Common use of ASISTENCIA LEGAL Clause in Contracts

ASISTENCIA LEGAL. El Servicio de Asistencia Legal previsto en estas bases, se proporcionará mediante la contratación de abogados que elija la aseguradora licitante, quienes deberán integrar para dichos efectos una red de servicio legal, y que deberán incluir en la propuesta técnica que entreguen. El Servicio de Asistencia Legal sólo operará para la República Mexicana. El Servicio de Asistencia Legal va ligado a la cobertura del seguro, de manera que, cuando dicho servicio esté previsto en la cobertura o en alguna extensión, los asegurados (excepto SHF) puedan hacer uso del mismo siempre que se presente en contra de ellos una reclamación en los términos establecidos en la póliza correspondiente, siendo aplicable a dicho Servicio de Asistencia las exclusiones establecidas para el Seguro. En este sentido, la red de abogados es una opción de los asegurados (excepto SHF), sujetos a los términos y condiciones que se detallan en este Anexo. Sin embargo, cuando el asegurado elija el uso de la red de abogados correspondiente, la aseguradora ganadora deberá garantizar que el servicio se proporcionará pudiendo establecer como único requisito, el cumplimiento a las obligaciones que se estipulan en el Apartado Técnico para con dicha firma de abogados (firma de contrato, sujeción al clausulado de la póliza, etc.) Cuando el Servicio de Asistencia Legal esté previsto en las coberturas o en las extensiones, los abogados deberán hacerse cargo del asunto, reclamación, procedimiento o juicio hasta su total conclusión, sin importar la fecha en que el juicio termine, sin que esto implique un costo adicional al asegurado, siempre que la reclamación se haya presentado por primera vez durante la vigencia de la póliza o durante el periodo extendido para notificaciones, en caso de que aplique. Para efectos de este requisito y con relación a la(s) firma(s) legal(es) que integra(n) el directorio de abogados, deberán presentar en su propuesta técnica lo siguiente: Nombre del despacho. Domicilio y teléfono de las oficinas principales y sucursales. Es requisito indispensable que tengan presencia a nivel nacional, con capacidad de trasladar en todo el territorio nacional. Dirección de Internet de la firma de abogados. Número de abogados titulados asignados a cada plaza o ciudad y responsable por oficina, especificando el Nº de abogados especialistas en cada materia. Descripción de la distribución geográfica que proponga la licitante, debiendo aclarar la región de cobertura o asignación de cada oficina. Es decir, deberá señalar cuales despachos darán atención a que Estado o ciudades. Carta suscrita por un representante del despacho en la que declare bajo protesta de decir verdad que, con su estructura actual, cuenta con la capacidad para atender hasta 1,500 reclamaciones y procedimientos al año, y que tiene experiencia en las materias administrativa, fiscal, civil, penal, entre otras, acompañando a dicha carta el currículum que demuestre su experiencia en dichas materias. Adicionalmente, en dicha carta el despacho manifestará que no tiene conflicto de intereses para defender o asistir a empleados de Sociedad Hipotecaria Federal y que se compromete a no aceptar asunto alguno que pueda derivar o generar conflicto de intereses. Como parte de este Servicio, por medio de la Red de abogados se deberá proveer un sistema de consultas relacionadas exclusivamente con la cobertura, de manera que cualquier persona física afectada podrá acudir a dicho servicio para efectos de solicitar apoyo o asistencia aun cuando no se haya formalizado la reclamación pero cuando existan elementos y/o se tenga la sospecha de que la misma se formulará. Para estos efectos, se deberá contar con un Centro de Atención Telefónica que canalizará la consulta al abogado adecuado según la naturaleza de la misma o eventual ubicación territorial.

