oo |
Se deberán tener en cuenta, en la Oferta Económica a presentar por parte de los proponentes, los valores mínimos y máximos, que igualmente fueron ajustados por la Entidad para el presente proyecto por etapa y presupuesto total:
PROYECTO | ÍTEM | DESCRIPCIÓN DE LA ETAPA | VALOR MINIMO | VALOR MÁXIMO |
“INTERVENTORÍA INTEGRAL | ||||
(ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA | A | ETAPA I: Interventoría Estudios y diseños | $ 143.164.622,oo | Hasta la suma de $ 159.071.803,oo |
Y TÉCNICA) A LA EJECUCIÓN | ||||
DE ESTUDIOS, DISEÑOS, Y | ||||
CONSTRUCCIÓN DE LAS | ||||
OBRAS PRIORIZADAS DEL | ||||
PROYECTO MEJORAMIENTO | ||||
INTEGRAL XX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX 0” | X | XXXXX XX: Interventoría Ejecución de obra | $ 478.066.069,oo | Hasta la suma de $ 531.184.522,oo |
TOTAL DEL PROYECTO | C | VALOR TOTAL DEL PROYECTO | $ 621.230.692,oo | Hasta la suma de $ 690.256.325,oo |
De acuerdo con lo anterior, el Presupuesto Estimado – PE Total para la ejecución de la Interventoría es de hasta
SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO PESOS
M/CTE ($ 690.256.325,oo) incluyendo IVA y todos los costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones a que hubiere lugar.
1.4. IMPUESTOS
El proponente deberá considerar en su oferta todos los costos correspondientes al IVA, otros impuestos, tasas, contribuciones, retenciones, o gravámenes del orden nacional o local, que se causen con ocasión de la suscripción, ejecución y liquidación del contrato a que hubiere lugar, de orden municipal o nacional.
Adicionalmente tendrá en cuenta, los costos de las pólizas incluidas en el numeral GARANTÍAS del presente documento y todos los demás impuestos que se generen por la celebración de este contrato.
Es responsabilidad exclusiva del PROPONENTE realizar las averiguaciones, los cálculos y estimaciones que considere necesarios para elaborar su propuesta económica y por ende, le asiste la obligación de consultar ante las diferentes entidades recaudadoras qué impuesto le es aplicable en caso de ser adjudicatario, todo esto enmarcado en el hecho de que el PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER, es EL
CONTRATANTE y realiza la contratación bajo el Régimen Jurídico del derecho privado.
1.5. FORMA DE PAGO
LA CONTRATANTE pagará al contratista el valor por el cual le fue adjudicado el contrato, de acuerdo con la siguiente forma de pago, para cada etapa del proyecto:
1.5.1. ETAPA I - INTERVENTORÍA A LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS
LA CONTRATANTE pagará el noventa por ciento (90%) del valor total de la ETAPA 1 correspondiente a la Interventoría a los Estudios y Diseño, previo recibo a satisfacción por la supervisión del contrato, de la totalidad de los Estudios Técnicos y Diseños, junto a radicación en debida forma de la solicitud o modificación de la licencia de construcción y los demás permisos requeridos con los respectivos soportes ante las entidades respectivas, en caso que aplique.
El saldo correspondiente al diez (10%) por ciento de la Etapa 1, se pagará una vez se haya entregado la licencia de construcción o demás permisos requeridos para la ejecución de las obras, debidamente aprobados, que permitan el inicio de la ejecución de la etapa 2. Dicha entrega será realizada a FINDETER.
1.5.2. ETAPA II - INTERVENTORÍA DE LAS OBRAS
EL PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER pagará al
CONTRATISTA DE INTERVENTORIA el valor de la ETAPA 2. Ejecución de las obras, así:
a. Un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor correspondiente a la ETAPA 2, mediante pagos mensuales iguales previa presentación de los informes técnicos establecidos en las obligaciones, los cuales deben ser aprobados por la supervisión del contrato.
b. Un CUARENTA POR CIENTO (40%) del valor de la ETAPA 2, se pagará proporcional al avance de ejecución de la obra. Para este pago, se verificará el porcentaje de avance mediante las actas de recibo parcial de obra soportado con la programación de obra y previo visto bueno del supervisor del contrato.
c. El DIEZ POR CIENTO (10%) restante del valor de la ETAPA 2, se pagará previo recibo a satisfacción de la obra contratada y la suscripción del acta de liquidación del contrato de interventoría.
1.6. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución total del contrato es de NUEVE (09) MESES Y QUINCE (15) DIAS CALENDARIO., que se contabilizará a partir de la suscripción del acta u orden de inicio del respectivo contrato.
El acta de inicio u orden de inicio del CONTRATO DE OBRA deberá firmarse o emitirse simultáneamente con el acta de inicio u orden de inicio del contratista de Interventoría, según lo establecido en los documentos y plazos de la convocatoria, previa aprobación de las pólizas respectivas y demás requisitos previos.
El plazo del contrato será uno solo, no obstante, discriminado como se presenta a continuación:
DESCRIPCIÓN DE LAS ETAPAS | PLAZO DE EJECUCIÓN | PLAZO TOTAL |
ETAPA I: Interventoría a Estudios y diseños – | TRES (03) meses | NUEVE (09) MESES Y QUINCE (15) DIAS CALENDARIO. |
ETAPA II: Interventoría a Ejecución de obra. | SEIS (06) meses y QUINCE (15) días calendario* El plazo anterior incluye dos meses destinados para el cierre y la liquidación del contrato. |
El plazo determinado para la ejecución de la Etapa I contempla la interventoría a la obtención de licencias y permisos por parte del contratista de obra.
* El plazo determinado para la ejecución de la Etapa II, contempla un periodo de hasta dos (2) meses como máximo, para el proceso de cierre contractual y liquidación, plazo que inicia una vez vencido el plazo de ejecución del contrato de obra.
Los plazos se han determinado de acuerdo con el tiempo requerido para cada etapa. La distribución de plazos descrita anteriormente deberá tenerse en cuenta independientemente al momento de elaborar la propuesta económica.
En el plazo de la Etapa I la interventoría debe garantizar la ejecución por parte del contratista de obra de las siguientes actividades:
1. Radicación y obtención ante las oficinas de Planeación o Alcaldías municipales, del permiso para la ejecución del proyecto (en los casos que aplique) el contratista deberá apoyar al municipio en la elaboración de la información y ejecución de las gestiones y el municipio deberá realizar los pagos correspondientes por estos conceptos.
2. Radicación y obtención ante las empresas prestadoras de los servicios públicos en el Municipio, de los diagnósticos, estudios técnicos y demás soportes jurídicos necesarios para el trámite y expedición de las viabilidades o factibilidades que permitan la conexión de los servicios públicos al proyecto, asegurando bajo su responsabilidad, la operatividad o funcionabilidad del proyecto (en caso de requerirse y la cual será responsabilidad de la ETC correspondiente).
3. Tramitar y obtener la expedición ante las autoridades ambientales del orden local o nacional, los permisos o autorizaciones necesarios para la ejecución del proyecto.
El contratista de interventoría se obliga emitir comunicación a la supervisión y al contratista de obra en un plazo no mayor a dos (2) días, posteriores al cumplimiento de la totalidad de las siguientes condiciones:
1. Obtención de la Licencia de Construcción o el permiso de ocupación de espacio público del proyecto otorgada por parte de la autoridad competente.
2. Expedición de las viabilidades o factibilidades que permitan la conexión de los servicios públicos al proyecto qué asegure su operatividad o funcionabilidad.
3. Obtención de las licencias, permisos o autorizaciones correspondientes, por parte de la autoridad ambiental competente (En el caso en que aplique).
4. Aprobación por parte del supervisor del Contrato, las hojas de vida del personal mínimo exigido para la Etapa II del contrato de interventoría.
5. Aprobación por parte de la interventoría del Contrato de las hojas de vida del personal mínimo del contratista de obra exigido para la etapa II del contrato.
Con el fin de dar inicio a la Etapa II (ejecución de obras) del contrato junto con el contratista en un plazo máximo de dos
(02) días siguientes a la comunicación descrita previamente y emitida por la interventoría, en todo caso las actividades descritas previamente no podrán superar el tiempo definido para la Etapa I.
LA CONTRATANTE no reconocerá por ningún motivo mayores permanencias, ni valores adicionales a los establecidos en el Contrato.
Por lo tanto, es responsabilidad del contratista adoptar los procedimientos y planes pertinentes que le permitan planificar la realización de las actividades de estudios y diseños y la obtención de licencias y permisos que se requieran para realizar el proyecto en la Etapa II.
De igual manera incluirá todas y cada una de las actividades que se requieran ejecutar con el fin de garantizar la funcionalidad y operatividad de la infraestructura, como son adecuaciones de lote, rellenos, estructuras de contención, acometidas de servicios públicos, cerramientos, paisajismo, urbanismo y todas aquellas obras que surjan dentro de la etapa del diseño dando cumplimiento a los requerimientos mínimos contemplados en el presente documento. Sin perjuicio del plazo de ejecución de la Etapa I y II a las cuales se le realizará la interventoría, se ha considerado que, en el marco de las obligaciones establecidas en los documentos de la convocatoria, el plazo de ejecución de la interventoría requiere de DOS (2) MESES más con respecto al contrato de obra, con el fin de que se garantice el cierre adecuado de los contratos de obra e interventoría.
Por lo tanto, es responsabilidad del contratista adoptar los procedimientos y planes pertinentes que le permitan prever esta situación e incluir en su estructura de costos dichos lapsos entre una y otra etapa por causas ajenas a su voluntad, esta situación es aceptada por el contratista con la presentación de la propuesta y la posterior suscripción del contrato
1.7. OBLIGACIONES
Las obligaciones del CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA están encaminadas a controlar, exigir, absolver, acompañar y verificar el cumplimiento de las obligaciones del contrato resultante de la convocatoria cuyo objeto es: “LA EJECUCIÓN DE ESTUDIOS, DISEÑOS, Y CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS PRIORIZADAS, INCLUIDO EL ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL NECESARIO DEL PROYECTO MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX, SECTOR
COMUNA 3, DE LA CIUDAD DE VALLEDUPAR, DEPARTAMENTO XXX XXXXX”, en los componentes técnicos, administrativos, financieros, contables y jurídicos, para el contrato de la citada convocatoria.
1.7.1. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
A continuación, se presentan las obligaciones de carácter general que deben ser entendidas en armonía con las obligaciones y productos correspondientes, así:
a. Responder por los resultados de su gestión y por las decisiones técnicas, administrativas y presupuestales tomadas durante el pazo de ejecución del contrato.
b. Cumplir y verificar del CONTRATISTA DE ESTUDIOS DISEÑOS Y OBRA el cumplimiento de las condiciones administrativas, técnicas, presupuestales, ambientales, seguridad industrial, legales y sociales.
c. Verificar el cumplimiento de la normatividad vigente por parte del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑO Y OBRA en la ejecución del contrato y su cierre, balance financiero y de ejecución.
d. Verificar los requerimientos exigidos en cada una de las licencias o permisos dados por las entidades competentes para el desarrollo del contrato.
e. Verificar el cumplimiento de la entrega del Plan de Gestión Social y Reputacional, de acuerdo a los lineamientos del anexo correspondiente.
f. Asegurar el desarrollo e implementación de todos los componentes y productos contenidos en el Plan de Gestión Social y Reputacional por parte del Contratista.
g. Asegurar que el CONTRATISTA en la ejecución del contrato se ciña a los plazos, términos, especificaciones técnicas y demás condiciones pactadas.
h. Asegurar en la elaboración de los estudios técnicos, diseños y ejecución del Proyecto el cumplimiento por parte del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA de las Recomendaciones Mínimas de Construcción, que forman parte integral de los Términos de Referencia del contrato objeto de la presente interventoría.
i. Mantener permanente comunicación con el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA y con CONTRATANTE.
j. Evitar que se generen conflictos entre las partes y adoptar medidas tendientes a solucionar eventuales controversias.
k. Velar porque la ejecución del contrato no se interrumpa injustificadamente.
l. Certificar el cumplimiento o no de las obligaciones del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA acorde con la realidad de la ejecución contractual.
m. El INTERVENTOR deberá hacer llegar oportunamente los registros y documentos a EL CONTRATANTE con el fin de que éste pueda realizar el control correspondiente.
n. Contar con una herramienta que permita desarrollar las actividades necesarias para supervisar y controlar, en tiempo real, la ejecución de los proyectos objeto del presente contrato.
o. Mantener actualizado el registro en la cámara de comercio durante la ejecución del contrato
p. Cuando el termino de duración de la sociedad no contemple el término de liquidación del contrato y cinco (5) años más, EL CONTRATISTA se obliga a ampliarlo ante la cámara de comercio, para lo cual tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la adjudicación de la convocatoria, sin que este trámite sea requisito que impida la suscripción del contrato. La misma obligación aplica para el integrante del proponente plural persona jurídica.
q. Mantener durante la ejecución del proyecto EL PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO en los términos de referencia. Por cada profesional o técnico propuesto que no cumpla con los mínimos requeridos o que no esté laborando, se aplicarán las sanciones correspondientes, previo requerimiento que sobre el particular efectué el supervisor, máximo tres (3) requerimientos para que el supervisor solicite al CONTRATANTE el inicio de un proceso de incumplimiento parcial del contrato.
r. Informar de hechos y circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que pongan en riesgo el incumplimiento del contrato; así como entregar los soportes a los que tenga acceso.
s. Las demás que, por ley, los Términos de Referencia del CONTRATO correspondan o sean necesarias para el cabal cumplimiento del mismo.
1.7.2. OBLIGACIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA U ORDEN DE INICIO DEL CONTRATO.
a. El INTERVENTOR, previo al inicio de la ETAPA I, deberá presentar al Supervisor del Contrato, de manera discriminada y detallada el Formato de Propuesta Económica y Factor Multiplicador que soportan el valor utilizado por el Interventor, para la presentación de la propuesta económica de la Interventoría para la ETAPA I Y II, incluyendo todos los costos directos e indirectos, gastos, impuestos y demás contribuciones necesarias para la estructuración de la oferta en el proceso precontractual.
b. El INTERVENTOR deberá entregar al Supervisor del Contrato las Hojas de Vida de todos los profesionales que dispondrá para los diferentes componentes de Interventoría en las ETAPAS I Y II, previo a la suscripción del acta de inicio u orden de inicio del Contrato, y de conformidad con lo establecido en los documentos de la convocatoria.
c. El INTERVENTOR deberá entregar al supervisor del contrato las garantías del contrato correspondan con lo exigido en el presente documento, para efectos de su presentación y aprobación por parte de la contratante.
1.7.3. OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS:
a. Suscribir junto con la supervisión de FINDETER el Acta de Inicio del contrato, o dar inicio a la ejecución del mismo una vez emitida por parte de la supervisión del contrato la orden de inicio.
b. Solicitar a LA CONTRATANTE, o a quien éste indique, la documentación e información necesaria para desarrollar adecuadamente la Interventoría.
c. Establecer mecanismos ágiles y eficientes para el desarrollo de la Interventoría a su cargo.
d. Revisar y estudiar los documentos e información que dieron origen al contrato objeto de Interventoría, con el propósito de establecer criterios claros y precisos sobre el alcance del contrato, que le permitan adelantar con efectividad las labores encomendadas, solicitando a LA CONTRATANTE las aclaraciones del caso.
e. Revisar en detalle, el CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA objeto de la Interventoría con el fin de enterarse de cada una de las cláusulas contractuales, plazos, y obligaciones del CONTRATISTA
f. Revisar y verificar toda la documentación técnica, legal, ambiental, de seguridad industrial y económica requerida para la ejecución del proyecto, con el objeto de proponer recomendaciones para poder desarrollar el CONTRATO DE ESTUDIOS DISEÑOS Y OBRA sin ningún contratiempo y dando cumplimiento al marco normativo que le pueda afectar.
g. Revisar y aprobar, previo a la suscripción del acta u orden de inicio del CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA, las hojas de vida del equipo de trabajo presentado por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS DISEÑOS Y OBRA, de conformidad con lo establecido en los términos de referencia. Para el efecto deberá revisar la formación académica y las certificaciones de experiencia general y específica de conformidad con los criterios y metodología establecida en los términos de referencia que dieron origen al contrato objeto de Interventoría. Obligación que deberá realizarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato objeto de la interventoría.
h. Verificar que el personal propuesto por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA se encuentre vinculado al mismo mediante contrato de trabajo o de prestación de servicios, así como estar afiliado y al día con los pagos al Sistema de Seguridad Social Integral.
i. Revisar y verificar que los amparos correspondientes a las garantías suscritas por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA se hallen conforme lo exigido en los términos de referencia del contrato objeto de esta interventoría, para efectos de su presentación y aprobación por parte de la CONTRATANTE. De igual forma, conforme a las modificaciones o suscripciones de actas que impliquen su modificación (cuando aplique).
j. Aprobar la metodología y programación de actividades del CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA. Así mismo el Programa detallado del recurso humano requerido para la ejecución de los trabajos y el flujo de inversión del contrato, presentados por parte del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA.
k. Verificar las condiciones de ejecutabilidad del proyecto.
l. Aportar toda la documentación requerida para el Inicio del contrato de interventoría.
m. Aportar toda la documentación requerida para el Inicio del ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA por etapas, con la aprobación de interventoría.
1.7.4. OBLIGACIONES DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO OBJETO DE LA INTERVENTORÍA
a. Emitir la orden de inicio del contrato de ejecución del proyecto, previa validación a satisfacción de las obligaciones previas a la formalización del inicio del contrato a cargo del contratista de ejecución del proyecto.
b. Cumplir y hacer cumplir por parte del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA durante el desarrollo del contrato, lo establecido en los Términos de Referencia, referente a los requisitos exigidos de los perfiles profesionales del recurso humano y el tiempo de dedicación de los mismos al contrato, así como el equipo exigido para la ejecución de los trabajos. Además, de ser necesario, podrá exigir el cambio de personal o equipos, siempre y cuando esté de acuerdo con lo establecido en el contrato.
c. Sí el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA solicita cambios de personal durante la ejecución del contrato, la Interventoría deberá revisar y aprobar cualquier relevo o cambio en el equipo de trabajo del CONTRATISTA, y verificar que cumpla con lo establecido en los términos de referencia, dejar el registro respectivo e informar a EL PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER.
d. Programar y coordinar con el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA y LA CONTRATANTE, las reuniones de seguimiento a la ejecución del contrato. En estas reuniones se presenta el estado de avance del contrato, así como se tratan y analizan temas y problemas relacionados con el desarrollo del proyecto, acordando entre las partes soluciones prácticas y oportunas.
e. Convocar, cuando se requiera, al ENTE TERRITORIAL y al prestador de servicios públicos a los comités de seguimiento que se desarrollen semanalmente durante la ejecución del Proyecto. Los comités de seguimiento son reuniones en las que se revisarán las actas de las reuniones anteriores, con el fin de comprobar el avance de todos los acuerdos establecidos además de realizar una revisión del estado actual del proyecto (en cualquiera de sus etapas), en dicho comité se pueden establecer compromisos, requerimientos, solicitudes de gestión, inconvenientes presentados, entre otros; en pro de cumplir con el objeto de esta convocatoria en los términos establecidos. Los comités deben realizarse semanalmente y dejar registro de los mismos conforme a los formatos que LA CONTRATANTE indique para ello.
f. Convocar y liderar la realización de comités técnicos semanales donde se haga seguimiento a los diferentes aspectos de obra sociales, ambientales, técnicos, financieros, SISOMA y comunitarios, el cual estará integrado como mínimo por EL CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA Y EL CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA.
g. Atender o responder las observaciones o aclaraciones que solicite LA CONTRATANTE dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al requerimiento.
h. Suscribir las actas relacionadas con el contrato objeto de interventoría, tales como: de inicio, recibo parcial, seguimiento, suspensión, reinicio, entrega y recibo a satisfacción final y liquidación.
i. Suscribir las actas de recibo parcial, seguimiento a los contratos, suspensión, reinicio, entrega y recibo a satisfacción final y liquidación, correspondientes al proyecto.
j. En caso de ser necesario suspender la ejecución del contrato objeto de esta Interventoría, deberá remitir a LA CONTRATANTE un concepto técnico en el cual se soporte la solicitud a fin de que al Supervisor manifieste su aval o rechazo. En caso afirmativo, el INTERVENTOR deberá diligenciar el acta de suspensión para el contrato de ejecución y para el de Interventoría, simultáneamente y remitirlos a LA CONTRATANTE debidamente diligenciados y suscritos para visto bueno del Supervisor. Una vez resuelta la situación que motivó la suspensión de los contratos, el INTERVENTOR dará aviso a LA CONTRATANTE y a FINDETER y remitirá diligenciadas y suscritas las correspondientes actas de reinicio correspondientes para visto bueno, junto con la correspondiente modificación de las pólizas.
k. Realizar seguimiento y monitoreo constante al cumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA, en las condiciones de calidad exigidas y en la oportunidad pactada, para lo cual deberá solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual, de tal forma que se generen alertas tempranas sobre los aspectos que pueden dificultar, retrasar o afectar la ejecución del Proyecto.
l. Acopiar de manera ordenada en medio física y en medio magnética, la documentación producida en la ejecución del proyecto, de tal manera que la CONTRATANTE tenga acceso a la misma en cualquier momento.
m. Establecer mecanismos ágiles y eficientes para el desarrollo de la INTERVENTORÍA a su cargo.
x. Xxxxxx estricto control sobre la correspondencia que se produzca con el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA, durante el desarrollo del CONTRATO, de tal forma que la CONTRATANTE cuente con los insumos para intervenir oportunamente frente a las solicitudes presentadas.
o. Adelantar cualquier otra actuación administrativa, necesaria para la correcta administración del CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA objeto de interventoría.
p. Estudiar las sugerencias, consultas y reclamaciones presentadas por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA y emitir un concepto a EL CONTRATANTE para la resolución final de las mismas.
q. Estudiar, analizar, conceptuar y absolver de manera oportuna las sugerencias, reclamaciones, peticiones y consultas que presente el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA. Las respuestas deberán estar soportadas y documentadas con la debida justificación técnica, financiera, contable, administrativa y jurídica, según corresponda, en los casos y términos que se soliciten, remitiéndolas al supervisor del contrato.
r. Elaborar, revisar, suscribir y radicar las actas y demás documentos necesarios para la ejecución del contrato y liquidación del contrato.
s. Elaborar actas de todas las reuniones que se produzcan con ocasión de la ejecución del contrato y entregar copia de la misma a cada uno de los participantes al término de la reunión, e incluirlas en el informe mensual del periodo respectivo.
t. Velar por el oportuno trámite de las solicitudes y peticiones que hagan los particulares o las autoridades en relación con el desarrollo del proyecto.
u. Recomendar por escrito las acciones necesarias para la mejor ejecución del contrato apuntando a su optimización financiera y técnica.
v. Atender oportunamente durante la etapa contractual y post contractual del CONTRATO DE INTERVENTORÍA, las solicitudes que le formule la CONTRATANTE o FINDETER en el marco de la asistencia técnica en procesos administrativos o judiciales, según el caso, que se lleguen a adelantar con ocasión de la ejecución del proyecto.
w. Acompañar a la CONTRATANTE o FINDETER, en los procesos administrativos y judiciales que se lleguen a iniciar en cualquier momento, aún después de haber realizado la liquidación del CONTRATO DE INTERVENTORÍA, y tramitar aquellas actuaciones a que haya lugar.
x. Realizar todos y cada uno de los trámites necesarios para que el personal del CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA porte un documento que lo acredite como tal.
y. Cumplir y atender de manera oportuna las instrucciones impartidas por la CONTRATANTE y o supervisor designado.
z. Informar a la CONTRATANTE con frecuencia semanal, cuáles han sido las gestiones adelantadas por parte del personal profesional del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑO Y OBRA, y por parte del personal del CONTRATISTA DE INTERVENTORIA, tendientes a solucionar de fondo los inconvenientes que vayan surgiendo durante la ejecución del proyecto.
aa. Poner en conocimiento de la CONTRATANTE y el Supervisor designado, de manera oportuna todas las comunicaciones que se generen en el ejercicio del Contrato de Interventoría.
bb. Reportar semanalmente junto con el informe semanal, la respectiva información en el aplicativo establecido por FINDETER para ello, entre otros MIObra y demás que se les indique.
cc. Suministrar de manera oportuna a LA CONTRATANTE toda la base documental que de fe del cumplimiento de su contrato y del seguimiento y control del contrato objeto de su Interventoría.
dd. Exigir la información que considere necesaria, recomendar lo que estime y contribuya a la mejor ejecución del contrato, y en general adoptar las medidas que propendan por la óptima ejecución del objeto contratado.
ee. Dejar constancia escrita de todas sus actuaciones. Las órdenes e instrucciones que imparta son de obligatorio cumplimiento siempre y cuando estén en concordancia con la Ley y lo pactado.
ff. Verificar que existan las licencias o permisos necesarios para la ejecución de la obra, así mismo revisar los requisitos exigidos por las entidades competentes a través de dichos permisos con el fin de garantizar su implementación antes de su inicio
gg. Exigir al CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑO Y OBRA la entrega del presupuesto con sus correspondientes análisis de precios unitarios, para el proyecto.
hh. Revisar periódicamente la implementación efectiva del plan de acompañamiento social, de acuerdo con las cláusulas contractuales establecidas. Deberá verificar las actividades realizadas, la vinculación adecuada de personas vulnerables y sus condiciones de trabajo, el cumplimiento de indicadores, además de revisar y validar las fuentes de verificación remitidas por el CONTRATISTA. Así mismo, canalizará oportunamente hacia LA CONTRATANTE, las quejas y reclamos que presente la comunidad sobre el proyecto.
ii. Participar y asegurar la ejecución del Taller de Desarrollo Participativo con la comunidad beneficiaria por parte del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑO Y OBRA previo al inicio de la ejecución de los diseños, con el fin identificar las expectativas de la comunidad.
jj. Exigir al CONTRATISTA la implementación de programas de comunicación permanente con la comunidad, e informar a la comunidad donde se desarrollarán las obras, sobre el alcance, magnitud, impacto y beneficio de las mismas.
kk. Suscribir con el CONTRATISTA un acta del estado inicial del entorno de la obra o actas de vecindad, para comparar al final si pudo existir algún deterioro a propiedades de terceros. Es muy importante tener una reseña fotográfica o fílmica de los posibles puntos aledaños a la obra, que presenten agrietamientos o deterioros notables antes del inicio de la obra, para que al final no haya lugar a reclamaciones.
ll. Xxxxx porque se realice la socialización de la obra a la comunidad involucrada antes de iniciar la ejecución de la obra física. De igual manera informar de manera oportuna a LA CONTRATANTE y al supervisor designado los inconvenientes encontrados.
mm. Cumplir y hacer cumplir al CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA en lo referente a la afiliación al Sistema General de Seguridad Social (Salud, pensiones y riesgos profesionales), así como el cumplimiento de pago de obligaciones parafiscales de todo el personal a su cargo de acuerdo con lo dispuesto en la ley. Cuando la INTERVENTORÍA establezca que existe incumplimiento en este aspecto por parte del CONTRATISTA informará, en primera instancia a la CONTRATANTE para efecto de las sanciones previstas por incumplimiento.
nn. Cumplir y hacer cumplir al CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑO Y OBRA las obligaciones laborales que se generen con relación al contrato suscrito.
oo. Exigir al CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA la implementación del Programa de Seguridad y Salud Ocupacional elaborado para la obra, informando oportunamente los avances y actividades desarrolladas en este tema.
pp. Velar porque en el cumplimiento de los Planes de Manejo Ambiental, Manejo de Tráfico y de Seguridad Industrial, se minimicen los riesgos e impactos que la obra genera tanto en la comunidad como en el medio ambiente.
qq. Velar porque el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA presente, implemente y cumpla con cada uno de los programas y planes exigidos y los demás que se les requiera para el control y seguimiento pertinente, entre los cuales está el programa de compras y suministros.
rr. Informar de manera inmediata y por escrito los accidentes de trabajo que se presentan en la obra, su análisis y acciones a tomar para que no se vuelvan a presentar.
ss. Cumplir con la entrega de los informes semanales, mensuales y final requeridos por LA CONTRATANTE al supervisor designado, en los cuales se presente el estado de ejecución, avance, registro fotográfico y terminación del contrato. El Informe semanal deberá presentarse el primer día hábil de la semana y el mensual deberá presentarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del mismo, en los cuales se evidencien los aspectos más relevantes de las actividades desarrolladas, según el formato establecido.
tt. Incluir y mantener actualizada la información del cronograma del proyecto en la plataforma digital que Findeter determine, para el monitoreo y seguimiento integral de obras, conforme al contrato, las modificaciones contractuales que se presenten y la periodicidad que el supervisor determine. Lo anterior se debe efectuar a partir de la entrega del usuario y contraseña que le sea informado por Findeter para el manejo de la plataforma digital.
uu. Elaborar y llevar un registro fotográfico y fílmico de manera cronológica del avance de la obra, y donde se evidencien el estado del antes, durante y el después, de la zona intervenida.
vv. Exigir al CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA y su equipo de trabajo, el cumplimiento de las normas de seguridad, higiene, salud ocupacional y ambiental que sean aplicables del proyecto, y cumplirlas al interior de su equipo de trabajo
ww. Verificar el cumplimiento por parte del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA de vincular a la ejecución de la obra, como mínimo en un Setenta por ciento (70%) del personal de obra no calificado, a individuos de la zona de influencia de la misma, dando prioridad a los habitantes de la urbanización beneficiaria donde se está desarrollando el proyecto y evaluar en los casos en los que el contratista demuestre la imposibilidad de cumplimiento por circunstancias que afecten la ejecución de la obra, con la finalidad de ajustar este porcentaje.
xx. Garantizar la suficiencia en conocimiento de los diagnósticos, estudios y obras existentes: El interventor deberá conocer el proyecto objeto de intervención, conforme los soportes y documentación publicada en la presente convocatoria. Será responsabilidad del oferente saber el estado actual del terreno, y así mismo, revisar, evaluar y determinar la suficiencia permanente de los planos, diseños, estudios técnicos, entre otros.
yy. Las demás que de conformidad con la normatividad vigente y con su naturaleza correspondan a la función de Interventoría en lo que a obligaciones administrativas se refiere.
