CONCURSO PÚBLICO Nº 0006- 2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL PRIMERA CONVOCATORIA
BASES ESTÁNDAR DE CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN GENERAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006- 2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1 CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 51º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
1.2 BASE LEGAL
• Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
• Decreto Legislativo N° 1017 – Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
• Decreto Supremo N° 184-2008-EF – Aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
• Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
• Directivas de OSCE
• Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
• Código Civil.
• Ley N° 27143 - Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional
• Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública
• Ley Nº 28015- Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Micro Empresa.
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.
1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (01) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53º del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado.
Para participar de un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). A dicho efecto, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica para obtener mayor información: xxx.xxx.xxx.xx.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.
1.4 FORMULACIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES
Las consultas a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de cinco (05) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 55º del Reglamento.
1.5 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 55º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas.
La absolución de consultas que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante de ésta y del Contrato.
MUY IMPORTANTE: No se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
1.6 FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES
Las observaciones a las Bases serán presentadas dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de haber finalizado el término para la absolución de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artículo 57º del Reglamento.
1.7 ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES
El Comité Especial notificará la absolución de las observaciones a través del SEACE y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 57º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de los cinco (5) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.
La absolución de las observaciones se considerará como parte integrante de las Bases y del Contrato.
MUY IMPORTANTE: No se absolverán observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
1.8 ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE
El plazo para solicitar la elevación de observaciones al OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el observante considere que el
acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.
Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal antes del vencimiento del plazo previsto para formular observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases, cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.
El Comité Especial, cuando corresponda, deberá incluir en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados al OSCE, debiendo bajo responsabilidad remitir las Bases y los actuados del proceso de selección a más tardar al día siguiente de solicitada la elevación por el participante.
1.9 INTEGRACIÓN DE LAS BASES
El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones o si éstas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.
Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comité Especial, y/o de lo dispuesto en el Pronunciamiento emitido por el Titular de la Entidad o del OSCE, según corresponda.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 59º y 60º del Reglamento.
De conformidad con el Artículo 31º del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
1.10 FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 02). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal (Formato Nº 02).
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor.
El Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de acuerdo al Artículo 68 º del Reglamento.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a sellar y firmar cada hoja de todos los documentos originales de cada propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.
Deberá tenerse en cuenta que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64º del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. Asimismo, la inasistencia de dicho representante no viciará el proceso.
1.11 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
- La oferta económica, en Dólares de los Estados Unidos de América, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a
contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
- Garantía de seriedad de oferta
1.12 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (02) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
1.12.1 Evaluación Técnica
Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
1.12.2 Evaluación Económica
Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33º de la Ley.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi | = | Om x PMPE |
Oi | ||
Donde: | ||
i | = | Propuesta |
Pi | = | Puntaje de la propuesta económica i |
Oi | = | Propuesta Económica i |
Om | = | Propuesta Económica de monto o precio más bajo |
PMPE | = | Puntaje Máximo de la Propuesta Económica |
1.12.3 Determinación del Puntaje Total
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.60
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.40
1.12.4 Bonificación en el puntaje total
De acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27143, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional y sus modificatorias, se agregará un 20% adicional a la sumatoria de la calificación técnica y económica obtenida por la postura de servicios prestados dentro del territorio nacional. Para dicho efecto, deberá verificarse los supuestos contenidos en el Anexo Nº 10.
En aplicación del Principio de Trato Nacional y No Discriminación, aludido en la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1017, así como a lo prescrito por la Decisión 439, las Entidades contratantes deberán conceder incondicionalmente a los servicios prestados dentro del territorio nacional de la otra parte la citada bonificación, entendiéndose por “territorio nacional” a los territorios de los países con los que el Perú mantiene vigente un acuerdo de promoción comercial o tratado de libre comercio.
IMPORTANTE:
Dicha bonificación adicional se aplicará siempre que los postores beneficiados hayan presentado la Declaración Jurada del Anexo Nº 06 incluida en las presentes Bases.
1.13 ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha señalada en las Bases, el Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación y el puntaje técnico, económico y total obtenidos por cada uno de los postores.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71º del Reglamento.
El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo.
En el supuesto que dos (02) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73º del Reglamento.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario.
Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
1.12 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO2
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
1.13 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282º del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo indicado.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1 Recurso de apelación
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado1. En los procesos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del proceso determinará ante quién se presentará el recurso de apelación.
Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal.
En aplicación de la Décimo Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ley, el Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública.
2.2 Plazos de interposición del recurso de apelación
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
1 Esta disposición sólo se consignará si el valor referencial del proceso de selección es igual o superior a seiscientas Unidades Impositivas Tributarias (600 UIT).
CAPÍTULO III
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
3.1 DE LOS CONTRATOS
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor xx xxxx (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
▪ Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
▪ Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la última prestación del servicio.
▪ Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.
3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene o, en su caso, desde la recepción de la orden de servicio. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.
3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al sólo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
3.4 DE LAS GARANTÍAS
3.4.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA
Los postores deberán presentar la garantía de seriedad de oferta a efectos de garantizar la vigencia de su oferta, según el monto establecido en las presentes Bases.
El postor que resulte ganador de la Buena Pro y el que ocupó el segundo lugar están obligados a mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato.
Luego de consentida la Buena Pro, la Entidad devolverá las garantías presentadas por los postores que no resultaron ganadores de la Buena Pro, con excepción del que ocupó
el segundo lugar y de aquellos que decidan mantenerlas vigentes hasta la suscripción del contrato.
El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. Esta garantía puede ser renovada.
3.4.2 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un
(1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
3.4.3 GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
3.4.4 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
3.5 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164º del Reglamento.
3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento, respectivamente.
De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
3.7 ADELANTOS
Se podrá establecer adelantos directos al contratista, los que en ningún caso excederán en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original.
La entrega de adelantos se hará en la oportunidad establecida en las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en dicha oportunidad, el contratista tiene derecho a solicitar prórroga del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, siempre que ésta afecte realmente el plazo indicado.
3.8 PAGOS
La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones xx xxxxxxx, el pago del precio sea condición para la realización del servicio.
La Entidad podrá realizar pagos periódicos al contratista por el valor de los servicios contratados en cumplimiento del objeto del contrato, siempre que estén fijados en las Bases y que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de la prestación de los servicios. Las Bases podrán especificar otras formas de acreditación de la obligación. Los montos entregados tendrán el carácter de pagos a cuenta.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
3.8.1 Plazos para los pagos
La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos.
En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48° de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
3.9 DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en la presente sección o en las Bases se regirán por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1 ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre: Ministerio de Defensa – UNIDAD EJECUTORA 001: ADMINISTRACIÓN GENERAL RUC N°: 20131367938
1.2 DOMICILIO LEGAL
Xx. Xxxxxxxxx X/X – Xxx Xxxxx Xxxx - Xxxx (Cuartel General del Ejército)
1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
1.4 VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a US $ 973,637.53 (NOVECIENTOS XXXXXXX X XXXX XXX XXXXXXXXXXX XXXXXXX X XXXXX X 00/000 Xxxxxxx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxx de América), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes xx xxxxx de 2009 y su antigüedad no excede los tres (3) meses anteriores a la aprobación del Expediente de Contratación.
Las propuestas que excedan el Valor Referencial serán devueltas por el Comité Especial, teniéndose por no presentadas.
1.5 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante formato de aprobación de expediente de fecha 30 xx xxxxx del 2009.
1.6 FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Ordinarios
1.7 SISTEMA DE CONTRATACION
El presente proceso se rige por el sistema de Xxxx Xxxxxx, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.8 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El servicio a contratar está definido en los Términos de Referencia que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.
1.9 PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días naturales a partir del día siguiente de la suscripción del contracto, tal como se ha consignado en los términos de referencia de cada Instituto Armado. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.
1.10 INSTRUMENTOS INTERNACIONALES
No corresponde
1.11 BASE LEGAL
i) Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto
• Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009.
• Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante Ley.
• Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y sus modificatorias, en adelante Reglamento.
• Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
• Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM
• Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, Ley MYPE, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-TR
• Ley Nº 27143, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional.
• Ley Nº 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, sus Normas Modificatorias Complementarias
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.
CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1 Convocatoria… : 07.05.09
2 Registro de Participantes……………: Del 08.05.09 al 03.06.09 de 8:30 a 16:45 hrs
Mesa de Partes de la Dirección General de Gestión Administrativa sito en la Xx Xxxxxxxxx X/X Xxx Xxxxx, Xxxx (Cuartel General del Ejército- segundo piso)
3 Formulación de Consultas............: Del 08.05.09 al 14.05.09 de 8:30 a 16:45 hrs
Mesa de Partes de la Dirección General de Gestión Administrativa sito en la Xx Xxxxxxxxx X/X Xxx Xxxxx, Xxxx (Cuartel General del Ejército- segundo piso)
4 Absolución de Consultas. : 18.05.09
5 Formulación de Observaciones……: Del 19.05.09 al 25.05.09. de 8:30 a 16:45 hrs
Mesa de Partes de la Dirección General de Gestión Administrativa sito en la Xx Xxxxxxxxx X/X Xxx Xxxxx, Xxxx (Cuartel General del Ejército- segundo piso)
6 Absolución de Observaciones. : 27.05.09
7 Integración de las Bases… : 02.06.09
8 Presentación de Propuestas… : 24.06.09
El acto público se realizará en la Sala de Sesiones de la Dirección General de Gestión Administrativa, sito en la Av. Boulevard S/N, San Xxxxx, Lima (Cuartel General del Ejercito – Segundo Piso a las 10:00 horas
9 Calificación y Evaluación de Propuestas… : 24.06.09
10 Otorgamiento de la Buena Pro… : 25.06.09
El acto público se realizará en la Sala de Sesiones de la Dirección General de Gestión Administrativa, sito en la Av. Boulevard S/N, San Xxxxx, Lima (Cuartel General del Ejercito – Segundo Piso a las 10:00 horas
2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (01) día después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53º del Reglamento.
El registro de los participantes se realizará en la Mesa de Partes de la Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa del Ministerio de Defensa, sito en la Xx. Xxxxxxxxx X/X – Xxx Xxxxx Xxxx - Xxxx (Cuartel General del Ejército), Segundo Piso, altura del Banco Continental, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 8:30 a 16:45 horas.
Para registrarse, el participante deberá acreditar estar con inscripción vigente en el RNP conforme al objeto contractual. La Entidad verifica la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 52º del Reglamento.
El participante se registrará previo pago por concepto de derecho de participación ascendente a la suma S/. 25.00 (VEINTICINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES) en la Cuenta Corriente Nº 0000-308641 del Banco de la Nación, presentando el FORMATO Nº 01 debidamente cumplimentado y suscrito.
2.3 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, en la Mesa de Partes de la Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa del Ministerio de Defensa, sito en la Xx. Xxxxxxxxx X/X – Xxx Xxxxx Xxxx - Xxxx (Cuartel General del Ejército), Segundo Piso, altura del Banco Continental, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 8:30 a 16:45 horas, debiendo estar dirigidas al Presidente del Comité Especial del CONCURSO PÚBLICO N° 0006-2009- MINDEF/VRD/DGGAD/DL, pudiendo acompañar opcionalmente un disquete conteniendo las consultas y/u observaciones.
2.4 ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en acto público, en la Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa del Ministerio de Defensa, sito en la Xx. Xxxxxxxxx X/X – Xxx Xxxxx Xxxx - Xxxx (Cuartel General del Ejército), Segundo Piso, altura del Banco Continental, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación xx Xxxxxxx Público de Lima.
Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (FORMATO Nº 02).
Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal o apoderado. El representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo y, en el caso del apoderado, será acreditado con carta poder simple (FORMATO Nº 02) suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición de éste.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial del CONCURSO PÚBLICO N° 0006-2009-MINDEF/DGGAD/DL, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
Señores
MINISTERIO DE DEFENSA
Att.: COMITÉ ESPECIAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL CONTRATACIÓN CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA (Original y tres (3) copias) NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR
Nº DE FOLIOS DE POR EJEMPLAR:
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
MINISTERIO DE DEFENSA
Att.: COMITÉ ESPECIAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL CONTRATACIÓN CONJUNTA DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA (Original) NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR
Nº DE FOLIOS:
2.5 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
Se presentarán en un (01) original y tres (03) copias. La propuesta económica sólo se presentará en original.
SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.
Documentación de presentación obligatoria
a) Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, Capitulo de Servicios.
b) Declaración Jurada de datos del postor
Cuando se trate de Xxxxxxxxx, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1)
c) Declaración jurada y/o documentación que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, contenidos en el Capítulo III de la presente Sección (Anexo Nº 2). Se precisa que solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.
d) Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento. (Anexo Nº 3)
e) Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. (Anexo Nº 4)
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
f) Declaración Jurada de Plazo de prestación del servicio. (Anexo Nº 5)
g) Presentación del Anexo Nº 8, donde se indicará el plazo de pago de Siniestros, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y de Seguros.
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta.
