Asistencia básica Cláusulas de Ejemplo

Asistencia básica. BANCO POPULAR: Definido en el contrato principal del cual forma parte del presente documento.
Asistencia básica. BANCO POPULAR coordinará que el especialista presente simultáneamente al cliente y al SERVICIO de hogar el presupuesto y programa de ejecución. Además analizará y dará sus recomendaciones para que el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO decida en definitiva. Una vez que el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO haya aceptado el presupuesto por escrito, asumiendo la totalidad del costo de los trabajos a realizar (mano de obra, materiales, entre otros). Durante la ejecución de los trabajos, el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO podrá dirigirse a ASISTENCIA BÁSICA BANCO POPULAR, para señalar cualquier inconformidad o deficiencia con respecto a los SERVICIOS prestados, y ASISTENCIA BÁSICA BANCO POPULAR realizara el análisis respectivo con la empresa contratada para darle seguimiento a la inconformidad presentada por el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO. El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el “Anexo8”.
Asistencia básica. BANCO POPULAR no se hace responsable de las consecuencias derivadas de estas orientaciones en la interpretación de los resultados y/o segunda opinión médica y los gastos en que incurra el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO correrán por su propia cuenta. Queda entendido que el SERVICIO se prestará como una orientación en la interpretación y/o segunda opinión médica y siempre será requerido el chequeo personal con el médico para obtener un diagnóstico y/o plan de tratamiento. El AFILIADO Y/O BENEFICIARIO en todo momento deberá supervisar la prestación del SERVICIO. El excedente por evento, será cubierto por el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO con sus propios recursos El servicio aquí establecido se brindara de acuerdo a los montos y eventos máximos establecidos en el “Anexo 8”.
Asistencia básica. Es un servicio de ayuda a distancia en el ámbito doméstico que permite al Asegurado ponerse en contacto con un técnico cualificado con el fin de disponer de asistencia para el uso, soporte y resolución de incidencias y dudas en relación a aplicaciones, programas informáticos, servicios en Internet y equipos (tanto domésticos de sobremesa, portátiles, móviles tipo smartphone o tabletas) tal como se indica a continuación: - Configuración y actualización del sistema operativo de ordenadores personales de plataforma Intel o AMD, con sistemas operativos Windows. - Asistencia en el manejo, instalación y desinstalación, configuración y actualización de aplicaciones ofimáticas: Microsoft Office en sus distintas versiones que dispongan de soporte por parte del fabricante, excluyendo Microsoft Access. - Asistencia en el manejo, instalación y desinstalación, configuración y actualización de programas de correo de Microsoft de las familias Outlook, Outlook Express, Windows Live Mail recomendados por el fabricante para las versiones del sistema operativo Windows incluidas en el alcance de la presente cláusula. - Asistencia en el manejo, instalación y desinstalación, configuración y actualización de Navegadores Internet Explorer, Google Chrome y Firefox de Mozilla recomendados para las versiones del sistema operativo Windows incluidas en el alcance de la presente cláusula. - Asistencia en el manejo, instalación y desinstalación, configuración y actualización de programas antivirus: Xxxxxx, McAfee, Panda, AVAST, AVG. - Asistencia en el manejo, instalación y desinstalación, configuración y actualización de programas y utilidades multimedia. - Ayuda en la instalación de los siguientes periféricos de ámbito no profesional, con sus programas de control y utilidades: impresoras, escáneres y cámaras fotográficas. - Asistencia en el manejo, instalación, configuración y actualización de programas de lectura de ficheros PDF (Acrobat Reader). El servicio también incluye la asistencia en el uso personal, excluyendo el uso profesional, de equipos móviles tipo smartphone (teléfonos con acceso a la red de datos Internet) o tabletas en las siguientes eventualidades: - Asistencia en la configuración, y actualización de sistemas operativos Android e iOS. PÓLIZA DE SEGURO
Asistencia básica. De conformidad con las presentes condiciones y con sujeción a su cumplimento por parte del Cliente, la compra de una Licencia de Software facultará al Cliente para recibir "Asistencia básica", que será definida por iGrafx ocasionalmente y a su sola discreción. En esta fecha, iGrafx tiene establecido que la Asistencia básica faculta al Cliente para recibir (i) acceso gratuito a la autoayuda electrónica basada en web (es decir, a la Base de conocimientos y a otras herramientas en línea); y (ii) Asistencia técnica por correo electrónico durante el Período de Garantía. Esta asistencia sólo está disponible para la versión más actual del Software. iGrafx hará los esfuerzos razonables por atender las solicitudes, aunque es posible que no sea capaz de resolver todas las incidencias. iGrafx se compromete únicamente a ofrecer asistencia para el Software si éste se utiliza en las condiciones operativas adecuadas y junto con los sistemas de hardware, componentes y sistemas operativos para los que fue diseñado. iGrafx se reserva el derecho a modificar sus servicios de Asistencia básica en cualquier momento y sin previo aviso al Cliente.
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  • ASISTENCIA MÉDICA En caso de Accidente y/o Enfermedades, sobrevenidas con posterioridad al inicio del Viaje que impidan su normal prosecución, el “Prestador” tan pronto sea avisada, coordinará los contactos necesarios con su Departamento Médico para tomar las medidas conducentes a brindar los Servicios asistenciales necesarios. La coordinación será efectuada en todos los casos en que fuese requerida como primera asistencia, sin perjuicio de las exclusiones que pudiesen resultar aplicables y generasen la negativa a la prestación de los Servicios. Estos Servicios asistenciales comprenden:

  • ASISTENCIA Servicio permanente de 24 horas para la asistencia a las personas que el ASEGURADOR pone a disposición del ASEGURADO.

  • ASISTENCIA TÉCNICA Regiones

  • ASISTENCIA EN VIAJE Para los desplazamientos temporales al extranjero, el seguro tiene una cobertura de asistencia en viaje en todo el mundo, que se extiende hasta un máximo de 180 días por viaje o desplazamiento y cuyas coberturas se detallan en el Anexo I de estas condiciones generales. Unicamente se accede a estas coberturas llamando al número de teléfono +00 00 000 00 00.

  • Asistencia jurídica Las Empresas afectadas por el presente Xxxxxxxx, asumirán la asistencia legal de aquellos trabajadores que, en calidad de acusados o denunciantes, se vean incursos en procesos penales instruidos por ocasión de acciones realizadas en el cumplimiento de las funciones encomendadas por la Empresa, con independencia de que con posterioridad el trabajador cause baja en la misma, y ello siempre que hayan comunicado tal situación en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la primera comunicación, y en todo caso, con una antelación mínima de 48 horas a la celebración de la actuación judicial que haya de practicarse. En caso de incumplimiento por parte de la empresa de las obligaciones aquí establecidas, el trabajador tendrá derecho a repercutir a la empresa los honorarios del Abogado y Procurador –si fuera preceptiva su intervención- con los límites establecidos en los Criterios orientadores de Honorarios del Colegio Profesional correspondiente.

  • SERVICIOS DE ASISTENCIA los servicios que se prestan al Vehículo Asegurado y a los Beneficiarios de acuerdo a las presentes condiciones particulares y según las Coberturas contratadas en la carátula de la póliza.

  • Plus de asistencia Se fija un plus de asistencia por jornada completa de trabajo, cuya cuantía se determina en el anexo salarial adjunto y que se pagará proporcionalmente al número de horas realmente trabajadas.

  • EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 26.1.k) TRLCSP y 67.2.d RG)

  • Existencia de crédito Se dispone del crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones que se deriven para el órgano de contratación del cumplimiento del contrato hasta su conclusión. En caso de tramitación anticipada del gasto, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato. La consignación presupuestaria de las obligaciones económicas que derivan del presente contrato figura en la letra B del Cuadro de características del contrato.

  • Obligaciones laborales, sociales y de transparencia El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal.