Adelanto de fondos monetarios en el extranjero Cláusulas de Ejemplo

Adelanto de fondos monetarios en el extranjero. En caso de que el Asegurado no pueda obtener fondos económicos por los medios inicialmente previstos, tales como travel cheques, tarjetas de crédito, transferencia bancaria o similares, y esto se convierta en una imposibilidad para proseguir su viaje, La Aseguradora adelantará, siempre que se le haga entrega de un aval o garantía que asegure el cobro del anticipo, hasta la cantidad máxima de 1.500 euros. En cualquier caso, las cantidades deberán ser devueltas en el plazo máximo de treinta días. La Aseguradora organizará y tomará a su cargo el coste del envío de los objetos robados y posteriormente recuperados, o simplemente olvidados por el Asegurado, hasta un límite de 120 euros, siempre que el coste conjunto de dichos objetos supere dicha cuantía.
Adelanto de fondos monetarios en el extranjero. En caso de que el Asegurado no pueda obtener fondos económicos por los medios inicialmente previstos, tales como travel cheques, tarjetas de crédito, transferencia bancaria o similares, y esto se convierta en una imposibilidad para proseguir su viaje, el Asegurador adelantará, siempre que se le haga entrega de un aval o garantía que asegure el cobro del anticipo, hasta la cantidad máxima de 900 euros. En cualquier caso las cantidades deberán ser devueltas en el plazo máximo de treinta días.
Adelanto de fondos monetarios en el extranjero. En caso de que el Asegurado no pueda obtener fondos económicos por los medios inicialmente previstos, tales como travel cheques, tarjetas de crédito, transferencia bancaria o similares, y esto se convierta en una imposibilidad para proseguir su viaje, ARAG adelantará, siempre que se le haga entrega de un aval o garantía que asegure el cobro del anticipo, hasta el límite indicado en las Condiciones Particulares de la póliza. En cualquier caso las cantidades deberán ser devueltas en el plazo máximo de treinta días. Quedan amparados los gastos de gestión y obtención, debidamente justificados, ocasionados por sustitución, que el Asegurado haya de hacer por la pérdida o robo de tarjetas de crédito, cheques bancarios, de viaje, de gasolina, billetes de transporte, pasaporte o visados, que ocurran durante el viaje y estancias, hasta el límite indicado en las Condiciones Particulares. No son objeto de esta cobertura y, en consecuencia, no se indemnizarán, los perjuicios derivados de la pérdida o robo de los objetos mencionados o de su utilización indebida por terceras personas. Si como consecuencia de la pérdida, robo o simple extravío de las llaves de la vivienda habitual del Asegurado, durante el viaje garantizado por la presente póliza, el mismo tuviera necesidad de utilizar los servicios de un cerrajero para entrar en su vivienda al regreso de dicho viaje, ARAG tomará a su cargo los gastos ocasionados, previa presentación de factura, hasta el límite indicado en las Condiciones Particulares. Si durante el viaje se produce el robo, hurto o extravío de tarjetas bancarias o no bancarias, emitidas por entidades en España, ARAG, a petición del Asegurado, se compromete a solicitar su cancelación siempre que este facilite toda la información exigida por la entidad emisora de la tarjeta para efectuar dicho trámite. Cuando el hotel en el que se xxxxx xxxxxxx el Asegurado haya cobrado al mismo los gastos abonados como consecuencia de haber tenido que abrir o reparar el cofre y/o caja de seguridad de la que el Asegurado estaba haciendo uso, como consecuencia de haber perdido este la llave, ARAG se hará cargo de los mismos, contra la presentación de los oportunos justificantes y hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares. Si por cualquiera de las garantías asistenciales cubiertas por la presente póliza de Asistencia en Viaje, el Asegurado necesitara la presencia de un intérprete en una primera intervención, ARAG pondrá a su dis...
Adelanto de fondos monetarios en el extranjero. En caso de que el Asegurado no pueda obtener fondos económicos por los medios inicialmente previstos, tales como travel cheques, tarjetas de crédito, transferencia bancaria o similares, y esto se convierta en una imposibilidad para proseguir su viaje, ARAG adelantará, siempre que se le haga entrega de un aval o garantía que asegure el cobro del anticipo, hasta la cantidad máxima de 1.500 _. En cualquier caso las cantidades deberán ser devueltas en el plazo máximo de treinta días.
Adelanto de fondos monetarios en el extranjero. Registro Mercantil de Madrid, Tomo 36.775, Folio 116, Sección 8, Hoja M-658809, Inscripción 2, N.I.F. W0049001A. En caso de que el Asegurado no pueda obtener fondos económicos por los medios inicialmente previstos, tales como travel cheques, tarjetas de crédito, transferencia bancaria o similares, y esto se convierta en una imposibilidad para proseguir su viaje, ARAG adelantará, siempre que se le haga entrega de un aval o garantía que asegure el cobro del anticipo, hasta el límite indicado en las Condiciones Particulares de la póliza. En cualquier caso las cantidades deberán ser devueltas en el plazo máximo de treinta días.
