Common use of ALCANCE DE LA COBERTURA Clause in Contracts

ALCANCE DE LA COBERTURA. El alcance de la cobertura de la presente póliza por acuerdo de “LAS PARTES” establece como seguro que cubre “TODO BIEN, TODO RIESGO A PRIMER RIESGO”, de acuerdo a los límites por evento, sub límites, coberturas, deducibles y cláusulas de esta especificación, operando sólo con las exclusiones mencionadas en las condiciones especiales y particulares de cada sección de la póliza, siendo estas las únicas que aplicarán, quedando nulas todas aquellas que no sean consideradas dentro de estas condiciones. Las presentes condiciones únicas de operación regulan solamente el alcance de la cobertura, los bienes y riesgos que se señalan de manera enunciativa, más no limitativa, en las cláusulas correspondientes. Los riesgos serán agrupados por secciones a fin de facilitar los procedimientos administrativos de reclamación, legales y técnicos que dieran lugar, siendo las secciones las siguientes: Sección Ramo SECCIÓN I.- Daños Materiales (Inmuebles y Contenidos).

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ALCANCE DE LA COBERTURA. El alcance de la cobertura de la presente póliza por acuerdo de “LAS PARTES” establece como seguro que cubre “TODO BIEN, TODO RIESGO A PRIMER RIESGO”, de acuerdo a los límites por evento, sub límites, coberturas, deducibles y cláusulas de esta especificación, operando sólo con las exclusiones mencionadas en las condiciones especiales y particulares de cada sección de la póliza, siendo estas las únicas que aplicarán, quedando nulas todas aquellas que no sean consideradas dentro de estas condiciones. Las presentes condiciones únicas de operación regulan solamente el alcance de la cobertura, los bienes y riesgos que se señalan de manera enunciativa, más no limitativa, en las cláusulas correspondientes. Los riesgos serán agrupados por secciones a fin de facilitar los procedimientos administrativos de reclamación, legales y técnicos que dieran lugar, siendo las secciones las siguientes: Sección Ramo: SECCIÓN I.- Daños Materiales (Inmuebles y Contenidos).I. EDIFICIOS Y CONTENIDOS

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ALCANCE DE LA COBERTURA. El alcance de la cobertura de la presente póliza por acuerdo de “LAS PARTES” establece como seguro que cubre “TODO BIEN, TODO RIESGO A PRIMER RIESGO”, de acuerdo a los límites por evento, sub límites, coberturas, deducibles y cláusulas de esta especificación, operando sólo con las exclusiones mencionadas en las condiciones especiales y particulares de cada sección de la póliza, siendo estas las únicas que aplicarán, quedando nulas todas aquellas que no sean consideradas dentro de estas condiciones. Las presentes condiciones únicas de operación regulan solamente el alcance de la cobertura, los bienes y riesgos que se señalan de manera enunciativa, más no limitativa, en las cláusulas correspondientes. Los riesgos serán agrupados por secciones a fin de facilitar los procedimientos administrativos de reclamación, legales y técnicos que dieran lugar, siendo las secciones las siguientes: Sección Ramosiguientes secciones: SECCIÓN I.- Daños Materiales (Inmuebles y Edificios SECCIÓN II.- Contenidos). SECCIÓN III.- Pérdidas consecuenciales

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ALCANCE DE LA COBERTURA. El alcance de la cobertura de la presente póliza por acuerdo de “LAS PARTES” establece como seguro que cubre “TODO BIEN, TODO RIESGO A PRIMER RIESGO”, de acuerdo a los límites por evento, sub límites, coberturas, deducibles y cláusulas de esta especificación, operando sólo con las exclusiones mencionadas en las condiciones especiales y particulares de cada sección de la póliza, siendo estas las únicas que aplicarán, quedando nulas todas aquellas que no sean consideradas dentro de estas condiciones. Las presentes condiciones únicas de operación regulan solamente el alcance de la cobertura, los bienes y riesgos que se señalan de manera enunciativa, más no limitativa, en las cláusulas correspondientes. Los riesgos serán agrupados por secciones a fin de facilitar los procedimientos administrativos de reclamación, legales y técnicos que dieran lugar, siendo las secciones las siguientes: Sección Ramo: SECCIÓN I.- Daños Materiales (Inmuebles y Contenidos).

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ALCANCE DE LA COBERTURA. El alcance de la cobertura de la presente póliza por acuerdo de “LAS PARTES” establece como seguro que cubre “TODO BIEN, TODO RIESGO A PRIMER RIESGO”, de acuerdo a los límites por evento, sub límites, coberturas, deducibles y cláusulas de esta especificación, operando sólo con las exclusiones mencionadas en las condiciones especiales y particulares de cada sección de la póliza, siendo estas las únicas que aplicarán, quedando nulas todas aquellas que no sean consideradas dentro de estas condiciones. Las presentes condiciones únicas de operación regulan solamente el alcance de la cobertura, los bienes y riesgos que se señalan de manera enunciativa, más no limitativa, en las cláusulas correspondientes. Los riesgos serán agrupados por secciones a fin de facilitar los procedimientos administrativos de reclamación, legales y técnicos que dieran lugar, siendo las secciones las siguientes: Sección Ramo: SECCIÓN I.- Daños Materiales (Inmuebles y Contenidos). SECCIÓN II.- Rotura de Maquinaria.

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ALCANCE DE LA COBERTURA. El alcance de la cobertura de la presente póliza por acuerdo de “LAS PARTES” establece como seguro que cubre “TODO BIEN, TODO RIESGO A PRIMER RIESGO”, de acuerdo a los límites por evento, sub límites, coberturas, deducibles y cláusulas de esta especificación, operando sólo con las exclusiones mencionadas en las condiciones especiales y particulares de cada sección de la póliza, siendo estas las únicas que aplicarán, quedando nulas todas aquellas que no sean consideradas dentro de estas condiciones. Las presentes condiciones únicas de operación regulan solamente el alcance de la cobertura, los bienes y riesgos que se señalan de manera enunciativa, más no limitativa, en las cláusulas correspondientes. Los riesgos serán agrupados por secciones a fin de facilitar los procedimientos administrativos de reclamación, legales y técnicos que dieran lugar, siendo las secciones las siguientes: Sección Ramo SECCIÓN I.- Daños Materiales (Inmuebles y Contenidos).:

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