SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA
XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX
XXXXXXXXXX XXXXXXX Xx 00 -2012-MPCH/CE
SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA
ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
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BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES |
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Aprobado mediante Directiva Nº 018-2012-OSCE/PRE |
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11 -2012-MPCH/CE
PRIMERA CONVOTORIA
CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES1
Adquisición de Leche Fresca Cruda Entera xx Xxxx y Hojuela de Quinua, Soya, Avena, Arroz con Omega 3,6 y 9 para el Programa del Vaso de Leche - 2013
ITEM I: LECHE FRESCA CRUDA ENTERA XX XXXX
ITEM II: HOJUELAS DE QUINUA, AVENA, SOYA, ARROZ CON OMEGA 3,6 Y 9
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
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BASE LEGAL
Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
Directivas del OSCE.
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Código Civil.
Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: xxx.xxx.xxx.xx.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES
Las consultas a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Reglamento.
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas.
IMPORTANTE:
No se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES
Las observaciones a las Bases serán presentadas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haber finalizado el término para la absolución de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Reglamento.
ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES A LAS BASES
El Comité Especial notificará la absolución de las observaciones a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no debe exceder de los cinco (5) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.
El Comité Especial debe incluir en el pliego de absolución de observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
IMPORTANTE:
No se absolverán observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE
El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:
Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;
Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y
Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.
El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones.
La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.
INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.
Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.
El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:
Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.
Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.
Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:
En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
IMPORTANTE:
En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.
En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.10, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del suministro de bienes a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
IMPORTANTE:
Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.2
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:
Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
EVALUACIÓN TÉCNICA
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
EVALUACIÓN ECONÓMICA
Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
IMPORTANTE:
En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.
Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.
ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.
El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los ocho (8) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.
CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 122 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.
CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
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RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Plazos de interposición del recurso de apelación
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
CAPÍTULO III DEL CONTRATO
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DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Garantía de fiel cumplimiento.
Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.
Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Código de cuenta interbancario (CCI).
Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.
DE LAS GARANTÍAS
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
IMPORTANTE:
Alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
IMPORTANTE:
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.
ADELANTOS
La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases.
En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.
DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las penalidades por retraso injustificado en la atención del suministro y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.
De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
PAGOS
La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones xx xxxxxxx, el pago del precio sea condición para la entrega de los bienes.
La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago periódicos) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de los bienes, conforme a la sección específica de las Bases.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la recepción de los bienes, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
CAPÍTULO I GENERALIDADES
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ENTIDAD CONVOCANTE
-
Nombre
:
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO
RUC Nº
:
20141784901
Domicilio legal
:
XX. XXXXXX XXXX Xx 000 – XXXXXXXX
Teléfono y fax:
:
074 - 232570
Correo electrónico:
:
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx_0000@xxxxxxx.xxx
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la Adquisición de Leche Fresca Cruda Entera xx Xxxx y Hojuela de Quinua, Soya, Avena, Arroz con Omega 3,6 y 9 para el Programa del Vaso de Leche – 2013
ITEM I = 745,200 litros de LECHE FRESCA CRUDA ENTERA XX XXXX
ITEM II = 148,103.75 Kilos de HOJUELAS DE QUINUA, AVENA, SOYA, ARROZ CON OMEGA 3,6 Y 9
VALOR REFERENCIAL3
El valor referencial asciende a S/ 2´352,908.61 (Dos millones trescientos cincuenta y dos mil novecientos ocho con 61/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total del producto y/o productos. El valor referencial ha sido calculado al mes de Diciembre del 2012
IMPORTANTE:
De conformidad con el artículo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratación por relación de ítems, también deberán incluirse los valores referenciales en números y letras de cada ítem.
Si el sistema de contratación es a precios unitarios deberá indicarse los precios unitarios referenciales del bien y/o bienes objeto de la convocatoria.
Las propuestas económicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artículo 33 de la Ley. No existe un límite mínimo como tope para efectuar dichas propuestas.
Si durante la fase de actos preparatorios se determina que la entrega de los bienes y su consumo se efectuará en la Amazonía, deberá tomarse en cuenta la regulación de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento, referida al beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía.
De conformidad con lo señalado en el numeral 2 de la citada Disposición Complementaria Final, en las Bases del respectivo proceso de selección deberá establecerse además del valor referencial, los límites de éste, con y sin IGV, tal como se indica a continuación:
ITEM |
DESCRIPCION |
Cantidad. Requerida |
U/M |
PRECIO UNITARIO |
VALOR REFERENCIAL |
I |
LECHE FRESCA CRUDA ENTERA XX XXXX |
745,200 |
LITROS |
1.80 |
S/.1´341,360.00 Un millón trescientos cuarenta y un mil trescientos sesenta con 00/100 Nuevos soles |
II |
HOJUELAS DE QUINUA, AVENA, SOYA, ARROZ CON OMEGA 3,6 Y 9 |
148,103.75 |
KILOS |
6.83 |
S/.1´011,548.61 Un millón once mil quinientos cuarenta y ocho con 61/100 Nuevos soles |
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de Contratación se aprobó con MEMORANDO Nº1205-2012-MPCH-GG de fecha 27 De Diciembre del 2,012
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Ordinarios
IMPORTANTE:
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.
SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso se rige por el sistema de Xxxx Xxxxxx de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
No corresponde
ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente sección en el Capítulo III.
PLAZO DE LAS ENTREGAS
La entrega de la leche fresca xxxx xx xxxx será diaria siendo el horario de entrega de este producto de 5:30 am a 7:30 am y la entrega del cereal será cada 15 días. Ambos productos se entregaran en los domicilios de cada uno de los locales de los comités del vaso de leche.
DIRECTORIO DEL PROGRAMA VASO DE LECHE 30 GRAMOS DE CEREAL Y 160 ML LECHE FRESCA |
|
||||||||
|
|
||||||||
Nº |
COMITÉ |
NOMBRE DE PRESIDENTA |
DIRECCIÓN |
TOTAL DE BEF. |
TOTAL LITRAJE |
Cereal X 5 Días |
|||
1 |
XXXX XXXXX |
XXXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXX |
XXXXX XXXXX Nº 154 |
100 |
16 |
15 |
|||
2 |
XXXXX XXXXXXX I |
XXXXX XXXXXXX XXXX |
XXXXX XXXXXXX Nº 135 |
168 |
26.880 |
25.2 |
|||
3 |
XXXXX XXXXXXX II |
XXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXX |
SEMBRADORES Nº 210 |
116 |
18.560 |
17.40 |
|||
4 |
00 XX XXXXXX |
XXXXX X. XXXXXXX XXXXXXX |
XXXXX X XXXXX Nº 315 |
159 |
25.440 |
23.85 |
|||
0 |
XXXX XXXXXX |
XXXXX XXXXXXXX XXXX |
XXXXX Nº 2311 |
83 |
13.280 |
12.45 |
|||
6 |
XXXXXX XXXXXX |
XXXXX XXX XXXXXXXX |
0x XX XXXX Xx 250 |
125 |
20 |
18.75 |
|||
7 |
EL OBRERO |
XXXX XXXX XXXXXXXX XXXXXXX |
XXXXXXXXX XXXXXXX Nº 880 |
64 |
10.24 |
9.60 |
|||
8 |
QUINTA XXXXXXX |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX |
CONTUMAZA Nº 130 |
42 |
6.720 |
6.30 |
|||
9 |
UPIS S.C. XXXXX (S.A.) |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
10.240 |
9.60 |
|||
00 |
XXXXX XXXXXX X |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX |
XX X XXXX 00 |
156 |
24.960 |
23.40 |
|||
11 |
XXXXX XXXXXX XX |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
168 |
26.880 |
25.20 |
|||
12 |
XXX XXXXXXXXX |
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
52 |
8.320 |
7.80 |
|||
13 |
XXXXX XXXXXX X |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
142 |
22.720 |
21.30 |
|||
14 |
XXXXX XXXXXXX (S.A.) |
XXXXXX XXXX XXXXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
10.240 |
9.60 |
|||
15 |
