RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS Cláusulas de Ejemplo

RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS. Esta cobertura ampara: La Responsabilidad Civil en que incurra el Asegurado o cualquier persona que con su consentimiento expreso o tácito use el Vehículo y que, a consecuencia de dicho uso, cause daños materiales a Terceros en sus bienes y/o cause lesiones corporales o la muerte a Terceros, incluyendo la Indemnización por daño moral que en su caso legalmente corresponda. En adición y hasta por una cantidad igual al límite máximo de responsabilidad, esta cobertura se extiende a cubrir los gastos y costos a que fuere condenado el Asegurado o cualquier persona que con su consentimiento expreso o tácito use el Vehículo, en caso de juicio civil seguido en su contra con motivo de su Responsabilidad Civil. El límite máximo de responsabilidad de la Compañía para esta sección se establece en la carátula de la Póliza y opera como Suma Asegurada única para los diversos riesgos descritos en los párrafos anteriores. Para determinar el grado de reparación de los Daños se aplicarán en orden de prelación las leyes específicas en materia de movilidad, estatales o federales, a falta de ellas se serán aplicables las leyes o reglamentos de tránsito, y en ausencia de ambas, las reglas del Código Civil del estado de la República en donde haya ocurrido el hecho. La documentación contractual que integra este producto, está registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 36, 36-A, 36-B, y 36-D de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, bajo el(los) registro(s) número CGEN-S0048-0061-2015 de fecha 27 xx xxxxx de 2015. Cantidad o porcentaje establecido en la Póliza cuyo importe, para este Contrato de Seguro se establece como fijo, por lo que no podrá modificarse durante la vigencia del presente Contrato. La Compañía gestionará el Siniestro sin condicionar, frente al Tercero sin condicionar el pago del Deducible. Sin perjuicio de lo anterior, la Compañía podrá rechazar el Siniestro si resulta aplicable alguna de las causas de exclusión prevista en la Póliza o previstas en la ley aplicable. Índice 12
RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS. ESTA COBERTURA AMPARA LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN QUE INCURRA EL ASEGURADO O CUALQUIER PERSONA QUE, CON SU CONSENTIMIENTO EXPRESO O TÁCITO USE EL VEHÍCULO Y QUE A CONSECUENCIA DE DICHO USO CAUSE DAÑOS MATERIALES A TERCEROS EN SUS BIENES Y/O CAUSE LESIONES CORPORALES O LA MUERTE A TERCEROS QUE NO SEAN OCUPANTES DEL VEHÍCULO ASEGURADO, INCLUYENDO LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL QUE EN SU CASO LEGALMENTE CORRESPONDA. EN ADICIÓN Y HASTA POR UNA CANTIDAD IGUAL AL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD, ESTA COBERTURA SE EXTIENDE A CUBRIR LOS GASTOS Y COSTAS A QUE FUERE CONDENADO EL ASEGURADO O CUALQUIER PERSONA QUE CON SU CONSENTIMIENTO EXPRESO O TÁCITO USE EL VEHÍCULO, EN CASO DE JUICIO CIVIL SEGUIDO EN SU CONTRA CON MOTIVO DE SU RESPONSABILIDAD CIVIL. EL LÍMITE MÁXIMO DE RESPONSABILIDAD DE LA ASEGURADORA PARA ESTA COBERTURA, SE ESTABLECE EN LA TABLA DE COBERTURAS Y OPERA COMO SUMA ASEGURADA ÚNICA PARA LOS DIVERSOS RIESGOS QUE SE AMPARAN EN ESTA COBERTURA.
RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS. I. Responsabilidad Civil en Límite Único y Combinado (LUC). En caso de estar descrita como amparada en la carátula de la póliza, esta Cobertura ampara la Responsabilidad Civil en la que incurra el Asegurado o cualquier persona que, con su consentimiento expreso o tácito, utilice el Vehículo Asegurado y que, a consecuencia de dicho uso, cause alguno de los siguientes tipos de daño:
RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS. La responsabilidad civil por daños a terceros queda cubierta de conformidad con lo señalado en el numeral 3 (RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS) de la cláusula primera (ESPECIFICACIONES DE COBERTURA), de la póliza de seguro sobre camiones residentes.
RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS. (Responsabilidad Civil en sus Bienes y Personas XXX)
RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS. Esta cobertura ampara la responsabilidad civil en que incurra el Asegurado o cualquier persona que, con su consentimiento expreso o tácito, utilice el Vehículo y que a consecuencia de dicho uso cause daños materiales a terceros en sus bienes y/o cause lesiones corporales o la muerte a terceros, incluyendo la indemnización por daño moral que en su caso legalmente corresponda. Asimismo, para el caso de automóviles y pickups de uso particular, estará cubierta las Responsabilidad Civil por Daños a Terceros que causen las adaptaciones denominadas tumbaburro, tirón o la base de soporte para el tirón siempre y cuando las mismas sean mecanismos especialmente diseñados para tal fin. Dentro del límite máximo de responsabilidad contratado, esta cobertura se extiende a cubrir los gastos y costas a que fuere condenado el Asegurado o cualquier persona que con su consentimiento expreso o tácito use el Vehículo, en caso de juicio civil seguido en su contra con motivo de su responsabilidad civil.
RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS. I.RESPONSABILIDAD CIVIL EN LÍMITE ÚNICO Y COMBINADO (LUC)
RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS. Esta cobertura ampara la responsabilidad civil en que incurra el Asegurado o cualquier persona que, con su consentimiento expreso o tácito use el vehículo y que a consecuencia de dicho uso cause daños materiales a terceros en sus bienes y/o cause lesiones corporales o la muerte a terceros que no sean ocupantes del vehículo asegurado, incluyendo la indemnización por daño moral que en su caso legalmente corresponda. En adición y hasta por una cantidad igual al límite máximo de responsabilidad, esta cobertura se extiende a cubrir los gastos y costas a que fuere condenado el Asegurado o cualquier persona que con su consentimiento expreso o tácito use el vehículo, en caso de juicio civil seguido en su contra con motivo de su responsabilidad civil. El límite máximo de responsabilidad de la Aseguradora para esta cobertura, se establece en la tabla de coberturas y opera como suma asegurada única para los diversos riesgos que se amparan en esta cobertura.
RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS. Gastos Médicos Ocupantes.
RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS. I. Responsabilidad Civil en Límite Único y Combinado (LUC).