Documentación de Presentación Facultativa:
a) Declaración Jurada de Servicios Prestados dentro del Territorio Nacional, en aplicación de la Ley Nº 27633, de ser el caso - Anexo Nº 06.
b) Documentos para la aplicación del factor de evaluación de Experiencia del postor en la actividad.
Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor durante un período determinado de hasta ocho (8) años a la fecha de la presentación de propuestas, por un monto máximo acumulado de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la contratación materia de la convocatoria.
Se acreditará mediante contratos y la respectiva conformidad por la prestación efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite objetivamente, con un xxxxxx xx xxxx (10) servicios en cada caso, prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo de cada servicio que se pretenda acreditar. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará la parte que haya sido ejecutada hasta la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntar la conformidad de la misma o acreditar su pago.
Se señala que los servicios, iguales y/o similares, cuya prestación servirá para acreditar será la venta de pólizas de seguros en general. (Experiencia del postor”, Anexo Nº7).
SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA
El Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
a. Oferta económica (Anexo 9).
El monto total de la propuesta económica deberá ser expresada con dos decimales.
b. Garantía de seriedad de oferta por un monto equivalente al uno (1%) del valor referencial, es decir por el monto de US $ 9,736.38 (NUEVE MIL SETECIENTOS XXXXXXX X XXXX X 00/000 Xxxxxxx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxx de América), de acuerdo a lo establecido en el artículo 157º del Reglamento.
La vigencia de la garantía de seriedad de oferta no será menor a dos (2) meses, computados a partir del día siguiente a la presentación de las propuestas, pudiendo ser renovada hasta la suscripción del contrato. La falta de renovación generará la descalificación de la oferta económica o, en su caso, que se deje sin efecto la Buena Pro otorgada.
2.6 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Adicionalmente, conforme al artículo 141º del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, podrá requerirse, entre otros, los siguientes documentos:
• Constancia vigente de CONSUCODE de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Precisamos que se deberá tramitar una constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado para cada Unidad Ejecutora, salvo en los contratos derivados de procesos de menor cuantía, en los que la Entidad deberá efectuar la verificación correspondiente ante el Registro Nacional de Proveedores; todo esto de conformidad inciso 1) del Articulo 161 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
• Garantía de Fiel Cumplimiento, correspondiente a CADA UNIDAD EJECUTORA de la Entidad;
• Garantía por el monto diferencial correspondiente a CADA UNIDAD EJECUTORA de la Entidad de la propuesta, de ser el caso;
• Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso;
• Copia de los asientos de la constitución y del objeto social de la partida o ficha registral de la empresa;
• Copia del Registro Único de Contribuyente (R.U.C.);
• Copia del Documento de Identidad del representante legal.
• Declaración Jurada de Código de Cuenta Interbancario.
• Copia de la Constancia de Registro de Empresa de Seguros emitida por la Superintendencia de Banca y Seguros, de LA ASEGURADORA.
• Certificado de Vigencia de Poderes de el/los representantes de la empresa facultado/(s) a suscribir el/los contratos. Dicho documento deberá tener una fecha de emisión no mayor a dos (2) meses de la fecha de suscripción de el/los contratos.
Asimismo, el postor ganador de la buena pro deberá presentar una Carta Fianza para efectos de garantizar lo siguiente:
⮚ De fiel cumplimiento del contrato
⮚ Por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
La entidad convocante solicitara que el postor adjudicado presente el detalle del precio total por cada Instituto Armado para la formalización del contrato.
2.7 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro deberá presentar toda la documentación requerida para la suscripción del contrato, en el plazo xx xxxx (10) días hábiles después de recibida la citación para la suscripción del contrato con la correspondiente Entidad Participante. La citada documentación deberá ser presentada en lugar que deberá indicarle dicha Entidad.
2.8 ADELANTOS
No corresponde
2.9 PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad se compromete a efectuar el pago al contratista en un plazo máximo, que determine la Entidad Participante, el mismo que contabilizara en días calendario de otorgada la conformidad de recepción de la prestación.
2.10 FORMA DE PAGO
De acuerdo con el artículo 176º del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:
⮚ Recepción y conformidad del órgano que determine las normas de organización interna de la Entidad Participante.
⮚ Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.
⮚ Factura
2.11 REAJUSTE DE LOS PAGOS
No corresponde.
CAPÍTULO III
TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONTRATACIÓN XXXXXXXX XX XXX XXXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXX 000: DEFENSA
ITEM UNICO
SLIP TECNICO PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA XXXXXX XX XXXXXX XXXXXXXXX
X/X 000 XXXXXXXX XXX XXXX
I. PROGRAMA DE COBERTURA
1.- TIPO : SEGURO XX XXXXX Y MAQUINARIA DE EMBARCACIONES NO PESQUERAS, RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS Y ACCIDENTES PERSONALES PARA TRIPULANTES Y PASAJEROS.
2.- ASEGURADO : MINISTERIO DE DEFENSA (MINDEF) Y/O
EJERCITO DEL PERU (EP).
3.- PERIODO
DE COBERTURA : 365 DÍAS NATURALES A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE
DE LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO.
4.- RADIO DE
NAVEGACION : AGUAS SUDAMERICANAS UNDIAL
5.- INTERES
ASEGURABLE : LAS NAVES DE PROPIEDAD Y/O OPERADAS POR EL
ASEGURADO, DESCRITAS EN LA RELACION DE EMBARCACIONES PARA CUBRIR:
a.- CONTRA PERDIDA O DAÑO ACCIDENTAL A LAS NAVES, PROVENIENTES DE LAS OPERACIONES, USO, MANTENIMIENTO, MIENTRAS ESTEN NAVEGANDO Y/O AMARRADA.
b.- LA RESPONSABILIDAD CIVIL LEGAL DEL ASEGURADO Y ACCIDENTES PERSONALES DE PASAJEROS Y TRIPULANTES,(MIENTRAS ESTEN ABORDANDO PERMANEZCAN EN LA NAVE Y SE ENCUENTREN DESEMBARCANDO) PROVENIENTE DE LAS OPERACIONES, USO Y MANTENIMIENTO DE EMBARCACIONES DEL ASEGURADO, SEGÚN LA RELACION.
6.- USOS : COMO SEAN REQUERIDOS Y APROBADOS POR EL EJERCITO DEL PERU INCLUYENDO USO DE RECREACION E INSTRUCCIÓN DE SUPERVIVENCIA.
7.- CONDICIONES
COMUNES : ASEGURADOS ADICIONALES; PERDIDAS PAGADERAS;
ACUERDOS DE LIBERACION DE RESPONSABILIDADES; RENUNCIA DE DERECHOS DE SUBROGACION; ACUERDOS CONTRACTUALES Y/O
COMO PUEDAN SER ACORDADOS POR EL ASEGURADOR.
8.- FORMA DE PAGO : PAGOS EN CUATRO ARMADAS TRIMESTRALES EN
PARTES IGUALES, SIN INTERESES NI RECARGOS ADICIONALES.
9.- AVISOS DE
CANCELACION : 30 DIAS, PARA TODOS LOS CASOS.
10.-JURISDICCION
Y ARBITRAJE : LA POLIZA ESTA SUJETA A LAS LEYES Y JURISDICCION
DEL PERU.
II.- DESARROLLO DEL PROGRAMA DE COBERTURA
1.- CASCO MARITIMO Y RESPONSABILIDAD CIVIL.
a. Pérdida Total Absoluta
b. Pérdida Total Constructiva
c. Gastos de Salvamento hasta el 100 %
d. Responsabilidad Civil frente a terceros (lesiones corporales y daños a la propiedad), Límite Único combinado US $ 500,000.00 cualquier persona/ocurrencia embarcación.
e. Responsabilidad Civil por Colisión 4 x 4.
f. Averías particulares por Incendio y/o Explosión.
g. Averías particulares por varadura y/o encalladura y/o hundimiento, volcadura y colisión con objeto sumergido, fijo o flotante.
h. Cláusula de Rehabilitación Automática de Suma Asegurada.
i. INSTITUTE WAR AND STRIKES CLAUSES HULLS TIME, 01.11.95 CL.281
j. Cláusula 356 INSTITUTE RADIOACTIVE CONTAMINATION EXCLUSION CLAUSE –01.10.90
k. Cláusula A507 PROTECCION AND INDEMNITY SP-23 (REVISED) con limites de responsabilidad hasta el 100 % de la Suma Asegurada de cada embarcación materia del seguro, modificada para amparar también Responsabilidad Legal Extracontractual por daños que pudieran causarse a terceros por contaminación accidental de las Vías Fluviales, resultante de derrames o descarga de Hidrocarburos desde las embarcaciones aseguradas.
l. Cláusula de Adelanto del 50 % del siniestro.
m. Gastos de Salvataje, Auxilio o Reflotamiento hasta el 100% del valor de la embarcación
n. Deducible aplicable para cada y toda pérdida, excepto Pérdida Total Absoluta o Pérdida Total Constructiva; 5% del Valor Acordado.
o. Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 20% sobre la base del 70% de la Prima Neta.
2.- ACCIDENTES PERSONALES
a. SUMA ASEGURADA:
Suma Asegurada Capital: Beneficios según la Escala “E” de Xxxxx’x, ítems 1 al 9.
1) POR MUERTE Y/O INVALIDEZ PERMANENTE PARCIAL Y/O TOTAL: Tripulantes : US $ 100,000.00 cada persona.
Pasajeros : US $ 100,000.00 cada persona.
2) POR INCAPACIDAD PARCIAL TEMPORAL/TOTAL:
US $ 220.00 diarios, hasta un máximo de 365 días por persona/accidente (Sin Deducible)
3) GASTOS DE CURACION:
US $ 20,000.00 Por persona/accidente (sin deducible).
4) SEPELIO
US $ 4,000.00
3.-SINIESTRALIDAD:
No registra ningún tipo de accidente en los 5 últimos años.
4.-RELACION DE EMBARCACIONES POR ASEGURAR
(14) Unidades:
EMBARCACIONES FLUVIALES DEL EP A ASEGURAR EN LA POLIZA DE SEGUROS AF - 2009 - 2010
Nº | EMBARCACIONES | Nº MATRUCULA | SUMA ASEGURADA | Nº TRIPUL/ PASAJ | Nº MOTOR | AÑO FAB |
01 | Motochata XXXXXXX XXXXX | EP-010 | US$ 90,000.00 | 80 | VOLVO 350 HP | 1980 |
02 | Motochata XXXXX. XXXXX XXXXXXX | EP-005 | US$ 80,000.00 | 6 | XXXX XXXX 180 HP | 1982 |
03 | Deslizador XXXXX XXXXXX MOD- 168 | 779571596 | US$ 12,000.00 | 8 | MOTOR F/B 40 HP YAMAHA M- E40G./Nº SO31643 | 1980 |
04 | Deslizador XXXXX XXXXXX MOD- 168 | 075724C595 | US$ 12,000.00 | 8 | MOTOR F/B 40 HP YAMAHA MOD-E40JMS./Nº 10421 | 1980 |
05 | Deslizador XXXXX XXXXXX MOD- 168 | 075725C599 | US$ 12,000.00 | 8 | MOTOR F/B XXXX XXXX 55HP S/M./Nº 03320734 | 1980 |
06 | Deslizador XXXXX XXXXXX MOD- 168 | 679481394 | US$ 12,000.00 | 9 | MOTOR F/B 40 HP YAMAHA MOD-E40JMS./Nº 10493 | 1980 |
07 | Deslizador XXXXX XXXXXX MOD- 168 | 679971394 | US$ 12,000.00 | 9 | MOTOR F/B 40 HP YAMAHA MOD-E40JMS./Nº 10494 | 1980 |
08 | Deslizador XXXXX XXXXXX MOD- 168 | 070389B494 | US$ 12,000.00 | 9 | MOTOR F/B 55HP XXXX YAMAHA. MOD M-E55C./Nº L- 606645 | 1980 |
09 | Lancha Xxxxxxxxxx Xxxxxx. XXXX X- 000 | XX-0000 | XXx 9,627.00 | 20 | Nº 4811370 | 1984 |
10 | Lancha Xxxxxxxxxx Xxxxxx. XXXX X- 000 | XX-0000 | XXx 9,627.00 | 20 | Nº 4807547 | 1984 |
11 | Lancha Xxxxxxxxxx Xxxxxx. XXXX X- 000 | XX-0000 | XXx 9,627.00 | 20 | Nº 4809313 | 1984 |
12 | Lancha Xxxxxxxxxx Xxxxxx. XXXX X- 000 | XX-0000 | XXx 9,627.00 | 20 | Nº 4828425 | 1984 |
13 | Lancha Xxxxxxxxxx Xxxxxx. XXXX X- 000 | XX-0000 | XXx 9,627.00 | 20 | Nº 4828355 | 1984 |
14 | Lancha Patrullera Desliz. ALUM T- 300 | EP - 0063 | US$ 9,627.00 | 20 | Nº 4808800 - 4830788 | 1984 |
SLIP TECNICO PARA LA CONTRATACIÓN DE SEGUROS MARÍTIMOS PARA LA FLOTA DE EMBARCACIONES
DE LA FUERZA AÉREA DEL PERÚ
I.- PROGRAMA DE COBERTURA
1. TIPO : SEGURO XX XXXXX, RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A
TERCEROS Y ACCIDENTES PERSONALES PARA TRIPULANTES Y PASAJEROS.