JOYITAS XX XXXXXX-XXXXX XXXXXX ALDEAS |
XXXX XXXXX XXXXXX |
MZ K LOTE 37 - XXXXX XXXXXX |
16 |
2.560 |
2.40 |
|||
16 |
XXXXX XXXXXX II |
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX |
MZ E LOTE 19 |
160 |
25.60 |
24.00 |
|||
17 |
XXXXX XXXXXX III |
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
132 |
21.120 |
19.80 |
|||
18 |
XXXXX XXXXXX XX |
XXXX XXXXX XXXXX |
XX X XXXX 00 |
120 |
19.20 |
18.00 |
|||
19 |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX. X |
XXXXX XXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
104 |
16.640 |
15.60 |
|||
20 |
XXXXX XXXXXX AMPLIAC. II |
XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXX |
XX X XXXX 00 |
156 |
24.960 |
23.40 |
|||
21 |
UPIS XXXXX XXXXXXXX I |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX |
POEMAS HUMANOS Nº 330 |
188 |
30.08 |
28.20 |
|||
22 |
UPIS XXXXX XXXXXXXX XX |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
XXXXXXXXXX XXX XXXXXX Xx 000. |
144 |
23.04 |
21.60 |
|||
23 |
X.X. XXXXXXXX XXX. |
XXXXXXX XXXXX XXXXXXX |
XXXX XXXXXX XX X XXXX 00 |
223 |
35.680 |
33.45 |
|||
24 |
XXXX XXXXXXXX X |
XXXXXXX XXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
180 |
28.80 |
27.00 |
|||
25 |
XXXX XXXXXXXX XX |
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXX |
XX X XXXX 00 |
185 |
29.60 |
27.75 |
|||
26 |
XXXX XXXXXXXX XXX |
XXXXX XXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
140 |
22.40 |
21.00 |
|||
27 |
XXXX XXXXXXXX XX |
XXXXX XXXXX XXXXXXX |
XX XX XXXX 00 |
129 |
20.640 |
19.35 |
|||
28 |
XXX XXXXXXX X |
XXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX |
XXXXX XXXXXXXXX Xx 000 |
121 |
30.25 |
18.5 |
|||
29 |
SAN XXXXXXX II |
XXX XXXXX XXXXXXXX XXXXX |
XXXXXXX Nº 260 |
220 |
19.360 |
33.00 |
|||
30 |
LOCAL COMUNAL SAN XXXXXXX |
XXXX XXXXX XX XXXXXXX |
HUMBOLTH Nº 131 |
194 |
31.04 |
29.10 |
|||
31 |
CARITAS ALEGRES |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 – XXXX XXX XXX |
140 |
22.40 |
21.00 |
|||
32 |
PEQUEÑOS XXXXXXXXX |
XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX |
XX X XXXX 00- XXXXXXXXX XX XXXX |
000 |
27.680 |
25.95 |
|||
33 |
XX. XX. XXXXX XXXXX |
XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
159 |
25.440 |
23.85 |
|||
34 |
XX.XX. XX XXXXXXXX |
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
120 |
19.20 |
18.00 |
|||
35 |
XXXXXX XXX XXXXXX |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX |
XX X XXXX 00 - X.X. XXXXX HORIZONTE |
96 |
15.360 |
14.40 |
|||
36 |
XXXX DE LA ESPERANZA I, AI, AI |
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX |
PSJE. SAN XXXXX Nº 178 |
77 |
12.320 |
11.55 |
|||
00 |
XXXX XX XX XXXXXXXXX X |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXX |
XX XXXXXXX Nº 120 |
46 |
7.360 |
6.90 |
|||
38 |
CIUDAD DEL CHOFER |
XXXX XXX XXXXX XXXXXXXX XXXXX |
XX. X XXXXX - XXXX 00 |
36 |
5.760 |
5.40 |
|||
39 |
XXXX DE LA ESPERANZA D, D1 –XX |
XXXXXX XXXXXXX XXXXX |
XXXX XXXXX XX Nº 120 |
85 |
13.60 |
12.75 |
|||
40 |
XXXX DE LA ESPERANZA E. V |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX |
AV. EL TRIUNFO Nº 625 |
53 |
8.480 |
7.95 |
|||
41 |
XXXX DE LA ESPERANZA F. FI |
XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX |
AV. EL TRIUNFO Nº 785 |
78 |
12.480 |
11.70 |
|||
42 |
XXXX DE LA ESPERANZA G.H – HI |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
SANTA XXX Nº 145 |
76 |
12.160 |
11.40 |
|||
43 |
XXXX DE LA ESPERANZA J-K-XX |
XXXXXX XXXXXXX XXXXX |
XXXXXX LA CATOLICA Nº 842 |
64 |
10.240 |
9.60 |
|||
00 |
X. XX XX XXXXXXXXX X. XXXXXXXX |
XXXXXXX XXXXXXX ELEARREAGA |
XX. XX XXXXXXXX Xx 000 |
64 |
10.240 |
9.60 |
|||
45 |
XXXXX XXXXXXXXX |
XXXX XXXXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
53 |
8.480 |
7.95 |
|||
00 |
XXXXX XXXXXX X |
XXXX XXXXXXX XXXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
00.000 |
9.60 |
|||
47 |
XXXXX XXXXXX XX |
XXXX XXXXXXXX XXXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
87 |
13.920 |
13.05 |
|||
48 |
NUEVO XXXXXXXXX |
XXXXX XXXXXXX RIOJA |
MZ A LOTE 03 |
52 |
8.320 |
7.80 |
|||
49 |
XXXXX XXXXXXX X |
XXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX |
24 DE JULIO Nº 135 |
95 |
15.200 |
14.25 |
|||
50 |
XXXXX XXXXXXX II |
XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXX |
CARACAS Nº 195 |
40 |
6.400 |
6.00 |
|||
00 |
XXXXX XXXXXXX XXX |
XXXXX XXXXX XXXXXXXX |
XXXXXXXXXX XXXXXX Xx 157 |
104 |
16.640 |
15.60 |
|||
52 |
XXXXX XXXXXXX IV |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
A. A. XXXXXXX Nº 130 |
96 |
15.360 |
14.40 |
|||
53 |
XXXXX XXXXXXX V AMPLIACION III |
XXXXXX XXXXX XXXXXXX |
17 DE DICIEMBRE Nº 320 |
120 |
19.200 |
18.00 |
|||
54 |
AMP. XXXXX XXXXXXX X |
XXXXXXXXX XXXX XXXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
66 |
10.560 |
9.90 |
|||
55 |
AMP. XXXXX XXXXXXX XX |
XXXX XXXXXXX XXXX |
XX X XXXX 00 |
80 |
12.800 |
12.00 |
|||
56 |
LAS XXXXX X |
XXXXX XXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
71 |
11.360 |
10.65 |
|||
00 |
XXX XXXXX XX |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX |
XX A LOTE 08 |
40 |
6.400 |
6.00 |
|||
58 |
XXXXXXX XXXXX |
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX |
LOS ESCRITORES Nº 124 |
120 |
19.200 |
18.00 |
|||
59 |
UPIS XXXXXXXX XXXXXXXX |
XXXXXX XXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
9.600 |
9.00 |
|||
60 |
AA. HH. SAGR. CORAZ. DE XXXXX (PRADERA) |
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
7.040 |
6.60 |
|||
61 |
TESORO DEL SABER ALDEAS - JARDINES PRADERA |
XXXX XXXXXX XXXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
0.000 |
7.20 |
|||
62 |
AA. XX. XXX XXXXXXXX |
XXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
72 |
11.520 |
10.80 |
|||
63 |
AA. HH. SAN XXXXXXXX |
XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX |
MZ J LOTE 17 |
88 |
14.080 |
13.20 |
|||
64 |
AA. XX. XXXXX XXXXX |
XXXXX XXX XXXXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
52 |
8.320 |
7.80 |
|||
65 |
AA. HH. XXXXXX XX XXXXXX I |
XXXXX XXXXXX CHUNGA |
MZ M LOTE 21 |
80 |
12.800 |
12.00 |
|||
66 |
AA. HH. XXXXXX XX XXXXXX II |
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX |
MZ B LOTE 27 |
88 |
14.080 |
13.20 |
|||
67 |
AA. HH. LAS FLORES (PRADERA) |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
8.960 |
8.40 |
|||
68 |
XXXXXX XX XXXXXX AMP. 8 ENERO |
XXXXX XXXXXXXX XXXXX |
XX X XXXX 00 |
104 |
16.640 |
15.60 |
|||
00 |
XXX XXXXX XX XX XXXXXXX - 00 ENERO |
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
10.240 |
9.60 |
|||
70 |
XX XXXXX XXX XXXXXXXX |
XXXX XXXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
60 |
9.600 |
9.00 |
|||
00 |
XXXXX XXX XXX |
XXXXXX XXXXXX XXXXXX |
XX X LOTE 06 |
104 |
16.640 |
15.60 |
|||
72 |
NUEVO PROGRESO (XXXXXXXX) |
XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
15.360 |
14.40 |
|||
73 |
LOS PORTALES - LA PRADERA |
FLOR DE XXXXX XXXXXXX XXXX |
MZ M LOTE 13 |
80 |
12.800 |
12.00 |
|||
74 |
LOS ARENALES (PRADERA) |
XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
000 |
28.800 |
27.00 |
|||
75 |
XXXX XXXXX XX |
XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
124 |
19.840 |
18.60 |
|||
76 |
EL EDEN (PARAISO DEL NORTE 11) |
XXXXX XXXXXXXX XXXXX |
MZ A LOTE 10 |
96 |
15.360 |
14.40 |
|||
77 |
PARAISO DEL NORTE 7, 8, 9, 10 |
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
14.080 |
13.20 |
|||
78 |
XXXXXXX XXX XXXXX 0, 0, 0, 0 |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
000 |
18.560 |
17.40 |
|||
79 |
ALDEA GOTITAS DE AMOR - XXXX XXXXX XX |
XXXX XXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
24 |
3.840 |
3.60 |
|||
80 |
AA. HH. 00 XX XXXXX |
XXXX XXXXXXXXX XXXXX |
XX X XXXX 00 |
76 |
12.160 |
11.40 |
|||
81 |
XXXXXX XXXXXXXX I |
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
15.040 |
14.10 |
|||
82 |
XXXXXX XXXXXXXX II |
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXX |
XX X XXXX 00 |
72 |
11.520 |
10.80 |
|||
83 |
XXXXXX XXXXXXXX XXX |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
106 |
16.960 |
15.90 |
|||
00 |
X. XXXXXXXX |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX |
XX X XXXX 00-X.X. XXXXXXXX |
36 |
5.760 |
5.40 |
|||
85 |
UPIS S.D.L. XXXXXXXX |
XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX |
LA FE Nº 296 |
164 |
26.240 |
24.60 |
|||
86 |
XXX XXXXXXX X |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
XX. XXXXX Xx 000 |
83 |
13.280 |
12.45 |
|||
87 |
SAN XXXXXXX II |
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX |
JR. XXXXXXX Nº 195 |
80 |
12.800 |
12.00 |
|||
88 |
XXXXX XX XXXXXXXX |
XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX |
XXXX XXXXX XX XXXXXXXX Nº 162 |
56 |
8.960 |
8.40 |
|||
89 |
PARROQUIA X. XXXXXXXX |
XXXXX XXXX XXXXX XXXXXXX |
JAYANCA Nº 290 |
80 |
12.800 |
12.00 |
|||
90 |
CORAZON DE XXXXX |
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
0.000 |
5.25 |
|||
91 |
AA.HH 00 XX XXXXXXX |
XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX |
XX "X" LOTE 06 - 12 DE OCTUBRE |
63 |
10.080 |
9.45 |
|||
92 |
SAN XXXXXX |
XXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX |
AV. LAS AMERICAS 109 |
100 |
16 |
15.00 |
|||
93 |
UPIS LAS AMERICAS |
XXXXXX XXXXX XXXXX |
LAS AMERICAS Nº 958 XX. X XXXX 00 |
00 |
00 |
00.00 |
|||
00 |
XXXXXX XXXXX |
XXXXXX DENY XXXXXX XXXXXXX |
XXXXXXXX Nº 520 |
63 |
10.080 |
9.45 |
|||
00 |
XXX XXXXXXXXX |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX |
XXXXXXXXX Xx 106 |
96 |
15.360 |
14.40 |
|||
00 |
X.X. XXXXXX |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX |
X. XX XX XXXX Nº 767 |
32 |
5.120 |
4.80 |
|||
00 |
XXXXXX XXXXX |
XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXX |
XXXXXXXX Nº 840 |
30 |
4.800 |
4.50 |
|||
00 |
XXXXX XXXXXXXX |
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
XX X LOTE 20 |
64 |
10.240 |
9.60 |
|||
99 |
XXXXX XXXXX X y II |
XXXXXX XXXXXXX XXXX |
ARENALES Nº 131 |
109 |
17.440 |
16.35 |
|||
100 |
MURO CACERES |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX |
XXXXXX XXXXXX Nº 232 |
46 |
7.360 |
6.90 |
|||
101 |
MURO OVALO |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXX |
OVALO Nº 154 |
53 |
8.480 |
7.95 |
|||
102 |
MURO XXXXXXXXX |
XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX |
XXXXXXX Nº 814 |
53 |
8.480 |
7.95 |
|||
103 |
XXXX XXXXXXX AMPLIAC. |
XXXXX XXXXXXXX XXXX |
18 DE OCTUBRE S/N |
57 |
9.120 |
8.55 |
|||
104 |
AA. HH. 4 DE NOVIEMBRE I |
XXXX XXXXX XXXX |
XX X XXXX 00 XX 0 XX XXXXXXXXX |
38 |
6.080 |
5.70 |
|||
105 |
AA. HH. 4 DE NOVIEMBRE II |
XXXXXXXX MIO XXXXXXXXX |
MZ E LOTE 01 |
67 |
10.720 |
10.05 |
|||
106 |
AA. HH. 4 DE NOVIEMBRE AMP. |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
0.000 |
8.25 |
|||
000 |
XXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXX |
XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 0 |
00 |
00.000 |
13.80 |
|||
108 |
XXXX XXXXXX XXXXXXXX |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
92 |
14.720 |
13.80 |
|||
109 |
AA. HH. L. XXXXXXX XXXXXXX |
XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX |
RÍO AYAVIRI Nº 246 |
100 |
16 |
15.00 |
|||
110 |
SANTA XXXXXXXX |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX |
MZ F LOTE 09 |
58 |
9.280 |
8.70 |
|||
111 |
SAN XXXXXXXX |
XXXXX XXXXX XXXXX XXXXX |
XX X XXXX 00 |
00 |
0.000 |
7.65 |
|||
112 |
XXXXX XXXXXXX |
XXX XXXX XXXXXX XXXXX |
MZ A LOTE 31 |
80 |
12.800 |
12.00 |
|||
000 |
XX.XX. XXXXX XXXXXXX |
XXXXX XXXXXXXXXX XXXX |
XX X XXXX 00 - XXXXXX XXXXXXX |
00 |
15.200 |
14.25 |
|||
114 |
XXX XXXX XXXXXX |
XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX |
XXXXX XXXXXXX |
00 |
15.520 |
14.55 |
|||
115 |
UPIS 00 XX XXXXXXXXX |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXX |
XX X XXXX 00 |
98 |
15.680 |
14.70 |
|||
116 |
LA XXXXXXXXX X |
XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 00 XXXXXXXX |
104 |
16.640 |
15.60 |
|||
117 |
XXXXXXX XXXX XXXXX |
XXXXX XXXXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
103 |
16.480 |
15.45 |
|||
000 |
XX XXXXXXXXX XX |
XXXXXX XXXX XXXXXX |
XXX XXXXXXXX Xx 116 |
160 |
25.600 |
24.00 |
|||
119 |
EL PORVENIR I |
XXXXX XXXXXXX XXXXX |
XXXXX XXXXXXX |
00 |
12.800 |
12.00 |
|||
120 |
EL PORVENIR II |
XXXXXXX XXXXX XXXX |
AV. ANGAMOS Nº 731 |
88 |
14.080 |
13.20 |
|||
121 |
EL PORVENIR III |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
ARICA Nº 561- EL PORVENIR |
80 |
14.080 |
12.00 |
|||
122 |
COIS I |
XXXX XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX |
XXXXXXX Nº 679 |
60 |
9.600 |
9.00 |
|||
123 |
COIS II |
XXXXXXXXX XXXXX XX XXXXX |
INSTRUCCIÓN Nº 268 |
40 |
6.400 |
6.00 |
|||
124 |
CUNA MATERNAL |
XXXXXX XXXXX XXXXXX |
MDO. MODELO |
80 |
14.080 |
12.00 |
|||
125 |
PARROQUIA XXXXX XXXXXX |
XXXX XXXX XXXXX XXXXXXXX |
AMPLIACIÓN XXXXX XXXXXX |
|
|
|
|||
125 |
ASILO DE ANCIANOS |
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX |
XXXX XXXXXXXX Nº 1650 |
200 |
32.00 |
30.00 |
|||
000 |
XXXXXXXXXX XXXXX XXXX |
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX |
XXXXX XXXX Xx 720-B |
66 |
10.560 |
9.90 |
|||
127 |
SAN XXXXXXX |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX |
MORROPE Nº 215 |
64 |
10.240 |
9.60 |
|||
128 |
XXXXX XXXXX I |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX |
CAJAMARCA Nº 340 |
208 |
33.280 |
31.20 |
|||
129 |
XXXXX XXXXX XX |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX |
LOS REBELDES Nº 150 |
156 |
24.960 |
23.40 |
|||
130 |
XXXXX XXXXX AMPLIACION |
XXXXX TAMAPASCO HUACHILLO |
SICUANI Nº 265 |
140 |
22.400 |
21.00 |
|||
131 |
XXXXX XXXXX |
|
XXXX X. XXXXX XXXXXXX |
XXX. XXXXX Xx. X Xxxx 00 |
100 |
16.00 |
15.00 |
||
132 |
XXXX XXXXXX |
|
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX |
XXXXXXXX XXXXXX Nº 840 |
144 |
23.040 |
21.60 |
||
000 |
XXXXX XXXX X |
|
XXX XXXXXX XXXXXXXXX |
XXXXX XXXX Xx 284 |
168 |
26.880 |
25.20 |
||
134 |
SANTA XXXX II |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
30 XX XXXXXX Nº 254 |
100 |
16 |
15 |
|||
135 |
SANTA XXXX III |
XXXX XXXXXXXX XXXXX |
LOS GIRASOLES Nº 355 |
128 |
20.480 |
19.20 |
|||
136 |
SANTA XXXX IV |
XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX |
PARIÑAS Nº 360 |
80 |
12.800 |
12.00 |
|||
137 |
LA PRIMAVERA I |
XXXXXX LLAMO LLAMO |
LOS GIRASOLES Nº 275 |
64 |
10.240 |
9.60 |
|||
000 |
XXXXX XXXXXXXX XXXXX |
XXX. XXXXXX XXXX XXXXXXX |
XXXXX Xx 273-P.J. XXXXX XXXXXXX |
208 |
33.280 |
31.20 |
|||
139 |
MIRAFLORES |
XXXXX XXXXXXXX XXXX |
XX "X" XXXX 00 |
00 |
10.240 |
9.60 |
|||
140 |
XXXXXX XXXXXX |
XXXXXX QUINTA XXXXXXXXX |
MZ "D" LOTE 07 |
72 |
11.520 |
10.80 |
|||
141 |
LAS VEGAS |
XXXXX DEL XXXXX XXXXX XXXXXXXX |
GERANIOS MZ "D" LOTE 10 |
116 |
18.560 |
17.40 |
|||
000 |
XXX XXXXX AMPLIACIÓN |
XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX |
MZ "E" LOTE 03 |
60 |
96.00 |
9.00 |
|||
143 |
SAMAN |
|
XXXXX X. XXXXXXXX XXXXXXX |
XXXXX XXXXXX Nº 17 |
75 |
12.00 |
11.25 |
||
144 |
SAN XXXXXXXXX XX XXXX |
XXXXX XXXXX XXXXXXXXXXXX |
AV. XXXXXXX MZ LT 02 |
160 |
25.600 |
24.00 |
|||
145 |
SAN XXXX XX XXXX |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
MZ "G" LOTE 12 |
48 |
7.680 |
7.20 |
|||
146 |
ASOC. 7 XX XXXXX |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX |
MZ "C" LOTE 04 |
136 |
21.760 |
20.40 |
|||
147 |
SAN XXXXX |
XXXXX X. XXXXXXX XXXXXXXXX |
MZ "D" LOTE 16 |
48 |
7.680 |
7.20 |
|||
148 |
CENTRO COMUNITARIO SOS-CHICLAYO – MOCHICA |
LIC. XXX XXXXX XXXXXXXX |
XXXXXX XXXXXXX Nº 155 |
112 |
17.920 |
16.80 |
|||
149 |
XXXXXXXXXXX I |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX |
XXXXXXXXX XXXXXXXX Nº 348 |
44 |
7.040 |
6.60 |
|||
150 |
XXXXXXXXXXX II |
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX |
CALLE XXXX Nº 844 |
118 |
18.880 |
17.70 |
|||
000 |
XXX XXXXXXX XXX |
XXXXX XXX XXXXX XXXXXX XXXXXX |
XXXXXXX 383 |
140 |
22.400 |
21.00 |
|||
152 |
XXXX XXXXX I |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX |
XXXXXX XXXXXXX Nº 260 |
72 |
11.520 |
10.80 |
|||
153 |
XXXX XXXXX XX |
XXXXXX XXXXXX XXXX |
XXXXXXXX XXXXXXXXXX Nº 125 |
40 |
6.400 |
6.00 |
|||
154 |
0 XX XXXXXXX X |
XXXXXX XXXXXX XXXXX |
XXXXX XXXXXXXX Xx 166 |
90 |
14.400 |
13.50 |
|||
155 |
0 XX XXXXXXX XXX |
XXXXXXXX XXX XXXXX XXXXXX XXXXX |
XX XXXXXX Nº 02 |
65 |
10.400 |
9.75 |
|||
156 |
0 XX XXXXXXX XX |
XXXXXX XXXXX XX XX XXXX |
XX. 0 XX XXXXXXX Nº 1033 |
81 |
12.960 |
12.15 |
|||
157 |
9 DE OCTUBRE IV |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXX |
LOS ÑORBOS Nº 258 |
53 |
8.480 |
7.95 |
|||
158 |
9 DE OCTUBRE V |
XXXX XXXX XXXXXXX |
LOS MIRLOS Nº 153 |
50 |
8.00 |
7.50 |
|||
159 |
0 XX XXXXXXX XX |
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX |
XXX XXXXXX Nº 270 |
71 |
11.360 |
10.65 |
|||
160 |
9 DE OCTUBRE VII |
XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX |
PRECURSOR MIRANDA Nº 295 |
120 |
19.200 |
18.00 |
|||
161 |
9 DE OCTUBRE AMPLIACION |
XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX |
LOS GORRIONES Nº 183 |
93 |
14.880 |
13.95 |
|||
162 |
LA CIUDADELA II |
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 0 |
000 |
19.360 |
18.15 |
|||
163 |
CERRO POLOLO |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX |
LA GRUTA Nº 870 |
49 |
7.840 |
7.35 |
|||
000 |
XXXX XXXXXX XXXXXXXXXX |
XXXXXX XXXXX XXXXXX |
XXXXXXXX Xx 145 |
114 |
18.240 |
17.10 |
|||
165 |
ALDEA INFANTIL SANTA XXX |
HNA. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX |
LOS XXXXXX Nº 535 |
50 |
8.00 |
7.50 |
|||
166 |
UPIS X. XXX XXXXXX X |
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX |
XXXXXXXXXX Xx 855 |
160 |
25.600 |
24.00 |
|||
167 |
LOS XXXXXXX. ANIMAS |
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX |
XX. XXXXXXXX-XX "X"XXXX 0 |
124 |
19.840 |
18.60 |
|||
168 |
UPIS C.P. AMPLIACIÓN I |
XXXXX DE LA XXXX XXXXXXX |
MZ "C" LOTE 08 |
120 |
19.200 |
18.00 |
|||
169 |
UPIS C.P. AMPLIACIÓN II |
XXXXX XXXXXXXX XXXXXX |
XX "X" XXXX 00-XXXXXXXXXX |
000 |
20.480 |
19.20 |
|||
170 |
XX XXXXXX XXXX XXXXX |
XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX |
XXXXX XXXXXX XXXX - XX "F" LOTE 2 |
136 |
21.760 |
20.40 |
|||
171 |
LA XXXXXX XXXX AMPLIACIÓN |
XXXXXXXXXX XXXXX XXXXXX |
MZ "A" LOTE 07 |
164 |
26.240 |
24.60 |
|||
172 |
XXXXXX XXXX XXXXXXXXX |
XXXXXXX DE LA XXXX XXXXXXXX |
MZ "F" LOTE 13 – XXXXXX XXXX II ETAPA |
146 |
23.360 |
21.90 |
|||
173 |
XXX XXXXXXXXX |
XXXXXXX XXXXXX XXXXX |
XX "X" XXXX 00 - X.X. XXX XXXXXXXXX |
112 |
17.920 |
16.80 |
|||
000 |
XXXXX XXXXXXXXXX XX XXXX - XX XXXXXX |
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX |
LOCAL XXXXXX XXXX - MZ "F" LOTE 2 |
40 |
6.400 |
6.00 |
|||
175 |
HOGAR COMUNITARIO ESTRELLITAS DEL SABER |
XXXXX XXXXXXX XXXXXX |
MZ "G" LOTE 11 – Colina de las Brisas |
28 |
4.480 |
4.20 |
|||
176 |
XXXXX |
XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
XXXXX XXXXXXXX Nº 270 |
224 |
35.840 |
33.6 |
|||
177 |
UPIS X. XXX XXXXXX XX |
XXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXX |
XXXXXXXXXXX Xx 000 |
103 |
16.480 |
15.45 |
|||
178 |
CARITAS FELICES |
XXXXX XXXXXX XXXXX |
LOS EUCALIPTOS Nº 275 XXX XXXXXX |
000 |
17.440 |
16.35 |
|||
179 |
VIRGEN DE LA XXX |
XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 - XXXXXX XXX XXXXXX |
98 |
15.680 |
14.70 |
|||
180 |
AMPL. VIRGEN DE LA XXX |
XXXXXX XXXXXXX XXXXX |
XX X XXXX 00 - XXXXXX XX XX XXX |
81 |
12.960 |
12.15 |
|||
181 |
XXX XXXXX |
XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX |
XX X XXXX 00 |
56 |
8.960 |
8.40 |
|||
182 |
LAS COLINAS XXXXXX X |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX |
XX X XXXX 00 |
104 |
16.640 |
15.60 |
|||
183 |
LAS COLINAS BRISAS II |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX |
MZ K LOTE 10 |
80 |
12.800 |
12.00 |
|||
184 |
XX XXXXX-XXXXXXXX |
XXXXXXX XXXXXX XXXX |
XX X XXXX 00 - XXX XXXXXXXX |
156 |
24.960 |
23.40 |
|||
185 |
AUGUSTA DE LA XXXXX |
XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX |
MZ F LOTE 12 |
102 |
16.320 |
15.30 |
|||
186 |
NUEVO CERROPON |
XXXXXXXX XXXXX XXXXX |
MZ A LOTE 14 |
46 |
7.360 |
6.90 |
|||
187 |
CERROPON |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX |
XX X XXXX 00 |
000 |
25.600 |
24.00 |
COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
S/. 10 (Diez y 00/100 Nuevos soles)
BASE LEGAL
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012
Decreto Legislativo N º 1017- Ley de contrataciones y adquisiciones del Estado
Decreto Supremo N º 138-2012-EF- Reglamento de la Ley de Contrataciones y adquisiciones del Estado
Ley Nº 24059, Ley de Creación del Programa del Vaso de Leche.
Ley Nº 27470, Normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche.
Ley Nº 27712, que modifica la Ley Nº 27470.
Resolución Ministerial Nº 711-2002 SA/DM. Valores Nutricionales Mínimos de la ración alimenticia del Programa del vaso de Leche
Ley 27209 Ley de Gestión Presupuestaria del Estado..
Directivas de CONSUCODE.
Comunicados de CONSUCODE, Nº. 001-2003(PRE), Nº. 005-2003(PRE), Nº. 003-2004(PRE).
Comunicado Oficial Nº 03-2007-CG de la Contraloría General de la República.
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Código Civil.
Resolución Ministerial Nº 449-2006/MINSA, “Norma Sanitaria para la Aplicación del Sistema HACCP en la Fabricación de Alimentos y Bebidas”.
Resolución Nº 451-2006/MINSA, “Norma Sanitaria para la Fabricación de Alimentos a base de granos y otros, destinados a Programas Sociales de Alimentación”.
