DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN Cláusulas de Ejemplo

DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN. Corresponde Dirección de Contratación (sic) el ejercicio de las siguientes funciones: (…)
DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN. JULIO DE 2018 TABLA DE CONTENIDO
DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN. Le corresponde a la Dirección de Contratación: 1. Asesorar al Subdirector General y al Secretario General y realizar el control de legalidad de los procesos contractuales que celebre la Entidad. 2. Establecer los lineamientos jurídicos que en materia de contratación deben adelantar las Direcciones Regionales y demás dependencias del ICBF. 3. Dirigir, coordinar y adelantar los procesos de contratación de la Dirección General y asesorar en estos procesos a las Direcciones Regionales, de conformidad con la normativa vigente y dentro del marco de las políticas del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación. 4. Liderar jurídicamente el proceso de contratación del ICBF en sus etapas precontractual, contractual, de ejecución y postcontractual. 5. Asesorar y revisar los estudios previos, los proyectos de pliegos de condiciones, los pliegos de condiciones definitivos, las invitaciones públicas, convocatorias o sus equivalentes, elaborados por las Áreas para los procesos de contratación, ejerciendo control de legalidad y unificando el criterio jurídico. 6. Establecer y unificar las condiciones jurídicas de los pliegos de condiciones o sus equivalentes y los requerimientos legales a solicitar a cada proponente en los diferentes procesos de contratación, lo cual hará parte integral de los pliegos de condiciones. 7. Vigilar, controlar y verificar la custodia de los documentos generados en los diversos procedimientos de contratación del Instituto en la Dirección General y asesorar y controlar a las Direcciones Regionales en esta materia. 8. Adelantar el procedimiento para la imposición de las multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento a que haya lugar en materia contractual de la Dirección General, en coordinación con los supervisores del contrato y asesorar a las Direcciones Regionales en esta materia. 9. Adelantar las reclamaciones a que haya lugar frente a entidades aseguradoras en la Dirección General y asesorar y controlar a las Direcciones Regionales en esta materia. 10. Realizar la publicación de los documentos precontractuales, contractuales y postcontractuales que la ley y el Manual de Contratación exijan, en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública, SECOP, y en el sitio web de la Entidad (en los casos que aplique) y asesorar a las Direcciones Regionales en esta materia. 11. Emitir los conceptos jurídicos en materia contractual que se requieran. 12. Proyectar, elaborar y revisar las minutas de contratos y convenios que la Ent...
DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN. La Dirección de Contratación, tendrá las siguientes responsabilidades en materia del Proceso de Contratación de la Alcaldía Municipal xx Xxxxxxx: E • Coordinar los procesos de selección, contratos y convenios que suscriba la Alcaldía Municipal xx Xxxxxxx con el fin de garantizar que estos se ajusten al marco legal de contratación y a los planes, programas y proyectos de la Alcaldía. • Asesorar jurídicamente a las distintas dependencias de la Alcaldía en las diferentes etapas del Proceso de Contratación. • Ejercer la Secretaría Técnica del Comité de Contratación, en cabeza del Director de Contratación. • Recibir y revisar la legalidad de las solicitudes de contratación, documentos y estudios previos que la soportan. • Revisar la totalidad de documentos que comprenden los estudios previos con el fin de verificar la correcta elaboración de los mismos, brindar el apoyo jurídico requerido y continuar con la etapa de selección de proponentes. • Consolidar los estudios previos. • Recibir y direccionar a los Gestores de los estudios previos y al Comité Evaluador, según corresponda, las observaciones, contraobservaciones y en general toda comunicación que se alleguen a la Entidad por parte de los proponentes y/o interesados, correspondientes a los procesos de selección. • Construir las invitaciones, proyectos xx xxxxxx, pliegos definitivos, entre otros. • Elaborar los avisos, adendas, resoluciones de suspensión, de declaratoria de desierta, de adjudicación, y demás documentos que comprendan la etapa selección si hay lugar. • Elaborar las respuestas a las observaciones, reclamaciones y/o recursos jurídicos que se presenten a la invitación, al proyecto xx xxxxxx y al pliego definitivo. • Designar a los funcionarios o contratistas de la Alcaldía que conformarán el equipo evaluador, según corresponda. • Elaborar convenios, contratos y demás documentos de orden contractual tales como adiciones, prórrogas, cesiones, modificaciones, convenios u órdenes, y todos aquellos que se requieran en la materia. • Acompañar los procedimientos administrativos sancionatorios contractuales y los procedimientos administrativos para la efectividad de las garantías post- contractuales. • Revisar las garantías, y gestionar su aprobación por parte del Director de Contratación. • Ordenar y autorizar la publicación en el SECOP de la totalidad de documentos de los procesos de contratación en todas sus etapas. • Realizar tránsito gradual y paulatino al SECOP II, en la medida en que Colombia Com...
DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN. 166222 Servicio de asesoramiento relacionados con la normativa de protección de datos (RGPD). 167097 Servicio de asesoramiento en procesos de selección. 162280 Redaccion del proyecto constructivo y ejecucion de obra de adaptacion de las estaciones de Cariñena y Ferreruela para la circulación de trenes de mercancias de 750 m.línea Sagunto - bif. Teruel.instalaciones de seguridad y comunicaciones. Presupuesto sin I.V.A. MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL 168472 Asistencia técnica a la Subdirección General de Programación y Evaluación del Fondo Social Europeo para la evaluación intermedia de las estrategias de comunicación de los Programas Operativos Plurirregionales del Fondo Social Europeo en el marco del periodo de programación 2014-2020. (Podrá ser cofinanciado por FSE (2014ES05SFTA001) MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA 161016 Servicio de pruebas e inspecciones reglamentarias de las instalaciones y equipos del Centro de Almacenamiento de El Cabril que están sometidos a normativa industrial. Presupuesto sin I.V.A. OTROS ORGANISMOS OFICIALES 170974 Contratación del servicio de soporte y mantenimiento de las licencias AUTOCAD. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS XXXXX 162149 Asistencia técnica para la redacción del proyecto de construcción de la reducción de la congestión en nodos viales metropolitanos y conexión con la red Transeuropea. Tramo Cruces-Rontegi. Presupuesto sin I.V.A. 162227 Redacción del plan especial de rehabilitación xxx xxxxx histórico del municipio de Hondarribia. Presupuesto sin I.V.A. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA 166419 Servicios de dirección de obra de la rehabilitación de las dependencias de los talleres xx Xxxxxxxxx de los Ferrocarriles de la Generalidad de Cataluña. (PO17/19) 162213 Contrato de servicio de redacción del proyecto y posterior dirección de las obras de construcción de la Escuela de Música de Valldoreix. Presupuesto sin I.V.A. 166105 Asistencia técnica para la prestación de apoyo al Servicio de Tejido Productivo en la realización de las actuaciones incluidas en el servicio NEXUS dividido en 4 lotes. 161028 Servicio de asistencia técnica de verificaciones FEDER 2014-2020: Proyectos de Especialización y Competitividad Territorial (PECT). Presupuesto sin I.V.A. 160994 Estudio de la reutilización de los fangos de la EDAR de Alpens con finalidades agrícolas. Presupuesto sin I.V.A. 162325 Servicio de asesoramiento en materia urbanística del ayuntamiento de Begur, y realización de tareas de colaboración con e...
DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN. ABRIL DE 2020
DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN. Sitio Web xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxx.xx Dirección Postal EDIFICIO PIOVERA AZUL, X/ Xxxxxxx, 00, XXXXXXXX GENERAL (28042) Madrid España Contacto Teléfono 000000000 Fax 000000000 Correo Electrónico xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxxxx@xxxx.xx
DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN. 14 DE SEPTIEMBRE DE 2017
DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN. JULIO DE 2019

