APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local creado por el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre. - Aprobación del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art. 5.4 del Real Decreto-Ley 9/2008): Sin perjuicio de los dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiación. Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local creado por el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre. - Aprobación del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art. 5.4 del Real Decreto-Ley 9/2008): Sin perjuicio de los lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiación. Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la Ley 30/2007. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión para el Empleo y la Sostenibilidad Local creado por el Real Decreto-Ley 9/200813/2009, de 28 26 de Noviembreoctubre. - Aprobación del Las obras han sido aprobadas por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial (artmediante Resolución de 3 de febrero de 2010. 5.4 del Real Decreto-Ley 9/2008): Sin perjuicio de los lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: - Real Decreto-Ley 9/200813/2009, de 28 26 de Noviembre octubre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiaciónla sostenibilidad local. - Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la Ley 30/2007 - Resolución de la Secretaría de Estado de cooperación Territorial de 2 de noviembre de 2009. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local creado por el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre. - Aprobación del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art. 5.4 del Real Decreto-Ley 9/2008): Sin perjuicio de los dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiación. Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la Ley 30/2007. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local creado por el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre. - Aprobación del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art. 5.4 del Real Decreto-Ley 9/2008): a la partida 04.1530.60102 Sin perjuicio de los lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: - Por el Real Decreto-Ley 9/2008Decreto Legislativo 3/2011, de 28 14 de Noviembre Noviembre, por el que se crea aprueba el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización Texto Refundido de la Economía y Ley de Contratos del Sector Público. (TRLCSP). - Por el Empleo y Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiaciónel Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - Por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx Xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicastécnicas particulares. - Los planosEl pliego de especificaciones técnicas generales de instalaciones municipales. - La memoria Planos. - Memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - La oferta del adjudicatario del contrato. - El documento en que se formalice el contrato. En caso de discrepancia entre lo establecido en este pliego y el de prescripciones técnicas, prevalecerá lo previsto en este Pliego, excepto en aquellas cuestiones y especificaciones de carácter técnico.
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión para el Empleo y la Sostenibilidad Local creado por el Real Decreto-Decreto –Ley 9/200813/2009, de 28 26 de NoviembreOctubre. - Aprobación del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art. 5.4 del Real Decreto-Ley 9/2008): Sin perjuicio de los dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: - Real Decreto-Ley 9/200813/2009 , de 28 26 de Noviembre Octubre, por el que se crea el Fondo fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiaciónla sostenibilidad local. - Real Decreto 817/2009, de 8 xx Xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público. - Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Ral Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, en lo que no se oponga a la ley 30/2007. - Resolución de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial de 2 de noviembre de 2009. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicastécnicas particulares. - Los planosEl Pliego de prescripciones técnicas generales de Instalaciones municipales. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 Planos: Plano de Reglamento General ubicación de la Ley Central, Plano Taquimétrico ubicación de Contratos la central, Plano de las Administraciones Públicas. la central y de la red Rev 1 - Memoria del plan director para la instalacío de la recogida neumática de RSU en los distritos 2 y 5 de Portugalete Rev 0 - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El proyecto técnico de ejecución que resulte aprobado por el órgano de contratación - La oferta del adjudicatario del contrato - El documento en que se formalice el contrato.
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión Empleo y Sostenibilidad Local creado por el Real Decreto-Ley 9/200813/2009, de 28 26 de Noviembre. Octubre : - Aprobación del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art. 5.4 13 del Real Decreto-Ley 9/200813/2009, de 26 de Octubre): Resolución de 5 xx xxxx de 2010. Sin perjuicio de los lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: - Real Decreto-Ley 9/200813/2009, de 28 26 de Noviembre Octubre, por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiaciónSostenibilidad Local. - Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la Ley 30/2007. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local creado por el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre. - Aprobación del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art. 5.4 del Real Decreto-Decreto- Ley 9/2008): Sin perjuicio de los lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiación. Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la Ley 30/2007. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local creado por el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre. - Aprobación del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art. 5.4 del Real Decreto-Ley 9/2008): Sin perjuicio de los lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiación. Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión para el Empleo y la Sostenibilidad Local creado por el Real Decreto-Ley 9/200813/2009, de 28 26 de Noviembreoctubre. - Aprobación del Secretario El presente gasto se configura con carácter anual atendiendo a su plazo de Estado de Cooperación Territorial (artduración y por estar prevista su ejecución durante el ejercicio 2010. 5.4 del Real Decreto-Ley 9/2008): Sin perjuicio de los lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: • Real Decreto-Ley 9/200813/2009, de 28 26 de Noviembre Octubre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y Sostenibilidad Local. • Resolución de 2 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se aprueba créditos extraordinarios el modelo para atender a su financiaciónla presentación de solicitudes y las condiciones para la tramitación de los recursos librados con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. • Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector PúblicoPúblico (LCSP). • Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP). • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGCAP). Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - • El pliego de prescripciones técnicas. - • Los planos. - • La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - • El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - • Los cuadros de precios. - • El documento en que se formalice el contrato.
