PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁ EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE TIENE POR OBJETO LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL DE ZIERBENA.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE REGIRÁ EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE TIENE POR OBJETO LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL DE ZIERBENA.
I.- CONTENIDO DEL CONTRATO
I.1. OBJETO DEL CONTRATO.-
Es objeto del presente contrato es el servicio de gestión del polideportivo municipal de Zierbena, conforme a los contenidos mínimos y previsiones que figuran en el presente Pliego y en el de Condiciones Técnicas aprobados al respecto, los cuales tendrán carácter contractual.
El contrato definido tiene la calificación de Contrato Administrativo de Prestación de Servicios tal y como establece el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, incluido en el Anexo II de dicha Ley.
Estos trabajos se realizan por los motivos expuestos en el Decreto de la Alcaldía que da inicio a este expediente.
Tanto el pliego de prescripciones técnicas particulares como el pliego de cláusulas administrativas particulares revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato
La ejecución del contrato está amparada por los créditos que se indican en la partida presupuestaria 342-22799 denominada “gestión integral del polideportivo”.
I.2. PLAZO DE EJECUCIÓN.-
El plazo total de la prestación del servicio se establece en cuatro (4) años, si bien podrá prorrogarse anualmente por mutuo acuerdo expreso de las partes antes de la finalización del contrato, de forma que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de seis años.
I.3. PRECIO DEL CONTRATO.-
El precio del presente contrato asciende a la cuantía máxima anual de TRESCIENTOS TREINTA Y OCHOS MIL, OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON NOVENTA Y OCHO CENTIMOS DE EURO (338.842,98 €) al que
habrá de añadirse el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que al tipo actual suma SETENTAY UN MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE EUROS CON TRES CÉNTIMOS DE EURO (71.157,03€).
3.1. Este precio del contrato podrá ser mejorado a la baja por los licitadores.
En el tipo de licitación se entenderán incluidos siempre a todos los efectos no solo los precios de la contrata, sino también las cuotas, tasas y toda clase de tributos e impuestos, estatales, autonómicos y municipales, que graven los trabajos objeto del presente contrato, en especial el IVA, y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante su vigencia. Cualquier otra carga económica será por cuenta del adjudicatario, de suerte que en ningún caso
habrá de abonar el Ayuntamiento cantidad alguna superior al importe de la adjudicación que resulte de la presente licitación.
Serán rechazadas todas aquellas proposiciones que excedan del presupuesto base de la presente licitación.
Serán consideradas desproporcionadas o anormales las ofertas que contengan una baja mayor del 10% respecto del tipo de licitación, pudiendo ser excluidas de conformidad con lo que dispone al efecto el Art. 152 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, si tras la justificación efectuada por el licitador los informes técnicos que se emitan estimasen que la oferta no puede ser cumplida.
No se requiere clasificación.
I.4. FORMA DE PAGO.-
El pago del precio del contrato se realizará previa presentación de las correspondientes facturas mensuales en el Registro General del Ayuntamiento, y siempre previa aprobación de las mismas por parte del Ayuntamiento. En la expedición de la factura se deberán tener en cuenta los requisitos establecidos por la normativa vigente, y en concreto el artículo 216 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
El pago de la factura mensual tendrá carácter de liquidación provisional, quedando en cualquier caso sujeta a la ulterior liquidación definitiva.
I.5. REVISIÓN DE PRECIOS.-
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 89 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en el presente contrato no procederá la revisión de precios.
I.6. GARANTÍAS.-
6.1. Garantía Provisional.
En aplicación de lo dispuesto por el artículo 103 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se exige para esta licitación la previa constitución de una fianza provisional por valor del 3% del valor estimado del contrato (precio de licitación anual por los años previstos de contrato incluidas prórroga, sin IVA).
Esta garantía se exige en razón de la duración del contrato, de la complejidad de las funciones a desarrollar y se prestará en los términos, modalidad y condiciones previstas en el citado artículo 103.
6.2. Garantía Definitiva.
Los que resulten adjudicatarios provisionales de los contratos deberán constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, (precio de licitación anual por los años previstos de contrato incluidas prórroga, sin IVA).
Esta garantía podrá prestarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
La devolución y cancelación de la garantía definitiva solo se producirá una vez aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, y siempre que no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva. La devolución se producirá previo el dictado del correspondiente acuerdo de devolución de aquélla o de cancelación del aval.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos de los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos. El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
I.7. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.-
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y a las especificaciones técnicas recogidas en los pliegos de condiciones técnicas, de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diese al contratista la Administración contratante.
I.8. RECEPCIÓN.-
La recepción se realizará en los dos (2) primeros meses a contar desde la firma del contrato, redactando dos actas una al inicio y otra a la finalización del contrato.
I.9. RÉGIMEN DE SANCIONES.-
- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales de cualquiera de los trabajos que son objeto del presente contrato, y
conforme dispone el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20€ por cada 1.000,00 € del precio del contrato.
- Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
- Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades en la proporción del 10% del precio del contrato.
- Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
I.10. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 308 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista, con los efectos previstos en los artículos 225 y 309 de la misma ley.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
Será expresa causa de resolución del contrato por incumplimiento del contratista la no prestación del servicio en los términos incluidos en la oferta, de los medios materiales o humanos citados en la misma o de cualquier otra circunstancia que propuesta por el ofertante haya sido valorada por el Ayuntamiento a los efectos de la adjudicación del contrato, tendiendo por dicha razón la naturaleza de condiciones esenciales del contrato.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
I.11. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION.-
La forma de adjudicación del contrato de servicios para la gestión del polideportivo municipal de Zierbena, será el procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá de atenderse a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa se atenderá a dos (2)
criterios de adjudicación que se puntuarán en orden decreciente:
1. Criterio cuantificable
1.1. Oferta económica [De 0 hasta 58 puntos].
Oferta económica: Hasta 58 puntos, asignados de la siguiente forma:
B.M. = Baja Media
B.M. -8% | en adelante | 0,00 puntos |
B.M. -7% | 53,00 puntos | |
B.M. -6% | 53,75 puntos | |
B.M. -5% | 54,50 puntos | |
B.M. -4% | 55,25 puntos | |
B.M. -3% | 56,00 puntos | |
B.M. -2% | 56,75 puntos | |
B.M. -1% | 57,50 puntos | |
B.M. 57,75 puntos | ||
B.M. 1% | 58,00 puntos | |
B.M. 2% | 57,75 puntos | |
B.M. 3% | 57,50 puntos | |
B.M. 4% | 57,00 puntos | |
B.M. 5% | 56,50 puntos | |
B.M. 6% | 56,00 puntos | |
B.M. 7% | 55,50 puntos | |
B.M. 8% | 55,00 puntos | |
B.M. 9% | en adelante | 0,00 puntos |
Ejemplo:
Imaginémonos que la Baja Media (B.M.) de las ofertas es de un quince por ciento (15%) inferior al precio base de licitación publicado (338.842,98€), esto es B.M. es 288.016,53 € un 15%. Teniendo en cuenta este ejemplo la puntuación se realizaría de la siguiente manera:
Si la oferta de la empresa “X” es igual a la B.M. con un 15% inferior al precio publicado obtendría 57,75 puntos. Si la oferta de la empresa “Y” es un 16% (284.628,10€) inferior al precio publicado obtendría 58,00 puntos.
Si la oferta de la empresa “W” es un 14% (291.404,96 €) inferior al precio publicado obtendría 57,50 puntos.
Las cifras intermedias se valorarán linealmente. Las bajas medias menos algún punto valdrán siempre y cuando no lleguen o rebasen el importe de la base de licitación. Para el cálculo de la Baja Media únicamente se incluirán aquellas ofertas que previamente no hayan resultado declaradas anormales y desproporcionadas.
Se presume que una oferta resulta anormal o desproporcionada y podrá ser excluida de la participación, cuando se den las siguientes circunstancias:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, la oferta sea inferior el precio al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la oferta que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las ofertas que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las ofertas que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
1.2. Atención Fisioterapéutica y de Nutrición [De 0 hasta 6 puntos].
a) Mayor número de horas de servicio. (hasta 2 puntos)
Inicialmente se exigen veinte (20) horas semanales. Por aumento de horas semanales, 0,5 puntos por cada cinco (5) horas de servicio, hasta un máximo de dos (2) puntos
b) Mayor número de horas de servicio a personas empadronadas. (hasta 2 puntos)
Inicialmente se exigen doce (12) horas semanales. Por aumento de horas semanales, 0,5 puntos por cada dos (2) horas de servicio, hasta un máximo de dos (2) puntos
c) Mayor número de especialidades profesionales a desarrollar: (hasta 1 punto)
Por cada especialidad profesional se obtendrán 0,5 puntos, siempre que la dedicación en el servicio de cada especialidad sea de cinco (5) horas semanales, hasta un máximo de un (1) punto.
d) Mayor experiencia profesional. (hasta 1 punto)
Se exige un mínimo de experiencia de cinco (5) años, por cada año de experiencia de mas se tendrá 0,1 puntos, hasta 0,5 puntos máximos por cada especialista (Fisioterapeuta y Nutricionista), hasta un máximo total de un (1) punto.
1. Se deberá aportar el conjunto de la documentación relativa a la atención fisioterapéutica y de Nutrición, compulsada y acreditada para poder tenerla en cuenta. Al igual que el posibles especialidades.
2. Se entregará un cuadro de xxxxxxx, donde figuren las veinte (20) horas que se exigen así como los posibles aumentos.
3. En la documentación, no se debe incluir el Programa de desarrollo y organización del servicio ni el Plan de justificación de los trabajos, en caso de incluirla no se tendrá en cuenta, dado que estos dos puntos se han desarrollar en el punto 2.7 de la Memoria Técnica.
2. Calidad técnica de la Memoria Técnica presentada y su ajuste a la realidad municipal de Zierbena [De 0 hasta 36 puntos].
En la valoración de la calidad técnica de la Memoria presentada se tendrá en cuenta el conocimiento de la función a desarrollar en, al menos, cuatro ámbitos de trabajo:
2.1. Adecuación de los programas de actividades elaborados en función de distintos segmentos de la población y titulaciones específicas de los motores deportivos destinados a su impartición: grados y especialidades.
- Programa de desarrollo y organización del servicio (hasta 3,5 puntos)
- Plan de justificación de trabajos realizados, tramitación de avisos, incidencias, etc: (hasta 2,5 puntos)
- Medios humanos adscritos al servicio e idoneidad de los mismos (hasta 1,5 puntos).
- Medios materiales adscritos al servicio e idoneidad de los mismos (hasta 1,5 puntos).
Hasta 9 puntos.
2.2. Recepción y gestión de actividades deportivas: programa de comunicación a los vecinos y atención a los mismos.
Hasta 1,5 puntos.
2.3. Descripción de los servicios de control de entradas/salidas, asistencias, reservas, altas y bajas etc.:
Hasta 1,5 puntos.
2.4. Programa de calidad.
Hasta 1 punto.
2.5. Programa de gestión y mejora medioambiental, conjunto de acciones encaminadas al uso, conservación o aprovechamiento ordenado de los recursos naturales y del medio ambiente. Gestión de aspectos ambientales generados en el desarrollo de las actividades productivas a fin de minimizar los impactos ambientales, mediante la implementación de prácticas amigables con el medio ambiente.
- Programa de ahorro de energía (hasta 3 puntos).
- Programa de uso eficiente y ahorro de agua (hasta 1 punto).
- Programa de gestión integral de residuos (hasta 0,5 puntos).
Hasta 4,5 puntos.
2.6. Programa del servicio de limpieza:
- Programa de desarrollo y organización del servicio (hasta 5 puntos).
- Plan de justificación de los trabajos realizados, tramitación de avisos, incidencias, etc. (hasta 1,5 puntos).
- Medios materiales adscritos al servicio e idoneidad de los mismos (hasta 1,5 puntos).
Hasta 8 puntos.
2.7. Programas de atención de fisioterapia y nutrición:
- Programa de desarrollo y organización del servicio (hasta 1,5 puntos).
- Plan de justificación de los trabajos realizados, tramitación de avisos, incidencias, etc. (hasta 0,5 puntos).
Hasta 2 puntos.
2.8. Programas de mantenimiento xx xxxxxxx:
- Programa de desarrollo y organización del servicio (hasta 3 puntos).
- Plan de justificación de los trabajos realizados, tramitación de avisos, incidencias, etc. (hasta 1 puntos).
- Medios materiales adscritos al servicio e idoneidad de los mismos (hasta 1 punto).
Hasta 5 puntos.
2.9. Programas de mantenimiento de la instalación eléctrica.
- Programa de desarrollo y organización del servicio (hasta 2 puntos).
- Plan de justificación de los trabajos realizados, tramitación de avisos, incidencias, etc. (hasta 0,5 puntos).
- Medios materiales adscritos al servicio e idoneidad de los mismos (hasta 0,5 puntos).
Hasta 3 puntos.
2.10. Programa de mantenimiento del ascensor, control de acceso y demás instalaciones:
- Programa de desarrollo y organización del servicio (hasta 1 puntos).
- Plan de justificación de los trabajos realizados, tramitación de avisos, incidencias, etc. (hasta 0,5 puntos).
- Medios materiales adscritos al servicio e idoneidad de los mismos (hasta 0,5 puntos).
Hasta 2 puntos.
I.12. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.-
Estarán facultadas para contratar las personas naturales y jurídicas, españolas y extranjeras, que, teniendo plena capacidad, acrediten la oportuna clasificación, o, en su caso, solvencia económica, financiera y técnica o profesional, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 73 de la misma norma.
1. La capacidad de obrar del empresario o empresaria se acreditará:
a. De los empresarios y empresarias que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b. De los empresarios y empresarias no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c. De los demás empresarios extranjeros y empresarias extranjeras, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar reguladas en el artículo 60 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx podrá realizarse:
a. Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, o ante el Secretario del Ayuntamiento de Zierbena.
b. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario o empresaria:
3.1. La solvencia económica y financiera del empresario y empresaria, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 75 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
La solvencia económica y financiera del empresario y empresaria deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes, a elección del órgano de contratación:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores de este apartado, el órgano de contratación podrá exigir que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad.
La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que para cada caso se determinen reglamentariamente. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de las Administraciones Públicas acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.
3.2. En el presente contrato, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 78 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por la suma de los medios siguientes:
Una experiencia mínima de la empresa o del 70% de su personal destinado al cumplimiento del contrato de al menos dos (2) años continuados ó totales en la suma de plazos parciales en los cinco (5) últimos años desde la publicación xxx Xxxxxx de Condiciones en actividades similares a las que son objeto de la contratación: servicios de impartición y gestión de programas de actividades deportivas, atención al público, control de asistencia, entradas/salidas, altas bajas, integral de una instalación deportiva municipal, etc.
Acreditación del dominio del euskera en la totalidad de personal que desarrollen sus labores directamente con menores de edad. La empresa adjudicataria deberá articular los medios de formación necesarios para que el personal subrogado alcance tal dominio del euskera, a cargo de la empresa sin que se vea entorpecido el servicio.
4. Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, deberán presentar, únicamente, copia del Certificado vigente expedido por el letrado responsable del Registro. De tal manera estarán eximidos de presentar la documentación señalada en los apartados 1, 2, y 3.1 (siempre que el certificado de inscripción en el Registro de Contratistas contengan esa clasificación y se encuentre vigente), únicamente respecto a aquéllos documentos acreditativos de las circunstancias de capacidad y solvencia cuya acreditación pueda efectuarse mediante el propio certificado.
La inscripción en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi no servirá para acreditar la solvencia técnica dado que no existe en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ni en el Real Decreto 1098/2001 grupo o subgrupo específico para los servicios de arquitectura e ingeniería. Así pues será obligatorio presentar la documentación requerida en el apartado 3.2.
5. Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, deberán acompañar al certificado de inscripción, una declaración responsable en la que manifiesten que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato, sin perjuicio de que el órgano de contratación pueda, si lo estima conveniente, efectuar una consulta al Registro correspondiente.