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  • MESA DE CONTRATACIÓN La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.

  • CESIÓN DE CONTRATO SI, ver Anexo VII NO

  • SISTEMA DE CONTRATACIÓN El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

  • COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN La Mesa de Contratación estará compuesta por: PRESIDENTE. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento o Concejal en quien delegue. VOCALES. 1.- Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. 2.- Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx. 3.- Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx. 4.- Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. 5.- Xxxx Xxxxxxxxx Escuchas Xxxxxxxxx. 6.- Secretario General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. 7.- Interventor Accidental del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. SECRETARIO. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, o funcionario en quien delegue. La constitución de la mesa tendrá lugar en el Salón de Plenos del Ayuntamiento a las 12 horas xxx xxxxxx día hábil que no sea sábado siguiente el plazo establecido para la presentación de las ofertas. -Calificación de los documentos: La Mesa de contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma en el sobre A). A los efectos de la expresada calificación, el presidente ordenará la apertura de los sobres y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observare defectos subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente al interesado concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que subsane el error y mediante exposición pública en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. Se entenderá por defecto sustancial o deficiencia no subsanable la no inclusión en el sobre A) de todos o algunos de los documentos reseñados en la letra a), b) y c) de la cláusula 11 del presente pliego. Además, se considera defecto insubsanable la falta de firma de la proposición o documentos anexos a la misma, así como la presentación de un solo sobre cuando se exigen dos. Si los documentos se aportan en fotocopias sin compulsar, se considerará defecto formal subsanable. La existencia de defectos subsanable no impedirá la apertura de todas las proposiciones, sin perjuicio de no tomar en consideración a aquellas correspondientes a los licitadores que en el plazo de subsanación de deficiencias no las hayan subsanado. A continuación, en acto público el secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres B) y dará lectura de las proposiciones formuladas por ellos. La Mesa evaluará las proposiciones mediante los criterios de valoración que se recogen por orden decreciente de importancia y ponderación establecidos en el presente pliego y formulará la propuesta que estime pertinente al órgano de contratación. La Mesa de contratación podrá solicitar, antes de formular la propuesta, los informes técnicos que considere necesario que tengan relación con el objeto del contrato. La mesa de contratación elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y la propuesta al órgano de contratación. Antes de la adjudicación y dentro del plazo de cinco días hábiles, el adjudicatario propuesto deberá, además de haber subsanado los defectos formales apreciados en la apertura de la documentación presentar, por original o copias compulsadas, la siguiente documentación: 1. Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas y el último recibo del mismo. 2. Certificación administrativa positiva, expedida por el órgano competente, acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de hallarse al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social. 3. Designar el representante de la empresa. La falta de presentación de alguno de estos documentos o su presentación defectuosa dará lugar a la no adjudicación. En este caso la Mesa formulará al órgano de contratación propuesta de adjudicación al licitador que hubiese realizado la siguiente mejor oferta y haya aportado la documentación exigida.