Adelanto de fondos monetarios en el extranjero. En caso de que el Asegurado no pueda obtener fondos económicos por los medios inicialmente previstos, tales como travel cheques, tarjetas de crédito, transferencia bancaria o similares, y esto se convierta en una imposibilidad para proseguir su viaje, ARAG adelantará, siempre que se le haga entrega de un aval o garantíaque asegure el cobro del anticipo, hasta la cantidad máxima de 2.000 euros. En cualquier caso las cantidadesdeberán ser devueltas en el plazo máximo de treinta días. Se garantiza la indemnización por daños y pérdidas materiales del equipaje o efectos personales del Aseguradoen caso de robo, pérdida total o parcial debida al transportista o daños a consecuencia de incendio o agresión,ocurridos durante el transcurso del viaje, hasta un máximo de 600 euros en España, ó 900 euros en Europa ypaise ribereños del Mediterráneo, ó 1.200 euros en resto Mundo Las cámaras y complementos de fotografía, radiofonía, de registro de sonido o de la imagen, así como susaccesorios, quedan comprendidos hasta el 50% de la suma asegurada sobre el conjunto del equipaje. Para hacer efectiva la prestación en caso de robo, será necesaria la presentación previa de la denuncia ante lasautoridades competentes.
Adelanto de fondos monetarios en el extranjero. En caso de que el Asegurado no pueda obtener fondos económicos por los medios inicialmente previstos, tales como travel cheques, tarjetas de crédito, transferencia bancaria o similares, y esto se convierta en una imposibilidad para proseguir su viaje, ARAG adelantará, siempre que se le haga entrega de un aval o garantía que asegure el cobro del anticipo, hasta la cantidad máxima de 1.000 euros. En cualquier caso, las cantidades deberán ser devueltas en el plazo máximo de treinta días. ARAG pondrá a disposición del Asegurado un billete de transporte para el regreso a su domicilio en España, en caso de que éste deba interrumpir el viaje por daños graves en su residencia principal o en local profesional del Asegurado siempre que sea éste el explotador directo o ejerza una profesión liberal en el mismo, ocasionados por incendio, siempre que éste haya dado lugar a la intervención de los bomberos, robo consumado y denunciado a las autoridades policiales, o inundación grave, que haga imprescindible su presencia, no pudiendo ser solucionadas estas situaciones por familiares directos o personas de su confianza, siempre que el evento se haya producido después de la fecha de inicio del viaje. Asimismo, ARAG se hará cargo de un segundo billete para el transporte de la persona que acompañaba en su viaje al Asegurado que anticipó su regreso, siempre que esta segunda persona se encuentre a su vez asegurada por esta póliza.
Adelanto de fondos monetarios en el extranjero. En caso de que el Asegurado no pueda obtener fondos económicos por los medios inicialmente previstos, tales como travel cheques, tarjetas de crédito, transferencia bancaria o similares, y esto se convierta en una imposibilidad para proseguir su viaje, ARAG adelantará, siempre que se le haga entrega de un aval o garantía que asegure el cobro del anticipo, hasta el límite indicado en las Condiciones Particulares de la póliza. En cualquier caso las cantidades deberán ser devueltas en el plazo máximo de treinta días. Quedan amparados los gastos de gestión y obtención, debidamente justificados, ocasionados por sustitución, que el Asegurado haya de hacer por la pérdida o robo de tarjetas de crédito, cheques bancarios, de viaje, de gasolina, billetes de transporte, pasaporte o visados, que ocurran durante el viaje y estancias, hasta el límite indicado en las Condiciones Particulares.
Adelanto de fondos monetarios en el extranjero. En caso de que el Asegurado no pueda obtener fondos económicos por los medios inicialmente previstos, tales como travel cheques, tarjetas de crédito, transferencia bancaria o similares, y esto se convierta en una imposibilidad para proseguir su viaje, la compañía aseguradora adelantará, siempre que se le haga entrega de un aval o garantía que asegure el cobro del anticipo, hasta el límite indicado en las Condiciones Particulares de la póliza. En cualquier caso las cantidades deberán ser devueltas en el plazo máximo de treinta días. Si como consecuencia de la pérdida, robo o simple extravío de las llaves de la vivienda habitual del Asegurado, durante el viaje garantizado por la presente póliza, el mismo tuviera necesidad de utilizar los servicios de un cerrajero para entrar en su vivienda al regreso de dicho viaje, la compañía aseguradora tomará a su cargo los gastos ocasionados, previa presentación de factura, hasta el límite indicado en las Condiciones Particulares. Si durante el viaje se produce el robo, hurto o extravío de tarjetas bancarias o no bancarias, emitidas por entidades en España, la compañía aseguradora, a petición del Asegurado, se compromete a solicitar su cancelación siempre que este facilite toda la información exigida por la entidad emisora de la tarjeta para efectuar dicho trámite.
Adelanto de fondos monetarios en el extranjero. Registro Mercantil de Barcelona, Tomo 43.406, F. 203, H. B428.646, C.I.F. W-0049001A.