2.- ASEGURADO : MINISTERIO DE DEFENSA (MINDEF) Y/O FUERZA AEREA DEL
PERU (FAP) Y/O ESCUELA DE SUPERVIVENCIA EN EL MAR (ESMAR).
3.- PERIODO : DOCE MESES, DESDE EL 00 XX XXXXX XXX 0000 HASTA EL 00
XX XXXXX XXX 0000.
4.- RADIO DE
NAVEGACIÓN : AGUAS SUDAMERICANAS
5.- INTERÉS
ASEGURABLE : LAS NAVES DE PROPIEDAD Y/O OPERADAS POR EL
ASEGURADO, DESCRITAS EN LA RELACIÓN DE EMBARCACIONES PARA CUBRIR:
a.- CONTRA PÉRDIDA O DAÑO ACCIDENTAL A LAS NAVES, PROVENIENTE DE LAS OPERACIONES, USO, MANTENIMIENTO, MIENTRAS ESTÉN NAVEGANDO Y/O AMARRADA.
b.- LA RESPONSABILIDAD CIVIL LEGAL DEL ASEGURADO Y ACCIDENTES PERSONALES DE PASAJEROS Y TRIPULANTES (MIENTRAS ESTÉN ABORDANDO PERMANEZCAN EN LA NAVE Y SE ENCUENTREN DESEMBARCANDO), PROVENIENTE DE LAS OPERACIONES, USO Y MANTENIMIENTO DE EMBARCACIONES DEL ASEGURADO, SEGÚN LA RELACIÓN.
6.- USOS : COMO SEAN REQUERIDOS Y APROBADOS POR LA FUERZA
AÉREA DEL PERÚ, INCLUYENDO USO DE RECREACIÓN E INSTRUCCIÓN DE SUPERVIVENCIA EN EL MAR.
7.- CONDICIONES
COMUNES : ASEGURADOS ADICIONALES; PÉRDIDAS PAGADERAS;
ACUERDOS DE LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDADES; RENUNCIA DE DERECHOS DE SUBROGACIÓN; ACUERDOS CONTRACTUALES Y/O COMO PUEDAN SER ACORDADOS POR EL ASEGURADOR.
8.- FORMA DE
PAGO : SUJETO AL PAGO EN CUATRO ARMADAS TRIMESTRALES DE ACUERDO A LO PACTADO CON LA ASEGURADORA.
9.- AVISOS DE
CANCELACIÓN : 30 DÍAS, PARA TODOS LOS CASOS.
10.- JURISDICCIÓN
Y ARBITRAJE : LA PÓLIZA ESTA SUJETA A LAS LEYES Y
JURISDICCIÓN DEL PERÚ.
13.- OBLIGACIONES
DE LA EMPRESA QUE OBTENGA
LA BUENA PRO : a.- EMITIR LA PÓLIZA DE SEGURO EN CUATRO
EJEMPLARES EN EL IDIOMA OFICIAL DEL PERÚ (CASTELLANO) Y LAS CLÁUSULAS QUE ESTUVIEREN EN EL IDIOMA INGLÉS, DEBERÁN SER TRADUCIDAS AL IDIOMA CASTELLANO POR CUENTA DE LA EMPRESA ASEGURADORA.
b.- ENTREGAR A LA FUERZA AÉREA DEL PERÚ, AL INICIO DE LA VIGENCIA, LA HOJA DE CALCULO EN FORMA DETALLADA DE LAS TASAS Y PRIMAS APLICADAS.
II.- DESARROLLO DEL PROGRAMA DE COBERTURA
1.- CASCO MARÍTIMO Y RESPONSABILIDAD CIVIL CONDICIONES:
a.- Pérdida Total Absoluta.
b.- Pérdida Total Constructiva.
c.- Gastos de Salvamento al 100%.
d.- Responsabilidad Civil Frente a Terceros (Lesiones corporales y daños a la propiedad), Límite Único Combinado US$ 500,000.00, cualquier persona/ocurrencia/embarcación.
e.- Responsabilidad civil por colisión 4 x 4.
f.- Averías Particulares por Incendio y/o Explosión.
g.- Averías Particulares por Varadura y/o Encalladura y/o Hundimiento, volcadura y colisión con objeto sumergido, fijo o flotante.
h.- Cláusula de Rehabilitación Automática de Suma Asegurada.
i.- Institute War and Strikes Clauses Hulls Time 01-11-95 CL-281.
j.- Cláusula 356 INSTITUTE RADIOACTIV CONTAMINATION EXCLUSION CLAUSE 01-10-90.
k.- Cláusula A507 PROTECCION AND INDEMNITY SP-23 (REVISED) con límites de responsabilidad hasta el 100% de la Suma Asegurada de cada embarcación, modificada para amparar también Responsabilidad Legal Extracontractual por daños que puedan causarse a terceros por contaminación accidental de la vía marítima, resultante de derrames o descarga de Hidrocarburos desde las embarcaciones aseguradas.
l.- Cláusula de Adelanto del 50% del siniestro.
m.- Gastos de Salvataje, Auxilio o Reflotamiento hasta el 100% del valor de la embarcación.
n.- Deducible aplicable para cada y toda pérdida, excepto Pérdida Total Absoluta o Pérdida Total Constructiva; el 5 % del Valor Acordado.
ñ.- Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 20% sobre la base del 70% de la prima neta.
2.- ACCIDENTES PERSONALES a.- SUMA ASEGURADA:
Suma Asegurada Capital: Beneficios según la Escala “E” de Xxxxx’x, ítems
1 al 9.
1) POR MUERTE Y/O INVALIDEZ PERMANENTE:
Tripulantes : US$ 100,000.00 cada persona.
Pasajeros : US$ 100,000.00 cada persona.
2) POR INCAPACIDAD PARCIAL TEMPORAL/TOTAL
US$ 220.00 diarios, hasta un máximo de 365 días por persona/accidente (sin Deducible).
3) GASTOS DE CURACIÓN
US$ 20,000.00 por persona/accidente (sin Deducible)
b.- CONDICIONES:
1) Póliza de Seguro de Londres, basada en el Condicionado General 92/71-EF para seguro xx Xxxxx y Maquinaria de Embarcaciones No pesqueras.
2) Institute Yacht Clauses Transit Clau CL.
3) Institute Yacht Clauses Marchinery Damage Ext. CL. 332.
4) Institute War and Strikes Clauses Yacht CL. 329.
5) Institute Yacht Clauses CL.328, incluyendo Responsabilidad Frente a Terceros, portes, costos legales y gastos de salvamento.
6) Institute Clauses – Hulls Parts Removed Clause 1/11/95 CL.364.
7) En el caso de muerte de una persona asegurada, la Compañía pagará el costo de los gastos funerarios hasta el límite máximo de US$ 3,000.00 por cada persona.
8) Acuerdos Contractuales y Financieros celebrados por el Asegurado Original, Acuerdos de Indemnización, Alquiler, Violación de Garantía, Manipuleo y Soporte en el mar, Pérdidas Pagaderas, Liberación de Responsabilidades y Acuerdos similares incluidos automáticamente como a su vencimiento.
9) Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 20% sobre la base del 70% de la prima neta.
III.- INFORMACIONES TÉCNICAS
1.- RADIO DE NAVEGACIÓN USUAL:
a.- Para el Yate, 3 millas náuticas, desde la Bahía de Ancón, hacia la playa de la Marina y Santa Xxxx.
b.- Las Lanchas, 1 milla náutica, desde el muelle de la Escuela de Supervivencia hacia toda la Bahía de Ancón.
c.- Los botes, 5 millas náuticas, los que se desplazan por la Bahía de Ancón e Islas de Ancón, Santa Xxxx y la playa San Xxxxxxxxx.
d.- Las motos acuáticas, 2 millas náuticas y se desplazan por la playa de la Escuela de Supervivencia, Yacth Club de Ancón, Santa Xxxx y la playa San Xxxxxxxxx.
2.- FRECUENCIA DE UTILIZACIÓN:
a.- El Yate se utiliza principalmente durante la temporada xx xxxxxx, los días sábados y domingos y en forma eventual cualquier día de la semana, así como en época de invierno, cuando lo dispone el Alto Mando de la FAP; igualmente por tratarse de una nave de uso presidencial en cualquier momento del año puede modificarse la ruta de navegación usual.
b.- Las Lanchas, se utilizan principalmente durante la temporada xx xxxxxx, los días sábados y domingos, así como en forma interdiaria en los días de la semana y en época de invierno eventualmente en apoyo a los cursos de supervivencia en el mar.
c.- Los botes, son embarcaciones que se emplean en la temporada xx xxxxxx todos los días de la semana y en época de invierno en forma eventual en apoyo a los cursos de supervivencia.
d.- Las motos acuáticas son utilizadas principalmente los días sábados y domingos y en forma eventual cuando lo disponga el Alto Mando de la Fuerza Aérea, pudiendo ser trasladadas a otras aguas del Perú.
3.- SINIESTRALIDAD BOTE “SOL”
a.- Accidente ocurrido el 13-06-2007.
b.- La embarcación sufrió la pérdida de un motor y daño a su estructura en la localidad de Ancón, como consecuencia de la rotura del cabo que la mantiene unida al fondeadero; posteriormente se le encontró varada en la playa de Ancón.
c.- El reclamo fue considerado por los ajustadores de seguros como pérdida total y se recibió la indemnización por el importe de US$ 1,500.00; bajo la cobertura xx xxxxx marítimo.
4.- LAS EMBARCACIONES POR ASEGURAR EN NUMERO DE CATORCE (14), SE DETALLA EN LA RELACIÓN ADJUNTA.
O
RELACION DE EMBARCACIONES NÁUTICAS PARA ASEGURAR EN EL PERÍODO 2009-
2010
COBERTURA XX XXXXX MARÍTIMO, RESPONSABILIDAD CIVIL Y ACCIDENTES
PERSONALES
No. | EMBARCACI ONES | NOMBRE DE EMBARCACIÓ N | AÑO XX XXXXX CACI ÓN | MODELO | MATERIAL XXX XXXXX | MOTOR- MARCA | SERIE Nº | CAPACI DAD PAX/TR IP | VALOR COMERCIAL US$ |
001 | YATE | CORMORAM | 1982 | SILVERTON | FIBRA XX XXXXXX | MOTOR Nº 1 XXXXXXX MOTOR Nº 2 XXXXXXX | TV70062U642818 TV70062U642618 | 25 | 85,000.00 |
002 | LANCHA | DOES "1" | 1982 | DESLIZADOR | XXXXXXXX | XXXXXX | 4002-906355 | 05 | 2,000.00 |
003 | LANCHA | DOES "2" | 1982 | DESLIZADOR | XXXXXXXX | XXXXXX | 4002-906351 | 05 | 2,000.00 |
004 | LANCHA | COFAP | 1982 | BALLOTA | FIBRA XX XXXXXX | XXXXXXX | G 7755183 | 06 | 3,500.00 |
005 | LANCHA | BIENESTAR | 1982 | BALLOTA | FIBRA XX XXXXXX | EVINRUDE | 05212369 | 06 | 14,000.00 |
006 | LANCHA | ORCA | 1996 | AMERICANO | FIBRA XX XXXXXX | XXXXXXX | J 5670511 | 05 | 2,500.00 |
007 | LANCHA | TORMENTA | 1996 | AMERICANO | FIBRA XX XXXXXX | MARINER | OG 237827 | 05 | 2,500.00 |
008 | LANCHA | MARSELLA | 1982 | AMERICANO | FIBRA XX XXXXXX | XXXXXXX | J5670598 | 06 | 3,000.00 |
009 | BOTE | SOL | 1982 | BOTE DE PESCA | MADERA | XXXXXXX | G 3047524 | 12 | 4,000.00 |
010 | XXXXXX | XXX | 0000 | XXXXXXX | XXXXX XX XXXXXX | YAMAHA | 6ES-020258 | 06 | 3,500.00 |
011 | LANCHA | ESMAR | 1982 | ALAGUAZO | FIBRA XX XXXXXX | EVINRUDE | R 8157748 | 15 | 7,000.00 |
012 | MOTO ACUÁTICA | DELFÍN 1 | 2000 | JET SKY BOMBARDIER | FIBRA XX XXXXXX | SEA DOO | 4589036 | 02 | 5,000.00 |
013 | MOTO ACUÁTICA | DELFÍN 2 | 2000 | JET SKY BOMBARDIER | FIBRA XX XXXXXX | SEA DOO | 4590151 | 02 | 5,000.00 |
014 | BOTE | ANGUILA | 2007 | DESLIZADOR | BOTE DE GOMA | SAIL | ABO-81295 | 05 | 6,000.00 |
T O T A L | US$ | 100 | 145,000.00 |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SEGURO CASCOS MARÍTIMOS XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU
ITEM 1: SEGURO DE CASCOS MARITIMOS:
I.- PROGRAMA DE COBERTURA
1.- TIPO: SEGURO XX XXXXX Y MAQUINARIA DE EMBARCACIONES NO PESQUERAS, DE RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS Y ACCIDENTES PERSONALES
2.- ASEGURADO: MINISTERIO DE DEFENSA (MINDEF) X/X XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX (XXX)
0.- XXXXXXX XX XXXXXXXXX: DOCE (12) MESES
4.- RADIO DE NAVEGACION: AGUAS JURISDICIONALES DE LA REPUBLICA
DEL PERU
5.- INTERES ASEGURABLE: LAS NAVES DE PROPIEDAD Y/O OPERADAS POR
EL ASEGURADO, DESCRITAS EN LA RELACION DE EMBARCACIONES PARA CUBRIR:
a. CONTRA PERDIDA O DAÑO ACCIDENTAL A LAS NAVES, PROVENIENTES DE LAS OPERACIONES, USO, MANTENIMIENTO, MIENTRAS ESTEN NAVEGANDO Y/O AMARRADA; INCLUYENDO TODO BIEN CONECTADO A ELLAS, NADA EXCLUIDO. COMPRENDE CASCO, MAQUINARIA, MATERIALES, EQUIPOS Y OTROS.
b. LA RESPONSABILIDAD CIVIL LEGAL DEL ASEGURADO DE LOS TRIPULANTES Y/O PASAJEROS MIENTRAS ESTEN ABORDANDO Y/O PERMANEZCAN EN LA NAVE Y/O SE ENCUENTREN DESEMBARCANDO, PROVENIENTES DE LAS OPERACIONES, USO Y MANTENIMIENTO DE LAS EMBARCACIONES DEL ASEGURADO.
