CONDICIONES
CONDICIONES
INVITACION PRIVADA de 2014
Contratar las pólizas de seguros requeridas para el adecuado cubrimiento de los riesgos de los activos e intereses patrimoniales de propiedad de la EMPRESA COLOMBIANA DE PRODUCTOS VETERINARIOS S.A. – VECOL S.A., y aquellos que
están bajo su responsabilidad y custodia, así como los Seguros de Vida para la protección de los funcionarios y los créditos otorgados a los mismos.
Bogotá D. C. 15 DICIEMBRE de 2014
1. GENERALIDADES
1.1. OBJETO INVITACIÓN
La Empresa Colombiana de Productos Veterinarios S.A.- VECOL S.A. está interesada en recibir propuestas de compañías de seguros legalmente establecidas en Colombia para contratar mediante pólizas de seguros el cubrimiento de los bienes e intereses patrimoniales de propiedad de VECOL S.A. y aquellos por los que sea o llegare a ser legalmente responsable o estén bajo su custodia, así como los Seguros de Vida para la protección de los funcionarios y los créditos otorgados a los mismos.
1.2. PROGRAMA DE SEGUROS DE VECOL S.A.:
Los oferentes deben presentar propuesta para todos los xxxxx de seguros a contratar y descripción de coberturas solicitadas para los bienes e intereses de la Entidad así:
GRUPO 1
Seguro Todo Riesgo Daños Materiales
Seguro de Automóviles
Seguro Global de Manejo para Entidades Oficiales
Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual
Seguro Transportes Automático de Valores
Seguro de Transporte Automático de Mercancía
GRUPO 2
Seguro de Vida Grupo Pacto Colectivo
Seguro de Vida Grupo Sindicalizados
Seguro de Vida Grupo Deudores
GRUPO 3
Seguro de Responsabilidad Civil para Servidores Públicos (Directores & Administradores) – Incluyendo Gastos de Defensa
VECOL S.A. Podrá elegir una o varias Compañías de Seguros. En consecuencia, los interesados podrán presentar oferta para el Grupo 1, 2 ó 3. No obstante lo anterior, el oferente que presente su propuesta para el Grupo No 1 y tenga aprobado y comercialice el producto de RC SERVIDORES PUBLICOS – DIRECTORES & ADMINISTRADORES
deberá OBLIGATORIAMENTE presentar oferta para el Grupo No 3.
En todo caso, la propuesta deberá contener todos los xxxxx que conforman el Grupo al que se presenta oferta.
1.3. VIGENCIA DE LOS SEGUROS A CONTRATAR Y DURACION DEL CONTRATO
La vigencia técnica de las pólizas de seguro será anual a partir de las 00:00 horas del 26 de enero de 2015 a las cero horas (00:00), hasta las 24:00 horas del 25 de enero de 2017.
La presente convocatoria será adjudicada por el término de dos (2) años, con VIGENCIA TECNICA y pago xx xxxxxx de forma ANUAL, así como la revisión anual de términos, en el evento de que la siniestralidad de la primera anualidad sea superior al 60% (Primas facturadas – siniestros en reserva y pagados).
En este sentido, la(s) aseguradora(s) favorecida(s) en el presente proceso de selección, deberán presentar con 90 días de anticipación al vencimiento anual de las pólizas, las condiciones técnicas y económicas ofrecidas para la siguiente vigencia anual. La citada propuesta será revisada y verificada por VECOL S.A. con la asesoría de DeLima Xxxxx S.A., acorde con las condiciones xxx xxxxxxx asegurador a esa fecha y las estadísticas de siniestralidad. VECOL S.A. se reserva el derecho de aceptar o no las mismas ó de solicitar a la(s) aseguradora(s), las modificaciones y ajustes que considere pertinentes, sin que esto implique aceptación o compromiso de la Entidad, para su renovación.
CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Invitación a las aseguradoras | 16 de Diciembre / 2014 |
Inspección de la planta | 22 de Diciembre de 2014 / 8:30 a.m. |
Recibo de observaciones, inquietudes solicitadas por las aseguradoras | Hasta el 30 de Diciembre de 2014 |
Fecha limite de recibo de las ofertas | 09 de Enero de 2015, a las 4:00 p.m. |
Evaluación y verificación de las ofertas recibidas | Hasta el 16 de Enero/2015 |
Contratación | Del 19 al 20 de Enero/2015 |
Expedición de pólizas y/o notas de cobertura | Hasta el 23 de Enero de 2015 |
Inicio de Vigencia | El 26 de Enero de 2015 a las 00:00 horas. |
1.5. COMUNICACIONES
Las observaciones deberán dirigirse al área jurídica, Secretaría General de VECOL S.A. localizada en la Xx. Xxxxxx Xx. 00-00, Xxxxxx X.X., en el horario comprendido entre las 8:00a.m. y las 3:00 p.m. o vía fax (0000000) o por email a xxxxxx.xxxxxx@xxxxx.xxx.xx, con copia de DeLima Xxxxx S.A. a los Srs. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx G xxxxx.x.xxxxxxx@xxxxx.xxx y Xxxx Xxxxxxx Garzón xxxx.x.xxxxxxx@xxxxx.xxx
1.6. VISITA A LAS SEDES DE VECOL S.A.
Se realizará una visita, a las instalaciones de VECOL S.A. Dicha visita se efectuará en el día y hora señalados en el cronograma del presente proceso. El sitio de reunión será en el Auditorio de VECOL S.A.
Es de absoluta responsabilidad y cuenta de los interesados en participar en la presente Invitación, llevar a cabo las visitas de inspección de riesgos, si así lo desean.
En consecuencia, la aseguradora adjudicataria no podrá en ningún caso oponer excepciones ni formular objeciones fundamentadas en la circunstancia de no haber llevado a cabo la inspección de los riesgos o por desconocimiento de los mismos. Las recomendaciones de mejora que resulten de la visita de inspección no podrán ser consideradas como garantías de la póliza.
1.7. PRESENTACION DE LA PROPUESTA
La propuesta será presentada en un sobre cerrado y sellado que contenga el ORIGINAL DE LA PROPUESTA, PRIMERA COPIA y SEGUNDA COPIA.
Cada uno de los sobres deberá marcarse de la siguiente forma:
INVITACIÓN PRIVADA de 2014
NOMBRE DEL OFERENTE:
IDENTIFICACIÓN DEL CONTENIDO (ORIGINAL, PRIMERA COPIA, Y SEGUNDA COPIA.
1.8 CIERRE DE LA INVITACIÓN
La Invitación se cerrará en el día y hora fijado en el cronograma del presente Documento, en la Secretaria General de VECOL S.A. localizada en la dirección antes señalada.
IMPORTANTE: Los gastos, derechos e impuestos, serán por cuenta del Asegurador; así mismo serán de su cuenta, todos los gastos, derechos, impuestos, tasas, contribuciones y demás que se causen por razón del perfeccionamiento de las pólizas o contrato de seguro, o durante su desarrollo y que se requiera cancelar para dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre el particular.
1.9. COMITÉ EVALUADOR
VECOL S.A., por medio del comité evaluador conformado para el efecto y en compañía de su corredor de seguros DELIMA XXXXX S.A., hará los estudios del caso y el análisis comparativo de las propuestas. La evaluación de las propuestas se basará en la documentación, información y anexos correspondientes, por lo cual es requisito indispensable consignar y adjuntar toda la información detallada que permita su análisis.
2. REQUISITOS PARA PARTICIPAR
Se encontrarán habilitadas para ser adjudicatarias del presente proceso, las aseguradoras debidamente inscritas y autorizadas ante la Superintendencia Financiera de Colombia S.A. para otorgar las coberturas objeto de su oferta, debidamente suscrita por el proponente, representante legal de la persona jurídica, persona designada para representar el Consorcio o Unión Temporal, o apoderado, según el caso.
2.1. DOCUMENTOS PROPUESTA
2.1.1. Carta de Presentación de la Oferta (FORMATO No.1)
Presentar la propuesta debidamente suscrita por el proponente, representante legal de la persona jurídica, persona designada para representar el Consorcio o Unión Temporal, o apoderado, según el caso. (Formato No. 1)
2.2.2. Certificado Expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia
Certificado de constitución y representación, expedido dentro de los sesenta (60) días calendarios anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, en donde se verifique la representación legal y la autorización para operar cada uno de los xxxxx de seguro para los cuales presenta oferta.
2.2.3. Certificado Expedido por la Cámara de Comercio
El proponente deberá allegar certificado xx Xxxxxx de Comercio, con fecha de expedición dentro de los sesenta (60) días calendarios anteriores al cierre de la Invitación, donde conste que el objeto social corresponde el objeto del presente proceso.
2.2.4. Documento de Conformación del Consorcio o Unión Temporal.
Si la oferta es presentada por un Consorcio o Unión Temporal, se deberá anexar el documento donde conste la conformación del Consorcio o la Unión Temporal, el cual deberá contener como mínimo la información requerida en los Formatos 2 o 3, según corresponda.
No se aceptará la presentación de propuesta bajo modalidad de coaseguro.
2.2.5. Original de la Garantía de Seriedad de la Propuesta con sus Condiciones Generales
El proponente debe constituir y entregar junto con la propuesta, una garantía de seriedad de la misma, que consistirá en una póliza expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para operar en Colombia diferente al proponente o a sus integrantes en el caso de los Consorcios y Uniones Temporales, o mediante garantía bancaria de conformidad con lo siguiente:
Beneficiario: VECOL S.A. Afianzado: El oferente
Vigencia: 120 días calendario a partir de la fecha de cierre de la Invitación.
Cuantía: $120.000.000
A la propuesta deberá anexarse, además del original de la correspondiente póliza, el recibo de pago o constancia de pago.
En caso de presentarse participación de Consorcios o Uniones Temporales, la póliza de seriedad de la propuesta deberá ser tomada a nombre del Consorcio o Unión Temporal, indicando el nombre de cada uno de sus integrantes y debe estar suscrita por el representante legal del mismo.
2.2.6. Certificado Experiencia en Primas
El proponente deberá anexar original o copia de certificaciones debidamente suscritas de la siguiente forma:
Para el Grupo No.1, deberá adjuntar una relación expedida y firmada por el representante legal del proponente, que incluya mínimo tres (3) clientes públicos o privados vinculados contractualmente con el proponente en los últimos tres (3) años (indicando vigencia), cuyas primas de cada uno de los clientes sean iguales o superiores a $500’000.000 (sin IVA) y que incluya en cada uno de los clientes por lo menos tres (3) de los xxxxx (pólizas) que conforman el Grupo No.1.
Para el Grupo No.2, deberá adjuntar una relación expedida y firmada por el representante legal del proponente, que incluya mínimo tres (3) clientes públicos o privados vinculados contractualmente con el proponente en los seguros de Grupo Vida y en los últimos tres
(3) años (indicando vigencia), cuyas primas sean iguales o superiores a $100’000.000
Para el Grupo No.3, deberá adjuntar una relación expedida y firmada por el representante legal del proponente, que incluya como mínimo tres (3) clientes públicos o privados vinculado contractualmente con el proponente en el Seguro de Responsabilidad Civil Servidores Públicos ó Directores & Administradores, en los últimos tres (3) años (indicando vigencia), cuyas primas sean iguales o superiores a $50’000.000 (sin IVA).
En caso de pólizas en las cuales el proponente haya participado en Unión Temporal o Consorcio, deberá indicarse el valor de la prima e IVA correspondiente a su participación.
2.2.7. Certificado Experiencia en pago de siniestros
El proponente deberá anexar original o copia de certificaciones suscritas de la siguiente forma:
Para el Grupo No.1, deberá adjuntar una relación expedida y firmada por el representante legal del proponente, que incluya como mínimo de tres (3) clientes públicos o privados a quienes se les haya indemnizado siniestros dentro de los últimos tres (3) años con anterioridad a la fecha de cierre del presente proceso (indicando fecha de pago), en cuantía superior por cada cliente de DOSCIENTOS MILLONES ($200.000.000), en al menos la sumatoria de dos (2) de los xxxxx (pólizas) que conforman el Grupo.
Para el Grupo No.2, deberá adjuntar una relación expedida y firmada por el representante legal del proponente, que incluya como mínimo tres (3) clientes públicos o privados a quien se le haya indemnizado siniestros dentro de los últimos tres (3) años con anterioridad a la fecha de cierre del presente proceso (indicando fecha de pago), en cuantía superior cada siniestro de SESENTA MILLONES DE PESOS ($60’000.000).
Para el Grupo No.3, deberá adjuntar una relación expedida y firmada por el representante legal del proponente, que incluya como mínimo tres (3) clientes públicos o privados a quien se le haya indemnizado siniestros dentro de los últimos tres (3) años con anterioridad a la fecha de cierre del presente proceso (indicando fecha de pago), en cuantía superior cada siniestro de VEINTE MILLONES DE PESOS ($20’000.000). Se aceptan pagos de indemnizaciones bajo la cobertura de Gastos de Defensa.