6. Podrán presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno en la unión, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
I.13. EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN.-
El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Condiciones Técnicas podrán ser examinados en las dependencias del Ayuntamiento de Zierbena, sito en el Xxxxxx xx Xx Xxxxxx x/x, X.X. 00.000, Xxxxxxxx, Xxxxxxx en horario de lunes a viernes de nueve (9:00) a catorce (14:00) horas, todos los días hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de la presente licitación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia (o en el Diario de la Comunidad Europea en función de su importe) y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
I.14. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.-
A) Lugar y plazo de presentación.-
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Zierbena, sito en el Xxxxxx xx Xx Xxxxxx x/x, X.X. 00.000, Xxxxxxxx, Xxxxxxx, en horario de atención al público (de lunes a viernes de 9 a 14 horas), dentro del plazo de cincuenta y dos (52) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la remisión del anuncio para su publicación en el Diario de la Comunidad Europea.
Las proposiciones podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público relativa a uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos de licitación.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 145.3 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx y del correlativo Pliego de Condiciones Técnicas.
B) Formalidades.-
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un sobre cerrado, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda Proposición para licitar a la contratación de gestión del polideportivo municipal de Zierbena,.
En dicho sobre se incluirán tres sobres cerrados con la siguiente denominación:
- Sobre “A”: Documentación Administrativa.
- Sobre “B”: Documentación Técnica.
- Sobre “C”: Proposición Económica y otros criterios evaluables de forma objetiva.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias debidamente autentificadas, conforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario o empresaria.
b) Documentos que acrediten la representación.
- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
- Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
- Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
De acuerdo con el artículo 74.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la presentación por el licitador del certificado de clasificación, sea o no preceptivo, o copia auténtica del mismo expedido por órgano competente, le eximirá de presentar los documentos acreditativos de su solvencia económica y financiera y técnica, siempre que se trate de un contrato del mismo tipo que aquellos para los que la haya obtenido.
La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación y la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo, pero no respecto de la habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación debido a que no existe en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ni en el Real Decreto 1098/2001 grupo o subgrupo específico para los servicios de arquitectura e ingeniería.
La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma del País Xxxxx acreditará idénticas circunstancias a efectos de la contratación con el Ayuntamiento de ZIERBENA.
Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto en las normas de desarrollo del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
e) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
La presentación de la totalidad de la referida documentación podrás ser suplida por la Declaración expresa y responsable por parte del empresario, de que el licitador cumple las condiciones establecidas legalmente
para contratar con la Administración, conforme al modelo que se determina en el Anexo I. El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los siguientes documentos, siendo el fin del plazo de presentación de proposiciones el momento de referencia para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia:
1. Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada del proponente o, en su caso, de su representante.
2. Si concurriera una empresa, la escritura de constitución o modificación, en original o copia autenticada, debidamente inscrita en el Registro mercantil, cuando este requisito fuese exigible conforme a la legislación mercantil aplicable.
3. Escritura de poder si se actúa en representación de otra persona.
4. Alta del I.A.E. y declaración de vigencia de la misma.
5. En el supuesto de participar empresas extranjeras de Estados no pertenecientes a la Comunidad Europea, presentarán la documentación en la forma prevista en el artículo 55 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Las empresas extranjeras efectuarán declaración de sometimiento a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia expresa al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica del empresario, de acuerdo con lo dispuesto en este Xxxxxx.
SOBRE «B» DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Memoria Técnica de la propuesta presentada, elaborada de acuerdo con el presente Xxxxxx y el de Prescripciones Técnicas que rigen el presente procedimiento, de manera que permita su valoración conforme a los criterios de adjudicación determinados en los mismos.
El licitador asumirá expresamente el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevar a cabo adecuadamente el objeto del contrato, y que obligatoriamente detallarán en su oferta. Forma de presentación de la documentación, la Memoria Técnica se deberá presentar de la siguiente manera:
1. Documentación en papel: un máximo de veintidós (22) DinA4/Hojas a doble cara, con estilo de letra Arial y tamaño de letra 11 o superior, excluida la portada. En caso de presentar un numero superior DinA4/Hojas, están no se tendrán en cuenta en la valoración, quedando excluidas.
2. Documentación en formato digital: se deberá aportar copia en CD, USB, etc. de la documentación presentada en papel, en formato PDF, Word, Excel o similar.
La inclusión en el Sobre “A” “Documentación Administrativa” o en el sobre “B” “Documentación Técnica”, de cualquier dato que sea propio de la proposición económica y otros criterios objetivos (Sobre “C”) determinará la inadmisión o exclusión automática de la proposición.
SOBRE «C»
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OTROS CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA OBJETIVA
a) Proposición económica: se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/ , n.º , con DNI n.º , en nombre propio o en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado del expediente para la contratación de la gestión integral de las instalaciones deportivas municipales de Zierbena por procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia n.º , de fecha , y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco tanto el Pliego de condiciones técnicas de estos trabajos como el Pliego de cláusulas económico-administrativas particulares que sirve de base al contrato y que los acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de euros/hora y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En , a de de 2018. Firma del licitador, Fdo.: ».
Atención Fisioterapéutica y de Nutrición [De 0 hasta 6 puntos].
I.15. MESA DE CONTRATACIÓN.-
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma, y formarán parte de ella, como vocales, el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
Presidente: X. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx (Concejal Delegado) Vocales: D. Xxxxxxx Xxxxxxxx San Xxxxxx (Concejal)
X. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx (Concejal)
X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx (Concejal) X.Xxxxxxx Oar Xxxxxx (Asesor jurídico)
X. Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx (Arquitecto Técnico Municipal) Secretaria: Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx (Funcionaria).
Sustitutos: Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx (Concejal)
Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx (Arquitecto Técnico Municipal)
I.16. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.-
Concluido el plazo de presentación de la documentación, el Ayuntamiento de ZIERBENA procederá, constituido en Mesa de Contratación, y en acto interno, a la apertura, análisis y calificación del contenido del Sobre A "Documentación Administrativa", resolviendo la admisión de los licitadores que hayan presentado en tiempo y forma la documentación exigida.
La Mesa, una vez calificada la documentación acreditativa de las circunstancias citadas en los artículos 54 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se
ajustan a los criterios de selección de las mismas, a que hace referencia el artículo 11 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
A los efectos establecidos en los artículos 54 a 64 y 82 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Xxxxxx Xxxxxxx x 00 xxx Xxxx Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el órgano y la Mesa de Contratación podrán recabar de los licitadores aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, o requerirles para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de cinco (5) días sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 del RGLCAP.
Seguidamente, en acto público, y en un plazo no superior a (siete) 7 días a contar desde la apertura de la documentación administrativa (Art. 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx), se procederá a la apertura y análisis del Sobre B "Documentación Técnica" de los licitadores admitidos, al objeto de calcular la puntuación de la propuesta técnica con los criterios establecidos las presentes Condiciones Reguladoras. La Mesa de contratación podrá solicitar, antes de formular la propuesta, los informes técnicos que considere necesarios y que tengan relación con el objeto del presente contrato.
Se exigirá, a fin de no resultar excluido del procedimiento, la obtención de, al menos, el 50,00% de los puntos asignados al mismo en el apartado referido a la Memoria Técnica.
Finalmente, y en acto público que se celebrará en el Ayuntamiento de ZIERBENA, y en fecha y hora señalado en el perfil del contratante, se procederá, en primer lugar, a la lectura del Acta con el resultado de la apertura del sobre B "Documentación Técnica" indicando la puntuación alcanzada por cada uno de los licitadores. A continuación, se procederá a la apertura del Sobre C “Proposición Económica y otros criterios evaluables de forma objetiva”, y a la lectura de todas las proposiciones, elaborándose una lista con las ofertas económicas, del plazo de ejecución y de valoración de la experiencia presentadas por cada uno de los licitadores, para posteriormente aplicar a cada uno de los licitadores contenidos en la lista anterior los criterios de cálculo de la puntuación de los criterios de cuantificación objetiva recogidos en las presentes Cláusulas.
No obstante, la asignación de la puntuación podrá ser en un momento posterior cuando surjan incidencias en la apertura que necesitan de un estudio y no pueden resolverse en ese momento.
A la puntuación así obtenida se le sumará la puntuación proveniente de la oferta técnica para obtener la puntuación total. La oferta más ventajosa será la que obtenga la mayor puntuación y el licitador a quien corresponda será requerido para que cumplimente los trámites necesarios que lleven a la adjudicación del concurso y la firma del contrato.
Recibidos los informes, y reunida de nuevo la Mesa de Contratación, realizará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
I.17. ADJUDICACION Y FORMALIZACIÓN.-
El órgano de contratación, previos los informes técnicos correspondientes, adjudicará el contrato en el plazo máximo de dos (2) meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de las ofertas, tal y como dispone el artículo 161.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011. De no dictarse la adjudicación en dicho plazo el
empresario tendrá derecho a retirar su proposición y, en su caso, a que se le devuelva la garantía depositada.
La adjudicación del contrato se llevará a cabo en base a los trámites establecidos por el artículo 151 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Así, tras clasificarse las ofertas por orden decreciente por el órgano de contratación en base a los criterios establecidos en los pliegos, se requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y de haber constituido la garantía definitiva procedente.
La acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social se llevará a cabo de la siguiente forma:
- Certificación expedida por la Administración Tributaria en que el licitador tenga su domicilio fiscal, así como por las Administraciones Tributarias en que se hayan realizado o se realicen actividades sujetas a tributación, acreditativas de que aquél se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Tratándose de sociedades no mercantiles o entidades carentes de personalidad jurídica, la(s) certificación(es) se referirán al titular o titulares de la sociedad, entidad o establecimiento.
- Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas, o el alta en la matrícula de dicho Impuesto en el caso de inicio de la actividad, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato. Asimismo, se completará con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
- Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social en el que se acredite hallarse al corriente en el pago de las cuotas de dicha entidad.
De no cumplimentarse debidamente el requerimiento en el plazo indicado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la misma documentación al licitador siguiente en base al orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación acordará la adjudicación del contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación por parte del licitador que haya presentado la oferta más ventajosa, concretando y fijando los términos definitivos del contrato.
La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que contendrá la información necesaria que permita a los licitadores excluidos o candidatos descartados interponer el recurso oportuno contra la decisión de adjudicación, y se notificará a todos los candidatos o licitadores, siendo publicada en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de ZIERBENA así como en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia. El acuerdo de adjudicación expresará los siguientes extremos:
- En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
- Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
- En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
La notificación podrá hacerse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones. La adjudicación deberá decretarse en todo caso, siempre que alguna de las ofertas presentadas reúna los requisitos exigidos en los pliegos, no pudiendo, en tal caso, declararse desierta.
No obstante, en los términos previstos en el artículo 155 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Entidad contratante, antes de la adjudicación podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos casos, de los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado.
El contrato se formalizará, en todo caso, en documento administrativo, que constituye título válido para acceder a cualquier Registro público. No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista y siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento, debiendo entregar al órgano de contratación copia de la misma.
El contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Condiciones Técnicas y, en su caso, el Proyecto Técnico, si no estuvieran incorporados al mismo.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al adjudicatario, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución del mismo, previa incoación del oportuno expediente, en el que se deberá dar audiencia al interesado, salvo que el motivo sea la falta de constitución de garantía definitiva, en cuyo caso se declarará resuelto sin más trámite, con indemnización de daños y perjuicios.
I.18. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
El Ayuntamiento de Zierbena determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Podrán ser causas de resolución del contrato, además de las previstas en el artículo 223 de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, las siguientes:
a) La suspensión por causa imputable a la Administración de la iniciación del contrato por plazo superior a seis (6) meses a partir de la fecha señalada en el mismo para su comienzo, salvo que en el pliego se señale otro menor.
b) El desistimiento o la suspensión del contrato por plazo superior a un año acordada por la Administración, salvo que en el pliego se señale otro menor.
La resolución del contrato comportará los efectos previstos en los artículos 224, 225 y 309 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxxxxxx, x 000 x 000 xxx XXXXXX.
III.- NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
III.19. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.-
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 00 xx xxxxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx, xxxxxxx las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
III.20. VICIOS O DEFECTOS EN LA EJECUCIÓN.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los servicios prestados, la Administración tendrá derecho a reclamar al contratista que reponga los bienes inadecuados o a exigir su reparación si ésta resultase suficiente. En todo caso durante el plazo de garantía el contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación dada a los bienes objeto del servicio.
III.21. PLAZO DE GARANTÍA.
El plazo de garantía comenzará a contar desde la fecha de finalización del contrato y se establece en doce (12) meses desde la adjudicación.
III.22. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR DAÑOS Y PERJUICIOS.
El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 214 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Igualmente, el contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos y de las prestaciones y servicios realizados así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros por errores u omisiones o métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
A tal efecto el contratista deberá presentar póliza de responsabilidad civil por importe suficiente para cubrir responsabilidades por 1.000.000 €. Desarrollado en el Anexo XIV.
III.23. OBLIGACIONES, GASTOS, IMPUESTOS Y RESPONSABILIDADES EXIGIBLES AL CONTRATISTA.
Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes
objeto del contrato. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente.
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, estando sometido a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
III.24. OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y MEDIOAMBIENTALES.
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
III.25. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y RECEPCIÓN DEL SERVICIO.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del contrato, aquél haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración la totalidad de su objeto.
Si la prestación del contratista no reuniere las condiciones necesarias para proceder a la finalización del contrato, se dictarán por escrito las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo el reconocimiento del cumplimiento del contrato hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. El incumplimiento de las instrucciones sin motivo justificado será causa de resolución, con los efectos que legalmente procedan. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la misma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
III.26. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.
Dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del contrato la Administración deberá acordar y notificar al contratista la liquidación del contrato y abonarle, en su caso, el saldo resultante.
Si se produjese demora en el pago del saldo de liquidación, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
III.27. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS.
Los trabajos o estudios que se realicen por razón del presente contrato, quedarán en propiedad del Ayuntamiento de Zierbena, no pudiendo ser reproducidos total o parcialmente sin autorización expresa de la Corporación.
El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación.
III.28. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.-
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
En Zierbena, a de febrero de dos mil dieciocho.
EL SECRETARIO- INTERVENTOR,
ANEXO I
DECLARACIÓN RESPONSABLE
"D./Dña. …………………………………………………………....., domiciliado en… ,
calle…………………………………………………………………………………….., nº…….., titular del D.N.I. nº… ,
expedido en..., en fecha..., (en su caso) en nombre propio/(en su caso) o como (señalar las facultades de
representación: administrador único, apoderado, así como la escritura acreditativa de tal representación) en representación de la empresa .............................. con domicilio en ......................................... y C.I.F. nº …………............
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIAD
Que la mercantil que concurre como licitadora al procedimiento abierto con tramitación ordinaria
convocado para adjudicar el contrato de servicio de gestión integral del polideportivo municipal de Zierbena cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
Asimismo señalo que si fuera recaída a favor de la mercantil ............................. la propuesta de adjudicación del presente contrato de Servicios con carácter previo a la adjudicación del contrato acreditaré ante el órgano de contratación los siguientes documentos:
2. Documento Nacional de Identidad o fotocopia autenticada del proponente o, en su caso, de su representante.
3. Si concurriera una empresa, la escritura de constitución o modificación, en original o copia autenticada, debidamente inscrita en el Registro mercantil, cuando este requisito fuese exigible conforme a la legislación mercantil aplicable. 3. Escritura de poder si se actúa en representación de otra persona.
4. Alta del I.A.E. y declaración de vigencia de la misma.
5. En el supuesto de participar empresas extranjeras de Estados no pertenecientes a la Comunidad Europea, presentarán la documentación en la forma prevista en el artículo 55 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Las empresas extranjeras efectuarán declaración de sometimiento a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia expresa al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica del empresario, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula quinta.