6.- USOS: COMO SEAN REQUERIDOS Y APROBADOS POR LA XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU INCLUYENDO USO DE RECREACIÓN E INSTRUCCIÓN DE SUPERVIVENCIA.
7.- FORMA DE PAGO: PAGOS EN CUATRO (4) ARMADAS TRIMESTRALES EN PARTES IGUALES, SIN INTERESES NI RECARGOS ADICIONALES.
8.- AVISOS DE CANCELACIÓN: 30 DIAS, PARA TODOS LOS CASOS.
9.- JURISDICCIÓN Y ARBITRAJE: LA POLIZA ESTA SUJETA A LAS LEYES Y
JURISDICCIÓN DEL PERU
10.-INSPECCIÓN DE LAS NAVES: EL COSTO POR LA INSPECCIÓN DE LAS NAVES
ESTARA A CARGO DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS QUE OBTENGA LA BUENA PRO
11.-OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: LA(S) POLIZA(S), ENDOSO(S), CLAUSULA(S),
CONDICIONADO(S) Y CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE ESTUVIEREN EN EL IDIOMA INGLES, DEBERAN SER TRADUCIDAS EN EL IDIOMA OFICIAL DEL PERÚ (CASTELLANO), POR CUENTA DE LA EMPRESA ASEGURADORA
II.- DESARROLLO DEL PROGRAMA DE COBERTURA
1.- CASCO MARÍTIMO Y RESPONSABILIDAD CIVIL
a. B.A.P. “XXXXXXX”
(1) Institute Time Xxxxxxx Xxxxx (01/11/95) CL280.
(2) Institute Adittional Perils Clauses Hulls (01/11/95) CL294
(3) Institute War and Strikes Clauses Hulls - Time (01/11/95) CL281
(4) Cut Through Clause y Carta de Compromiso de Reasegurador líder, según modelo adjunto, en los casos que corresponda a colocaciones de reaseguros facultativos.
(5) Ship-to-Ship Transfer Clause, según modelo adjunto.
b. LANCHA DE BAHIA “NACO-I” y “NACO-II”
(1) Institute Time Clauses Hulls Port Risks including Limited Navitation (20/07/87) CL312
(2) Institute Adittional Perils Clauses Hulls (01/11/95) CL281
(3) Incluir CL A507 Protection and Indemnity SP-23 con $ 80,000.00 y $ 180,000.00 de limite asegurado, por cada embarcación, respectivamente, que ampare daños por polución o contaminación del mar por hidrocarburos, otras sustancias oleosas u otro tipo de sustancias, multas u otros pagos impuestos por autoridad, y daños y/o pérdida de cargamento hasta un limite equivalente a la suma asegurada u otras responsabilidades frente a terceros, tripulantes o no.
(4) Institute War and Strikes Clauses Hulls Time (01/11/95).
c. LANCHA DE RECREO “LOS ARGONAUTAS” Y YATE “NEPTUNO
(1) Pérdida Total Absoluta
(2) Pérdida Total Constructiva
(3) Averías Particulares por Incendio y/o Explosión y/o Varadura y/o Encalladura y/o Hundimiento y/o Volcadura y/o Colisión con objeto sumergido, fijo o flotante
(4) Póliza de seguro basada en el Condicionado General para seguro xx Xxxxx y Maquinaria de Embarcaciones no Pesqueras
(5) Institute Yacht Clauses CL.328, incluyendo responsabilidad frente a terceras partes, costas legales y gastos de salvamento
(6) Institute Yacht Clauses Transit Clause CL.122
(7) Institute War and Strikes Clauses Yacht CL.329
(8) Institute Yacht Clauses Machinary Damages Ext. CL.332.
d. B.A.P. “XXXXXX”, X.X.X. “XXXXXX”, X.X.X. “XXXXXXXXX” Y B.A.P. “GUARDIAN XXXX”
(1) Pérdida Total Absoluta
(2) Pérdida Total Constructiva
(3) Averías Particulares por Incendio y/o Explosión y/o Varadura y/o Encalladura y/o Hundimiento y/o Volcadura y/o Colisión con objeto sumergido, fijo o flotante
(4) Póliza de seguro basada en el Condicionado General 92/71-EF-97 para seguro xx xxxxx y maquinaria de embarcaciones no pesqueras.
(5) Institute Time Clauses – Hulls Port Risks Including Limited Navigation 20/7/87 CL.312 eliminando los numerales 3.1, 6 y 10.3.10 para incorporar los riesgos de Terremoto y/o Erupción Volcánica y/o Contaminación Accidental del mar, con los siguientes limites asegurados y deducibles de acuerdo con el numeral 13.1 : US$ 10,000.00
(6) La Institute Time Clauses Hulls Port Risks Including Limited Navigation 20/7/87 CL.312, comprende dentro de los alcances, condiciones y como allí se encuentran definidas bajo los puntos 7 (POLUCIÓN) y 10 (PROTECCIÓN E INDEMNIZACIÓN), la cobertura de Responsabilidad Civil frente a terceros hasta el limite asegurado (Valor Casco y Máquina de la Embarcación B.A.P. “GAUDEN”), respectivamente
(7) Institute Bulk Oil Clauses 1/2/83 CL. 273, con respecto al combustible para buques transportado como carga a granel a bordo del B.A.P. “GAUDEN” – Esta cobertura se encuentra sujeta a un limite asegurado máximo de US$ 300,000.00 y US$ 20,000.00 de deducible aplicable por cada accidente y/u ocurrencia
(8) Ship – to – Ship Transfer Clause.
e. B.A.P. “XX XXXXX”, XXX. “XXXXXXXX”, X.X.X. “XXXXXXXX” Y B.A.P. “XXXXX”
(1) Pérdida Total Absoluta.
(2) Pérdida Total Constructiva.
(3) Averías Particulares por Incendio y/o Explosión y/o Varadura y/o Encalladura y/o Hundimiento y/o Volcadura y/o Colisión con objeto sumergido, fijo o flotante.
(4) Póliza de seguro basada en el Condicionado General 92/71-EF-97 para seguro xx xxxxx y maquinaria de embarcaciones no pesqueras.
(5) Institute Time Clauses – Hulls Port Risks including Limited Navigation 20/7/87 CL.312 But Free from Particular Average under Clause 5 (Perils) unless caused by Fire and/or Lightning and/or Explosion and/or Stranding and/or Grounding and/or Sinking and/or Collision and/or Contac of the vessel with any external object other than water, as well as deleting Clauses 3.1, 6 and
10.3.10 absolutely.
f. B.A.P. “XXXXXXX”, XXXXXXXXXX FLUVIAL “CONTAMINA”, “XXXXXXX”, XXXXXXX”, “XXXXXXXXX”, “POYENI”, “AGUAITA”, “XXXXXX XXXX”, “XXX XXXXXXXXX”, “ASHANINKA I”, ASHANINKA II”, LANCHA DE TRANSPORTE “XXXXXXXX X”, XXXXXXXX XX”, XXXXXXXX III”, GAMITANA IV” DESLIZADOR “ZAMPAN 4-1”, “ZAMPAN 4-3”, “ZAMPAN 4-4”, ZAMPAN 4-5”, “ZAMPAN 4-6”, “ZAMPAN 4-7”, “ZAMPAN 4-8”, “ZAMPAN 4-9”, ZAMPAN 4-10”, BOTE “ZODIAC”, E/F “XXXXXXXX”, E/F “ TAPUINA, M/CH “HUAZAGA”, M/CH “ XXXXXXXXXX”, X/X “343”, A/F “344” Y A/F “346”
(1) Pérdida Total Absoluta
(2) Pérdida Total Constructiva
(3) Averías Particulares por Incendio y/o Explosión por Varadura y/o Encalladura y/o Hundimiento, Volcadura y colisión con objeto sumergido, fijo o flotante
(4) Averías Particulares
(5) Póliza de seguro basada en el Condicionado General 92/71-EF-97 para seguro xx xxxxx y maquinaria de embarcaciones no pesqueras
g. CONDICIONES ESPECIALES PARA TODOS LOS BUQUES:
(1) Institute War and Strikes Clauses Hulls Time CL-281 (01.11.95)
(2) Institute Time Clauses – Hulls Leased Equipement Clauses CL-362 (01.11.95)
(3) Institute Clauses – Hulls Parts Removed Clause CL-364 (01.11.95)
(4) Institute Radioactive Contamination, Chemical, Biological, Bio-Chemical and Electromagnetic Weapons Exclusión Clause CL-370 (10.11.03)
(5) Institute Cyber Attack Exclusion Clause CL-380 (10.11.03)
(6) Institute Radioactiv Contamination Exclusion Clause CL-356 (01.10.90) y CL- 356A (1.11.02)
(7) Clausula Nuclear Energy Risks Exclusion Clause (Marine) (1.11.89)
(8) Gastos de Salvataje, Auxilio o Reflotamiento hasta el 100% del valor de la embarcación
(9) Gastos de Salvamento al 100%
(10) Responsabilidad Civil por colisión 4 x 4
(11) Responsabilidad Civil Frente a Terceros (lesiones corporales y daños a la propiedad), Limite Único combinado US$ 500,000.00 cualquier persona/ocurrencia/embarcación
(12) Cláusula A507 PROTECCION AND INDEMNITY SP-23 (REVISED) con limites de responsabilidad hasta el 100% de la suma asegurada de cada embarcación, modificada para amparar también Responsabilidad Legal Extracontractual por daños que puedan causarse a terceros por contaminación accidental de la vía marítima, resultante de derrames o descarga de Hidrocarburos desde las embarcaciones aseguradas
(13) Cláusula de Rehabilitación Automática de Suma Asegurada
(14) Cláusula de Adelanto del 50% del siniestro
(15) Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 20% sobre la base del 70% del total de las primas netas, deduciendo importe de siniestros ocurridos durante el periodo
h. DEDUCIBLES
(1) B.A.P. “XXXXXXX”
No mayor de US$ 10,000.00 aplicable por separado a cada accidente, evento u ocurrencia.
(2) LANCHA DE BAHÍA “NACO I” y “NACO II”
No mayor de US$ 3,500.00 aplicable por separado a cada accidente, evento u ocurrencia.
