Categorías profesionales. Artículo 20.-NIVELES PROFESIONALES. Jefe xx Xxxx. Jefe xx Xxxx. Cajero. Locutor-Vendedor, Admisión, control, administrativo. Servicios complementarios; Auxiliar administrativo, Aparcacoches, Vigilantes, Porteros y Limpiadoras. La categoría de Auxiliar xx Xxxx, pasa a integrarse en la de Locutor Vendedor. Artículo 21.-DEFINICIÓN DE LAS CATEGORÍAS. Jefe xx xxxx, ejercerá la dirección y control general del funcionamiento de la sala, adoptando las decisiones rela- tivas a la marcha de las distintas operaciones, de acuerdo con las normas técnicas del Bingo, y marcando el ritmo adecuado a aquellos: cuidará del correcto funcionamiento de todos los aparatos, instalaciones y servicios, ejercerá la jerarquía sobre todo el personal al servicio de la sala; será el responsable de la correcta llevanza de la contabili- dad especifica del juego, así como la tenencia y custodia en la propia sala, de las autorizaciones precisas para su funcionamiento, y de la documentación relativa al perso- nal. Asimismo, el Jefe xx Xxxx, ostentará la representación de la entidad titular de la autorización, o en su caso de la empresa de servicios que gestione el juego, tanto frente a los jugadores, como ante los agentes de la autoridad, a menos que dicha representación, se halle atribuida a otra persona, y esta se encuentre presente en la sala. Jefe xx xxxx, será el responsable de la comprobación de las bolas y cartones; llevará la contabilidad de los car- tones vendidos para cada jugada o sorteo, efectuará la determinación de los premios de línea o bingos; compro- bará los cartones premiados, informando efectivamente de todo ello a los jugadores; será el responsable y custo- dio del libro de actas y de registro, y llevará el control del sual. Locutor vendedor, realizará la venta directa de los car- tones y la recaudación de su importe, que entregará junto con los cartones sobrantes al cajero; retirará de la mesa antes de efectuar la venta de los nuevos cartones, los uti- lizados por los jugadores en la jugada anterior, y repasará las series dentro de su jornada laboral. En su turno de locutor, pondrá en funcionamiento la maquina cuando se inicie la jugada; leerá en voz alta el número de bola según el orden de salida; apagará la máquina al finalizar el juego, y abonará a los jugadores el importe de línea y bingo. Cuando realice la labor de locución, no realizará la función de venta de cartones, aunque podrá colaborar en otras funciones dentro de la sala. Admisión y control, será el encargado de controlar la entrada de jugadores en la sala de juego, comprobando que el carnet, corresponde a la persona que lo presente, e impidiendo la entrada a las personas que lo tuvieran prohi- xxxx, dando cuenta al jefe xx xxxx de los incidentes. Tendrá asimismo, como misión, la llevanza del fichero de visitantes y su actualización. Administrativos, se comprenden en esta categoría los trabajadores de una empresa de juego de bingo, con fun- ciones ajenas a la actividad del juego propiamente dicha, quedando referida a servicio de oficina, documentación, contabilidad, cobros o pagos a proveedores, gestiones ante organismos oficiales, etc., generalmente al margen del horario en que se desarrolla el juego del bingo, y sin que les sea exigido el carnet profesional o permiso admi- nistrativo de ninguna clase. Juego del Bingo.
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Samples: Convenio Colectivo
Categorías profesionales. Artículo 20.-NIVELES PROFESIONALES. Jefe xx Xxxx. Jefe xx Xxxx. Cajero. Locutor-VendedorLa clasificación profesional del personal consignada en el presente Convenio Colectivo General es meramente enunciativa y no implica que se hayan de tener previstos todos los grupos profesionales y dentro de ellos las divisiones orgánicas y funcionales, Admisiónni que se hayan de tener provistas este si las necesidades y el volumen de las empresas no lo requieren, control, administrativo. Servicios complementarios; Auxiliar administrativo, Aparcacoches, Vigilantes, Porteros y Limpiadoras. La categoría de Auxiliar xx Xxxx, pasa a integrarse siempre que las funciones que se recogen para cada una no se desarrollen en la empresa. Con respecto a las categorías se estará a la regulación establecida por el actual convenio colectivo estatal de Locutor Vendedor. Artículo 21.-DEFINICIÓN DE LAS CATEGORÍAS. Jefe ambulancias o los que le sustituyan, por no ser competencias negóciales en ámbitos inferiores, pero deberá tener en cuenta lo regulado en el Real Decreto 836/2012 de 25 xx xxxx, ejercerá la dirección y control general del funcionamiento de la salael Real Xxxxxxx 000/0000, adoptando las decisiones rela- tivas a la marcha de las distintas operaciones, de acuerdo con las normas técnicas del Bingo, y marcando el ritmo adecuado a aquellos: cuidará del correcto funcionamiento de todos los aparatos, instalaciones y servicios, ejercerá la jerarquía sobre todo el personal al servicio de la sala; será el responsable de la correcta llevanza de la contabili- dad especifica del juego, así como la tenencia y custodia en la propia sala, de las autorizaciones precisas para su funcionamiento, y de la documentación relativa al perso- nal. Asimismo, el Jefe xx Xxxx, ostentará la representación de la entidad titular de la autorización, o en su caso de la empresa de servicios que gestione el juego, tanto frente a los jugadores, como ante los agentes de la autoridad, a menos que dicha representación, se halle atribuida a otra persona, y esta se encuentre presente en la sala. Jefe 00 xx xxxx, será Real Decreto 1397/2007, de 29 de octubre. El personal incluido en el responsable ámbito de aplicación de este Convenio Colectivo General se estructura en base a los siguientes grupos profesionales, en atención a las funciones primordiales que realizan.