1.7.5. OBLIGACIONES POSTERIORES A LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO OBJETO DE INTERVENTORÍA:
a. Elaborar y suscribir el acta de recibo a satisfacción (Acta de entrega y recibo a satisfacción final del objeto contractual).
b. Elaborar el proyecto de Acta de liquidación del contrato objeto de la Interventoría en el plazo previsto para la liquidación para su revisión y aprobación final junto con la totalidad de los soportes.
c. Exigir y obtener del CONTRATISTA los paz y salvos a los que haya lugar según la naturaleza del contrato.
d. Garantizar el proceso de liquidación del CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA y el CONTRATO DE INTERVENTORÍA.
1.7.6. OBLIGACIONES JURÍDICAS:
El CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA se obliga a ejecutar las siguientes obligaciones generales de carácter jurídico, con el fin de cumplir con el objeto contractual:
a. Adoptar las medidas necesarias para que el CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA se desarrolle en condiciones de eficacia, eficiencia y oportunidad.
b. Verificar y exigir que se otorguen las garantías establecidas, velar por que estas permanezcan vigentes de acuerdo con las condiciones estipuladas en el contrato y realizar al CONTRATISTA los requerimientos del caso, cuando sea necesario modificar las mismas en valor o en plazo. En caso de que el CONTRATISTA no realice las ampliaciones a que haya lugar, el INTERVENTOR deberá informar al CONTRATANTE de este evento, con el fin de que se tomen las medidas respectivas. Es pertinente que el interventor para la aprobación de cualquier pago verifique que la póliza y modificaciones estén debidamente aprobadas para proceder con la autorización de pago con el trámite de la cuenta respectiva.
c. Entregar información a la CONTRATANTE y al Supervisor designado, relacionada con el incumplimiento del CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA, con hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA.
d. En caso de cualquier tipo de incumplimiento del contrato, el INTERVENTOR deberá entregar al Supervisor designado un concepto el cual debe contener los hechos que puedan constituir un retraso en la ejecución total o parcial de las obligaciones adquiridas en virtud del presente contrato, o del incumplimiento de una o varias de las obligaciones a cargo de El CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA según el caso, aportando las evidencias que así lo soporten; así como la tasación por los presuntos retrasos o incumplimientos.
e. Informar de manera oportuna sobre cualquier situación que pueda llegar a implicar una modificación contractual.
f. Velar por el cumplimiento de las obligaciones laborales y aportes parafiscales que se generen con relación al contrato suscrito, en especial verificando que los empleados del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA se encuentren afiliados al Sistema de Seguridad Social (salud, pensiones y riesgos profesionales) y se dé cumplimiento a la Ley 789 de 2002, Ley 797 de 2003 y sus decretos reglamentarios y demás normas concordantes, así como aquellas normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
g. Proyectar el acta de entrega y recibo a satisfacción DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO, así como el acta de entrega al municipio y las demás actas necesarias en el marco del CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA.
h. Proyectar, aprobar y firmar según corresponda, las actas de entrega, acta de entrega y recibo a satisfacción final de obra y acta de liquidación del CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA y del CONTRATO DE INTERVENTORÍA, allegando la documentación requerida, de acuerdo con los lineamientos y plazos establecidos por la CONTRATANTE. Atender los requerimientos de la Contratante y el supervisor delegado hasta lograr la suscripción de las actas por parte del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA.
i. Estudiar y conocer la organización y normatividad vigente de la CONTRATANTE, para su aplicación y cumplimiento en el contrato principal y en el CONTRATO DE INTERVENTORÍA, en especial lo establecido en el Manual Operativo del Patrimonio Autónomo.
j. Cumplir y atender las instrucciones impartidas por la CONTRATANTE y el Supervisor designado, que en materia jurídica y legal se formulen.
k. Mantener un profesional con dedicación parcial, para la presentación y seguimiento de la liquidación del contrato de diseños y obra, así como el de interventoría durante su proceso hasta la obtención de las actas de liquidación.
l. Poner en conocimiento de la CONTRATANTE y el Supervisor designado, de manera oportuna todas las comunicaciones que se generen en el ejercicio del Contrato de Interventoría.
m. Suscribir el Acta de liquidación del contrato, una vez se cumplan todas las obligaciones necesarias para tal fin, tales como, la terminación del contrato suscrito por las partes, la debida entrega del archivo a FINDETER y la aprobación por parte de la interventoría de los documentos de liquidación finales presentados a la terminación del contrato. En todo caso el trámite de suscripción de la respectiva acta de liquidación deberá corresponder a los procedimientos establecidos por FINDETER.
x. Xxxxx que de conformidad con la normatividad vigente y con su naturaleza correspondan a la función de interventoría en lo que a obligaciones jurídicas y legales se refiere.
1.7.7. OBLIGACIONES TÉCNICAS:
El CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA se obliga a ejecutar las siguientes obligaciones generales de carácter técnico con el fin de cumplir con el objeto contractual:
a. Conocer previamente a la iniciación de los contratos (interventoría y el contrato objeto de esta), la localización de las obras en el terreno, para identificar qué áreas de interés ambiental se van a intervenir y cuáles son las exigencias de la autoridad ambiental competente para su intervención.
b. Verificar y aprobar la localización de los trabajos y de sus condiciones técnicas para iniciar y desarrollar el objeto del contrato.
c. Verificar, exigir y controlar permanentemente que el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA cuente con la infraestructura física y el recurso humano suficiente para adelantar la implementación y cumplimiento de los requerimientos exigidos por las entidades competentes a través de las licencias 0 permisos otorgados para el desarrollo del contrato.
d. Asegurar y verificar el cumplimiento por parte del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA de todas las condiciones, entregables y especificaciones técnicas contenidas en el documento Recomendaciones Mínimas de construcción, anexo técnico del proceso objeto de la presente interventoría.
e. Verificar que el CONTRATISTA cumpla las normas y especificaciones técnicas establecidas para el desarrollo del contrato. En caso de identificación de cambios en las especificaciones, deberá informar a LA CONTRATANTE para su evaluación y aprobación. Para el efecto deberá tener disponible para consulta inmediata un compendio impreso de las normas y especificaciones aplicables según el tipo de proyecto.
f. Realizar seguimiento a la realización de los estudios y diseños, y que los mismos se ajusten al alcance, normativa según la tipología del proyecto, y a las recomendaciones de FINDETER, Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio MVCT, el Municipio y demás entidades que participen en el proyecto.
g. Revisar, verificar y aprobar el esquema básico que más se ajuste a la necesidad del proyecto, presupuesto, a los lineamientos indicados por Findeter y MVCT.
h. Revisar y aprobar el resultado de los estudios y diseños realizados por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA, antes del vencimiento del plazo de la Etapa 1 del contrato, para posterior verificación por parte de LA CONTRATANTE.
i. Revisar y aprobar el Plan de Manejo Ambiental y el Plan de Manejo de Tránsito elaborados por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA.
j. Asegurar la realización de los comités de diseño, uno (1) por semana, donde se incluya presentación audiovisual de los avances por parte del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA.
k. Verificar el cumplimiento del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA, frente a la obligación de identificación y gestión de permisos y licencias necesarias para ejecución del proyecto, así como el costo de las mismas, los cuales dependen de la naturaleza del mismo, esto incluye permisos de vertimientos, ocupación de cauces, servidumbres y legalidad de lotes, permisos ambientales, Licencia de construcción, entre otros.
l. Verificar los requerimientos exigidos en las licencias, permisos, resoluciones y demás requisitos indispensables para el desarrollo normal del contrato. Para el efecto deberá tener disponible para consulta inmediata un compendio impreso de los permisos y resoluciones aplicables según el tipo de proyecto.
m. Emitir los conceptos que LA CONTRATANTE solicite en marco de la ejecución de su contrato dentro del plazo requerido.
n. Emitir los conceptos técnicos de aprobación correspondiente a la etapa de estudios técnicos y diseños.
o. Cualquier cambio que se requiera efectuar a un diseño, debe ser previamente autorizado por escrito por parte de LA CONTRATANTE, y del Supervisor. Por ningún motivo se deben efectuar cambios a los diseños por su cuenta, porque en ese momento la responsabilidad del diseñador sobre las obras pasa a ser del INTERVENTOR.
p. Asegurar y acompañar el proceso de socialización según el PGS de los diseños a la comunidad.
q. Velar por el cumplimiento por parte del CONTRATISTA de la normatividad ambiental y plan de manejo ambiental. Para el efecto deberá contar en obra con un compendio impreso de las normas vigentes aplicables según el tipo de proyecto que se ejecute.
r. Adelantar revisión permanente de todas las obligaciones y productos del CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA, de forma que controle la correcta ejecución del objeto contractual y el cumplimiento de las condiciones de calidad y oportunidad a las que se obligó el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA.
s. Revisar y aprobar el diseño propuesto por parte del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA para el cerramiento provisional de la obra o de las zonas por intervenir, de manera tal que se proteja los sitios de construcción de la obra del acceso de personas ajenas a los trabajos, evite perturbaciones de tránsito e incomodidades a los vecinos y a transeuntes internos y externos.
t. Evaluar y aprobar el cronograma presentado por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA, solicitando los ajustes pertinentes, hacerle seguimiento en tiempo real a dichos cronogramas; requerir al CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA que explique las desviaciones del cronograma que se generen; promover con el CONTRATISTA DE ESTUDIOS TÉCNICOS, DISEÑOS Y OBRA medidas de reacción para superar las causas que dieron lugar a las desviaciones del cronograma; si las causas de las desviaciones no se superan, generar alertas oportunas a la CONTRATANTE y al supervisor delegado, reflejando toda la trazabilidad y gestión del CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA, sin perjuicio de las facultades que a la CONTRATANTE le corresponden.
u. Velar por el cumplimiento del cronograma y flujo de inversión del contrato, efectuando controles periódicos de las actividades programadas suscribiendo el acta respectiva, así mismo recomendar los ajustes a los que haya lugar. En caso de incumplimiento, el INTERVENTOR deberá informar oportunamente a LA CONTRATANTEy sugerir si es el caso la aplicación de los procedimientos sancionatorios establecidos en el contrato.
v. Promover con el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA planes especiales de reacción, con acciones eficaces para solucionar y superar las situaciones que dificulten la ejecución del contrato o que representen riesgos de gestión y hacerle seguimiento permanente al cumplimiento de dichos planes.
w. Estudiar y resolver oportunamente los requerimientos y soluciones de carácter técnico planteadas por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA que no impliquen modificaciones al CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA. En caso de requerir modificaciones, el CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA deberá comunicarle de manera inmediata a la CONTRATANTE y al Supervisor designado, para su decisión, comunicación que deberá ir acompañada de su concepto y soportadas con la debida justificación técnica, financiera, contable, administrativa y jurídica, según corresponda.
x. Abrir, llevar y tener la custodia del libro o bitácora para registrar en él, el personal diario, tanto del CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA como el personal del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA con sus respectivas firmas, los equipos, las novedades, órdenes e instrucciones impartidas durante el plazo del contrato, garantizando su permanencia en la obra.
y. Realizar semanalmente los comités técnicos de seguimiento y en la etapa de estudios y diseños los talleres de diseños con los diferentes especialistas, para que cada uno de ellos verifique y conceptúe al respecto de los diseños a presentar
z. Impartir por escrito las instrucciones de carácter obligatorio al CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA de conformidad con lo establecido, en el marco de la ley y de lo pactado contractualmente.
aa. Requerir al CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA el cumplimiento de las obligaciones previstas en el CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA y en las leyes y normas que le sean aplicables de manera escrita informando oportunamente a la CONTRATANTE y al Supervisor designado.
bb. Revisar durante la ejecución del proyecto la permanencia de las referencias topográficas y exigir al CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA su protección, traslado o reposición cuando sea necesario.
cc. Asesorar y suministrar la información que requieran la CONTRATANTE, el Supervisor designado o las Entidades de control de manera oportuna
dd. Emitir documento de justificación técnica de cualquier modificación a los diseños o estudios técnicos (debidamente soportada), cuando a esto hubiere lugar y presentarla ante el supervisor designado.
ee. Emitir concepto sobre la pertinencia de suscribir prórrogas, suspensiones, prorroga de las suspensiones o
correspondientes y presentando las recomendaciones y el plan de reacción con medidas efectivas para conjurar las causales que las motivaron. Estas modificaciones deben ser razonables y proporcionales.
ff. Revisar las solicitudes de prórrogas, modificaciones, suspensiones, etc., presentadas por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA y emitir un concepto técnico al respecto a LA CONTRATANTE. Adicionalmente, deberá elaborar, revisar y remitir dichas solicitudes para su aprobación con la suficiente antelación a la fecha requerida para su implementación. Dichas solicitudes deben estar claramente justificadas.
gg. Constatar la información suministrada por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA frente a la verificación de cantidades de obra incluidas en el presupuesto ofertado por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA y de las actividades requeridas para la ejecución del proyecto sean las correctas, incluidos los items no previstos. Estos no podrán ser ejecutados sin autorización de la interventoría, previo al aval de la Supervisión de FINDETER.
hh. Revisar y conceptuar que las especificaciones técnicas propuestas por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DI- SEÑOS Y OBRA sean iguales o superiores a las establecidas en las RECOMENDACIONES MÍNIMAS DE CONSTRUCCIÓN documento anexo al proceso objeto de la presente interventoría.
ii. Conceptuar sobre la necesidad de efectuar modificaciones al contrato en lo que respecta a modificaciones del alcance del proyecto, remitiendo los soportes correspondientes a la CONTRATANTE y al supervisor designado. Le está prohibido al CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA aprobar la ejecución de actividades de obra que no estén contemplados inicialmente en el CONTRATO, sin que previamente la CONTRATANTE haya suscrito el respectivo contrato adicional. Cualquier actividad que se ejecute sin la celebración previa de la modificación contractual, será asumida por cuenta y riesgo del CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA y del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA.
jj. Advertir de manera oportuna situaciones que puedan poner en riesgo las inversiones o que puedan comprometer la funcionalidad del proyecto.
kk. Asistir y participar activamente en los comités de seguimiento o reuniones, convocadas por la CONTRATANTE o el supervisor designado.
ll. Verificar y aprobar la existencia y calidad de planos, diseños, permisos, autorizaciones, estudios, cálculos, memorias de cantidades, especificaciones y demás consideraciones técnicas que estime necesarias para suscribir el acta u orden de inicio de obra porcparte del CONTRATISTA.
mm. Controlar e inspeccionar permanentemente la calidad de los trabajos, equipos, materiales, bienes, insumos y productos. Para lo anterior, el INTERVENTOR exigirá al CONTRATISTA efectuar los ensayos de laboratorio o pruebas necesarias para el control de calidad de los mismos, así como realizar los ensayos de laboratorio o pruebas requeridas para verificar y aprobar que el CONTRATISTA esté cumpliendo con las normas y especificaciones técnicas establecidas para el contrato. En caso de que estas pruebas o ensayos no cumplan con los resultados, el INTERVENTOR deberá dejar registro de la implementación y verificación de las acciones correctivas pertinentes.
nn. Aprobar los laboratorios donde se llevarán a cabo ensayos de acuerdo a las necesidades del proyecto, los cuáles deben ser certificados.
oo. Verificar calibración de equipos de topografía y demás utilizados en durante la ejecución del proyecto.
pp. Verificar la permanencia, calidad y cumplimiento de condiciones técnicas de los diferentes equipos ofrecidos por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA para la ejecución del proyecto.
qq. Verificar que los materiales pétreos de obra provengan de canteras debidamente aprobadas por la autoridad competente solicitando al CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA los documentos necesarios para este fin.
rr. Solicitar la demolición, reconstrucción o reparación de las obras que no cumplan con las calidades y especificaciones técnicas exigidas
ss. Verificar y garantizar la disposición final de los escombros en los sitios autorizados para ello.
tt. Aprobar los procedimientos constructivos, de forma tal que sean compatibles, no solo con los requerimientos técnicos necesarios, sino con las disposiciones legales, las normas especiales para la gestión y obtención de las autorizaciones y permisos específicos requeridos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. En caso de que no se dé cumplimiento a lo anterior EL INTERVENTOR podrá ordenar la modificación de los procedimientos o la suspensión de los trabajos.
uu. Verificar la instalación de las Vallas por el contratista de obra, en las condiciones y cantidades exigidas por LA CONTRATANTE, las cuales deberán actualizarse y permanecer legibles durante todo el plazo de ejecución del CONTRATO DE ESTUDIOS TÉCNICOS, DISEÑOS Y OBRA.
vv. Revisar, verificar y aprobar cualquier solicitud de cambio en el equipo de trabajo del CONTRATISTA DE
así como con lo establecido en los términos de referencia, para lo cual deberá emitir un informe y remitirlo a la CONTRANTE y al Supervisor designado.
ww. Poner en conocimiento de la CONTRATANTE y el Supervisor designado, de manera oportuna todas las comunicaciones que se generen en el ejercicio del Contrato de Interventoría.
xx. Verificar de manera permanente y mediante las herramientas necesarias el cumplimiento por parte del CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA frente a la normatividad técnica aplicable a la obra.
yy. Llevar un registro de la provisión, consumo y existencia de los materiales explosivos utilizados en la obra, así como la medida de las obras que se realicen con su aplicación, el equipo utilizado y el personal encargado de su manejo. Además del cumplimiento de las normas vigentes establecidas por el Ministerio de Defensa para su manejo y control.
zz. Dar visto bueno a las modificaciones técnicas en procedimientos que sean convenientes para resolver problemas que pueden afectar las obras en construcción, previamente presentadas por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA.
aaa. Verificar que el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑO Y OBRA entregue los planos definitivos de la obra construida, los cuales deben incluir las modificaciones realizadas durante la ejecución del proyecto y aprobar su contenido.
bbb. Revisar, estudiar, conceptuar y aprobar los planos récord y manuales de operación y mantenimiento de obras y equipos elaborados por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA o el PROVEEDOR cuando aplique.
ccc. Realizar de manera conjunta con el CONTRATISTA DE OBRA las mediciones de cantidades de obra para determinar el avance de obra sobre el presupuesto ofertado por el CONTRATISTA DE OBRA, registrándolas de manera ordenada y xxxxx, y que permitirán igualmente la presentación de los pagos parciales de obra.
ddd. Tomar las acciones que sean pertinentes y necesarias con el fin que el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA cumpla con los equipos y en las cantidades ofrecidas.
eee. Verificar y conocer por parte de todo su equipo de profesionales las normas aplicables a este tipo de proyecto.
fff. Solicitar la implementación de los frentes de trabajo necesarios para la óptima ejecución del proyecto dentro del plazo establecido y verificar que el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA cumpla con esto.
ggg. Verificar que el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA adelante los monitores ambientales (agua, aire, ruido, inventarios) a que haya lugar estipulados en el PMA, en la respectiva licencia ambiental o frente al trámite, solicitud y requerimiento de permiso ambiental; cuando aplique.
hhh. Teniendo en cuenta que la “Curva de Recursos S” permite comparar el avance real Vs. el avance planificado, con el propósito de establecer las desviaciones del proyecto y tomar acciones correctivas oportunas, es decir, se convierte en el punto xx xxxxxxx técnico de valor ganado; el INTERVENTOR deberá revisar y aprobar la programación presentada por EL CONTRATISTA con base en los puntos de obligatorio cumplimiento según términos de referencia del proceso de estudios, diseños y obra. Su no cumplimiento será causal de las sanciones respectivas.
iii. EL INTERVENTOR deberá implementar frentes de trabajo simultáneos, y en donde sea posible, UNA (01) jornada de trabajo EXTENDIDA de DOCE (12) horas como mínimo (Jornada: 07:00 a.m. a 07:00 p.m.), exigiendo al CONTRATISTA las condiciones adecuadas para el desarrollo de las actividades.
jjj. El INTERVENTOR deberá revisar y aprobar el plan de trabajo y la programación para la ejecución del contrato presentados por el CONTRATISTA antes de la suscripción del acta u orden de inicio. Lo anterior representado en un diagrama xx Xxxxx, identificando actividades asociadas a los productos entregables concretos, duración, relaciones de precedencia entre actividades, y definición de la ruta crítica del proyecto.
kkk. Analizar y conceptuar sobre el alcance y el presupuesto efectivo del proyecto, resultado de la revisión de la documentación presentada por el contratista si se llega a requerir alguna modificación al alcance del proyecto, verificando que el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑO Y OBRA haya cumplido el deber de formular el presupuesto propuesto efectuando comparaciones de precios, mediante estudios o consultas de las condiciones xxx xxxxxxx de la zona de ejecución del proyecto.
lll. Aprobar pagos al CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA de los suministros de tuberías, accesorios y equipos, única y exclusivamente cuando se encuentren debidamente instalados, probados y recibidos a satisfacción por parte del CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA.
mmm. Verificar oportuna y permanentemente las actividades establecidas en el contrato, a partir de la información suministrada y presentar un informe a EL PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER sobre los aspectos que repercutan en el normal desarrollo de los contratos y que puedan implicar modificaciones a los mismos.
nnn. EL INTERVENTOR, verificará el cumplimiento por parte del contratista de obra del manejo de los posibles impactos derivados de la ejecución de la obra, teniendo en cuenta lo relacionado con el manejo de los sobrantes provenientes de la obra y su debida disposición acorde a las normas legales en materia de Zodmes (Zona de Manejo de Escombros de Excavaciones) así como el manejo paisajístico una vez terminada la obra
ooo. En caso de requerirse, revisar y aprobar los ajustes, complementaciones, aclaraciones o modificaciones al diseño y todas las soluciones técnicas que plantee el contratista de obra, con el personal dispuesto en el presente documento.
ppp. Llevar a cabo las demás actividades conducentes al desarrollo del objeto contractual, conforme con los requerimientos técnicos pertinentes, certificando el cumplimiento técnico del contrato en sus diferentes etapas de ejecución.
qqq. Las demás actuaciones que de conformidad con la normatividad vigente y con su naturaleza.
1.7.8. OBLIGACIONES SOCIALES:
El CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA se obliga a ejecutar las siguientes obligaciones generales de carácter social con el fin de cumplir con el objeto contractual:
a. Verificar y garantizar el desarrollo e implementación en su totalidad del Plan de Gestión Social y Reputacional del Contratista, de acuerdo a los lineamientos del contrato de obra.
b. Asesorar y acompañar al Contratista en todas las actividades comunitarias del Plan de Gestión Social y Reputacional.
c. Xxxxx y actuar por el bienestar social en beneficio de la comunidad.
1.7.9. OBLIGACIONES FINANCIERAS Y CONTABLES:
El CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA se obliga a ejecutar las siguientes obligaciones generales de carácter financiero y contable con el fin de cumplir con el objeto contractual:
a. Garantizar la eficiente y oportuna inversión de los recursos establecidos en los contratos.
b. Elaborar junto con el CONTRATISTA las actas de avance en la ejecución.
c. Revisar, aprobar y conceptuar, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales, sobre las solicitudes de pago formuladas por el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA, con el fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos por EL PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER y la normatividad vigente.
d. Llevar un registro cronológico de los pagos, ajustes y deducciones efectuadas. Así como de la relación de los documentos que xxxxxxx EL CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA para tal efecto. Al igual que los soportes o comprobantes de pago tanto del contrato de estudios y obra como el de interventoría, documentos requeridos para el cierre financiero del proyecto solicitado en la etapa de liquidación
e. Verificar que el CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA cuente con recursos económicos disponibles durante todo el plazo de ejecución.
f. Realizar el seguimiento al avance físico y financiero al CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA, de acuerdo con el cronograma, de tal manera que, si se detectan atrasos e incumplimientos parciales o totales, se requiera oportunamente al CONTRATISTA y se adopte un plan de contingencia adecuado y, de continuar con los mismos, se adopten las medidas pertinentes 0 se inicien las acciones legales a que haya lugar.
g. Controlar en detalle el estado financiero, legal y contable del CONTRATO DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA, llevando un registro de cada una de las operaciones.
h. Realizar un balance semanal de la obra mediante la medición de cantidades de obra que se realizan con el CONTRATISTA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRA.
i. Verificar y controlar el balance de ejecución del contrato, para garantizar el cumplimiento del objeto dentro del presupuesto y cronograma asignados.
j. Verificar antes de cada pago que el CONTRATISTA haya cumplido cabalmente con todas sus obligaciones relacionadas con pagos de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, así como en parafiscales xx XXXX, ICBF, Caja de compensación familiar y liquidaciones del personal que se retire de la obra.
k. Cumplir el estatuto tributario colombiano, para lo cual el contratista asume el pago de la carga tributaria generada con ocasión de la celebración y ejecución del contrato y de acuerdo con sus condiciones particulares como contribuyente.
l. Efectuar el balance presupuestal de ejecución del contrato para efectos de la liquidación del mismo.