Decreto Supremo Nº 007-98-SA, Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas.
Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Decreto Legislativo Nº 716 Normas sobre Protección al Consumidor.
Ley Nº 26637 Normas referidas a la Administración del Programa del Vaso de Leche.
Ley 26842 Ley General de Salud.
Ley 28015 Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Microempresa.
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN
|
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 4
-
Etapa
Fecha, hora y lugar
Convocatoria
:
27 Diciembre del 2012
Registro de participantes
:
Del: 28 Diciembre del 2012
Al: 23 de Enero del 2013
Formulación de Consultas
:
Del: 28 Diciembre del 2012
Al: 07 de Enero del 2013
Absolución de Consultas
:
08 de Enero del 2013
Formulación de Observaciones a las Bases
:
Del: 09 de Enero del 2013
Al: 15 de Enero del 2013
Absolución de Observaciones a las Bases
:
16 de Enero del 2013
Integración de las Bases
:
22 de Enero del 2013
Presentación de Propuestas
:
30 de Enero del 2013
* El acto público se realizará en
:
30 de Enero del 2013
Calificación y Evaluación de Propuestas
:
00 xx Xxxxx xxx 0000
Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxx Pro
:
30 de Enero del 2013
* El acto público se realizará en
:
El acto público se realizará en el Salón de recepciones del parque infantil de la Municipalidad Provincial de Chiclayo (esquina calle Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx y Av. Salaverry, frente al Grand Hotel Chiclayo) a las 09:00 a.m.
IMPORTANTE:
Debe tenerse presente que en una licitación pública, entre la convocatoria y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo veintidós (22) días hábiles y, entre la integración de Bases y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo cinco (5) días hábiles.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Sub Gerencia de Logística Municipalidad Provincial de Chiclayo, sito en Av. Xxxxxx Xxxx Nº 152 – Biblioteca Municipal / Cuarto Piso, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 am hasta las 16:00 horas.
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproducción de las mismas.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla xx Xxxx de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o en la Sub Gerencia de Logística, sito en Av. Xxxxxx Xxxx Nº 152 – Biblioteca Municipal / Cuarto Piso, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 hasta las 16:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N°11-2012-MPCH/CE pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico:xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx_0000@xxxxxxx.xxx.
IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atención, debe tenerse en cuenta que el horario de atención no podrá ser menor a ocho horas.
ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en acto público, El acto público se realizará en el Salón de recepciones del parque infantil de la Municipalidad Provincial de Chiclayo (esquina calle Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx y Av. Salaverry, frente al Hotel Casa Andina) a las 09:00 a.m., en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación xx Xxxxxxx Público.
Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 11-2012-MPCH/CE, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado
Señores
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO
Av. Xxxxxx Xxxx Nº 152 – Biblioteca Municipal / Cuarto Piso
Att.: Comité Especial
LICITACIÓN PÚBLICA N° 11-2012-MPCH/CE
Denominación de la convocatoria: ADQUISICIÓN DE LECHE FRESCA CRUDA ENTERA XX XXXX Y HOJUELAS DE QUINUA, AVENA, SOYA, ARROZ CON OMEGA 3,6 Y 9 - PROGRAMA VASO DE LECHE 2013
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO
Av. Xxxxxx Xxxx Nº 152 – Biblioteca Municipal / Cuarto Piso
Att.: Comité Especial
LICITACIÓN PÚBLICA N° 11-2012-MPCH/CE
Denominación de la convocatoria: ADQUISICIÓN DE LECHE FRESCA CRUDA ENTERA XX XXXX Y HOJUELAS DE QUINUA, AVENA, SOYA, ARROZ CON OMEGA 3,6 Y 9 - PROGRAMA VASO DE LECHE 2013
SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Se presentará en un original y 01 (una) copia.
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos5, la siguiente documentación:
ITEM I: LECHE FRESCA CRUDA ENTERA XX XXXX
Documentación de presentación obligatoria:
Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores: Capítulo de Bienes.
Declaración Jurada de datos del postor.
Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados - Anexo Nº 01.
Declaración jurada y/o documentación que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección. Anexo Nº 02.
Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado - Anexo Nº 03.
Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. Anexo Nº 04
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
Declaración Jurada de Plazo de entrega. (Anexo Nº 05).
Copia del Certificado de la Dirección Regional de Agricultura donde el postor acredite la cantidad de vacas en producción y la producción diaria de leche.
Padrón de peones y ordeñadores y repartidores (chofer y ayudante), adjuntando copia del carnet de salud emitido por la Municipalidad del ámbito del establo.
Copia del Certificado de fumigación y desinfección vigente de establos
Copia de la Constancia Sanitaria expedida por SENASA donde conste la vacuna (Ántrax, y las pruebas de Tuberculosis y Brucelosis)
Declaración Jurada en la cual el postor se compromete a contar con la disponibilidad del establo al inicio de la ejecución de su prestación objeto del contrato
Relación de Establos que contenga el nombre del propietario, dirección y producción de cada uno de ellos.
Copia Simple del Documento de Identidad de Cada uno de los ganaderos.
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta.
Documentación de presentación facultativa:
Documentos que presentara el postor para la aplicación de factores de evaluación. Los requisitos solicitados son únicos y exclusivamente para los alimentos solicitados:
DECLARACION JURADA SIMPLE EMITIDA POR EL POSTOR señalando en forma clara y precisa que se compromete a cumplir las características físico – químico, organoléptico del producto ofertado (leche xx xxxx) así como las especificaciones técnicas, sujeto a evaluación y calificación del Criterio C : VALORES NUTRICIONALES Y ENERGÉTICOS CALCULADOS SEGÚN LAS TABLAS PERUANAS DE COMPOSICIÓN EN 100 GRAMOS DE ALIMENTOS DEL CENAN 2009, NORMA TECNICA PERUANA NTP.2020.001.2003 Y SU COMPARACIÓN CON R.M: Nº711-2002-SA/DM(Se calificara con la Declaración Jurada que presente el postor en su propuesta Técnica Según anexo Nº 09)
Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la venta de bienes iguales al objeto de la convocatoria o similares (leche fresca xx xxxx, leche xx xxxxx) durante los últimos tres (3) años contados hasta la fecha de Presentación de propuestas, hasta por un monto máximo equivalente a dos (02) veces del valor referencial del ítem en materia de convocatoria. Tal experiencia también se puede acreditar mediante contratos de suministro que aún se encuentren en ejecución, solo se considerara la parte que haya sido ejecutada hasta la fecha de presentación de propuestas, para estos casos deberán presentar además de la copia del contrato, copia de los comprobantes de pago correspondientes a las prestaciones parciales ejecutadas y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (Copias de cheques, Voucher expedidos por el banco, constancias de pago emitidos por el contratante, detracciones, extractos bancarios o comprobantes de pago de entidades).
La experiencia se acreditará con un máximo de veinte (20) contrataciones, sin importar el número de documentos que las sustenten. Según Anexo Nº 06.
Copia del certificado de aceptabilidad del producto, expedidos por una empresa con valor o sin valor oficial o por DIGESA
Procedimiento para la prueba de aceptabilidad Anexo Nº 08.
ITEM II: HOJUELAS DE QUINUA, AVENA, SOYA, ARROZ CON OMEGA 3,6 Y 9 ENRIQUECIDA CON CALCIO VITAMINAS Y MINERALES
Documentación de presentación obligatoria:
Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).
Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección6 (Anexo Nº 2).
Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo
Nº 3).
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4)
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
Declaración jurada de plazo de entrega(Anexo Nº 5)7
Copia simple del Registro Sanitario del producto ofertado expedido por DIGESA
Copia de la Resolución de Validación HACCP emitido por DIGESA, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 449º-2006-MINSA
Copia del Certificado oficial de Verificación de la Aplicación del sistema HACCP, emitido por una empresa certificadora acreditada por INDECOPI a nombre del Fabricante , deberá estar referida al producto objeto del proceso en línea de producción dentro de la cual este inmerso el producto(os) requerido(s)
Copia del Certificado de Inspección de Seguridad de Envase contra riesgo de manipuleo emitido por una Empresa certificadora acreditada por INDECOPI
Copia del Certificado de inspección de buenas prácticas de manufactura emitido por una empresa certificadora acreditada por INDECOPI
Copia del certificado de fumigación (desinsectación, desinfección y desratización de planta(s) donde se elabora el producto VIGENTE y Copia del certificado de desinfección de Cisterna y Tanque Elevado de planta(s) VIGENTE.
Copia simple del certificado de Capacidad instalada de producción emitido por una Empresa certificadora, acreditada por INDECOPI deberá estar referida al producto objeto del proceso en línea de producción dentro de la cual este inmerso el producto(os) requerido(s)
Copia simple del certificado de Capacidad Real de Planta emitido por una Empresa certificadora, acreditada por INDECOPI deberá estar referida al producto objeto del proceso en línea de producción dentro de la cual este inmerso el producto(os) requerido(s)
Copia del Certificado de Inspección de Condiciones Físicas y Capacidad xx Xxxxxxx emitido por una Empresa certificadora, acreditada por INDECOPI deberá estar referida al producto objeto del proceso en línea de producción dentro de la cual este inmerso el producto(os) requerido(s)
Copia del Certificado de Inspección de capacidad de Envasado emitido por una Empresa certificadora, acreditada por INDECOPI
Copia del Certificado de Inspección de Disponibilidad y condiciones de Infraestructura , maquinarias y Equipos emitido por una Empresa certificadora, acreditada por INDECOPI deberá estar referida al producto objeto del proceso en línea de producción dentro de la cual este inmerso el producto(os) requerido(s)
Copia del Certificado oficial de Inspección Higiénico Sanitario de fábrica de la línea de producción Crudos, Deshidratados y Pre cocidos que requieren cocción, emitido por una Empresa certificadora Acreditada por INDECOPI, dicho certificado servirá también para la calificación del criterio de evaluación B), de acuerdo al D.S 007-98-SA y ala R.M 451-2006/MINSA deberá estar referida al producto objeto del proceso en línea de producción dentro de la cual este inmerso el producto(os) requerido(s)
Copia del Certificado oficial de Inspección Higiénico Sanitario xx xxxxxxx de Alimentos la línea de producción Crudos, Deshidratados y Pre cocidos que requieren cocción, emitido por una Empresa certificadora Acreditada por INDECOPI, dicho certificado servirá también para la calificación del criterio de evaluación B), de acuerdo al D.S 007-98-SA y ala R.M 451-2006/MINSA deberá estar referida al producto objeto del proceso en línea de producción dentro de la cual este inmerso el producto(os) requerido(s)
Copia de la Resolución del Registro de Marca Emitido por INDECOPI
Muy importante:
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta.
Documentación de presentación facultativa
En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad
Copia el Certificado Oficial de Inspección Y evaluación Técnico Productiva de planta Industrial de Alimentos de la línea de producción Crudos, Deshidratados y Pre cocidos que requieren cocción, emitido por una Empresa certificadora Acreditada por INDECOPI,( dicho certificado servirá también para la calificación del criterio de evaluación C), de acuerdo a la Resolución Ministerial 451-2006/MINSA deberá estar referida al producto objeto del proceso en línea de producción dentro de la cual este inmerso el producto(os) requerido(s)
Copia del Certificado de calidad Organoléptico de un Prototipo y/o lote, , expedido por una empresa Certificadora acreditada por INDECOPI, los Certificados deben ser similares a los lotes que suministre el ganador de la Buena Pro, asimismo en dicho certificado deberá consignar el número de Registro Sanitario del Producto alimenticio
Copia del Certificado de calidad Físico Químico de un Prototipo y/o lote, , expedido por una empresa Certificadora acreditada por INDECOPI, los Certificados deben ser similares a los lotes que suministre el ganador de la Buena Pro, de esta forma se acreditará los macro nutrientes que será materia de calificación, asimismo en dicho certificado deberá consignar el número de Registro Sanitario del Producto alimenticio
Copia del Certificado de calidad Toxicológico de un Prototipo y/o lote, , expedido por una empresa Certificadora acreditada por INDECOPI, los Certificados deben ser similares a los lotes que suministre el ganador de la Buena Pro, asimismo en dicho certificado deberá consignar el número de Registro Sanitario del Producto alimenticio
Copia del Certificado de calidad Microbiológico de un Prototipo y/o lote, , expedido por una empresa Certificadora acreditada por INDECOPI, los Certificados deben ser similares a los lotes que suministre el ganador de la Buena Pro, asimismo en dicho certificado deberá consignar el número de Registro Sanitario del Producto alimenticio
Copia del certificado de Calidad nutricional de micro nutrientes de un Prototipo y/o lote, expedido por una empresa Certificadora acreditada por INDECOPI, los Certificados deben ser similares a los lotes que suministre el ganador de la Buena Pro, de esta forma se acreditará los Micro nutrientes que será materia de calificación, asimismo en dicho certificado deberá consignar el número de Registro Sanitario del Producto alimenticio
Adjuntar copia de comprobantes de pago cancelados, contratos, cheques de cancelación y/u órdenes de compra con sus respectivas conformidades de pago suscritos con entidades públicas o privadas desde el año 2,010 hasta la fecha de presentación de propuestas, que acrediten el suministro de productos iguales o similares tales como harinas, hojuelas de cereales, menestras, leguminosas y oleaginosas, crudos o pre cocidos. Tal experiencia se acreditará mediante contratos y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuado y mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (Por ejemplo: Voucher de depósito, Reporte de estado de Cuenta, o que la cancelación conste en el mismo documento). En el caso de que el suministro de bienes se encuentre en proceso de ejecución, solo se considerara la parte que haya sido ejecutada hasta la fecha de presentación de propuestas debiendo adjuntar la conformidad de la misma o acreditar su pago (Copias de cheques, Voucher expedidos por el banco, constancias de pago emitidos por el contratante, detracciones, extractos bancarios o comprobantes de pago de entidades). según Anexo Nº 06.
Copia de Certificados o constancias que acrediten que la prestación se efectuó sin incurrir en penalidades
Para el factor “Preferencia de los consumidores”:
La Prueba de Aceptabilidad se ejecutará durante el periodo comprendido desde la integración de Bases hasta un día antes de la presentación de propuestas.
Los participantes deberán solicitar, mediante escrito dirigido directamente a la responsable del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad, la realización de dicha prueba indicando la Certificadora contratada para que efectúe la prueba. Dicha solicitud se presentará en las oficinas de la responsable del Programa Vaso de Leche ubicado en la esquina de la calle San Xxxx y la Avenida Xxxxxxxx , Chiclayo. La jefatura, en coordinación con los representantes de la Organización Distrital de los Comités del Vaso de Leche, convocará a los beneficiarios; asimismo, verificará que efectivamente dicha prueba se realice con beneficiarios del distrito que pertenecen al Programa del Vaso de Leche.
Considerando que los degustantes serán menores de edad, antes de proceder a la prueba de aceptabilidad de los productos, las certificadoras deberán presentar un certificado microbiológico a fin de garantizar la inocuidad del producto así como para proteger la salud de los degustantes. El producto será preparado por la certificadora acreditada en el lugar de realización del evento (Deberá indicarse el procedimiento para la preparación de la ración a ser degustada).
La metodología empleada para la prueba estará a cargo de la certificadora. La jefatura del PVL, así como los representantes de la organización no podrán intervenir en la selección de los beneficiarios degustantes, ni intervendrán en dicho acto, sólo podrán ser veedores a fin de verificar que la aceptabilidad es realizada con beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad.
Al final de cada evento se firmará un acta con los que estén presentes (Representante de la Certificadora, Representante de la Municipalidad y de la Organización) indicando los acontecimientos de dicha prueba. La falta del acta determinará la invalidez de la prueba.
Los participantes no podrán intervenir en la realización de dicha prueba, ni estar presentes en el momento de la realización de la prueba, de modo que influyan en los resultados.
Asimismo, con el fin de garantizar la transparencia e imparcialidad en la realización de la prueba de aceptabilidad, y de esta forma evitar posibles direccionamientos que desvirtúen la objetividad de la prueba, se deberá establecer que la realización de la prueba de aceptabilidad, sea efectuada en una misma fecha, hora y lugar, a ser determinada por la Entidad con ocasión de la integración de Bases, y con el mismo universo de beneficiarios seleccionados conforme al procedimiento descrito anteriormente; de tal modo que no exista ninguna posibilidad de que el referido universo de beneficiarios conozca previamente a qué proveedor corresponde la muestra del producto objeto de evaluación.
En el caso de existir más de tres proveedores, la Entidad deberá facilitar más de un grupo de beneficiarios degustantes, de tal modo que cada grupo como máximo realice la degustación de productos correspondientes a tres (3) proveedores distintos, disposición que no afecta la obligación de efectuar la prueba en la misma fecha, hora y lugar señalada en las Bases integradas, ya que la existencia de más de un grupo de beneficiarios que realizará la degustación no es justificación para efectuar la prueba en fecha, hora o lugar distinto al señalado en las Bases integradas.
El orden de degustación, así como la correspondencia de cada grupo de beneficiarios a determinado grupo de proveedores, deberá ser definido mediante sorteo en el mismo acto8.
La prueba de aceptabilidad será solicitada por todos los postores registrados en el presente proceso al día siguiente de integradas las bases (del 9 al 10 de Enero del 2012), indicando la fecha de realización de la prueba será el día 11 de Enero del 2012 a horas 07:45 a.m., en las instalaciones del Comité de Vaso de Leche que determine la Responsable del Programa, debiendo para el efecto los postores presentar su solicitud, mediante escrito dirigido al responsable del Programa del Vaso De Leche De La Municipalidad Provincial De Chiclayo, solicitando la realización de dicha prueba, indicando además la certificadora contratada para que efectué la prueba conforme a las presiones señaladas en el Pronunciamiento Nº50-2011-DSU y se realizara con el mismo universo de beneficiarios seleccionados.
Procedimiento para la prueba de aceptabilidad Anexo Nº 08.
SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA9
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 7).
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
IMPORTANTE:
La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.
La propuesta económica de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV.
En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.
DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
Se aplicará las siguientes ponderaciones:
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
= 0.60
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
= 0.40
Donde: c1 + c2 = 1.00
REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Carta fianza
Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. Carta Fianza
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Código de cuenta interbancario (CCI).
Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
Correo electrónico para notificar la orden de compra, en el caso que habiendo sido convocado el proceso por relación de ítems, el valor referencial del ítem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de ser el caso.
IMPORTANTE:
En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley, alternativamente, las micro y pequeñas empresas pueden optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.
Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentación a ser presentada, tales como:
Copia de DNI del Representante Legal.
Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.
Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.
Copia del RUC de la empresa.
IMPORTANTE:
La Entidad no podrá exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripción del contrato.
PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la buena pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
La citada documentación deberá ser presentada en Avenida Xxxx 152- Biblioteca Xxxxxxx Xxxx y Xxxx- 4° piso-Subgerencia de Logística
.
FORMA DE PAGO
La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en quincenalmente.
De acuerdo con el artículo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:
Recepción y conformidad Oficina de abastecimientos y la Oficina del Programa del VASO DE Leche
Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada, cuando corresponda.
Comprobante de pago.
PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
REAJUSTE DE LOS PAGOS
CAPÍTULO III ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
|
ITEM I: LECHE FRESCA CRUDA ENTERA XX XXXX
CARACTERISTICAS:
PRODUCTO ALIMENTICIO : Leche fresca xx xxxx
PUREZA : 100% Natural.
Documento Normativo : Reglamento sobre vigilancia y Control Sanitario
de Alimentos y Bebidas (D.S. 007-98-SA)
Recomendaciones de la FAO-OMS-OPS.
1.- Caracteres Organolépticos
Deberá cumplir como mínimo los siguientes requisitos
- Color : Propio del Producto
- Olor : Suigéneris.
- Sabor : Agradable.
- Aspecto : Homogéneo.
- Textura : Líquido
2.- Determinaciónes Físico - Químicas
- Acidez : 0.14- 0.18 % expresado en ácido Láctico
- Proteínas (gr.) : Mínimo 3.10 gr. /100
- Carbohidratos (gr.) : Mínimo 4.90 gr. /100
- Grasa (gr.) : Mínimo 3.5 gr. /100
- Calcio (mg.) : Mínimo 106mg. /100
- Hierro (mg) : Mínimo 1.3 mg./100
- Densidad (gr/ml) : 1.0296 – 1.0340
- Sólidos no grasos (gr) : Mínimo 8.2 gr/100
- Sólidos totales (gr) : Mínimo 11.4 gr/100
- Calorías Totales Kcal : Mínimo 63 Kcal
- Ceniza : Máximo 0.7gr/100
- Agua : Máximo 87.8 gr/100
- Fósforo : Mínimo 94 mg/100
- Sustancias Alcalinas, amiláceas
agua oxigenada : Ausencia
3.- Determinaciones Microbiológico.
- NMP Coliformes totales/gr Máximo 1000/ml
- NMP Coliformes Termotolerantes Ausencia
- Investigación de Salmonella SP Ausencia
- Observación de Impurezas y Materia Extraña Ausencia
- No decolorar el azul de metileno en menos de 4 horas
Fuentes:
Composición de Alimentos de Mayor consumo en el Perú - Ministerio de salud. Instituto Nacional de Nutrición año de 1,996.
Comp. Of. Foods. Handbook Nº 08 US.DEP.Of.Agric.Wash.DC 1,993.
Código Alimentario Argentino (Alimentos y Nutrición) Bromatología, aplicada a la Salud Xxxxxxx Xxxxxxx.
Reglamento Sanitario de los Alimentos - Dirección General de Salud Ambiental DIGESA. Ministerio de Salud. Lima - Perú 1,994.
Centro Microbiológico de Leche, Productos Lácteos y Cereales; métodos recomendados
por la Dra. Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Dra. Xxxxx Xxxx Xxxxx, Dra Xxxx Xxxxxxx Xxxx. 1,993 Lima - Perú.
NORMA TECNICA PERUANA NTP.2020.001.2003
ITEM II: HOJUELAS DE QUINUA, AVENA SOYA ARROZ CON OMEGA 3, 6 Y 9 ENRIQUECIDA CON CALCIO MINERALES Y VITAMINAS
CARACTERISTICAS:
PRODUCTO ALIMENTICIO: HOJUELAS DE QUINUA, AVENA SOYA ARROZ CON OMEGA 3, 6 Y 9 ENRIQUECIDA CON CALCIO MINERALES Y VITAMINAS (PRECOCIDO)
Documento Normativo: Reglamento sobre vigilancia y Control Sanitario De Alimentos y Bebidas (D.S. 007-98-SA) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N º 451-2006/MINSA, Recomendaciones de la FAO-OMS-OPS.:
1.- Caracteres Organolépticos
- Color : Propio de los Productos
- Olor : Sui géneris de los Productos.
- Sabor : Agradable.
- Aspecto : Homogéneo.
- Textura : En Hojuelas.
- Consistencia: en hojuelas---, producto seco se disgrega fácilmente
2.- Determinaciones Físico - Químicas expresado en 100%
- Acidez : Máximo a 0.40% expresado en ácido sulfúrico (H2SO4)
- Humedad (%) : Máximo 13.50%
- Proteínas (gr.) : Mínimo 9.20 gr/100
- Carbohidratos (gr.) : Mínimo 80.63 gr./%
- Grasa (gr.) : Mínimo 3.597 gr/100
- Calcio ( mg.) : Mínimo 931.00 mg./100
- Hierro ( mg) : Mínimo 10.00 mg./100
- Calorías Totales : Mínimo 371.175 calorías/100
- Vitamina C : Mínimo 78.00 mg/100
- Vitamina A : Mínimo 850.10 ug/100
- Yodo (ug) : Mínimo 84.10 mg/100
- Fósforo (mg) : Mínimo 780.10 mg/100
- Zinc ( mg) : Mínimo 12.10 mg/100
- Tiamina ( mg ) : Mínimo 0.91 mg/100
- Riboflavina ( mg ) : Mínimo 0.93 mg/100
- Vitamina B 6 ( mg ) : Mínimo 1.21 mg/100
- Vitamina B 12 ( mg) : Mínimo 0.93 mg/100
- Niacina (mg) : Mínimo 11.71 mg/100
- Acido Fólico ( mg) : Mínimo 82.51 mg/100
- Saponina : Ausencia de Saponina
3.- Determinaciones Microbiológico.
-
Agente Microbiano
Categoría
Clase
n
C
Límite g/ml
M
M
Aerobio Mesófilos
2
3
5
2
104
105
Coliformes
5
3
5
2
102
103
Bacillus Cereus
8
3
5
1
102
104
Mohos
5
3
5
2
103
104
Levaduras
5
3
5
2
103
104
Salmonella/25 gr
10
2
5
0
0
-
4.- Especificaciones Técnicas del Envase
- Presentación : bolsas de 1.00 Kgr.