Garantizo la disponibilidad de los referidos documentos y que concurren los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar en el momento de finalización del plazo de presentación de ofertas, siendo conocedor de que la falsedad o error en los datos aportados en esta declaración responsable, determinarán la eliminación del procedimiento de licitación.
Asimismo declara que ni él, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de sus miembros, se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración, relacionadas en el artículo 60 del R.D.L. 3/2011 de 14 de noviembre, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, autonómica y con el Ayuntamiento de Zierbena, de acuerdo con lo dispuesto en al artículo 13 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por R.D. 1.098/2001, de 12 de octubre, y con la Seguridad Social a tenor de lo previsto en el artículo 14 del Reglamento señalado, o, en su caso, que no tiene obligación de presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los citados artículos.
Bajo su responsabilidad declara no hallarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o incapacidad previstas en el artículo 60 del R.D.L. 3/2011 de 14 de noviembre, del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y artículos 159.b) y 178.2.d) de la Ley Orgánica 5/85, de 10 xx xxxxx del Régimen Electoral General.
Y para que conste, a los efectos oportunos, firma la presente declaración responsable En (lugar), a (fecha)
Firma del Proponente
ANEXO II DESCRIPCIÓN DEL POLIDEPORTIVO
El polideportivo sustituye al antiguo frontón, situado en el Barrio San Xxxxx Nº 6. La ubicación del Polideportivo esta referenciada al punto máximo limitado por el área de seguridad del oleoducto, por su zona sur, consiguiendo un espacio urbano junto a la Casa de cultura por el norte.
Se sitúa como pieza autónoma, alejada de cualquir tipo de edificación, consiguiendo una presencia singular en el entorno, tanto por su ubicación como en el punto mas alto de la loma limitada por el camino al Cementerio x xx xxxxxxxxx X-000, como por su imponente presencia volumétrica.
El aparcamiento se sitúa delante del acceso al Polideportivo, en el camino del Cementerio, que dá acceso inmediato a los ciudadanos que pretendan acceder en automóvil al edificio.
El volumen de mayor consideración es el que acoge a las pistas deportivas bajo una única cubierta. Una pieza de menor tamaño, se sitúa paralelamente junto a ésta, y sirve como paso a una escala más doméstica, dando servicio a todos los usos anexos.
La cancha del polideportivo se encuentra a la xxxx de acceso para favorecer el paso de la misma. También se dispone de un acceso independiente para el graderío desde la zona exterior donde se ubica el xxxxxxx xx xxxxx, que se sitúa 3,70 mts por encima de la cota de la cancha. Este graderío situado en la primera planta está acompañado por otros usos públicos. El graderío cuenta con un aforo de ciento ochenta y tres (183) asientos.
La planta baja cuenta con un xxxx distribuidor desde donde se accede por una parte al graderío y por otra parte la recepción, aseos xx xxxxxx y xx xxxxxx, así como a un almacén de uso exclusivo de asociaciones deportivas del municipio de Zierbena. Desde recepción pasando por el control de acceso se llega a un pasillo en la planta baja que da acceso al cuarto de control, cuarto de limpieza, dos (2) vestuarios para personas con movilidad reducida, cuatro (4) vestuarios xx xxxxxx y chicos, cuatro (4) aseos xx xxxxxx y chicos, dos (2) accesos a la cancha, un (1) sala de curas, una (1) sala polivalente y acceso a la caja de escaleras de acceso a la planta primera. En el hueco de las escaleras se encuentra un hueco cerrado de uso exclusivo de asociaciones deportivas del municipio.
En la planta primera, tenemos una (1) sala polivalente, una (1) sala de musculación, dos (2) aseos xx xxxxxx y chicos, el graderío con ciento ochenta y tres (183) asientos y el bar cafetería (que se encuentra fuera del presente contrato).
ANEXO III
PERSONAL
Fecha de Antigüedad | Puesto de trabajo | Jornada | Observaciones | Convenio | Cd contr. | Bruto mensual 2017 (pp. Incl.) | Salario Bruto anual 2017 |
20/06/2008 | RECEPCIONISTA 1 | 100% | Locales y Campos Deportivos. Bizkaia 2017 | 401 | 1.651,92 € | - | |
20/06/2008 | RECEPCIONISTA 2 | 100% | Locales y Campos Deportivos. Bizkaia 2017 | 401 | 1.651,92 € | - | |
01/09/2015 | MONITOR 1 | 100% | Locales y Campos Deportivos. Bizkaia 2017 | 189 | 2.225,05 € | - | |
01/02/2010 | MONITOR 2 * | 20 h/s | Locales y Campos Deportivos. Bizkaia 2017 | 200 | 1.516,04 € | - | |
13/01/2010 | MONITOR 3 * | 13 h/s | Locales y Campos Deportivos. Bizkaia 2017 | 501 | 1.076,15€ | - | |
11/06/2001 | LIMPIADOR 1 | 100% | Tarifa 10 | Convenio Colectivo del Sector Limpieza de Edificios y Locales de Bizkaia | 100 | - | 19.445,81€ |
24/06/2008 | LIMPIADOR 2 | 100% | Tarifa 10 | Convenio Colectivo del Sector Limpieza de Edificios y Locales de Bizkaia | 100 | - | 17.951,11€ |
Será responsabilidad de la empresa adjudicataria la contratación del personal preciso para el desarrollo del servicio que se establece en los pliegos.
ANEXO IV
INVENTARIO
A continuación, se presenta la lista con el inventario que a fecha de redacción del presente pliego se tiene de las instalaciones del polideportivo, este inventario podrá variar.
En este sentido, una vez se formalice el contrato con la empresa adjudicatario se revisará conjuntamente entre el personal técnico del Ayuntamiento de Zierbena y la persona responsable de la empresa adjudicataria. A la finalización de la revisión se firmará un documento con la lista definitiva del inventario, dejando copia en el archivo municipal, para que una vez finalice el contrato se compruebe el inventario.
A la finalización del contrato la empresa adjudicataria deberá entregar al Ayuntamiento de Zierbena todo cuanto figure en dicho listado con el mismo número de unidades y en el mismo estado en el que se encontraba en el inventario inicial.
01 XXXXXX XXXX
0000 XXXXXX
XXXXXXXX XX XXXXXXXXX | 6 Ud |
CUADRO ELÉCTRICO | 1 Ud |
EXTINTOR | 2 Ud |
MARCADOR - MULTIDEPORTE | 1 Ud |
MESAS | 1 Ud |
PAPELERA | 2 Ud |
PORTERÍAS | 2 Ud |
REDES/CORTINAS | 3 Ud |
RELOJ | 1 Ud |
SILLAS | 5 Ud |
CUERDA TREPADORA | 1 Ud |
ESCALERA HORIZONTAL | 1 Ud |
COLCHONETA DE 60CM | 1 Ud |
0102 ENTRADA
01021 XXXX - DISTRIBUIDOR
BANCOS | 1 Ud | |
EXTINTOR | 2 Ud | |
MESAS | 5 Ud | |
PAPELERA | 2 Ud | |
SILLAS | 6 Ud | |
VITRINAS | 2 Ud | |
PARAGÜERO | 1 Ud |
01022 RECEPCIÓN
CAJA REGISTRADORA | 1 Ud | |
CALEFACTOR | 1 Ud |
CONTROL DE ALARMA | 1 Ud |
CONTROL TRONO | 1 Ud |
DYMO | 1 Ud |
EQUIPOS INFORMÁTICOS | 2 Ud |
EXTINTOR | 1 Ud |
IMPRESORA TICKETS | 1 Ud |
IMPRESORA, SCANER Y FAX | 1 Ud |
MÁQUINA PARA HACER CARNETS | 1 Ud |
MICROFONO CENTRAL | 1 Ud |
MOSTRADOR A DOBLE ALTURA | 1 Ud |
MUEBLE DE CAJONES | 3 Ud |
PANTALLA CONTROL CAMARAS | 1 Ud |
PAPELERA | 1 Ud |
PERCHEROS | 1 Ud |
SILLAS GIRATORIAS | 2 Ud |
TELÉFONO | 1 Ud |
00000 XXXXXXX
CINTAS BALIZADORAS | 6 Ud | |
MONTAJE PISTA DE FUTBOL SALA | 1 Ud |
01024 BAÑOS FEMENINOS - XXXX
ESPEJOS | 1 Ud | |
PAPELERA | 1 Ud | |
JABONERA | 1 Ud | |
DISPENSADOR DE TOALLITAS | 1 Ud | |
PORTA PAPEL HIGIENICO | 2 Ud |
01025 BAÑOS MASCULINO - XXXX
ESPEJOS | 1 Ud | |
PAPELERA | 1 Ud | |
JABONERA | 1 Ud | |
DISPENSADOR DE TOALLITAS | 1 Ud | |
PORTA PAPEL HIGIENICO | 2 Ud |
0103 DISTRIBIDOR
00000 XXXXXXX
BANCOS | 2 Ud | |
DESFIBRILADOR | 1 Ud | |
TAQUILLAS | 62 Ud | |
TORNO DOBLE Y PUERTA | 1 Ud |
01032 CUARTO DE LIMPIEZA
ARMARIOS DE HERRAMIENTOS | 1 Ud | |
CUERPO DE BALDAS | 4 Ud | |
MANGUERA Y RECOGEDOR | 1 Ud |
PERCHEROS | 1 Ud |
SILLAS | 1 Ud |
01033 CUARTO DE CONTROL
ARMARIOS | 3 Ud | |
CONTROL DE LA ILUMINACIÓN | 1 Ud | |
CUADRO GENERAL ELECTRICO | 1 Ud | |
CUERPO DE BALDAS | 1 Ud | |
EQUIPO DE CONTROL DE VIDEOVIGILANCIA | 1 Ud | |
EQUIPO DE SONIDO COMPLETO | 1 Ud | |
EXTINTOR | 1 Ud | |
GUARDA LLAVES | 1 Ud | |
MESA CONTROL DEL MARCADOR | 1 Ud | |
MICRÓFONO | 1 Ud | |
PERCHEROS | 2 Ud | |
SECADORES DE PELO | 2 Ud |
00000 XXXXXXXXX FEMENINO 1
ALFONBRA DE PLÁSTICO | 18 Ud | |
BALDA PARA JABONES | 5 Ud | |
BANCO CORRIDO | 3 Ud | |
DISPENSADOR DE TOALLITAS | 1 Ud | |
ESPEJOS | 1 Ud | |
JABONERA | 1 Ud | |
PAPELERA | 1 Ud | |
PERCHEROS | 29 Ud | |
SECADOR | 2 Ud |
00000 XXXXXXXXX FEMENINO 2
ALFONBRA DE PLÁSTICO | 4 Ud | |
BALDA PARA JABONES | 2 Ud | |
BANCO CORRIDO | 2 Ud | |
DISPENSADOR DE TOALLITAS | 1 Ud | |
ESPEJOS | 1 Ud | |
JABONERA | 1 Ud | |
PAPELERA | 1 Ud | |
PERCHEROS | 10 Ud | |
SECADOR | 2 Ud |
00000 XXXXXXXXX MASCULINO 1
ALFONBRA DE PLÁSTICO | 19 Ud | |
BALDA PARA JABONES | 6 Ud | |
BANCO CORRIDO | 3 Ud | |
DISPENSADOR DE TOALLITAS | 1 Ud | |
ESPEJOS | 1 Ud | |
JABONERA | 1 Ud | |
PAPELERA | 1 Ud |
PERCHEROS | 29 Ud |
SECADOR | 2 Ud |
00000 XXXXXXXXX MASCULINO 2
ALFONBRA DE PLÁSTICO | 10 Ud | |
BALDA PARA JABONES | 4 Ud | |
BANCO CORRIDO | 3 Ud | |
DISPENSADOR DE TOALLITAS | 1 Ud | |
ESPEJOS | 1 Ud | |
JABONERA | 1 Ud | |
PAPELERA | 1 Ud | |
PERCHEROS | 20 Ud | |
SECADOR | 2 Ud |
00000 XXXXXXXXX ADAPTADO 1
BARRAS APOYO INODORO | 2 Ud | |
BARRAS Y ASIENTO APOYO DUCHA | 1 Ud | |
DISPENSADOR DE TOALLITAS | 1 Ud | |
ESPEJOS | 1 Ud | |
JABONERA | 1 Ud | |
PAPELERA | 1 Ud | |
PERCHEROS | 2 Ud |
00000 XXXXXXXXX ADAPTADO 2
BARRAS APOYO INODORO | 2 Ud | |
BARRAS Y ASIENTO APOYO DUCHA | 1 Ud | |
DISPENSADOR DE TOALLITAS | 1 Ud | |
ESPEJOS | 1 Ud | |
JABONERA | 1 Ud | |
PAPELERA | 1 Ud | |
PERCHEROS | 2 Ud |
010310 ENFERMERÍA
BOTIQUÍN | 1 Ud | |
XXXXXXX XXXXXXX | 1 Ud | |
ESPEJO | 1 Ud | |
JABONERA | 1 Ud | |
LAMPARAS PORTÁTILES | 1 Ud | |
PAPELERA | 1 Ud | |
SILLAS | 2 Ud |
010311 AULA DE GIMNASIA
ALTAVOCES | 5 Ud | |
ARMARIOS EMPOTRADOS | 4 Ud | |
BALONES | 31 Ud | |
BANQUETAS | 5 Ud | |
CALEFACTOR | 1 Ud |
CINTAS - LAZOS | 6 Ud |
XXXXXX XX XXXXXX | 2 Ud |
CONJUTO LADRILLOS - KARATE | 1 Ud |
DISPENSADOR DE ROLLO DE PAPEL | 1 Ud |
EQUIPO DE SONIDO COMPLETO | 1 Ud |
ESPEJO | 11 Ud |
ESTERILLAS | 16 Ud |
EXTINTOR | 1 Ud |
ESTERILLAS - GUARDA | 1 Ud |
PICAS - GUARDA | 1 Ud |
PICAS DE MUSCULACIÓN - GUARDA | 1 Ud |
PAPELERA | 1 Ud |
PESAS 1-2 KG | 8 Ud |
PICAS | 30 Ud |
PICAS DE MUSCULACIÓN | 12 Ud |
RELOJ | 1 Ud |
STEP ALZAS | 48 Ud |
STEP TABLAS | 10 Ud |
02 PLANTA PRIMERA
0201 ESCALERA INTERNA
ARMARIOS BAJO ESCALERA | 1 Ud | |
EXTINTOR | 2 Ud |
0202 SALA MUSCULACIÓN
ALTAVOCES - BOSE | 4 Ud | |
ARCHIVO DE FICHAS | 1 Ud | |
BANQUETAS | 1 Ud | |
BASCULA Y MEDIDOR | 1 Ud | |
BICI ESTÁTICA - TECHNOGYM EXCITE | 2 Ud | |
BICI ESTÁTICA RECLINADA - TECHNOGYM EXCITE | 2 Ud | |
BICICLETAS CICLISMO INDOOR - XXXXXX M3 | 2 Ud | |
CARRO PARA UTENSILIOS | 1 Ud | |
Contractora agarre horizontal pecho | 1 Ud | |
DISPENSADOR DE ROLLO DE PAPEL | 1 Ud | |
Dorsal | 1 Ud | |
ESPEJOS | 8 Ud | |
FUENTE INOX. - COLUMBIA | 1 Ud | |
M. ARM CURL - TECHNOGYM EXCITE SELECTION | 2 Ud | |
X. XXXXX XXXXX - TECHNOGYM EXCITE | 1 Ud | |
M. BANCOS DE ABDOMINALES - TECHNOGYM EXCITE | 1 Ud | |
M. BANCOS DE LUMBARES - TECHNOGYM EXCITE | 1 Ud | |
M. BANCOS DE TRABAJO - TECHNOGYM EXCITE | 3 Ud | |
M. CINTAS DE CORRER - TECHNOGYM EXCITE | 3 Ud | |
M. ELÍPTICAS - TECHNOGYM EXCITE | 2 Ud |
M. ERGOMETRO - CONCEPT2 | 2 Ud |
M. ESCALERAS - TECHNOGYM EXCITE | 1 Ud |
M. GLUTE - TECHNOGYM EXCITE SELECTION | 1 Ud |
M. LEG CURL - TECHNOGYM EXCITE SELECTION | 1 Ud |
M. LEG EXTENSION - TECHNOGYM EXCITE SELECTION | 1 Ud |
M. LEG PRESS - TECHNOGYM EXCITE SELECTION | 1 Ud |
M. LOW ROW - TECHNOGYM EXCITE SELECTION | 1 Ud |
M. MULTI BICEPS, TRICEPS, HOMBRO, PIERNA,… - TECHNOGYM EXCITE SELECTION | 1 Ud |
M. MULTIPOWER - TECHNOGYM EXCITE SELECTION | 1 Ud |
M. Nominadas | 1 Ud |
M. PECTORAL - TECHNOGYM EXCITE SELECTION | 1 Ud |
M. POWER PLATE | 1 Ud |
M. PRESS DE BANCA PECTORAL - - TECHNOGYM EXCITE | 1 Ud |
M. PRESS DE BANCA PECTORAL INCLINADO - - TECHNOGYM EXCITE | 1 Ud |
X. XXXXXXX PRESS - TECHNOGYM EXCITE SELECTION | 1 Ud |
M. TOTAL ABDOMINAL - TECHNOGYM EXCITE SELECTION | 1 Ud |
M. UPPER BACK - TECHNOGYM EXCITE SELECTION | 1 Ud |
MANCUERNAS - TECHNOGYM - 1KG A 10KG | 20 Ud |
MANCUERNAS - TECHNOGYM - 4KG A 40KG | 38 Ud |
MANCUERNAS (ESTANTERÍA) - TECHNOGYM | 4 Ud |
MESAS | 1 Ud |
PAPELERA | 1 Ud |
PESAS DISCO - CONJUNTO | 51 Ud |
PESAS DISCO - GUARDA | 1 Ud |
PESAS RUSA 12KG | 1 Ud |
RELOJ | 1 Ud |
STEP ALZAS | 24 Ud |
STEP TABLA | 3 Ud |
TELEVISORES - LG | 3 Ud |
0203 DESPACHO MONITOR/A
ARMARIOS EMPOTRADOS | 1 Ud | |
AROS | 4 Ud | |
BALDAS | 1 Ud | |
BALONES DE PLAYA | 16 Ud | |
BALONES SUIZOS | 1 Ud | |
BANQUETAS | 6 Ud | |
BOLSAS GUARDAR BALONES | 2 Ud | |
XXXXX XX XXXXXX | 0 Ud | |
CINTAS COMBA | 3 Ud | |
CINTAS ELÁSTICAS | 3 Ud | |
CINTAS TRX | 4 Ud | |
CRONOMETRO DE MANO | 1 Ud | |
CUERDAS | 2 Ud | |
EQUIPO DE SONIDO COMPLETO | 1 Ud |
EQUIPO INFORMÁTICO | 1 Ud |
ESCALERAS | 1 Ud |
EXTINTOR | 1 Ud |
MALON MEDICINAL 5KG | 1 Ud |
MARCA DE SUELO - SOPORTE | 1 Ud |
MARCAS PARA EL SUELO "CHINOS" | 40 Ud |
MESAS | 4 Ud |
PAPELERA | 1 Ud |
PERCHEROS | 1 Ud |
PICAS CORTAS | 37 Ud |
PODIUM | 1 Ud |
POLEAS ANTEBRAZOS | 2 Ud |
PORTA ROLLO DE PAPEL | 1 Ud |
RAQUETAS | 18 Ud |
SILBATO | 1 Ud |
SILLAS GIRATORIAS | 1 Ud |
SILLAS GIRATORIAS | 24 Ud |
TATAMI | 18 Ud |
VENTILADOR | 1 Ud |
0204 BAÑO FEMENINO - PLANTA PRIMERA
DISPENSADOR DE PAPEL HIGIÉNICO | 1 Ud | |
JABONERA | 1 Ud | |
PAPELERA | 1 Ud | |
DISPENSADOR DE TOALLITAS | 1 Ud |
0205 BAÑO MASCULINO - PLANTA PRIMERA
DISPENSADOR DE PAPEL HIGIÉNICO | 1 Ud | |
JABONERA | 1 Ud | |
PAPELERA | 1 Ud | |
DISPENSADOR DE TOALLITAS | 1 Ud |
0205 GRADEDRÍO
ESPALDERAS | 3 Ud | |
COLCHONETAS | 2 Ud | |
ESTERILLAS | 2 Ud | |
BALÓN SUIZO | 2 Ud | |
BALÓN BOSU | 1 Ud | |
PAPELERA | 1 Ud | |
ASIENTOS GRADA | 183 Ud | |
BANCOS | 1 Ud | |
SILLAS | 9 Ud | |
SILLAS ALTAS | 5 Ud |
0205 SALA DE SPININIG
ALTAVOCES - JBL | 4 Ud | |
ARMARIOS | 1 Ud |
ARMARIOS EMPOTRADOS | 4 Ud |
BICICLETAS CICLISMO INDOOR - XXXXXX M3 | 14 Ud |
BOBINA PAPEL | 1 Ud |
EQUIPO DE SONIDO COMPLETO | 1 Ud |
ESPEJOS | 3 Ud |
PAPELERA | 1 Ud |
PICAS | 3 Ud |
SILLAS ALTAS | 1 Ud |
TELEVISORES - LG | 1 Ud |
03 XXXX XX XXXXXXXX
CALDERA DE PIE BUDERUS | 1 Ud |
ACUMULADOR 2.000 L. | 1 Ud |
BOMBAS A.C.S. Y CALEFACCION | 4 Ud |
CENTRALITA GAS Y 2 DETECTORES DE GAS PROPANO | 1 Ud |
CIRCUITO PRIMARIO XX XXXXXXX | 1 Ud |
CIRCUITO SECUNDARIO DE A.C.S. – CALEFACCION | 1 Ud |
CONTADOR DE AGUA FRIA | 1 Ud |
CUADRO ELECTRICO | 1 Ud |
ESQUEMAS DE PRINCIPIO DE LA INSTALACION | 2 Ud |
EXTINTOR | 1 Ud |
LAMPARAS ANTIDEFLAGANTE | 3 Ud |
REGULADOR DE GAS PARA CALDERA Y 2 LLAVES CORTE GAS | 1 Ud |
VASOS EXPANSION CERRADOS DE A.C.S.- CALEFACCION | 2 Ud |
ANEXO V
REGLAMENTO DE SERVICIOS GENERALES
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Para elevar el nivel de participación en el hecho deportivo y la actividad física de los ciudadanos y ciudadanas, es necesario el uso ordenado y regulado de las instalaciones existentes. Y, en este sentido, la optimización del rendimiento de las instalaciones deportivas debe ser el soporte fundamental del servicio público que tiene que establecerse para el desenvolvimiento consecuente del deporte en Zierbena.
El objetivo principal del Polideportivo Municipal de Zierbena es el fomento, desarrollo y promoción de las actividades físicas y recreativas, y en general de la actividad deportiva de carácter aficionado.
El objeto de estas normas es regular el uso de las instalaciones deportivas respondiendo a los siguientes principios:
- Carácter público.
- Sin fin lucrativo aunque tendente a la autofinanciación
- Perseguir finalidades educativas, culturales, docentes y asistenciales.
- Abarcar toda la gama posible de especialidades deportivas practicables en las instalaciones, haciendo especial esfuerzo en los colectivos que tradicionalmente han accedido menos a la práctica deportiva (mujer, 3ª Edad...)
Las instalaciones Deportivas Municipales permanecerán abiertas al público y cualquier ciudadano podrá acceder a ellas y utilizarlas de acuerdo a la normativa vigente y el abono de los precios públicos correspondientes.
En cada instalación podrán practicarse los deportes a los que especialmente este destinada. Será también posible la práctica de otros deportes, siempre que se pueda técnicamente y previa autorización expresa.
Las instalaciones Deportivas Municipales podrán ser destinadas al deporte educativo, al de ocio, al de competición y de forma puntual a actividades de carácter social que cumplan los requisitos que para cada caso contemplen la legislación vigente o el Ayuntamiento.
El incumplimiento de la normativa es susceptible de sanción, que se impondrá por el órgano competente previsto en el Art.3.1 del Capitulo 3. Estas se graduaran según la gravedad del hecho. Si el usuario causara pérdida económica por rotura o deterioro voluntario de algún servicio o mobiliario etc. de la instalación el causante deberá abonar su importe, sin perjuicio de la correspondiente sanción a que hubiere lugar.
El Polideportivo Municipal de Zierbena recomienda a los usuarios/as someterse a un reconocimiento médico previo, antes de empezar cualquier actividad programada, reservándose el derecho de exigirlo si lo estimase conveniente . Todo lo no contemplado en la presente normativa estará sujeto a las más elementales normas de educación, decoro, civismo, urbanidad, etc.
REGLAMENTO DE SERVICIOS GENERALES
V.1. DE LOS USUARIOS/AS
Definimos como usuarios/as todas aquellas personas que utilizan las instalaciones deportivas o participan de las actividades deportivas programadas.
V.1.1. TIPOS DE USUARIOS/AS:
V.1.1.1. Abonados/as
Es todo aquel usuario que obtenga el carné de usuario abonado y haga efectivo el precio público correspondiente.
NORMAS PARA ALTAS DE ABONADOS
I. Para altas individuales:
a) Solicitud de ingreso
b) Fotocopia del D.N.I.
c) Una (1) fotografía tamaño carnet.
d) Certificado de empadronamiento (si procede)
II. Para altas familiares:
2.1.1. Los requisitos solicitados para altas individuales
2.1.2. Fotocopia del Libro de Familia o Documento acreditativo de convivencia familiar.
III. Para tarifas especiales (parado, jubilado, etc.)
a) El documento acreditativo de cada caso.
V.1.1.2. Libres
Son todos aquellos usuarios/as que no teniendo la consideración de abonado utilicen las instalaciones o participen en alguna de las actividades deportivas del programa.
V.1.1.3. Clubes, asociaciones deportivas y centros escolares.
Reciben esta denominación todos aquellos usuarios/as que de manera colectiva utilizan las instalaciones deportivas Municipales para la realización de sus actividades.
Dentro de estos clubes y asociaciones distinguiremos:
- Clubes o asociaciones deportivas locales
Son aquellos, que habiéndose dado de alta como tales, en el registro de asociaciones y clubes de la Dirección General de Deportes de la Comunidad Autónoma Vasca y en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Zierbena, y que teniendo carácter aficionado, sin fines lucrativos, fomentan y realizan las actividades deportivas dentro y para el ámbito municipal.
- Clubes o asociaciones deportivas no locales
Son aquellos, que habiéndose dado de alta como tales, en el registro de asociaciones y clubes de la Dirección General de Deportes de la Comunidad Autónoma Vasca y no en el Registro de
Asociaciones del Ayuntamiento de Zierbena, y que teniendo carácter aficionado, sin fines lucrativos, fomentan y realizan las actividades deportivas dentro y para el ámbito municipal.
- Centros escolares
- Locales son aquellos que están ubicados dentro del término Municipal de Zierbena
- No locales son aquellos que no están ubicados dentro del término municipal de Zierbena.
V.1.2. DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS/AS
V.1.2.1. DE LOS DERECHOS
- De los usuarios/as en general
Todos los Usuarios/as gozaran de los siguientes derechos:
- Recibir cuanta información se solicite sobre las instalaciones, horarios, precios públicos, y programas de reserva, alquiler e inscripciones en cursillos y actividades.
- Utilizar las instalaciones deportivas que fueron objeto de reserva o alquiler en los períodos y horarios especificados.
- Utilizar las instalaciones con el grado de confort, seguridad e higiene adecuado.
- Utilizar otras instalaciones como servicios y vestuarios que deberán estar dotados de los elementos necesarios para una higiene corporal adecuada.
- Disfrutar de la cobertura de un seguro de Responsabilidad Civil.
- A los efectos de garantías de los derechos de los usuarios/as de las Instalaciones, en la oficina administrativa del Polideportivo existirán a disposición de los mismos Hojas de Reclamaciones. Estas Hojas de Reclamaciones se anunciarán mediante carteles bien visibles.
- El Polideportivo se compromete a responder las reclamaciones debidamente presentadas y registradas en las oficinas del Polideportivo.
- Para comprobar el estado de opinión de las personas usuarias, el Polideportivo elaborará encuestas anuales de satisfacción entre los usuarios y usuarias.
- De los abonados
Además de los anteriormente expuestos:
- Libre acceso, mediante la presentación del carné de abonado correspondiente a la temporada, a la totalidad de los recintos de instalaciones Deportivas Municipales dentro de los horarios y en los días en que las mismas estén abiertas al público, no se esté desarrollando actividad programada, no se celebren acontecimientos deportivos o teniendo que pagar los precios para ellos fijados en concepto de uso de determinadas instalaciones o inscripción a cursos y escuelas deportivas.
V.1.2.2. DE LAS OBLIGACIONES
- De los usuarios/as en general:
Todos los usuarios/as de las Instalaciones Deportivas Municipales deberán ir provistos del documento que les acredite como tal, carné, entrada, autorización, etc.
Los usuarios/as deberán:
- Usar las instalaciones y servicios con un buen trato y cuidado correcto, respetando las normas específicas para cada unidad deportiva.
- Ayudar a mantener limpia la instalación, utilizando las papeleras y recipientes higiénicos colocados en las diversas dependencias de la instalación.
- Respetar y cuidar todo el mobiliario, material deportivo, bancos, jardines, arbolado, etc.
- Respetar los horarios de funcionamiento de la instalación, atendiendo las indicaciones de los empleados.
- Guardar el debido respeto a los demás usuarios/as, observando la compostura necesaria para la debida convivencia.
- Acatar y cumplir cuantas normas e instrucciones dicte la Dirección del Polideportivo.
- De los alumnos/as y deportistas de clubes, asociaciones, equipo etc.:
- Adoptar en todo momento una actitud correcta y respetuosa tanto hacia el profesor o entrenador como hacia sus compañeros y personal de la instalación.
- Someterse a un reconocimiento médico previo al comienzo de la actividad.
- Mantener las medidas de higiene corporal adecuadas y utilizar ropa y calzado adecuado a la actividad.
- No acceder a las pistas x xxxxx hasta que el/la profesor/a o entrenador/a este presente, y siempre hacerlo a través de los vestuarios, o zona destinada al efecto.
- Atender las indicaciones del/la profesor/a o entrenador/a con interés y colaborar al finalizar las sesiones con la recogida del material deportivo empleado.
V.1.3. CUOTAS XX XXXXXX Y PRECIOS PUBLICOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS. ALQUILER Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES.
V.1.3.1. Cuotas xx Xxxxxx,
Los carnés, sean cual sea su modalidad, a excepción de los exentos de cuota, se podrán abonar mediante domiciliación bancaria, o presentando recibo bancario de pago. La no renovación en plazo (en el mes de vencimiento) del carné, comportará también la baja en las relaciones de reservas de plaza en las actividades en que estuviera interesado. Una vez dado de alta, la renuncia no supondrá derecho a devolución.
V.1.3.2. Actividades y escuelas deportivas
- Inscripciones
- Las inscripciones para los cursos se realizarán en dos fases o períodos:
- Un primer período para aquellos inscritos en el cursillo anterior y un segundo período de inscripción libre.
- Finalizado el primer período de inscripciones, las vacantes que pudieran quedar para cada curso se cubrirán por riguroso orden de llegada, no pudiendo una persona hacer más de una inscripción por cursillo cada vez, (salvo para personas de la misma unidad familiar, que podrá inscribir a cuantos quiera). El precio de cursillos y actividades se abonará en efectivo, domiciliación bancaria o presentando recibo bancario de pago.