1.8. NORMATIVIDAD APLICABLE.
Las siguientes son algunas de las normas cuyo cumplimiento será exigible a EL CONTRATISTA:
x. Xxx 388 de 1997 Ordenamiento Territorial.
x. Xxx 400 de 1997. Reglamento colombiano de Construcciones Sismo Resistentes y aquellas normas que la modifiquen o desarrollen.
c. Normas Colombianas de Diseño y Construcción Sismo Resistentes que aplique de acuerdo con los diseños aprobados vigente.
d. NSR-10 y sus decretos reglamentarios, complementarios y cualquier otra norma vigente que regule el diseño y construcción sismo resistente en Colombia.
x. Xxx 361 de 1997 “por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones.”, y aquellas normas que la modifiquen o desarrollen, en lo que resulte aplicable al presente proyecto. NTC. 4144, NTC. 4201, NTC. 4142, NTC. 4139, NTC. 4140, NTC. 4141, NTC. 4143, NTC. 4145, NTC. 4349, NTC. 4904, NTC. 4960.
x. Xxx 1618 de 2013 – Disposiciones para Garantizar el Pleno Ejercicio de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
g. Legislación de Seguridad Industrial Salud Ocupacional. Análisis y aplicación de las normas de Construcción y Adecuación en Salud Ocupacional, según Resolución 2400 de 1979.
h. INVIAS para rellenos granulares y especificaciones de pavimentos. (en casos que aplique)
x. Xxxxxxxx (disposiciones vigentes para el impacto de tráfico, vehículos y maquinaria de obra).
j. Normas de Salubridad (entre otras: ley 09 de 1979, NTC 920-1 de 1997, NTC 1500 de 1979, NTC 1674 de 1981, NTC 1700 de 1982).
k. Normas Ambientales Ley 373 de 1997 Uso eficiente y racional del agua, Decreto 1753 de 1994, GTC 24 de 1989
l. Dar cumplimiento a las Normas NTCGP 1000:2004 e ISO 9001:2008.
m. Norma Técnica Colombiana NTC 6199 versión vigente.
n. Decreto 1575 DE 2007 por el cual se establece el Sistema para la Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano.
o. Análisis y aplicación de normas ambientales, gestión ambiental y manejo de residuos.
p. Reglamentación de manejo ambiental y recursos hídricos. Legislación ambiental Distrital y Nacional.
q. Emisiones atmosféricas, Decreto 948 05/06/1995 Min Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Establece normas de prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire.
r. NFPA 101 Código de Seguridad Humana
s. Resolución 2413 22/05/1979 Min. De Trabajo y seguridad social. Establece el Reglamento de Higiene y seguridad en la construcción.
t. Resolución 1409 de julio 23 de 2012, reglamento de seguridad de trabajo en alturas
u. Resolución 627 07/04/2006 Ministerio de Medio Ambiente por la cual se establece la norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental.
v. Normas NFPA-NEC y Código Nacional de Incendios. Cuando aplique.
w. Reglamento técnico del sector de agua potable y saneamiento básico, RAS
x. Código colombiano de fontanería NTC-1500.
y. NORMAS AISC, AISI.
z. Código para suministro y distribución de agua para extinción de incendios en edificaciones, NTC-1669. Cuando aplique.
aa. Normativas ASHRAE referentes a eficiencia energética (90.1) y confort térmico (62.1). bb. Código Eléctrico Nacional, norma NTC 2050.
cc. Reglamento técnico vigente de instalaciones eléctricas Resolución No. 18 0398 de 7 xx xxxxx de 2004 expedida por el Ministerio de Minas y Energía (RETIE).
dd. Las normas vigentes de la empresa de energía encargada del suministro y control de la energía en la localidad.
ee. Reglamento técnico de instalaciones eléctricas, RETIE y NTC 2050, Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público RETILAP.
ff. Normas de las empresas locales de servicios públicos o con las que se proveerá los servicios. gg. Legislación de tránsito vehicular y peatonal vigentes.
hh. Normatividad vigente a nivel nacional para la movilización de maquinaria y equipo pesado expedido por la entidad competente según el tipo de obra, por la entidad competente.
ii. Norma NTC 2505 y demás Normas Técnicas de las empresas prestadoras de los servicios. jj. Estudio de microzonificación sísmica del lugar donde se desarrollará el proyecto.
kk. Demás normas aplicables para los diferentes aspectos del Proyecto de acuerdo a las particularidades del diseño y construcción del mismo, determinadas por factores del entorno (localización del Proyecto) y su regulación específica.
ll. Resolución 14881 de 1.983: Reglamentación para accesibilidad a discapacitados.
mm. Lineamientos de espacios para la construcción de infraestructuras de atención a la primera infancia nn. Decreto nacional 1285 de 2015 (junio 2015): Por el cual se modifica el Decreto 1077 de 2015.
oo. Resolución 0549 de 2015 (julio 2015): Por la cual se reglamenta el Capítulo 1 del Título 7 de la parte 2, del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, en cuanto a los parámetros y lineamientos de construcción sostenible y se adopta la Guía para el ahorro de agua y energía en edificaciones.
pp. Norma Técnica Colombiana NTC 5610 – “Accesibilidad de las personas al medio físico. Señalización táctil”.
qq. Norma Técnica Colombiana NTC 4109 – “Prefabricados de Concreto. Bordillos, Cunetas y Topellantas de Concreto”.
rr. Norma Técnica Colombiana NTC 4595 ss. Las demás que modifiquen las anteriores.
tt. Las demás que le sean aplicable al objeto contractual.
SUBCAPÍTULO II
ASPECTOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATO DEL CONTRATO Y DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
2.1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
El PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX-FINDETER está interesado en
realizar la contratación que tiene por objeto contratar “LA INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LA EJECUCIÓN DE ESTUDIOS, DISEÑOS, Y CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS PRIORIZADAS, INCLUIDO EL ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL NECESARIO DEL PROYECTO MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX, SECTOR COMUNA 3, DE LA CIUDAD DE VALLEDUPAR, DEPARTAMENTO XXX XXXXX”.
Nota: El detalle y descripción del objeto, alcance, duración, obligaciones, actividades, productos, valor del presupuesto y forma de pago, sus características y condiciones técnicas, se encuentran contenidos en los presentes términos de referencia, los estudios previos y en los demás documentos que lo conforman.
2.2. CONOCIMIENTO DEL SITIO DEL PROYECTO
Será responsabilidad del proponente conocer las condiciones del sitio de ejecución del proyecto y actividades a ejecutar. En consecuencia, correrá por cuenta y riesgo de los proponentes, inspeccionar y examinar los lugares donde se proyecta realizar los trabajos de Interventoría, actividades, obras, los sitios aledaños y su entorno e informarse acerca de la naturaleza del terreno, la forma, características, accesibilidad del sitio, adquisición de recursos e insumos generales. De igual forma, la ubicación geográfica del sitio del proyecto, historial de comportamiento meteorológico de la zona y demás factores que pueden incidir en la correcta ejecución del proyecto. Lo anterior en concordancia con lo establecido en el numeral 1.2. denominado “LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO” del presente documento.
Con la presentación de la propuesta, el proponente declara que conoce de manera integral todas las condiciones del sitio de ejecución del proyecto, las actividades a ejecutar y las circunstancias legales, técnicas, ambientales, económicas y sociales para el desarrollo del proyecto, en especial aquellas que puedan afectar la interventoría, la ejecución de las actividades y/o del proyecto e influir en el cálculo del valor de la propuesta. Por lo tanto, el desconocimiento de estos aspectos no servirá de excusa válida para posteriores reclamaciones.
2.3. PERSONAL
El Interventor deberá suministrar y mantener para la ejecución del objeto contractual el personal mínimo solicitado para cada una de las etapas o el que resulte pertinente con las dedicaciones necesarias, hasta la entrega del proyecto, el cual deberá cumplir con las calidades técnicas o profesionales y la experiencia general y específica exigida.
El Interventor deberá presentar al supervisor del contrato, previo a la suscripción del acta u orden de inicio del contrato de la etapa donde desarrollará las actividades que le correspondan, y en todo caso en la oportunidad por éstos exigida, el personal mínimo requerido, el cual deberá tener la dedicación necesaria para la ejecución de las Etapas I y II, junto con los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica de este personal. Lo anterior, deberá ser aprobado por el SUPERVISOR y/o a la entidad CONTRATANTE.
Así mismo el INTERVENTOR deberá mantener durante la ejecución del proyecto EL PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO en los términos de referencia, so pena de inicio de procedimiento de la aplicación de la cláusula penal de apremio establecida en el contrato por este concepto. Realizados máximo tres (3) requerimientos al Contratista de Interventoría, el Supervisor solicitará al PATRIMONIO AUTÓNOMO FINDETER-PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX
XXXXXXX-FINDETER el inicio de un proceso de incumplimiento parcial del contrato.
2.4 REGLAS PARA LA ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PERSONAL PROPUESTO
Sin perjuicio que la verificación del personal se haga solamente al proponente seleccionado por parte del supervisor, se tendrá en cuenta la formación académica y experiencia del personal mínimo propuesto hasta la fecha del cierre, de modo
que el personal que vaya a ser propuesto, para la fecha del cierre debe haber acreditado la formación académica y experiencia exigida. Para efectos de verificación el proponente seleccionado deberá llegar al supervisor del contrato los certificados de experiencia y/u otro soporte que permita evidenciar la ejecución del contrato o proyecto, de acuerdo a las siguientes alternativas:
ALTERNATIVA A: Certificado expedido por la entidad contratante (entendida como aquella entidad de derecho público o de derecho privado que contrató el proyecto u obra) donde se evidencie el cargo y/o funciones y/o productos entregados o desarrollados, así como la fecha de inicio y terminación de la ejecución de las actividades y/o productos.
ALTERNATIVA B: Certificado de experiencia expedido por la contratante (sea ésta una persona natural o jurídica que contrató los servicios del profesional) donde se evidencie el cargo y/o funciones y/o productos entregados y/o desarrollados así como la fecha de ejecución de las actividades y/o productos. Además de lo anterior, se deberá adjuntar certificación o soporte de evidencia de la ejecución del proyecto debidamente suscrita por la entidad que contrató la ejecución del proyecto, donde conste que la contratante del profesional ejecutó el proyecto.
ALTERNATIVA C: En el evento de no disponerse de la certificación de que tratan los literales anteriores, se deberá adjuntar copia del contrato y acta liquidación o acta de terminación del contrato laboral, de prestación de servicios o el documento que corresponda, donde conste la ejecución del mismo y se evidencie el cargo y/o funciones y/o actividades y/o productos entregados o desarrollados, la cual deberá venir suscrita según corresponda, por el Interventor y/o supervisor y/o representante de la entidad contratante y el Contratista.
Las certificaciones de experiencia se consideran expedidas bajo la gravedad del juramento. No obstante, la Entidad se reserva el derecho de verificar la información que requiera de la propuesta y de acudir a las fuentes, personas, empresas, entidades o aquellos medios que considere necesarios y de solicitar en caso de estimarlo, las aclaraciones o documentación que considere convenientes.
Las certificaciones firmadas por el mismo personal propuesto, es decir, auto certificación, no serán tenidas en cuenta para verificar ni evaluar la experiencia profesional.
Cuando los documentos de las alternativas de acreditación no contengan la información que permita su verificación, el proponente podrá anexar copia de los documentos soportes que sean del caso (siempre y cuando sean expedidos por la entidad contratante o entidad pública), que permitan evidenciar la ejecución del contrato o proyecto o tomar la información que falte.
La experiencia profesional del personal mínimo se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior de conformidad con lo establecido en el artículo 229 del Decreto Ley 019 de 2012, y para acreditarla el proponente deberá presentar certificación de terminación y aprobación del pensum académico de educación superior debidamente firmada por la Institución Educativa. Sin perjuicio de lo anterior, si el proponente no cuenta con la referida certificación, podrá aportar las actas de grado y/o diploma de grado, de las cuales la entidad tomará la información para contabilizar la experiencia profesional.
Como una buena práctica de contratación en el presente proceso serán tenidos en cuenta los requisitos y disposiciones de equivalencia de experiencia profesional general por formación académica, la cual se aceptará únicamente para aquellos perfiles de los Términos de Referencia de esta convocatoria, en los cuales se estableció expresamente que procedía la misma y conforme a los parámetros allí indicados.
2.5 SUPERVISIÓN DEL CONTRATO DE INTERVENTORIA
La supervisión del contrato será ejecutada por un funcionario designado de la Vicepresidencia Técnica de FINDETER, quien de manera permanente realizará el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, ambiental y jurídico del contrato desempeñando las funciones previstas en el Manual de Supervisión del PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX FINDETER vigente, el Manual de Supervisión e Interventoría de Findeter que se encuentre vigente, las Reglas de Participación de los términos de referencia y el contrato, verificando además la correcta ejecución del objeto contratado.
El Supervisor del contrato está facultado para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y será responsable por mantener informado a LA CONTRATANTE de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.
En ningún caso el Supervisor goza de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre EL CONTRATISTA y LA CONTRATANTE, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades.
2.6 GARANTÍAS
EL CONTRATISTA garantizará el cumplimiento de las obligaciones que adquiere por el presente Contrato, mediante la constitución de una garantía o póliza, con las condiciones que se describen a continuación:
2.6.1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
Con el objeto de respaldar el cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del contratista frente a la entidad, por razón de la celebración y ejecución del contrato, el estudio de necesidad efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del mismo, se determinó la necesidad de establecer los siguientes amparos dentro de la garantía que el contratista deberá constituir y presentar a LA CONTRATANTE, expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, con los siguientes amparos, cobertura y vigencia:
AMPARO | MONTO XXX XXXXXX | VIGENCIA |
Cumplimiento | 30% del valor del Contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más |
De Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales | 10% del valor del Contrato | Vigente por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. |
Calidad del Servicio | 30% del valor del Contrato | Vigente por cinco (5) años contados a partir de la suscripción del Acta de entrega y recibo a satisfacción final del contrato. |
2.6.2. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
AMPARO | MONTO XXX XXXXXX | VIGENCIA |
Responsabilidad Civil Extracontractual | 20% del valor del Contrato | Vigente por el plazo de ejecución de del contrato |
NOTA 1: La aprobación de las garantías por parte de LA CONTRATANTE es requisito previo para el inicio de la ejecución de los contratos, razón por la cual, ningún contrato en el que se haya previsto la existencia de garantías podrá iniciar su ejecución sin la respectiva aprobación de estas.
NOTA 2: Las garantías deberán aportarse para su aprobación acompañadas de los respectivos anexos y soportes de la misma y el soporte de pago de la prima correspondiente. No será válido para el proceso la certificación de No expiración por falta de pago ni el soporte de la transacción electrónica
2.7. CARACTERÍSTICAS DE LAS GARANTÍAS
El proponente seleccionado deberá constituir las garantías con una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, en formato ENTRE PARTICULARES, con las siguientes características:
Garantía de Cumplimiento: La misma deberá ser expedida bajo la siguiente estructura:
Tomador: EL CONTRATISTA.
Asegurado: EL CONTRATANTE
Beneficiario: EL CONTRATANTE.
La póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual: La misma deberá ser expedida bajo la siguiente estructura:
Tomador: EL CONTRATISTA.
Asegurado: EL CONTRATISTA.
Beneficiario: EL CONTRATANTE y terceros afectados.
EL CONTRATISTA deberá presentar las pólizas o modificaciones a las que haya lugar con el respectivo soporte de pago, a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del contrato, sus prórrogas o adiciones.
EL CONTRATISTA acepta que el CONTRATANTE tiene interés asegurable en las garantías que se refieran al contrato y con base en esto, en el caso en que EL CONTRATISTA no entregue los documentos dentro del plazo estipulado, autoriza para que en su nombre y representación, EL CONTRATANTE solicite, actualice, modifique y haga el pago de las garantías en los términos contractualmente establecidos, pudiendo descontar los costos y gastos derivados de dicha gestión de los saldos a favor de EL CONTRATISTA. Lo anterior, no exonera a EL CONTRATISTA del cumplimiento de las obligaciones contractuales y se adelanten las acciones por EL CONTRATANTE para exigir el cumplimiento o indemnización.
PARÁGRAFO: La vigencia de la póliza inicia con la suscripción del contrato. EL CONTRATISTA debe mantener, durante la vigencia del contrato, la suficiencia de las garantías otorgadas. En consecuencia, en el evento en que se prorrogue el plazo de ejecución del contrato, se adicione su valor o se efectué otra modificación que afecte las garantías, EL CONTRATISTA deberá acreditar el ajuste correspondiente de las garantías, una vez se suscriba la modificación del contrato. De igual modo, EL CONTRATISTA deberá reponer las garantías cuando su valor se afecte por razón de la ocurrencia de los siniestros amparados. En el caso de los amparos, cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato o de recibo a satisfacción de las obligaciones del mismo, el valor amparado también debe reponerse cuando se verifique la ocurrencia de los riesgos asegurados. El pago de todas las primas y demás gastos que generen la constitución, el mantenimiento y el restablecimiento inmediato del monto de las garantías, será de cargo exclusivo de EL CONTRATISTA. Las garantías aprobadas serán condición previa y necesaria para la cancelación de las facturas pendientes de pago y el último pago del contrato.
2.8. LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES APLICABLES
Será responsabilidad del INTERVENTOR garantizar que el CONTRATISTA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO adelante la gestión de las licencias o permisos necesarios para el desarrollo del proyecto. Los costos correspondientes a trámites de licencias, o permisos, necesarios para la ejecución del proyecto serán asumidos por el CONTRATISTA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO.
El INTERVENTOR deberá tener en cuenta que dentro de sus obligaciones se encuentra incluida la de verificar los requerimientos exigidos en cada una de las licencias o permisos dados por las entidades competentes para el desarrollo del contrato objeto de la Interventoría y que fueron tramitados por el CONTRATISTA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO.
2.9. CLÁUSULAS ESPECIALES A TENER EN CUENTA
Teniendo en cuenta que el recurso asignado por el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio para ejecutarse en el contrato, corresponde a los recursos requeridos de acuerdo con el alcance del proyecto y que fueron viabilizado; en el evento de presentarse durante la ejecución del contrato un cambio en el alcance del proyecto o una variación en la cantidad de obra, que lleven a superar el valor del contrato, dicha situación debe ser planteada a la Interventoría y al Supervisor del contrato por parte de FINDETER para que se proceda de conformidad con los procedimientos establecidos en el Contrato Interadministrativo. En caso de aprobación se deberá proceder de conformidad con lo establecido para la adición del contrato.
Considerando que el contrato de interventoría es accesorio al CONTRATO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO (principal), el acaecimiento de las situaciones que dan lugar a que operen las condiciones resolutorias del CONTRATO
DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO, le son oponibles al interventor y por lo tanto, generan la resolución del contrato de interventoría frente a dicho contrato, según corresponda. Dichas circunstancias son las establecidas en la convocatoria que se adelanta para contratar la “EJECUCIÓN DE ESTUDIOS, DISEÑOS, Y CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS PRIORIZADAS DEL PROYECTO MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX, SECTOR COMUNA 3, DE LA CIUDAD DE VALLEDUPAR, DEPARTAMENTO XXX XXXXX”.
Le está prohibido al contratista ejecutar ítems o actividades de obra no previstos en el contrato, sin que previamente se haya suscrito el respectivo contrato adicional según corresponda. Cualquier ítem que se ejecute sin la celebración previa del documento contractual será asumido por cuenta y riesgo del CONTRATISTA INTERVENTOR, de manera que LA CONTRATANTE no reconocerá valores por tales conceptos.
2.9.1. CONDICIONES RESOLUTORIAS
Si como resultado de la verificación de las condiciones de ejecución del proyecto en la Etapa inicial de Ejecución del mismo, se presentara alguno de los eventos listados a continuación, se entenderá que dicho presupuesto fáctico constituye el acaecimiento de una condición resolutoria y por lo tanto dará origen a la resolución del contrato y a la cesación de los efectos que de éste se deriven.
Para todos los efectos de ejecución del contrato serán eventos que determinen la resolución del contrato:
a. Cuando exista oposición de la comunidad a la construcción del proyecto, así dicha circunstancia no haya sido evidenciada en el informe producto de la etapa I. Dicha oposición de la comunidad deberá tener la entidad suficiente para hacer imposible la ejecución total o parcial del proyecto, de tal forma que no pueda adoptarse una solución técnica viable económicamente. Es responsabilidad del CONTRATISTA evidenciar que persiste la oposición de la comunidad después de implementadas las acciones del Plan de Gestión Social que incluye las actividades de socialización, concertación y negociación, si hubiese lugar. Si al finalizar estas acciones permanece la oposición de los líderes y la comunidad, se deberá demostrar con la suficiencia de soportes, que no es posible continuar con la ejecución debido a esta situación. Es responsabilidad de la INTERVENTORÍA verificar y corroborar la información y la documentación de respaldo entregada por el CONTRATISTA frente a la oposición de la comunidad.
b. Imposibilidad en la obtención de permisos o licencias. Ocurre cuando se advierte que el trazado o modificación al proyecto requiera licencias o permisos que no se puedan obtener por parte del ENTE TERRITORIAL o del CONTRATISTA DE OBRA a cuyo cargo esté la responsabilidad.
c. Falta de servidumbres o predios. Ocurre cuando el trazado del proyecto requiera la imposición de servidumbres u obtención de predios que impliquen costos que el ENTE TERRITORIAL no pueda sufragar. El ENTE TERRITORIAL deberá pronunciarse al respecto dentro de los veinte (20) días calendario siguientes a la comunicación que haga la CONTRATANTE informando tal situación. Si en dicho término el ENTE TERRITORIAL no ha manifestado la disponibilidad de recursos para el efecto, se entenderá acaecido el hecho objeto de la condición resolutoria.
d. Reubicación de población. Ocurre cuando en la confrontación de las condiciones de ejecución; trazado; o modificación del proyecto, se advierta que la ejecución del proyecto requiere de la reubicación de población.
e. Si la contratante tiene conocimiento que la adjudicación del contrato se obtuvo por medios fraudulentos o mediante engaño.
f. No allegarse por del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio o ETC los permisos y demás requisitos de diversa índole necesarios para la ejecución del proyecto, y cuya consecución no se logre por la misma o por el contratista en un plazo máximo de 1.0 mes, o según el plazo máximo acordado entre las partes.
g. Deficiencias sustanciales en los estudios y diseños certificadas por la interventoría del proyecto y avaladas por FINDETER, que impidan su ejecución y que no sean resueltas por el equipo de profesionales mínimo exigido al Contratista de Obra, como de Interventoría, o la consultoría contratada en su momento por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en un plazo máximo de 1.0 mes o según el plazo máximo acordado entre las partes contadas a partir del pronunciamiento de la interventoría.
h. Una vez suscito el contrato, en el evento de no cumplir con los plazos previstos para aportar las garantías establecidas o que las mismas no sean aprobadas por causas imputables al contratista, se constituirá en causal resolutoria, sin perjuicio de que se haga efectiva la póliza de seriedad de la oferta. En aquel evento, se suscribirá el contrato con el proponente clasificado en segundo lugar en el orden de elegibilidad y así sucesivamente.
PARÁGRAFO PRIMERO Acaecida cualquier condición resolutoria de las anteriormente descritas, los derechos y obligaciones del CONTRATO se extinguirán en los términos del artículo 1536 del Código Civil, quedando resuelto el contrato, por lo tanto, el mencionado contrato de terminará de mutuo acuerdo de manera anticipada y entrará en etapa de cierre, balance financiero y ejecución, sin que se cause ningún reconocimiento económico distinto al valor de la Etapa I del CONTRATO
PARÁGRAFO SEGUNDO: En caso de optarse por la alternativa de no ejecución del proyecto, previo concepto favorable de la Interventoría y por causas NO IMPUTABLES al contratista, FINDETER pagará a EL CONTRATISTA únicamente el valor establecido para la etapa de ESTUDIOS Y DISEÑOS. Por ningún motivo FINDETER pagará a EL CONTRATISTA un valor superior al pactado para la etapa de ESTUDIOS Y DISEÑOS. En caso de incumplimiento de la ETAPA I, LA CONTRATANTE tendrá la potestad de continuar o no con el contratista para la etapa.
PARÁGRAFO TERCERO: Cuando a criterio de la interventoría del proyecto la condición resolutoria surja por una acción u omisión imputable al contratista, se entenderá que es responsable por la resolución del contrato y como consecuencia, LA CONTRATANTE podrá exigirle a su arbitrio enervar la causal que suscitó el acaecimiento de la condición resolutoria o la indemnización de perjuicios.
2.9.2. CLAUSULA DE INDEMNIDAD
El Contratista se obliga a:
a. Mantener indemne a EL CONTRATANTE, a FINDETER y a sus directivos, socios, miembros de la Junta Directiva, trabajadores, colaboradores, clientes, representantes o apoderados de cualquier reclamación, pleito, queja, demanda, sanción, condena o perjuicio fundamentados en actos u omisiones de EL CONTRATISTA, en ejecución del contrato.
b. Desplegar todas las acciones necesarias para evitar que sus empleados, familiares de los mismos, acreedores, contratistas, proveedores, subcontratistas o terceros presenten reclamaciones judiciales o extrajudiciales contra EL CONTRATANTE o FINDETER, con ocasión de acciones u omisiones suyas derivadas de la ejecución del contrato.
PARAGRAFO: Si durante la vigencia del contrato o con posterioridad se presentan reclamaciones judiciales o extrajudiciales contra EL CONTRATANTE o FINDETER, estos podrán requerir al contratista o vincularlo bajo cualquier figura procesal que resulte aplicable a su defensa o acordar con EL CONTRATISTA la estrategia de defensa que resulte más favorable a los intereses EL CONTRATANTE y FINDETER.
2.9.3. CLÁUSULA DE GESTIÓN DE RIESGOS
La Entidad considera necesario incluir el requisito de gestión de riesgos para el contratista en los siguientes términos:
2.9.3.1. GESTIÓN DE RIESGOS.
El Contratista previamente a la celebración del contrato ha hecho sus propios cálculos y estimaciones, con base en los cuales ha dimensionado su oferta. Tales estimaciones y cálculos deben haber considerado el contexto en el cual se ejecutará el contrato, así como todos los fenómenos, que puedan afectar la ejecución del contrato. En la ejecución del contrato, el Contratista se obliga a realizar todas las actividades y buenas prácticas que dicta el estado del arte en el campo del objeto contractual, con el fin de realizar la gestión de los riesgos que puedan afectar la ejecución del contrato. Dicha gestión debe contemplar como mínimo las siguientes actividades:
a. La identificación de los riesgos
b. El análisis cuantitativo y cualitativo mediante el cual estime la probabilidad y la consecuencia de la ocurrencia de los riesgos identificados, así como la priorización de cada uno de ellos.
c. Realizar el respectivo plan de respuesta a los riesgos identificados, en el que se determinen las acciones que se ejecutarán con el fin de mejorar las oportunidades y reducir las amenazas que se originen en los riesgos identificados.
d. Realizar las actividades de monitoreo y control aplicables con base en la priorización de riesgos realizada, con lo cual determinará si hay cambios en la priorización de los riesgos, si han surgido nuevos riesgos frente a los inicialmente identificados, como también si las acciones definidas en el plan de respuesta al riesgo evidencian la efectividad prevista.
Para la realización de la gestión de riesgos descrita, el Contratista de Interventoría deberá presentar a la Supervisión para su aprobación un documento que contenga la siguiente información como mínimo:
i) Un plan de Gestión del Riesgo que debe incluir la metodología que utilizará, los roles y responsabilidades del equipo de trabajo con relación a la gestión del riesgo, la categorización que utilizará para priorizar los riesgos, la periodicidad con la que realizará las actividades de gestión de los riesgos durante la ejecución del contrato, las escalas de probabilidad y consecuencia y la matriz de riesgos con las que realizará los análisis cualitativos y cuantitativos de los riesgos, así como la política de gestión de riesgos a partir de la cual el Contratista determina la tolerancia al riesgo que da lugar a la activación de las acciones de gestión de los riesgos.
ii) Un Registro de Riesgos que debe incluir los riesgos identificados, las posibles respuestas, las causas de los riesgos, así como la calificación de los riesgos de acuerdo con la categorización definida en el Plan de Gestión del Riesgo.
iii) Un Plan de Respuesta de Riesgos que debe incluir las acciones previstas para mitigar los riesgos incluidos en el Registro de Riesgos.
2.9.4. TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO
Conocer los riesgos que afectarían este proyecto, tanto en aspectos favorables como adversos, contribuye a asegurar los fines que el estado persigue con la contratación. Con este propósito se ha preparado una matriz de riesgos que permite revelar aspectos que deben ser considerados en la adecuada estructuración de ofertas y planes de contingencia y continuidad del proyecto a contratar.
MATRIZ DE RIESGOS
De acuerdo al proceso de la referencia, en la matriz xx xxxxxx contractuales que hace parte integral de los términos de referencia y por lo tanto del contrato que se suscriba, se establece la tipificación, estimación y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el proceso a adelantar; La matriz es resultado de un ejercicio de identificación, valoración y distribución de dichos riesgos.