- Tener en cuenta en la etiqueta de presentación del producto lo siguiente:
Ingredientes e información nutricional del contenido del producto
Fecha de vencimiento
Periodo de vida útil del producto ((06 meses como mínimo computados desde el día de la entrega en el almacén de la Municipalidad)
Número de Código del Registro Sanitario
Instrucciones para preparar el producto
Y otros exigidos por Xxx
En el envase debe estar impresa con letras resaltadas, la denominación “PROHIBIDA SU VENTA, DISTRIBUCIÓN GRATUITA - PROGRAMA VASO DE LECHE-LEY 24059 27470 27712”
El proveedor que obtenga la Buena Pro del Producto Alimenticio abastecerá el producto referido en envases permitidos para el mismo; el envase permitirá mantener su composición sin alteraciones en condiciones normales (sin refrigerar), según las exigencias de envasado para alimentos de consumo NTP 209.038:1994.
La municipalidad se reserva el derecho de rechazar la entrega del producto alimenticio que presente bolsas abiertas o mal selladas, deben llegar limpias, intactas, secas y sin olores y otras características físicas no aceptables.
Además debe el proveedor tener en cuenta que el alimentos transportado no debe estar en contacto con otros productos.
Fuentes:
Composición de Alimentos de Mayor consumo en el Perú - Ministerio de salud. Instituto Nacional de Nutrición año de 1,996.
Comp. Of. Foods. Handbook Nº 08 US.DEP.Of.Agric.Wash.DC 1,993.
Código Alimentario Argentino (Alimentos y Nutrición) Bromatología, aplicada a la Salud Xxxxxxx Xxxxxxx.
Reglamento Sanitario de los Alimentos - Dirección General de Salud Ambiental DIGESA. Ministerio de Salud. - Perú 1,994.
Centro Microbiológico de Leche, Productos Lácteos y Cereales; métodos recomendados por la Dra. Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Dra. Xxxxx Xxxx Xxxxx, Dra Xxxx Xxxxxxx
5) Condiciones del suministro
ITEM I: LECHE FRESCA CRUDA ENTERA XX XXXX
Condiciones del suministro:
El producto a suministrarse deberá ser para consumo humano, cumpliendo con las especificaciones técnicas establecidas. en el caso del análisis el proveedor cada 15 días presentara un análisis del producto entregado a los comités del vaso de Leche elaborado por DIGESA, asimismo la Subgerencia de Sanidad de la Municipalidad Provincial de Chiclayo realizara diariamente en forma aleatoria análisis bromatológico y microbiológico
La Leche deberá ser entregada en forma ininterrumpida en los Club de Madres del Vaso de Leche designados por la Municipalidad Provincial de Chiclayo.
La leche deberá ser entregada de Lunes x Xxxxxxx en el horario: Turno de la mañana de 5:30 am a 7:30 am, y esta entrega será acredita mediante la firma de una acta de Entrega y Recepción,
La leche se transportará en porongos del proveedor hasta los Club de Madres del Vaso de Leche, ubicados en la xxxx xxxxxx marginal indicados :
La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar el producto que no cumpla con las especificaciones técnicas detalladas, sin lugar a reclamo de ninguna naturaleza, por lo que el proveedor deberá asegurarse de entregar el producto en las mejores condiciones.
Al postor ganador de la Bueno Pro se le hará una inspección inopinada del establo que abastecerá el producto a fin de asegurar que se mantenga la calidad de la Leche, de igual manera se tomará muestras de leche recogidas de los Club de Madres en el horario de entrega, la forma de muestreo y el número de muestras será determinado por los especialistas del Laboratorio acreditado, estas serán transportadas al laboratorio para su respectivo análisis de acuerdo a las Normas Técnicas Peruanas de Indecopi NTP.202.001-1998 leche y productos lácteos, leche cruda, requisitos de calidad físicos, químicos y microbiológicos, reglamentación de la FAO. Ley General de Salud 26842 y su reglamento sobre vigilancia y control sanitario de alimentos y bebidas, D.S. 007-98-S.A.
El proveedor entregara a la Municipalidad Provincial de Chiclayo, los productos o bienes de acuerdo al cronograma, para lo cual la Oficina de Abastecimientos en coordinación con la Oficina del Programa del Vaso de Leche oficiaran al Laboratorio de DIGESA, para que esta entidad certifique mediante análisis físico químico, bromatológico y micro biológico, para así verificar si cumple los parámetros solicitados en las bases y en la Resolución ministerial 711-2001-SA-DM, por cada entrega, costos que serán cubiertos por el proveedor.
6) LUGAR Y CRONOGRAMA DE ENTREGAS
La entrega de la leche fresca xxxx xx xxxx será diaria siendo el horario de entrega de este producto de 5:30 am a 7:30 am y la entrega del cereal: HOJUELAS DE QUINUA, AVENA, SOYA, ARROZ CON OMEGA 3,6 Y 9 será cada 05 días. Ambos productos se entregaran en los domicilios de cada uno de los locales de los comités del vaso de leche. Cuya relación se anexa a las presentes bases
7) FORMA Y CONDICIONES DE PREPARACIÓN DE LOS PRODUCTOS
A) FORMA DE PREPARACION DE LA RACION DEL VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO
Cada leche fresca xx xxxx es una ración de 160 CC y debe hervirse a fuego lento por espacio de 15 minutos
Las raciones que se entregaran es una ración diaria por siete días a la semana, la cantidad por ración es 160 CC De Leche fresca Cruda Entera xx Xxxx y 30 gramos de cereal (HOJUELAS DE QUINUA, AVENA, SOYA, ARROZ CON OMEGA 3,6 Y 9)
B) CONDICIONES DE PREPARACION DE LA RACION DEL VASO DE LECHE
Las raciones del Vaso de Leche deben prepararse y entregarse en envases limpios, libre de impurezas, asimismo las condiciones higiénicos sanitarias de las cocinas deben estar exentas de contaminantes, el ambiente debe ser ventilado, etc.
C) NUMERO DE BENEFICIARIOS
El número de Beneficiarios que atenderá la Municipalidad Provincial de Chiclayo son 18,000 beneficiarios niños xx xxxx a seis años (beneficiarios de primera prioridad)
D) FRECUENCIA DE SUMINISTRO
La Municipalidad Provincial de Chiclayo suministrara o dará atención los 07 días de la semana durante el periodo comprendido en los meses del año 2013 según la certificación asignada
E) TAMAÑO DE LA RACION
El tamaño de la Ración es 160 CC LECHE FRESCA CRUDA ENTERA XX XXXX y 30 gramos de cereal HOJUELAS DE QUINUA, AVENA, SOYA, ARROZ CON OMEGA 3,6 Y 9. Cada uno al día de producto alimenticio
II. Cumplimiento de la Ley Nº 27470
II. 1 De conformidad con el numeral 4.6 del artículo 4º de la Ley Nº 27470, modificada por la Ley Nº 27712, el requerimiento de productos proviene del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, que ha canalizado la decisión de los beneficiarios del distrito y/o provincia.
ITEM II: HOJUELAS DE QUINUA, AVENA, SOYA, ARROZ CON OMEGA 3,6 Y 9
Condiciones del suministro
El proveedor entregara a la Municipalidad Provincial de Chiclayo, los productos o bienes de acuerdo al cronograma, para lo cual la sub. Gerencia de Logística en coordinación con la sub gerencia de Programas Sociales- Programa del Vaso de Leche oficiaran al Laboratorio de DIGESA, para que esta entidad certifique mediante análisis físico químico, bromatológico y micro biológico al lote del producto para así verificar si cumple los parámetros solicitados en las bases y en la Resolución ministerial 711-2001-SA-DM, por cada entrega, costos que serán cubiertos por el proveedor cada 15 días y la sub. Gerencia de sanidad realizara diariamente en forma aleatoria análisis Bromatológicos y microbiológicos.
Xxxxx y cronograma de entregas
La entrega de los bienes se realizara cada 05 días. Ambos en los domicilios de cada uno de los locales de los comités del vaso de leche cuya relación se anexa a las presentes bases
7) Forma y condiciones de preparación de los productos
FORMA DE PREPARACION DE LA RACION DEL VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO
Para un litro de producto alimenticio de:
HOJUELAS DE QUINUA, AVENA, SOYA, ARROZ CON OMEGA 3,6 Y 9
Para preparar 4 raciones disolver 120 gramos de la mezcla (cereales) en agua hervida fría (1 taza de 250 cc) para evitar la formación de grumos cuando comience hervir el agua de 630 cc vaciar el producto disuelto (1 taza de 250 cc), revolver y agregar azúcar al gusto, dejar hervir por espacio de 10 minutos a fuego lento para evitar derrames, dejar enfriar hasta temperatura moderada y luego servir en taza de 250 cc cada una
Las raciones que se entregaran es una ración diaria por siete días a la semana, el gramaje por cada ración alimenticia es el siguiente:
HOJUELAS DE QUINUA, AVENA, SOYA, ARROZ CON OMEGA 3,6 Y 9 =30 Gramos
B) CONDICIONES DE PREPARACION DE LA RACION DEL VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO
Las raciones del Vaso de Leche deben prepararse en envases limpios, libre de impurezas, asimismo las condiciones higiénicos sanitarias de las cocinas deben estar exentas de contaminantes, el ambiente debe ser ventilado, etc.
C) NUMERO DE BENEFICIARIOS
El número de Beneficiarios que atenderá la Municipalidad Provincial de Chiclayo son 18,000 beneficiarios
D) FRECUENCIA DE SUMINISTRO
La Municipalidad Provincial de Chiclayo suministrara dentro del periodo presupuestal del año 2012 y de acuerdo a la certificación otorgada
E) TAMAÑO DE LA RACION
El tamaño de la Ración al día, para el Ítem I, es 160 cc de Leche Fresca Cruda entera xx Xxxx y para el Ítem II, es de 30 Gramos al día de producto alimenticio
II. Cumplimiento de la Ley Nº 27470
II. 1 De conformidad con el numeral 4.6 del artículo 4º de la Ley Nº 27470, modificada por la Ley Nº 27712, el requerimiento de productos proviene del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, que ha canalizado la decisión de los beneficiarios del distrito y/o provincia.
II.2 Cumplimiento de la Resolución Ministerial Nº 711-2002-SA/DM según el gramaje del/los producto/s que componen la ración.
Distribución energética diaria por ración del Programa del Vaso de Leche.
Ración Nº 01
FORMULACION DE LA RACION ALIMENTICIA DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE
DETERMINACIÓN DE LAS RACIONES
Composición Nutricional de Macro y Micro nutrientes de la ración del Vaso de Leche Municipalidad Provincial de Chiclayo
(Resolución Ministerial 711 – 2002-SA-DM) Ración Nº 01
|
Cantidad |
K-cal calorías |
Proteína (gr.) |
Grasa (gr.) |
CHO (gr.) |
Leche Fresca de xxxx
|
000 ml. |
101.60 |
4.96 |
5.60 |
7.84 |
Hojuelas de quinua, avena, soya arroz con omega 3,6 y 9 enriquecida con calcio vitaminas y minerales
|
30gr. |
109.23 |
2.784
|
0.147 |
24.19
|
Total
|
|
210.83 |
7.744 |
5.747 |
32.03 |
Fuente.- Tablas Peruanas de Composición de alimentos-Ministerio de Salud-Instituto Nacional de Nutrición- Centro Nacional de alimentación y Nutrición
Ración Nº 01
DETERMINACIÓN DE LAS RACIONES
Disgregado de la Cantidad de Insumos en la mezcla de Hojuelas de quinua, avena, soya arroz con omega 3, 6 y 9.
Alimento |
CANTIDAD |
k-CAL |
Proteínas gr. |
Grasas Gr. |
CHO gr. |
Hojuela de quinua |
10 gr. |
38.17 |
0.85 |
0.064
|
8.55 |
Hojuela xx Xxxxx |
10 gr.
|
37.13 |
0.95 |
0.01 |
8.31 |
Soya |
1 gr.
|
2.62 |
0.282 |
0.01 |
0.35 |
Arroz |
9 |
31.31
|
0.702 |
0.063
|
6.984 |
TOTAL |
30 gr. |
109.23 |
2.784 |
0.147 |
24.19 |
FORMULACION DE LA RACIÓN DIARIA DEL PROGRAMA VASO DE LECHE CONCORDANTE CON LOS REQUERIMIENTOS MÍNIMOS DE ENERGÍA POR RACIÓN SEGÚN R.M. Nº 711-2002-SA-DM.
