DEDUCIBLES. Esta cobertura opera sin la aplicación de un deducible.
DEDUCIBLES. En caso de Siniestro, quedará a cargo del CONTRATANTE y/o ASEGURADO el importe o porcentaje o número de días u otra unidad de cálculo que, por concepto de deducible, se estipule en las Condiciones Particulares de la Póliza, más los impuestos xx Xxx que correspondan. Salvo pacto en contrario que figure en la Póliza, el deducible se aplica tanto en el caso de Siniestros de pérdida total como de pérdida parcial. Cuando en la Póliza se estipule un deducible porcentual sobre el valor de predio, se entenderá que dicho valor comprende la totalidad de la Materia Asegurada que forme parte del Predio y/o que esté contenida en el Predio.
DEDUCIBLES. El deducible se rebajará de la indemnización que corresponda al Beneficiario, según el porcentaje o suma establecido en las Condiciones Particulares de la presente póliza.
DEDUCIBLES. El deducible que se haya establecido en las condiciones particulares, se rebajará de la pérdida indemnizable que corresponda al Asegurado, una vez que se haya aplicado el porcentaje de infraseguro, el salvamento y la participación contractual a cargo suyo, si existiese. Para las coberturas C y D, el deducible se calculará sobre el valor real efectivo de los bienes o sobre la suma asegurada, la que fuere menor. Para cada una de las pérdidas o serie de pérdidas provenientes o atribuidas a una sola causa que dé lugar a indemnización bajo esta póliza, se aplicará el deducible correspondiente a un sólo evento.
DEDUCIBLES. RESPONSABILIDAD CIVIL EN LÍMITE ÚNICO Y COMBINADO (LUC) RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS EN SUS BIENES RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS EN SUS PERSONAS DAÑOS MATERIALES Y ROBO TOTAL
DEDUCIBLES. El deducible se rebajará de la indemnización que corresponda, según el porcentaje o suma establecidos para la cobertura L, por actividad económica y para el resto de las coberturas según los siguientes cuadros.
DEDUCIBLES. Los deducibles de las pólizas contratadas de conformidad con lo dispuesto en el presente ARTÍCULO serán a cargo del CONTRATISTA PPP y sus montos deberán ser claramente señalados.
DEDUCIBLES. Las partes contratantes podrán acordar la aplicación de deducibles en una o varias coberturas en caso de siniestros de acuerdo a lo que se estipule en las condiciones particulares de este contrato
DEDUCIBLES. El monto de deducible de esta cobertura dependerá del riesgo afectado como sigue:
DEDUCIBLES. El presente Contrato de Seguros no estará sujeto a deducibles.