Para el presente proceso contractual, entiéndase por riesgo en materia contractual, la probabilidad de ocurrencia de eventos aleatorios que afecten el desarrollo del mismo, generando una variación sobre el resultado esperado, tanto en relación con los costos como con las actividades a desarrollar en la ejecución contractual.
Así las cosas, con respecto a la matriz, se deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La matriz de riesgos contractuales hace parte integral de los términos de referencia y por lo tanto del contrato que se suscriba.
2. Los proponentes declaran que para la preparación y presentación de su oferta conocieron, aceptaron, valoraron e incluyeron los riesgos contractuales contenidos en la matriz.
3. La estructura de matriz de riesgo previsibles se ha elaborado como resultado de un proceso de gestión del conocimiento y lecciones aprendidas, retroalimentado por el equipo técnico y jurídico de FINDETER, en el marco de la estrategia de asistencia técnica - gestión del conocimiento de Findeter.
4. En el elemento de la asignación de riesgos, al indicar a una de las partes contractuales se entiende que ésta asume el 100% del riesgo.
5. De acuerdo con lo anterior, no procederán reclamaciones del contratista, basadas en la ocurrencia de alguno de los riesgos que se encuentren en cabeza de él, y, en consecuencia, la Contratante no hará ningún reconocimiento, ni ofrecerá garantía alguna, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de estos riesgos, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el Contrato.
6. Si los interesados estiman que existen riesgos contractuales no previstos en la matriz de riesgos contractuales propuesta por la CONTRATANTE, deberán anunciarlo en la etapa de presentación de observaciones, para que sean evaluados, y de ser pertinentes, sean incorporados en la matriz referida. No será posible entonces alegar
desequilibrio económico del contrato por factores que pudieron ser previstos en la etapa precontractual con base en el conocimiento de la convocatoria, los documentos y estudios del proyecto, así como de su contexto, y que no hayan sido anunciados por el contratista en dicha etapa.
7. Los mitigantes sugeridos al Contratista corresponden a tratamientos indicativos o sugeridos, sin perjuicio de que el Contratista pueda definir unos de mejor cobertura frente a la gestión de la probabilidad o impacto de los riesgos identificados.
8. Consecuente con lo anterior, partiendo de la debida diligencia y con fundamento en el principio de la buena fe precontractual de que trata el artículo 863 del Código de Comercio, que debe tener el proponente al realizar su oferta, se entiende que todos los riesgos previsibles del contrato, fueron tenidos en cuenta al momento de elaborar su propuesta.
2.10. NIVEL DE IMPACTO
El nivel de impacto de la contratación es ALTO.
2.11. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Las partes acuerdan liquidar el contrato dentro de los seis (6) meses siguientes a su terminación. En caso de requerirse el recibo de las obras por parte de entidades territoriales, se liquidará dentro de los diez (10) meses siguientes a su terminación. Para ello, se suscribirá el Acta correspondiente, en la cual constará el cierre contractual, balance financiero y de ejecución del contrato en todos los aspectos jurídicos, técnicos, económicos. Igualmente, se realizará un xxxxx xx xxxxxxx y se consignarán las prestaciones pendientes a cargo de las partes, con el fin de declararse x xxx y salvo por todo concepto. Así mismo, se incluirán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar y los acuerdos, transacciones y conciliaciones que logren las partes para poner fin a las divergencias que pudieran presentase. De otro lado, se incorporarán las salvedades que en su momento pudiera considerar EL CONTRATISTA.
En caso de que EL CONTRATISTA no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga EL CONTRATANTE, o no se llegue a un acuerdo sobre su contenido, EL CONTRATANTE dentro de los dos (2) meses siguientes al agotamiento del plazo para liquidarlo de común acuerdo, elaborará el Acta y dejará constancia de la ejecución física y presupuestal del contrato, de la funcionalidad del proyecto y de los demás aspectos relevantes. Lo anterior, sin perjuicio de las medidas que se estimen pertinentes frente a presuntos incumplimientos por parte del CONTRATISTA.
La liquidación del presente contrato estará condicionada a la liquidación del contrato sobre el cual se realiza vigilancia e interventoría. Por lo tanto, EL INTERVENTOR solo podrá exigir la liquidación del presente contrato una vez haya realizado todas las gestiones necesarias para la liquidación efectiva del contrato sobre el cual realiza vigilancia.
SUBCAPÍTULO III CRONOGRAMA
Actividad | Fecha, hora y lugar según corresponda |
Apertura y publicación de los Términos de Referencia, estudio de necesidad, anexos, documentos técnicos y demás documentos asociados al proceso. | 03 xx xxxxx de 2020 |
Recepción de observaciones a los Términos de Referencia y anexos | Desde el 13 al 16 xx xxxxx de 2020 A través del correo electrónico pmib@findeter.gov.co Hasta las 5:00 pm |
Publicación del Informe de respuesta a observaciones a los términos de referencia, adenda cuando hubiere lugar y anexos o constancia de no presentación de observaciones. | 21 xx xxxxx de 2020 |
Cierre - plazo máximo de presentación de oferta Sobre No. 1 y 2 y Apertura de Sobre No. 1 | 27 xx xxxxx de 2020 Hora: 10:00 a.m. A través del correo electrónico |
Publicación de informe de verificación de requisitos habilitantes y solicitud de subsanaciones. | 00 xx xxxx xx 0000 |
Xxxxxxxxxxx para subsanar y presentar observaciones al informe de requisitos habilitantes | Desde el 04 al 06 xx xxxx de 2020. A través del correo electrónico Hora: Hasta las 5:00 pm |
Publicación del Informe definitivo de verificación de requisitos habilitantes | 08 xx xxxx de 2020 |
Apertura Sobre No. 2 – Propuesta económica de las propuestas habilitadas. | 00 xx xxxx xx 0000 Xxxx: 10:00 a.m. Los proponentes habilitados deberán participar a través de teleconferencia (Microsoft Teams). |
Publicación del Informe de evaluación económica y asignación de puntaje (orden de elegibilidad) | 00 xx xxxx xx 0000 |
Xxxxx para presentar observaciones al informe de evaluación económica y asignación de puntaje (orden de elegibilidad) | Hasta el 14 xx xxxx de 2020, a través del correo electrónico xxxx@xxxxxxxx.xxx.xx Hasta las 5:00 pm |
Publicación del informe definitivo de evaluación económica y asignación de puntaje (orden de elegibilidad) y acta de selección del contratista o declaratoria de desierta, según corresponda. | 20 xx xxxx de 2020 |
Para todos los efectos del presente proceso de selección, la hora oficial será la hora legal colombiana, la cual será consultada vía Internet en la página web xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/.
CAPÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES
SUBCAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. DEFINICIONES
Términos de Referencia: Documento que contiene las disposiciones generales y específicas del presente proceso de contratación.
Contratista de ejecución del proyecto: Será la persona natural o jurídica que resulte seleccionada en el presente proceso de Convocatoria.
Interventor: Será la persona natural o jurídica que resulte seleccionada en el presente proceso de selección para adelantar las labores de interventoría.
Consorcio: Cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman.
Unión Temporal: Cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal.
Oferta o propuesta: Es el proyecto de negocio jurídico que una persona formule a otra, la cual deberá contener los elementos esenciales del negocio y ser comunicada al destinatario. Entendiéndose comunicada cuando se utilice cualquier medio adecuado para hacerla conocer del destinatario. La propuesta será irrevocable. De consiguiente, una vez comunicada, no podrá retractarse el proponente, so pena de indemnizar los perjuicios que con su revocación cause al destinatario, lo anterior, en consonancia con lo establecido en los artículos 845 y 846 del Código de Comercio.
Anexos: Son las disposiciones que complementan las partes pertinentes de los respectivos capítulos.
Acta de liquidación del contrato: Acta que constituirá el cierre contractual y de balance del contrato, en la que se dejará constancia de la ejecución física y presupuestal del CONTRATO, de la funcionalidad del proyecto y de los demás aspectos relevantes sobre el CONTRATO, así como de los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar y los acuerdos, transacciones y conciliaciones que alcancen las partes para poner fin a las posibles divergencias presentadas, así como las manifestaciones de desacuerdo del Contratista y poder declararse x xxx y salvo. Podrá ser suscrita por las partes o por la CONTRATANTE.
Formatos: Son herramientas sugeridas que permiten a los proponentes facilitar la elaboración de sus propuestas y presentar la información requerida en los Términos de Referencia de manera uniforme. La información requerida en los formatos es obligatoria, debe corresponder a lo solicitado.
Formato 1 - Carta de Presentación de la Propuesta: Contiene la presentación de las condiciones generales de la propuesta y debe presentarse con la oferta debidamente suscrita.
Formato 2 - Certificado de Pago de Aportes Parafiscales y Sistema General de Seguridad Social Integral: Está destinado a certificar que el proponente ha realizado los correspondientes pagos de los aportes parafiscales y del sistema general de seguridad social integral y debe presentarse debidamente suscrito con la oferta.
Formato 3 - Experiencia específica del proponente: Relaciona la información necesaria que permite verificar la experiencia del proponente que se relaciona directamente con el objeto contractual de la convocatoria. Se debe presentar con la oferta.
Formato 4 - Propuesta Económica: Relaciona la información necesaria que permita verificar el valor total de la oferta y deberá presentarse en el Sobre N° 2 de la propuesta para efectos de evaluación y calificación. Se debe presentar con la oferta.
Formato 5 - Estimación Propuesta Económica Detallada y Factor Multiplicador: Este formato es una herramienta para la supervisión del contrato. No es objeto de verificación ni evaluación y en ningún caso puede modificar el valor de la propuesta económica.
1.2. SIGLAS
A continuación, se definen algunas siglas utilizadas a lo largo del presente documento:
A.I.U.: Administración, Imprevistos y Utilidad.
SMMLV: Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
SARLAFT: Listas restrictivas que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
FINDETER: Financiera de Desarrollo Territorial S.A.
PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER: Contratante
1.3. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
La presente convocatoria está sometida a la legislación y jurisdicción colombiana y se rige por las normas de derecho privado contenidas en el Código Civil, el Código de Comercio y demás normas aplicables a la materia. Por tanto, los términos de referencia y en general los documentos que se profieran en el proceso, se sujetarán a las precitadas normas.
Así mismo el procedimiento de selección se adelantará conforme con lo establecido en el Manual Operativo y la Política de Contratación de Servicios para Terceros de Findeter CON-ST-DA 001.
1.4. PRINCIPIOS ORIENTADORES
La presente contratación se regirá por los principios de la Función Administrativa y de la Gestión Fiscal, consagrados en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, al Régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto en los artículos 8 de la Ley 80 de 1993, artículos 13; 15 y 18 de la Ley 1150 de 2007, artículos 1 y 4 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes.
Los anteriores principios se entenderán y aplicarán en el sentido que ha establecido la ley, la jurisprudencia colombiana y la doctrina.
1.5. CONVOCATORIA DE VEEDURÍAS CIUDADANAS
Las veedurías ciudadanas establecidas en la ley podrán realizar control social al presente proceso de selección y al contrato resultante, para tal fin se les proporcionará toda la información y documentación requerida.
1.6. LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
El PROPONENTE con la presentación de la propuesta expresa su intención de apoyar la acción del Estado Colombiano y de la Entidad para fortalecer la transparencia en los procesos de contratación y se compromete formalmente a no efectuar o facilitar actos, acuerdos o conductas de corrupción.
En el evento de conocerse casos de corrupción en las entidades del Estado, se debe reportar el hecho a Secretaria de Transparencia de Presidencia de la República o quien haga sus veces. También puede reportar el hecho a xxx.xxxxxxxx.xxx.xx o xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx.
La propuesta deberá enviarse al correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en la fecha y hora establecida en el cronograma del proceso.
Los demás documentos que el interesado y/o proponente generen y que esté(n) relacionado(s) con la presente convocatoria, deberá(n) ser remitido(s) al correo electrónico xxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, los cuales no podrán exceder de 10 MB incluido el cuerpo del correo, en un solo correo electrónico. Si requiere enviar documentos con mayor capacidad a los 10MB, podrá remitir varios correos electrónicos, pero deberá tener la precaución de que todos sean remitidos antes de la fecha y hora establecidos en el cronograma, para que sean tenidos en cuenta por la Entidad.
Se entiende para todos los efectos de la presente convocatoria, que la única correspondencia oficial del proceso y por tanto, susceptible de controversia, será aquella radicada a través de /los medio(s) de correspondencia aquí establecido(s).
La correspondencia que sea remitida o radicada en una entidad, dirección, dependencia, lugar y/o correo electrónico diferente a los indicados en estos términos, se entiende como no oficial y no es vinculante, por lo que, no será atendida.
Las comunicaciones deberán ser dirigidas a:
Señores
FINDETER
DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN
Asunto: Número y objeto de la Convocatoria
PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER
Teléfonos: 0000000 xxxx@xxxxxxxx.xxx.xx Bogotá D.C. – Colombia
Y deberán contener como mínimo los siguientes datos:
a. Nombre completo del interesado en la Convocatoria.
b. Datos del proponente que incluya como mínimo: nombre completo, dirección física, dirección electrónica y teléfonos fijos y/o celulares.
c. Identificación de los anexos presentados con la comunicación, si los hubiere.
d. Número total de folios
1.8. PUBLICIDAD DEL PROCESO
Todos los documentos y estudios del proyecto y aquellos resultantes de la convocatoria serán publicados en la página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx y a través de la página web de la entidad fiduciaria del El PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER y estarán a disposición de cualquier interesado.
Los documentos de la presente convocatoria, anexos técnicos, estudios de necesidad, presupuesto y demás documentos que se generen, se podrán consultar en la página web de FINDETER, xxx.xxxxxxxx.xxx.xx y en la página web de la CONTRATANTE El PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX –
FINDETER. Aquellos documentos o estudios que por su volumen superen la capacidad de almacenamiento del servidor web, estarán disponibles para la consulta del interesado en las instalaciones de FINDETER - Gerencia de Infraestructura, ubicada en la ciudad de Bogotá en la Calle 104 No. 18ª-52, a la que podrá asistir algún funcionario de la Dirección de Contratación, de lo cual se dejará constancia escrita.
1.9. PUBLICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y DOCUMENTOS DEL PROCESO
La apertura del proceso de selección se realizará con la publicación de los Términos de Referencia y los documentos del proceso en la página web de Findeter, xxx.xxxxxxxx.xxx.xx y en la página web de la CONTRATANTE
1.10. OBSERVACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y LOS DOCUMENTOS Y ESTUDIOS DEL PROYECTO
Los interesados pueden presentar observaciones respecto del contenido de los Términos de Referencia, a los estudios del proyecto, a la matriz de riesgos, a los anexos técnicos y cualquier otro documento relacionado con el presente proceso de selección, de manera escrita y dentro de los términos y fechas establecidas en el cronograma, a través de correo electrónico xxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, No se absolverán consultas efectuadas telefónicamente o en forma personal.
La entidad CONTRATANTE publicará a través de su página web, y a través de la página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, las respuestas a las observaciones presentadas, en la fecha establecida en el cronograma del proceso. La entidad CONTRATANTE, para efectos de su respuesta, podrá agrupar aquellas observaciones de naturaleza común.
El informe de respuesta a las observaciones presentadas tiene carácter explicativo o aclaratorio, en consecuencia, solo se modificarán los términos de referencia mediante adendas.
1.11. ADENDAS
Dentro del término de publicación de la presente convocatoria, la entidad CONTRATANTE, podrá modificar los términos de referencia a través de adendas las cuales se publicarán en la página web de FINDETER xxx.xxxxxxxx.xxx.xx y a través de la página web del El PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX –
FINDETER y deberán expedirse, a más tardar el día hábil anterior a la fecha establecida en el cronograma para el cierre de la convocatoria.
Así mismo, podrá expedir adendas para modificar condiciones particulares del proceso hasta un día hábil antes de la fecha programada del cierre y las adendas para modificar el cronograma del proceso hasta antes de la adjudicación del contrato.
Será responsabilidad exclusiva del proponente atender y tener en cuenta todas las adendas expedidas en el presente proceso de selección para la elaboración de su propuesta.
1.12. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
En el presente proceso podrán participar las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, proponentes plurales en consorcio o unión temporal.
Cada proponente, persona natural o jurídica, sea que participe en forma individual, como socio o constituido como consorcio o unión temporal, deberá presentar solamente una oferta.
El proponente podrá presentar propuestas directamente o a través de apoderado, evento en el cual deberá anexar el poder otorgado en legal y debida forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar al proponente en el trámite del presente proceso y en la suscripción del contrato y copia de la cédula de ciudadanía o documento equivalente de éste.
El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar al proponente, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) Formular propuesta para el proceso de selección de que tratan estos Términos de Referencia; (ii) Dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la CONTRATANTE en el curso del presente proceso; (iii) Recibir las notificaciones a que haya lugar; (iv) Suscribir el contrato en nombre y representación del adjudicatario.
El poder otorgado deberá cumplir con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículo 74), así como con los aspectos referidos a la autenticación. El poder que otorguen las personas naturales o jurídicas extranjeras deberá cumplir igualmente con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículo 74) y en caso de otorgarse en el país del domicilio de la persona extranjera, deberá cumplir con los requisitos de autenticación y legalización de documentos expedidos por la autoridad competente
1.13. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Los proponentes deberán presentar a través del correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, hasta la fecha y hora establecidas en el cronograma, en medio magnético, en formato PDF, a través de 2 archivos denominados: sobre No. 1 y sobre No.2, identificados con el número de la convocatoria, los cuales deben contener los documentos que hacen parte de cada uno de ellos, de la siguiente manera:
1.13.1. Sobre No. 1: Propuesta Técnica:
Deberá contener los documentos soportes en PDF e información establecida en los presentes términos de referencia (incluye entre otros, los documentos para acreditar los requisitos habilitantes del proponente de orden jurídico, financiero y técnico señalados en estos términos de referencia) y deberá estar identificado como Sobre Propuesta Técnica
Debe presentarse en medio magnético, en PDF y debidamente foliados de manera consecutiva y ascendente.
1.13.2. Sobre No. 2: Propuesta Económica:
Deberá contener única y exclusivamente la propuesta económica (Formato 4) en medio en PDF debidamente foliados de manera consecutiva ascendente y en Excel. La información consignada debe corresponder con la información solicitada.
Nota: Todos los documentos de la Propuesta: Técnica (Sobre N° 1) y Económica (Sobre N° 2) deberán estar foliados (enumerados) de manera ascendente consecutiva, es decir, sin omitir ni repetir números, desde el primer hasta el último folio (hoja). No se debe foliar utilizando números con el suplemento A, B, C, ó bis, la foliación se realiza en la esquina superior derecha del documento según el sentido de lectura, de manera legible sin enmendaduras.
1.14. REGLAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
1.14.1 Cada proponente, persona natural o jurídica, sea que participe en forma individual, como socio o constituido como consorcio o unión temporal, deberá presentar solamente una oferta.
1.14.2 En el presente proceso podrán participar y pueden presentar propuestas directamente o a través de apoderados, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y/u oferentes plurales a través de las figuras asociativas de consorcio o unión temporal, que a la fecha de presentación de la propuesta cumplan con los requisitos habilitantes solicitados para la participación en el presente proceso de convocatoria.
1.14.3 En consonancia con las normas vigentes y con el fin de no permitir el ejercicio ilegal de las profesiones, la persona natural o jurídica que pretenda participar en la presente convocatoria ya sea de manera individual o como integrante de un proponente plural (consorcio o unión temporal), deberá acreditar que posee título como Ingeniero Civil o Arquitecto, para lo cual deberá adjuntar copia de su matrícula profesional y del certificado de vigencia de matrícula profesional y antecedentes disciplinarios expedido por la autoridad competente, según corresponda, el cual se debe encontrar vigente.
1.14.4 La propuesta debe presentarse sin borrones, tachaduras ni enmendaduras que puedan afectar sus características, cantidades, valores unitarios o valores totales.
1.14.5 La propuesta, los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los proponentes dentro de la respectiva convocatoria, deben presentarse en idioma castellano.
1.14.6 No se aceptarán propuestas enviadas a otras dependencias, por correo electrónico, fax o cualquier otro medio telemático diferente de los indicados en los presentes Términos de Referencia.
1.14.7 Las propuestas que se presenten después de la fecha y hora o en un lugar diferente a los fijados para su entrega serán consideradas como extemporáneas, por lo tanto, no serán aceptadas. Por ende, no serán objeto de verificación ni evaluación.
1.14.8 En caso de discrepancias entre la propuesta económica y/o presupuesto en formato Excel y PDF, prevalece el contenido del archivo en PDF. El formato en Excel se considera únicamente como una herramienta de trabajo para los evaluadores.
1.14.9 La información requerida en los formatos de la presente convocatoria deberá diligenciarse completamente.
1.14.10 Todos los documentos que hayan sido expedidos en el exterior que pretendan hacerse vales en la convocatoria deberán presentarse tanto con la propuesta como con las subsanaciones debidamente apostillados o legalizados, dependiendo de si el país de origen es suscriptor del Convenio de la Haya y de la naturaleza pública o privada del documento.
1.15. DOCUMENTOS QUE REPOSAN EN LA ENTIDAD
Cuando el proponente pretenda acreditar algún requisito exigido en los presentes términos de referencia con documentación que cumpla con los mismos y obre en la entidad, por haber sido presentados en otra actuación dentro de los dos (2) años anteriores a la fecha de presentación de la propuesta, deberá solicitar expresamente en la propuesta que el (los) mismo(s) se tome(n) en cuenta para la presente convocatoria y para tal fin, deberá identificar plenamente el (los) documento(s) y señalar la actuación en la que obra, para que la entidad los verifique de manera directa, sin perjuicio que el proponente los pueda aportar.
1.16. PROHIBICIÓN DE PRESENTAR PROPUESTAS ALTERNATIVAS, CONDICIONADAS O PARCIALES
No se aceptarán propuestas alternativas, parciales ni condicionadas.
1.17. TÉRMINO PARA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS
Los proponentes podrán solicitar por escrito el retiro de sus propuestas antes de la fecha y hora previstas para el cierre de la convocatoria; previa solicitud del Representante Legal. Caso en el cual se les devolverá sin abrir y se dejará constancia escrita de la devolución.
Igualmente, una vez finalizada la convocatoria, los proponentes salvo el que resulte adjudicatario de la convocatoria, podrán radicar una solicitud de devolución de las copias de su propuesta en un plazo máximo de quince (15) días calendario siguientes a la fecha de publicación del acta de selección del contratista, vencido el cual sin que se radique la solicitud las mismas serán enviadas a archivo general para su destrucción.
1.18. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
El plazo para la presentación de propuestas será el fijado en el cronograma de la convocatoria a partir del momento en que se publiquen estos términos de referencia y hasta la fecha y hora que se establezca en el cronograma o en las adendas que se expidan para tal fin.
Por ningún motivo se admitirán propuestas presentadas después del día y hora señalados para el cierre o en lugar diferente al establecido en el cronograma. Ni antes de la fecha prevista para responder las observaciones a los términos de referencia.
1.19. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Sin excepción, todos los documentos constitutivos de la propuesta otorgados en el exterior deberán estar legalizados o apostillados, de conformidad con los requisitos nacionales de validación para documentos expedidos en el exterior. Si el documento es emitido en idioma distinto al oficial de Colombia, deberá adjuntarse acompañado de la respectiva traducción oficial al idioma castellano, por traductor oficial, acreditado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, así mismo dicha traducción deberá presentarse debidamente legalizada o apostillada según corresponda.
1.19.1 LEGALIZACIÓN
Convención Sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros, o los documentos privados provenientes de tales Estados, deberán presentarse debidamente legalizados, para lo cual se verificará que se haya surtido la siguiente cadena de legalización: (i) Realizar el reconocimiento del documento ante Notario o quién haga sus veces, si aplica; (ii) Realizar la Legalización de los documentos ante la autoridad competente en el país de origen (donde fueron emitidos los documentos); (iii) Presentar los documentos, previamente legalizados, en el consulado de Colombia ubicado en el país en el cual se emitió el documento, para que el Cónsul colombiano reconozca la firma de la autoridad que lo legalizó, o a falta de éste, por el de una nación amiga; (iv) Legalizar la firma del Cónsul Colombiano ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos, los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país.
1.19.2 APOSTILLE.
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en país extranjero por funcionario de un Estado parte de la Convención que haya suscrito el Convenio sobre la abolición del requisito de legalización para Documentos Públicos Extranjeros, suscrita en La Haya del 5 de octubre de 1961, sólo será exigible la apostilla. La apostilla es el trámite mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título al que actúa el funcionario público firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la apostilla está dada en idioma distinto al castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma realizada por un traductor oficial debidamente acreditado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores Colombiano, la cual deberá presentarse debidamente apostillada o legalizada.
ADVERTENCIA: La Entidad se permite advertir que aplicará estrictamente las previsiones contenidas en la Convención de La Haya, la cual fue aprobada mediante la Ley 455 de 1998, en el sentido de verificar que el trámite surtido ante la autoridad competente avale la autenticidad de la firma e indique a qué título ha actuado la persona que firma el documento público.
1.20. TÍTULOS OBTENIDOS EN EL EXTERIOR
El proponente que resulte seleccionado y haya ofrecido personal profesional con títulos académicos otorgados por una institución de educación superior extranjera o por una institución legalmente reconocida por la autoridad competente en el respectivo país para expedir títulos de educación superior, deberá acreditar la convalidación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá contar con los mismos o iniciar con suficiente anticipación los trámites respectivos y presentarlo al supervisor del contrato previo a la suscripción del acta de inicio u emisión de la orden de inicio.
1.21. PROCEDIMIENTO PARA LA VERIFICACIÓN DE CONTRATOS Y/O PROYECTOS OTORGADOS EN MONEDA EXTRANJERA
a. Verificación de la fecha de terminación o de la suscripción del acta de entrega y recibo final del contrato.
b. Verificación e identificación de la moneda extranjera en la cual fue suscrito el contrato o proyecto.
c. Conversión del valor del contrato a dólar americano, cuando se trate de una moneda diferente a éste y posteriormente conversión a pesos colombianos. Cuando el contrato se haya suscrito en moneda extranjera, el valor xxx xxxxx americano será el vigente al día de la fecha de terminación o de la suscripción del acta de entrega y recibo final del contrato.
d. Se establecerá directamente el valor del contrato o proyecto presentado en moneda extranjera cuando exista información oficial que permita efectuar la conversión a la moneda criterio de comparación.
e. La conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se efectuará de acuerdo con el valor total del contrato a la fecha de terminación o de la suscripción del acta de entrega y recibo final del mismo.
Para efectos de la conversión a salarios mínimos, en caso que el proponente presente soportes de la fecha de terminación y de la fecha de suscripción del acta de entrega y/o recibo final, la fecha que será tomada para la conversión, será la de terminación del contrato.
En el evento que el proponente con la propuesta o cuando se le requiera dentro de la etapa correspondiente, no presente documentos que cumplan con las condiciones establecidas en las alternativas de acreditación de experiencia, en donde se pueda verificar el valor total del contrato, con el objeto de realizar el cálculo de los SMMLV, dicho contrato o proyecto no será tenido en cuenta para acreditar este criterio de experiencia.
1.22. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
No podrán participar en el presente procesos de contratación, ni celebrar contratos, por sí o por interpuesta persona, quienes se encuentren incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución y en Ley, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 13 y 15 de la Ley 1150 de 2007.
NOTA: Si llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en el CONTRATISTA, éste cederá el contrato, previa autorización escrita de la CONTRATANTE o si ello no fuere posible renunciará a su ejecución.
Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en uno de los miembros de un consorcio o unión temporal, éste cederá su participación a un tercero, previa autorización escrita de la CONTRATANTE.
1.23. CONFLICTO DE INTERÉS
Para los precisos efectos de estos Términos de Referencia, se considerará que, bien sea de manera individual o como integrante de un consorcio o unión temporal, un proponente no podrá presentar propuesta ni suscribir contrato, por encontrarse incurso en conflicto de interés, cuando:
1.23.1. Se incurra en las causales previstas en la Ley 734 de 2002, artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y demás normas concordantes.