2.2.8 Organigrama
El proponente deberá adjuntar una descripción de la estructura organizacional, operativa y técnica, acompañada del respectivo organigrama.
2.2.9 Propuesta Técnica
El oferente deberá presentar propuesta técnica para cada una de las pólizas que conforman los grupos del presente proceso, que incluya la siguiente información:
Ejemplares de las condiciones generales y sus Anexos, para cada uno de los xxxxx.
Las coberturas y sublímites asegurados, cláusulas adicionales, y en general las condiciones ofrecidas para cada ramo, según lo indicado en el presente Documento.
Relación de los Ajustadores propuestos por la Compañía para el ajuste de siniestros cuando así se requiera.
Determinación para cada una de las pólizas de los documentos necesarios para la formalización de la reclamación, y el número de días dentro de los cuales se efectuará el pago o se repondrá el bien. FORMATO No. 5
Nota 1: En caso de existir discrepancia entre los ofrecimientos contenidos en la propuesta y los textos, condiciones generales, cláusulas y definiciones de las pólizas, prevalecerá la información de la propuesta, acorde con las condiciones técnicas particulares ofrecidas.
Nota 2: En materia de riesgos excluidos VECOL S.A. acepta únicamente los expresamente mencionados como exclusiones absolutas de cobertura las que figuran en el texto del condicionado general depositado por la Aseguradora en la Superintendencia Financiera con anterioridad no inferior a quince (15) días hábiles al cierre del proceso. Serán válidas las exclusiones relativas consignadas en los mencionados condicionados generales solo cuando no contradigan las condiciones técnicas básicas habilitantes del presente proceso, en cuyo caso prevalecerán las condiciones técnicas básicas habilitantes.
Las condiciones Técnicas Básicas se encuentran contenidas en el ANEXO No. 1 y corresponden a los términos de las coberturas, cláusulas y demás condiciones particulares mínimas exigidas como OBLIGATORIAS por VECOL S.A. que por sus especiales características requieren de una exigencia particular de cumplimiento que no puede obviarse y por lo tanto los proponentes deben con base en éstas formular sus ofertas.
Las condiciones identificadas como especificaciones técnicas básicas establecidas en el
Anexo No.1 son de obligatorio cumplimiento.
Las ofertas que presenten condiciones técnicas y económicas, superiores a las que se exigen en el Documento, no exime a los oferentes de la obligación de presentar la oferta básica.
2.2.10. Propuesta Económica
El oferente deberá presentar una propuesta económica para cada una de las pólizas que conforman los Grupos para los cuales presenten oferta y que son objeto de esta Invitación, para tal efecto debe diligenciar el cuadro resumen económico de la propuesta, FORMATO No. 4.
CAPITULO III - FORMATOS FORMATO No. 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Bogotá, D.C.,
Señores
VECOL S.A.
Bogotá.
Ref.: INVITACIÓN PRIVADA de 2014
Respetados señores:
La presente tiene por objeto presentar propuesta para contratar
(Detalle el bien, servicio u obra que se ofrece. Así mismo, el (los) suscritos declara(n) que:
Tenemos poder y/o representación legal para firmar y presentar la propuesta.
Esta propuesta, compromete totalmente a la(s) persona(s) jurídica(s) que legalmente represento1. De la misma manera, en caso de adjudicación, el (los) contrato (s) será(n) firmado(s) por la siguiente persona2 en representación de la(s) compañía(s) aseguradora(s)3:
Nombre:
Documento de Identidad:
Cargo:
Nombre de la Compañía:
Xxxxx estudiado cuidadosamente los documentos de la Invitación y renunciamos a cualquier reclamación por ignorancia o errónea interpretación de los mismos.
Xxxxx revisado detenidamente la propuesta adjunta y no contiene ningún error u omisión. Sin embargo, cualquier omisión, contradicción ó declaración debe
1 En caso de persona jurídica, Consorcio o Unión Temporal.
2 Hasta aquí la frase si es persona natural.
3 Finalizar la frase si es persona jurídica, Consorcio o Unión Temporal
interpretarse de la manera que resulte compatible con los términos y condiciones del proceso dentro del cual se presenta la misma, y aceptamos expresa y explícitamente que así se interprete nuestra propuesta.
No nos encontramos incursos en ninguna de las causales de inhabilidad y/o incompatibilidad establecidas en el Estatuto General de Contratación y demás normas legales pertinentes.
Reconocemos la responsabilidad que nos concierne en el sentido de conocer técnicamente las características y especificaciones de los seguros que nos obligamos a ofrecer y asumimos la responsabilidad que se deriva de la obligación de haber realizado todas las evaluaciones e indagaciones necesarias para presentar la propuesta, sobre la base de un examen cuidadoso de las características de cada una de las pólizas.
Manifestamos que la información suministrada es veraz y no fija condiciones artificialmente bajas con el propósito de obtener la adjudicación del contrato.
Aceptamos y reconocemos que cualquier omisión en la que hayamos podido incurrir y que pueda influir en nuestra oferta, no nos eximirá de la obligación de asumir las responsabilidades que nos llegue a corresponder como futuros contratistas y renunciamos a cualquier reclamación, reembolso o ajuste de cualquier naturaleza, por cualquier situación que surja y no haya sido contemplada por nosotros en razón de nuestra falta de diligencia en la obtención de la información.
Aceptamos y autorizamos a VECOL S.A. para que verifique la información aportada con nuestra propuesta.
Aceptamos que el valor de cada seguro será hasta por el monto adjudicado.
Manifestamos y declaramos que nuestra propuesta no contiene ningún tipo de información confidencial o privada de acuerdo con la Ley Colombiana y en consecuencia, consideramos que VECOL S.A. se encuentra facultado para revelar dicha información sin reserva alguna, a partir de la fecha de cierre de la Invitación, a sus funcionarios, a los demás proponentes ó participantes en el proceso de la Invitación Privada y al público en general.
NOTA: La anterior declaración puede ser suprimida y sustituida por una en la que se declare que la propuesta contiene información confidencial, caso en el cual deberá indicarse de manera explícita los folios en los cuales obra tal información y la justificación legal y técnica que ampara los documentos que sean citados con la confidencialidad invocada, mencionando las normas, disposiciones, decisiones de organismos competentes y actos administrativos que le confieran tal confidencialidad a los mismos.
Hemos tenido conocimiento de las siguientes adendas y/o aclaraciones a los términos de referencia de la Invitación Privada de 2014:
Comunicación No.
Fecha: 4
En la eventualidad de que nos sea adjudicado(s) el(los) contrato(s) en la Invitación de la referencia, nos comprometemos a:
Expedir y entregar las pólizas adjudicadas ó la respectiva Nota de Xxxxxxxxx antes de las 00:00 horas del 23 de Enero de 2014.
Realizar dentro del plazo máximo que fije VECOL S.A., todos los trámites necesarios para la firma y legalización del(los) contrato(s) resultante(s).
Ejecutar el objeto del(los) contrato(s), de acuerdo con el Documento Condiciones Invitación Privada de 2014, correspondiente y con lo establecido en la propuesta adjunta.
Aceptar las condiciones técnicas obligatorias de cada una de las pólizas objeto de la presente invitación.
Cumplir con los plazos establecidos por VECOL S.A. para la ejecución del objeto del(los) contrato(s).
Mantener un sistema de tasas fijas anuales e invariables durante toda la vigencia técnica de las pólizas, de acuerdo con la modalidad de seguro.
Atentamente, Nombre completo:
Dirección:
Teléfono y Fax:
Firma de la(s) Persona(s) autorizada(s)
NOTA: No modifique, ni agregue comentarios o aclaraciones.
4 Cuando sea del caso.
FORMATO 2
MODELO CONFORMACIÓN CONSORCIO
Por medio del presente escrito hacemos constar que hemos constituido el CONSORCIO
para participar en la Invitación Privada de 2014, que tiene por objeto
. Integrantes del Consorcio:
1. Nombre:
C.C. o NIT:
2. Nombre:
C.C. o NIT:
Aportes: Porcentaje (%) con el que participa cada integrante:
Duración: Por el tiempo del contrato y su liquidación: Compromiso: Al conformar el Consorcio para participar en la Invitación, sus integrantes se comprometen a:
Participar en la presentación conjunta de la propuesta, así como a suscribir el contrato. Responder en forma solidaria e ilimitada por el cumplimiento total de la propuesta y de las obligaciones que se originen del contrato suscrito con VECOL S.A.
Responder en forma solidaria por todas las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato.
No ceder su participación en el Consorcio a otro integrante del mismo.
No ceder su participación en el Consorcio a terceros sin la autorización previa de VECOL S.A.
No revocar el Consorcio durante el tiempo de duración del(los) contrato(s) y el de su liquidación.
ORGANIZACIÓN INTERNA DEL CONSORCIO: Para la organización del Consorcio, hemos designado como Representante Legal a , quien tendrá las siguientes facultades:
Para constancia se firma el presente documento en , a los
( ) días del mes de de _ .
NOMBRES Y FIRMAS:
NOTA: El presente anexo constituye sólo un modelo, su contenido podrá ser variado por los proponentes.
FORMATO 3
MODELO CONFORMACIÓN UNIÓN TEMPORAL
Por medio del presente escrito hacemos constar que hemos constituido la UNIÓN TEMPORAL , para participar en la Invitación Privada de 2014, que tiene por objeto
.
Integrantes de la Unión Temporal:
1. Nombre:
C.C. o NIT:
2. Nombre:
C.C. o NIT:
Aportes: Porcentaje (%) con el que participa cada integrante:
.
Duración: Por el tiempo del contrato y su liquidación: . Compromiso: Al conformar la Unión Temporal para participar en la Invitación, sus integrantes se comprometen a:
Participar en la presentación conjunta de la propuesta, así como a suscribir el contrato. Responder en forma solidaria e ilimitada por el cumplimiento total de la propuesta y de las obligaciones que se originen del contrato suscrito con VECOL S.A.
Responder ante las sanciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la Unión Temporal.
No ceder su participación en la Unión Temporal a otro integrante de la misma.
No ceder su participación en la Unión Temporal a terceros sin la autorización previa de VECOL S.A.
No revocar la Unión Temporal durante el tiempo de duración del(los) contrato(s) y el de liquidación.
ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA UNIÓN TEMPORAL: Para la organización de la Unión Temporal hemos designado como Representante Legal a
, quien tendrá las siguientes facultades:
Para constancia se firma el presente documento en , a los
días del mes de de .
NOMBRES Y FIRMAS:
NOTA: El presente anexo constituye sólo un modelo. Su contenido podrá ser variado por los proponentes
FORMATO - 4
RESUMEN ECONOMICO DE LA PROPUESTA
Ramo | Valor Asegurado Oferta Básica y Obligatorias | Tasas | Prima Neta Anual | Iva | Prima total Anual |
Nota: Las primas correspondientes a las alternativas de valor asegurado opcionales, se deben relacionar en forma independiente.
NOMBRE Y FIRMA DEL PROPONENTE
FORMATO 5
DOCUMENTOS PARA PAGO DE SINIESTROS Y PLAZO PARA PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES
RAMO | TIPO DE DOCUMENTO | DESCRIPCIÓN | ORIGINAL | TOTAL DOCUMENTOS | DÍAS DE PLAZO PARA PAGO | |
SI | NO | |||||
Notas: 1. Se entienden también como documento original: copia al carbón, fax y/o e- mail.
El proponente se compromete a efectuar el pago de la indemnización al proveedor seleccionado, una vez firmada el Acta de Recibo a satisfacción de los bienes, por parte de la persona que VECOL S.A. designe para el efecto.
REPRESENTANTE LEGAL DEL PROPONENTE
CAPITULO IV – ANEXOS TECNICOS ANEXO 1
CONDICIONES TÉCNICAS
ANEXO TÉCNICO
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LAS PÓLIZAS GRUPO No 1
CONDICIONES PARTICULARES SOLICITADAS SEGURO DE TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES GRUPO No 1 - ANEXO A -
CONDICIONES SOLICITADAS SEGURO DE TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES
1. ASEGURADO: EMPRESA COLOMBIANA DE PRODUCTOS VETERINARIOS – VECOL S.A.
2. INTERÉS ASEGURABLE
Bienes muebles o inmuebles de todo tipo y descripción, de propiedad del asegurado y/o de propiedad de terceros por los cuales sea o llegare a ser responsable el asegurado a cualquier título, donaciones, bienes dados o recibidos en comodato o arriendo o administración u operación o en poder de terceros o del asegurado que le hayan sido encomendados, incluyendo pero no limitado a Edificios, muebles, enseres, insumos agrícolas, repuestos, mercancías, materias primas, productos refrigerados, en proceso, productos terminados, equipos de laboratorio, de computo, oficina, maquinaria, vías de acceso, parqueo, vías internas y cerramiento y demás bienes del asegurado, ubicados dentro y/o fuera de los predios del asegurado en Territorio Colombiano.