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ASISTENCIA LEGAL. El Servicio de Asistencia y Defensa Legal previsto en estas bases, será a través de un Padrón de Abogados integrado por la compañía aseguradora, con abogados o licenciados en derecho contratados por dicha compañía a su discreción y bajo su responsabilidad, en apego a los artículos 18, 21, y 22 de los “Lineamientos Generales para la prestación de los Servicios de Asistencia y Defensa Legal a que se proporcionará mediante refieren las Leyes Orgánicas de las Sociedades Nacionales de Crédito y del Organismo Descentralizado que se Identifican”. Las contrataciones de dichos abogados o licenciados en derecho por las compañías aseguradoras no quedarán sujetas a las disposiciones de la contratación Ley de abogados que elija Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público ni de la aseguradora licitante, quienes deberán integrar demás normatividad relacionada a dicha materia. El ámbito de la Cobertura es Mundial. La Compañía Aseguradora integrará para dichos efectos una red de servicio legal, y misma que deberán deberá incluir en la propuesta técnica que entreguenentregue. El Servicio de Asistencia Legal sólo operará para la República Mexicana. El Servicio de Asistencia y Defensa Legal va ligado a la cobertura del seguro, de manera que, cuando dicho servicio esté previsto en la cobertura o en alguna extensión, los asegurados (excepto SHF) puedan hacer uso del mismo siempre que se presente en contra de ellos una reclamación en los términos establecidos en la póliza correspondiente, siendo aplicable a dicho Servicio de Asistencia las exclusiones establecidas para el Seguro. En este sentido, la red de abogados es una opción de los asegurados (excepto SHF), sujetos a los términos y condiciones que se detallan en este Anexo. Sin embargo, cuando el asegurado elija el uso de la red de abogados correspondiente, la aseguradora ganadora adjudicada deberá garantizar que el servicio se proporcionará pudiendo establecer como único requisito, el cumplimiento a las obligaciones que se estipulan en el Apartado Técnico para con dicha firma de abogados (firma de contrato, sujeción al clausulado de la póliza, etc.) Cuando el Servicio de Asistencia y Defensa Legal esté previsto en las coberturas o en las extensiones, los abogados deberán hacerse cargo del asunto, reclamación, procedimiento o juicio hasta su total conclusión, sin importar la fecha en que el juicio termine, sin que esto implique un costo adicional al asegurado, siempre que la reclamación se haya presentado por primera vez durante la vigencia de la póliza o durante el periodo extendido para notificaciones, en caso de que aplique. Para efectos de este requisito y con relación a la(s) firma(s) legal(es) que integra(n) el directorio de abogados, deberán presentar en su propuesta técnica lo siguiente: Nombre del despacho. Domicilio y teléfono de las oficinas principales y sucursales. Es requisito indispensable que tengan presencia a nivel nacional, con capacidad de trasladar en todo el territorio nacional. Dirección de Internet de la firma de abogados. Número de abogados titulados asignados a cada plaza o ciudad y responsable por oficina, especificando el Nº de abogados especialistas en cada materia. Descripción de la distribución geográfica que proponga la licitante, debiendo aclarar la región de cobertura o asignación de cada oficina. Es decir, deberá señalar cuales despachos darán atención a que Estado o ciudades. Carta suscrita por un representante del despacho en la que declare bajo protesta de decir verdad que, con su estructura actual, cuenta con la capacidad para atender hasta 1,500 reclamaciones y procedimientos al año, y que tiene experiencia en las materias administrativa, fiscal, civil, penal, entre otras, acompañando a dicha carta el currículum que demuestre su experiencia en dichas materias. Adicionalmente, en dicha carta el despacho manifestará que no tiene conflicto de intereses para defender o asistir a empleados de Sociedad Hipotecaria Federal y que se compromete a no aceptar asunto alguno que pueda derivar o generar conflicto de intereses. Como parte de este Servicio, por medio de la Red de abogados se deberá proveer un sistema de consultas relacionadas exclusivamente con la cobertura, de manera que cualquier persona física afectada podrá acudir a dicho servicio para efectos de solicitar apoyo o asistencia aun cuando no se haya formalizado la reclamación pero cuando existan elementos y/o se tenga la sospecha de que la misma se formulará. Para estos efectos, se deberá contar con un Centro de Atención Telefónica que canalizará la consulta al abogado adecuado según la naturaleza de la misma o eventual ubicación territorial.:

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ASISTENCIA LEGAL. El Servicio LA COMPAÑIA se compromete a asumir el costo razonable de Asistencia Legal previsto los honorarios profesionales o parte de los mismos, de un abogado idóneo para ejercer la profesión, que se requieran a consecuencia de un siniestro elegible bajo esta póliza, sujeto a los límites establecidos en estas basesel certificado póliza. Para ser beneficiario de esta cobertura, se proporcionará mediante la contratación de el Asegurado y/o el Conductor deberán otorgar los poderes a los abogados que elija la aseguradora licitante, quienes deberán integrar para dichos efectos una red de servicio legaldesignados por LA COMPAÑIA, y el no hacerlo, será considerado como un hecho que deberán incluir en ha obstaculizado el ejercicio de los derechos de ésta. Cualquier acción u omisión del Asegurado o del Conductor del Automóvil Asegurado que implique o dificulte la propuesta técnica actuación de la persona designada, liberará a LA COMPAÑIA de cualquier compromiso bajo esta cobertura, la cual podrá además repetir contra el Asegurado para obtener el resarcimiento de las cantidades que entreguense haya visto obligada a indemnizar. El Servicio Asegurado, releva a LA COMPAÑIA de cualquier responsabilidad por el resultado de las gestiones de la persona encargada de su Asistencia Legal sólo operará para Legal, así como de la República Mexicana. El Servicio de Asistencia Legal va ligado a la cobertura del seguro, de manera que, cuando dicho servicio esté previsto en la cobertura o en alguna extensión, los asegurados (excepto SHF) puedan hacer uso del mismo siempre que se presente en contra ocupe de ellos una reclamación en los términos establecidos en su defensa. LA COMPAÑIA será la póliza correspondienteúnica que podrá negociar, siendo aplicable ajustar o transar el monto a dicho Servicio de Asistencia las exclusiones establecidas para el Seguro. En este sentido, la red de abogados es una opción de los asegurados (excepto SHF), sujetos a los términos y condiciones que se detallan en este Anexo. Sin embargo, cuando el asegurado elija el uso de la red de abogados correspondiente, la aseguradora ganadora deberá garantizar que el servicio se proporcionará pudiendo establecer como único requisito, el cumplimiento a las obligaciones que se estipulan en el Apartado Técnico para con dicha firma de abogados (firma de contrato, sujeción al clausulado de la póliza, etc.) Cuando el Servicio de Asistencia Legal esté previsto en las coberturas o en las extensiones, los abogados deberán hacerse cargo del asunto, reclamación, procedimiento o juicio hasta su total conclusión, sin importar la fecha en que el juicio termine, sin que esto implique un costo adicional al asegurado, siempre que la reclamación se haya presentado por primera vez durante la vigencia de la póliza o durante el periodo extendido para notificaciones, pagar en caso de que aplique. Para efectos de este requisito y con relación a la(s) firma(s) legal(es) que integra(n) el directorio de abogados, deberán presentar en su propuesta técnica lo siguiente: Nombre del despacho. Domicilio y teléfono de las oficinas principales y sucursales. Es requisito indispensable que tengan presencia a nivel nacional, con capacidad de trasladar en todo el territorio nacional. Dirección de Internet de la firma de abogados. Número de abogados titulados asignados a cada plaza reclamo o ciudad y responsable por oficina, especificando el Nº de abogados especialistas en cada materia. Descripción de la distribución geográfica que proponga la licitante, debiendo aclarar la región de cobertura o asignación de cada oficina. Es decir, deberá señalar cuales despachos darán atención a que Estado o ciudades. Carta suscrita por un representante del despacho en la que declare bajo protesta de decir verdad que, con su estructura actual, cuenta con la capacidad para atender hasta 1,500 reclamaciones y procedimientos al añodemanda, y el Asegurado no podrá por cuenta de LA COMPAÑIA, asumir compromiso de pago alguno. En consecuencia, LA COMPAÑIA no será responsable ante el asegurado por ningún desembolso, gasto o reparación que tiene experiencia en éste haga o de cualquier persona natural o jurídica afectada, sin su conocimiento y consentimiento previo. En caso que el ASEGURADO, previa aceptación de LA COMPAÑIA designe a un abogado particular, no de los autorizados por esta última, el monto de los honorarios reconocidos será con base a lo usual y acostumbrado por pago de honorarios a los abogados autorizados. Con respecto al seguro proporcionado por esta póliza para las materias administrativa, fiscal, civil, penal, entre otras, acompañando a dicha carta el currículum que demuestre su experiencia en dichas materias. Adicionalmente, en dicha carta el despacho manifestará que no tiene conflicto de intereses para defender o asistir a empleados de Sociedad Hipotecaria Federal coberturas A y que se compromete a no aceptar asunto alguno que pueda derivar o generar conflicto de intereses. Como parte de este Servicio, por medio de la Red de abogados se deberá proveer un sistema de consultas relacionadas exclusivamente con la coberturaB, de manera que cualquier persona física afectada podrá acudir a dicho servicio para efectos de solicitar apoyo o asistencia aun cuando no se haya formalizado la reclamación pero cuando existan elementos y/o se tenga la sospecha de que la misma se formulará. Para estos efectosestas condiciones Generales, se deberá contar con un Centro de Atención Telefónica que canalizará la consulta al abogado adecuado según la naturaleza de la misma o eventual ubicación territorial.LA COMPAÑIA:

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