1.23.2. Hayan participado en la estructuración, evaluación, aprobación, viabilización, financiación de la obra objeto de la presente interventoría, así como en la estructuración de los Términos de Referencia y en la evaluación y selección del presente proceso de contratación. Este conflicto lo será también respecto socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas.
1.23.3. Cuando el proponente sea persona natural, jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal e inclusive socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas que presenten propuestas para una interventoría o consultoría siendo adjudicatario o ejecutando contratos de obra suscritos con Findeter o los patrimonios autónomos en los cuales Findeter funja como Fideicomitente.
1.23.4. Cuando el proponente sea persona natural, jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal e inclusive socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas que presenten propuestas para una obra siendo adjudicatario o ejecutando contratos de interventoría o consultoría con Findeter o los patrimonios autónomos en los cuales Findeter funja como Fideicomitente.
Nota: Los conflictos señalados en los numerales 1.23.3. y 1.23.4., se considerarán hasta la suscripción del acta de entrega de recibo a satisfacción por el interventor o el supervisor según aplique.
1.24. DEBER DE DILIGENCIA E INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO
1.24.1. El proponente será el responsable de conocer todas y cada una de las implicaciones del ofrecimiento que realice en el presente proceso, y realizar todas las valoraciones y estimaciones que sean necesarias para presentar su propuesta sobre la base de las condiciones técnicas y características generales y específicas de la actividad y/u obra a contratar.
1.24.2. Con la sola presentación de la propuesta se considera que el proponente ha realizado el examen completo de
1.24.3. El oferente será responsable de la información que tenga en cuenta para la presentación de su propuesta.
1.24.4. Es responsabilidad del proponente conocer plenamente las condiciones técnicas, sociales, físicas, económicas, geográficas y ambientales del sitio donde se ejecutará el contrato. En consecuencia, no haber obtenido toda la información que pueda influir en la determinación de su oferta, no lo eximirá de la obligación de asumir las responsabilidades que le correspondan, ni le dará derecho a reclamaciones, reembolsos, ajustes de ninguna naturaleza o reconocimientos adicionales por parte de la entidad CONTRATANTE, en el caso de que cualquiera de dichas omisiones deriven en posteriores sobrecostos para el CONTRATISTA.
1.24.5. La elaboración de la propuesta corre por cuenta y riesgo del proponente, el cual deberá tener en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, se deberán basar estrictamente en sus propios estudios técnicos y en sus propias estimaciones.
1.25. POTESTAD VERIFICATORIA
El CONTRATANTE se reserva el derecho de verificar integralmente en cualquier momento la totalidad de la información o documentación aportada por el proponente, pudiendo acudir a las fuentes, personas, empresas, entidades o aquellos medios que considere necesarios para lograr la verificación de la información, incluso al mismo proponente.
1.26. SUSPENSIÓN Y/O CANCELACIÓN DE LA CONVOCATORIA
El CONTRATANTE se reserva el derecho de suspender o cancelar en cualquier etapa del proceso la convocatoria que se halle en curso, inclusive hasta antes de la firma del contrato, cuando se presenten o sobrevengan circunstancias que impidan el curso normal de la misma o que amenacen la selección objetiva o transparente que rigen las actuaciones del mismo o de conveniencia o reputacional para Findeter.
En este evento LA CONTRATANTE emitirá acta de suspensión y/o cancelación según corresponda, que se publicará en la página web del El PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER
1.27. CIERRE DE LA ETAPA DE RECIBO DE PROPUESTAS
El cierre del proceso de selección será a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en la fecha y hora límite establecida en el cronograma de los Términos de Referencia, de lo cual se dejará constancia mediante Acta de Cierre suscrita por la Fiduciaria, y posteriormente la misma se publicará en la página web de Findeter xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, y en la página web de la CONTRATANTE.
No se recibirán propuestas físicas, ni enviadas por correspondencia física ni a la fiduciaria, ni a FINDETER.
Los proponentes para la entrega de sus propuestas a través del correo electrónico antes mencionado, deben cumplir con lo siguiente:
a) En el asunto deben identificar el número de la Convocatoria, nombre del proponente y XXX.
b) El correo deberá llevar adjunto dos archivos por separado: el primero correspondiente a la propuesta técnica y el segundo a la propuesta económica.
Los archivos deben denominarse de la siguiente manera: sobre No.1: Propuesta Técnica. Proponente xxx y sobre No. 2: Propuesta económica Proponente xxx.
c) La propuesta económica debe ser enviada con cifrado en ZIP, sin la clave de acceso, dado que esta será suministrada por el (los) proponente (s) habilitado (s) durante la teleconferencia (Microsoft Teams) para la audiencia de apertura del sobre No. 2.
d) El cuerpo del correo debe incluir la siguiente información:
Ciudad y Fecha Señores
PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER
Asunto: Número y objeto de la Convocatoria
Debe contener la presentación de la propuesta, el nombre del proponente, el número de contacto del contratista y correo electrónico al cual se citará para la audiencia de apertura de sobre económico a través del aplicativo Microsoft Teams.
Firma representante legal.
e) Las ofertas que se remitan con posterioridad a la fecha y hora señalada en el cronograma de la Convocatoria, se darán por no recibidas, previa validación con el proveedor tecnológico de la hora de recibo en el servidor de la Fiduciaria.
Se verificará el número total de ofertas recibidas al momento del cierre del término para su presentación. En el evento de que se hayan presentado más xx xxxx (10) ofertas, LA FIDUCIARIA como vocera y administradora del PATRIMONIO AUTÓNOMO realizará la asignación de un número a cada uno de los proponentes mediante la función “ramdon” (aleatorio) de la página Excel, ordenándolos luego de mayor a menor, determinando así la lista de las diez (10) ofertas con mayor número, las cuales serán objeto de verificación y evaluación. En caso de error se aplicará por la Fiduciaria lo dispuesto en los presentes términos.
Las ofertas restantes no serán tenidas en cuenta para verificación y evaluación y serán devueltas a los interesados.
Cuando se hayan presentado diez (10) o menos ofertas, o cuando por situaciones de conveniencia debidamente justificadas así se estime, se omitirá la realización de la precitada consolidación de oferentes y el proceso continuará con las ofertas que se hayan presentado.
1.28. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO, TÉCNICO Y FINANCIERO
La verificación de los requisitos habilitantes de carácter jurídico, técnico y financiero mínimos establecidos en los presentes términos de referencia no dará lugar a puntaje, pero habilitan o no la propuesta.
1.28.1. INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y SOLICITUD DE SUBSANACIONES
Todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje y que sean presentados por el interesado, podrán ser objeto de subsanación, razón por la cual, LA CONTRATANTE podrá solicitar por escrito las aclaraciones y explicaciones que estime pertinente y deberán ser atendidas por los proponentes dentro del término preclusivo y excluyente otorgado por la Entidad para subsanar, el cual se encuentra establecido en el cronograma de la presente convocatoria.
La naturaleza de la subsanabilidad obedece a la posibilidad que tiene el proponente de reparar errores o efectuar aclaraciones sobre los documentos habilitantes de la propuesta, con excepción de aquellos cuya omisión o modificación constituyen de manera expresa CAUSAL DE RECHAZO. En razón a lo anterior, la subsanación no puede entenderse como una posibilidad de mejorar la propuesta.
Es así, que el proponente podrá subsanar documentos habilitantes de la propuesta con fecha de expedición posterior al cierre de la convocatoria.
El evaluador solicitará al proponente las aclaraciones y explicaciones que estime pertinente sobre aspectos de orden financiero, jurídico, y técnico para que sean atendidas dentro del término preclusivo otorgado para subsanar, el cual se encontrará establecido en el cronograma del proceso. Será inocuo solicitar aclaraciones cuando no hay lugar a subsanar
De la verificación de requisitos habilitantes basados en la propuesta inicial se elaborará el “Informe de verificación de requisitos habilitantes y solicitud de subsanaciones” que será suscrito por los evaluadores, en el que conste el
de referencia, así como la indicación expresa de las solicitudes de subsanación, que la entidad publicará en la fecha establecida en el cronograma, con el fin que los proponentes aclaren, aporten información o documentos tendientes a subsanar la propuesta, siempre y cuando los mismos puedan ser objeto de subsanabilidad.
Los proponentes deberán allegar dentro del término preclusivo y perentorio que para el efecto se fije en el cronograma, las subsanaciones requeridas, en archivo PDF al correo electrónico xxxx@xxxxxxxx.xxx.xx
En el evento en que la Entidad no haya advertido la ausencia de un requisito habilitante y por ende, no lo haya requerido en el “Informe de verificación de requisitos habilitantes y solicitud de subsanaciones”, o advierta la necesidad de aclaración o explicación en cualquier momento de la convocatoria, podrá requerir al (los) proponente(s) para que xxxxxxx(n) los documentos, aclaraciones o explicaciones en el término que para el efecto se fije.
1.28.2. REGLAS PARTICULARES.
Adicionalmente al criterio a tener en cuenta en materia de subsanabilidad, y como complemento del anterior numeral, a continuación, y a manera enunciativa, se detallan las reglas especiales que serán tenidas en cuenta al momento de verificar las propuestas presentadas.
a. No aportar la garantía de seriedad de la oferta al momento del cierre junto con la propuesta, no podrá ser subsanado y por tanto será rechazada.
b. El proponente podrá subsanar documentos aportados en la propuesta con fecha de expedición posterior al cierre de la convocatoria, siempre y cuando en su contenido no se acrediten circunstancias posteriores al cierre que mejoren la oferta.
c. No serán susceptibles de subsanación aquellos documentos allegados que no se encuentren relacionados con la convocatoria a la cual fue presentada la oferta.
La Entidad publicará el Informe de verificación de requisitos habilitantes y solicitud de subsanaciones, en la fecha establecida en el cronograma del presente proceso de selección, en la página web de Findeter, xxx.xxxxxxxx.xxx.xx y en la página web de la CONTRATANTE (y permanecerá a disposición de los participantes los días señalados en el cronograma, para que dentro de ese término los oferentes presenten las subsanaciones requeridas y formulen las observaciones que estimen pertinentes a este Informe, a través del correo electrónico xxxx@xxxxxxxx.xxx.xx
1.29. RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL INFORME DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y SOLICITUD DE SUBSANACIONES Y PUBLICACIÓN DEL INFORME DEFINITIVO DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES
La entidad dentro del término establecido en el cronograma publicará el Informe Definitivo de Requisitos Habilitantes, el cual deberá contener los resultados de los proponentes cuyas propuestas se encuentren habilitadas o no, y se darán respuesta a las observaciones recibidas, señalando expresamente si se aceptan o rechazan las mismas.
1.30. APERTURA DEL SOBRE No. 2 – PROPUESTA ECONÓMICA
LA CONTRATANTE citará mediante la herramienta Microsoft Teams a los correos (previamente suministrados en el cierre) únicamente a los oferentes de aquellas propuestas que resultaron habilitadas (de conformidad con lo establecido en el Informe Definitivo de Verificación de Requisitos Habilitantes), para que asistan en la fecha y hora establecidas en el cronograma del proceso, a la audiencia de apertura de sobre económico.
LA CONTRATANTE a través de teleconferencia (Microsoft Teams) en la fecha y hora prevista en el cronograma del proceso, dará apertura del (los) Sobre (s) No. 2 – Propuesta Económica, la cual será grabada.
En desarrollo de la citada audiencia, se solicitará a los proponentes habilitados la clave del archivo correspondiente al sobre económico cifrado en ZIP, con el fin de realizar la lectura del mismo. En caso de no suministrar la clave en la audiencia o no asistir a la misma se entenderá como no presentado el sobre económico.
De dicha actuación se dejará constancia mediante acta, acompañada de la lista de asistencia la cual será diligenciada con los nombres de quienes se encuentren presentes.
En dicha audiencia se dará lectura del valor total de cada una de las propuestas incluido el IVA. Las propuestas económicas serán publicadas el mismo día en la página web del proceso.
1.31. METODOLOGÍA Y VERIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS HABILITADAS
Los evaluadores, dentro del término establecido en el cronograma del proceso de selección, realizarán la evaluación de la propuesta económica de las propuestas habilitadas.
De la verificación económica y la determinación del método y ponderación económica de las propuestas habilitadas y asignación de puntaje, se elaborará y publicará el Informe de verificación económica y asignación de puntaje (Orden de Elegibilidad) en el que consten los resultados de las ofertas económicas de todas las propuestas habilitadas y al que los proponentes podrán formularle observaciones.
La Entidad mediante adenda podrá prorrogar el período de evaluación por el tiempo que estime.
El resultado de la evaluación será presentado a los integrantes del Comité Fiduciario del Patrimonio Autónomo, indicando el orden de elegibilidad, y la respectiva recomendación, de conformidad con el resultado de la evaluación. El Comité Fiduciario del Patrimonio Autónomo administrado por la Fiduciaria o su delegado, hará la selección correspondiente, cuya acta de selección se publicará en la fecha establecida.
Si por las razones establecidas en los presentes términos de referencia, no procede la selección del proponente ubicado en primer orden de elegibilidad, se podrá seleccionar al proponente ubicado en segundo orden de elegibilidad y así sucesivamente; en caso de no haber segundo ubicado en orden de elegibilidad el Comité Fiduciario declarará desierto el proceso.
La convocatoria constituye una invitación para que los posibles oferentes o interesados, presenten su oferta. LA CONTRATANTE no se obliga a seleccionar al contratista, y puede dar por terminado el proceso en cualquier momento.
1.32. AJUSTE OFICIOSO DE INFORMES
En el evento en que la entidad advierta la necesidad de ajustar los informes de verificación, evaluación y/o calificación que se generan en las distintas etapas del proceso, podrá efectuarlo en cualquier momento de la convocatoria, hasta antes de la celebración del contrato. Para lo anterior, se efectuará el respectivo alcance al informe según corresponda, en el cual se expondrán las razones que motivaron el ajuste, el cual será publicado en la página web de Findeter, xxx.xxxxxxxx.xxx.xx y en la página web de la CONTRATANTE.
1.33. RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y la recomendación para la selección que más se ajuste al interés de la entidad CONTRATANTE, no podrá ser revelada a los proponentes ni a terceros hasta que la entidad dé a conocer los informes de evaluación a los proponentes, mediante el mecanismo de publicidad establecido en los Términos de Referencia dentro del plazo establecido en el cronograma, para que se presenten las observaciones correspondientes.
1.34. INDICACIÓN DE LAS RESERVAS LEGALES DE LAS QUE GOZAN LOS DOCUMENTOS APORTADOS
Los proponentes deberán indicar en su propuesta cuáles de los documentos aportados son de carácter reservado por disposición constitucional o legal, de acuerdo con la Constitución o la ley e invocar la norma que ampara dicha reserva. Si el proponente no hace pronunciamiento expreso amparado en la ley, se entenderá que toda la propuesta es pública.
1.35. CRITERIOS DE DESEMPATE
mayor calificación de la evaluación de las propuestas, se considerará que hay empate. En tal caso se aplicarán los siguientes criterios de desempate:
1.35.1. Se adjudicará la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. Tratándose de oferentes plurales conformados por personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, para efectos de la presente convocatoria se considerará como proponente de bienes o servicios nacionales aquel que cuente con una participación de personas naturales o jurídicas nacionales mayor al 50% de conformidad con lo establecido en el documento de constitución.
1.35.2. Si persiste el empate se hará un sorteo mediante balotas, en audiencia que se llevará a cabo el día hábil siguiente de la publicación del Informe Definitivo de Evaluación y Calificación, en la fecha, hora y lugar que se establezca mediante aviso. Para dichos efectos, los representantes legales (o delegados) de los interesados empatados escogerán las balotas y se adjudicará a aquel que elija la del número mayor.
En caso de que un proponente no asista a la audiencia de sorteo, se solicitará a alguno de los participantes de la audiencia que tome la balota en su representación.
1.36. MODIFICACIÓN O REVOCATORIA DEL ACTA DE SELECCIÓN
La entidad contratante podrá modificar o revocar el acta de selección si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad del proponente seleccionado, o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales o si el acto fue adjudicado a un proponente que allegó documentación inconsistente, alterada, inexacta, o que indujo al error a EL CONTRATANTE o haya incurrido en una casual de rechazo.
1.37. CAUSALES DE RECHAZO
La CONTRATANTE rechazará la propuesta cuando se presente uno de los siguientes eventos:
1.37.1 Cuando la propuesta se presente extemporáneamente o en lugar distinto al indicado en los Términos de Referencia.
1.37.2 Cuando el proponente, persona jurídica o natural, ya sea en forma individual, como socio o como miembro de un consorcio o unión temporal, presente más de una oferta.
1.37.3 Cuando el proponente, sea persona natural o jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal, se encuentre incurso en las causales de inhabilidades, incompatibilidad o conflicto de interés, establecidas por la Constitución y la Ley.
1.37.4 Cuando el proponente, sea persona natural o jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal o sus representantes se encuentre(n) reportado(s) en el Boletín de Responsables Fiscales, expedido por la Contraloría General de la República.
1.37.5 Cuando el proponente, sea persona natural o jurídica o alguno de los miembros del consorcio o Unión Temporal o sus representantes se encuentre(n) reportado(s) como inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad “SIRI” de la Procuraduría General de la Nación.
1.37.6 Cuando el proponente se encuentre reportado en el Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC, de acuerdo con lo establecido en artículo 183 del Código Nacional de Policía y Convivencia.
1.37.7 Cuando el proponente, sus representantes legales o sus apoderados se encuentren reportados o incluidos dentro de las listas nacionales con condenas ejecutoriadas o internacionales que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
1.37.8 Cuando el proponente sea persona natural, jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal, presenten propuesta para contratar el proyecto y la interventoría de proyecto o viceversa.
1.37.9 Cuando el proponente sea persona natural, jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal e inclusive socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas que presenten propuestas para una interventoría o consultoría siendo adjudicatario o ejecutando contratos de obra suscritos con Findeter o los patrimonios autónomos en los cuales Findeter funja como Fideicomitente.
1.37.10 Cuando el proponente sea persona natural, jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal e inclusive socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas que presenten propuestas para una obra
siendo adjudicatario o ejecutando contratos de interventoría o consultoría con Findeter o los patrimonios autónomos en los cuales Findeter funja como Fideicomitente.
1.37.11 Cuando la propuesta sea ilegible o presente enmiendas, tachaduras o entrelineados que impidan la selección objetiva o que creen confusión.
1.37.12 Cuando no se suscriba la oferta por el proponente, tratándose de personas naturales y en caso de personas jurídicas, consorcios o uniones temporales por el representante legal o apoderado.
1.37.13 Cuando no se presente el documento de constitución del proponente plural con la oferta.
1.37.14 Cuando no se encuentre suscrito el documento consorcial o de unión temporal por todos los integrantes o no se identifique su objeto, o no se señale el porcentaje de participación de sus integrantes, o cuando en la etapa de subsanación se modifiquen los porcentajes de participación de los integrantes del proponente plural o cuando el porcentaje de participación supere el 100%
1.37.15 Cuando no se cumplan las condiciones establecidas en los numerales 7 y 8 del requisito habilitante del numeral 2.1.1.3 CONSTITUCIÓN DEL PROPONENTE PLURAL
1.37.16 Cuando no se aporte la garantía de seriedad de la oferta al momento del cierre junto con la propuesta, o cuando la aportada no corresponda a la convocatoria a la que se presenta.
1.37.17 Cuando no se aporte la carta cupo de crédito al momento del cierre junto con la propuesta o cuando la carta cupo de crédito aportada con la propuesta no cumpla con el monto exigido en los términos de referencia.
1.37.18 Cuando el valor del cupo crédito no sea igual o superior al 20 % del presupuesto de la presente convocatoria.
1.37.19 Cuando el proponente no presente la propuesta técnica o la oferta económica.
1.37.20 Cuando el valor de la propuesta no incluya IVA si a ello hubiere lugar.
1.37.21 Cuando la propuesta económica presentada para el proyecto y sus etapas, luego de las correcciones aritméticas, sea inferior a los valores mínimos o superior a los valores máximos establecidos en los presentes términos de referencia para la respectiva propuesta económica o etapa.
1.37.22 Cuando la propuesta económica sea parcial, alternativa, condicionada, ilegible, o cuando su contenido no tenga el alcance mínimo requerido en los documentos del proceso.
1.37.23 Cuando el proponente omita el valor de algún precio unitario o el valor de alguna de las fases en su propuesta económica.
1.37.24 Cuando el proponente en la propuesta haga algún ofrecimiento contrario a la Ley.
1.37.25 Cuando el proponente no subsane o subsane en forma extemporánea.
1.37.26 Cuando la propuesta, los soportes aportados con la misma, o la subsanación, siendo verificados se establezca que los mismos son inconsistentes, alterados o inexactos que incidan con la verificación de requisitos habilitantes.
1.37.27 Cuando el proponente no cumpla con los requisitos habilitantes establecidos en los términos de referencia.
1.37.28 Cuando el proponente resultare concentrado, es decir, cuando el proponente o uno de los integrantes de la estructura plural, supere el número de contratos adjudicados y/o suscritos permitidos en los presentes términos de referencia.
1.37.29 En los demás casos establecidos en los Términos de Referencia y en la Ley.
1.38. CAUSALES PARA LA DECLARATORIA DE DESIERTA
1.38.1. Cuando no se presenten propuestas.
1.38.2. Cuando ninguna de las propuestas resulte habilitada en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de experiencia previstos en estos términos de referencia.
1.38.3. Cuando existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del proponente.
1.38.4. Cuando el Comité Fiduciario del Patrimonio Autónomo no acoja la recomendación del orden de elegibilidad o de selección del contratista y se opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión.
En cualquiera de los eventos anteriores, la entidad dará a conocer la decisión, mediante el mecanismo de publicidad establecido en los Términos de Referencia.
1.39. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El proponente seleccionado deberá suscribir el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que la CONTRATANTE publicó el Acta de Selección del Contratista, en las instalaciones de la CONTRATANTE, ubicadas en la ciudad de Bogotá D.C.
1.40. REQUISITOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Serán requisitos de ejecución del contrato, los siguientes:
• El contrato suscrito.
• Garantías contractuales debidamente aprobadas por EL CONTRATANTE.
• Acta de inicio y orden de inicio conforme sea requerida.
1.41. CONSECUENCIA DE LA NO SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Y/O CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE EJECUCIÓN DEL MISMO
Si el proponente favorecido no suscribe el(los) contrato(s) respectivo(s), deja pasar el término fijado para su perfeccionamiento, no constituye las garantías requeridas en el contrato El PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER podrá hacer efectiva la garantía de seriedad y dispondrá de su valor como indemnización por perjuicios, cualquiera que sea la causa o causas alegadas por el proponente, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía.
En este evento, LA CONTRATANTE podrá seleccionar al proponente ubicado en segundo orden de elegibilidad, y así sucesivamente, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad, previa instrucción del Comité Técnico y Fiduciario, caso en el cual, le exigirá al referido proponente la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, hasta el perfeccionamiento del contrato.
1.42. APROBACIÓN DE LA GARANTÍA
La CONTRATANTE aprobará las garantías presentadas por el CONTRATISTA que se ajusten a los requerimientos, dentro de los cinco (5) días calendario, siguientes a la fecha de radicación de las mismas.
En caso de presentarse alguna observación por parte de la CONTRATANTE, el adjudicatario deberá responder en un plazo no superior a dos (2) días hábiles.
En el evento de no cumplir con los plazos previstos, se continuará con el proponente clasificado en segundo lugar en el orden de elegibilidad y así sucesivamente.
SUBCAPÍTULO II
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER JURÍDICO, TÉCNICO Y FINANCIERO
2.1. REQUISITOS HABILITANTES
FINDETER adelantará la verificación de los requisitos habilitantes de carácter jurídico, financiero y técnico, y xxxxx como resultado la habilitación o no del proponente, así:
a. Verificación Jurídica: Consiste en la verificación del cumplimiento de la totalidad de los requisitos legales y los exigidos en los términos de referencia, conflictos de interés y de la No concentración de contratos.
b. Verificación Técnica: Consiste en la verificación del cumplimiento de las especificaciones establecidas en los términos de referencia y el cumplimiento de los criterios mínimos exigidos desde el punto de vista de experiencia.
c. Verificación Financiera: Consiste en la verificación de los factores de orden financiero establecidos en los presentes términos de referencia.
2.1.1. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN JURÍDICO
El proponente para habilitar su propuesta deberá cumplir con los requisitos de orden jurídico y aportar con la propuesta todos los documentos legales exigidos a continuación
2.1.1.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Contiene la presentación de las condiciones generales de la propuesta, manifestaciones expresas y bajo la gravedad de juramento de inexistencia de inhabilidades, incompatibilidades, prohibiciones y conflictos de interés, la naturaleza de sus recursos y el conocimiento de las generalidades de los Términos de Referencia y del proyecto a ejecutar.
La carta de presentación de la propuesta debe presentarse con la oferta debidamente suscrita por el proponente, su representante legal o el representante del consorcio o unión temporal, en la forma y con los contenidos mínimos establecidos en el Formato 1.
2.1.1.2. EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
El proponente, persona jurídica nacional o extranjera con sucursal y/o domicilio en Colombia, deberá acreditar su existencia y representación legal, aportando el certificado expedido por la Cámara de Comercio correspondiente, en el cual se verificará:
1. Fecha de expedición del certificado de existencia y representación legal no podrá ser mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha prevista para el cierre del plazo del presente proceso.
2. Objeto social: Deberá estar relacionado con el objeto a contratar o contemplar las actividades que guarden relación con el mismo.
3. Facultades del representante legal: Las facultades de quien ejerce la representación legal deberán habilitarlo para la presentación de la oferta, la suscripción del contrato que se derive del presente proceso de selección en caso de resultar favorecido con la adjudicación, así como para comprometer a la sociedad.
4. Limitaciones del representante legal: En el evento que del contenido del Certificado expedido por la Cámara de Comercio, se desprenda que el representante legal tiene restricciones para presentar la propuesta y/o contratar y obligarse en nombre de la misma, deberá acreditar la autorización mediante la cual el órgano competente lo faculta para presentar la propuesta y celebrar el contrato en el evento de ser seleccionado y si se requiere establecer las facultades del Representante Legal en los estatutos, deberá anexar copia de la parte pertinente de los mismos. Los documentos requeridos deben haber sido otorgados previo al cierre del presente proceso de selección.
5. Domicilio: Que la persona jurídica cuenta con domicilio o sucursal domiciliada y debidamente registrada en Colombia.
6. Término de constitución: Que la persona jurídica se encuentre inscrita en la Cámara de Comercio con cinco (5) años de anterioridad a la fecha del cierre de la presente convocatoria.
Las sucursales deberán acreditar que se encuentra(n) inscrita(s) en Colombia con cinco (5) años de anterioridad a
la fecha de cierre de la presente convocatoria.
7. Término de duración: Que el término de duración no sea inferior al plazo de ejecución del contrato. No obstante lo anterior, en caso de ser adjudicatario deberá mantener el término de duración de la persona jurídica (en forma individual o como integrante del proponente plural), durante la ejecución del contrato y cinco (5) años más.
8. Revisor Fiscal: El nombramiento del revisor fiscal, en caso de que proceda.
La persona jurídica extranjera sin sucursal y/o domicilio en Colombia, deberá acreditar este requisito con el documento equivalente en su país de origen. El documento equivalente aportado se entenderá presentado bajo la gravedad de juramento.
En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes debe cumplir individualmente con estos requerimientos.
El no cumplimiento de los requisitos aquí señalados dará lugar a que la propuesta no sea habilitada jurídicamente; Tratándose de aclaraciones o documentos habilitantes, estos deberán ser aportados por el proponente en los términos y plazos señalados por la entidad en la etapa de subsanación, so pena de rechazo de la propuesta.
2.1.1.3. CONSTITUCIÓN DEL PROPONENTE PLURAL (SI APLICA):
El proponente deberá presentar el documento de constitución de proponente plural a través de las figuras asociativas de consorcio o unión temporal, en el cual constará por lo menos de la siguiente información:
1. El objeto del consorcio o unión temporal, debe ser el mismo del objeto a contratar.
2. La designación de un representante o apoderado que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o unión temporal; igualmente, podrá designarse un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
3. Domicilio de la figura asociativa
4. Señalar si la participación es a título de consorcio o unión temporal, y en este último caso, señalaran expresamente las actividades, términos y alcance de participación de cada uno de sus integrantes en la propuesta y en la ejecución del contrato.