- Se indicará anualmente el número máximo de alumnos/as por cada cursillo.
- En caso de que no se dé el número de personas mínimo para la realización de un cursillo, se suspenderá el mismo, devolviéndose el dinero a los inscritos con la mayor urgencia posible.
- No será motivo para la devolución del dinero de la matrícula, el cambio del monitor del cursillo.
- En los cursos que se suspendan por causas de fuerza mayor, se devolverá a los cursillistas la parte proporcional de las clases suspendidas.
- Se podrán establecer períodos de descanso en la duración de los cursillos y que serán anunciados anualmente.
- Una vez realizada la inscripción en algún cursillo o actividad no habrá derecho a devolución salvo en los siguientes casos:
1. Que la solicitud de devolución se realice durante la primera semana de cursillo.
2. Por accidente, enfermedad grave o incapacidad durante las primeras dos semanas de cursillo, previa justificación documental.
V.1.3.3. Alquiler y uso de instalaciones
El precio del alquiler y uso de la instalación se abonará en efectivo, salvo los abonados, que podrán reservar por teléfono y efectuar el pago en el momento del uso de la instalación alquilada.
Las instalaciones deberán utilizarse únicamente para la práctica del correspondiente deporte y sin fines lucrativos. Cualquier uso diferente estará sujeto a autorización municipal y al abono del precio que se apruebe en cada caso
Una vez realizada la reserva no habrá derecho a devolución, salvo motivos climatológicos o de otra índole que impida la utilización razonable de la instalación siendo en ese caso permutado por cualquier otro día y hora de acuerdo al régimen establecido de reservas. En el caso de abonados, si no utilizaran la reserva, deberán cancelarla en un plazo mínimo de 48h.
En caso de no cumplir este requisito, deberán abonar el alquiler. Los usuarios/as no podrán realizar la reserva de las instalaciones con más de siete (7) días de antelación.
V.1.3.4. Utilización de instalaciones por los clubes, asociaciones, equipos, etc.
El régimen de utilización de las instalaciones por los clubes, asociaciones, equipos, etc., que tengan suscrito convenio con el Ayuntamiento se regulará en los mismos. Los clubes, asociaciones, etc., que no tengan suscrito convenio alguno, harán efectivo el pago de los precios públicos correspondientes.
La no utilización de las horas concedidas dará lugar a la pérdida de todos los derechos sobre la concesión, teniéndose en cuenta dicha actuación para futuras concesiones.
Otras horas libres podrán ser reservadas previo pago del precio correspondiente.
V.1.4. SOLICITUD DE UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES PARA CLASES, ENTRENAMIENTOS Y PARTIDOS.
V.1.4.1. De clubes y asociaciones deportivas.
Podrán solicitar el uso de instalaciones, para entrenamientos y competición, todos los clubes, asociaciones deportivas, etc, teniendo prioridad en la concesión los que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener su domicilio social en Zierbena.
- Estén dados de alta en el Registro de asociaciones y clubes de la dirección General de Deportes de la C.A.V.
- No dispongan de instalaciones deportivas
La temporada deportiva se entiende desde el 1 de septiembre al 30 xx xxxxx del año siguiente.
La solicitud para continuar con las actividades deportivas o la presentación de nuevas solicitudes para entrenamientos y competiciones durante la siguiente temporada deportiva deberá realizarse por escrito en las oficinas del Polideportivo antes del 30 xx xxxxx de cada año.
En la solicitud deberá constar información sobre el grupo solicitante, dirección, teléfono, responsable, actividad deportiva a desarrollar, categoría, numero de usuarios/as, calendario etc., deberá ir firmado por el presidente del club o de la asociación deportiva.
Las concesiones se otorgarán de acuerdo con los siguientes criterios técnicos:
- Que su actividad sea acorde con los fines y objetivos del Polideportivo Municipal de Zierbena.
- Que prioricen la participación deportiva de ciudadanos/as de Zierbena.
- Que colaboren con los intereses del Municipio y del Polideportivo Municipal de Zierbena.
- Que cumplan las obligaciones previamente establecidas de pago de cuotas, observancia de normas y disposiciones.
- Que carezcan de recursos, dando prioridad a los más necesitados.
Una vez resuelto el trámite se comunicará a los solicitantes la resolución y, si procede, los cuadros de horarios y entrenamientos.
Los cuadros horarios para entrenamientos y partidos oficiales, de acuerdo a las autorizaciones de uso, se establecerán a partir de la primera semana del mes de Septiembre. Los calendarios de encuentros de fin de semana serán los oficiales de las respectivas federaciones.
Todas las modificaciones de las condiciones de uso, incluidas las posibles anulaciones, deberán ser solicitadas o comunicadas, con una antelación de siete (7) días y por escrito al Polideportivo Municipal de Zierbena. Cuando por razones extraordinarias tengan que celebrarse partidos amistosos, aplazados, etc., dentro del cuadro semanal de entrenamientos, se deberá de solicitar con la antelación suficiente y siempre intentando fijarlos en aquellos horarios que no interfieran con el desarrollo de otras actividades paralelas y en el horario en que el equipo disponga de instalación, no garantizando la disponibilidad de la zona de graderíos para los espectadores.
V.2. DE LAS INSTALACIONES
V.2.1. ACCESOS A LAS INSTALACIONES, VESTUARIOS Y CANCHAS
V.2.1.1. De los usuarios/as en general
El acceso a las instalaciones se realizara por las zonas destinadas al efecto debiendo exhibir el carné de usuario, recibo, entrada, autorización, etc. Para un correcto y armónico cumplimiento de los horarios de uso, tanto para las clases, sesiones de entrenamiento, o del alquiler de pistas y sobre todo en las instalaciones compartidas con otros grupos, clubes o actividades, habrá que respetar escrupulosamente lo siguiente:
- El acceso a los vestuarios, canchas, pistas, salas, etc., se realizará siempre por la zona destinada a tal fin, que deberá estar acondicionada para facilitar al paso a personas con movilidad reducida.
- Deberán respetarse escrupulosamente los horarios de comienzo y de finalización de la sesión o actividad.
- Deberá respetarse el horario de finalización de actividades diarias y cierre de la instalación, acudiendo a vestuarios con la antelación suficiente para abandonar la instalación antes del horario fijado de cierre de la misma.
- En los casos que la actividad requiera la utilización de material deportivo deberá preverse la finalización con la suficiente antelación para la recogida del mismo.
V.2.1.2. De clubes o asociaciones deportivas
Una vez autorizado un club, asociación o equipo a utilizar un determinado horario en una instalación deportiva, al acceder por primera vez a la misma deberá presentar en el control de la instalación la siguiente documentación:
- Autorización para la utilización de la instalación.
- Relación de los equipos y miembros que los componen, incluidos los entrenadores, profesores o personas responsables.
- En el caso de tener que disputar encuentros o partidos oficiales deberá presentar copia del calendario oficial de la federación deportiva correspondiente.
El acceso a pista se realizará siempre por las zonas destinadas para ello, salvo los/as entrenadores/as y monitores/as que lo podrán hacer por zonas distintas a la de los alumnos/as o deportistas.
Para que los alumnos/as o deportistas miembros de un equipo puedan acceder a vestuarios es imprescindible la presencia del profesor o entrenador responsable.
El acceso a vestuarios para entrenamientos se realizará 10 minutos antes de la hora fijada en el cuadro horario.
El acceso a vestuarios para partidos oficiales se realizará siempre que sea posible, al menos con media hora de anticipación al horario oficial fijado de comienzo del encuentro. En el caso de estar disputándose en la instalación otro encuentro anterior, el acceso a vestuarios lo marcara la persona responsable del control de la instalación en función del desarrollo horario del encuentro.
El acceso a las canchas, salas o pistas por parte de otras personas no relacionadas con los alumnos/as, deportistas, miembros del equipo técnico, o personal del polideportivo queda totalmente prohibido durante el desarrollo de las sesiones de entrenamiento o partidos, salvo excepciones que se considerarán individualmente.
Desde el mismo momento que se autoriza la celebración de un partido oficial hasta su conclusión la responsabilidad del acto recae sobre el club, asociación o equipo, debiendo notificar la persona que actuara como delegado durante el desarrollo de cada uno de los partidos.
La práctica deportiva, sea cual sea la especialidad se realizara con material y vestimenta adecuada. Especial cuidado habrá que tener en el calzado utilizando suelas adecuadas al tipo de pavimento y sobre todo a aquellas que tengan suelos xx xxxxxx, quedando prohibida la utilización de suelas que puedan dejar marcas. No se podrá utilizar en los pabellones el mismo calzado empleado en la calle y de manera especial en temporada invernal. Los deportistas deberán disponer xx xxxxxxx deportivo para uso exclusivo de entrenamientos y encuentros. Los miembros del equipo técnico, y demás personas autorizadas a acceder ala pista, deberán respetar la norma anterior tanto en entrenamientos como en encuentros.
En las instalaciones al aire Libre y que por las características del pavimento y xxx xxxxxxx pudieran producirse acumulaciones importantes de barro en estos, los usuarios/as deberán realizar la limpieza de los mismos en zonas exteriores a los edificios de vestuarios.
El Polideportivo Municipal de Zierbena no se responsabiliza de los objetos de valor o dinero de los usuarios/as y recomienda acudir a las instalaciones sin estos.
Para el buen cuidado de la instalación se comunica a todos los integrantes de los equipos la obligación de poner en conocimiento de los empleados todas las anomalías o desperfectos encontrados al acceder a las instalaciones al objeto de evitar responsabilidades.
Los clubes o asociaciones podrán solicitar el uso de la sala de reuniones previa petición con antelación pudiendo en todo caso el mismo día si estuviera libre. El comportamiento en todas las dependencias de la instalación deberá ser correcto, cumpliendo las instrucciones dadas por los empleados.
El mal comportamiento, las faltas de respeto y desobediencia a las instrucciones serán sancionables.
V.2.2. EQUIPAMIENTOS Y MATERIAL DEPORTIVO
Cada instalación dispone de los equipamientos deportivos propios de acuerdo a las características de esa instalación. Asimismo se encuentra almacenado en lugares apropiados el material deportivo necesario para el desarrollo de las actividades de los distintos programas. Los clubes, asociaciones, equipos, etc., podrán utilizar los equipamientos para uso común, propios de cada instalación (postes, porterías, etc) para el desarrollo de sus actividades. Podrán también utilizar otro tipo de material auxiliar, propio, siempre que soliciten su autorización y no suponga ningún riesgo para otros usuarios/as, ni para la instalación.
Los clubes, asociaciones, equipos, etc, deberán disponer de su propio material deportivo (balones, carros porta-balones, etc., que podrán almacenar o guardar en los lugares que se les destine para tal fin, en cada una de las instalaciones.
Queda terminantemente prohibida (salvo autorización específica) la utilización del material deportivo de otros clubes, así como del material deportivo de escuelas o actividades que se encuentre en las instalaciones.
V.2.3. NORMAS PARA LAS ZONAS DEPORTIVAS
V.2.3.1. Vestuarios en General
Son locales destinados al cambio de vestimenta, aseo y en la mayoría de los casos disponen de jaulas o taquillas para guardar el vestuario xx xxxxx, bolsas y los objetos propios de aseo. Se recomienda que para utilizar las instalaciones no se acceda con objetos de valor ya que el depósito de los mismos en taquillas y guardarropías no está respaldado mediante contrato de Xxxxxxxx, no siendo por tanto responsabilidad de Polideportivo la custodia de dichos efectos. La utilización de las taquillas por parte de los usuarios/as, será exclusivamente para la realización de la actividad deportiva puntual. Una vez realizada ésta, la taquilla deberá quedar libre.
A la llegada a la instalación, previa identificación, el usuario será informado del vestuario adjudicado se le hará entrega en su caso de la llave correspondiente de la taquilla o jaula para guardar sus pertenencias.
Los vestuarios se componen fundamentalmente de zona de cambio, duchas y lavabos.
Los usuarios/as no deberán permanecer en los vestuarios más tiempo del necesario para el cambio de vestuario y aseo. Los usuarios/as deberán tener un riguroso control del cambio xx xxxxxxx en la zona de vestuarios, recomendando no andar descalzo, y utilizar chanclas de baño en la zona de duchas. Una vez finalizada la sesión se abandonara el vestuario dejándolo en condiciones de poder ser usado por otro usuario o equipo, entregando las llaves a la salida xxx xxxxxxx.
Los actos de vandalismo y mal comportamiento, darán lugar a sanciones, tanto al usuario, al equipo como a sus componentes.
V.2.3.2. Cancha - Pistas Polideportivas
Se denomina Cancha/Pista Polideportiva aquella edificación cubierta, cerrada, cuya sala x xxxxx tienen unas dimensiones tales, que permiten desarrollar en su interior la práctica de una gran variedad de actividades deportivas.
Dando servicio a estas salas se pueden encontrar vestuarios colectivos, almacenes y en algunos casos graderíos para espectadores.
Podrán utilizar estas instalaciones los centros escolares, clubes, agrupaciones, asociaciones deportivas y usuarios individuales de acuerdo a lo que para cada uno de ellos queda establecida en la presente normativa.
V.2.3.3. Gimnasios, salas fitness y salas auxiliares
Algunas de estas instalaciones son destinadas exclusivamente al desarrollo de actividades regladas del programa general. Por tanto el uso de las mismas por parte de otros colectivos distintos al de los grupos de alumnos/as, esta restringido a aquellas épocas del año en las que no se desarrollan las actividades del programa general y la instalación se encuentra en condiciones de utilización.
Estas instalaciones dotadas de maquinas cardiovasculares, isotónicas y material de musculación, bajo la supervisión de un monitor, son de uso libre en horario continuado. El aforo de la sala se colocara a la entrada en lugar visible.
El acceso a las salas se realiza a través de un lector de tarjetas, por lo que es obligatorio para poder acceder a las salas que el usuario acuda con la tarjeta de usuario abonado o bono mensual.
En las bandas horarias de máxima afluencia de usuarios/as, el uso de la sala se limitara a un tiempo máximo de una (1) hora continuada.
Una vez completo el aforo, no se permitirá el acceso a la sala. Se considera obligatorio el uso de toalla.
V.2.3.4. Graderíos.
Es una zona reservada al público en general. Su utilización esta vinculada a acontecimientos deportivos, partidos, actuaciones o exhibiciones deportivas, etc.
No esta permitido:
- Fumar en los de instalaciones cubiertas.
- Ensuciar y dejar residuos en los mismos.
- Introducir envases xx xxxxxx, latas u otros objetos que pudieran resultar lesivos para los usuarios/as o deportistas.
- Correr o jugar así como saltar de grada en grada y acciones que puedan molestar a otros usuarios/as, aceptando que este espacio en ocasiones puede resultar bullicioso debido a la animación habitual en las competiciones deportivas.
- Arrojar objetos del graderío a la pista y viceversa.
- No podrá acceder al recinto un número de espectadores mayor al aforo establecido en cada una de las instalaciones.
V.3. REGIMEN SANCIONADOR
V.3.1. INFRACCIONES
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos anteriores por los abonados y usuarios/as constituirán infracción y darán lugar a las sanciones previstas en este capitulo. El procedimiento sancionador se establecerá de acuerdo con la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.
INFRACCIONES LEVES
Son infracciones leves aquellas cuya acción u omisión, no interrumpen ni interfieren en el funcionamiento de la instalación o servicio, son de rápida solución y entre otras las siguientes:
- El no cumplimiento por primera vez de las obligaciones contenidas en el art. 1.2.2., sin perjuicio de las consideradas graves o muy graves.
- El no cumplimiento por primera vez de las normas especificadas en el Apartado 2., sin perjuicio de las consideradas graves o muy graves.
- Cualquier comportamiento que constituya incumplimiento de las obligaciones establecidas o de las prohibiciones previstas, cuando no puedan calificarse de graves o muy graves.