3. COBERTURA BASICA
Todo riesgo de daño o pérdida física accidental, por cualquier causa, incluyendo pero sin estar limitado a ello, terremoto, temblor ó erupción volcánica, rotura de maquinaria, explosión física y química, incendio inherente, rotura xx xxxxxxx, equipo eléctrico y/o electrónico, sustracción con y sin violencia, así como sabotaje, terrorismo, actos mal intencionados de terceros, asonada, motín, conmoción civil o popular y huelga, Xxxxx Xxxxxxx por Incendio, XXXX, Xxxxxxxxx y Xxxxxx y Xxxxx Xxxxxxx por Rotura de Maquinaria incluyendo los componentes eléctricos y electrónicos
COBERTURA DE ACTOS MAL INTENCIONADOS DE TERCEROS, SABOTAJE Y TERRORISMO
Para la cobertura de asonada, motín, conmoción civil o popular, actos mal intencionados de terceros, sabotaje y terrorismo la aseguradora debe otorgar el amparo hasta por el 100% del valor asegurado del predio afectado. Dicho anexo debe incluir los daños materiales que sufran los bienes asegurados provenientes xx xxxxx a poblaciones, ciudades y municipios realizados por movimientos armados al margen de la Ley, los actos de autoridad para repelerlos.
4. CONDICIONES ESPECIALES CLAUSULAS Y AMPAROS ADICIONALES
Reposición y reemplazo para los activos asegurados bajo el módulo de Equipos Eléctricos y Electrónicos, con fecha de adquisición no superior a SEIS (6) años, para los equipos con fecha de adquisición superior a los SEIS (6) años, se aplicará una depreciación lineal teniendo en cuenta una vida útil de los equipos xx xxxx(10) años, con una depreciación máxima acumulada del CINCUENTA por ciento(50%)
Reposición y reemplazo para los activos asegurados bajo el módulo de Rotura de Maquinaria con fecha de adquisición no superior a OCHO (8) años. Para los equipos con edades de adquisición superior a OCHO (8) años, se aplicará una depreciación lineal teniendo en cuenta una vida útil de cuarenta (40) años, con una depreciación máxima acumulada del CINCUENTA por ciento (50%)
Cobertura rotura accidental xx xxxxxxx incluyendo los generados por Asonada Motín Conmoción Civil y Vandalismo - XXXX y actos terroristas por la suma de
$1.000’000.000, sin aplicación de deducible.
Daños a causa de instalación de equipos de climatización, sublímite de
$500’000.000 por evento y vigencia.
Restablecimiento automático del valor asegurado por pago de siniestro con cobro proporcional de prima. La cláusula citada no aplica para la cobertura de XXXX, Sabotaje y Terrorismo
Cancelación de la póliza a 90 xxxx, XXXX y Terrorismo a 10 días.
Remoción, limpieza de escombros y gastos de demolición, hasta el 100% de los demostrados por el asegurado.
Renuncia a la aplicación de infraseguro, siempre y cuando entre el valor asegurable y el valor asegurado no se presente una diferencia superior al 12%
No aplicación de avance tecnológico para equipos adquiridos con fecha posterior al 01 de enero del año 2004.
Portadores externos de datos incluye software hasta por el 5% del valor asegurado
Ampliación aviso de siniestro 90 días
Gastos adicionales para los siguientes amparos haciendo parte de la suma asegurada, hasta por el 100% de los demostrados por el asegurado, (Sin aplicación de deducible) con un máximo de responsabilidad de la aseguradora por evento/vigencia de $2.500’000.000.
Gastos de extinción del siniestro y gastos para demostrar la ocurrencia y cuantía del siniestro, hasta el 100% de los demostrados por el asegurado
Honorarios profesionales y gastos de auditoria y contabilidad, por la suma de hasta el 100% de los demostrados por el asegurado
Reparaciones temporales, por la suma de hasta el 100% de los demostrados por el asegurado
Gastos de preservación y gastos para acelerar la reparación, reacondicionamiento o el reemplazo de los bienes asegurados, hasta el 100% de los demostrados por el asegurado.
Gastos de reproducción o reposición de archivos, documentos o información, hasta el 100% de los demostrados por el asegurado
Gastos de viaje y estadía y gastos por flete aéreo y expreso, por horas extras, trabajos nocturnos, en días feriados y demás hasta el 100% de los demostrados por el asegurado
Gastos por Honorarios profesionales incluyendo los gastos de dirección de obra e interventoría.
Gastos para evitar la extensión y propagación del siniestro.
Gastos para continuación de actividades y preservación de bienes, así como para arrendamiento de inmuebles, maquinaria y equipos
Gastos adicionales y Extraordinarios.
Gastos para la recuperación de documentos pendientes
Equipos de propiedad de empleados utilizados en desarrollo de sus funciones, sujeto al registro de ingreso a los predios del asegurado y factura de compra, hasta por la suma de $20,000.000 por evento y $50’000.000 por vigencia (Excluye Objetos personales, joyas dinero y vehículos)
Reposición de recibos contables propios de la actividad del asegurado, por la suma de $500’000,000
Bienes bajo cuidado, tenencia control y custodia (declarados o no por el asegurado) hasta el 100% del valor demostrado por el asegurado.
Amparo automático para nuevos bienes hasta el 100% de los bienes adquiridos por el asegurado durante la vigencia de la póliza y reporte cada ciento vente (120) días, con un máximo de $2.000’000.000 por activo.
Cobertura para montajes y construcciones, por la suma de $4,500’000,000
Traslados temporales, por la suma de $3’000,000,000. permanencias dentro y/o fuera de los predios del asegurado, excluye los riesgos inherentes al transporte.
Cobertura incremento en costos de operación hasta $1.200’000.000 y un período máximo de indemnización de 4 meses.
Se extiende a cubrir toda pérdida accidental que sea causada por agentes externos del medio ambiente por remoción ó escape de productos y/o las pérdidas y/o daños de materia prima, productos en proceso y producto terminado que sobrevengan como consecuencia de escape, derrame y similares, total o parcialmente de tanques y/o cualquier tipo de recipiente. De igual forma, se cubre la pérdida y/o daño de tales bienes cuando ésta es ocasionada como consecuencia de un defecto, impericia, error, daño y/o cualquier alteración de un componente y/o materia prima y/o parte de un equipo en donde se este llevando el proceso productivo, así como cualquier cambio de temperatura que se presente en los equipos o sus componentes, con un sublimite de $2.500’000.000 por evento / vigencia.
Cobertura de conjuntos para equipos menores a cinco (5) años de adquisición.
Se incluye la cobertura de Proveedores, Distribuidores, Procesadores y Consumidores hasta la suma de $5.000’000.000 por evento/vigencia
Cláusula de Ajuste Anual de la Utilidad Bruta.
Avances de pago de siniestros del 50% previa demostración de la ocurrencia y cuantía del siniestro.
Arbitramento
Adecuación suelos y terrenos que lleguen a afectarse como consecuencia de un Terremoto, limite $1.500.000.000 Evento/Vigencia
Extensión de la cobertura para amparar los viernes de propiedad del asegurado
en predios y/ bajo la responsabilidad de terceros son sublimite de $500.000.000
5. CONDICIONES ESPECIALES OTRAS CLAUSULAS Y AMPAROS ADICIONALES
Conocimiento del riesgo
Designación de ajustadores de mutuo acuerdo.
Labores y materiales.
Definición de bienes.
Primera opción de compra del salvamento.
Inclusión automática de condiciones a favor del asegurado.
Amparo automático para bienes por el cambio de ubicación del riesgo, sublímite de $1.000’000.000 evento / vigencia, aviso 90 días.
Pago de la indemnización a elección del asegurado.
Destrucción ordenada por actos de autoridad, incluidos los generados por XXXX, Sabotaje y Terrorismo
Bienes fuera de edificios
No concurrencia de deducibles aplicando en caso de siniestro el deducible mas bajo
Daños por fallas en el suministro o reducción servicios públicos por la suma de
$500’000.000 por evento/vigencia
Cobertura para vías de acceso de propiedad del asegurado, sublimite mínimo de
$300’000.000 por evento/vigencia
Modificaciones o variaciones al estado del riesgo (90) días para el aviso, según artículo 1060 del código de comercio
Renta 12 meses, límite mínimo mensual $30’000,000 y $360’000.000 vigencia.
Errores, omisiones e inexactitudes no intencionales
Cláusula de valores globales
Base alternativa
Existencia acumuladas
Cláusula de solidaridad
6. SUBLIMITES
Equipos eléctricos y/o electrónicos, laboratorio, comunicación, equipos digitales, análogos, y de tecnología moderna ó de punta, equipos eléctricos y electrónicos de la maquinaria, y demás equipos eléctricos y electrónicos de propiedad del asegurado o por los que sea o llegare a ser legalmente responsable incluyendo el cableado estructurado: $3’0000.000.000 – Sublímite por Hurto Simple
$1.500’000.000 y Calificado de $2.000’000.000 por evento/vigencia. (El anterior sublímite forma parte del valor asegurado global de Equipo Electrónico).
Equipos Móviles y Portátiles Cobertura Todo Riesgo incluyendo el Hurto Simple (Movilizaciones a Nivel Nacional): Sublímite $200’000.000. por evento y
$500’000.000 por vigencia. Estos sublímites hacen parte del valor asegurado de
E. Electrónico.
EXTENSIÓN DE COBERTURA: SE CONSIDERÁN EQUIPOS MÓVILES Y/O PORTÁTILES SOLO CUANDO LAS PERDIDAS OCURRAN FUERA DE LOS PREDIOS DEL ASEGURADO, CUANDO LAS PERDIDAS OCURRAN DENTRO DE LOS PREDIOS DEL ASEGURADO LOS EQUIPOS MÓVILES Y/O PORTÁTILES SE CATALOGRAN Y CONSIDERAN COMO EQUIPOS ELEÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS FIJOS.
Daños a Maquinaria y Equipos propios de la actividad del asegurado o por los que sea o llegare a ser legalmente responsable, ya sea que funcionen a Gas, corriente eléctrica o cualquier tipo de combustible, tales como pero no limitados a: Tubería, Ductos de transporte, Conexiones, bombas, motobombas, transformadores, calderas, hornos, plantas de generación de energía, estufas y demás equipos utilizados en el proceso de producción: $00.000.000.000 con un sublímite a Primera pérdida Absoluta de $18.000’000.000 por evento/vigencia.
Cobertura de pérdidas por la interrupción de las actividades parciales ó totales del negocio como consecuencia del daño material, así como los gastos en que incurra el asegurado para disminuir la interrupción de las actividades del negocio y para evitar o aminorar la pérdida en caso de siniestro
Xxxxx Xxxxxxx por Rotura de Maquinaria incluyendo los componentes electrónicos (Utilidad Bruta anual mas Gastos Fijos, Nómina) VALOR ASEGURABLE $36.000’000.000 ANUAL Forma Inglesa con período de indemnización de 18 meses, Valor Total $54.000’000.000
Xxxxx Xxxxxxx por Incendio, XXXX, Xxxxxxxxx y demás Anexos (Utilidad Bruta Anual, mas Gastos Fijos, Nómina) VALOR ASEGURABLE
$36.000’000.000 ANUAL Forma Inglesa con período de indemnización de 18 meses. Valor Total $54.000’000.000
Xxxxx y Hurto calificado para todos los bienes (excepto bienes eléctricos y electrónicos) tales como pero no limitados a: Maquinaria y Equipo en General, Mercancías, Materias Primas, Productos en proceso y terminados, Muebles, Enseres, armas, bicicletas, herramientas, equipos no eléctricos ni electrónicos, y en general todos aquellos bienes de propiedad del asegurado ó por los que sea o llegare a ser legalmente responsable, con un sublímite como máxima responsabilidad de la aseguradora de $2.000’000.000. por evento/vigencia.
Cobertura para dineros en efectivo en los diferentes predios de la Entidad, dentro y fuera de caja fuerte: $50’000.000.
Cobertura para vehículos, maquinaria y motores, en depósito o reposo o fuera de uso en los diferentes predios de la Entidad o de terceros $200’000.000 por evento/vigencia (incluidos en el valor asegurado de otros contenidos)
Sublímite como máxima responsabilidad de la aseguradora para adecuación edificios a normas de sismoresistencia a consecuencia de un evento amparado en la póliza, hasta por la suma de $3.000’000.000.
Todo Riesgo para Armas Obras de Arte, equipos y demás bienes de propiedad del asegurado o bajo su responsabilidad $20’000.000 como máxima responsabilidad de la aseguradora.
Cobertura de Frigoríficos entendiéndose como tal productos en procesos o terminados, materias primas, y demás bienes que requieran estar en condiciones de temperatura especiales, Sublímite de $7’000.000.000. El citado sublimite se encuentra incluido dentro del valor global de mercancías, materia prima y productos terminados o en proceso.
