ASIGNACIÓN DE COBERTURA A LAS OPERACIONES Cláusulas de Ejemplo

ASIGNACIÓN DE COBERTURA A LAS OPERACIONES. Las Operaciones Normales, que son aquellas que no tienen la consideración de Operaciones Especiales de acuerdo con lo previsto en la estipulación de DEFINICIONES, serán asignadas de forma automática la cobertura que se prevé en el apartado 5.1. anterior siempre que la SGR haya puesto a disposición de CERSA la información prevista en el apartado 9.1 y en el plazo previsto en el mismo. Esta cobertura podrá verse ajustada o denegada para que no se excedan los límites previstos en la estipulación 7, incluyendo los límites de ayudas permitidas. Las operaciones consideradas Operaciones Especiales, tal y como se definen en este Contrato, tendrán el porcentaje de cobertura que establezca CERSA de forma individualizada para cada una de ellas. En estas operaciones el reafianzamiento por parte de CERSA será potestativo, pudiendo denegar o aceptar la operación total o parcialmente y la cobertura que será como máximo la que les correspondiera de acuerdo con lo previsto en el apartado 5.1. y siempre que la SGR haya puesto a disposición de CERSA la información prevista en el apartado 9.1 y en el plazo previsto en el mismo. La información documental sobre cada una de las operaciones formalizadas prevista en el apartado 9.1 deberá estar permanentemente a disposición de CERSA ya que otra forma ésta podrá eliminar la cobertura a la operación. En el caso de que como consecuencia de una revisión por parte de CERSA del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad en cualquier momento posterior a la formalización se pusiera de manifiesto que la operación no era elegible para el reafianzamiento de CERSA en el momento de la formalización, por encontrarse en alguno de los supuestos de exclusión previstos en la estipulación 3, o no le correspondiera la tipología de operación que le fue asignada, de acuerdo con lo previsto en el apartado 5.1, la cobertura se verá eliminada o modificada. CERSA confirmará mensualmente a la SGR la cobertura asignada a cada una de las operaciones que tuvieran toda la información y aclaraciones solicitadas enviadas correctamente. La confirmación se enviará antes del último día natural de cada mes y estará referida a las operaciones formalizadas en el mes precedente al anterior al primero, esto es antes del 31 xx xxxx se confirmarán las coberturas de las operaciones que tuvieran toda la información completa formalizadas hasta el 31 xx xxxxx. En esa información mensual se indicarán asimismo las modificaciones de la cobertura de operaciones que se hubiera ...
ASIGNACIÓN DE COBERTURA A LAS OPERACIONES. 15 5.3 ASIGNACIÓN DE LAS OPERACIONES A PLANES Y PROGRAMAS ESPECÍFICOS DE APOYO 15 6. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE UNA OPERACIÓN 17 7. LÍMITES DEL REAFIANZAMIENTO Y OBJETIVOS DE SOSTENIBILIDAD .....................,, 19
ASIGNACIÓN DE COBERTURA A LAS OPERACIONES. 15 5.3 ASIGNACIÓN DE LAS OPERACIONES A PLANES Y PROGRAMAS ESPECÍFICOS DE APOYO 16