5. La manifestación clara y expresa en el documento de constitución que quienes integran el Consorcio o Unión Temporal responderán por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la oferta y del contrato, en las fases precontractual, contractual y postcontractual, incluyendo la etapa de liquidación.
6. Para los miembros del consorcio la responsabilidad es solidaria e ilimitada respecto a las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato y para la Unión Temporal, limitada
7. Para la presente convocatoria al menos uno (1) de los integrantes que acredite la experiencia específica señalada en los presentes Términos de Referencia deberá tener una participación igual o superior al treinta por ciento (30%) y presentar los documentos que correspondan a su naturaleza, sea persona natural o jurídica. Si sólo uno (1) de los integrantes del proponente plural es quien acredita la experiencia específica, su participación en la figura asociativa no podrá ser menor al cincuenta por ciento (50%).
8. Ninguno de los integrante(s) que aporte la carta cupo de crédito podrán tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal menor al treinta por ciento (30%).
9. En ningún caso la distribución porcentual podrá ser superior al 100%.
2.1.1.3.1. DOCUMENTOS DEL PROPONENTE PLURAL
Cada uno de los integrantes del proponente plural, sean persona natural o jurídica, nacional o extranjera, deberán aportar los siguientes documentos:
1. Acta de constitución del consorcio o unión temporal.
2. Certificados de existencia y representación legal expedidos por la Cámara de Comercio, que acredite la existencia y representación legal de cada uno de sus integrantes
Nota: En caso de limitaciones o restricciones en el Certificado xx xxxxxx y Comercio frente a la capacidad para obligarse del Representante Legal, deberá aportar los documentos que lo acrediten, tales como Actas del órgano competente, estatutos.
Tratándose de personas jurídicas de derecho público, acto administrativo de creación (si aplica), resolución de nombramiento, acta de posesión y fotocopia de la cédula del representante legal, certificación de funciones, delegación o competencias expedido por del funcionario competente
3. De las personas naturales se deberá allegar copia legible de la cédula de ciudadanía por ambas caras.
4. De las personas(s) jurídica(s) se deberá allegar copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía del (os) representante (es) legal (es).
5. En caso de persona natural extranjera con domicilio en Colombia y de persona jurídica extranjera con establecimiento de comercio o sucursal en Colombia, se deberá allegar copia de la cédula de extranjería o permiso de residencia del proponente persona natural o del representante legal de la persona jurídica o administrador de la sucursal.
6. En caso de persona natural extranjera sin domicilio en Colombia y de persona jurídica extranjera sin establecimiento de comercio o sucursal en Colombia, se deberá allegar copia legible del pasaporte del proponente persona natural o del representante legal de la persona jurídica.
Nota: Cuando la cédula de ciudadanía o de extranjería se encuentre en trámite, la contraseña expedida por la Registraduría Nacional del Servicio Civil se tendrá como documento válido.
7. Sus integrantes, apoderados y representantes no podrán encontrarse reportados o incluidos dentro de una lista nacional o internacional que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
8. Las personas jurídicas extranjeras que participen en consorcio o unión temporal podrán constituir un solo apoderado común, y en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, consularización, legalización y/o apostilla y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los señalados en estos Términos de Referencia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
9. La garantía de seriedad de la propuesta tratándose de proponente plural, además de los requisitos señalados en los presentes términos de referencia, deberá indicar los integrantes del proponente plural y su porcentaje de participación.
10. La duración del consorcio o unión temporal, la cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más.
11. Cada proponente, sea que participe en forma individual o constituido como consorcio o unión temporal, deberá presentar solamente una oferta.
12. Una vez constituido el consorcio o unión temporal, sus integrantes no podrán ceder o transferir su participación en el mismo, ni modificar sus integrantes o su participación en aquél. En caso de ser necesario la realización de algún tipo de modificación, una vez se haya suscrito el contrato, requerirá autorización escrita de la CONTRATANTE.
13. Para efectos impositivos, a los consorcios y uniones temporales se les aplicara el régimen previsto en el Estatuto Tributario.
2.1.1.4. CÉDULA DE CIUDADANÍA O SU EQUIVALENTE
En caso de persona natural el proponente deberá allegar copia de la cédula de ciudadanía por ambas caras.
En caso de persona jurídica, el proponente deberá allegar copia por ambas caras de la cédula de ciudadanía del representante legal.
En caso de persona natural extranjera con domicilio en Colombia y de persona jurídica extranjera con establecimiento de comercio o sucursal en Colombia, se deberá allegar copia de la cédula de extranjería o permiso de residencia del proponente persona natural o del representante legal de la persona jurídica o administrador de la sucursal.
En caso de persona natural extranjera sin domicilio en Colombia y de persona jurídica extranjera sin establecimiento de comercio o sucursal en Colombia, se deberá allegar copia del pasaporte del proponente persona natural o del representante legal de la persona jurídica.
2.1.1.5. CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD FISCAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Presentar el Certificado de Responsabilidad Fiscal emitido por la Contraloría General de la República, del proponente en caso de persona natural y del proponente y del representante legal en caso de personas jurídicas, en el cual se indique que no se encuentra(n) reportado(s). Dicho certificado deberá haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. En caso de no aportar el certificado, la CONTRATANTE al momento de la verificación, consultará los antecedentes correspondientes.
La persona natural y jurídica extranjera sin domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá igualmente presentar la certificación de que trata el inciso anterior, en el cual conste que no se encuentra reportado; en caso de no aparecer registrada deberá acreditar dicho requisito con el documento equivalente en su país de origen, salvo que este requisito o la autoridad no esté establecida, para lo cual el proponente así lo deberá manifestar bajo la gravedad de juramento.
2.1.1.6. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Presentar el Certificado de Antecedentes Disciplinarios emitido por la Procuraduría General de la Nación, del proponente en caso de persona natural, y del proponente y representante legal en caso de persona jurídica, en el cual se certifique que no se encuentra(n) reportado(s) como inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad “SIRI” de la Procuraduría General de la Nación. Certificado que deberá tener fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. En caso de no aportar el certificado, la CONTRATANTE al momento de la verificación, consultará los antecedentes correspondientes.
La persona natural y jurídica extranjera sin domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá igualmente presentar la certificación de que trata el inciso anterior, en el cual conste que no se encuentra reportado; en caso de no aparecer registrada deberá acreditar dicho requisito con el documento equivalente en su país de origen, salvo que este requisito o la autoridad no esté establecida, para lo cual el proponente así lo deberá manifestar bajo la gravedad de juramento.
2.1.1.7. CONSTANCIA ANTECEDENTES JUDICIALES y REPORTE EN EL SISTEMA REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS - RNMC
El proponente, sea persona natural o como miembro de consorcio o unión temporal deberá presentar la constancia de consulta de antecedentes judiciales, así como del Registro Nacional de medidas correctivas que incluirá la identificación de la persona, el tipo de comportamiento contrario a la convivencia, el tipo de medida correctiva y el estado de pago de la multa o cumplimiento de la medida correctiva, ambos suministrados por la Policía Nacional que deberá tener fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. En caso de no aportar estos certificados, la CONTRATANTE al momento de la verificación, consultará los antecedentes correspondientes.
2.1.1.8. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
El proponente deberá constituir a su xxxxx, y presentar con su oferta, una póliza de seguro expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia que ampare la seriedad de la propuesta en FORMATO ENTRE PARTICULARES con las siguientes características:
EL PROPONENTE se constituirá como TOMADOR Y XXXXXXXXX, y EL CONTRATANTE como ASEGURADO Y BENEFICIARIO.
La póliza de seriedad de la oferta deberá contener expresamente el NÚMERO y el OBJETO de la convocatoria.
Tratándose de proponente plural, deberá indicar sus integrantes y porcentaje de participación. Esta garantía deberá señalar expresamente que:
1. La aseguradora cubre a LA CONTRATANTE de los perjuicios imputables al proponente, en los siguientes eventos:
a. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
b. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los términos de referencia o las reglas de participación se prorrogue, o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres (3) meses.
c. El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.
d. La no presentación por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento exigida por LA ENTIDAD para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
2. El proponente deberá constituir a su xxxxx, y presentar con la oferta, una garantía de seriedad de la propuesta la cual deberá contener las siguientes características:
a. CONTRATANTE: El PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER, identificado con NIT. 830.053.105-3.
b. AMPAROS: La Garantía de Seriedad deberá cubrir los perjuicios derivados del incumplimiento de la oferta y tendrá carácter indemnizatorio.
c. VALOR ASEGURADO: La Garantía de Seriedad de la oferta deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto de la convocatoria.
d. VIGENCIA: Deberá tener una vigencia de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de cierre del proceso. En caso de ampliarse la fecha de cierre, deberá ajustarse la vigencia de la póliza.
Con la presentación oportuna de la propuesta, se entiende que la misma es irrevocable y que el proponente mantiene vigentes todas las condiciones durante toda la vigencia de la póliza, incluidas las prórrogas de los plazos que llegaren a presentarse de acuerdo con los Términos de Referencia y sus respectivas adendas.
I. Presentada oportunamente la garantía, verificado que corresponde al proceso de selección, si no contiene los requerimientos de los términos de referencia, el proponente deberá aclarar o subsanarlos, para luego remitir las modificaciones dentro del término perentorio fijado en el cronograma del proceso, so pena del rechazo de la oferta.
II. El proponente debe aportar el soporte de pago de la prima correspondiente. No se admitirá la certificación de No expiración por falta de pago, ni el soporte de transacción electrónica.
2.1.1.9. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO O SU EQUIVALENTE
El proponente sea persona natural o jurídica, nacional o extranjera, con domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá presentar el certificado de Registro Único Tributario - RUT.
En caso de ser el proponente persona natural o jurídica extranjera sin domicilio y/o sucursal en Colombia, no aplica este requisito para la presentación de la propuesta, pero si resulta adjudicatario deberá inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT) ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN).
2.1.1.10. CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CON LOS SISTEMAS GENERALES DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y APORTES PARAFISCALES
El proponente deberá acreditar que se encuentra al día a la fecha de cierre del proceso de selección, con el pago de los aportes parafiscales generados de la nómina de sus empleados de los últimos seis (6) meses con destino a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje.
En caso tal que NO se encuentre obligado a cancelar aportes parafiscales y de seguridad social, por no tener personal a cargo, deberá declarar esta circunstancia bajo la gravedad de juramento.
En el evento que NO se encuentre obligado a cancelar aportes x XXXX, ICBF y Salud, deberá declarar esta circunstancia bajo la gravedad de juramento y así mismo aportar la certificación de cumplimiento de pago de aportes a pensiones, riesgos profesionales y Cajas de Compensación generados de la nómina de los empleados de los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre.
Las anteriores circunstancias se acreditarán de la siguiente manera:
a. Las personas jurídicas lo harán mediante certificación expedida y firmada por el revisor fiscal (cuando de acuerdo con la Ley esté obligado a tenerlo o cuando por estatutos así se dispuso), o por el representante legal cuando no esté obligado a tener revisor fiscal.
b. Las personas naturales lo harán mediante declaración juramentada.
Adicionalmente tratándose de persona natural deberá acreditar el cumplimiento de esta obligación con la planilla o constancia de afiliación al Sistema General de Seguridad Social, mediante el cual acredite que se encuentra vinculado bajo la modalidad de cotizante, al menos del mes inmediatamente anterior a la fecha prevista para el cierre de la presente convocatoria.
Nota: En caso que la certificación sea expedida por Revisor Fiscal, se deberá aportar copia de la Tarjeta Profesional, copia de la cédula de ciudadanía y certificado vigente de antecedentes disciplinarios expedidos por la Junta Central de Contadores.
2.1.1.11. REQUERIMIENTO TITULACIÓN.
En consonancia con las normas vigentes y con el fin de no permitir el ejercicio ilegal de las profesiones, la persona natural o jurídica que pretenda participar en la presente convocatoria ya sea de manera individual o como integrante de un proponente plural (consorcio o unión temporal) deberá acreditar que posee título como Ingeniero Civil o arquitecto, para lo cual deberá adjuntar copia de su matrícula profesional y del certificado de vigencia de matrícula profesional y antecedentes disciplinarios expedido por la autoridad competente, según corresponda, el cual se debe encontrar vigente.
2.1.1.12. ABONO DE LA OFERTA
Si el representante legal o apoderado del proponente (individual o plural), persona natural o jurídica nacional o extranjera, no posee título de Ingeniero Civil o Arquitecto, la oferta deberá ser avalada por un Ingeniero Civil o Arquitecto, en ambos casos, deberá adjuntar copia de la matrícula profesional y del certificado de vigencia de matrícula profesional expedida por la autoridad competente, según corresponda, el cual debe encontrarse vigente.
2.1.1.13. CERTIFICACIÓN DEL REVISOR FISCAL
La persona jurídica nacional o extranjera con domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá allegar certificación expedida por el Revisor Fiscal en el que conste si se trata de una sociedad anónima abierta o cerrada. Este requisito sólo será exigible para las sociedades anónimas.
La persona jurídica extranjera sin domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá acreditar este requisito con el documento equivalente en su país de origen. El documento equivalente aportado se entenderá prestado bajo la gravedad de juramento, situación que se entenderá prestado con la presentación de la propuesta.
2.1.1.14. CERTIFICADO DEL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES DEL REGISTRO ÚNICO EMPRESARIAL DE LA CÁMARA DE COMERCIO (EN CASO DE ESTAR INSCRITO)
Únicamente para efectos de la verificación y evaluación del factor cumplimiento contratos anteriores, las personas naturales o jurídicas que se encuentren inscritas en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio, deberán aportar el certificado del registro del proponente singular y el de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal tratándose de proponente plural. En el evento de no aportar dicho documento, la Entidad realizará la consulta en la página web del Registro Único Empresarial y Social (RUES) a efectos de verificar las sanciones que estén registradas de cada proponente.
2.1.1.15. LISTAS RESTRICTIVAS LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
El proponente, sus representantes legales o sus apoderados no podrán encontrarse reportados o incluidos dentro de las listas nacionales con sentencias debidamente ejecutoriadas y/o internacionales que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
En consecuencia, con la presentación de la propuesta otorgan autorización expresa para que la Entidad en cualquier momento consulte listas restrictivas, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar, que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
Así mismo, con la presentación de la oferta manifiesta que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita y que, en caso de resultar favorecido con la adjudicación, los recursos recibidos en desarrollo del contrato de la convocatoria no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas.
El proponente manifiesta con la presentación de la propuesta que: (i) ni él -como representante legal, ni la sociedad que representa, se encuentran incluidos dentro de las listas restrictivas que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, (ii) los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita, y (iii) que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas.
El proponente con la presentación de la propuesta se sujeta a las normas vigentes y aplicables sobre prevención y control xxx Xxxxxx de activos y Financiación del Terrorismo, y por lo tanto se compromete a cumplirlas y a implementar de ser necesario los mecanismos de prevención y control con el fin de detectar y reportar a tiempo operaciones inusuales y sospechosas. En caso de que el proponente esté, o sea, relacionado con operaciones inusuales y sospechosas en materia xx Xxxxxx de Activos o Financiación del terrorismo, deberá informar de inmediato y por escrito a la CONTRATANTE para que esta proceda a adelantar las acciones contractuales y/o legales correspondientes a fin de establecer el impacto del riesgo y efectuar los controles necesarios para su mitigación, mediante la aplicación de una debida diligencia ampliada.
De acuerdo con lo anterior, el proponente autoriza expresamente a la CONTRATANTE con la presentación de la propuesta para que en cualquier momento consulte listas restrictivas, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar, que hagan referencia al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
2.1.2. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN FINANCIERO
Para que la propuesta sea considerada hábil financieramente, el proponente nacional, extranjero con sucursal en Colombia y proponentes extranjeros sin sucursal en Colombia, deberán presentar uno o varios cupos de crédito pre- aprobado o aprobado, todos y cada uno de ellos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Se debe presentar certificación de cupo de crédito y expedida por una entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
2. Razón social de la entidad financiera que expide la certificación.
3. Nombre completo, cargo y firma del funcionario de la entidad financiera autorizado para expedir la certificación.
4. La certificación de cupo de crédito debe ir dirigida a la convocatoria
5. La fecha de expedición de la certificación de cupo de crédito debe ser inferior a treinta (30) días de antelación a la fecha de cierre de la presente convocatoria.
6. El valor del cupo crédito debe ser igual o superior al 20 % del presupuesto de la presente convocatoria. En caso de no cumplir dicha condición SERA CAUSAL DE RECHAZO.
7. Ninguno de los integrante(s) que aporte la carta cupo de crédito podrán tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal menor al treinta por ciento (30%).
No se aceptará la presentación de cupos de sobregiro, ni de tarjeta de crédito, ni CDT, ni cuentas de ahorro, ni bonos, ni títulos valores, ni documentos representativos de valores, ni garantías bancarias y/o cartas de crédito stand by, ni cupos de factoring, ni ningún tipo de mecanismo que no corresponda a un cupo de crédito.
El Comité Evaluador se reserva el derecho de consultar en cualquier etapa de la convocatoria, antes de la adjudicación, los aspectos que estime convenientes de la carta cupo de crédito, incluidos entre otros el número telefónico y/o correo electrónico corporativo de contacto, así como los datos del firmante, para lo cual requerirá aclaración al proponente dentro de un término perentorio.
2.1.3. REQUISITOS HABILITANTES DE ORDEN TÉCNICO
Para habilitar la propuesta se verificará si los proponentes cumplen con los siguientes criterios de experiencia mínimos exigidos:
2.1.3.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
Para la presente convocatoria los proponentes deberán aportar máximo tres (03) contratos terminados y recibidos a satisfacción antes de la fecha de cierre del proceso, cuya experiencia corresponda a:
INTERVENTORÍA A LA CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN O REHABILITACIÓN O MEJORAMIENTO DE VÍAS VEHICULARES URBANAS O CICLORUTAS.
O
INTERVENTORIA A LA CONSTRUCCIÓN O AMPLIACIÓN O REMODELACIÓN O ADECUACIÓN O INTERVENCIÓN O MEJORAMIENTO DE ESPACIO PÚBLICO O URBANISMO O PARQUES O PARQUES RECREO DEPORTIVOS,
donde se hayan ejecutado actividades de construcción de ciclo rutas o vías vehiculares urbanas.
Los contratos con los que se pretenda acreditar la experiencia deberán estar recibidos a satisfacción (a manera de ejemplo: cumplido al 100% el objeto del contrato o ejecutado en su totalidad o sin pendientes de ejecución) previamente a la fecha de cierre del proceso, que cumplan las siguientes condiciones:
a. La sumatoria del valor de los contratos aportados deberá ser igual o mayor a 1.5 veces el valor total del PRESUPUESTO ESTIMADO (PE) del proceso, expresado en SMMLV.
b. El valor de uno de los contratos aportados deberá ser igual o mayor a 0.7 veces el valor total del PRESUPUESTO ESTIMADO (PE) del proceso, expresado en SMMLV.
En los casos en que los contratos aportados contemplen objetos, actividades o alcances diferentes a las requeridos, sólo se tendrá en cuenta para la acreditación de la condición de valor, los montos asociados a las actividades relacionadas con la experiencia específica, excepto en el evento en que la documentación aportada acredite la ejecución de actividades de interventoría a la construcción de ciclo rutas, como MINIMO en una longitud de 1725 metros o actividades de interventoría a la construcción de vías vehiculares urbanas como MINIMO en una longitud de 1200 metros, caso en el cual la entidad tendrá en cuenta el valor total del contrato.
NOTA 1: Para efectos de la presente convocatoria se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:
CONSTRUCCIÓN: Toda obra civil orientada a la ejecución de infraestructura nueva.
AMPLIACIÓN: Toda obra civil orientada al incremento o adición del área construida, de una infraestructura existente, ya sea en forma horizontal o vertical, conservando el carácter y uso de la infraestructura inicial.
REMODELACIÓN O ADECUACIÓN O MEJORAMIENTO o INTERVENCIÓN: Se entiende por remodelación o adecuación o mejoramiento o intervención, toda obra civil realizada a una infraestructura existente o complementaria tendiente a devolverla al estado inicial para la cual fue construida o con el propósito de mejorar sus especificaciones técnicas iniciales.
REHABILITACIÓN: Conjunto de medidas que se aplican con el fin de recuperar la capacidad estructural del pavimento y hacerlo apto para un nuevo período de servicio. Algunas actividades asociadas a la necesidad de rehabilitar implican el retiro de parte de la estructura existente para colocar posteriormente el refuerzo, en tanto que con otras se busca aprovechar las condiciones superficiales existentes del pavimento. (portal Web IDU)
PARQUES O PARQUES RECREO DEPORTIVOS: Aquellos espacios integrados por zonas verdes o duras de uso colectivo, senderos o vías peatonales, ciclo rutas, zonas donde se puedan desarrollar actividades terrestres en espacios articulados, abiertos y destinados a la recreación o al deporte o a la contemplación.
OBRAS DE ESPACIO PÚBLICO O URBANISMO: Para efectos del presente proceso de selección se entenderán y aceptarán por proyectos en obras de espacio público o urbanismo únicamente las siguientes: alamedas, ciclo rutas, andenes, vías urbanas articuladas en adoquín o concreto estampado, plazas, plazoletas, senderos peatonales, bahías vehiculares en adoquín o concreto estampado, ejes ambientales, malecones, zonas verdes o duras de uso colectivo, al aire libre.
VÍAS VEHICULARES URBANAS: Es la zona destinada a la circulación de vehículos, se define como franja de uso público o privado, abierta al público, destinada al tránsito de vehículos en concreto asfáltico o hidráulico, que se encuentren dentro del perímetro urbano de un municipio.
NOTA 2: Los contratos aportados deberán ser ejecutados en el Territorio Nacional Colombiano,
NOTA 3: No son válidos para acreditar experiencia licencias de construcción, intervención, reparación, ampliación y/o de urbanismo.
NOTA 4: LA SUBSANACIÓN O ACLARACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE SOLO PODRÁ EFECTUARSE SOBRE LA EXPERIENCIA APORTADA.
2.1.3.1.1. REGLAS PARA LA ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
A. Cuando se presenten certificaciones o constancias de experiencia especifica ejecutada en cualquier tipo de figura asociativa, las actividades para cada uno de los integrantes se cuantificarán en forma individual de la siguiente manera:
i. Para efectos de acreditar la experiencia específica del proponente las actividades se cuantificarán en proporción al porcentaje de participación que haya tenido el integrante en la respectiva figura asociativa.
ii. Para el caso de uniones temporales, el integrante que pretenda hacer valer la experiencia en un porcentaje superior al del documento de constitución de la figura plural podrá presentar certificación expedida por la contratante en la que se señale el componente y/o actividad ejecutada por éste.
Nota: Para efectos de contabilizar la proporción de la experiencia específica de una actividad, se tendrá en cuenta la unidad de medida y/o capacidad de la estructura y/o componente, de la experiencia específica que se está requiriendo acreditar.
En el evento que un contrato o proyecto que se aporte para la experiencia haya sido ejecutado por un proponente plural, y dos (2) o más de sus integrantes conformen un proponente plural para participar en el presente proceso, dicho contrato o proyecto se entenderá aportado como un (1) solo contrato o proyecto y se tendrá en cuenta para el aporte de la experiencia, la sumatoria de los porcentajes de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal que ejecutaron el contrato, y que están participando en el presente proceso.
Cuando se presente este caso se tendrá en cuenta el contrato en la totalidad de la participación de los integrantes que conformaron el proponente plural que adquirió la experiencia y que se encuentren participando en el presente proceso de selección.
iii. El valor del contrato se cuantificará en proporción al porcentaje de participación que haya tenido el integrante en la respectiva figura asociativa.
iv. Podrá acumularse la experiencia específica individual para cada uno de los miembros con el fin de alcanzar el cien por ciento (100%) de la experiencia específica requerida
La acreditación de esta experiencia se sujetará a las exigencias establecidas en este capítulo.
B. No se acepta la acreditación de experiencia de sociedades controladas por el proponente o por los miembros de la estructura plural, o de su matriz, o de sociedades controladas por su matriz, o de la filial o sus subordinadas.
C. De las sucursales de sociedades extranjeras será tenida en cuenta solo la experiencia de la respectiva sucursal.
D. No se aceptará experiencia derivada de contratos o proyectos escindidos.
E. Conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se efectuará de acuerdo con el valor total ejecutado del contrato o proyecto a la fecha de terminación o de la fecha de suscripción del acta de entrega y recibo final del mismo, de acuerdo con el valor xxx xxxxxxx mínimo colombiano vigente para la dicha fecha.
Para efectos de la conversión a salarios mínimos, en caso que el proponente presente soportes tanto de la fecha de terminación y de la fecha de suscripción del acta de entrega y/o recibo final, la fecha que será tomada para la conversión, será la de terminación del contrato.
Cuando el proponente no presente los documentos, con la propuesta o en la etapa de subsanación, que cumplan con las condiciones establecidas en las alternativas de acreditación de experiencia, en donde se pueda verificar el valor total ejecutado del contrato en SMMLV, dicho contrato o proyecto no será tenido en cuenta para acreditar este criterio de experiencia.
Para los anteriores efectos, la entidad igualmente convertirá el presupuesto estimado de la convocatoria a Salarios Mínimos Mensuales Legales vigentes a la fecha del cierre.
F. La experiencia específica del proponente podrá acreditarse mediante el cumplimiento de las siguientes alternativas:
Alternativa A. Mediante presentación de certificación o constancia expedida por la entidad contratante, en la que conste el objeto del contrato o proyecto, el valor total o final, la fecha de terminación, el porcentaje de participación del proponente, las actividades y/o productos requeridos como experiencia específica, la ejecución, terminación o liquidación del contrato o proyecto. En ningún caso se aceptará la certificación o constancia expedida únicamente por el interventor externo.
Alternativa B. Se deberá adjuntar copia del acta de recibo o entrega final (o la que haga sus veces) o copia del acta de liquidación, siempre que estas contengan mínimo la siguiente información: objeto del contrato o proyecto, el valor total o final, la fecha de terminación, el porcentaje de participación del proponente, las actividades y/o productos requeridos como experiencia específica, la ejecución, terminación o liquidación del contrato o proyecto, y deberá(n) venir suscrita(s) según corresponda, por el Interventor y/o supervisor y/o representante de la entidad contratante y el Contratista.
En todo caso, no se aceptarán experiencias y/o certificaciones donde la participación del interesado haya sido como subcontratista, al igual que no se aceptarán auto certificaciones, entendidas como: i) Cualquier certificación expedida por el oferente para acreditar su propia experiencia. ii) Cualquier certificación expedida por figuras asociativas en la que el oferente o los integrantes de la misma hayan hecho parte.
Cuando los documentos aportados no contengan la información que permita su verificación, el proponente podrá anexar el acta de terminación, acta parcial, o de entrega y recibo final, o acta de liquidación, la cual deberá venir suscrita según corresponda, por el Interventor y/o supervisor y/o representante de la entidad contratante y el Contratista, así mismo podrá aportar copia de los documentos soportes que sean del caso (siempre y cuando sean expedidos por la entidad contratante o entidad pública), que permitan evidenciar la ejecución del contrato o proyecto o tomar la información que falte.
No obstante, la Entidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada por el proponente y de solicitar las aclaraciones u otros documentos que considere convenientes para acreditar la experiencia.
En ningún caso el proponente podrá cambiar o reemplazar los contratos o proyectos presentados inicialmente con la
propuesta para acreditar la experiencia técnica requerida, ya que no serán tenidos en cuenta, de estos solamente se podrá aclarar, aportar información o documentos relacionados cuando la entidad así lo requiera.
En el evento en que en las alternativas antes previstas no se informe el porcentaje de participación del proponente plural, éste deberá aportar el documento de constitución de la figura asociativa o acuerdo de voluntades en donde se evidencie dicho porcentaje.