7. DEDUCIBLES
La aseguradora deberá considerar que en caso de una pérdida amparada bajo el respectivo contrato de seguros, los deducibles a cargo del asegurado deberán ser expresados en valores absolutos y/o en salarios mínimos legales vigentes y/o porcentajes y deberán ser aplicados únicamente sobre el valor de la pérdida, excepto para la cobertura de daños por Terremoto y/o Erupción Volcánica para el cual, se acepta la aplicación del deducible sobre el valor asegurable del bien afectado.
Para aquellas pólizas, en las que la aseguradora no señale la aplicación de deducible alguno, tanto en porcentaje como en monto mínimo, se entenderá que ofreció 0% y $0.00 respectivamente.
En este sentido, se aclara a las aseguradoras que VECOL desea recibir propuestas con los más bajos deducibles xxx xxxxxxx, y que en el evento de que se incluyan, los mismos NO PODRAN ser superiores a los siguientes:
Cobertura de Incendio y Anexos
Terremoto: 1.5% del valor asegurable del bien afectado, sin mínimo
XXXX, HMACCP, Sabotaje y Terrorismo: 5% del valor de la pérdida, sin mínimo Demás Eventos: 5% del valor de la pérdida, mínimo 1 SMMLV
Cobertura de Equipo Electrónico:
Terremoto: 1.5% del valor asegurable del bien afectado, sin mínimo
XXXX, HMACCP, Sabotaje y Terrorismo: 5% del valor de la pérdida, sin mínimo Hurto Simple: 5% de la pérdida, mínimo 1 SMMLV.
Hurto Calificado: 3% de la pérdida, mínimo 0,5 SMMLV.
Demás Eventos: 2% de la pérdida, mínimo 0,5 SMMLV
Cobertura de Daños / Rotura de Maquinaria:
Cualquier evento: 5% de la pérdida, mínimo 1 SMMLV. Pérdidas relacionadas con equipos de
Refrigeración o control de temperatura 10% de la pérdida, sin mínimo.
Cobertura de Sustracción:
Hurto Simple: 5% de la pérdida, mínimo 2 SMMLV.
Hurto Calificado: 5% de la pérdida, mínimo 1 SMMLV.
Todo Riesgo. 5% de la pérdida, mínimo 2 SMMLV.
Cobertura de Xxxxx Xxxxxxx:
Por Rotura de maquinaria: 2 días laborales
Por Incendio y Anexos 5 días para XXXX, Sabotaje, Terrorismo y HMACCOP
5 días para los demás eventos.
Suspensión de servicios 48 horas
NOTA: No se aplican deducibles para celulares, radio teléfonos, avanteles.
La oferta que incluya deducibles en porcentajes ó mínimos superiores a los indicados anteriormente, no será revisada en el factor deducibles.
COBERTURA OBLIGATORIA PARA PERDIDAS AMPARADAS EN LA POLIZA SIN APLICACIÓN DE DEDUCIBLE
Cobertura para perdidas amparadas bajo la póliza (Excepto Xxxxxxxxx, XXXX, Sabotaje y Terrorismo) sin aplicación de deducible alguno hasta la suma de $80’000.000 por vigencia. Una vez agotada la citada cobertura, se aplica el deducible ofrecido por la aseguradora para cada uno de los amparos de la póliza.
8. VALOR ASEGURADO (Cifras en COL$)
BIENES A NIVEL NACIONAL | VALOR ASEGURADO (EN COL$) |
a) Edificios | $32.521´981.450 |
b) Equipo Eléctrico, Electrónico y de Comunicación: | $125’974.500 |
c) Xxxxxxx y Enseres: | $363’519.500 |
d) Mercancías y Materias primas: | $26.738´896.000 |
e) Maquinaria y Equipo, incluyendo el componente eléctrico y electrónico de la maquinaria & equipo | $00.000.000.000 |
Subtotal | $79.044´590.894 |
Dinero en efectivo, títulos valor y demás documentos de valor convertibles en dinero | $50’000.000 |
Vías internas de acceso, parqueo y cerramiento | $1.133’878.198 |
Todo Riesgo Objeto de Valor (Joyas, precolombinos, cuadros) | $20’000.000 |
Sublímite adecuación Normas de Sismoresistencia: Primera Pérdida Absoluta Articulo Edificios: | $3.000’000.000 |
XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXXX 00 MESES | $54.000’000.000 |
TOTAL: | $137.248’469.092 |
Aclaración: Los ajustes en los valores asegurados del presente numeral, son el resultado del último avalúo a valor de reposición realizado en diciembre de 2013, por una firma externa contratada por el asegurado.
Edificios estructuras, cimientos, construcciones fijas con todas sus adiciones y en general toda clase de construcciones propias y no propias, de edificios e inherentes a ellos, incluidos anexos y mejoras locativas, estructuras, instalaciones sanitarias, de agua, sistema de drenaje y aguas negras, tuberías, conductos, desagües, instalaciones eléctricas, y de aire acondicionado, ascensores, instalaciones permanentes, de protección contra incendio y demás instalaciones que se hallen o no por debajo del nivel del suelo y/o subterráneas, vidrios internos y externos que conforman y hacen parte de las construcciones y mejoras locativas, entre otros ubicados dentro y fuera de los predios en el territorio nacional, de propiedad del ASEGURADO, bajo su responsabilidad, tenencia y/o control.
Mejoras locativas, todas aquellas mejoras a los inmuebles realizadas por el ASEGURADO, quien aún en el caso de no ser propietaria del bien, ha realizado inversiones para adecuarlas a sus necesidades, tales como tapetes, tapizados, enchapes, mejoras eléctricas, cielos rasos, etc.
Contenidos en General: Xxxxxxx y enseres, escritorios, sillas, cortinas, divisiones modulares, planos, documentos de cartera, archivo en general, libros, bibliotecas, manuscritos, materias primas, productos en proceso y terminados, equipos de oficina no eléctricos ni electrónicos, insumos agrícolas, repuestos entre otros.
Equipos y Máquinas en General: Tubería, Ductos de transporte, Conexiones, bombas, motobombas, transformadores, calderas, hornos, plantas de generación de energía, estufas y demás equipos utilizados en el proceso de producción herramientas, accesorios, transformadores trifásicos, plantas eléctricas, ascensores y compresores entre otros.
Máquinas y equipos de oficina, equipos y elementos de oficina no eléctricos ni electrónicos, entre otros.
Equipos eléctricos y electrónicos, tales como, equipos de computo (computadoras considerados integralmente con todos sus accesorios periféricos como son: CPU, pantalla, filtros, monitor, mouse, reguladores de voltaje, entre otros), scanner, ploters, servidores, impresoras, fax, máquinas de escribir, calculadoras, fotocopiadoras, registradoras, equipos de oficina, equipos telefónicos, equipos de comunicación y radio comunicaciones, beepers, celulares, equipos de vídeo, sonido, televisión, cámaras de fotografía, de filmación, proyección, equipos y elementos de cafetería y demás propios de oficina, equipos de vigilancia (cámaras de vídeo, centros de control, detectores y censores de movimientos y humo, detectores de metales, etc.), equipos eléctricos y electrónicos de la maquinaria y equipo, electrodomésticos en general, ventiladores, aires acondicionados, software y todos los demás equipos de propiedad o por los que sea legalmente responsable VECOL S.A., no especificados ubicados en cualquier parte de los predios o fuera de ellos en desarrollo de sus actividades en el territorio nacional.
INFORMACION GENERAL:
Se aclara que único predio de propiedad de VECOL se encuentra ubicado en la Xxxx. xx Xxxxxx Xx 00-00 xx Xxxxxx. VECOL S.A. cuenta con tres (3) bodegas ubicadas en Montería (Córdoba) Xxxxx 00 Xx 0X-00, Xxxxxxx (Xxxxxxxxx), Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx (Xxxxxxxxx) Xxxxx 00 Xx 0-00 Xxxxx 00 x 00 Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, donde se almacenan cerca del 15% de las mercancías, Xxxxx 00 Xx 0-00
Xxxxx (Xxxxxxxx), y los demás predios en el territorio nacional.
Vecol S.A. cuenta con una bodega en arriendo en la ciudad de Zipaquirá, donde se almacenan en promedio el 15% de los productos terminados.
Los demás bienes objeto de cobertura se encuentran en la sede principal de Vecol S.A. en la ciudad de Bogotá.
El 100% de la Utilidad Bruta Anual objeto de cobertura, tiene incidencia en la sede principal de Vecol S.A. en la ciudad de Bogotá.
ANEXO TÉCNICO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LAS PÓLIZAS
GRUPO No 1
CONDICIONES PARTICULARES SOLICITADAS SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
GRUPO No 1 - ANEXO B –
1. ASEGURADO: VECOL S.A.
2. COBERTURA
Todo riesgo de responsabilidad civil que sea imputable al asegurado, incluyendo lucro cesante, daño moral y daño a la vida de relación, contratistas y subcontratistas, patronal, productos, parqueaderos, vehículos propios y no propios, contaminación, responsabilidad civil cruzada, gastos médicos incluidos funcionarios del asegurado, bienes bajo cuidado tenencia o control y custodia del asegurado (declarados o no), incluyendo la responsabilidad civil extracontractual generada por maquinaria y equipo de propiedad de VECOL S.A. (entregados o recibidos) en comodato o arriendo o administración u operación del asegurado o de terceros.
3. UBICACIÓN: República de Colombia e intereses en el exterior
4. INTERÉS ASEGURABLE
Los perjuicios patrimoniales que sufra el asegurado con motivo de la responsabilidad civil en que incurra de acuerdo con la Ley Colombiana, por lesiones o muerte a personas y/o destrucción o pérdida de bienes, causados durante el giro normal de sus actividades, Incluyendo el Xxxxx Xxxxxxx, el Daño Moral y Daño a la Vida de Relación.
5. VALOR ASEGURADO
OFERTA BÁSICA : $2.000’000,000 por evento / vigencia
ALTERNATIVAS DE VALOR ASEGURADO A COTIZAR
1. $3’000’000.000 por evento/vigencia
2. $4’000’000.000 por evento/vigencia
3. $5’000’000.000 por evento/vigencia
5. CONDICIONES Y CLAUSULAS ADICIONALES
Amparo automático para nuevos predios y operaciones 150 días para su aviso.
Arrendatarios, tenedores y poseedores.
R. Civil contratistas y Subcontratistas incluyendo operaciones de mantenimiento y reparaciones de edificios y maquinaria y equipos con sublimite de 50% por evento y 100% por vigencia.
Conocimiento del riesgo.
Bienes bajo cuidado, tenencia, control y custodia declarados o no por el asegurado, hasta el 20% del valor asegurado contratado.
Errores de puntería, uso xx xxxxx de fuego limite 30% por evento y 60% por vigencia
Revocación de la póliza 90 días.
Gastos Médicos hasta $15´000.000 por persona / $30’000.000 por evento y $ 60’000.000 vigencia, incluidos funcionarios y contratistas del asegurado.
Responsabilidad Civil Patronal hasta $50´000.000/persona $200’000.000/vigencia, en exceso de las prestaciones legales.
Responsabilidad civil parqueaderos incluyendo daños y hurto a vehículos y de accesorios, hasta $30´000.000 por evento $60’000.000 vigencia.
Vehículos propios y no propios en exceso de los límites máximos del seguro de automóviles hasta $100´000.000 por vehículo y $500’000.000 vigencia.
Propietarios, arrendadores y poseedores hasta el 100% del valor asegurado
Amparo automático para nuevos predios Y7O actividades durante toda la vigencia con término de aviso de 120 días.
Responsabilidad civil por el uso de maquinaria y equipo de trabajo, de cargue y descargue de mercancías de bienes dentro y/o fuera de los predios del asegurado.
Responsabilidad civil por incendio, explosión
Responsabilidad civil por vallas, avisos, cafeterías, restaurantes, escaleras, ascensores y equipos similares.
Uso de elevadores, montacargas, bandas transportadoras y equipos similares.
Actividades sociales y deportivas dentro y/o fuera de los predios del asegurado.
Ferias y exposiciones.
R. Civil por personal de seguridad y vigilancia (incluidos errores de puntería) empleados o no.
R. Civil para estudiantes en práctica, pasantes, investigadores y similares que visiten y/o utilicen los predios del asegurado y los medios de transporte.
Operaciones de cargue y descargue dentro y/o fuera de los predios del asegurado.
Gastos por honorarios de abogado y defensa, $10.000.000 por evento/ vigencia.
Cobertura para amparar las lesiones ó daños a bienes de terceros, que hagan uso de los predios del asegurado destinados a servicios hoteleros, sublimite de $100’000.000 por evento y $ 200’000.000 por vigencia.
Responsabilidad civil productos terminados, con un sublimite por evento y vigencia
$800’000.000
Gastos por honorarios de abogado y defensa $15`000.000 por evento/vigencia
4. CONDICIONES Y OTRAS CLAUSULAS ADICIONALES
Arbitramento o cláusula compromisoria
Actos de autoridad
Errores y omisiones no intencionales.