(3) RESTOS DE EMBARCACIONES
Deducible aplicable a toda y cada pérdida 1.5 % de la Suma Asegurada o Valor Acordado de cada embarcación, excepto en caso de Pérdida Total Absoluta y/o Constructiva.
i. SINIESTRALIDAD
En los últimos CINCO (05) años, la única siniestralidad que registrada la Xxxxxx xx Xxxxxx del Perú, corresponde al siniestro ocurrido el día 30 enero 2008 al Ex-B.A.P. “SUPE”, habiendo la Compañía Rímac Seguros pagado la suma de US $ 500,000.00, correspondiente al seguro xx Xxxxx y Maquinaria con que contaba la referida embarcación. Asimismo, con respecto al Seguro PANDI, se viene negociando con la Compañía Rímac Seguros y la Compañía Andes Pacific Services corresponsal de NAVIGATORS las respectivas indemnizaciones, habiendo NAVIGATORS autorizado un adelanto de $ 250,000.00 para tratamiento del Personal Naval.}
2.- ACCIDENTES PERSONALES
a. LANCHA DE RECREO “LOS ARGONAUTAS” Y EL YATE “NEPTUNO
(1) Póliza de Seguro de Londres, basada en el Condicionado General K (A) XXX- 0000, Endoso de Gastos Médicos (Accidente), LSW-726
(2) Escala de Beneficios “E” de Xxxxx’x, ítems del 1 al 9
(3) Cláusula de Exposición y Desaparición, NMA 981 y NMA 1442
(4) Cláusula de extensión xx Xxxxxx de viajes al extranjero “B” NMA 785
(5) Se Incluye Guerra (sujeto a la Cláusula de Exclusión Limitada xx Xxxxxx NMA 2582), motines, conmoción civil y daños maliciosos
(6) Endoso de Gastos Médicos
(7) Inclusión transporte de bebés en brazos, sujeto a la Cláusula de Distribución “A” AV-35
(8) En el caso de muerte de una persona asegurada, la Compañía pagará el costo de los gastos funerarios hasta el límite máximo de US$ 4,000.00 por cada persona
(9) Acuerdos Contractuales y Financieros celebrados por el Asegurado Original, Acuerdos de Indemnización, Alquiler, Violación de Garantía, Manipuleo y Soporte en el mar, Pérdidas Pagaderas, Liberación de Responsabilidades y Acuerdos similares incluidos automáticamente como a su vencimiento
(10) Responsabilidad Civil frente a terceros (lesiones corporales y danos a la propiedad) Limite Único Combinado $ 100,000.00, cualquier persona, ocurrencia, embarcación, como se encuentra definidos bajo la cláusula de Protección e Indemnización
(11) Se deja constancia que la edad limite para transportar pasajeros en estas embarcaciones, estará comprendida entre los 5 hasta los 75 anos de edad
(12) Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 20% sobre la base del 70% del total de las primas netas, deduciendo importe de siniestros ocurridos durante el periodo.
RELACION DE TRIPULANTES Y/O PASAJEROS:
UNIDAD NAVAL | TRIPULANTES | PASAJEROS |
E/R “LOS ARGONAUTAS” | 3 | 16 |
YATE NEPTUNO | 6 | 15 |
b. SUMAS ASEGURADAS:
(1) POR MUERTE Y/O INVALIDEZ PERMANTE Tripulantes :US$ 100,000.00 cada persona. Pasajeros :US$ 100,000.00 cada persona.
(2) POR INCAPACIDAD PARCIAL / TEMPORAL / TOTAL
US$ 220.00 diarios, hasta un máximo de 365 días por persona / accidente
(3) GASTOS DE CURACIÓN
US$ 20,000.00 por persona / accidente
(4) GASTOS DE SEPELIO
US$ 5,000.00 por persona
c. DEDUCIBLES:
Sin Deducible
d. SINIESTRALIDAD
Ninguna de las embarcaciones registra ningún tipo de siniestros en los últimos CINCO (05) años, en la cobertura de Accidentes Personales.
3.- MODELOS DE CLAUSULAS:
MODELO DE CLAUSULA “SHIP TO SHIP TRANSFER CLAUSE”
(TRANSFERENCIA DE CARGA DE BUQUE A BUQUE EN EL MAR)
It is noted and agreed that vessels insured under this fleet placement have liberty to perform transshipment of cargo operations by way of ship-to-ship transfer at quay and/or anchor and/or sea within or off port limits, to the extent that such operations are considered customary in the trade concerned for vessels of similar type & size to the insured vessels, provided that:
1. Master of the insured vessels concerned retain right at all times at their discretion to abandon or discontinue the operation if at any time they consider it to become unsafe.
2. Transhipment location or position is deemed safe in respect of weather conditions, fenders, cargo hoses or otherwise.
3. All safety rules and provisions as contained in the Oil Companies International Marine Forum (OCIMF) Ship-to-Ship Transfer Guide (Oil Tankers) or as per International Maritime Organization (IMO) or otherwise are carefully observed and complied with.
On all other occasions ship-to-ship transfer is held covered at terms to be agreed subject to IMO regulations and/or OCIMF regulations as applicable.
MODELO DE CLAUSULA “CUT-THROUGH CLAUSE”
Notwithstanding the fact that cover provided hereunder is a reinsurance of (Nombre de la Cía. Aseguradora Local) the Reinsurers hereon and (Nombre de la Cía. Aseguradora Local) hereby agree that in the event that the (Nombre de la Cía. Aseguradora Local) shall go into liquidation or receivership or administration or shall be unable for any reason whatsoever (except in case of a claim rejected by the (Nombre de la Cía. Aseguradora Local) for technical / underwriting reasons and where full annual premium has not been paid first to reinsurers) to effect payment hereunder (together known as “events of default”), then its is expressly agree by the (Nombre de la Cía. Aseguradora Local) that the reinsurer, in lieu of payment to the (Nombre de la Cía. Aseguradora Local) shall pay to the insured the reinsurer´s share of any loss or losses incurred by the (Nombre de la Cía. Aseguradora Local) which are within the limit, terms and conditions of this policy, always provided that the liability of the reinsurer to the reinsurer hereunder shall be reduced by the amount of payments made by the reinsurer on account of the same loss or losses to the (Nombre de la Cía. Aseguradora Local) (and provided further that the reinsurer shall be entitle to deduct from the amount of such loss or losses any premiums due to the reinsurer (but unpaid) under this policy).
It is fully understood and agreed by the (Nombre de la Cía. Aseguradora Local) that it is a condition precedent to this policy that payments made directly to the insurer pursuant to this clause shall absolve the Reinsurer from making any payments to the (Nombre de la Cía. Aseguradora Local) or its liquidators, receiver or administrator and shall constitute a full discharge and release of the reinsurer from any and all further liability in connection therewith.
MODELO DE CARTA DE COMPROMISO DEL REASEGURADOR LIDER
Date,
Messrs.
Servicio Xxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx xxx Xxxx Xxxx - Xxxx
Re: Xxxx and Machinery quotation Dear Sirs:
This is to confirm (Nombre del Reasegurador Líder) lead on a proportional basis the Xxxx and Machinery terms quoted to your goodselves by (Nombre de la Cía. Aseguradora Local) from Lima, Perú being our written share …% of order … % of whole.
Furthermore, we acknowledge the only deductibles theses reinsurance terms are subject to are those provided in (Nombre de la Cía. Aseguradora Local) is original bid.
Kindly note (Nombre del Reasegurador Líder) is “(Calificación del Reasegurador Líder)” Standard & Poors rated.
Yours sincerely,
III.- RELACION DE UNIDADES NAVALES POR ASEGURAR:
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
01 | BUQUE TÓPICO BAP "CURARAY" | 1983 | OBCJ | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 20.50 MTS. MANGA: 06.50 MTS. PUNTAL: 01.45 MTS. MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 130 TONS DWT: 74 TONS | UN (01) MOTOR CATERPILLAR: MODELO: 3306 POTENCIA: 190 HP Nº SERIE: 67DO4008 2000 RPM | APOYO MÉDICO A POBLACIONES RIBEREÑAS | $356,000.00 |
02 | PATRULLERA FLUVIAL TIPO PIRO "CONTAMANA" | 2002 | XX-000 | XXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 07.40 MTS. MANGA: 02.30 MTS. PUNTAL: 01.10 MTS. MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 - ALUMINIO 6061 - V6 TRB: 2.50 TONS DWT: 1.50 TONS | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175PXSTM Nº DE SERIE: 05000416 | PATRULLERA FLUVIAL | $49,000.00 |
UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175CXSTA Nº DE SERIE: 05016264 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
03 | PATRULLERA FLUVIAL TIPO PIRO "NUEVA “XXXXXXX" | 2002 | XX-000 | XXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 07.40 MTS. MANGA: 02.30 MTS. PUNTAL: 01.10 MTS. MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 - ALUMINIO 6061 - V6 TRB: 2.50 TONS. DWT: 1.50 TONS | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175PXSTM Nº DE SERIE: 05000639 | PATRULLERA FLUVIAL | $49,000.00 |
UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175CXSTA Nº DE SERIE: 05010516 | |||||||||
04 | PATRULLERA FLUVIAL TIPO PIRO "ATALAYA" | 2002 | XX-000 | XXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 07.40 MTS MANGA: 02.30 MTS PUNTAL: 01.10 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 - ALUMINIO 6061 - V6 TRB: 2.50 TONS DWT: 1.50 TONS | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175PXSTM Nº DE SERIE: 05000540 | PATRULLERA FLUVIAL | $41,500.00 |
UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175CXSTA Nº DE SERIE: 05016252 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICA S GENERALES | CARACTERÍSTICA S DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
05 | PATRULLERA FLUVIAL TIPO PIRO "ZORRILLOS" | 2002 | XX-000 | XXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 07.40 MTS MANGA: 02.30 MTS PUNTAL: 01.10 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 - ALUMINIO 6061 - V6 TRB: 2.50 TONS DWT: 1.50 TONS | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175PXSTM Nº DE SERIE: 05000551 | PATRULLERA FLUVIAL | $49,000.00 |
UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175CXSTA Nº DE SERIE: 05011727 | |||||||||
06 | PATRULLERA FLUVIAL TIPO PIRO "POYENI" | 2002 | XX-000 | XXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 07.40 MTS MANGA: 02.30 MTS PUNTAL: 01.10 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 - ALUMINIO 6061 - V6 TRB: 2.50 TONS DWT: 1.50 TONS | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175PXSTM Nº DE SERIE: 05000635 | PATRULLERA FLUVIAL | $49,000.00 |
UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175CXSTA Nº DE SERIE: 05016253 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
07 | PATRULLERA FLUVIAL TIPO PIRO "AGUAYTÍA" | 2002 | XX-000 | XXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 07.40 MTS MANGA: 02.30 MTS PUNTAL: 01.10 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 - ALUMINIO 6061 - V6 TRB: 2.50 TONS DWT: 1.50 TONS | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175PXSTM Nº DE SERIE: 05000378 | PATRULLERA FLUVIAL | $49,000.00 |
UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175CXSTA Nº DE SERIE: 05011728 | |||||||||
08 | PATRULLERA FLUVIAL TIPO PIRO "PUERTO INCA" | 2002 | XX-000 | XXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 07.40 MTS MANGA: 02.30 MTS PUNTAL: 01.10 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 - ALUMINIO 6061 - V6 TRB: 2.50 TONS DWT: 1.50 TONS | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175PXSTM Nº DE SERIE: 05000570 | PATRULLERA FLUVIAL | $49,000.00 |
UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 175 HP AÑO DE FAB.: 2003 MODELO: J175CXSTA Nº DE SERIE: 05020854 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
09 | PATRULLERA FLUVIAL TIPO PIRO "SAN XXXXXXXXX" | 2002 | PF-257 | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 07.40 MTS MANGA: 02.30 MTS PUNTAL: 01.10 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 - ALUMINIO 6061 - V6 TRB: 2.50 TONS DWT: 1.50 TONS | NO TIENE | PATRULLERA FLUVIAL | $16,000.00 |
10 | PATRULLERA FLUVIAL "ASHANINKA I" | 1993 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 00 XXX XXXXX: 02.30 MTS PUNTAL: 01 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 2.00 TONS DWT: 1.28 TONS | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: SUZUKI 140 HP AÑO DE FAB.: 2004 MODELO: DF – 140 Nº DE SERIE: 14001F-516395 | PATRULLERA FLUVIAL | $21,600.00 |
11 | PATRULLERA FLUVIAL "ASHANINKA II" | 1993 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX(XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 00 XXX XXXXX: 02.30 MTS PUNTAL: 01 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 2.00 TONS DWT: 1.28 TONS | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: SUZUKI 140 HP AÑO DE FAB.: 2004 MODELO: DF – 140 Nº DE SERIE: 14001F-516392 | PATRULLERA FLUVIAL | $21,600.00 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
12 | LANCHA DE TRANSPORTE "GAMITANA I" | 2004 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 09.10 MTS MANGA: 02.00 MTS PUNTAL: 00.75 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 2.00 TONS DWT: 1.75 TON | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: YAMAHA 60 HP AÑO DE FAB.: 2004 Nº DE SERIE: 1002400 | LANCHA DE TRANSPORTE | $11,800.00 |
13 | LANCHA DE TRANSPORTE "GAMITANA II" | 2004 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 09.10 MTS MANGA: 02.00 MTS PUNTAL: 00.75 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 2.00 TONS DWT: 1.75 TON | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: YAMAHA 60 HP AÑO DE FAB.: 2004 Nº DE SERIE: 1002831 UN (01) MOTOR DE COLA: MARCA: XXXXXX XXXXXXXX 10 HP AÑO DE FAB.: 2003 Nº DE SERIE: 03030448 | LANCHA DE TRANSPORTE | $13,300.00 |