Para el presente proceso no es válido acreditar la experiencia a través de contratos ejecutados bajo la modalidad de Administración Delegada. No será considerada la experiencia que se pretenda acreditar con Convenios Interadministrativos para cuyo desarrollo se haya subcontratado la totalidad de la ejecución de la interventoría.
En caso de presentarse para efectos de acreditación de la experiencia más de un formulario o un número mayor de contratos o proyectos al máximo requerido, será objeto de verificación el primer formulario que aparece en orden consecutivo foliado y de él los primeros contratos o proyectos relacionados en el formato 3, en su orden, y hasta el número máximo señalado en los términos de referencia. En caso de aportar más de un contrato o proyecto o una certificación de varios contratos o proyectos y el proponente no señale o señale parcialmente en el formato los que requiere sean tenidos en cuenta para efectos de habilitación, se tomarán en cuenta los contratos o proyectos de mayor valor total ejecutado y hasta el número máximo requerido en los términos de referencia.
2.1.4 NO CONCENTRACIÓN DE CONTRATOS
Se verificará de los proponentes la no concentración de contratos, para lo cual se cotejará que un mismo proponente bien sea de manera individual o en consorcio o unión temporal, sólo podrá tener hasta cuatro (4) contratos celebrados y/o adjudicados en las convocatorias en las cuales resultare seleccionado en primer orden de elegibilidad de los programas de cualquiera de las Gerencias de FINDETER o Patrimonios Autónomos - FINDETER.
Al número máximo de contratos celebrados y/o adjudicados mencionados, se descontarán los contratos en los que se hayan suscrito las respectivas actas de terminación del contrato sin actividades pendientes, al momento de cierre de la convocatoria, para lo cual el proponente deberá adjuntar estos documentos y soportes con la propuesta para certificar el cumplimiento de dicho requisito, sin perjuicio que la entidad lo pueda verificar.
En este sentido el incumplimiento de la no concentración de contratos afectará solidariamente al proponente (consorcio o unión temporal).
La propuesta del proponente que incurra en la citada no concentración de contratos incurrirá en causal de rechazo.
Para los efectos de la presente disposición, se entiende que el proponente, es la persona o grupo de personas con capacidad para tomar decisiones sobre la presentación de la propuesta, suscripción, ejecución, terminación y liquidación del contrato, así como sobre el manejo de los recursos económicos relacionados con el contrato y en especial sobre la distribución de los beneficios económicos derivados del mismo. Igualmente, constituyen un mismo proponente las sociedades matrices y sus subordinadas constituyan o no grupo empresarial.
NOTA 1: La regla de no concentración de contratos será verificada durante todo el desarrollo de la convocatoria y hasta la adjudicación del contrato.
Así las cosas, el proponente que resultare concentrado, será RECHAZADO de la convocatoria adelantada por la Entidad.
NOTA 2: En el caso en el que el proponente se presente a varias convocatorias, y así mismo resultare en primer orden de elegibilidad en más de una, el comité evaluador deberá verificar si el proponente, al resultar en este orden dentro de las convocatorias a las cuales se presentó y teniendo en cuenta los contratos en ejecución, detenta una concentración de contratos superior a la permitida por la Entidad.
Si el resultado de la verificación arroja que el proponente no detenta una concentración de contratos superior a la permitida por la Entidad, este podría continuar ocupando el primer orden de elegibilidad de las Convocatorias en
cuestión.
Si el resultado arrojado consiste en que el proponente incurre en la no concentración de contratos, no podrá continuar en el proceso de selección, generándose como consecuencia el rechazo de la propuesta, salvo que se incurra en los presupuestos fácticos señalados en la nota 3 o 4 del presente numeral.
NOTA 3: Esta regla no aplica en la eventualidad donde solamente se haya presentado un único proponente para la convocatoria.
NOTA 4: En la eventualidad que todos los proponentes se encuentren inmersos en la regla de concentración de contratos, la entidad procederá a adjudicar, la convocatoria al proponente ubicado en el primer lugar en el orden de elegibilidad.
SUBCAPÍTULO III
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
3.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La asignación del puntaje a las propuestas, de acuerdo con los patrones preestablecidos en estos términos de referencia, será realizada por los evaluadores de EL CONTRATANTE. Se seleccionará la propuesta mejor calificada y que por ello resulte ser la más favorable para la entidad y para los fines que ella busca con esta contratación, para esto se tendrá en cuenta que el puntaje máximo de la evaluación será de cien (100) puntos, resultantes del siguiente factor y criterio de evaluación:
FACTOR DE CALIFICACIÓN | PUNTAJE |
Evaluación Económica | 100 puntos |
TOTAL | 100 puntos |
Y la posterior aplicación del criterio de evaluación factor cumplimiento contratos anteriores.
3.1.1. INFORME DE EVALUACIÓN ECONÓMICA Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE (ORDEN DE ELEGIBILIDAD)
En audiencia realizada en el lugar y fecha establecidos en el cronograma de proceso, se llevará a cabo la apertura del sobre No. 2 de las propuestas habilitadas en los aspectos jurídicos, financieros y técnicos.
En dicha audiencia se dará lectura del valor total de cada una de las propuestas incluido el IVA. En el evento que el formato de oferta económica de la propuesta no tenga diligenciada la casilla correspondiente al “Valor total de la propuesta” la entidad procederá a realizar la sumatoria de los valores correspondientes a cada una de las Etapas y el IVA.
Una vez surtida la audiencia de apertura del sobre No. 2, la Entidad procederá a realizar la revisión de las propuestas durante el término establecido en el cronograma del proceso, de la siguiente manera:
1. En caso que cualquier valor de la oferta económica de algún proponente se presente con decimales, la entidad procederá a ajustar el valor redondeándolo al peso, cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco lo aproximará por exceso al peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco lo aproximará por defecto al peso.
2. En el evento que la propuesta económica no contenga el precio o se haya diligenciado en cero o con algún símbolo, la propuesta será rechazada.
3. Si existiere discrepancia entre letras y cifras, prevalecerá el monto expresado en letras.
EN EL EVENTO QUE EL FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA PRESENTADO POR EL PROPONENTE PRESENTE DIFERENCIAS EN LA DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES O ÍTEMS Y/O EN LA UNIDAD CORRESPONDIENTE Y/O EN LAS CANTIDADES FRENTE A LAS ESTIPULADAS EN EL FORMATO PUBLICADO CON LA CONVOCATORIA PREVALECERÁ ESTA ÚLTIMA, POR LO QUE LA OFERTA SERÁ AJUSTADA DE CONFORMIDAD.
4. Se realizará la verificación y corrección de las operaciones aritméticas de las propuestas.
Nota 1: Se entiende por error aritmético aquel que surge de un cálculo meramente aritmético cuando la operación ha sido erróneamente realizada. En consecuencia, su corrección debe contraerse a efectuar adecuadamente la operación aritmética erróneamente realizada, sin llegar a modificar o alterar los factores o elementos que la componen1.
1 Definición Corte Constitucional, Sentencia T-875/00
Nota 2: La entidad verificará aritméticamente las ofertas habilitadas técnica, jurídica y financieramente; para dicha verificación la entidad tomará como valores inmodificables los precios unitarios de los ítems o actividades ofertados de acuerdo al formato de propuesta económica.
Nota 3: La elaboración de la oferta es de total responsabilidad del oferente, por lo cual asumirá las consecuencias que sobrevengan por efectos de los errores cometidos y evidenciados dentro del proceso de verificación y corrección aritmética efectuado por la entidad, tales como: La variación del valor total de la oferta, el rechazo de la oferta o las posibles pérdidas económicas, no pudiendo alegar en el futuro, reajuste al valor del contrato por este motivo.
Nota 4: El valor de la oferta económica será el valor de la oferta obtenido después de la corrección aritmética, siendo este el que será tenido en cuenta en la evaluación económica de la misma.
5. Revisión del IVA: El oferente debe indicar en su oferta económica la tarifa del IVA aplicable al objeto contractual. En caso de no indicarla o en caso de indicarla en un porcentaje diferente a la tarifa legal, su oferta será rechazada.
La estructuración de la oferta económica es responsabilidad exclusiva del oferente por lo cual deberá contemplar en ella todos los impuestos y contribuciones de orden nacional y local.
6. Serán rechazadas las propuestas que después de realizar los pasos anteriores, presente al menos una de las siguientes condiciones:
a. Cuando el valor total de la propuesta económica corregida, presente un valor inferior al valor mínimo o superior al valor máximo del valor oficial estimado para la convocatoria en los términos de referencia.
b. En caso de no contemplarse por parte del oferente, alguna exención o variación en el aspecto tributario local por motivo del lugar de ejecución del contrato o del bien o servicio a ofertar establecidos en los términos de referencia.
7. Se seleccionará el método de
NÚMERO | MÉTODO |
1 | Media aritmética |
2 | Media aritmética alta |
3 | Media geométrica |
4 | Menor valor |
Para la determinación del método se tomarán hasta las centésimas de la Tasa de Cambio Representativa xxx Xxxxxxx (TRM) que rija para el tercer (3er) día hábil siguiente al cierre efectivo del proceso- plazo máximo de presentación de oferta Sobre No. 1 y 2 y Apertura de Sobre No. 1, de conformidad con la fecha prevista en el cronograma de esta convocatoria, de acuerdo a los rangos establecidos en el cuadro que se presenta a continuación:
RANGO (INCLUSIVE) | NÚMERO | MÉTODO |
De 00 a 24 | 1 | Media aritmética |
De 25 a 49 | 2 | Media aritmética alta |
De 50 a 74 | 3 | Media geométrica |
De 75 a 99 | 4 | Menor valor |
Nota 1: Esta TRM se tomará del sitio web del Banco de la República de Colombia, xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx- estadisticas/see_ts_trm.htm#cotizacion
Nota 2: En caso que únicamente haya un proponente habilitado se la asignará la puntuación total de este factor, previa aplicación de los descuentos a que haya lugar.
a. MEDIA ARITMÉTICA
Consiste en la determinación del promedio aritmético de las propuestas económicas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las propuestas a dicho promedio aritmético, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
𝑛
𝑋 = ∑
𝑖=1
𝑥𝑖
𝑛
Dónde:
𝑋̅ = Media aritmética
xi = Valor total corregido de la propuesta i
n = Número total de las propuestas válidas presentadas
Ponderación de las propuestas por el método de la media aritmética.
Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎j𝑒 𝑖 = {100 × (1 − (
𝑋 − 𝑉𝑖
𝑋
)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑜 𝑖𝑔𝑢𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑎 𝑋 100
Dónde:
× (1 − 2 (
|𝑋 − 𝑉𝑖 |
𝑋
)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑎 𝑋
𝑋= Media aritmética.
𝑉𝑖 = Valor total de cada una de las Ofertas i, sin decimales i = Número de oferta.
En el caso de propuestas con valores mayores a la media aritmética se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.
b. MEDIA ARITMÉTICA ALTA
Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total sin decimales de la propuesta válida más alta y el promedio aritmético de las propuestas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las propuestas a dicha media aritmética, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
Dónde:
𝑋̅𝐴 = Media aritmética alta.
𝑋̅ = Media aritmética.
𝑋𝐴 =
𝑉𝑚𝑎𝑥 + 𝑋 2
𝑉𝑚𝑎𝑥 = Valor total corregido de la propuesta más alta dentro del rango comprendido entre la media aritmética y el presupuesto de la presente convocatoria
Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎j𝑒 𝑖 = {100 × (1 − (
𝑋𝐴 − 𝑉𝑖
𝑋𝐴
)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑜 𝑖𝑔𝑢𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑎 𝑋𝐴 100
× (1 − 2 (
|𝑋𝐴 − 𝑉𝑖 |
𝑋
)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑎 𝑋𝐴
Dónde:
𝑋̅𝐴 = Media aritmética alta.
Vi = Valor total corregido de cada una de las propuestas i habilitadas. i = Número de propuesta
En el caso de propuestas con valores mayores a la media aritmética alta se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.
c. MEDIA GEOMÉTRICA
El cálculo de la media geométrica de obtendrá mediante la siguiente fórmula:
Establecida la media geométrica se procederá a determinar el puntaje para cada proponente mediante el siguiente procedimiento:
Ponderación de las propuestas por el método de la media geométrica:
Obtenida la media geométrica, se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente fórmula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎j𝑒 𝑖 = { 100 × (1 − (
𝐺 − 𝑉𝑖
𝐺
)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑜 𝑖𝑔𝑢𝑎𝑙𝑒𝑠 𝑎 𝐺 100
× (1 − 2 · (
|𝐺 − 𝑉𝑖 |
)) 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑚𝑎𝑦𝑜𝑟𝑒𝑠 𝑎 𝐺
𝐺
Dónde:
𝐺̅ = Media Geométrica.
Vi = Valor total corregido de cada una de las propuestas i habilitadas.
i = Número de propuesta.
En el caso de propuestas económicas con valores mayores a la media geométrica se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.
d. MENOR VALOR
Consiste en establecer la propuesta económica de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las propuestas a dicha Oferta de menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida. Para la aplicación de este método el grupo evaluador procederá a determinar el menor valor de las propuestas habilitadas y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Ponderación de las propuestas por el método del menor valor:
Obtenido el menor valor se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente formula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎j𝑒 𝑖 = ((
100 * 𝑉𝑀𝐼𝑁
))
𝑉𝑖
Dónde:
𝑉𝑀𝐼𝑁 = Valor total corregido de la propuesta con el valor más bajo dentro de las propuestas habilitadas
𝑉𝑖 = Valor total corregido de cada una de las propuestas i que se encuentran por encima de VMIN, y que fueron habilitadas.
i = Número de propuesta.
Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenido como puntaje.
8. De la anterior verificación se elaborará un informe de evaluación económica y asignación de puntaje (orden de elegibilidad) en el que consten los resultados de las ofertas económicas de todas las propuestas habilitadas, con las respectivas correcciones aritméticas de acuerdo con los criterios establecidos, si proceden, y la identificación de las correcciones efectuadas, así como de la asignación de puntaje (orden de elegibilidad) de conformidad con el método de evaluación, el cual se publicará en la fecha establecida en el cronograma del presente proceso de selección.
Los proponentes podrán, dentro del término establecido en el cronograma del presente proceso de selección, formular observaciones a dicho informe, sin que, en ejercicio de esta facultad, puedan subsanar, modificar o mejorar sus propuestas.
9. EVALUACIÓN FACTOR CUMPLIMIENTO CONTRATOS ANTERIORES.
Una vez realizada la ponderación económica de las propuestas habilitadas con el método que correspondió asignándoles puntajes, se procederá a realizar la evaluación de este criterio, así: La entidad tendrá en cuenta las cláusulas penales de apremio, multas, sanciones, declaratorias de incumplimiento, terminación unilateral o caducidad, impuestas o declaradas en los contratos en los cuales el proponente haya ostentado la calidad de contratista.
La entidad descontará DIEZ (10) puntos al proponente por la aplicación de CADA cláusula penal de apremio, multa, o sanción, impuesta dentro de los TRES (3) años anteriores al cierre del presente proceso de contratación, en contratos en los cuales éste haya ostentado la calidad de contratista.
La entidad descontará VEINTE (20) puntos al proponente por CADA declaratorias de incumplimiento, terminación unilateral o caducidad, declarada dentro de los CINCO (5) años anteriores al cierre del presente proceso de contratación, en contratos en los cuales el proponente haya ostentado la calidad de contratista.
Para el caso de uniones temporales y consorcios este descuento se efectuará por CADA cláusula penal de apremio, multa, o sanciones; o declaración de incumplimiento, terminación unilateral o caducidad del contratista (Proponente dentro del presente proceso), impuesta o declarada a cada integrante.
El descuento de que trata este numeral se efectuará del puntaje obtenido por el proponente en la evaluación de la propuesta económica.
Para los efectos de evaluación de este criterio, el proponente deberá presentar certificación juramentada expedida por el proponente cuando se trate de persona natural o por el Representante Legal cuando se trate de personas jurídicas, en la que se indique si le han impuesto o no cláusulas penales de apremio, multas, declaratorias de incumplimiento, terminación unilateral, o caducidad, en los términos antes señalados, indicando e identificando expresamente cuántas y cuáles se le han impuesto. Para estos efectos se deberá diligenciar el Formato No. 6.
En el caso de uniones temporales o consorcios se deberá aportar la certificación juramentada (Formato No. 6) suscrita por cada uno de sus integrantes.
Las personas naturales o jurídicas que obren como proponentes en el presente proceso de contratación en forma individual o conjunta (Uniones temporales o consorcios) que se encuentren inscritas en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio, DEBERÁN aportar el certificado de este registro. En el evento de no aportar dicho documento, la Entidad realizará la consulta en la página web del Registro Único Empresarial y Social (RUES) a efectos de verificar las sanciones que estén registradas de cada proponente.
10. Se descontarán 20 puntos, al proponente frente al cual Findeter o los Patrimonios Autónomos hayan formulado denuncia penal por presuntos hechos punibles que se hayan presentado en procesos de contratación adelantados por la Entidad y en los cuales él haya participado como proponente plural o singular. En el evento de existir más de una denuncia instaurada por FINDETER, por cada una se descontarán 10 puntos adicionales.
11. Una vez aplicado el criterio de evaluación factor cumplimiento contratos anteriores, con el puntaje total obtenido se procederá a establecer el respectivo Orden de Elegibilidad. No conformarán orden de elegibilidad aquellos proponentes que obtengan un puntaje total inferior a SETENTA (70) PUNTOS, una vez aplicado el criterio Evaluación Factor de Cumplimiento Contratos Anteriores.
12. RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL INFORME DE EVALUACIÓN ECONÓMICA Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE (ORDEN DE ELEGIBILIDAD) Y PUBLICACIÓN DEL INFORME DEFINITIVO DE EVALUACIÓN ECONÓMICA Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE (ORDEN DE ELEGIBILIDAD)
La entidad dentro del término establecido en el cronograma publicará el Informe Definitivo de Evaluación Económica y Asignación de Puntaje (Orden de Elegibilidad), en el cual se darán respuesta a las observaciones recibidas, señalando expresamente si se aceptan o rechazan las mismas.
13. Los evaluadores presentarán el resultado de la evaluación con el orden de elegibilidad, el que se presentará al Comité Fiduciario del Patrimonio Autónomo administrado por la Fiduciaria con la recomendación del orden de elegibilidad de conformidad con la evaluación efectuada.
14. El Comité Fiduciario del Patrimonio Autónomo administrado por la Fiduciaria o su delegado, hará la selección correspondiente y el acta de selección se publicará en los plazos establecidos en el cronograma.
ANEXO 1 PERSONAL REQUERIDO
PERSONAL MÍNIMO Y DEDICACIONES MÍNIMAS
El Interventor deberá presentar al supervisor del contrato, previo a la suscripción del acta u orden de inicio del contrato de la etapa donde desarrollará las actividades que le correspondan, y en todo caso en la oportunidad por éstos exigida, el personal mínimo requerido, el cual deberá tener la dedicación necesaria para la ejecución de las Etapas I y II, junto con los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica de este personal. Lo anterior, deberá ser aprobado por el SUPERVISOR y/o a la entidad CONTRATANTE.
Así mismo el INTERVENTOR deberá mantener durante la ejecución del proyecto EL PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO en los términos de referencia, so pena de inicio de procedimiento de la aplicación de la cláusula penal de apremio establecida en el contrato por este concepto. Realizados máximo tres (3) requerimientos al Contratista de Interventoría, el Supervisor solicitará al PATRIMONIO AUTONOMO el inicio de un proceso de incumplimiento parcial del contrato.
ETAPA I DEL CONTRATO – INTERVENTORIA A LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS
Para la ejecución de esta etapa, EL CONTRATISTA INTERVENORÍA deberá garantizar el personal mínimo requerido para el desarrollo de los mismos según lo descrito a continuación:
Cant. | Cargo | Formación Académica | Experiencia General | Experiencia Específica | No. de Contratos | Porcentaje de Dedicación mínima |
1 | Director de Interventoría | Arquitecto o ingeniero civil | 8 años | Director de Consultoría, (o Interventoría a consultorías), de proyectos relacionados con: espacio público o urbanismo o parques recreo deportivos o vias urbanas. La sumatoria del área de construcción diseñada acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 26.150 m2 | 3 | 30% |
1 | Arquitecto Diseñador Xxxxxx | Xxxxxxxxxx con título de Posgrado en urbanismo o diseño urbano o afines. | 6 años | Experiencia profesional en consultorías de diseño, (o interventorías a consultorías de diseño), de espacio público o urbanismo. La sumatoria del área de construcción diseñada acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 26.150 m2 | 3 | 40% |
1 | Arquitecto Paisajista | Arquitecto | 6 años | Experiencia profesional en consultorías de diseño, (o interventorías a consultorías de diseño), de espacio público o urbanismo o parques recreodeportivos. La sumatoria del área de construcción diseñada acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 12.800 m2 y al menos en uno (1) de los contratos presentados deberá acreditar experiencia como arquitecto diseñador paisajista en consultorías de espacio público. | 3 | 15% |
1 | Especialista Estructural | Ingeniero Civil con posgrado en estructuras | 6 años | Experiencia profesional como especialista estructural en consultorías de diseño, (o interventorías a consultorías de diseño), de | 3 | 10% |
Cant. | Cargo | Formación Académica | Experiencia General | Experiencia Específica | No. de Contratos | Porcentaje de Dedicación mínima |
espacio público, urbanismo o vías vehiculares o vías peatonales, o ciclorutas o parques recreodeportivos, La sumatoria del área de construcción diseñada acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 13.350 m2 | ||||||
1 | Especialista Hidrosanitario | Ingeniero civil o Ingeniero Sanitario o Ingeniero Sanitario y Ambiental con posgrado en el área de la hidráulica, o la Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx | 0 años | Experiencia profesional como especialista hidrosanitario en consultorías de diseño, (o interventorías a consultorías de diseño), de espacio público, urbanismo o vías vehiculares o vías peatonales, o ciclorutas o parques recreodeportivos. La sumatoria del área de construcción diseñada acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 26.150 m2 | 3 | 20% |
1 | Especialista Eléctrico | Ingeniero Eléctrico o Electricista | 6 años | Experiencia profesional como especialista eléctrico en consultorías de diseño, (o interventorías a consultorías de diseño), de espacio público, urbanismo o alumbrado público o vías vehiculares o vías peatonales, o ciclorutas o parques recreodeportivos. La sumatoria del área de construcción diseñada acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 12.800 m2 | 3 | 10% |
1 | Especialista en Geotecnia | Ingeniero Civil con estudios de posgrado en Geotecnia | 6 años | Experiencia profesional como especialista geotécnico en consultorías de diseño, (o interventorías a consultorías de diseño), de espacio público, urbanismo o vías vehiculares o vías peatonales, o ciclorutas o parques recreodeportivos. La sumatoria del área de construcción diseñada acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 13.350 m2 | 3 | 20% |
1 | Profesional Especialista Ambiental | Ing. Civil o sanitario con especializació n en ambiental o Ingeniero Ambiental | 4 años | Experiencia en el manejo ambiental de proyectos (consultoría, construcción o interventoría) relacionados con espacio público, urbanismo o vías vehiculares o vías peatonales, o ciclorutas o parques recreodeportivos. | 3 | 10% |
1 | Profesional de Programación y Presupuesto | Arquitecto o Ingeniero Civil | 2 años | Experiencia en programación de obra, elaboración de presupuestos y especificaciones técnicas en consultorías, (o interventorías a consultorías de diseño), para proyectos de infraestructura civil. | 2 | 20% |
1 | Especialista en Diseño Geométrico de Xxxx | Xxxxxxxxx de transporte y vias o ingeniero civil con estudios | 6 años | Experiencia profesional como diseñador en consultorías de diseño, (o interventorías a consultorías de diseño), de espacio público, urbanismo o vías vehiculares urbanas o vías peatonales, o ciclorutas. | 3 | 15% |
PERSONAL MÍNIMO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO - ETAPA I | ||||||
Cant. | Cargo | Formación Académica | Experiencia General | Experiencia Específica | No. de Contratos | Porcentaje de Dedicación mínima |
de posgrado en vías, diseño de vías o afines. | La sumatoria del área de construcción diseñada acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 13.350 m2 | |||||
2 | Profesional social | Áreas núcleo del conocimiento en ciencias sociales y ciencias humanas | 2 Años | Experiencia profesional en acompañamiento social en proyectos (Consultoría, construcción o interventoría) de infraestructura civil. | 2 | 100% |
El director de Interventoría deberá estar presente en la toma de decisiones, en los Comités de Seguimiento (a realizar en desarrollo de las etapas correspondientes del contrato) y cuando FINDETER lo requiera.
Adicionalmente al personal descrito en el cuadro anterior, LA INTERVENTORIA deberá contar con el siguiente personal mínimo para la ejecución del proyecto:
• Una comisión de topografía, integrada como mínimo con un topógrafo profesional y un (1) auxiliar cadenero junto con equipos de precisión debidamente calibrados: estación total, nivel de precisión, prismas, cintas métricas y plomadas, con una dedicación acorde con las necesidades del proyecto, mínimo del 30%.
• Una (1) secretaria, Un (1) mensajero, Un (1) asesor jurídico y Un (1) contador con dedicación acorde con las necesidades del proyecto.
INTERVENTORÍA A LA EJECUCIÓN DE LA OBRA. ETAPA II
Para la ejecución de esta etapa para los proyectos, la interventoría deberá garantizar el personal mínimo requerido para el desarrollo de la misma según lo descrito a continuación:
Cant. | Cargo | Formación Académica | Experiencia General | Experiencia Específica | No. de Contratos | Porcentaje de Dedicación mínima |
1 | Director de interventoría | Arquitecto o ingeniero civil | 8 años | Director de Interventoría en proyectos relacionados con: espacio público o urbanismo o parques recreo deportivos x xxxxxx. La sumatoria del área construida acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 26.150 m2 | 3 | 50% |
1 | Arquitecto Diseñador Xxxxxx | Xxxxxxxxxx con título de Posgrado en urbanismo o diseño urbano o afines. | 6 años | Experiencia profesional en proyectos de Interventoría o construcción de espacio público o urbanismo. La sumatoria del área construida acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 26.150 m2 | 3 | 15% |
3 | Residente de Interventoría | Ing. Civil o Arquitecto | 3 años | Experiencia profesional como residente de Interventoría en proyectos de construcción de | 3 | 100% |
PERSONAL MÍNIMO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO - ETAPA II | ||||||
Cant. | Cargo | Formación Académica | Experiencia General | Experiencia Específica | No. de Contratos | Porcentaje de Dedicación mínima |
espacio público o urbanismo o parques recreodeportivos. La sumatoria del área construida acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 8.700 m2 | ||||||
1 | Especialista Estructural | Ingeniero Civil con posgrado en estructuras | 6 años | Experiencia profesional como especialista estructural en proyectos de construcción, (o Interventoría a construcción), de espacio público, urbanismo o vías vehiculares o vías peatonales, o ciclorutas o parques recreodeportivos. La sumatoria del área construida acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 13.350 m2 | 3 | 15% |
1 | Especialista Hidrosanitario | Ingeniero civil O Ingeniero Sanitario O Ingeniero Sanitario y Ambiental con posgrado en el área de la hidráulica, o la Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx | 0 años | Experiencia profesional como especialista hidrosanitario en proyectos de construcción, (o Interventoría a construcción), de espacio público, urbanismo o vías vehiculares o vías peatonales, o ciclorutas o parques recreodeportivos. La sumatoria del área de construida acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 26.150 m2 | 3 | 15% |
1 | Especialista Eléctrico | Ingeniero Eléctrico o Electricista | 6 años | Experiencia profesional como especialista eléctrico en proyectos de construcción, (o Interventoría a construcción), de espacio público, urbanismo o alumbrado público o vías vehiculares o vías peatonales, o ciclorutas o parques recreodeportivos. La sumatoria del área construida acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 12.800 m2 | 3 | 15% |
1 | Especialista en Geotecnia | Ingeniero Civil con estudios de posgrado en Geotecnia | 6 años | Experiencia profesional como especialista geotécnico en proyectos de construcción, (o Interventoría a construcción), de espacio público, urbanismo o vías vehiculares o vías peatonales, o ciclorutas o parques recreodeportivos. La sumatoria del área construida acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 13.350 m2 | 3 | 15% |
1 | Profesional Especialista Ambiental | Ing. Civil o sanitario con especialización en ambiental o Ingeniero Ambiental | 4 años | Experiencia en el manejo ambiental de proyectos (construcción o Interventoría) relacionados con espacio público, urbanismo o vías vehiculares o vías peatonales, o ciclorutas o parques recreodeportivos. | 3 | 15% |
1 | Profesional de Programación y Presupuesto | Arquitecto o Ingeniero Civil | 2años | Experiencia como profesional de programación y presupuestos en proyectos (construcción o Interventoría) de infraestructura civil. | 2 | 20% |
PERSONAL MÍNIMO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO - ETAPA II | ||||||
Cant. | Cargo | Formación Académica | Experiencia General | Experiencia Específica | No. de Contratos | Porcentaje de Dedicación mínima |
1 | Profesional en Aseguramiento de Calidad | Arquitecto o Ingeniero Civil o Ingeniero Industrial | 6 años | Experiencia en estructuración o implementación de planes de aseguramiento de calidad de proyectos (construcción o Interventoría) de Infraestructura civil. | 2 | 50% |
2 | Profesional social | Áreas núcleo del conocimiento en ciencias sociales y ciencias humanas | 2Años | Experiencia profesional en acompañamiento social en proyectos (Construcción o Interventoría) de infraestructura civil. | 2 | 100% |
1 | Ingeniero Auxiliar y/o profesional de apoyo | Ingeniero Civil o Arquitecto (Programa Primer empleo). | 0-2 años | Recién egresado con o sin experiencia y que cuente con máximo dos años de egresado contados a partir de la obtención del título. Promedio académico definitivo en la carrera igual o superior a tres ocho (3,8). | N/A | 100% |
1 | Profesional de Seguridad Industrial Y Salud Ocupacional y medio ambiente (SISOMA) | Profesional en Salud ocupacional o Ingeniero Ambiental o industrial o Ingeniero civil con estudios de posgrado en Seguridad Industrial o salud ocupacional | 6 Años | Experiencia profesional como encargado de seguridad industrial y salud ocupacional en contratos de construcción, o Interventoría a construcción, de obras civiles. | 3 | 100% |
Además del personal relacionado anteriormente se deberá contar con el siguiente personal:
• Una comisión de topografía, integrada como mínimo con un topógrafo profesional y un (1) auxiliar cadenero junto con equipos de precisión debidamente calibrados: estación total, nivel de precisión, prismas, cintas métricas y plomadas, con una dedicación acorde con las necesidades de los proyectos, no inferior al 20%.