Restablecimiento automático del valor asegurado por pago de siniestro una vez con cobro de prima adicional del 20% de la prima original.
Modificaciones o variaciones al estado del riesgo (90) días para el aviso, según artículo 1060 del código de comercio.
Arbitramento.
Ampliación aviso de siniestro 90 días.
Designación de ajustadores de mutuo acuerdo
Pagos de responsabilidad civil sin previo fallo judicial.
Transporte de mercancías dentro y/o fuera de los predios.
Amparo para actos de empleados o funcionarios.
Responsabilidad Civil como consecuencia de montajes o ejecución de obras, hasta
$50.000.000 por evento/vigencia
Gastos funerarios a terceros afectados, $5.000.000 persona $50.000.000 vigencia
Anticipo de indemnización, hasta el 50% previa demostración de la ocurrencia y cuantía de la pérdida.
Modificaciones a favor del asegurado
Selección de profesionales para la defensa
Pago de indemnización por xxxxx evidencia de responsabilidad civil sin previo fallo judicial
Aviso de cancelación 90 días
DEDUCIBLES: Los deducibles actuales son los siguientes:
Parqueaderos 3% sobre el valor de la pérdida, mínimo 0,5 SMMLV
Responsabilidad Civil Productos: 3% sobre el valor de la pérdida, mínimo 1 SMMLV
Demás eventos: 3% sobre el valor de la pérdida, mínimo 1 SMMLV.
Gastos médicos, sin aplicación de deducibles.
ANEXO TÉCNICO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LAS PÓLIZAS
GRUPO No 1
CONDICIONES PARTICULARES SOLICITADAS SEGURO DE MANEJO GLOBAL COMERCIAL
GRUPO No 1 - ANEXO C -
1. ASEGURADO: VECOL S.A.
2. INTERÉS ASEGURABLE
Amparar la apropiación indebida de dinero y otros bienes del Asegurado, que aconteciere como consecuencia de los eventos mas adelante enumerados, en que incurran sus empleados siempre y cuando el hecho sea imputable a uno o varios empleados determinados y sea cometido durante la vigencia de la póliza.
Empleados Clase “A” Clase”B”
3. AMPAROS
Hurto
Hurto Calificado
Estafa.
Falsificación
4. VALOR ASEGURADO :
OFERTA BÁSICA: $220´000.000 toda y cada pérdida.
ALTERNATIVAS A COTIZAR
1. $ 300´000.000 toda y cada pérdida en el agregado anual.
2. $ 400´000.000 toda y cada pérdida en el agregado anual.
5. CONDICIONES Y CLAUSULAS ADICIONALES
Amparo automático para nuevos cargos y empleados aviso 120 días, con cobro de prima adicional.
Protección de depósitos bancarios al 100% del valor asegurado
Cualquier cheque o giro hecho o girado a nombre de la entidad pagadero a una persona ficticia y endosado o pagado a nombre de dicha persona
Extensión de cobertura para empleados ocasionales, temporales y transitorios al 100% del valor asegurado
Pérdidas causadas por empleados no identificados 100% del valor asegurado contratado.
Empleados temporales y de firmas especializadas hasta por el 100% del valor asegurado.
Definición amplia de trabajador o empleado.
Cambios o modificaciones en la denominación de cargos aviso 120 días.
Conocimiento del riesgo.
Anticipo de indemnización 50% previa demostración de la ocurrencia y cuantía de la pérdida.
Revocación de la póliza 90 días.
Xxxxxx en juicios y honorarios profesionales con sublimite del 10% del valor asegurado evento
Continuidad xx xxxxxx o extensión de cobertura, hasta 30 días después de la desvinculacion.
Restablecimiento automático del valor asegurado por pago de siniestro hasta una vez con cobro de prima adicional, equivalente al 100% de la prima inicial a prorrata.
Pago de siniestros a valor reposición, en dinero; para bienes muebles y enseres se aplicara un demerito por uso del 10%.
Ampliación aviso de siniestro 90 días.
Bienes de terceros bajo la responsabilidad del asegurado declarados o no
$20.000.000 evento y $50.000.000 vigencia.
Contratistas y subcontratistas independientes 100% del valor asegurado.
Cobertura para pérdidas en las que se presuma la participación de empresas de vigilancia, hasta el 100% del valor asegurado contratado.
Pago del siniestro sin presentación de Xxxxx
Gastos para la demostración del siniestro con sublimite del 10% del valor asegurado
Gastos por pagos de auditores revisores y contadores con sublimite del 10% del valor asegurado
Amparo automáticos de nuevos cargos
Conocimiento del riesgo
Anticipo de indemnizaciones hasta el 50%
Pago de indemnización por valor de reposición y/o reemplazo
6. CONDICIONES Y OTRAS CLAUSULAS ADICIONALES
Faltantes de inventario, hasta $15.000.000 por evento / vigencia
Arbitramento.
Modificaciones a favor del asegurado.
Designación de ajustador de común acuerdo.
Inclusión de condiciones a favor del asegurado.
Errores y omisiones no intencionales.
Cláusula de protección de depósitos bancarios 100%.
Modificaciones o variaciones al estado del riesgo (90) días para el aviso, según
artículo 1060 del Código de Comercio.
Definición de trabajador o empleado
Modificación a cargos
Bienes de terceros bajo cuidado tenencia, control y custodia, declarado o no, sublimite de 100`000.000 por evento / vigencia
7. DEDUCIBLES: Los deducibles Actuales son:
Personal no identificado: 5% sobre el valor de la pérdida, sin mínimo
Cajas menores: Sin aplicación de deducible
Demás eventos: 5% sobre el valor de la pérdida, sin mínimo.
ANEXO TÉCNICO
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LAS PÓLIZAS GRUPO No 1
CONDICIONES PARTICULARES SOLICITADAS SEGURO DE AUTOMOVILES
XXXXX Xx 0 - XXXXX X -
0. ASEGURADO: VECOL S.A.
2. OBJETO
Amparar los vehículos de propiedad de VECOL S.A. o que se encuentren bajo su responsabilidad, tenencia o control, los vehículos en comodato o arriendo o administración u operados por el asegurado o por terceros entregados o recibidos.
Todo el parque automotor incluyendo accesorios, de los vehículos, tales: logos y letreros y todos aquellos accesorios propios de la actividad.
3. AMPAROS
Responsabilidad Civil Extracontractual: $800’/$800’/$1.600’000.000 (Incluye Xxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxx, Daño a la vida de relación)
Pérdida total y parcial por daños. (Incluidos los actos terroristas)
Pérdida total y parcial por xxxxx y hurto calificado. (Incluidos los actos terroristas)
Terremoto, temblor y/o erupción volcánica.
Actos mal intencionados de terceros incluyendo actos terroristas y de movimientos al margen de la Ley incluyendo tomas guerrilleras a poblaciones municipios y ciudades.
Gastos de transporte por pérdidas totales ($60.000 diarios por 60 días)
Asistencia jurídica en procesos penales, administrativos y civiles opción III
Amparo patrimonial.
Asistencia en viaje para todos los vehículos asegurados sin excepción
No aplicación de deducibles.
NOTA: Vehículos según relación adjunta.
DEMAS AMPAROS: Valor comercial o Fasecolda de los vehículos según relación adjunta, incluidos los accesorios.
DEDUCIBLE : No se acepta la aplicación de deducible
6. CONDICIONES Y CLAUSULAS ADICIONALES
No inspección para los vehículos que vienen asegurados (Continuidad xx xxxxxx)
Revocación de la póliza 90 días
Amparo automático para vehículos nuevos y usados hasta la suma de $150.000.000 por vehiculo, aviso 90 días.
Amparo automático para accesorios, hasta la suma de $50’000.000 por vehículo aviso 90 días.
Ampliación aviso de siniestro a 90 días.
Restablecimiento automático del valor asegurado por pago de siniestro con cobro de prima adicional, únicamente para el amparo de responsabilidad civil extracontractual.
No inspección de vehículos nuevos y usados, para vehículos usados se otorgan veinte
(30) días de cobertura para su inspección.
Xxxxxxxxx transporte de mercancías azarosas, inflamables o explosivas, incluyendo agroquímicos y demás propios de la actividad del asegurado.
Pagos de R. Civil con base en manifiesta responsabilidad.
Se cubre daño moral, daño a la vida de relación y el lucro cesante
Amparo para vehículos que por error u omisión no se hubieren informado a la aseguradora, sin límite de tiempo, el asegurado deberá demostrar la propiedad y pagar la prima.
Arbitramento o cláusula compromisoria con el siguiente texto.
No restricción xx xxxxxx o aplicación de garantías por tipo, modelo, clase, uso o antigüedad de los vehículos
Avisos y letreros
Extensión de cobertura cuando el vehículo sea conducido durante la etapa de reparación o mantenimiento o servicio del mismo o no este siendo conducido
Autorización de reparaciones en caso de siniestro en concesionarios especializados y autorizados según la marca del vehículo afectado para modelos superiores al año 2002
6. CONDICIONES Y OTRAS CLAUSULAS ADICIONALES
Derechos sobre salvamento.
Anticipo de indemnización 60% previa demostración de la ocurrencia y cuantía de la pérdida
Ampliación del radio de operaciones a otros países, pacto xxxxxx.
Cobertura vehículos blindados.
Actos de autoridad
Primera opción de compra de salvamento.
Designación de ajustadores de mutuo acuerdo.
Los vehículos quedan asegurados con todos sus elementos y accesorios aunque no se hayan detallado expresamente.
Modificaciones a favor del asegurado.
Extensión de Responsabilidad Civil cuando el vehículo no esté siendo conducido ó sea xxxxxxx.
Errores y omisiones e inexactitudes no intencionales
Modificaciones o variaciones al estado del riesgo (90) días para el aviso, según artículo 1060 del código de comercio.
Marcación gratuita para todos los vehículos asegurados.
Daños causados a los vehículos mientras se encuentren en parqueaderos y/o patios de la autoridad, incluyendo su traslado en grúa.
Errores involuntarios en las características de los vehículos asegurados
Amparo automático de vehículos omitidos en la relación inicial, con el respectivo cobro de la prima real hasta $150`000.000 por vehículo, aviso de 90 días
Avances de pago sobre siniestros 50% previa demostración de la ocurrencia y cuantía de la perdida, para el xxxxxx xx xxxxx con el previo traspaso a favor de la aseguradora
No aplicación de deducibles
ANEXO TÉCNICO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LAS PÓLIZAS
GRUPO No 1
CONDICIONES PARTICULARES SOLICITADAS
SEGURO DE TRANSPORTES DE MERCANCIAS, MATERIAS PRIMAS Y DEMAS BIENES
XXXXX Xx 0 - XXXXX X -
0. ASEGURADO: VECOL S.A.
2. COBERTURA
Todo riesgo de daños materiales y pérdidas que sufran los bienes asegurados durante su transporte, por cualquier causa no excluida expresamente, incluyendo motines, asonadas, huelgas, o en general, conmociones populares de cualquier clase, actos mal intencionados de terceros, incluyendo tomas a poblaciones, ciudades y municipios, realizados por movimientos armados al margen de la Ley, los actos de autoridad para repelerlos y la pérdida o daño, costo o gasto causado directa o indirectamente por cohetes y misiles, terremoto, erupciones volcánicas y otras convulsiones de la naturaleza.
3. INTERES ASEGURADO
Todos los bienes (nuevos o usados) que dentro de su actividad el asegurado movilice en el territorio colombiano, incluyendo redespachos, devoluciones por cualquier medio de transporte, entre los cuales podemos destacar papelería, equipos de oficina, mercancías y materias primas, semovientes de cualquier tipo y descripción, maquinaria, repuestos, bienes en donación y demás bienes propios o de terceros bajo responsabilidad del asegurado o por los que sea o llegare a ser legalmente responsable.
4. TRAYECTOS ASEGURADOS
Movilizaciones desde las dependencias del asegurado, proveedores y viceversa, en el territorio nacional, incluyendo movilizaciones en perímetros locales y urbanos, incluyendo movilizaciones en vehículos de propiedad del asegurado, de terceros afiliados o no a empresas de transporte.
Importaciones, exportaciones y reexportaciones: desde cualquier lugar del mundo hasta su destino final en Colombia y viceversa, bodega a bodega.
Despachos nacionales: desde y hasta cualquier lugar ciudad en el territorio nacional
Despachos urbanos: desde cualquier parte de la ciudad hasta su destino final en la misma
5. MEDIOS DE TRANSPORTE
Se amparan las movilizaciones que se realicen por medio terrestre, aéreo, Marítimo, fluvial y/o férreo, cabotaje y la combinación de los mismos y cualquier otro necesario para la movilización de sus bienes.
7. LIMITE POR DESPACHO:$1.800`000.000 cualquier medio de transporte y trayecto
PRESUPUESTO ANUAL DE MOVILIZACIONES IMPORTACIONES $6.500’000.000
EXPORTACIONES $2.000’000.000 DESPACHOS NACIONALES $8.000’000.000
SISTEMA DE COBRO
La póliza opera bajo la modalidad de reporte y cobro de prima mes vencido, acorde con las movilizaciones reportadas por VECOL S.A.