NUTRIENTES |
BASE LEGAL |
CUMPLIMIENTO DE LA R.M. 711-2002-SA/DM |
||
Leche fresca xx xxxx (160 ml) |
Hojuelas de quinua, avena, soya arroz con omega 3,6 y 9 (30gr) |
Total de nutrientes/ración |
Requerimiento mínimo de RM Nº 000-0000.X.X.XX. |
|
PROTEÍNAS (GR) |
4.96 |
2.784 |
7.744 |
6.25 -7.76
|
GRASAS (GR) |
5.60 |
0.147 |
5.747 |
4.60 - 5.75
|
CARBOHIDRATOS(GR)
|
7.84 |
24.19 |
32.03 |
35.19 -31.05 |
KILOCALORÍAS |
101.60 |
109.23 |
210.83 207
|
Fuente:
Leche fresca xx xxxx: Tablas Peruanas de Composición de Alimentos del INS-CENAN
DISTRIBUCIÓN ENERGÉTICA PORCENTUAL DE LA RACIÓN DIARIA DEL PROGRAMA VASO DE LECHE CONCORDANTE CON LA R.M. Nº 711-2002-SA-DM
NUTRIENTES |
TOTAL NUTRIENTES (GRAMOS) |
KCAL. |
DISTRIBUCIÓN ENERGÉTICA PORCENTUAL DE LA RACIÓN (%) |
DISTRIBUCIÓN ENERGÉTICA RM 711-2002-SA-DM |
|
Mín. % |
Máx. % |
||||
PROTEÍNAS |
7.744 |
30.98 |
14.69 |
12 |
15 |
GRASA |
5.747 |
51.72 |
24.53 |
20 |
25 |
CARBOHIDRATOS |
32.03 |
128.12 |
60.78 |
60 |
68 |
KILOCALORÍAS |
210.83 |
100.OO |
|
|
Fuente.- Tablas Peruanas de Composición de alimentos-Ministerio de Salud-Instituto Nacional de Nutrición- Centro Nacional de alimentación y Nutrición
FORMULACION DE LOS REQUERIMIENTOS NUTRICIONALES MÍNIMOS DE LA RACIÓN DEL PROGRAMA VASO DE LECHE
DESCRIPCIÓN NUTRIENTES |
Unidad de Medida |
Hojuelas de quinua, avena, soya arroz con omega 3,6 y 9
|
LECHE FRESCA XX XXXX. |
TOTAL NUTRIENTES RACION COMBINADA |
REQUERIMIENT SEGÚN RM 711-2002-SA/DM |
RACIÓN/ 30 GR |
RACIÓN/ 160 ML. |
|
|
||
ENERGÍA |
k-cal |
109.23 |
101.60 |
210.83 |
207.00 |
GRASAS |
gr. |
0.147 |
5.60 |
5.747 |
4.60 -5.75 |
PROTEÍNAS |
gr. |
2.784 |
4.96 |
7.744 |
6.25-7.75 |
CARBOHIDRATOS |
gr. |
24.19 |
7.84 |
32.03 |
35.19 -31.05 |
VITAMINA A |
Ug RE |
382.77 |
44.80 |
427.57 |
425.00 |
VITAMINA C |
Mg |
42.47 |
0.80 |
43.27 |
41.50 |
TIAMINA |
Mg |
0.368 |
0.083 |
0.451 |
0.45 |
RIBOFLAVINA |
Mg |
0.39 |
0.32 |
0.71 |
0.49 |
VITAMINA B6 |
Mg |
0.63 |
------- |
0.63 |
0.60 |
VITAMINA B12 |
Ug |
0.48 |
------- |
0.48 |
0.46 |
NIACINA |
Mg |
5.71 |
0.192 |
5.902 |
5.85 |
ÁCIDO FÓLICO |
Ug |
42.85 |
------- |
42.85 |
41.25 |
HIERRO |
Mg |
8.14 |
2.08 |
10.22 |
10.00 |
YODO |
Ug |
43.15 |
------ |
43.15 |
42.00 |
CALCIO |
Mg |
375.04 |
169.60 |
544.64 |
465.00 |
FÓSFORO |
Mg |
314.55 |
150.40 |
464.95 |
390.00 |
ZINC |
Mg |
5.82 |
0.64 |
6.46 |
6.00 |
Fuente.- Tablas Peruanas de Composición de alimentos-Ministerio de Salud-Instituto Nacional de Nutrición- Centro Nacional de alimentación y Nutrición
CAPÍTULO IV
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
PRIMERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA
(Puntaje Máximo: 100 Puntos)
FACTORES DE EVALUACION
CALIFICACION DE LA PROPUESTA TECNICA
ITEM I: LECHE FRESCA CRUDA ENTERA XX XXXX
A. Factor “Experiencia del postor”
Se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la venta de bienes iguales al objeto de la convocatoria o similares (leche fresca xx xxxx, leche xx xxxxx) durante los últimos tres (3) años contados hasta la fecha de Presentación de propuestas, hasta por un monto máximo equivalente a dos (02) veces del valor referencial del ítem en materia de convocatoria. Tal experiencia también se puede acreditar mediante contratos de suministro que aun se encuentren en ejecución, solo se considerara la parte que haya sido ejecutada hasta la fecha de presentación de propuestas, para estos casos deberán presentar además de la copia del contrato, copia de los comprobantes de pago correspondientes a las prestaciones parciales ejecutadas y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (Copias de cheques, Voucher expedidos por el banco, constancias de pago emitidos por el contratante, detracciones, extractos bancarios o comprobantes de pago de entidades). La experiencia se acreditará con un máximo de veinte (20) contrataciones, sin importar el número de documentos que las sustenten La asignación de puntaje será de acuerdo al siguiente criterio:
40 puntos
25 puntos
10 puntos |
40 PUNTOS |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
B.- TRANSPORTE DEL PRODUCTO El tipo de transporte está referido a asegurar la oportuna distribución del producto y se evaluara con una declaración jurada que especifique cantidad de unidades de transporte con que cuenta el postor para la distribución Disponibilidad para el Trasporte 7 – 8 Unidades de Transporte 05 (Mínimo 2 camionetas,03 moto20 5 – 6 Unidades de Transporte 03 10 10 10 Menos de 4 Unidades de Transporte 01 |
05 puntos |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
C.- VALORES NUTRICIONALES Y ENERGÉTICOS CALCULADOS SEGÚN LAS TABLAS PERUANAS DE COMPOSICIÓN EN 100 GRAMOS DE ALIMENTOS DEL CENAN 2009, NORMA TECNICA PERUANA NTP.2020.001.2003 Y SU COMPARACIÓN CON R.M: Nº711-2002-SA/DM(Se calificara con la Declaración Jurada que presente el postor en su propuesta Técnica Según anexo Nº 09)
|
40 Puntos |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
D.-PREFERENCIA DE LOS CONSUMIDORES PRUEBA DE ACEPTABILIDAD DEL PRODUCTO
|
15 puntos
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
PUNTAJE TOTAL |
100 PUNTOS |
ITEM II: HOJUELA DE QUINUA AVENA, SOYA ARROZ CON OMEGA 3, 6, 9
A.-CALIDAD DEL PRODUCTO: Se calificará de acuerdo al Certificado de Conformidad Fisicoquímico, microbiológico, y organoléptico que adjuntara el postor en su propuesta.VALORES NUTRICIONALES
|
50
|
|
1. CANTIDAD DE PROTEINAS EN GR/100. |
05 |
|
|
Proteínas de 12.91 hasta 18.00gr/100. |
5 |
|
Proteínas 12.51 – 12.90 gr/100 |
3 |
|
Proteínas de 9.21- 12.50 gr/100 |
1 |
2. CANTIDAD DE CALORÍAS TOTALES k-cal/100 |
05 |
|
|
Calorías 380.01 hasta 420.00 K – cal/100. |
5 |
|
Calorías de 375.01. – 380.00 - cal/100. |
3 |
|
Calorías de 364.11.- 375.00 – cal/100. |
1 |
3. CANTIDAD DE VITAMINA C MG/100 |
10 |
|
|
Vitamina C 80.01 a más mg/100. |
10 |
|
Vitamina C 78.01 hasta 80.00 mg/100. |
7 |
|
Vitamina C 76.10 hasta 78.00 mg/100. |
5 |
4. CANTIDAD XX XXXXXX mg/100 |
|
10 |
|
Hierro 14.01 a mas mg/100 |
10 |
|
Hierro 12.01 hasta 14.00 mg/100. |
7 |
|
Hierro 10.00 hasta 12.00 mg/100. |
5 |
5. CANTIDAD DE VITAMINA B6 |
mg/100 |
10 |
|
Vitamina B6 1.50 a mas mg/100 |
10 |
|
Vitamina B6 1.31 hasta 1.49 mg/100 |
7 |
|
Vitamina B6 1.22 hasta 1.30 mg/100 |
5 |
6. CANTIDAD DE VITAMINA B12 |
mg/100 |
10 |
|
Vitamina B12 1.20 a mas ug/100 |
10 |
|
Vitamina B12 1.01 hasta 1.19 ug/100 Vitamina B12 0.94hasta 1.00 ug/100 |
7
5 |
B.- INSPECCIÓN HIGIÉNICA SANITARIA DE FABRICA Y ALMACEN DE ALIMENTOS (Se calificara con el Certificado Oficial de Inspección Higiénica Sanitaria de Fabrica y xx Xxxxxxx De Alimentos emitido por una Entidad Acreditada por INDECOPI, deberá estar referida al producto objeto del proceso en línea de producción dentro de la cual este inmerso el producto(os) requerido(s) que presente el postor en su propuesta técnica) 98 - 100 %(Excelente ) 81 - 97 % (Muy bueno) 80% (cumple con los requerimientos técnico mínimos estipulados en el D.S 007-98-SA y la R.M 451-2006/MINSA)
C- INSPECCIÓN Y EVALUACION TECNICO PRODUCTIVO DE PLANTA
(Se calificara con el Certificado Oficial de Inspección y evaluación Técnico Productivo de planta emitido por una Entidad Acreditada por INDECOPI, deberá estar referida al producto objeto del proceso en línea de producción dentro de la cual este inmerso el producto(os) requerido(s) que presente el postor en su propuesta técnica) 98 - 100 %(Excelente ) 95 - 97 % (Muy bueno)
D.-PORCENTAJE DE COMPONENTES NACIONALES Se evaluara con la copia del certificado de componentes nacionales emitido por una empresa acreditada por INDECOPI que adjunta el postor en su propuesta técnica 99- 100 % Nacionales =05 puntos 97 - 98 % Nacionales =03 puntos 95 - 96 % Nacionales =01 puntos
|
15 10
15 10
05 02 01 |
15
15
05 |
|
E. E.-EXPERIENCIA DEL POSTOR.- Adjuntar copia de comprobantes de pago cancelados, contratos, cheques de cancelación y/u órdenes de compra con sus respectivas conformidades de pago suscritos con entidades públicas o privadas desde el año 2,010 hasta la fecha de presentación de propuestas, que acrediten el suministro de productos iguales o similares tales como harinas, hojuelas de cereales, menestras, leguminosas y oleaginosas, crudos o pre cocidos. Tal experiencia se acreditará mediante contratos y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuado mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente (Por ejemplo: Voucher de depósito, Reporte de estado de Cuenta, o que la cancelación conste en el mismo documento). En el caso de que el suministro de bienes se encuentre en proceso de ejecución, solo se considerara la parte que haya sido ejecutada hasta la fecha de presentación de propuestas debiendo adjuntar la conformidad de la misma o acreditar su pago (Copias de cheques, Voucher expedidos por el banco, constancias de pago emitidos por el contratante, detracciones, extractos bancarios o comprobantes de pago de entidades). La experiencia se acreditará con un máximo de veinte (20) contrataciones, sin importar el número de documentos que las sustenten. La asignación de puntaje será de acuerdo al siguiente criterio: Monto igual o mayor a 3 veces el valor referencial 10 puntos Monto igual o mayor a 2 vez el valor referencial 05 puntos y menor a 2 veces el valor referencial 00 puntos
F. Cumplimiento de la prestación” Se evaluará en función al número de certificados o constancias que acrediten que la prestación se efectuó sin incurrir en penalidades desde el año 2,010, hasta la fecha , no pudiendo ser mayor a veinte (20) contrataciones. Tales documentos deben referirse a todos los contratos que se presentaron para acreditar la experiencia del postor. Se aplicara la Siguiente fórmula de evaluación: PCP= PF x CBC NC Donde:
Asimismo, el factor podrá ser acreditado mediante la presentación de cualquier documento en el que conste o se evidencie que la prestación presentada para acreditar la experiencia fue ejecutada sin penalidades, independientemente de la denominación que tal documento reciba.