• Una (1) secretaria, Un (1) mensajero, Un (1) asesor jurídico y Un (1) contador con dedicación acorde con las necesidades de los proyectos.
Para dar cumplimiento al Plan de Gestión Social, el CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA deberá contemplar el personal mínimo requerido que se encuentra allí estipulado y mantenerlo durante el plazo de ejecución de la etapa II.
Nota: La validación de la formación académica se hará con base en lo establecido por el Ministerio de Educación Nacional en el SNIES.
Todo el personal anteriormente descrito para el proyecto será de carácter obligatorio durante la ejecución del contrato, por lo cual, el (los) proponente(s) lo(s) deberá(n) tener en cuenta y considerar en su totalidad para el plazo del contrato y tenerlo en cuenta en la elaboración de la oferta económica, de comprobarse dedicación inferior a la aprobada la interventoría podrá solicitar que se dé inicio a las sanciones a las que hubiere lugar. No obstante, el contratista garantizará que dispondrá de todo aquel que sea necesario para la ejecución completa y adecuada del objeto contractual
Adicionalmente, el contratista seleccionado deberá verificar y garantizar que el personal propuesto no supere para cada
uno el 100% de la dedicación acumulada teniendo en cuenta su participación en la ejecución de otros contratos con FINDETER o con otras entidades, ya que de ser advertida esta situación la contratante a través del supervisor podrá
solicitar el cambio del personal que supere esta dedicación.
Nota 1: El director de interventoría deberá estar presente en todos los comités semanales y adicionales que se realicen con relación al proyecto, con el fin de que se definan temas relevantes al proyecto y se informe sobre el avance de la obra; igualmente debe estar disponible cuando FINDETER o la CONTRATANTE lo requiera, sin que signifique costos adicionales para FINDETER o la CONTRATANTE.
Nota 2: El residente de interventoría deberá tener una dedicación del 100% dentro del proyecto, los demás profesionales tendrán una dedicación acorde con las necesidades del proyecto. No obstante la dedicación de tiempo estimada, de ser necesaria una mayor dedicación, el contratista deberá garantizar su permanencia, sin que se genere costo adicional para el contratante, así mismo, de requerirse un mayor número de perfiles.
Nota 3: El interventor deberá contar con el acompañamiento de los especialistas en estructuras, eléctricos, hidrosanitarios, toda vez que ellos son los responsables de la revisión y supervisión de la validación y/o ajustes a los diagnósticos realizados por el contratista.
Nota 4: Durante la Ejecución de Obra y cuando sea posible, EL CONTRATISTA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO, deberá contemplar UNA JORNADA DE TRABAJO EXTENDIDA DE 12 HORAS COMO MÍNIMO, con el fin de cumplir los plazos de ejecución establecidos en el presente documento. A razón de lo anterior, el CONTRATISTA DE INTERVENTORÍA, deberá aplicar de igual manera una jornada de trabajo en iguales condiciones a las exigidas al contratista de obra.
Nota 5: El Interventor debe garantizar que, de requerirse la participación de alguno de los profesionales que participaron durante las etapas I y II en el desarrollo de las actividades de cierre y liquidación, se podrá contar con ellos sin que signifique costos adicionales para FINDETER o LA CONTRATANTE.
Nota 6: El personal mínimo disponible, sus hojas de vida y las certificaciones que la acompañen, NO deben presentarse con la propuesta. Estos documentos solo deben presentarse por el proponente que resulte seleccionado previo a la suscripción del acta de inicio u orden de inicio del contrato.
Nota 7: El contratista debe asumir el costo de las visitas o consultas a la obra de los Especialistas que participaron en la Etapa I para la revisión y análisis de los diseños, planos, estudios técnicos y especificaciones de construcción realizados por el Contratista para la definición de la alternativa seleccionada, esto con el propósito de hacer verificación y seguimiento al proyecto, cada vez que se requiera.
Nota 8: Los soportes del personal antes indicado, debe aportarse en el plazo establecido en los términos de referencia, en caso de incumplimiento por parte del Contratista, se procederá a la aplicación de las sanciones contractuales correspondientes
CIERRE Y LIQUIDACIÓN
Para la ejecución del cierre y liquidación dentro de la etapa II, (estimada en dos (2) meses, el Contratista de Interventoría deberá garantizar el personal mínimo requerido para el desarrollo de la misma según lo descrito a continuación:
Cant. | Cargo | Formación Académica | Experiencia General | Experiencia Específica | No. de Contratos | Porcentaje de Dedicación mínima |
1 | Director de Obra | Arquitecto o ingeniero civil | 8 años | Director de Interventoría en proyectos relacionados con: espacio público o urbanismo o parques recreo deportivos x xxxxxx o escenarios deportivos. La sumatoria del área construida acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 26.150 m2 | 3 | 15% |
1 | Residente de | Ing. Civil | 3 años | Experiencia profesional como residente de | 3 |
PERSONAL MÍNIMO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO - ETAPA II | ||||||
Cant. | Cargo | Formación Académica | Experiencia General | Experiencia Específica | No. de Contratos | Porcentaje de Dedicación mínima |
Interventoría | Arquitecto | Interventoría en proyectos de construcción de espacio público o urbanismo o parques recreodeportivos o escenarios deportivos. La sumatoria del área construida acreditada mediante los contratos aportados, deberá ser igual o superior a 8.700 m2 | 20% |
NOTA: No obstante, el INTERVENTOR debe garantizar que, de requerirse la participación de alguno de los profesionales que participaron durante cualquiera de las etapas en el desarrollo de las actividades de cierre y liquidación, se podrá contar con ellos sin que signifique costos adicionales para FINDETER o LA CONTRATANTE.
CONTRATACIÓN PRIMER EMPLEO DE PERSONAL DE OBRA CALIFICADA.
En concordancia con lo establecido en la ley 1780 de 2016 a través de este proyecto se deberá promover el primer empleo. Para este proceso de selección, el contratista debe vincular el Ingeniero Auxiliar 1 teniendo en cuenta las siguientes condiciones:
La promoción, recepción de hojas de vida, la selección y contratación estará a cargo del contratista, quien deberá propender por mano de obra calificada cuya elección deberá realizarse mediante un proceso de selección de personal que aplique el contratista, garantizando una escogencia objetiva, idónea y transparente donde el promedio académico juegue el papel preponderante.
Las condiciones que el Ingeniero Auxiliar debe acreditar son las siguientes:
1) Perfil de recién egresado con o sin experiencia y que cuente con un máximo de dos años contados a partir de la obtención del título.
2) Promedio académico definitivo en la carrera igual o superior a tres ocho (3,8).
FORMATO 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y Fecha:
Señores
PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER
Bogotá D.C. – Colombia
Referencia: CONVOCATORIA No. PAF-PMIB-I-018-2020
Por medio de los documentos adjuntos, me permito presentar propuesta para participar en la presente convocatoria cuyo objeto es contratar “LA INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LA EJECUCIÓN DE ESTUDIOS, DISEÑOS, Y CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS PRIORIZADAS, INCLUIDO EL ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL NECESARIO DEL PROYECTO MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX, SECTOR COMUNA 3, DE LA CIUDAD DE VALLEDUPAR, DEPARTAMENTO XXX XXXXX”.
En el evento de resultar aceptada mi propuesta, me comprometo a perfeccionar y legalizar el respectivo contrato en el término señalado por la entidad y a ejecutar el objeto contractual de acuerdo con los documentos que hacen parte del presente proceso de selección, del contrato, de esta propuesta y las demás estipulaciones de la misma, en las partes aceptadas por la entidad contratante.
En mi calidad de proponente declaro:
1. Que conozco los Términos de Referencia de la presente convocatoria, sus adendas e informaciones sobre preguntas y respuestas, así como los demás documentos relacionados con los trabajos, y acepto cumplir todos los requisitos en ellos exigidos.
2. De igual forma manifiesto que acepto las consecuencias que se deriven por el incumplimiento de los requisitos a que se refiere el numeral anterior.
3. Que acepto las condiciones establecidas por la entidad contratante para la ejecución del proyecto. Entendiendo su estructura y metodología.
4. Que en caso de ser aceptada mi propuesta, me comprometo a iniciar la ejecución del contrato respectivo, cuando la entidad contratante imparta la orden de iniciación, y a terminarlo dentro de los plazos contractuales de acuerdo con lo establecido en los documentos de los Términos de Referencia, la propuesta y el contrato, respectivamente.
5. Que conozco y acepto en un todo las leyes generales y especiales aplicables a este proceso de selección.
6. Que conozco detalladamente, en terreno y por información de las autoridades competentes, los sitios en que debo desarrollar el objeto a contratar, sus características, accesos, entorno socio económico, condiciones climatológicas, geotécnicas y geológicas, y que he tenido en cuenta este conocimiento para la elaboración de la propuesta y en consecuencia asumo los efectos de esta declaración.
7. Que con la presentación de la propuesta garantizo que cuento con el personal mínimo requerido, los perfiles de personales requeridos y el tiempo de dedicación y en caso de ser seleccionado presentaré previo a la suscripción del acta de inicio para verificación del supervisor del contrato, los respectivos soportes de formación académica y profesional y de experiencia de dicho personal.
8. Que con la firma de la presente Carta manifiesto bajo la gravedad del juramento que ni yo ni ninguno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal o de la persona jurídica que represento, nos encontramos incursos, así como ninguno de los miembros del consorcio o unión temporal, en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad y demás prohibiciones consagradas en la Ley para celebrar el contrato, ni en las causales de conflicto de interés señaladas en la normatividad que rige el presente proceso de selección.
9. Que leí cuidadosamente los Términos de Referencia de esta convocatoria, sus causales de rechazo y declaratoria de desierta, y elaboré mi propuesta ajustada a los mismos. Por tanto, conocí y tuve las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, efectuar preguntas y obtener respuestas a mis inquietudes.
10. Que conozco, acepto y cumpliré las obligaciones contenidas los Términos de Referencia, estudios previos, sus anexos y el contrato que aplica para esta convocatoria.
11. Que los recursos que componen mi (nuestro) patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita y que en caso de resultar favorecido(s) con la adjudicación, los recursos recibidos en desarrollo del contrato de la convocatoria no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas.
12. Declaro bajo la gravedad de juramento, que en mi país de origen no se encuentra establecido la autoridad que haga las veces de la Contraloría General de la República, así como el requisito de antecedentes fiscales requisito. [Aplica para personas jurídicas extranjeras sin domicilio y/o sucursal en Colombia] En caso que proceda.
13. Declaro bajo la gravedad de juramento, que en mi país de origen no se encuentra establecido la autoridad que haga las veces de la Procuraduría General de la Nación, así como el requisito de antecedentes disciplinarios. [Aplica para personas jurídicas extranjeras sin domicilio y/o sucursal en Colombia] En caso de que proceda.
14. Igualmente declaro bajo la gravedad de juramento, que toda la información aportada y contenida en folios correspondientes a los documentos, anexos y formularios jurídicos, financieros, técnicos y económicos, es veraz y susceptible de comprobación
RESUMEN DE LA PROPUESTA:
Nombre o Razón Social del Proponente: Documento de identidad o NIT: _ Representante Legal: País de Origen del Proponente: _
(En caso de presentarse la propuesta en consorcio o unión temporal se debe indicar el nombre y país de origen de cada uno de los integrantes).
Me permito informar que las comunicaciones relativas a esta convocatoria las recibiré en: Dirección:
Ciudad:
Teléfono(s): Teléfono Móvil: Correo Electrónico:
Atentamente,
PERSONA AUTORIZADA PARA FIRMAR LA PROPUESTA
Firma: Nombre: C.C.:
(En caso de personas naturales esta carta debe estar firmada por el proponente; en caso de personas jurídicas, consorcios o uniones temporales deberá estar firmada por el representante debidamente facultado).
NOTA: Para llenar cuando el Representante Legal del proponente no sea un Ingeniero Civil o Arquitecto.
“Debido a que el suscriptor de la presente propuesta no es Ingeniero Civil ni Xxxxxxxxxx, yo
(nombres y apellidos) Ingeniero Civil o Arquitecto, con Matrícula Profesional No.
y C. C. No. de , abono la presente propuesta”.
(Firma de quien abona la propuesta)
FORMATO 2
CERTIFICADO DE PAGO APORTES PARAFISCALES Y SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
Ciudad y Fecha:
Señores
PATRIMONIO AUTÓNOMO PLAN DE MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX – FINDETER
Bogotá D.C. – Colombia
Referencia: CONVOCATORIA No PAF-PMIB-I-018-2020
Objeto Convocatoria: CONTRATAR “LA INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LA EJECUCIÓN DE ESTUDIOS, DISEÑOS, Y CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS PRIORIZADAS, INCLUIDO EL ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL NECESARIO DEL PROYECTO MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX, SECTOR COMUNA 3, DE LA CIUDAD DE VALLEDUPAR, DEPARTAMENTO XXX XXXXX”.
De las siguientes opciones diligencie la manifestación expresa bajo la gravedad de juramento que le corresponda según el caso:
Yo, , identificado con , en mi condición de (marque con una X según el caso) Persona Natural Representante Legal Revisor Fiscal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit , debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de certifico el pago de los aportes de seguridad social (pensión, salud y riesgos laborales) y de los aportes parafiscales (Instituto Colombiano de Bienestar familiar ICBF, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y Caja de Compensación Familiar), cuando a ello hubiere lugar, correspondiente a la nómina de los últimos seis (6) meses que legalmente son exigibles a la fecha de presentación de la propuesta para el presente proceso de selección, (o sea, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos). Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, en concordancia con lo dispuesto por las Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014.
Yo, , identificado con , en mi condición de (marque con una X según el caso) Persona Natural Representante Legal Revisor Fiscal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit , declaro bajo la gravedad de juramento que no me encuentro obligado al pago de seguridad social y aportes parafiscales, por no tener personal a cargo.
Yo, como persona natural nacional para acreditar el cumplimiento de esta obligación
aporto con la propuesta la planilla o constancia de afiliación al Sistema General de Seguridad Social, mediante el cual acredito que me encuentro vinculado bajo la modalidad de cotizante, al menos del mes inmediatamente anterior a la fecha prevista para el cierre de la presente convocatoria.
Yo, , identificado con , en mi condición de (marque con una X según el caso) Persona Natural Representante Legal Revisor Fiscal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit
, certifico el pago de los aportes de pensión y riesgos laborales y de Caja de Compensación Familiar correspondiente a la nómina de los últimos seis (6) meses que legalmente son exigibles a la fecha de presentación de la propuesta para el presente proceso de selección, (o sea, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos) y así mismo declaro bajo la gravedad de juramento que NO me encuentro obligado a cancelar ICBF, SENA y Seguridad Social en Salud.
En las anteriores circunstancias, la certificación será expedida y firmada por el revisor fiscal cuando de acuerdo con la Ley esté obligado a tenerlo o cuando por estatutos así se dispuso, o por el representante legal cuando no esté obligado a tener revisor fiscal.
La anterior certificación se expide para efectos de dar cumplimiento al artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y demás normas concordantes, en consonancia con la Ley 828 de 2003 y las Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014.
Adicionalmente, tratándose de persona natural nacional deberá acreditar el cumplimiento de esta obligación con la planilla o constancia de afiliación al Sistema General de Seguridad Social, en la cual se evidencie que se encuentra vinculado al sistema bajo la modalidad de cotizante, al menos del mes inmediatamente anterior a la fecha prevista para el cierre de la presente convocatoria.
Atentamente,
Revisor Fiscal y/o Representante Legal Matricula Profesional (Si firma el Revisor Fiscal) CC.
*Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus miembros integrantes deberá certificar el cumplimiento de aportes a seguridad social y parafiscales de que trata este formato N° 2.
** En caso que la certificación sea expedida por Revisor Fiscal, se deberá aportar copia de la Tarjeta Profesional, copia de la cédula de ciudadanía y certificado vigente de antecedentes disciplinarios expedidos por la Junta Central de Contadores.
EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE PARA HABILITAR LA OFERTA
OBJETO: | |||||||
PROPONENTE: | |||||||
DATOS COMPLETOS DEL INTEGRANTE QUE APORTA LA EXPERIENCIA: | |||||||
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE PROPUESTA PARA HABILITAR LA OFERTA | |||||||
CONT. No. | OBJETO | ACTIVIDADES EJECUTADAS | VALOR EN SMMLV | ENTIDAD CONTRATANTE | FECHA DE INICIO | FECHA DE FINALIZ. | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓ N (C, UT) |
1 | |||||||
2 | |||||||
3 |
El proponente bajo la gravedad del juramento manifiesta que la información antes consignada es veraz y podrá ser consultada en cualquier momento, en consecuencia, se responsabiliza de lo aquí consignado. Y se compromete a presentar los documentos que requieran y que respaldan lo aquí consignado.
Nota1: En caso de propuestas plurales, cada uno de los miembros que conforman el proponente deberá diligenciar el presente formato, reseñando su aporte a la experiencia que se quiere acreditar.
Nota 2: El presente formulario se debe acompañar de las correspondientes certificaciones de experiencia o de los documentos establecidos en las alternativas de acreditación con los que se pretende cumplir los requisitos habilitación de experiencia. En ningún caso el proponente podrá cambiar o reemplazar los contratos o proyectos presentados inicialmente con la propuesta para acreditar la experiencia requerida, ya que no serán tenidos en cuenta. Únicamente podrá subsanarse la información referente a los documentos inicialmente presentados, de los cuales solamente se podrá aclarar, aportar información o documentos relacionados cuando la entidad así lo requiera.
Nota 3: Cuando los documentos de las alternativas de acreditación no contengan la información que permita su verificación, el proponente podrá anexar copia de los documentos soporte que sean del caso (siempre y cuando sean expedidos por la entidad contratante), que permitan evidenciar la ejecución del contrato o proyecto o tomar la información que falte.
Nota 4: El proponente deberá indicar en el presente formato el o los contrato(s) que aporta para acreditar cada una de las condiciones solicitadas como experiencia específica habilitante.
Nota 5: En caso de presentarse para efectos de acreditación de la experiencia un número mayor de contratos o proyectos al máximo requerido, serán objeto de verificación los contratos o proyectos relacionados en este formato, en su orden, y hasta el número máximo señalado en los términos de referencia. En caso de aportar un mayor número de contratos o proyectos a los requeridos o una certificación de varios contratos o proyectos y el proponente no señale en el formato los que requiere sean tenidos en cuenta para efectos de habilitación, se tomarán en cuenta los contratos o proyectos de mayor valor total ejecutado y hasta el número máximo requerido en los términos de referencia.
PROPUESTA ECONÓMICA
Presento a continuación mi propuesta económica en pesos colombianos, la cual incluye IVA, costos, gastos, impuestos, tasas y demás contribuciones a que hubiere lugar, que le apliquen.
PRESUPUESTO OFICIAL INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LA EJECUCIÓN DE ESTUDIOS, DISEÑOS, Y CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS PRIORIZADAS, INCLUIDO EL ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL NECESARIO DEL PROYECTO MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX, SECTOR COMUNA 3, DE LA CIUDAD DE VALLEDUPAR, DEPARTAMENTO XXX XXXXX | |
FORMATO No.4 | |
1. ETAPA 1. INTERVENTORIA A LOS DIAGNÓSTICOS, ESTUDIOS Y DISEÑOS | |
DESCRIPCIÓN | VALOR TOTAL |
VALOR TOTAL ETAPA DE INTERVENTORIA A DIAGNOSTICOS, ESTUDIOS Y DISEÑOS | $ - |
INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LA EJECUCIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS DEL PROYECTO MEJORAMIENTO INTEGRAL XX XXXXXXX, XXXXXX XXXXXX 0, XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXXX XXX XXXXX | |
VALOR TOTAL IVA 19% ETAPA 1 | $ - |
2. ETAPA 2. INTERVENTORIA A LA EJECUCIÓN DE OBRA | |
DESCRIPCIÓN | VALOR TOTAL |
VALOR TOTAL ETAPA DE INTERVENTORIA A LA EJECUCION DE LAS OBRAS | $ - |
INTERVENTORÍA INTEGRAL (ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, CONTABLE, AMBIENTAL, SOCIAL, JURÍDICA Y TÉCNICA) A LA CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS PRIORIZADAS, INCLUIDO EL ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL NECESARIO DEL PROYECTO MEJORAMIENTO XXXXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXX XXXXXX 0, XX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXXX XXX XXXXX | |
VALOR TOTAL IVA 19% ETAPA 2 | $ - |
3. VALOR TOTAL OFERTA (1+2) | $ - |
Representante Legal | |
Proponente: |
Todos los valores de la propuesta deberán estar ajustados al peso sin centavos, caso contrario la entidad procederá a ajustar el valor que no lo este, redondeándolo por exceso o por defecto al peso.
FORMATO 5
ESTIMACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA DETALLADA Y FACTOR MULTIPLICADOR
El proponente seleccionado deberá diligenciar el Formato de Estimación Propuesta Económica Detallada y Factor Multiplicador para las Etapas 1 y 2, teniendo especial cuidado de diligenciar cada una de las casillas por todo el personal ofrecido, que en todo caso, no puede ser inferior al personal mínimo (Anexo 1), de acuerdo a la dedicación mínima requerida para la ejecución de la respectiva etapa y totalizar las mismas, así como los demás costos directos requeridos en el presente formato y presentarlo al supervisor del contrato una vez suscrito el mismo y como requisito previo a la suscripción del acta de inicio .
Este formato no se debe presentar con la propuesta, se considera únicamente una herramienta para la supervisión del contrato, por lo tanto, no será objeto de verificación ni evaluación y en ningún caso puede modificar el valor de la propuesta económica presentada.
PROPONENTE: | |||||||
A. ETAPA 1: INTERVENTORIA ESTUDIOS Y DISEÑOS | |||||||
PERSONAL PROFESIONAL | |||||||
CONCEPTO | A | B | C | D | E | F | |
PERSONAL PROFESIONAL | CANTIDAD | SUELDO MES BÁSICO | % DEDICACIÓN | F.M. % | VALOR MES (AxBxCxD) | No. DE MESES | TOTAL PARCIAL (ExF) |
SUBTOTAL COSTO PERSONAL PROFESIONAL (1) | |||||||
PERSONAL TÉCNICO | |||||||
PERSONAL TÉCNICO | CANTIDAD | SUELDO MES BÁSICO | % DEDICACIÓN | F.M. % | VALOR MES (AxBxCxD) | No. DE MESES | TOTAL PARCIAL (ExF) |
SUBTOTAL COSTO PERSONAL TÉCNICO (2) | |||||||
OTROS COSTOS DIRECTOS | |||||||
OTROS COSTOS DIRECTOS | UNIDAD | CANTIDAD | VR. UNITARIO | TOTAL | |||
SUBTOTAL OTROS COSTOS DIRECTOS (3) |
RESUMEN GENERAL | |||||||
COSTO TOTAL (1+2+3) | |||||||
IVA 19% (SOLO APLICA PARA EL PROYECTO XX XXXXXX) | |||||||
VALOR TOTAL ETAPA 1 INTERVENTORÍA ETAPA ESTUDIOS Y DISEÑOS (A) | |||||||
B. ETAPA 2: INTERVENTORIA DE OBRA | |||||||
PERSONAL PROFESIONAL | |||||||
CONCEPTO | A | B | C | D | E | F | |
PERSONAL PROFESIONAL | CANTIDAD | SUELDO MES BÁSICO | % DEDICACIÓN | F.M. % | VALOR MES (AxBxCxD) | No. DE MESES | TOTAL PARCIAL (ExF) |
SUBTOTAL COSTO PERSONAL PROFESIONAL (1) | |||||||
PERSONAL TÉCNICO | |||||||
PERSONAL TECNICO | CANTIDAD | SUELDO MES BÁSICO | % DEDICACIÓN | F.M. % | VALOR MES (AxBxCxD) | No. DE MESES | TOTAL PARCIAL (ExF) |
SUBTOTAL COSTO PERSONAL TÉCNICO (2) | |||||||
OTROS COSTOS DIRECTOS | |||||||
OTROS COSTOS DIRECTOS | UNIDAD | CANTIDAD | VR. UNITARIO | TOTAL | |||
SUBTOTAL OTROS COSTOS DIRECTOS (3) | |||||||
RESUMEN GENERAL | |||||||
COSTO TOTAL (1+2+3) | |||||||
IVA 19% (SOLO APLICA PARA EL PROYECTO XX XXXXXX) | |||||||
VALOR TOTAL ETAPA 2 INTERVENTORÍA ETAPA DE OBRA (B) | |||||||
C. VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA (A + B) - |
C | DESCRIPCIÓN | % |
A | Salario Básico (Nómina Total Mensual) | 100,00% |
B | Prestaciones Sociales | |
Prima de servicios | ||
Cesantías | ||
Intereses sobre cesantías | ||
Vacaciones | ||
C. | Sistema de Seguridad Social Integral | |
Pensión | ||
Salud | ||
ARP | ||
Subsidio Familiar | ||
SENA | ||
ICBF | ||
Subtotal B+C | ||
D. | Otros | |
Dotación | ||
Subtotal A+B+C+D | ||
E. | Costos Indirectos | |
E1 | Gastos Generales | |
E2 | Gastos legales | |
Subtotal (E1+E2) |
F. | Honorarios (Incluye Gastos Contingentes) | |
FACTOR MULTIPLICADOR (A+B+C+D+E+F) |
Nota: Este formato deberá presentarse en Excel y PDF.