COBERTURAS BASICAS
Importaciones cobertura completa + Guerra + Huelga (incluido Actos Terroristas y de movimientos subversivos)
Exportaciones cobertura completa + Guerra + Huelga (incluido Actos Terroristas y de movimientos subversivos)
Despachos nacionales cobertura Completa + Huelga
Maquinaria y Mercancía usada cobertura completa excluyendo avería particular
AMPAROS
Cobertura Completa, incluyendo:
Pérdida Total
Falta de entrega
Avería Particular
Saqueo
Lucro Cesante 10% (para importaciones y exportaciones) Gastos Adicionales 5% (para importaciones y exportaciones)
8. CONDICIONES Y OTRAS CLAUSULAS ADICIONALES
Transporte de mercancías en vehículos propios y/ o arrendados por el asegurado, Tomador o Beneficiario, así no sea de firma especializada o afiliados a empresas transportadoras, incluyendo el transporte en cabotaje, límite por despacho
$150’000.000
Transporte de maquinaria o mercancía usada.
Bienes de naturaleza azarosa, explosiva o inflamable y materiales reactivos.
Bienes que por su naturaleza deban ser transportados con refrigeración, calefacción o congelación y se incluyen los bienes movilizados bajo el sistema xx xxxxx.
Revocación de la póliza 90 días.
Anticipo de indemnización, hasta el 60% previa demostración de la ocurrencia y cuantía de la pérdida.
Gastos para la demostración de la ocurrencia y cuantía de la pérdida, $15.000.000. evento / vigencia
Gastos para la preservación de bienes, $10.000.000, evento y vigencia.
Ampliación aviso de siniestro a 90 días.
Permanencia automática de 90 días.
Pago de la indemnización a valor de reposición o reemplazo.
Gastos adicionales del 10%.
Bienes transportados a granel.
Ampliación de la vigencia de la cobertura hasta 30 días adicionales, sin cobro de prima.
Actos de autoridad.
No aplicación de infraseguro.
Gastos para la disminución de daños, $100.000.000 por evento y vigencia.
Gastos para acelerar la reparación y/o el reemplazo de los bienes afectados en el siniestro, $5.000.000 evento y vigencia
Movilización en trayectos múltiples
Extensión de cobertura para bienes de naturaleza explosiva o inflamable
No declaración del valor de la mercancías al transportador
Independiente del valor reportado por VECOL S.A. al transportador, la presente póliza cubre el 100% del valor costo de la mercancía objeto del reclamo.
Marcas y sellos de fabrica
Horario de movilización 24 horas
Desviación y descarga forzoso
.
9. CONDICIONES Y OTRAS CLAUSULAS ADICIONALES
Bienes transportados en condiciones charter.
Modificaciones a favor del asegurado.
Designación de ajustadores de mutuo acuerdo.
Designación de bienes.
Primera opción de compara del salvamento para el asegurado.
Modificaciones o variaciones al estado del riesgo (90) días para el aviso, según artículo 1060 del código de comercio.
Errores y omisiones no intencionales e inexactitudes.
Derechos sobre el salvamento
Cláusula de conjuntos
Arbitramento
9. DEDUCIBLES: El deducible actual es:
5% sobre el valor de la pérdida, Mínimo 1 SMMLV.
ANEXO TÉCNICO
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LAS PÓLIZAS GRUPO No 1
CONDICIONES PARTICULARES SOLICITADAS SEGURO DE TRANSPORTES DE VALORES
GRUPO No 1 - ANEXO F -
1. ASEGURADO: VECOL S.A.
2. BIENES ASEGURADOS
Dinero en efectivo, títulos valores, cheques, comprobantes de tarjeta de crédito y cualquier otro documento de propiedad del asegurado que pueda ser convertido fácilmente en dinero en efectivo.
3. COBERTURAS
Pérdidas y/o daños materiales, hurto, hurto calificado, Huelga XXXX incluido y actos terroristas, (AMCCPH Y XXXX), tomas a poblaciones, municipios y ciudades por grupos al margen de la ley.
1. PRESUPUESTO ANUAL DE MOVILIZACIONES:
$1.500’000,000 aprox. (dinero en efectivo). Incluyendo despachos en el perímetro urbano, rural, interdepartamental, intermunicipal y trayectos internacionales, con un límite máximo por despacho de $50’000.000 para dineros en efectivo y $100’000.000 para títulos valor.
3. TRAYECTOS ASEGURADOS
Dependencias y predios del asegurado, bancos corporaciones, oficinas de terceros, despachos urbanos, rurales, intermunicipales, interdepartamentales trayectos internacionales y demás por los cuales la ENTIDAD deba transportar los bienes objeto del presente seguro.
6. MEDIOS DE TRANSPORTE
Mensajero particular, terrestre, aéreo, marítimo, fluvial, férreo y cualquier otro que el asegurado deba utilizar para el transporte de los bienes objeto de este seguro, aclarando que la póliza cubre todo tipo de medio de movilización sin excepción.
7. CONDICIONES ESPECIALES Y OTRAS COBERTURAS
Movilizaciones entre dependencias de la entidad, bancos, corporaciones y viceversa.
Permanencia o ampliación del plazo de duración de la cobertura.
Movilizaciones en trayectos múltiples.
Inclusión automática de modificaciones a favor del asegurado.
Anticipo de indemnización 50% previa demostración de la cuantía y ocurrencia de la pérdida.
Conocimiento del riesgo.
Designación de bienes.
Actos de autoridad, incluyendo las acciones para repeler los actos generados por XXXX, sabotaje, Terrorismo, AMCCPH y movimientos armados al margen de la ley.
Opción de amparos.
Revocación de la póliza 90 días.
Cobro único anual sobre el valor del presupuesto anual indicado sin reportes y sin ajuste al final de la vigencia.
Ampliación aviso de siniestro 60 días.
Errores y omisiones no intencionales.
Modificaciones o variaciones al estado del riesgo (90) días para el aviso, según artículo 1060 del código de comercio.
Extensión de cobertura para consignaciones nocturnas.
Mensajero particular.
Designación de ajustadores de mutuo acuerdo
Arbitramento.
Eliminación de las garantías relacionadas con el transporte de valores y máximo valor transportado con mensajero particular, es decir opera el límite máximo por despacho.
DEDUCIBLES actuales: 3% sobre el valor de la perdida mínimo 1 smmlv
CONDICIONES PARTICULARES SOLICITADAS SEGURO DE GRUPO VIDA EMPLEADOS – PACTO COLECTIVO
XXXXX Xx 0 - XXXXX X -
0. ASEGURADO: VECOL S.A.
2. OBJETO
Amparar contra el riesgo de muerte por cualquier causa así como los amparos descritos a continuación a los funcionarios que a nivel nacional prestan sus servicios a VECOL S.A.
3. AMPAROS
Vida (Muerte por cualquier causa) 24 Salarios Mensuales por persona
Incapacidad total y permanente 24 Salarios Mensuales por persona Indemnización adicional por muerte accidental
Y beneficios por desmembración 24 Salarios Mensuales por persona
Auxilio funerario $4.500.000 por persona Renta Mensual para gastos del hogar
Por fallecimiento $220.000 mensuales por 12 meses
Enfermedades Graves 50% como anticipo de la cobertura de vida
Definición de amparos:
Muerte por cualquier causa: En caso de fallecimiento del asegurado incluyendo suicidio, homicidio, terrorismo y fallecimiento por SIDA no preexistente, desde el primer día de vigencia de la póliza.
Incapacidad total y permanente: Correspondiente a una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% según dictamen emitido por un médico legalmente habilitado para calificar la incapacidad (especialista en medicina laboral o salud ocupacional) con base en el manual único de calificación de invalidez vigente a la fecha de la calificación, o por la ARP, EPS o AFP a que esté afiliado el asegurado.
La fecha de ocurrencia del siniestro para esta cobertura será la fecha del dictamen en firme.
Indemnización adicional por muerte accidental: ampara la muerte o desmembración ocurrida como consecuencia de un accidente ocurrido en la vigencia de la póliza siempre y cuando se produzca dentro de los 180 días siguientes al accidente.
Este amparo se extiende a cubrir los eventos de homicidio y terrorismo.
Anticipo de enfermedades graves: Anticipo del 50% del valor asegurado de la cobertura básica de vida máximo $270.000.000 millones, cuando en la vigencia de la póliza le sea diagnosticada una de las siguientes enfermedades: Cáncer, Accidente cerebro vascular, Insuficiencia renal, infarto del miocardio, cirugía arterio coronaria, esclerosis múltiple, trasplante de órganos, Parkinson y quemaduras graves.
Auxilio funerario: en caso de fallecimiento del asegurado se pagará a los beneficiarios el valor asegurado sin exigencia de presentación de facturas.
Renta mensual para gastos del hogar en caso de fallecimiento del asegurado: se pagará a los beneficiarios el valor asegurado como un único pago.
4. CONDICIONES TÉCNICAS:
Valor asegurado: se define como 24 salarios según la información reportada por el tomador, máximo $800.000.000 para el amparo básico de vida.
Amparo automático de nuevos asegurados e incrementos de valor asegurado: Se otorgará amparo automático sin declaración de asegurabilidad hasta 45 días para el personal que deba ingresar a la póliza siempre que su edad no supere los 65 años, su valor no sea superior a $250.000.000. Este amparo aplica también para incrementos inferiores al 30% de valor asegurado.
Las personas que no cumplan con los parámetros establecidos anteriormente, no gozarán de cobertura de la totalidad de su valor asegurado hasta tanto el tomador envíe a la Compañía de Seguros la correspondiente declaración de asegurabilidad y cumplan con los requisitos allí exigidos; una vez evaluados y calificados la Compañía procederá con la autorización o no del ingreso
Plazo para revocación de parte del tomador: Plazo en días de 30 días para la revocación por parte de la aseguradora o el tomador, la revocación se deberá calcular a prorrata.
Plazo para aviso de siniestro: Término de aviso de la ocurrencia del siniestro, por parte del asegurado, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha en que lo haya conocido o debido conocer.
Plazo para pago de siniestros: el plazo para pago de siniestros será de 15 días corrientes a partir de la fecha de formalización del siniestro.
Anticipo de indemnización 50%. Queda entendido, convenido y aceptado que en caso de presentarse un siniestro amparado bajo la presente póliza y demostrada su ocurrencia, la compañía conviene en anticipar el 50% del valor estimado de la pérdida mientras el asegurado cumple con la obligación legal para tal fin. El beneficiario deberá hacer el requerimiento mediante comunicación escrita dirigida a la compañía.
Beneficiarios: Cada asegurado designará libremente sus beneficiarios y a falta de la designación, la aseguradora designará los xx Xxx, que demuestren que cuentan con el derecho, sin que se requiera fallo judicial
No aplicación del límite agregado de responsabilidad para eventos catastróficos. Se confirma que no aplicará Límite agregado en ningún caso.
Cláusula de arbitramento o compromisoria (a opción del Asegurado): Las partes (Tomador y Asegurador) acuerdan que cualquier controversia que se suscite entre ellas con ocasión de la celebración, ejecución de las obligaciones nacidas del contrato de seguros y terminación del mismo, será asumida por un tribunal de arbitramento, el cual estará integrado por tres (3) árbitros designados de común acuerdo entre las partes, o en su defecto, por árbitros inscritos en la lista del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. El arbitraje será en derecho y se sujetará a la normatividad jurídica vigente. Las partes fijan como domicilio la ciudad de Bogotá y como sede el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de la misma ciudad.
Conocimiento del riesgo. La Aseguradora manifiesta que conoce el riesgo y que partiendo de esta base ha hecho la tasación y ha establecido los términos y condiciones para la presentación de su propuesta y posterior contratación de la cobertura, por consiguiente deja constancia del conocimiento y aceptación de los riesgos, las circunstancias y condiciones de los mismos.
Continuidad de cobertura sin exigencia de requisitos de asegurabilidad. Mediante esta cláusula se otorga continuidad de cobertura sin exigencia de requisitos de asegurabilidad ni condicionamientos especiales, para los funcionarios asegurados por la compañía actual.
Convertibilidad al retiro.
Edades de Ingreso y Permanencia:
Muerte por cualquier causa, auxilio funerario, renta o bono canasta por fallecimiento | Mín. Ingreso: 18 años Máx. Ingreso: 70 años Máx. Permanencia: 75 años |
Incapacidad total y permanente por enfermedad o accidente | Mín. Ingreso: 18 años Máx. Ingreso: 65 años Máx. Permanencia: 70 años |
Indemnización adicional por muerte accidental | Mín. Ingreso: 18 años Máx. Ingreso: 65 años Máx. Permanencia: 75 años |
Enfermedades Graves | Mín. Ingreso: 18 años Máx. Ingreso: 65 años Máx. Permanencia: 75 años |
Errores, inexactitudes u omisiones: El tomador está obligado a declarar sinceramente los hechos y circunstancias que determinen el estado del riesgo. La inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidas por la compañía, la hubieren retraído de celebrar el contrato o inducido a estipular condiciones más onerosas, produce la nulidad relativa del seguro. Sin embargo, si se incurriere en errores, omisiones e inexactitudes imputables al tomador o al asegurado, el contrato no será nulo ni habrá lugar a la aplicación del inciso tercero del artículo 1058 del Código de Comercio sobre reducción porcentual de la prestación asegurada. En este caso se deberá pagar la prima adecuada al verdadero estado del riesgo.