14 | LANCHA DE TRANSPORTE "GAMITANA III" | 2004 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 09.10 MTS MANGA: 02.00 MTS PUNTAL: 00.75 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 2.00 TONS DWT: 1.75 TON | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: SUZUKI 140 HP AÑO DE FAB.: 2004 Nº DE SERIE: 14001F-423262 | LANCHA DE TRANSPORTE | $16,400.00 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
15 | LANCHA DE TRANSPORTE "GAMITANA IV" | 2004 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 10.10 MTS MANGA: 02.00 MTS PUNTAL: 00.75 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 2.84 TONS DWT: 2.44 TONS | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: SUZUKI 140 HP AÑO DE FAB.: 2004 Nº DE SERIE: 14001F-516397 | LANCHA DE TRANSPORTE | $16,400.00 |
16 | DESLIZADOR "ZAMPAN 4-1" | 1993 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX(XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 00 XXX XXXXX: 01.50 MTS PUNTAL: 00.63 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 0.50 TONS DWT: 0.49 TON | UN (01) MOTOR DE COLA: MARCA: XXXXXX XXXXXXXX 10 HP AÑO DE FAB.: 2003 Nº DE SERIE: 95092011 | DESLIZADOR DE CONTROL FLUVIAL | $5,000.00 |
17 | DESLIZADOR "ZAMPAN 4-3" | 1993 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 05.90 MTS MANGA: 01.50 MTS PUNTAL: 00.63 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 0.60 TONS DWT: 0.56 TON | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: SUZUKI 40 HP AÑO DE FAB.: 198 Nº DE SERIE: 322065 | DESLIZADOR DE CONTROL FLUVIAL | $7,000.00 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
18 | DESLIZADOR "ZAMPAN 4-4" | 1993 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 00 XXX XXXXX: 01.50 MTS PUNTAL: 00.63 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 0.50 TONS DWT: 0.49 TON | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: XXXXXXX 55 HP AÑO DE FAB.: 1998 Nº DE SERIE: G02575033 | DESLIZADOR DE CONTROL FLUVIAL | $8,000.00 |
19 | DESLIZADOR "ZAMPAN 4-5" | 1993 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 03.50 MTS MANGA: 01.40 MTS PUNTAL: 00.63 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 0.40 TONS DWT: 0.35 TON | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: SUZUKI 40 HP AÑO DE FAB.: 2004 Nº DE SERIE: 234173 | DESLIZADOR DE CONTROL FLUVIAL | $6,500.00 |
20 | DESLIZADOR "ZAMPAN 4-6" | 1993 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 03.50 MTS MANGA: 01.40 MTS PUNTAL: 00.63 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 0.40 TONS DWT: 0.35 TON | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: SUZUKI 15 HP AÑO DE FAB.: 2004 Nº DE SERIE: 01501376327 | DESLIZADOR DE CONTROL FLUVIAL | $4,620.00 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
21 | DESLIZADOR "ZAMPAN 4-7" | 1993 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 05.90 MTS MANGA: 01.50 MTS PUNTAL: 00.63 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 0.60 TONS DWT: 0.56 TON | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: SUZUKI 40 HP AÑO DE FAB.: 2004 Nº DE SERIE: 04003- 373743 | DESLIZADOR DE CONTROL FLUVIAL | $7,000.00 |
22 | DESLIZADOR "ZAMPAN 4-8" | 1993 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX(XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 00 XXX XXXXX: 01.50 MTS PUNTAL: 00.63 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 0.50 TONS DWT: 0.49 TON | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: YAMAHA 40 HP AÑO DE FAB.: 1994 Nº DE SERIE: GJ45450008783 | DESLIZADOR DE CONTROL FLUVIAL | $7,000.00 |
23 | DESLIZADOR "ZAMPAN 4-9" | 1993 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 08.00 MTS MANGA: 01.50 MTS PUNTAL: 00.63 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 1.30 TONS DWT: 1.00 TON | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: SUZUKI 40 HP AÑO DE FAB.: 1998 Nº DE SERIE: 134162 | DESLIZADOR DE CONTROL FLUVIAL | $8,500.00 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
24 | DESLIZADOR "ZAMPAN 4-10" | 1993 | NO TIENE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 08.00 MTS MANGA: 01.50 MTS PUNTAL: 00.63 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO NAVAL 5086 TRB: 1.30 TONS DWT: 1.00 TON | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: EVINRUDE 45 HP AÑO DE FAB.: 1996 Nº DE SERIE: GO-3921014 | DESLIZADOR DE CONTROL FLUVIAL | $9,000.00 |
25 | BOTE ZODIAC | NO TIENE | XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU | ESLORA: 03.00 MTS MANGA: 01.70 MTS PUNTAL: 00.43 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: BOTE SEMI RIGIDO DE GOMA TRB: 0.80 TONS DWT: 0.69 TON | UN (01) MOTOR FUERA XX XXXXX: MARCA: SUZUKI 70 HP AÑO DE FAB.: 2008 Nº DE SERIE: 07001F-883969 | $16,000.00 | |||
26 | EMPUJADOR FLUVIAL “XXXXXXXX” AER-187 | 1976 | IQ-17456-EF | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 16.10 MTS MANGA: 06.49 MTS PUNTAL: 01.97 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 78.28 TONS DWT: N/A | UN (01) MOTOR CATERPILLAR: POTENCIA: 220 HP Nº SERIE: BR.93B1354 ER. 93B1353 | EMPUJAR BARCAZAS EN LINEA | $89,450.00 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
27 | EMPUJADOR FLUVIAL “TAPUINA” AER-180 | 1973 | IQ-19014-EF | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 13.10 MTS MANGA: 05.53 MTS PUNTAL: 02.00 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 88.60 TONS DWT: N/A | UN (01) MOTOR CATERPILLAR: POTENCIA: 220 HP Nº SERIE: BR.7082-700-8V71-RC ER. 7082-3000-8V71-LC | EMPUJAR BARCAZAS EN LINEA | $89,450.00 |
IQ-17455-MF | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 29.90 MTS MANGA: 06.02 MTS PUNTAL: 01.53 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 110.84 TONS DWT: N/A | UN (01) MOTOR CATERPILLAR: POTENCIA: 125 HP Nº SERIE BR.5B-1452 ER.5B-1288 | $73,150.00 | ||||
MOTOCHATA FLUVIAL “HUAZAGA” ABP-337 | TRANSPORTE DE | ||||||||
28 | 1974 | CARGA LIQUIDA Y | |||||||
SOBRE CUBIERTA | |||||||||
MOTOCHATA FLUVIAL “CHINGANAZA” ABP- 337 | 1974 | IQ-19015-MF | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 30.00 MTS MANGA: 06.00 MTS PUNTAL: 01.52 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 259.79 TONS DWT: N/A | UN (01) MOTOR VOLVO PENTA: POTENCIA: 145 HP Nº SERIE: BR.2041063163 ER.2041063135 | TRANSPORTE DE CARGA LIQUIDA Y SOBRE CUBIERTA | $73,150.00 | |
29 | |||||||||
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
30 | ARTEFACTO FLUVIAL BARCAZA “343” | 1975 | IQ-17457-EF | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 42.63 MTS MANGA: 12.18 MTS PUNTAL: 02.80 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 335.22 TONS DWT: N/A | N/A | TRANSPORTE DE CARGA DIVERSA | $130,000.00 |
31 | ARTEFACTO FLUVIAL BARCAZA “344” | 1975 | TRAMITE | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 42.60 MTS MANGA: 12.40 MTS PUNTAL: 02.62 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 421.49 TONS DWT: N/A | N/A | TRANSPORTE DE CARGA DIVERSA | $130,000.00 |
32 | ARTEFACTO FLUVIAL BARCAZA “346” | 1975 | IQ-19676-AF | SERVICIO XXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXX (XXXX XXXXXXX) | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 45.70 MTS MANGA: 12.15 MTS PUNTAL: 03.90 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 392.83 TONS DWT: N/A | N/A | TRANSPORTE DE CARGA DIVERSA | $130,000.00 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
33 | LANCHA DE RECREO CATAMARAM “LOS ARGONAUTAS” | 1992 | CO-11407DM | SEER ENTERPRISES USA | XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU | ESLORA: 09.14 MTS MANGA: 02.50 MTS PUNTAL: 00.80 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ALUMINIO, FIBRA XX XXXXXX Y CUBIEERTA XX XXXXXX TRB: 01.50 TONS DWT: 20 TM | UN (01) MOTOR MARINE Nº SERIE: 65536 | PASEOS TURISTICOS | $24,225.00 |
34 | YATE “B.A.P. NEPTUNO” | 1979 | CO-19756DM | ATTEARS YACHTS USA | XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU | ESLORA: 16.20 MTS MANGA: 04.80 MTS PUNTAL: 02.60 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: FIBRA XX XXXXXX TRB: 43.23 TONS DWT: N/A | UN (01) MOTOR DETROIT DIESEL - GM: | N/A | $270,000.00 |
35 | BUQUE OCEANOGRAFICO “XX XXXXX” | 0000 | XXX-000 | XXXX - XXXXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX XXX XXXX | ESLORA: 21.00 MTS MANGA: 05.30 MTS PUNTAL: MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 68.50 TONS DWT: N/A | UN (01) MOTOR CATERPILLAR: | N/A | $445,950.00 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
36 | BUQUE OCEANOGRAFICO B.A.P. “XXXXXXXX” | 1956 | OBMQ | ASTILLEROS XXXXX XXXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU | ESLORA: 46.60 MTS MANGA: 08.80 MTS PUNTAL: 04.50 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: MADERA TRB: 320 TONS DWT: N/A | UN (01) MOTOR VOLVO | N/A | $1,300,000.00 |
37 | BUQUE OCEANOGRAFICO B.A.P “XXXXX” | 1961 | OBMS | ASTILLEROS XXXXX XXXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU | ESLORA: 33.06 MTS MANGA: 06.87 MTS PUNTAL: 03.65 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: MADERA TRB: 170 TONS DWT: N/A | UN (01) MOTOR VOLVO | N/A | $850,000.00 |
38 | BUQUE OCEANOGRAFICO B.A.P. “XXXXXXXX” | 1961 | OBMS | ASTILLEROS XXXXX XXXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU | ESLORA: 33.06 MTS MANGA: 06.87 MTS PUNTAL: 03.65 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: MADERA TRB: 170 TONS DWT: N/A | UN (01) MOTOR VOLVO | N/A | $850,000.00 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
39 | AUXILIAR CISTERNA DE PETROLEO B.A.P. “GAUDEN” | 1944 | ACP-119 | XXXXX XXXXX E. INC.SHIPYARD CHICAGO ILLINOIS USA | XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU | ESLORA: 53.04 MTS MANGA: 09.90 MTS PUNTAL: 04.67 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 715.28 TONS DWT: 396.60 | UN (01) MOTOR PRINCIPAL: MARCA: DETROIT DIESEL XXXXXXX MODELO: 8V-149-T1 Nº DE SERIE: 1499 | TRANSPORTE DIESEL D-2 | $300,000.00 |
40 | AUXILIAR REMOLCADOR DE BAHIA B.A.P. “XXXXXX” | 0000 | XXX-000 | XXXXXXX XXXXXXXX XXX | XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU | ESLORA: 48.51 MTS MANGA: 11.74 MTS PUNTAL: 05.95 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 1,000.00 TONS DWT: 800.00 | UN (01) MOTOR PRINCIPAL: MARCA: FAIR XXXXX XXXXX AÑO: 1943 MODELO: 3800-D8 1/8 Nº DE SERIE: 832516 | REMOLCADOR DE BAHIA | $300,000.00 |
41 | AUXILIAR CISTERNA DE AGUA B.A.P. “XXXXXXXXX” | 0000 | XXX-000 | XXXXX XXXXX X. XXX.XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXX | XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU | ESLORA: 53.00 MTS MANGA: 11.00 MTS PUNTAL: 04.57 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 715.28 TONS DWT: 396.60 | UN (01) MOTOR PRINCIPAL: MARCA: GENERAL MOTOR CORPORATION AÑO: 1945 MODELO: 8-278-A Nº DE SERIE: 45125 | TRANSPORTE DE AGUA POTABLE | $300,000.00 |
ITEM | TIPO UNIDAD NOMBRE | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | CONSTRUCTOR | PROPIETARIO | CARACTERISTICAS GENERALES | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | USO | SUMA ASEGURADA |
42 | AUXILIAR REMOLCADOR DE ALTURA B.A.P. “GUARDIAN XXXX” | 0000 | XXX-000 | XXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX XXX | XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU | ESLORA: 62.50 MTS MANGA: 11.90 MTS PUNTAL: 05.70 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 1,711.00 TONS DWT: 1,084.00 | UN (01) MOTOR PRINCIPAL: MARCA: GENERAL MOTOR CORPORATION AÑO: 1943 MODELO: 12-278 Nº DE SERIE: 9720 | REMOLQUE UNIDADES NAVALES PARTICULARES Y CATAMARAN | $600,000.00 |
43 | BUQUE TANQUE B.A.P. “XXXXXXX” | 1945 | XX-00000-XX | XXX | XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU | ESLORA: 52.86 MTS MANGA: 09.72 MTS PUNTAL: 04.70 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO NAVAL TRB: 544.88 TONS DWT: N/A | UN (01) MOTOR PRINCIPAL: MARCA: GENERAL MOTOR MODELO: 8-278-A | TRANSPORTE HIDROCARBUROS | $300,000.00 |
44 | LANCHA “NACO-I” | 1991 | CO-10898-SM | CONTECNI S.A. PERU | XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU | ESLORA: 12.20 MTS MANGA: 04.26 MTS PUNTAL: 01.84 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: MADERA TRB: 10.97 TONS DWT: N/A | UN (01) MOTOR PRINCIPAL: MARCA: VOLVO PENTA MODELO: TAMD71A/38772 | SERVICIO EN BAHIA | $80,000.00 |
45 | ITEM | |
LANCHA “ | ||
TIPO UNIDAD NOMBRE | ||
1995 | AÑO DE CONSTRUCCIÓN | |
CO-16010-EM | INDICATIVO INTERNACIONAL Y/O MATRICULA | |
XXXX XXXXXX PERÚ | CONSTRUCTOR | |
XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU | PROPIETARIO | |
ESLORA: 16.50 MTS MANGA: 05.30 MTS PUNTAL: 02.50 MTS MATERIAL CONSTRUCCION: ACERO TRB: 31.50 TONS DWT: N/A | CARACTERISTICAS GENERALES | |
UN (01) MOTOR PRINCIPAL: MARCA: CARTEPILLAR MODELO: 33068/84Z02605 | CARACTERÍSTICAS DEL MOTOR | |
SERVICIO EN BAHIA | USO | |
$180,000.00 | SUMA ASEGURADA |
MINISTERIO DE DEFENSA
CP Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL
NACO-II”
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ITEM 2: SEGURO DE CASCOS NO MARITIMOS:
I.- PROGRAMA DE COBERTURA
1.- TIPO: SEGURO XX XXXXX NO MARÍTIMOS Y RESPONSABILIDADES
2.- ASEGURADO: | MINISTERIO DE DEFENSA (MINDEF) Y/O MARINA | |
3.- | PERIODO DE COBERTURA: | XX XXXXXX DEL PERU (MGP) DOCE (12) MESES. |
4.- RADIO DE NAVEGACIÓN: AGUAS JURISDICIONALES DE LA REPUBLICA DEL
PERU.
