ACRECENTAMIENTO DE VALORES. La ADMINISTRACIÓN NACIONAL no abonará intereses por los depósitos de valores otorgados en garantía, en tanto que los que devengaren los mismos pertenecerán a sus depositantes.
ACRECENTAMIENTO DE VALORES. La ADMINISTRACIÓN NACIONAL no
ACRECENTAMIENTO DE VALORES. La DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE
ACRECENTAMIENTO DE VALORES. La ACUMAR no abonará intereses por los depósitos de valores otorgados en garantía, en tanto que los que devengaren los mismos pertenecerán a sus depositantes.
ACRECENTAMIENTO DE VALORES. En ningún caso SBASE abonará intereses por los depósitos de valores otorgados en garantía. Asimismo, todos los gastos que surjan del depósito serán imputados al ofe- rente. Por otra parte, los intereses que devengaren los mismos pertenecerán a sus depositantes, en la medida que se hubiere dado cumplimiento con el objeto que dio origen a la constitución de la garantía.
ACRECENTAMIENTO DE VALORES. La CBAS no abonará intereses por los depósitos de valores otorgados en garantía. Asimismo todos los gastos que surjan del depósito serán imputados al oferente. Por otra parte, los intereses que devengaren los mismos pertenecen a sus depositantes, en la medida que se hubiere dado cumplimiento del objeto que dio origen a la constitu- ción de la garantía.
ACRECENTAMIENTO DE VALORES. La Universidad no abonará intereses por los depósitos de valores otorgados en garantía, en tanto que los que devengaren los mismos pertenecerán a sus depositantes.
ACRECENTAMIENTO DE VALORES. La HCDN no abonará intereses por los depósitos de valores otorgados en garantía. En los casos en que la garantía constituida devengue intereses, éstos pertenecerán a sus depositantes, los que serán depo- sitados en una cuenta bancaria a tal efecto.
ACRECENTAMIENTO DE VALORES. La DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL no abonará
ACRECENTAMIENTO DE VALORES. 22 ARTÍCULO 43°- ENTREGA 23