  • MESA DE CONTRATACION El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Cuando el órgano de contratación sea la Junta de Contratación, ella misma actuará como Mesa de Contratación. Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 146 TRLCSP. En su caso, y en los supuestos contemplados en la normativa, se designará un organismo técnico especializado o un Comité de Expertos de apoyo a la Mesa de contratación, y a los que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas conforme a los criterios establecidos en los Pliegos.

  • ÓRGANO DE CONTRATACIÓN 2.1.- El órgano de contratación es el que se indica en la Portada de este Pliego. 2.2.- El órgano de contratación tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.

  • ORGANO DE CONTRATACIÓN 5.1.- De conformidad con el artículo 61 LCSP, la representación de las entidades del sector publico en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre. 5.2.- El órgano de contratación, que actúa en nombre AUDITORIO DE TENERIFE, es el CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN de la Sociedad.

  • SERVICIO DE CONTRATACIÓN PARA CONTRATAR “denominación completa del contrato al que se licita”. D./Xx ……………………….. con N.I.F. en nombre propio o en representación de , C.I.F., declara que: - No se halla comprendido/a o que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes no se hallan comprendidos en ninguna de las causas de prohibición e incompatibilidad para contratar reguladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Los poderes aportados se encuentran vigentes en la actualidad. - Se encuentra dado/a de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, declarando asimismo la vigencia del alta. - Se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con el Ayuntamiento, y de las cuotas de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose en caso de resultar su proposición la oferta económicamente más ventajosa, a aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de tales circunstancias en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento del órgano de contratación para su justificación, en los términos establecidos en el artículo 151 del TRLCSP. - A los efectos de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social se autoriza al Ayuntamiento a solicitar estos datos de forma telemática a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social. La autorización se otorga exclusivamente a los efectos de la adjudicación del presente contrato y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 95.1 K) de la Ley 58/2003, General Tributaria que permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, así como lo previsto en el artículo 14.2.b del Real Decreto 209/2003, sobre la obtención de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social. La autorización comporta el conocimiento y aceptación de las condiciones que rigen la cesión de datos conforme a las previsiones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento de Medidas de Seguridad de Ficheros Automatizados que contengan datos de Carácter Personal, aprobado por el Real Decreto 944/1999, de 11 xx xxxxx. Lugar, fecha y firma del licitador o de su representante y sello de la empresa. D/Dña. (nombre y apellidos) , con domicilio en calle/plaza/avenida código postal , localidad , actuando en su propio nombre y derecho o en representación de (identificación de la persona que representa) , con C.I.F. (o documento que reglamentariamente le sustituya) número , y domicilio en calle/plaza/avenida , código postal , localidad , por su calidad de (apoderado/a, administrador/a, etc..) , al objeto de participar en la contratación de referencia, DECLARA bajo su responsabilidad Que los datos y circunstancias acreditados mediante certificación de fecha , de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana/Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado se encuentran vigentes, así como las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la referida certificación, sin que se encuentre pendiente ninguna variación de datos o circunstancias reflejadas en los documentos confiados al mismo. Que los datos y circunstancias acreditados mediante certificación de fecha , de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana/Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado se encuentran vigentes, así como las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la referida certificación, excepto en lo que a continuación se indica, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración:

  • MODALIDAD DE CONTRATACIÓN No aplica la oferta subsecuente de descuento como modalidad de contratación.

  • RESOLUCIÓN DE CONTRATO Las causas de resolución son las previstas en el Art. 223 del TRLCSP. Calificándose como obligaciones contractuales esenciales a los efectos de lo dispuesto en las letras h) e i) las indicadas en la letra R del Cuadro de Características.