INFRACCIONES GRAVES
Se consideran infracciones graves además de las que se relacionan, aquellas que impiden el funcionamiento de la instalación o servicio afectado, siempre que éste pueda ser reparado y puesto en funcionamiento en la misma jornada y que no afecte a terceros:
- La tercera infracción leve en los últimos 12 meses.
- La utilización de horarios, canchas o pistas sin autorización o pago del precio público.
- Que originen daños por importe inferior a 300 euros.
INFRACCIONES MUY GRAVES
Son infracciones muy graves, además de las que se relacionan, aquellas que impiden el funcionamiento de la instalación o servicio afectado, que no pueda ser reparado y puesto en funcionamiento en la misma jornada y que afecte a terceros:
- La segunda infracción grave en los últimos 12 meses.
- Que originen daños por importe superior a 300 euros.
- Que realice conscientemente actividad con perjuicio para la salud de los demás usuarios/as (hongos, eccemas, enfermedades contagiosas...).
V.3.2. SANCIONES LEVES
Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento.
GRAVES
Las infracciones graves serán sancionadas con alguna de las siguientes:
- Suspensión de la autorización para la utilización de instalaciones durante 15 días.
- Prohibición de acceso a la actividad por un período de tiempo en función de la gravedad del hecho.
- Multa de hasta 600 euros.-
MUY GRAVES
Las infracciones muy graves serán sancionadas con alguna de las siguientes:
- Multa de 600 a 900 euros.
- Suspensión de la autorización para la utilización de todas las instalaciones por un período de tiempo en función de la gravedad del hecho.
- Prohibición de acceso a la actividad por un período de tiempo en función de la gravedad del hecho.
V.3.3. TRAMITACION DE EXPEDIENTES SANCIONADORES
Cuando la utilización privativa o el aprovechamiento lleven aparejada la destrucción total o parcial del dominio público local, el beneficiario sin perjuicio del pago del precio público a que hubiera lugar estará obligado al reintegro el coste total de los respectivos gastos de reconstrucción o reparación.
V.3.4. PERSONAS RESPONSABLES
Son responsables de las infracciones los usuarios/as, deportistas, entrenadores, profesores, los equipos y sus miembros.
V.3.5. ÓRGANO COMPETENTE
La inspección, vigilancia y control corresponde al personal del Polideportivo. Las denuncias darán lugar a la incoación del expediente sancionador.
V.3.6. TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES SANCIONADORES.
Las acciones denunciadas darán lugar a la incoación de un expediente sancionador que se tramitará conforme a los principios y procedimientos establecidos en el Real Decreto 1398/1993, de 4 xx xxxxxx.
V.3.7. MEDIDAS PROVISIONALES.
Iniciado el expediente sancionador, se podrán adoptar, en cualquier momento del mismo, las medidas provisionales Imprescindibles para el normal desarrollo del procedimiento, asegurar el procedimiento de la sanción que pudiera imponerse o evitar la comisión de nuevas infracciones.
Las medidas provisionales deberán ser proporcionales a la naturaleza y gravedad de las infracciones cometidas y podrán consistir en la adopción de medidas de acción preventiva y en especial en:
- Prohibición de acceso a las instalaciones
- Suspensión de la validez de carnet de usuario, ficha deportiva, bonos, autorización para utilización de instalaciones, etc.
- Suspensión del convenio
En caso de urgencia y cuando la infracción pueda calificarse como grave o muy grave el órgano competente podrá iniciar el procedimiento o el órgano instructor podrá adoptar las medidas provisionales que resulten necesarias.
V.3.8. RESARCIMIENTO E INDEMNIZACIÓN
Si las conductas sancionadas hubieran causado daños o perjuicios al Ayuntamiento, la resolución del procedimiento podrá declararla: a) La exigencia al infractor de la reposición a su estado originario de la situación alterada por la infracción. b) La indemnización por los daños y perjuicios causados, cuando su cuantía haya quedado determinada durante el procedimiento.
ANEXO VI
LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS
VI.1. OBJETO
En el presente contrato se ha de realizar el servicio de LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL MUNICIPIO DE ZIERBENA, conforme la siguiente distribución:
PLANTA BAJA
Recepción Xxxx Ascensor Cto. Eléctrico
Cto. De limpieza Pasillos Servicios o W.C.
Vestuarios Gymnasio Enfermería Vestuario de árbitros Despacho club Escaleras de acceso
PLANTA PRIMERA.
Gradas Gimnasio Servicios o W.C.
Almacén
Sala multiusos Interior del bar.
PISTA POLIDEPORTIVA
EXTERIOR
El perímetro del polideportivo un ancho de 5m, rejillas, papeleras, acera, barandilla, etc. Así como el Xxxxxxx xx Xxxxx, con siembras y siegas periódicas para que siempre se encuentre en perfectas condiciones para la práctica deportiva.
VI.2. CLASES DE LIMPIEZA Y FRECUENCIA
Los locales se mantendrán en perfecto estado de limpieza los locales indicados en este pliego de condiciones, incluyendo paredes, techos, suelos, cristales, mobiliario, enseres existentes, terrazas y otros.
La persona o empresa adjudicataria se obliga, asimismo, a realizar las limpiezas extraordinarias, al concluir obras menores de remodelación, pinturas, traslados, etc. sin que puedan ser, en ningún caso, objeto de facturación aparte.
Igualmente, se realizarán limpiezas de carácter general, una (1) vez al año, como mínimo, en coincidencia con el periodo vacacional xx xxxxxx
Se mantendrán en perfecto estado de limpieza las instalaciones referidas objeto del contrato, incluyendo paredes, techos, suelos, cristales, mobiliario, enseres existentes, terrazas, otros.
VI.2.1. LIMPIEZAS: DE MANTENIMIENTO, GENERALES Y ESPECIALES.
A los efectos del presente Anexo se establecen los tres (3) tipos de limpieza que a continuación se relacionan:
A) LIMPIEZA DE MANTENIMIENTO.
Son las labores a realizar de forma programada en los cuadros de frecuencias mínimas descritas en el apartado Frecuencia de Limpiezas que suponen la periodicidad habitual.
B) LIMPIEZAS GENERALES.
Se entiende como Limpieza General la limpieza en profundidad destinada a recuperar el buen estado de suelos, mobiliario, etc. La Limpieza General comprenderá todo lo reflejado en la limpieza de mantenimiento, así como la limpieza húmeda de radiadores, salidas de aire, persianas, mamparas, mobiliario por arriba y por abajo, sobre todo xx xxxxxx y mesas, rótulos y letreros, decapado y abrillantado de suelos, abrillantado a fondo de mobiliario, cuadros y elementos decorativos incluidos, limpieza externa de puntos de luz y en general la limpieza de aquellos elementos no descritos anteriormente.
Se realizará una (1) vez al año, como mínimo, en periodo que menos obstaculice la prestación del servicio. Así mismo, en el mismo periodo, como mínimo, se realizará la campaña de Desratización, Desinfección y Desinsectación a cargo de la empresa adjudicataria. El importe de las Limpiezas Generales se considera incluido en el importe anual de la limpieza de los edificios municipales.
C) LIMPIEZAS EXTRAORDINARIAS.
Se consideran Limpiezas Extraordinarias aquellas que se realicen con carácter excepcional y como máximo por una sola vez al año, tales como la limpieza de fin de obra de edificios o dependencias nuevas o reformadas, o como consecuencia de sucesos extraordinarios (incendio, etc.).
Los trabajos consistirán en una limpieza total, tanto del continente como del contenido incluso el tratamiento especifico correspondiente a cada tipo de suelo.
El programa de trabajo establecido para la limpieza de las distintas dependencias se establece de la siguiente manera:
1. HORARIO DEL SERVICIO.
- De lunes a viernes de 7h a 13h y de 15h a 22h (de septiembre a junio)
- De lunes a viernes de 7h a 13h y de 14h a 22h (de xxxxx x xxxxxx)
- Sábados de 9h a 13h (julio y agosto cerrado)
- Domingos y festivos cerrado.
El Ayuntamiento se reserva el derecho de apertura por actos o eventos, un total de tres (3) sábados a por la tarde y tres (3) domingos y festivos, previa comunicación a cargo de la empresa adjudicataria.
2. DIARIAMENTE
- Mantenimiento de las instalaciones los 365 días al año.
- Barrido de suelos
- Fregado de suelos
- Desempolvado de inmobiliario
- Limpieza de ascensores
- Limpieza y desinfección de vestuarios
- Limpieza y desinfección de servicios
- Limpieza y desinfección de aparatos sanitarios
- Limpieza de mobiliario
- Limpieza de aparatos informáticos
- Barrido exterior de la calle.
- Repaso Pista del Polideportivo.
- Vaciado y fregados de papeleras y ceniceros
- Recogida y bajada de basuras.
- Reposición de bolsas de basura en sus correspondientes papeleras.
- Desempolvado y limpieza de equipos de oficina.
- Limpieza xx xxxxxxxxx de las puertas de acceso a cada dependencia.
- Reposición de papel higiénico y xxxxxxxxx.
- Limpieza de las papeleras exteriores.
- Limpieza de la barandilla exterior.
- Limpieza de la acera perimetral del edificio en un ancho de cinco (5) metros.
- Limpieza de espejos.
- Limpieza xx xxxxxxx.
- Limpieza de la cancha
3. SEMANALMENTE
- Limpieza de almacenes
- Limpieza interior del bar.
- Limpieza de puertas y xxxxxx.
- Limpieza a fondo de inmobiliario.
- Limpieza xx xxxxxxxxx interiores y exteriores.
- Limpieza en profundidad xx xxxxxxx de aseos así como sus accesorios.
- Limpieza de las rejillas exteriores.
4. MENSUALMENTE
- Limpieza de alicatados.
- Limpieza de cercos y ventanas.
- Desempolvado y limpieza xx xxxxxxx y otros ornamentos.
- Limpieza de las arquetas de saneamiento en el interior del poliderportivo.
- Limpieza, siega y siembra del xxxxxxx xx xxxxx.
5. TRIMESTRALMENTE.
- Limpieza de letreros indicadores.
- Limpieza de puntos de luz y salidas de aire por su parte externa.
- Desempolvado de telas xx xxxxx de techos y rincones.
- Limpieza xx xxxxxxxxx desde el exterior.
- Limpieza de las arquetas y red de saneamiento en el exterior del polideportivo.
6. SEMESTRALMENTE.
- Abrillantado y cristalizado de suelos duros.
- Limpieza de persianas.
- Limpieza xx xxxxxxxx.
- Tratamiento de desinfección e higienización de los baños y vestuarios.
VI.3. PRODUCTOS Y MEDIOS
El contrato que, en base al presente ANEXO, se realice tendrá por objeto la limpieza de las referidas instalaciones, de conformidad con las siguientes condiciones:
PAVIMENTOS
- En suelos duros y porosos, tales como mármoles, baldosas, etc., serán tratados con selladores con agua neutra para impermeabilizarlos, con el fin de que la suciedad no penetre. Posteriormente, se abrillantarán con productos autobrillantes y antideslizantes.
- Los pavimentos no porosos, se aspirarán con productos que eviten el desplazamiento del polvo.
- Los suelos de parquet se limpiarán con productos fija polvos antideslizantes aplicando, asimismo, productos de contenido xx xxxx para su conservación.
- El mantenimiento se realizará mediante barrido húmedo y abrillantado en seco.
- Los productos a utilizar serán detergentes de tipo bactericida y desinfectante que permita efectos duraderos de higienización no perjudiciales a los usuarios.
- Decapantes líquidos para ceras y suciedades.
- Productos combinados para protección y abrillantado.
MOQUETAS Y ALFOMBRAS
- Se realizarán aspirados y fregados mecánicamente, empleándose como productos, espumas secas.
CUARTOS DE ASEOS, SANITARIOS Y SERVICIOS
- Se realizarán fregados de suelos y paredes así como limpieza total de todo el contenido.
- Se utilizarán desinfectantes clorados y limpiadores propios especiales para sanitarios.
- No se utilizarán lejías.
- Se realizará el vaciado de cubos de basura, colocación de papel higiénico y jabón de tocador, aunque estos dos últimos productos los suministre el Ayuntamiento.
- Se mantendrán libres de polvo, mediante aspiradores y agregados, si procede, por sus características.
DORADOS Y METALES
Se limpiarán con un paño suave humedecido en agua caliente y solución jabonosa y se secará con un paño suave y absorbente. No se utilizarán nunca esponjillas xx xxxxx, xxxxx ásperos ni soluciones abrasivas. Allí donde indebidamente se ha acumulado suciedad en exceso, o hubieran aparecido ligeras señales de oxido o manchas, estas podrán eliminarse limpiando bien la superficie con un paño humedecido con una emulsión de limpia metales apropiado a cada uno de ellos, impregnando luego con una crema blanqueadora, tras lo cual se frotarán vigorosamente las manchas de oxido. A continuación se enjuagará bien, y se secará con un paño suave y limpio y seco.
Se utilizarán, según la frecuencia, los limpia metales adecuados, así como protectores que eviten su oxidación.
LIMPIEZA DE MOBILIARIO, ENSERES, ETC.
Mobiliario lavable, xxxxxxx, xxxxxx, pasamanos, persianas, etc., se limpiarán con bayeta seca impregnada en solución detergente neutro o ligeramente alcalino.
El mobiliario no lavable se limpiará con un paño impregnado en producto captapolvo que no deteriore la superficie. Vaciado de papeleras y ceniceros.
Todos los residuos procedentes de la limpieza serán recogidos en bolsas de basura y posterior traslado al contenedor correspondiente.
TECHOS Y PAREDES
Se mantendrán limpios de polvo mediante aspiradores y agregados, si procede, por sus características.
LIMPIEZA DE PASAMANOS Y BARANDILLAS
Se deberán limpiar con un trapo suave, los pasamanos y las barandillas no metálicas, de escaleras o antepechos. Dependiendo de si su acabado final es barnizado o pintado, se pueden aplicar en el primer caso ceras liquidas. Cuando estos elementos sean metálicos, será de aplicación el producto conveniente.
LIMPIEZA XX XXXXXXXXX
Los cristales se limpiarán con detergentes neutros o limpia cristales. Se utilizarán los utensilios, necesarios para un frecuente mantenimiento de estas superficies (labios de goma, uso de extensibles, escaleras, etc.).
LIMPIEZA XX XXXXXXXX Y PERSIANAS
Las persianas enrollables que sean accesibles se desempolvarán periódicamente. Semestralmente, como mínimo, se limpiarán las persianas con detergente neutro y se podrá aplicar maquinas a presión o vapor según los casos.
La limpieza xx xxxxxxxx se realizará 2 veces al año como mínimo y consistirá en limpiarlas con un trapo y producto adecuado al material de las mismas.
LIMPIEZA DE MOBILIARIO Y EQUIPOS INFORMATICOS
Todo el mobiliario y sus accesorios han de ser tratados y cuidados con el mayor esmero, evitando las manchas, los golpes y roces con las máquinas y productos de limpieza.
Las superficies xx xxxxxx sin poros (superficie lacada o plastificada) se utilizará una bayeta en una dilución baja de detergente aniónico mas agua. A continuación cualquier producto xx xxxx liquida preparada a base xx xxxx natural, vegetal o procedente de hidrocarburos de tipo medio. En las superficies xx xxxxxx con poros se quitará el polvo previamente con una bayeta humedecida y casi seca. A continuación, un preparado en base xx xxxx. No se utilizarán productos grasos o con ceras (tipo spray convencional), sino detergentes suaves para las superficies sintéticas. Se limpiarán cuidadosamente, con gamuza, evitando golpes y deterioros si se trasladan de sitio.
Se tendrá el máximo cuidado en el traslado de los elementos de mobiliario de tipo modular, siendo responsable el Adjudicatario de cuantos desperfectos se ocasionen por este motivo. El importe de los daños causados por esta causa serán descontados de las certificaciones mensuales. El exterior de los equipos informáticos se limpiará con útiles y productos adecuados a sus características.