Amparo de muerte presunta por desaparición. En caso de desaparecimiento de algún funcionario asegurado en esta póliza, la compañía pagará la indemnización con la sola presentación y aceptación de la demanda de presunción de muerte por desaparecimiento ante la autoridad competente, previa constitución de la caución consagrada en el artículo 1145 del Código de Comercio.
Incontestabilidad e Irreductibilidad. Se acuerda que la nulidad del contrato de seguro por reticencia o por error en las declaraciones que sirvieron de base para la aceptación del riesgo, sólo puede ser alegada por la compañía dentro de los dos años siguientes a la fecha de su aceptación. Transcurrido dos (2) años en vida del asegurado, desde la fecha de perfeccionamiento del contrato, el valor del seguro no podrá ser reducido por causa de error inculpable en la declaración de asegurabilidad.
Modificaciones a favor del asegurado. Si durante la vigencia de la póliza se presentan modificaciones a las condiciones de la póliza que representen un beneficio a favor del asegurado, sin que impliquen un aumento a la prima originalmente pactada, tales modificaciones se consideran automáticamente incorporadas a la póliza.
Ajuste Blanket: La póliza operará bajo el sistema de ajuste Blanket, es decir el tomador enviará el listado inicial para expedir la póliza o su renovación y un listado al final de la misma.. El ajuste se realizará con el cobro ó devolución del 50% de la prima a ajustar. No obstante, el tomador informará los ingresos de nuevos funcionarios a la póliza, junto con el formulario de declaración de asegurabilidad debidamente diligenciado.
Plazo para pago de la prima: El plazo para el pago de las primas será de 45 días contados a partir de la fecha de inicio de vigencia del certificado de cobro.
Participación de Utilidades: del 30% (20% primas pagadas - 100% de los siniestros incurridos), condicionada a renovación.
Comisión de intermediación para MERCER XXXXX BENEFICIOS del 20%.
CONDICIONES PARTICULARES SOLICITADAS SEGURO DE GRUPO VIDA EMPLEADOS - SINDICALIZADOS
XXXXX Xx 0 - XXXXX X -
0. ASEGURADO: VECOL S.A.
2. OBJETO
Amparar contra el riesgo de muerte por cualquier causa así como los amparos descritos a continuación a los funcionarios que a nivel nacional prestan sus servicios a VECOL S.A.
3. AMPAROS | ||
- Vida (Muerte por cualquier causa) | $5.000.000 | por persona |
- Incapacidad total y permanente | $5.000.000 | por persona |
- Indemnización adicional por muerte accidental y beneficios por desmembración | $5.000.000 | por persona |
- Auxilio funerario $1.700.000 por persona
- Enfermedades Graves 50% como anticipo de la cobertura de vida
Definición de amparos:
Muerte por cualquier causa: En caso de fallecimiento del asegurado incluyendo suicidio, homicidio, terrorismo y fallecimiento por SIDA no preexistente, desde el primer día de vigencia de la póliza.
Incapacidad total y permanente: Correspondiente a una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% según dictamen emitido por un médico legalmente habilitado para calificar la incapacidad (especialista en medicina laboral o salud ocupacional) con base en el manual único de calificación de invalidez vigente a la fecha de la calificación, o por la ARP, EPS o AFP a que esté afiliado el asegurado.
La fecha de ocurrencia del siniestro para esta cobertura será la fecha del dictamen en firme.
Indemnización adicional por muerte accidental: ampara la muerte o desmembración ocurrida como consecuencia de un accidente ocurrido en la vigencia de la póliza siempre y cuando se produzca dentro de los 180 días siguientes al accidente.
Este amparo se extiende a cubrir los eventos de homicidio y terrorismo.
Anticipo de enfermedades graves: Anticipo del 50% del valor asegurado de la cobertura básica de vida máximo $270.000.000 millones, cuando en la vigencia de la
póliza le sea diagnosticada una de las siguientes enfermedades: Cáncer, Accidente cerebro vascular, Insuficiencia renal, infarto del miocardio, cirugía arterio coronaria, esclerosis múltiple, trasplante de órganos, Parkinson y quemaduras graves.
Auxilio funerario: en caso de fallecimiento del asegurado se pagará a los beneficiarios el valor asegurado sin exigencia de presentación de facturas.
4. CONDICIONES TÉCNICAS:
Valor asegurado: se define como valor fijo para todos los asegurados de $5.000.000 según la información reportada por el tomador.
Amparo automático de nuevos asegurados e incrementos de valor asegurado: Se otorgará amparo automático sin declaración de asegurabilidad hasta 45 días para el personal que deba ingresar a la póliza siempre que su edad no supere los 65 años, su valor no sea superior a $5.000.000. Este amparo aplica también para incrementos inferiores al 30% de valor asegurado.
Las personas que no cumplan con los parámetros establecidos anteriormente, no gozarán de cobertura de la totalidad de su valor asegurado hasta tanto el tomador envíe a la Compañía de Seguros la correspondiente declaración de asegurabilidad y cumplan con los requisitos allí exigidos; una vez evaluados y calificados la Compañía procederá con la autorización o no del ingreso
Plazo para revocación de parte del tomador: Plazo en días de 30 días para la revocación por parte de la aseguradora o el tomador, la revocación se deberá calcular a prorrata.
Plazo para aviso de siniestro. Término de aviso de la ocurrencia del siniestro, por parte del asegurado, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha en que lo haya conocido o debido conocer.
Plazo para pago de siniestros: el plazo para pago de siniestros será de 15 días corrientes a partir de la fecha de formalización del siniestro.
Anticipo de indemnización 50%. Queda entendido, convenido y aceptado que en caso de presentarse un siniestro amparado bajo la presente póliza y demostrada su ocurrencia, la compañía conviene en anticipar el 50% del valor estimado de la pérdida mientras el asegurado cumple con la obligación legal para tal fin. El beneficiario deberá hacer el requerimiento mediante comunicación escrita dirigida a la compañía.
Beneficiarios: Cada asegurado designará libremente sus beneficiarios y a falta de la designación, la aseguradora designará los xx Xxx, que demuestren que cuentan con el derecho, sin que se requiera fallo judicial
No aplicación del límite agregado de responsabilidad para eventos catastróficos. Se confirma que no aplicará Límite agregado en ningún caso.
Cláusula de arbitramento o compromisoria (a opción del Asegurado): Las partes (Tomador y Asegurador) acuerdan que cualquier controversia que se suscite entre ellas con ocasión de la celebración, ejecución de las obligaciones nacidas del contrato de seguros y terminación del mismo, será asumida por un tribunal de arbitramento, el cual estará integrado por tres (3) árbitros designados de común acuerdo entre las partes, o en su defecto, por árbitros inscritos en la lista del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. El arbitraje será en derecho y se sujetará a la normatividad jurídica vigente. Las partes fijan como domicilio la ciudad de Bogotá y como sede el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de la misma ciudad.
Conocimiento del riesgo. La Aseguradora manifiesta que conoce el riesgo y que partiendo de esta base ha hecho la tasación y ha establecido los términos y condiciones para la presentación de su propuesta y posterior contratación de la cobertura, por consiguiente deja constancia del conocimiento y aceptación de los riesgos, las circunstancias y condiciones de los mismos.
Continuidad de cobertura sin exigencia de requisitos de asegurabilidad. Mediante esta cláusula se otorga continuidad de cobertura sin exigencia de requisitos de asegurabilidad ni condicionamientos especiales, para los funcionarios asegurados por la compañía actual.
Convertibilidad al retiro.
Edades de Ingreso y Permanencia:
Muerte por cualquier causa, auxilio funerario | Mín. Ingreso: 18 años Máx. Ingreso: 70 años Máx. Permanencia: 75 años |
Incapacidad total y permanente por enfermedad o accidente | Mín. Ingreso: 18 años Máx. Ingreso: 65 años Máx. Permanencia: 70 años |
Indemnización adicional por muerte accidental | Mín. Ingreso: 18 años Máx. Ingreso: 65 años Máx. Permanencia: 75 años |
Enfermedades Graves | Mín. Ingreso: 18 años Máx. Ingreso: 65 años Máx. Permanencia: 75 años |
Errores, inexactitudes u omisiones: El tomador está obligado a declarar sinceramente los hechos y circunstancias que determinen el estado del riesgo. La inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidas por la compañía, la hubieren retraído de celebrar el contrato o inducido a estipular condiciones más onerosas, produce la nulidad relativa
del seguro. Sin embargo, si se incurriere en errores, omisiones e inexactitudes imputables al tomador o al asegurado, el contrato no será nulo ni habrá lugar a la aplicación del inciso tercero del artículo 1058 del Código de Comercio sobre reducción porcentual de la prestación asegurada. En este caso se deberá pagar la prima adecuada al verdadero estado del riesgo.
Amparo a muerte presunta por desaparición. En caso de desaparecimiento de algún funcionario asegurado en esta póliza, la compañía pagará la indemnización con la sola presentación y aceptación de la demanda de presunción de muerte por desaparecimiento ante la autoridad competente, previa constitución de la caución consagrada en el artículo 1145 del Código de Comercio.
Incontestabilidad e Irreductibilidad. Se acuerda que la nulidad del contrato de seguro por reticencia o por error en las declaraciones que sirvieron de base para la aceptación del riesgo, sólo puede ser alegada por la compañía dentro de los dos años siguientes a la fecha de su aceptación. Transcurrido dos (2) años en vida del asegurado, desde la fecha de perfeccionamiento del contrato, el valor del seguro no podrá ser reducido por causa de error inculpable en la declaración de asegurabilidad.
Modificaciones a favor del asegurado. Si durante la vigencia de la póliza se presentan modificaciones a las condiciones de la póliza que representen un beneficio a favor del asegurado, sin que impliquen un aumento a la prima originalmente pactada, tales modificaciones se consideran automáticamente incorporadas a la póliza.
Ajuste Blanket: La póliza operará bajo el sistema de ajuste Blanket, es decir el tomador enviará el listado inicial para expedir la póliza o su renovación y un listado al final de la misma.. El ajuste se realizará con el cobro ó devolución del 50% de la prima a ajustar. No obstante, el tomador informará los ingresos de nuevos funcionarios a la póliza, junto con el formulario de declaración de asegurabilidad debidamente diligenciado.
Plazo para pago de la prima: El plazo para el pago de las primas será de 45 días contados a partir de la fecha de inicio de vigencia del certificado de cobro.
Participación de Utilidades: del 30% (20% primas pagadas - 100% de los siniestros incurridos), condicionada a renovación.
CONDICIONES PARTICULARES SOLICITADAS SEGURO DE GRUPO VIDA EMPLEADOS - CREDITOS XXXXX Xx 0 - XXXXX X -
0. ASEGURADO: VECOL S.A.
2. OBJETO
Amparar contra el riesgo de muerte por cualquier causa así como los amparos descritos a continuación a los funcionarios que a nivel nacional prestan sus servicios a VECOL S.A. y que han sido favorecidos bajo las diferentes líneas de crédito aprobadas por la Entidad. (Saldo del crédito incluyendo el capital, los intereses corrientes, xx xxxx, gastos judiciales y cualquier otro concepto relacionado directamente con la deuda)
3. AMPAROS
- Vida (Muerte por cualquier causa) Saldo del crédito
- Incapacidad total y permanente Saldo del crédito
- Auxilio funerario $2.400.000 por persona
Definición de amparos:
Muerte por cualquier causa: En caso de fallecimiento del asegurado incluyendo suicidio, homicidio, terrorismo y fallecimiento por SIDA no preexistente, desde el primer día de vigencia de la póliza.
Incapacidad total y permanente: Correspondiente a una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% según dictamen emitido por un médico legalmente habilitado para calificar la incapacidad (especialista en medicina laboral o salud ocupacional) con base en el manual único de calificación de invalidez vigente a la fecha de la calificación, o por la ARP, EPS o AFP a que esté afiliado el asegurado.
La fecha de ocurrencia del siniestro para esta cobertura será la fecha del dictamen en firme.
Auxilio funerario: en caso de fallecimiento del asegurado se pagará a los beneficiarios el valor asegurado sin exigencia de presentación de facturas.
4. CONDICIONES TÉCNICAS:
Valor asegurado: se define como el saldo insoluto de la deuda máximo $150.000.000 por asegurado en la póliza de deudores, según la información reportada por el tomador.