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto en cuanto a la rehabilitación integral del Xxxxxxx xxx Xxxx, que comprende la ejecución de las obras correspondientes a la zona destinada al Mercado de productos en fresco y una zona contigua a ésta destinada a plaza cubierta con elementos ajardinados, se financia con cargo al Fondo Estatal Plan Especial de Apoyo a la Inversión Local Productiva en Municipios de la Comunitat Valenciana (2009-2011), creado por el Real Decreto-Ley 9/20081/2009, de 28 20 de Noviembrefebrero, del Consell. - Aprobación En virtud de lo dispuesto en el artículo 12.3 del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art. 5.4 del Real precitado Decreto-Ley 9/2008): Sin perjuicio Ley, la Resolución del titular de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo de autorización del proyecto, servirá de acreditación, a los dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Localesefectos previstos en el artículo 93, el contrato se regirá por las siguientes normas: Real Decreto-Ley 9/2008apartados 3 y 5, de 28 de Noviembre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiación. Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Reglamento general , de la Ley existencia y disponibilidad de Contratos crédito para la ejecución de las Administraciones Públicas Además obras. La autorización para su financiación por importe de 2.443.296,95€, como se ha puesto de manifiesto anteriormente, se efectúo por Resolución del presente pliego tendrán carácter contractual Conseller de Economía, Hacienda y Empleo (art. 6.4 del Decreto-Ley 1/2009, de 20 de febrero) de fecha 22 de diciembre de 2010, habilitándose el crédito correspondiente en la aplicación presupuestaria 14.02.02.431.20.6, con cargo a los siguientes documentos: - El pliego fondos consignados en la sección 20.03 “Planes Especiales de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria Apoyo” del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 Presupuesto de Reglamento General de gastos la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contratoGeneralitat.
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Samples: www.valencia.es
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local creado por el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre. - Aprobación del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art. 5.4 del Real Decreto-Ley 9/2008): Sin perjuicio de los dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiación. Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas 1 Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contratos De Obras
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto La acción se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión para el Empleo y la Sostenibilidad Local creado por el Real Decreto-Ley 9/200813/2009, de 28 26 de NoviembreOctubre. - Aprobación del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art. 5.4 13.2 del Real Decreto-Ley 9/200813/2009): 29 de enero de 2010. Sin perjuicio de los dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: 0 - Real Decreto-Ley 9/200813/2009, de 28 26 de Noviembre Octubre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiaciónla Sostenibilidad Local. -Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Reglamento general General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la Ley 30/2007. - Resolución de la Secretaria de Estado de Cooperación Territorial de 2 de noviembre de 2009. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: 0 - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.
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Samples: Contrato De Suministros
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión para el Empleo y Sostenibilidad Local creado por el Real Decreto-Ley 9/200813/2009, de 28 26 de NoviembreOctubre. - Aprobación del Secretario El presente gasto se configura con carácter anual atendiendo a su plazo de Estado de Cooperación Territorial (artduración y por estar prevista su ejecución durante el ejercicio 2010. 5.4 del Real Decreto-Ley 9/2008): Sin perjuicio de los lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: Real Decreto-Ley 9/200813/2009, de 28 26 de Noviembre Octubre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y Sostenibilidad Local. Resolución de 2 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se aprueba créditos extraordinarios el modelo para atender a su financiaciónla presentación de solicitudes y las condiciones para la tramitación de los recursos librados con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector PúblicoPúblico (LCSP). Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP). Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGCAP). Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto La acción se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión para el Empleo y la Sostenibilidad Local creado por el Real Decreto-Ley 9/200813/2009, de 28 26 de NoviembreOctubre. - Aprobación del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art. 5.4 13.2 del Real Decreto-Ley 9/200813/2009): 22 de enero de 2010. Sin perjuicio de los dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: 0 - Real Decreto-Ley 9/200813/2009, de 28 26 de Noviembre Octubre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiaciónla Sostenibilidad Local. -Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Reglamento general General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la Ley 30/2007. - Resolución de la Secretaria de Estado de Cooperación Territorial de 2 de noviembre de 2009. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: 0 - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.
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Samples: Contrato De Suministros
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El proyecto se financia con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local creado por el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre. - Aprobación del Secretario de Estado de Cooperación Territorial (art. 5.4 del Real Decreto-Ley 9/2008): ) Sin perjuicio de los lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas: - Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de Noviembre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo y aprueba créditos extraordinarios para atender a su financiación. - Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. - Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los contractual/os siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - Los planos. - La memoria del proyecto en el contenido que se determina en el artículo 128 de Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. - El programa de trabajo aceptado por el órgano de contratación. - Los cuadros de precios. - El documento en que se formalice el contrato.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contratos De Obras