5.- INTERES ASEGURABLE: LAS BOYAS SIDO CONSTRUIDAS POR DIRECCIÓN
DE HIDROGRAFIA Y NAVEGACIÓN, NO EXISTIENDO MARCAS DE FABRICANTES, SOLO LA DE ALGUNOS COMPONENTES, DE PROPIEDAD Y/O OPERADAS POR EL ASEGURADO, DESCRITAS EN LA RELACION XX XXXXX A CUBRIR.
6.- USOS: COMO SEAN REQUERIDOS Y APROBADOS POR LA XXXXXX XX XXXXXX DEL PERU INCLUYENDO USO DE RECREACIÓN E INSTRUCCIÓN DE SUPERVIVENCIA.
7.- FORMA DE PAGO: PAGOS EN CUATRO (4) ARMADAS TRIMESTRALES EN PARTES IGUALES, SIN INTERESES NI RECARGOS ADICIONALES.
8.- AVISOS DE CANCELACIÓN: 30 DIAS, PARA TODOS LOS CASOS.
9.- JURISDICCIÓN Y ARBITRAJE: LA POLIZA ESTA SUJETA A LAS LEYES Y
JURISDICCIÓN DEL PERU
10.-INSPECCIÓN DE LAS NAVES: EL COSTO POR LA INSPECCIÓN DE LAS NAVES
ESTARA A CARGO DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS QUE OBTENGA LA BUENA PRO
11.-OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: LA(S) POLIZA(S), ENDOSO(S), CLAUSULA(S),
CONDICIONADO(S) Y CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE ESTUVIEREN EN EL IDIOMA INGLES, DEBERAN SER TRADUCIDAS EN EL IDIOMA OFICIAL DEL PERÚ (CASTELLANO), POR CUENTA DE LA EMPRESA ASEGURADORA
II.- DESARROLLO DEL PROGRAMA DE COBERTURA
1.- CASCO NO MARÍTIMO Y RESPONSABILIDAD CIVIL
x. XXXXX OCEANOGRAFICAS Y SEÑALIZACIÓN NAUTICA
(1) Pérdida Total Absoluta
(2) Pérdida Total Constructiva
(3) Gastos de Salvamento al 100%
(4) Averías Particulares por Varadura y/o Encalladura y/o Hundimiento, Volcadura y Colisión
(5) Robo, Xxxxx, Xxxx Xxxxxxxxx, Vandalismo y Terrorismo
(6) Gastos de Salvataje, Auxilio o Reflotamiento hasta el 100% del valor asegurado
b. CONDICIONES ESPECIALES PARA TODAS LAS BOYAS
(1) Institute Radioactive Contamination, Chemical, Biological, Bio-Chemical and Electromagnetic Weapons Exclusión Clause 10/11/03 CL-370.
(2) Institute Cyber Attack Exclusion Clause 10/11/03 CL-380
(3) Clausula Nuclear Energy Risks Exclusion Clause (Marine) 1/11/89
(4) Cláusula 356 INSTITUTE RADIOACTIV CONTAMINATION EXCLUSION CLAUSE 01-10-90 y CL 356A 1/11/02
(5) Cláusula de Rehabilitación Automática de Suma Asegurada
(6) Cláusula de Adelanto del 50% del siniestro
(7) Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 20% sobre la base del 70% del total de las primas netas, deduciendo importe de siniestros ocurridos durante el periodo.
c. DEDUCIBLE
1.5 % de la suma asegurada.
d. SINIESTRALIDAD
ASEGURADORA | AÑO | PRIMA NETA EN USD $ | MONTO INDEMNIZADO USD $ | PORCENTAJE SINIESTRALIDAD % |
COMPAÑÍA RÍMAC SEGUROS | 2002 | 80,988.66 | 0.00 | 0.00 |
MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS | 2002 | 25,702.33 | 0.00 | 0.00 |
MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA SEGUROS Y REASEGUROS | 2003 | 28,129.29 | 161,590.35 | 574.50 |
COMPAÑÍA RÍMAC SEGUROS | 2003 | 30,261.69 | 172,559.13 | 570.20 |
COMPAÑÍA RÍMAC SEGUROS | 2004 | 33,973.83 | 6,430.25 | 18.90 |
COMPAÑÍA RÍMAC SEGUROS | 2005 | 575,938.96 | 0.00 | 0.00 |
COMPAÑÍA RÍMAC SEGUROS * | 2006 | 68,443.07 | 15,130.00 | 22.11 |
* Prima Neta Total, correspondiente a la vigencia de la Póliza de Seguros de Cascos No Marítimos Nro. 3101-501525, xxxxxxx xx xxxxxxxx 00 xxxxx 0000 hasta el 03
abril 2007.
e. RELACION XX XXXXX:
e.1) BOYAS DE SEÑALIZACIÓN NAÚTICA POR ASEGURAR:
N° | NOMBRE DE LA BOYA | MATERIAL DE CONSTRU CCIÓN | MODELO | LINTERNA | EQUIPOS | UBICACIÓN | LATITUD | LONGITUD | SUMA ASEGURADA US$. |
1 | BOYA "EX- CHIMBOTE" | CAUCHO | NAVCARE | BKL-120 | N/X | XXXX EXTERIOR PUERTO CALLAO | 12°02´15.2´´ S | 77°11´10.5´´ W | 23,500.000 |
2 | BOYA "KARAKUMI" | FIBRA XX XXXXXX | P2ST | CARMANAH | N/X | XXXX EXTERIOR PUERTO CALLAO | 12°01´53.3´´ S | 77°10´25.4´´ W | 3,500.00 |
3 | BOYA BUQUE PERQUERO HUNDIDO | CAUCHO | BCP-1520- UCHI | CARMANAH 601 | N/X | XXXX EXTERIOR PUERTO CALLAO | 12°02´27.3´´ S | 77°10´19.2´´ W | 21,500.00 |
4 | XXXX Xx0 | XXXXXX | BCP-1520- UCHI | CARMANAH 601 | N/X | XXXX EXTERIOR PUERTO CALLAO | 12°02´14.5´´ S | 77°08´44.0´´ W | 21,500.00 |
5 | BOYA SEPARADORA DE TRAFICO MARITIMO | ACERO CILINDRO | ZNLB-100 | ML-300 | N/X | XXXX EXTERIOR PUERTO CALLAO | 12°02´11.4´´ S | 77°12´37.7´´ W | 133,017.00 |
6 | BOYA IMAP (CENTRO) | FIBRA XX XXXXXX | SB-510 | CIEGA | N/X | XXXX EXTERIOR IMAP-ANCON | 11°44´36.8´´ S | 77°10´25.5´´ W | 21,000.00 |
7 | BOYA IMAP(NORTE) | FIBRA XX XXXXXX | P2ST | CIEGA | N/X | XXXX EXTERIOR IMAP-ANCON | 11°44´20.0´´ S | 77°10´27.0´´ W | 2,500.00 |
8 | BOYA IMAP (SUR) | FIBRA XX XXXXXX | P2ST | CIEGA | N/X | XXXX EXTERIOR IMAP-ANCON | 11°44´54.0´´ S | 77°10´28´´W | 2,500.00 |
9 | BOYA SEPARADORA DE TRAFICO MARITIMO (PISCO) | CAUCHO | BCP-1520- UCHI | ML-300 | UNA BATERIA SECUNDARIA A 12 V. 102 A/H | PUERTO DE SAN XXXXXX RADEX (PISCO) | 13º42`28.0"S | 76º17`27.0"W | 24,593.00 |
10 | BOYA XXXXXX XXXXX XXXXXX | XXXXXXXX XXXXXXXX | X0X | XXXXXXX | X/X | XXXXX XXXXXX XXXX XXX XXXXXXX (XXXXXX) | 11º05`19.0"S | 77º12`11.0"W | 2,700.00 |
11 | BOYA BALNEARIO MARINA- ANCON | METAL AMARRE | P5L | CIEGA | N/X | XXXX EXTERIOR BALNEARIO | 11º46'27,1"S | 77º11'41,8"W | 2,500.00 |
12 | BOYA LEONES (ILO) | FIBRA XX XXXXXX | SB-510 | ARMANAH | N/A | PUERTO ILO | 17º41'01,0"S | 71º22'49,6"W | 22,500.00 |
00 | XXXX XXXXX XXXX XXXXX | XXXXX XX XXXXXX | X0X | XXXXXXX | N/X | XXXX EXTERIOR ANCON | 17º46'1254"S | 77º11'16.92" W | 2,500.00 |
e.2) BOYAS OCEANOGRÁFICAS POR ASEGURAR
N° | NOMBRE DE LA BOYA | MATERIAL DE CONSTRUCCIO N | SERIE | DIÁMET RO MTS | ALTURA DESDE LA SUPERFICIE DEL AGUA HASTA LA PARTE SUPERIOR DEL MÁSTIL MTS | PESO TOTAL KGS | COLOR FLOTANTE | LATITUD | LONGUITU D | SUMA ASEGURADA US$ |
1 | BOYA "XXXXXX XXX XXXXXX" | POLIETILENO | 00WS04 | 2,70 | 4,00 | 924 | AMARILLO | 05°00.00S | 085°00.00 W | 352,085.00 |
2 | BOYA "SAN XXXXX" | POLIETILENO | 00WS01 | 2,70 | 4,00 | 924 | AMARILLO | 08°00.00S | 085°00.00 W | 352,085.00 |
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
PRIMERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.
De acuerdo con el artículo 45º del Reglamento, las Bases deberán consignar el siguiente factor de evaluación:
A. EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD Máximo 100 puntos
Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios iguales y/o similares al objeto de la convocatoria referidos a los servicios de coberturas de SEGUROS EN GENERAL, cuya prestación servirá para acreditar la experiencia del postor, durante un periodo determinado no mayor a ocho (8) años a la fecha de la presentación de la propuesta hasta por un monto máximo de facturación que no podrá exceder de cinco (05) veces el valor referencial de la contratación materia de la convocatoria.
Tal experiencia se acreditará mediante contratos y la respectiva conformidad por la prestación efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, en el mismo documento presentado debiendo permitir que el Comité pueda constatar en ella, claramente, la existencia de la relación contractual así como la efectiva cancelación del pago en la fecha correspondiente, con un xxxxxx xx xxxx (10) servicios en cada caso, prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo de cada servicio que se pretenda acreditar.
En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará la parte que haya sido ejecutada hasta la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntar la conformidad de la misma o acreditar su pago.
El servicio presentado para acreditar la experiencia en la especialidad sirve para acreditar la experiencia en la actividad.
La asignación de puntaje será de acuerdo al siguiente criterio:
▪ Monto igual o mayor a cinco (05) veces el valor referencial 100 puntos
▪ Monto igual o mayor a cuatro (04) veces el valor referencial
y menor a cinco (05) veces el valor referencial 90 puntos
▪ Monto igual o mayor a tres (03) veces el valor referencial
y menor a cuatro (04) veces el valor referencial 80 puntos
PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA, EL POSTOR DEBERÁ OBTENER UN PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO DE OCHENTA (80) PUNTOS.