LIMPIEZA DE PUNTOS DE LUZ
La limpieza consistirá en quitar el polvo con elementos adecuados (plumero, bayeta, etc.) de lámparas, fluorescentes, bombillas, pantallas especulares, etc. sin desmontar aparato alguno.
RECOGIDA Y RETIRADA DE RESIDUOS
- El personal o empresa adjudicataria, se hará cargo de la recogida, almacenamiento y transporte de basuras y desperdicios desde cada dependencia hasta el depósito correspondiente.
- Además de los trabajos descritos explícitamente, son obligatorias para el contratista todas aquéllas tareas que se consideren necesarias para mantener las dependencias en perfecto estado de limpieza.
- Todo ello conforme al apartado de Frecuencia de limpiezas.
- Para que aquellas limpiezas que no se especifique el producto a utilizar, la empresa adjudicataria será la responsable de seleccionar aquel que por su eficacia sea conveniente siempre que no dañe el objeto a limpiar.
VI.4. MATERIAL NECESARIO
Se utilizará y aportará, por cuenta de la empresa adjudicataria, el material que a continuación se indica, además del que ella considere necesario para el buen prestar del servicio:
- Soporte de xxxxxxx xxxxxx.
- Carro mopa xx xxxxx cubo.
- Carro mopa de cubo sencillo.
- Bayetas de colores diferentes para separar las destinadas a limpieza de mobiliario de las de aseo.
- Pulverizador.
- Estropajos.
- Guantes.
- Bolsas de basura.
- Aspiradora.
- Máquina fregadora-abrillantadora.
- Productos de limpieza.
- Etc.
VI.5. MANTENIMIENTO DEL MATERIAL
Una vez finalizada la jornada, se someterán todos los utensilios a un proceso xx xxxxxx con una solución de detergente, desinfectante, dejándolo actuar, como mínimo, cinco (5) minutos. Posteriormente, se dejarán en el cuarto de limpieza en posición de secado, con el fin de que estén en perfectas condiciones cuando vuelvan a ser utilizados. En lo posible, se utilizará material de limpieza desechable.
VI.6. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL SERVICIO
El Área de Deportes, al que está adscrito el programa, mantendrá un seguimiento de la actividad y la entidad adjudicataria facilitará la información suficiente que se requiera sobre la marcha del servicio. Así mismo, dicho departamento se mantiene como referente para las directrices estratégicas del servicio y como referente para el cumplimiento técnico. La entidad adjudicataria como proveedora de dicho servicio público se atendrá en su desempeño a las normativas y obligaciones en vigor.
ANEXO VII
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LA XXXX XX XXXXXXXX DE CALEFACCIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL MUNICIPIO DE ZIERBENA.
VII.1. OBJETO
El objeto del contrato es la realización del servicio de mantenimiento de la Xxxx xx Xxxxxxxx de Calefacción, en la instalación del Polideportivo de Zierbena.
VII.2. DESCRIPCIÓN DE LAS INTALACIONES
- 1 Caldera Buderus Logano GE 315, 170 Kw.
- 1 Regulación Buderus HS 4212.
- 1 Quemador de gas propano WG 20 F/1 – X XXX.
- 0 Xxxxxxxxxxxxxx xx xxxxxx BHC – 15/30 AE.
- 1 Acumulador XX-0000 XX.
- 0 Xxxxxxx mezcladora termostática de 4 vías.
- 1 Bomba rotor húmedo sa 30/6 1 ¼”.
- 2 Bombas rotor húmedo sa 40/8 dn-40.
- 1 Vaso de expansión membrana 80 litros.
- 1 Vaso de expansión membrana 20 litros.
- 30 radiadores Decotherm DH 21 y 49.
- 1 Válvula de seguridad ¾”x1” a 3 bar.
- 1 Válvula de seguridad 1”x1 1/4” a 6 bar.
VII.3. PRESTACIONES Y SUMINISTROS
3.1. La Empresa que realice el mantenimiento efectuará todas las operaciones que se detallan en a continuación, mediante visitas programadas de Técnicos y oficiales de mantenimiento debidamente acreditados.
Trabajos de Mantenimiento Preventivo, Almacenamiento y alimentación de combustible:
- Comprobaciones mensuales:
OPERACIÓN | UNIDAD MEDIDA | LECTURA ANTERIOR | LECTURA ACTUAL |
Presión de agua en c. calefacción. | bar | ||
Comprobación válvula seguridad caldera | bar | ||
Lectura contador de agua del circuito | m3/h. | ||
Consumo potencia eléctrica total. | A | ||
Consumo potencia eléctrica Bomba Dcha | A | ||
Consumo potencia eléctrica Bomba Izda | A | ||
Temperatura en la Xxxx xx Xxxxxxxx. | ºC | ||
Temperatura xxx xxxxxxx | ºC | ||
Temperatura retorno caldera | ºC | ||
Temperatura humos caldera | ºC | ||
Contenido CO en humos caldera | P.P.M. | ||
Tiro en chimenea caldera | m.m.c.d.a. |
Contenido CO en ambiente | P.P.M. | ||
Prueba en tramo de B.P. de GAS | m.m.c.d.a. |
- Comprobaciones semestrales:
OPERACIÓN | RESULTADO |
Comprobación de la estanqueidad de las válvulas | |
Comprobación de la regulación automática. | |
Limpieza de filtros. | |
Comprobación válvulas antirretorno. | |
Lectura PH en el circuito de calefacción. | |
Comprobación del aislamiento térmico. |
- Comprobaciones anuales
OPERACIÓN | RESULTADO |
Prueba en el tramo de M.P.A. tubería de gas | |
Prueba en el tramo de M.P.B. tubería de gas. | |
Prueba de la vaina de tubería de gas | |
Limpieza del circuito de humos | |
Estanqueidad en el circuito distribución del c. hidráulico |
3.2. Los materiales requeridos para el correcto funcionamiento de la instalación serán en todo caso, por cuenta de la empresa adjudicataria.
3.3. Los avisos serán atendidos en servicio de veinticuatro (24) horas, los siete (7) días de la semana (incluyendo días festivos).
VII.4. ACCESO A LAS INSTALACIONES
El Ayuntamiento de Zierbena permitirá al personal debidamente acreditado, de la empresa de Mantenimiento, el acceso a los locales donde están situadas las instalaciones, para que estos puedan desarrollar sus servicios.
VII.5. ACCESO A LAS INSTALACIONES
Durante la vigencia del presente contrato, El Ayuntamiento de Zierbena se obliga a no modificar ni intervenir, por si o por tercero, en las instalaciones sin dar conocimiento escrito a la Empresa de Mantenimiento.
VII.6. TRABAJOS A CARGO DE LA EMPRESA
Correrán a cargo de la Empresa todos los gastos correspondientes al mantenimiento así como las correspondientes revisiones. Deberá presentar al ayuntamiento la documentación relacionada con la xxxx xx xxxxxxxx del Polideportivo de manera trimestral.
ANEXO VIII
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL ASCENSOR DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL MUNICIPIO DE ZIERBENA.
VIII.1. OBJETO
Realizar el Mantenimiento Preventivo de las partes mecánicas o hidráulicas en su caso, y eléctrico/electrónicas que componen los ascensores, según un programa de revisión exhaustivo establecido al efecto, del ascensor situado en el Polideportivo de Zierbena.
VIII.2. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS
Atender los avisos por averías que realice el Ayuntamiento de Zierbena dentro de la jornada laboral de trabajo. La Empresa Mantenedora efectuará a su cargo la reparación o sustitución de las siguientes piezas sometidas a desgaste:
- Elementos del grupo tractor: poleas de tracción y desvío, eje sinfín, retenes, cojinetes y rodamientos.
- En instalaciones oleodinámicas: elementos de la central, válvulas electroválvulas, manómetro, pistón, juntas tóricas, retenes y manguera de distribución.
- Motor y elementos de motor, devanados, casquillos y cojinetes.
- Elementos de freno: bobinas y zapatas de freno
- Instalación eléctrica xx xxxxxxx, de cuarto de máquinas de cabina y cables múltiples. Elementos de señalización: pulsadores y pilotos
- Elementos de cuadro de maniobra: bobinas, temporizadores, contactores, transformadores, relés, fusibles, placas de circuito impreso, elementos de regulación de velocidad y encoders
- Elementos de control de maniobra en hueco y cabina, contactos xx xxxxxx, fin xx xxxxxxx y pantallas.
- Limitador de velocidad, polea tensora, casquillos, contactos ejes y rodamientos.
- Sistema de seguridad para movimiento incontrolado de cabina y contactos de acuñamiento.
- Elementos de chasis de cabina y contrapeso, deslizaderas, rodaderas y dispositivo de sobrecarga.
- Cables de tracción, amarracables, cadenas, cables de compensación y cable de limitador de velocidad.
- Elementos de accionamiento de puertas: cierres automáticos, amortiguadores, contactos de seguridad, cerrojos, bisagras, muelles y retráctil. Carro de suspensión de puerta automática.
- Elementos del sistema de comunicación bidireccional propios de ascensor, con excepción de la línea telefónica.
- Aceites de lubricación y circuitos oleodinámicos.
VIII.3. TRABAJOS A CARGO DEL AYUNTAMIENTO
Serán por cuenta del Ayuntamiento de Zierbena las reparaciones o sustituciones de aquellos materiales o piezas deterioradas por el mal uso o por causas ajenas a la utilización racional de las instalaciones, así como los desperfectos ocasionados por actos vandálicos, incendios o siniestros que afecten al edificio.
Asimismo serán por cuenta del Ayuntamiento de Zierbena cualquier cambio en características o aportación de elementos no incluidos originariamente en el proyecto del ascensor, ni los deterioros en la estética de la instalación, sustitución y desperfectos en la decoración de la cabina, espejos, ni defectos de pintura, ni desperfectos en hojas y xxxxxx xx xxxxxxx, así como todas aquellas modificaciones por nuevas normativas que en un futuro pudieran exigirse por Organismos Oficiales.
VIII.4. TRABAJOS A CARGO DE LA EMPRESA
Correrán a cargo de la Empresa todos los gastos correspondientes al mantenimiento así como las correspondientes revisiones. Deberá presentar al ayuntamiento la documentación relacionada con el ascensor del Polideportivo de manera semestral.
ANEXO IX
TARIFAS Y HORARIOS
ACTIVIDAD | EMPADRONADOS **** | NO EMPADRONADOS | TR | ||||||||
TARIFA NORMAL | TARIFA REDUCIDA * | TARIFA NORMAL | TARIF | ||||||||
MES | TRIMESTRE | ANUAL | MES | TRIMESTRE | ANUAL | MES | TRIMESTRE | ANUAL | MES | TRIM | |
PILATES | 12,00 € | 30,00 € | 105,00 € | 7,50 € | 15,00 € | 50,00 € | 27,00 € | 68,00 € | 258,50 € | 20,00 € | 49 |
GIMNASIA MANTENIMIENTO | |||||||||||
TRAIL-RUNNING | |||||||||||
ZUMBA | 9,00 € | 18,00 € | 55,00 € | 6,00 € | 15,00 € | 55,00 € | 27,00 € | 68,00 € | 258,50 € | 18,00 € | 43 |
HIPOPILATES | |||||||||||
BAILE MODERNO | |||||||||||
PROPIOCEPCIÓN | |||||||||||
ANIMACIÓN DEPORTIVA PARA MAYORES | |||||||||||
AEROBICO MIX 1 Y 2 | |||||||||||
CICLO INDOOR 1Y2 | 12,00 € | 30,00 € | 105,00 € | 6,00 € | 15,00 € | 55,00 € | 30,00 € | 78,00 € | 297,00 € | 21,00 € | 54 |
FUNCTIONAL TRAININING | |||||||||||
TRABAJO EN SUSPENSIÓN 1 | |||||||||||
CICLO INDOOR 3 | 9,00 € | 18,00 € | 55,00 € | 6,00 € | 12,00 € | 44,00 € | 27,00 € | 68,00 € | 276,00 € | 18,00 € | 43 |
TRABAJO EN SUSPENSIÓN 2 | |||||||||||
FITNESS | 12,00 € | 30,00 € | 105,00 € | 6,00 € | 15,00 € | 60,00 € | 40,00 € | 102,00 € | 388,00 € | 26,00 € | 66 |
PATINES | 6,00 € | 15,00 € | 55,00 € | 5,00 € | 12,00 € | 44,00 € | 18,00 € | 45,00 € | 171,00 € | 12,00 € | 30 |
TXIKIPILATES | - | - | - | 6,00 € | 15,00 € | 55,00 € | 8,00 € | 20,00 € | 76,00 € | - | |
MUCTIACTIVIDAD | 24,00 € | 54,00 € | 180,00 € | 16,00 € | 38,00 € | 150,00 € | 45,00 € | 114,00 € | 450,00 € | 35,00 € | 84 |
TARIFA
ENTRADA POR ACTIVIDAD | 3,00 € | 3,00 € | 4,20 € | 4 |
ALQUILER FRONTON (MAX. 4 PERS.)*** | 9,00 € | 9,00 € | 10,00 € | 1 |
ALQUILER FUTBOL SALA (MAX 10 PERS.)*** | 22,00 € | 22,00 € | 25,00 € | 2 |
XXXXXXXX XXXXX (MAX. 5 PERS.)*** | 12,00 € | 12,00 € | 15,00 € | 1 |
* TARIFA REDUCIDA Mayores de 60 años, Estudiantes (presentando carne) y parados (acreditándose) **** ANUAL
** HORARIO REDUCIDO De lunes a viernes de 13h a 16h y solo actividades que se imparten en dicho horario EMPAD
*** ACCESO DE PERSONA EXTRA 3,00 € Empadronados y 4,20 € No empadronados
Nota:
Las personas poseedoras del la tarjeta xx Xxxxx Txartela por una parte, podrán acceder al gimnasio del polideportivo de manera gratuita desde las 9:15 hasta las 17:00. Por otra parte, podrá acceder actividad abonando 1,50 € por actividad o entrada. Esta cantidad podrá ser modificada, con justificación detallada y el visto bueno de la concejalía de deporte. Podrán acceder a la Xxxxx Txartela, cua con un abono trimestral.
Los precios de los empadronados se ajustarán bianualmente teniendo en cuenta el incremento del IPC.
Las tarifas de los empadronados serán fijas, mientras que para el resto la empresa adjudicataria podrá modificarlo semestralmente, con justificación detallada de las nuevas tarifas y con el visto bueno de la concejalía de deportes. El precio del empadronado siempre tendrá que ser como mínimo un ochenta por ciento (80%) inferior al No Empadronado y un cuarenta y cinco por ciento (45%) de los trabajadores de empresas de Zierbena
Los precios arriba expuestos tienen incluido el IVA correspondiente.
HORARIO
LUNES | MARTES | MIÉRCOLES | JUEVES | VIERNES | |
09:15 - 10:00 | Trabajo en suspensión 1 | - | Trabajo en suspensión 1 | - | - |
10:00 - 11:00 | Pilates 1 Ciclo Indoor 1 | Ciclo Indoor 1 | Pilates 1 | Ciclo Indoor 1 | Pilates 1 |
11:00 - 12:00 | Propiocepción | - | Propiocepción | - | - |
12:00 - 13:00 | Gimnasia de mantenimiento | - | Gimnasia de mantenimiento | Gimnasia de mantenimiento | - |
13:00 - 14:00 | - | - | - | - | - |
14:00 - 15:00 | Xxxxxxxx Xxx 0 | Xxxxxxxx Xxx 0 | |||
15:00 - 16:00 | - | - | - | - | - |
16:00 - 17:00 | Patines | ||||
17:00 - 18:00 | Pilates 2 | Animación deportiva para mayores | Pilates 2 | Trabajo en suspensión 2 Animación deportiva para mayores | Pilates 2 |
18:00 - 19:00 | Pilates 3 Txikipilates Functional Training | Trabajo en suspensión 2 | Pilates 3 Txikipilates Functional Training | Pilates 3 | Txikipilates Functional Training |
19:00 - 20:00 | Ciclo Indoor 2 Zumba 1 | Baile Moderno | Ciclo Indoor 2 Zumba 1 | Baile Moderno | Ciclo Indoor 2 |
20:00 - 21:00 | Hipopilates Aerobico Mix 2 | Zumba 2 Ciclo Indoor 3 | Hipopilates Aerobico Mix 2 | Zumba 2 Ciclo Indoor 3 |
GRUPO TRAIL-RUNNING: MARTES Y JUEVES DE 19:00 A 20:30.