Se debe tener en cuenta que el puntaje asignado para el factor cumplimiento de la prestación es 05 puntos,
G.-ACEPTABILIDAD- PREFERENCIA DE LOS CONSUMIDORES Se evaluara con el certificado de aceptabilidad con los beneficiarios que adjunta el postor en su propuesta técnica 95-100 % Excelente ------------ 15 90-94 % Bueno ------------- 10 80-89 % Regula -------------- 05
|
|
10
05
15
15
|
RESUMEN DE PUNTAJE
PUNTAJE TOTAL EN FACTORES TÉCNICOS
|
PUNTOS |
A. Valores Nutricionales y calidad producto
|
50 |
B. Inspección higiénica Sanitaria
|
15 |
C.-Evaluación de capacidad real de planta de procesamiento
|
15 |
D.-Porcentaje de Componentes Nacionales
|
05 |
E.- Experiencia del Postor
|
10 |
F.- Cumplimiento de la prestación
|
05 |
G.- Aceptabilidad-Preferencia de los Consumidores
|
15 |
TOTAL PUNTAJE
|
100 |
PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA, EL POSTOR DEBERÁ OBTENER UN PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO DE SESENTA (60) PUNTOS.
CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
|
IMPORTANTE:
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.
Conste por el presente documento, la contratación del suministro de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11-2012-MPCH/CE, para la contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a las Especificaciones Técnicas.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.10
Este monto comprende el costo de los bienes, transporte hasta el punto de entrega, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO11
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR EL DETALLE DE LOS PAGOS PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.
En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora12 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato13: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
IMPORTANTE:
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento deberá consignarse lo siguiente:
“De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que deberá efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias14: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.
Garantía por el monto diferencial de la propuesta15: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
IMPORTANTE:
Sólo en caso LA ENTIDAD hubiese previsto otorgar adelanto, se deberán incluir las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO16
“LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 30% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original.
EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos17 mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud.
LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la presentación de la solicitud del contratista.
En el supuesto que los adelantos no se entreguen en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.”
CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN
La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD].
De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [OR DE UN (1) AÑO] años.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = |
0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Esta penalidad será deducida de los pagos periódicos o del pago final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.
IMPORTANTE:
De preverse en las Especificaciones Técnicas penalidades distintas a la penalidad por xxxx, se deberá consignar el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad, los montos o porcentajes que le corresponderían aplicar por cada tipo de incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que se verificará la ocurrencia de tales incumplimientos.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS18
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [...........................]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
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“LA ENTIDAD”
“EL CONTRATISTA”
FORMATOS Y ANEXOS
FORMATO N° 1 19
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN
Chiclayo, Diciembre del 2012
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11-2012-MPCH/CE
Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la LICITACIÓN PÚBLICA Nº11-2012-MPCH/CE, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.20
…..………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR |
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11-2012-MPCH/CE
Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social : |
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Domicilio Legal : |
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RUC : |
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Teléfono : |
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Fax : |
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Chiclayo, Diciembre del 2012
……........................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
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IMPORTANTE:
Cuando se trate de Consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11-2012-MPCH/CE
Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el…………….. [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con las Especificaciones Técnicas, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.
Chiclayo, Diciembre del 2012
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.
ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11-2012-MPCH/CE
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Chiclayo, Diciembre del 2012
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de Consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO Nº 4
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11-2012-MPCH/CE
Presente.-
De nuestra consideración,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº11-2012-MPCH/CE, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del Consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
TOTAL: 100%
Chiclayo, Diciembre del 2012
..…………………………………. …………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
ANEXO Nº 5
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE ENTREGA
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11-2012-MPCH/CE
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a entregar los bienes objeto del presente proceso de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, conforme el cronograma de entrega establecido en las Bases del proceso.
Chiclayo, Diciembre del 2012
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 6
EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11-2012-MPCH/CE
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA:
Nº |
CLIENTE |
OBJETO DEL CONTRATO |
N° CONTRATO / O/C / COMPROBANTE DE PAGO |
FECHA21 |
MONEDA |
IMPORTE |
TIPO DE CAMBIO VENTA22 |
MONTO FACTURADO ACUMULADO23 |
1 |
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2 |
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3 |
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4 |
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5 |
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6 |
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7 |
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8 |
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9 |
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10 |
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TOTAL |
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Chiclayo, Diciembre del 2012
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 7
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA
(MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11-2012-MPCH/CE
Presente.-
De nuestra consideración,
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y las Especificaciones Técnicas, mi propuesta económica es la siguiente:
CONCEPTO |
COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA] |
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TOTAL |
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La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de los bienes a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.
Chiclayo, Diciembre del 2012
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
En caso de tratarse de una convocatoria bajo el sistema de precios unitarios, deberá requerirse que el postor consigne en la propuesta económica los precios unitarios y subtotales de su oferta.
Cuando el proceso se convoque a suma alzada, únicamente deberá requerirse que la propuesta económica contenga el monto total de la oferta, sin perjuicio de solicitar que el postor adjudicado presente la estructura de costos o detalle de precios unitarios para la formalización del contrato, lo que deberá ser precisado en el numeral 2.7 de la sección específica.
En caso de convocarse el proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.
La propuesta económica de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo 8), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV.
ANEXO Nº 8
PROCEDIMIENTO PARA LA PRUEBA DE ACEPTABILIDAD
La Prueba de Aceptabilidad se ejecutará durante el periodo comprendido desde la integración de Bases hasta un día antes de la presentación de propuestas.
Los participantes deberán solicitar, mediante escrito dirigido al responsable del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad, la realización de dicha prueba indicando la Certificadora contratada para que efectúe la prueba. La jefatura, en coordinación con los representantes de la Organización Distrital de los Comités del Vaso de Leche, convocará a los beneficiarios; asimismo, verificará que efectivamente dicha prueba se realice con beneficiarios del distrito que pertenecen al Programa del Vaso de Leche.
Considerando que los degustantes serán menores de edad, antes de proceder a la prueba de aceptabilidad de los productos, las certificadoras deberán presentar un certificado microbiológico a fin de garantizar la inocuidad del producto así como para proteger la salud de los degustantes. El producto será preparado por la certificadora acreditada en el lugar de realización del evento (Deberá indicarse el procedimiento para la preparación de la ración a ser degustada).
La metodología empleada para la prueba estará a cargo de la certificadora. La jefatura del PVL, así como los representantes de la organización no podrán intervenir en la selección de los beneficiarios degustantes, ni intervendrán en dicho acto, sólo podrán ser veedores a fin de verificar que la aceptabilidad es realizada con beneficiarios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad.
Al final de cada evento se firmará un acta con los que estén presentes (Representante de la Certificadora, Representante de la Municipalidad y de la Organización) indicando los acontecimientos de dicha prueba. La falta del acta determinará la invalidez de la prueba.
Los participantes no podrán intervenir en la realización de dicha prueba, ni estar presentes en el momento de la realización de la prueba, de modo que influyan en los resultados.
Asimismo, con el fin de garantizar la transparencia e imparcialidad en la realización de la prueba de aceptabilidad, y de esta forma evitar posibles direccionamientos que desvirtúen la objetividad de la prueba, se deberá establecer que la realización de la prueba de aceptabilidad, sea efectuada en una misma fecha, hora y lugar, a ser determinada por la Entidad con ocasión de la integración de Bases, y con el mismo universo de beneficiarios seleccionados conforme al procedimiento descrito anteriormente; de tal modo que no exista ninguna posibilidad de que el referido universo de beneficiarios conozca previamente a qué proveedor corresponde la muestra del producto objeto de evaluación.
En el caso de existir más de tres proveedores, la Entidad deberá facilitar más de un grupo de beneficiarios degustantes, de tal modo que cada grupo como máximo realice la degustación de productos correspondientes a tres (3) proveedores distintos, disposición que no afecta la obligación de efectuar la prueba en la misma fecha, hora y lugar señalada en las Bases integradas, ya que la existencia de más de un grupo de beneficiarios que realizará la degustación no es justificación para efectuar la prueba en fecha, hora o lugar distinto al señalado en las Bases integradas.
El orden de degustación, así como la correspondencia de cada grupo de beneficiarios a determinado grupo de proveedores, deberá ser definido mediante sorteo en el mismo acto24.
Cabe precisar que los postores que deseen participar en la prueba de aceptabilidad podrán presentar su solicitud a la Entidad hasta un día antes de la fecha fijada para la realización de la referida prueba. Pronunciamiento 221-2009/DT, las solicitudes se presentaran en el local donde funciona el Programa del Vaso de Leche, sito en Esxxxxx xx Xx. Xxxxxxxx x xxxxx Xxx Xxxx, Xxxxxxxx xn horario de oficina
ANEXOS
La entrega de la leche fresca xxxx xx xxxx será diaria siendo el horario de entrega de este producto de 5:30 am a 7:30 am y la entrega del cereal será cada 15 días. Ambos productos se entregaran en los domicilios de cada uno de los locales de los comités del vaso de leche.
DIRECTORIO DEL PROGRAMA VASO DE LECHE 30 GRAMO DE CEREAL Y 160 ML LECHE FRESCA |
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ANEXO Nº 09
DECLARACION JURADA
Señores
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11-2012-MPCH/CE
Comité Especial
Presente:
Los Suscritos………………………..con RUC N°……………………………….. con domicilio legal………………………………………..debidamente representado por……………………………………. identificado con DNI N °………………………declaramos, Bajo juramento, Que nos comprometemos a cumplir con las características Físico Químicas, Organolépticas, del Producto Ofertado leche fresca Cruda de Vaca las cuales son las siguientes:
ITEM I: LECHE FRESCA CRUDA ENTERA DE VACA
CARACTERISTICAS:
PRODUCTO ALIMENTICIO : Leche fresca de vaca
PUREZA : 100% Natural.
1.- Caracteres Organolépticos
Deberá cumplir como mínimo los siguientes requisitos
- Color : Propio del Producto
- Olor : Suigéneris.
- Sabor : Agradable.
- Aspecto : Homogéneo.
- Textura : Líquido
2.- Determinaciones Físico - Químicas
- Acidez : ……………. % expresado en ácido Láctico
- Proteínas (gr.) : ………………. gr. /100
- Carbohidratos (gr.) : ………………. gr. /100
- Grasa (gr.) : ……………… gr. /100
- Calcio (mg.) : ……………….mg. /100
- Hierro (mg) : ……………… mg./100
- Densidad (gr/ml) : ………………(gr/ml)..
- Sólidos no grasos (gr) : …………….. gr/100
- Sólidos totales (gr) : …………….. gr/100
- Calorías Totales Kcal : ……………… Kcal
- Ceniza : ………………gr/100
- Agua : ………….….gr/100
- Fósforo : ……………… mg/100
- Sustancias Alcalinas, amiláceas
agua oxigenada : Ausencia
1 Se utilizarán estas Bases cuando se trate de la contratación de bienes con entrega periódica.
2 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.
3 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
4 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.g
5La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.
6El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento (tales como: folletos, instructivos, catálogos o similares), en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.
7En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de la entrega del bien, el plazo ofertado en dicho anexo servirá también para acreditar este factor de evaluación.
8 El sorteo se llevará a cabo siempre que existan dos o más proveedores.
9 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.
10 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la buena pro haya presentado la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica.
11 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
12 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la buena pro.
13 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
14 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de bienes que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
15 En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste en el proceso de selección para la contratación de bienes, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
16 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por los artículos 171 y 172 del Reglamento.
17 De conformidad con el artículo 162 del Reglamento, esta garantía deberá ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, la garantía podrá ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
18 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.
19 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.
20 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
21 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
22 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
23 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
24 El sorteo se llevará a cabo siempre que existan dos o más proveedores.