PROFORMA DE CONTRATO
Conste por el presente documento, el contrato de contratación del servicio de DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS, que celebra de una parte ……………………., en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………, con domicilio legal en …………, representada por
…………, identificado con DNI Nº ……………., y de otra parte ,
con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en , inscrita en la Ficha
N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N°
……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes:
Con fecha ……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro del CONCURSO PÚBLICO Nº 0006- 2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA, para la CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS, a
……………………… (indicar nombre del ganador de la Buena Pro), cuyos detalles, importes unitarios (en caso de corresponder) y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATO
El presente proceso de selección tiene por objeto la CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del servicio materia del presente contrato asciende a US $
( Y /100 Dólares de los Estados
Unidos de América) a todo costo, incluido IGV (en caso de corresponder).
Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO2
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Dólares de los Estados Unidos de América, en el plazo de ……………………… (indicar el plazo en el que la Entidad efectuará el pago), luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos.
La forma de pago de las primas, se efectuará en cuatro (4) trimestres, en cuotas iguales, sin intereses. El pago será a los treinta (30) días de iniciado el trimestre.
El pago se realizará considerando el tipo de cambio venta indicado por la Superintendencia de Banca y Seguros el mismo que se publica en el Diario Oficial el Peruano a la fecha de emisión de la Orden de Servicio.
Después de ejecutada la prestación parcial por el contratista, la Entidad pagará la contraprestación correspondiente, previa conformidad de la Oficina y/o Dirección que sea responsable en la Entidad Participante otorgada conforme a lo establecido en el artículo 176º del Reglamento.
Durante la vigencia del contrato los precios se mantendrán fijos y no estarán sujetos a reajuste alguno.
2 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
CLÁUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución de la prestación se extenderá por el plazo de trescientos sesenta y cinco
(365) días naturales a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, tal como se ha consignado en los términos de referencia de cada Instituto Armado hasta la recepción de la ultima prestación pactada y el pago correspondiente (deberá indicarse desde cuando se computa el plazo de ejecución de las obligaciones a cargo del contratista y hasta cuándo se extienden éstas).
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
⮚ De fiel cumplimiento del contrato: US $
( Y /100 Dólares de los
Estados Unidos de América), a través de la Carta Fianza Nº . Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tiene una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
⮚ Adicional por el monto diferencial: US $
( Y /100 Dólares de los
Estados Unidos de América), de ser el caso, …………………., a través de la Carta Fianza Nº
…………………, con una vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
Esta(s) garantía(s) es (son) emitida(s) por una empresa bajo el ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
La garantía de fiel cumplimiento y, de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta deberán encontrarse vigentes hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de EL CONTRATISTA.
Al amparo de lo dispuesto en el Artículo 155º del Reglamento, en los casos de prestación de servicios de ejecución periódica, deberá consignarse lo siguiente: “Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, conforme a lo establecido en el artículo 39º de la Ley. Para este caso, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo”.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164º del Reglamento.
CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días
calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADES
a) Penalidad por retraso injustificado
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará en todos los casos, una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, en concordancia con el artículo 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta días
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, podrá resolver el contrato por incumplimiento mediante carta notarial y ejecutar en lo que corresponda la Garantía de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso) sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que se pueda exigir. Asimismo, LA ENTIDAD procederá a comunicar este hecho al Tribunal de Contrataciones del Estado.
Esta penalidad será deducida de cualquiera de su factura pendiente o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes.
b) Penalidad por incumplimiento injustificado de obligaciones
La Entidad podrá aplicar penalidades por los incumplimientos injustificados de EL CONTRATISTA, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, conforme a lo dispuesto en el artículo 166º del Reglamento.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40º, inciso c), y 44º de la Ley, y los artículos 167º y 168º de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
En lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, serán
de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS3
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144º, 170, 175º y 177º del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52º de la Ley.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: VERACIDAD DE DOMICILIOS
Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de al
…………………………
“LA ENTIDAD” | “EL CONTRATISTA” |
3 De conformidad con los artículos 216º y 217º del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, podría indicarse si la controversia será resuelta por un tribunal arbitral o un árbitro único.
FORMATOS Y ANEXOS
Lima, Señores
COMITÉ ESPECIAL
FORMATO Nº 01
SOLICITUD DE REGISTRO DE PARTICIPANTES
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA, CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
Presente.-
El que suscribe, Sr(a): , identificado con DNI Nº , representante legal de la empresa (para llenar solo en el caso de ser persona jurídica) , solicita su registro como participante conforme a las reglas establecidas en las Bases del presente proceso de selección.
Para tal efecto, cumple con acreditar estar con inscripción vigente en el RNP conforme al objeto contractual, adjuntando copia simple de la Constancia de inscripción en el Registro de Bienes del RNP. Asimismo, se cumple con adjuntar el correspondiente comprobante de pago por derecho de participación.
Adicionalmente, se solicita ser notificado a la dirección electrónica que consigna a continuación, comprometiéndome a mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que deban realizarse durante el proceso.
DATOS DEL PARTICIPANTE:
Nombre o Razón Social: | ||
R. U. C Nº | ||
Domicilio Legal: | ||
Nº Teléfono (s) Fijos | Nº Teléfono (s) Móvil (es) | Nº Fax |
Correo(s) Electrónico(s): | ||
(1).................................................................
(2)................................................................
(1) Nombre de la persona natural o del representante legal de la empresa
(2) Documento Nacional de Identidad (DNI)
NOTA:
Al momento de registrase en las instalaciones de la Entidad sírvase traer la presente solicitud debidamente llenada y firmada.
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE
Lima,…………………………………………..
Señores
COMITÉ ESPECIAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA, CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
Presente.-
……………………………… (nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificado con RUC Nº
……………………………… , debidamente representado por ………………. (nombre del representante legal de la persona jurídica), identificado con DNI Nº tenemos el agrado de dirigirnos a
ustedes, en relación con el Concurso Público N° 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA, CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS
COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS, a fin de acreditar a nuestro apoderado:
……………………………. (nombre del apoderado) identificado con DNI. Nº
………………………………quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.4
………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
NOTA IMPORTANTE 1:
La persona acreditada por el postor, presentara en acto publico y ante el Notario Publico el presente Formato, adjuntando al mismo copia simple de la ficha registral vigente del que lo suscribió, del ser el representante legal acreditara tal condición con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo, la falta de la presentación del formato y/o ficha registral invalida la presentación de propuestas.
NOTA IMPORTANTE 2:
En caso de tratarse de consorcio deberá consignarse los nombres, firma y sello de los representantes legales de cada uno de los consorciantes.
Los representantes legales de las personas jurídicas adjuntarán copia simple del documento registral vigente que acredita dicha representación.
4 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas y siempre y cuando el Representante Legal de éste no concurra personalmente al proceso de selección, de lo contrario, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 65º del Reglamento.
ANEXO N.° 01
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA, CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
Presente.- Estimados Señores:
El que se suscribe, ……………………. (postor y/o Representante Legal de ), identificado
con DNI Nº ................., RUC Nº ............., con poder inscrito en la localidad de en la
Ficha Nº ............ Asiento Nº ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social | |||||
Domicilio Legal | |||||
RUC | Teléfono | Fax |
Autorización Municipal
Municipalidad | Nº de Licencia de Funcionamiento | Fecha |
Lima,…………………………………….
Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL SERVICIO CONVOCADO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA, CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
Presente.-
Estimados Señores:
En calidad de postor, luego de haber examinado los documentos del proceso de la referencia proporcionados por la Entidad MINISTERIO DE DEFENSA y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece el Servicio de DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS, de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Términos de Referencia y demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases.
Lima, …………………………………….
Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
(*) Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA, CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
Presente.-
De nuestra consideración:
El que suscribe……………………………. (postor y/o Representante Legal de ),
identificado con DNI Nº ................ y RUC Nº …………………., domiciliado en
..........................................; que se presenta como postor del CONCURSO PÚBLICO Nº 0006- 2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, para la CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE
LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS, declaro bajo juramento:
1.- No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10° de la Ley.
2.- Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento para efectos del presente proceso de selección.
4.- Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Lima, ………………………………………
Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO.
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA, CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
Presente.- Estimados señores:
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para proveer y presentar una propuesta conjunta al CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio para la provisión correcta y oportuna de los servicios correspondientes al objeto de la referencia, de conformidad con lo establecido por el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones.
Designamos al Sr. ......................................., identificado con D.N.I. Nº… como
representante legal común del Consorcio y fijamos nuestro domicilio legal común en. , para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y
a suscribir con la Entidad el contrato correspondiente.
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación
▪ ………………………
▪ ………………………
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: ( ) % Participación
▪ ……………………..
▪ ……………………..
Lima, …………………………………………
………………………………………….. …………………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del
Representante Legal Empresa 1 Representante Legal Empresa 2
ANEXO N° 05
DECLARACIÓN JURADA SOBRE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA, CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
Presente.-
Estimados Señores:
El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad)
N°.............................., Representante Legal de la Empresa. , luego
de conocer las condiciones que se exigen en las presentes Bases, me comprometo a prestar el Servicio de LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS para el MINISTERIO DE DEFENSA,
en el plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días naturales a partir del día siguiente de la suscripción del contracto, tal como se ha consignado en los términos de referencia de cada Instituto Armado.
Lima, …………………………………….
Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
ANEXO Nº 06
DECLARACIÓN JURADA DE SERVICIOS PRESTADOS DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL
Señores
COMITÉ ESPECIAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA, CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
Presente.-
Lima, …………………………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA, CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
Presente.-
El que suscribe..........................................................., con (documento de identidad)
N°.............................., Representante Legal de la Empresa..............................................., con RUC. N°..............................., y con Domicilio Legal en. , detallamos lo siguiente:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL SERVICIO (a) | N° CONTRATO O FACTURA | IMPORTE DEL CONTRATO O FACTURA | FECHA DE INICIO Y TÉRMINO |
1 | |||||
2 | |||||
3 | |||||
4 | |||||
5 | |||||
6 | |||||
7 | |||||
8 | |||||
9 | |||||
10 | |||||
TOTAL |
MUY IMPORTANTE.- El monto será expresado en dólares americanos. En caso de tener montos en nuevos soles deberá expresarlo en dólares americanos aplicando el tipo de cambio de S/. 3.20. Se tomará en cuenta la fecha de emisión de los documentos.
Lima, ………………………………………
Firma, Nombres y Apellidos del postor/ Razón Social de la empresa
COMPROMISO DE PAGO DE SINIESTROS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA, CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
Presente.-
El que suscribe, Representante Legal de
..............................................................................................., identificado con DNI o Libreta
Electoral No. ................. DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada se compromete a cumplir con los pagos de los siniestros en el plazo establecido en la Ley Nº 26702 – Ley General del Sistema Financiero y de Seguros.
Lima, ..... de de 2009
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
CONCURSO PÚBLICO Nº 0006-2009/MINDEF/VRD/DGGAD/DL, PRIMERA CONVOCATORIA, CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con el monto referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:
CONCEPTO | COSTO TOTAL (Consignar moneda) |
CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE LAS COBERTURAS DE SEGUROS MARITIMOS | |
TOTAL |
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar.
IMPORTANTE
Toda vez, que el proceso se convoco a suma alzada, únicamente deberá requerirse que la propuesta económica contenga el monto total de la oferta, sin perjuicio de solicitar que el postor adjudicado presente el detalle de precios totales para cada Instituto Armada para la formalización del contrato, lo que esta precisado en el numeral 2.6 de la sección específica.
Lima, ……………………………………….
Firma, Nombres y Apellidos del postor
/ Razón Social de la empresa
SERVICIOS PRESTADOS DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL
En aplicación de la Ley N° 27143 y del Decreto Supremo Nº 003-2001-PCM, se entenderá como servicio prestado dentro del territorio nacional a aquel servicio que cumpla con los siguientes requisitos:
a. Los servicios suministrados por personas naturales domiciliadas en el país.
b. Los servicios suministrados por personas jurídicas constituidas, autorizadas o domiciliadas en el país y que efectivamente realicen operaciones sustanciales en el territorio nacional. El Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, mediante Resolución Ministerial, establecerá los criterios a tomarse en cuenta para determinar el concepto de “operaciones sustanciales en el territorio nacional. (*)
(*) De conformidad con el artículo único de la Resolución Ministerial Nº 043-2001-ITINCI-DM publicada el 02-03-2001, se establece que se considerará como personas jurídicas que realicen operaciones sustanciales de servicios en el territorio nacional, a aquellas que tengan más del 50% del total de sus activos fijos ubicados en el país y facturen al menos el 60% de su facturación total, dentro del territorio nacional.
Para fines de este artículo, el domicilio se determinará de acuerdo a las normas tributarias vigentes al momento de la presentación de las ofertas.