GRUPO RUTAS SANAS – DOS (2) VECES AL MES – JORNADA DE DOS HORAS – GRATUITO PÀRA PERONAS EMPADRONADAS Y MAYORES DE 65 AÑOS ESTANDO APUNTADO EN CUALQUIR ACTIVIDAD SE PUEDE UTILIZAR LAS CLASES DE CICLO INDOOR VIRTUAL (BEST CYCLING)
NOTA:
La empresa adjudicataria tendrá este horario de actividades como referencia y podrá aportar una nueva tabla de horario y actividades, siempre y cuando se valide por el técnico responsable del Ayuntamiento de Zierbena y se dé un servicio semanal variado en cuanto a actividades y se programen un mínimo de 50 horas semanales.
ANEXO X
COLOCACIÓN DEL PAVIMENTO PARA LA PRÁCTICA DE FUTBOL SALA EN LA INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL MUNICIPIO DE ZIERBENA.
X.1. OBJETO
Instalación del pavimento taraflex en el Polideportivo de Zierbena para la práctica reglamentaria de fútbol sala
X.2. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS
Los trabajos de se realizarán a cargo de la empresa adjudicataria para los partidos que el primer equipo de fútbol sala de Zierbena lo precise en sus distintas competiciones oficiales o de exhibición. Los trabajos consistirán principalmente en:
- Como norma general el pavimento se colocará los sábados previo al partido a partir de las 13:00 horas
- Limpieza de la cancha para la posterior instalación del pavimento.
- Colocación del pavimento taraflex con cinta xx xxxxx cara.
- Encintado de las medidas reglamentarias de fútbol sala.
- Una vez finalizado el partido se procederá a la retirada del mismo.
- Limpieza de pavimento taraflex y retirada del encintado.
- Recogida del pavimento.
La empresa deberá velar por el buen estado y mantenimiento del pavimento taraflex, así como de proporcionar las cintas y materiales precisos para el montaje, desmontaje y limpieza de la cancha y el pavimento taraflex.
Se deberá valorar el montaje y desmontaje del pavimento un total de veintidós (22) ocasiones, se pondrá en conocimiento de la empresa las fechas en la mayor brevedad posible y tratando que no sea en espacio inferior a siete (7) días.
ANEXO XI
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
La empresa adjudicataria del Polideportivo de Zierbena, propiedad del ayuntamiento cumplirá la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y las restantes disposiciones reglamentarias legales, y singularmente, las prescripciones que establezca al Ayuntamiento de Zierbena.
1. La empresa adjudicataria deberá cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en otras disposiciones legales en vigor que sean de aplicación, y de forma especial las Normas Generales de Seguridad que existan en el Ayuntamiento de Zierbena.
2. La empresa adjudicataria deberá certificar que tiene la modalidad de organización preventiva de Trabajador Designado/Servicio de Prevención Ajeno / Servicio de Prevención Propio. De igual modo, deberá certificar que tiene cubierta la especialidad preventiva de Vigilancia de la Salud.
3. La empresa adjudicataria está obligada ha disponer de un Plan de Prevención, realizar la evaluación de riesgos laborales, Plan de Autoprotección, etc y de igual modo deberá elaborar la actividad preventiva con carácter anual. Que los trabajadores van a ser aptos para el trabajo a desarrollar, etc.
4. La empresa adjudicataria deberá presentar al Ayuntamiento de Zierbena, en los tres (3) primeros meses, toda la documentación en materia de PRL que acredite el cumplimiento de la normativa.
5. La empresa adjudicataria se compromete a informar al personal perteneciente al servicio de atención integral del Polideportivo de Zierbena, así como al personal de posibles empresas con las que subcontrate trabajos, de los siguientes puntos:
- Riesgos generales de las instalaciones y medidas preventivas a adoptar.
- Medidas de emergencia.
- De los apartados de los planes de seguridad y salud que les afecte (cuando proceda).
6. La empresa adjudicataria deberá entregar la documentación oportuna en la que certifique que los trabajadores y trabajadoras han recibido la formación adecuada, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
7. Solo se permitirá el acceso a las instalaciones al personal de Servicio de atención Integral del Polideportivo de Zierbena y de sus subcontratas, que demuestre pertenecer a la mismas y que tenga prevista la cobertura en caso de accidente o muerte. Para ello la empresa adjudicataria, con carácter previo al inicio de los trabajos, presentará un certificado de la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente en el pago de las cuotas de la seguridad social, copia de los boletines de cotización individuales y colectivos (TC1 y TC2). Si un trabajador o trabajadora no apareciera en estos boletines por ser de nueva incorporación, deberá presentar la solicitud de alta (TA2).
8. La empresa adjudicataria será la única responsable del cumplimiento de todas las disposiciones laborales y de la Seguridad Social y disposiciones administrativas que afecten a las relaciones laborales con su personal, vigentes en
la actualidad o que puedan ser dictadas durante la ejecución de los trabajos, descargando de manera expresa al Ayuntamiento de Zierbena, de toda responsabilidad por su incumplimiento.
9. La empresa adjudicataria mantendrá al Ayuntamiento de Zierbena libre y exenta de responsabilidad por las obligaciones que tenga o adquiera con terceros, por considerarse tales obligaciones ajenas a la misma.
10. La empresa adjudicataria suscribirá y mantendrá en vigor un contrato de seguro de Responsabilidad Civil General que cubra los daños personales y materiales que pudieran ocasionarse durante la ejecución de los trabajos que desarrolle en las instalaciones del Ayuntamiento de Zierbena.
La empresa adjudicataria exonera al Ayuntamiento de Zierbena de toda responsabilidad por los daños que puedan sufrir sus medios materiales durante el desarrollo de los trabajos.
11. Todos los medios materiales utilizados por la empresa adjudicataria cumplirán la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y las restantes disposiciones reglamentarias legales, y singularmente, las prescripciones que establezca al Ayuntamiento de Zierbena.
El Ayuntamiento de Zierbena se reservará el derecho de comprobar el buen estado de los equipos de trabajo del Polideportivo de Zierbena y las subcontratas que participen en los trabajos.
12. El Ayuntamiento de Zierbena no aceptará reclamación alguna de la empresa adjudicataria por pérdidas de tiempo debidas a interrupciones del trabajo motivadas por el incumplimiento, por parte de su personal, de las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales.
13. El responsable de la empresa adjudicataria como su personal tendrán la obligación de atender y dar las necesarias facilidades para cumplir las sugerencias que en materia de prevención de riesgos laborales realice el personal del Ayuntamiento de Zierbena.
14. La empresa adjudicataria se compromete a poner a disposición del Ayuntamiento de Zierbena la documentación que justifique las anteriores declaraciones.
15. La empresa adjudicataria deberá tener durante la duración del contrato en toda la documentación relacionada con la Prevención de riesgos Laborales y restantes disposiciones reglamentarias legales en regla y en vigor.
ANEXO XII
ATENCIÓN FISIOTERAPÉUTICA Y DE NUTRICIÓN
En el polideportivo de Zierbena, el Ayuntamiento habitará (en el primer semestre de 2018) un espacio para la práctica profesional de las actividades de Fisioterapia y Nutrición.
El despacho podrá tener un mayor número de especialidades, todas ellas deberán estar relacionadas con el Deporte. El horario de atención al público lo pondrá la empresa Adjudicataria, pero se exige un mínimo de veinte (20) horas semanales distribuidas como mínimo en tres (3) días de lunes a viernes, la empresa adjudicataria podrá aumentar este número de horas a su conveniencia. El servicio se dará durante un mínimo de cuarenta y siete (47) semanas anuales, pudiendo concentrar las semanas que no se de el servicio del 15 de julio al 15 de septiembre.
De las veinte (20) horas semanales mínimas (ochocientas noventa y seis (896) horas anuales), un sesenta por ciento (60%) serán destinadas a personas empadronadas de Zierbena, por ello las personas tendrán prioridad a la hora de recibir el servicio.
Tanto el número de horas de servicio semana como semanas anuales al igual que el número de horas a empadronados (12h/semana), son mínimos que podrán ser ampliados por la empresa adjudicataria.
El personal que desarrolle de esta actividad deberá estar compuesto mínimamente por:
- Una persona con Graduado o Diplomado en Fisioterapia, cinco (5) años de experiencia.
Con una formación mínima de tres (3) cursos de formación y con un curso dirigido a Fisioterapia Deportiva.
- Una persona con Graduado o Diplomado en Nutrición; Licenciado o Graduado en Biología con Master en Nutrición.
Con una formación mínima de dos (2) cursos de formación en Nutrición y con un curso dirigido a Nutrición Deportiva.
Los precios de las consultas:
Empadronado | No Empadronado | ||
Fisioterapia | Consultas (45 min.) | MAX. 25,00 € | 35,00 € |
Nutrición | Primera Consulta | MAX. 30,00 € | 50,00 € |
Consulta | MAX. 12,00 € | 20,00 € |
Estos precios son una referencia y podrán ser modificados por la empresa adjudicataria, teniendo como premisa el precio máximo fijado a los Empadronados y que necesariamente el precio de los No Empadronados deberá ser superior al de Empadronados, como mínimo una diferencia del treinta por ciento (30%). Esta diferencia de porcentaje (30%) deberá aplicarse a cualquier actividad que desarrollen dentro del polideportivo.
Diariamente la persona responsable del servicio, anotará en un listado los siguientes datos: Día, Hora, Especialidad y Empadronado o no Empadronado. En caso de que sea empadronado, deberá anotar las tres últimas cifras y letra del DNI del empadronado. Mensualmente, se deberán aportar, estos listados al responsable municipal, para su control.
En caso de no alcanzar a lo largo del año, a las horas exigidas en el presente pliego (ochocientas noventa y seis horas (896h)), la empresa adjudicataria deberá descontar de la factura al Ayuntamiento, quince euros por hora (15€/h) no realizada.
En caso que en la oferta del adjudicatario, las horas de servicio semanal hubieran sido aumentadas, respecto del computo global de horas anuales ofertadas, la empresa adjudicataria deberá descontar de la factura al Ayuntamiento, veinte euros por hora (20€/h) no realizada.
ANEXO XIII
LOCAL DE HOSTELERÍA - BAR
A la empresa Adjudicataria se le informa que dentro de las instalaciones del polideportivo existe un (1) local que es independiente al presente pliego.
Existe un local de hostelería-bar, en la primera planta zona del graderío. La empresa que se encarga de dicho local tendrá derecho a acceder al polideportivo en el horario de apertura del mismo. Este local está vinculado al espacio existente en la recepción del polideportivo para explotar las máquinas de vending, es por este motivo, que la empresa encargada es la única empresa que tiene derecho y obligación de vender productos alimenticios dentro del polideportivo de Zierbena.
El gasto de energético tanto energía eléctrica como agua, correrá a cargo de la empresa adjudicataria del servicio integral del Polideportivo.
ANEXO XIV
CLAUSULA DE SEGUROS PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL POLIDEPORTIVO DEL AYUNTAMIENTO DE ZIERBENA
SEGUROS A CUBRIR POR EL ADJUDICATARIO
La empresa adjudicataria debe cubrir los riesgos a su cargo por lo que contratará y mantendrá en vigor durante el periodo con derecho a la explotación los siguientes contratos de seguro, que se citan a título enunciativo y no limitativo, ya que el objeto es conseguir una eficaz cobertura:
1. De Accidentes de trabajo y seguros sociales de su personal confirme a la legislación en vigor.
2. Seguro Obligatorio de vehículos automóviles propios o contratados por la empresa adjudicataria que intervengan en la explotación.
3. De daños que pueda sufrir el Contenido (Ajuar), y garantizando entre otras, las coberturas siguientes:
- Riesgos Básicos: Límite 100% del valor asegurado
Incendio, Explosión caída xx xxxx Daños por Agua
Extensivos
Rotura xx Xxxxxxxxx
- Complementarios: Límite 100% del valor asegurado
Avería Maquinaria (Puede ser a primer riesgo)
Daños eléctricos/electrónicos (Puede ser a primer riesgo) Robo/Expoliación
Opcionalmente el Adjudicatario podrá contratar otros riesgos a su interés.
Deberá constar como Asegurado Adicional al Ayuntamiento de Zierbena.
4. Garantía de Responsabilidad Civil en sus vertientes de:
- Explotación
- Inmobiliaria/Locativa
- Subsidiaria
- Patronal/Cruzada
- Contaminación Accidental
- Postrabajos (12 meses)
- Defensa y fianzas
Deberá constar como Asegurado Adicional, sin perder la condición xx xxxxxxx, al Ayuntamiento de Zierbena.
5. Las cifras básicas mínimas garantizadas son:
- Seguro Daños 326.315 euros
- Seguro Responsabilidad Civil…………. 1.000.000 euros (*)
(*) Sin sublímite por víctima, salvo en Patronal/Cruzada que podrá ser mínimo 600.000 euros
ANEXO XV
MESA DE CONTROL Y COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Con el fin de dar un servicio óptimo, la empresa adjudicataria deberá contar con los medios materiales y humanos necesarios para poder llevar a cabo la gestión integral de las instalaciones deportivas municipales de Zierbena.
En este sentido, la empresa adjudicataria deberá contar con una persona interlocutora, con capacidad de decisión y vinculada a la empresa adjudicataria no pudiendo ser ninguna de las personas que a diario trabajen en el polideportivo de Zierbena, para reunirse con el responsable de la concejalía de deportes, así como otros técnicos municipales y en momentos puntuales representantes de las asociaciones deportivas del municipio, un mínimo de dos (2) veces al mes, en dichas reuniones o mesas de control se abordarán los siguientes aspectos:
- Promover acciones en materia de promoción deportiva.
- Promover actividades relacionadas con el fomento del deporte, dirigido a personas de la tercera edad y grupos de exclusión.
- Asesoramiento en cuestiones de carácter técnico.
- Promover la participación entre los diferentes agentes del deporte municipal.
- Impulsar el deporte local y las actividades e iniciativas desarrolladas por el mismo.
- Abordar cualquier actividad deportiva que desde el Ayuntamiento de Zierbena se quiera impulsar o promover, como por ejemplo: travesía a nado Galipa Swim, Galipa medi bira, Campeonatos de: Bolos, Mano, Pala, Remos, Surf, etc. En este sentido la empresa adjudicataria adoptará una presencia principal y activa para impulsar y gestionar las actividades que se realicen mediante la coordinación y la promoción de las mismas.
- Dirigir sugerencias y propuestas de actuación.
- Informar sobre proyectos relacionadas con el deporte municipal.
- Informar de participación de usuarios en las diferentes actividades, así como plantear mejoras o modificaciones de actividades, horarios y cuotas (excepto de empadronados).
- Abordar las reclamaciones existentes de usuarios y usuarias
- Aprobar una memoria anual que recoja la actividad desarrollada.
- Podrán existir convocatorias con calificación de “Urgentes”, en este sentido se caso la antelación mínima de convocatoria será de cuarenta y ocho (48) horas.
- La persona responsable de la empresa adjudicataria deberá redactar un acta con los temas abordados, incluyendo los siguientes datos:
a) Fecha, hora y lugar de la sesión.
b) Nombres y apellidos de los asistentes y representación que ostentan.
c) Temas tratados, breve referencia de las deliberaciones y las aprobaciones y acuerdos tomados.