Amparo automático de nuevos asegurados e incrementos de valor asegurado: Se otorgará amparo automático sin declaración de asegurabilidad hasta 45 días para el personal que deba ingresar a la póliza siempre que su edad no supere los 65 años, su valor no sea superior a $150.000.000. Este amparo aplica también para incrementos inferiores al 30% de valor asegurado.
Las personas que no cumplan con los parámetros establecidos anteriormente, no gozarán de cobertura de la totalidad de su valor asegurado hasta tanto el tomador envíe a la Compañía de Seguros la correspondiente declaración de asegurabilidad y cumplan con los requisitos allí exigidos; una vez evaluados y calificados la Compañía procederá con la autorización o no del ingreso
Plazo para revocación de parte del tomador: Plazo en días de 30 días para la revocación por parte de la aseguradora o el tomador, la revocación se deberá calcular a prorrata.
Plazo para aviso de siniestro. Término de aviso de la ocurrencia del siniestro, por parte del asegurado, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha en que lo haya conocido o debido conocer.
Plazo para pago de siniestros: el plazo para pago de siniestros será de 15 días corrientes a partir de la fecha de formalización del siniestro.
Anticipo de indemnización 50%. Queda entendido, convenido y aceptado que en caso de presentarse un siniestro amparado bajo la presente póliza y demostrada su ocurrencia, la compañía conviene en anticipar el 50% del valor estimado de la pérdida mientras el asegurado cumple con la obligación legal para tal fin. El beneficiario deberá hacer el requerimiento mediante comunicación escrita dirigida a la compañía.
Cláusula de arbitramento o compromisoria (a opción del Asegurado): Las partes (Tomador y Asegurador) acuerdan que cualquier controversia que se suscite entre ellas con ocasión de la celebración, ejecución de las obligaciones nacidas del contrato de seguros y terminación del mismo, será asumida por un tribunal de arbitramento, el cual estará integrado por tres (3) árbitros designados de común acuerdo entre las partes, o en su defecto, por árbitros inscritos en la lista del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. El arbitraje será en derecho y se sujetará a la normatividad jurídica vigente. Las partes fijan como domicilio la ciudad de Bogotá y como sede el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de la misma ciudad.
Conocimiento del riesgo. La Aseguradora manifiesta que conoce el riesgo y que partiendo de esta base ha hecho la tasación y ha establecido los términos y condiciones para la presentación de su propuesta y posterior contratación de la cobertura, por
consiguiente deja constancia del conocimiento y aceptación de los riesgos, las circunstancias y condiciones de los mismos.
Continuidad de cobertura sin exigencia de requisitos de asegurabilidad. Mediante esta cláusula se otorga continuidad de cobertura sin exigencia de requisitos de asegurabilidad ni condicionamientos especiales, para los funcionarios asegurados por la compañía actual.
Convertibilidad al retiro.
Edades de Ingreso y Permanencia:
Muerte por cualquier causa, auxilio funerario | Mín. Ingreso: 18 años Máx. Ingreso: 70 años Máx. Permanencia: 75 años |
Incapacidad total y permanente por enfermedad o accidente | Mín. Ingreso: 18 años Máx. Ingreso: 65 años Máx. Permanencia: 70 años |
Errores, inexactitudes u omisiones: El tomador está obligado a declarar sinceramente los hechos y circunstancias que determinen el estado del riesgo. La inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidas por la compañía, la hubieren retraído de celebrar el contrato o inducido a estipular condiciones más onerosas, produce la nulidad relativa del seguro. Sin embargo, si se incurriere en errores, omisiones e inexactitudes imputables al tomador o al asegurado, el contrato no será nulo ni habrá lugar a la aplicación del inciso tercero del artículo 1058 del Código de Comercio sobre reducción porcentual de la prestación asegurada. En este caso se deberá pagar la prima adecuada al verdadero estado del riesgo.
Amparo a muerte presunta por desaparición. En caso de desaparecimiento de algún funcionario asegurado en esta póliza, la compañía pagará la indemnización con la sola presentación y aceptación de la demanda de presunción de muerte por desaparecimiento ante la autoridad competente, previa constitución de la caución consagrada en el artículo 1145 del Código de Comercio.
Incontestabilidad e Irreductibilidad. Se acuerda que la nulidad del contrato de seguro por reticencia o por error en las declaraciones que sirvieron de base para la aceptación del riesgo, sólo puede ser alegada por la compañía dentro de los dos años siguientes a la fecha de su aceptación. Transcurrido dos (2) años en vida del asegurado, desde la fecha de perfeccionamiento del contrato, el valor del seguro no podrá ser reducido por causa de error inculpable en la declaración de asegurabilidad.
Modificaciones a favor del asegurado. Si durante la vigencia de la póliza se presentan modificaciones a las condiciones de la póliza que representen un beneficio a favor del
asegurado, sin que impliquen un aumento a la prima originalmente pactada, tales modificaciones se consideran automáticamente incorporadas a la póliza.
Ajuste Blanket: La póliza operará bajo el sistema de ajuste Blanket, es decir el tomador enviará el listado inicial para expedir la póliza o su renovación y un listado al final de la misma.. El ajuste se realizará con el cobro ó devolución del 50% de la prima a ajustar. No obstante, el tomador informará los ingresos de nuevos funcionarios a la póliza, junto con el formulario de declaración de asegurabilidad debidamente diligenciado.
Plazo para pago de la prima: El plazo para el pago de las primas será de 45 días contados a partir de la fecha de inicio de vigencia del certificado de cobro.
CONDICIONES PARTICULARES SOLICITADAS SEGURO DE RESPONSABILIDAD SERVIDORES PUBLICOS
XXXXX Xx 0 - XXXXX X -
0. TOMADOR: VECOL S.A.
2. OBJETO Se ampara la responsabilidad civil de La EMPRESA COLOMBIANA DE PRODUCTOS VETERINARIOS VECOL S.A y los CARGOS ASEGURADOS frente a terceros, como consecuencia de actos negligentes, errores u omisiones en que incurran sus directivos y administradores en el cumplimiento de sus deberes y obligaciones.
Situación: Colombia.
Interés Asegurado:
Valor Asegurado : $2.500.000.000 evento / vigencia.
Sublímite para gastos de Defensa de COP 800.000.000 evento/persona, vigencia, haciendo parte del valor asegurado y no en adición a este.
Cargos Amparados: Relación de Cargos a asegurar:
Presidente
Gerente Financiero y Administrativo Secretario General.
Total Cargos: 3
Amparos: Perjuicios a terceros reclamados durante la vigencia del seguro.
Costos del proceso y honorarios de abogados. Reembolso a la sociedad tomadora.
Representación en sociedades subordinadas.
Periodo de cobertura posterior adicional, 24 meses con cobro de prima adicional del 100% de la prima anual.
Muerte, incapacidad e insolvencia Cauciones Judiciales
Responsabilidad impuesta por organismos de control, incluyendo juicios de responsabilidad fiscal.
Se aceptan los términos de la Ley 222/95 Fecha Retroactiva: ILIMITADA
Condiciones
Adicionales: Extensión automática de 24 meses, en caso de revocación o no renovación al final de la vigencia con cobro de prima adicional de 100%.
Cláusula de Arbitramento. Revocación de la póliza 90 días.
Se incluyen las empresas subordinadas y/o filiales existentes siempre y cuando estén debidamente relacionadas en el formulario de solicitud de este seguro.
Amparo automático para subordinadas o filiales nuevas siempre y cuando no superen el 20% de los activos globales.
Pago de gastos de defensa. Anticipado para todo tipo de procesos dentro del término previsto en el artículo 1080 del Código de Comercio y por reembolso respecto de los gastos en procesos penales siempre que se defina en la instancia procesal correspondiente que el imputado no obró dolosamente.
Amparo automático a las personas que llegaren a ocupar los cargos amparados. (cobertura automática para funcionarios que ocupen los cargos amparados sin que se requiera aviso escrito).
Amparo a la responsabilidad de los funcionarios asegurados que se trasmita por muerte, incapacidad, inhabilitación o insolvencia.
Aplicación de disposiciones del Código de Comercio. Las reglas aplicables a los seguros en general y los principios, normas y reglas aplicables a los seguros de daños serán aplicables, salvo disposición en contrario, al seguro objeto de esta contratación.
Jurisdicción Colombia.
Deducible: SIN DEDUCIBLE
CAPITULO V INFORMACION ADICIONAL
RELACION DE AUTOMOVILES
ESTADISTICAS DE SINIESTRALIDAD ULTIMOS DOS AÑOS
RELACION DE ASEGURADOS – POLIZA DE GRUPO VIDA – PACTO COLECTIVO – SINDICALIZADOS – GRUPO DEUDORES
NOTA: La información con relación a los nombres de los asegurados, edades, valor asegurado individual, se deben solicitar por escrito al área de Recursos Humanos de Vecol S.A., con el compromiso de guardar CONFIDENCIALIDAD en la información que será suministrada.
SINIESTROS
INFORME DE SINIESTRALIDAD ULTIMOS 2 AÑOS PROGRAMA DE SEGUROS DE VECOL S.A. | |||||||
XXXX | XXXXXX | FECHA | MOTIVO | VALOR PAGADO | CAUSA | ESTADO ACTUAL | OBSERVACIONES |
TODO RIESGO | DAÑOS - BAJA DE CELULAS REACTOR | 25/04/2014 | (incluye producto y sello) – 350 LT de Medio Pasteurella | $ 7.747.560,00 | DAÑOS | PENDIENTE DE PAGO | En proceso de pago |
TODO RIESGO | DAÑOS - BAJA DE CELULAS REACTOR | 31/07/2014 | 350 LT de Medio Brusella Abortus y 2 LT de semilla de trabajo Brucella( Cepa19) | $ 9.176.514,00 | DAÑOS | PENDIENTE DE PAGO | En proceso de pago |
TODO RIESGO | DAÑOS - BAJA DE CELULAS REACTOR | 23/05/2014 | Daños por contaminación con basilos debido al daño del sistema de agitación de uno de los biorreactores | $ 20.443.140,00 | DAÑOS | PAGADO | Indemnizado |
TODO RIESGO | DAÑOS - BAJA DE CELULAS REACTOR | 27/10/2014 | BAJA DE 10.080 CÉLULAS biorreactores XX0, XX0, XX0 y sospecha interna del BC3 se presentó en el día xx xxx la alteración de 10.080 L de Células en Reactor código 1110513 por crecimiento bacteriano en las pruebas de control según lo reporta Control Biológico que no permiten continuar con los cultivos, | $ 35.000.000,00 | DAÑOS | DESISTIDO | Disistido por Vecol |
TODO RIESGO | DAÑOS 10.150 LITROS CULTIVO DE CELULAS | 03/05/2013 | Daños de 10.150 litros de cultivo de células como consecuencia de apicación de triptosa ofrecida por MERCK | $ 40.000.000,00 | DAÑOS | OBJETADO | Omisión por parte de la sección de producción de medios de cultivo |
GRUPO VIDA | MUERTE | 31/05/2014 | Muerte Natural del Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx (q.e.p.d) | $ 24.148.000,00 | VIDA | PAGADO | Indemnizado a los beneficiarios |
AUTOMOVILES | P.P.DAÑOS | VARIAS | Daños parciales por daños | $ 4.801.863,00 | PPD | PAGADO | Indemnizado a los beneficiarios |
RELACION DE XXXXXXXXX
VECOL RELACION PARQUE AUTOMOTOR PROCESO DE SEGUROS 2015 BAL 2017 | ||||||||
VALOR ASEGURADO | ACCESORIOS | PLACA | MARCA | CLASE | MODELO | MOTOR | CHASIS | CODIGO FASECOLDA |
$ 55.900.000 | $ 30.856.000 | DBL386 | TOYOTA 4 RUNNER (4) LIMITED AT 40 | CAMPERO | 2008 | 1GR5550393 | XXXXX00XX0X000000 | 9008091 |
$ 38.600.000 | $ 4.500.000 | SZX353 | CHEVROLET LUV MAX MT 2500CC | FURGON | 2012 | 153843 | 0XXXXX0X0X0000000 | 1612111 |
$ 30.300.000 | $ 3.262.069 | RMT876 | CHEVROLET LUV MAX MT 2400CC | PICKUP | 2012 | C24SE31043694 | 0XXXXX0X0X0000000 | 1621084 |
$ 87.000.000 | $ 34.800.000 | MSM541 | TOYOTA 4 RUNNER (5) SR5 AT 4000 | CAMPERO | 2012 | 1GRA500349 | XXXXX0XX0X0000000 | 9008165 |
$ 38.600.000 | $ 4.500.000 | SZX354 | CHEVROLET LUV DMAX MT 2500 CC | FURGON | 2012 | 153838 | 0XXXXX0X0X0000000 | 1612111 |
VALORES ACTUALIZADOS SEGÚN ENVIO 219 FASECOLDA |
Proyecto
DeLima Xxxxx S.A.
Asesores en seguros de VECOL S.A. 15/12/2014