a) Personal Superior y Técnico.
b) Personal Administrativo e Informático.
c) Personal de Explotación. Definición de los Grupos Profesionales y descripción de sus funciones. Personal Superior y Técnico. El grupo profesional del personal Superior y Técnico comprende quienes estén en posesión de un título superior y/o de grado medio, con diplomaturas de centros docentes de enseñanza laboral o profesional homologados, o los que careciendo de titulación acreditan preparación derivada de la comprobación de las bolas práctica continuada, han sido contratados para ejercer funciones y cartones; llevará la contabilidad de los car- tones vendidos para cada jugada o sorteoresponsabilidades sobre organización, efectuará la determinación de los premios de línea o bingos; compro- bará los cartones premiadosexplotación, informando efectivamente de todo ello a los jugadores; será el responsable y custo- dio del libro de actas y de registro, y llevará el control del sual. Locutor vendedor, realizará la venta directa de los car- tones y la recaudación de su importe, que entregará junto con los cartones sobrantes al cajero; retirará de la mesa antes de efectuar la venta de los nuevos cartones, los uti- lizados por los jugadores en la jugada anterior, y repasará las series dentro de su jornada laboral. En su turno de locutor, pondrá en funcionamiento la maquina cuando se inicie la jugada; leerá en voz alta el número de bola según el orden de salida; apagará la máquina al finalizar el juego, y abonará a los jugadores el importe de línea y bingo. Cuando realice la labor de locución, no realizará la función de venta de cartones, aunque podrá colaborar en otras funciones dentro de la sala. Admisión y control, será el encargado de controlar la entrada de jugadores en la sala de juego, comprobando que el carnet, corresponde a la persona que lo presente, e impidiendo la entrada a las personas que lo tuvieran prohi- xxxx, dando cuenta al jefe xx xxxx de los incidentes. Tendrá asimismo, como misión, la llevanza del fichero de visitantes y su actualización. Administrativos, se comprenden en esta categoría los trabajadores de una empresa de juego de bingo, con fun- ciones ajenas a la actividad del juego propiamente dicha, quedando referida a servicio de oficina, documentación, contabilidad, cobros o pagos a proveedores, gestiones ante organismos oficialesadministración, etc., generalmente en el ámbito de la empresa. Lo constituyen las siguientes categorías profesionales: Director/a de Área: Es el que en los servicios centrales de la empresa está al margen del horario frente de uno de los departamentos o áreas específicas en que se desarrolla el juego del bingopuede estructurar esta, y sin que les sea exigido el carnet profesional o permiso admi- nistrativo dependiendo directamente de ninguna clase. Juego del Bingola Dirección de la Empresa.
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Samples: Convenio Colectivo
Categorías profesionales. Artículo 20.-NIVELES PROFESIONALESEn la provisión de vacantes en régimen de ascenso, de cada cuatro ascensos, tres se proveerán por decisión de la empresa basada en evaluaciones profesionales, y uno por antigüedad. Jefe xx XxxxEl ascenso motivado por antigüedad será el que inicie el ciclo de ascensos. Jefe xx XxxxLas categorías afectadas por el sistema de ascensos por categorías profesionales establecido en el presente artículo son las siguientes:
1. CajeroOperarios: especialista, oficial 3.ª, oficial 2.ª y oficial 1.ª
2. Locutor-Vendedor, Admisión, control, administrativo. Servicios complementarios; Administrativos y asimilados:
a. Auxiliar administrativo, Aparcacochesoficial 2.ª administrativo y oficial 1.ª administrativo.
b. Auxiliar de organización, Vigilantestécnico de organización de 2.ª y técnico de organización de 1.ª
c. Delineante de 2.ª, Porteros delineante de 1.ª y Limpiadorasdelineante proyectista. La Los porcentajes mínimos de operarios serán al menos el 25% de oficiales 1.ª y un 60% de oficiales de 1.ª y 2.ª en conjunto, siendo el resto oficiales de 3.ª y especialistas, tomando como ámbitos de aplicación las direcciones de zona, las fábricas y Servicios Centrales (PDC). Para alcanzar los porcentajes mínimos de operarios señalados en el párrafo anterior, durante la vigencia del presente Convenio, se establecen los siguientes incrementos anuales de categorías: – Si se han alcanzado los porcentajes mínimos: – De oficial 3.ª a oficial 2.ª: un 7,5%. – De oficial 2.ª a oficial 1.ª: un 7,5%. cve: BOE-A-2012-2203 – Si no se han alcanzado los porcentajes mínimos: – De oficial 3.ª a oficial 2.ª: un 10%. – De oficial 2.ª a oficial 1.ª: un 10%. Todos los operarios que tengan la categoría profesional de «especialista», serán ascendidos automáticamente a oficial 3ª a los seis meses desde su contratación. No obstante, su director podrá retrasar el ascenso hasta los doce meses, si a su juicio, considerara que el operario no reúne los requisitos necesarios para su ascenso, informando al Comité de Empresa en tal caso. Los auxiliares administrativos y asimilados con más de cinco años de antigüedad de servicios tendrán la categoría de Auxiliar oficiales 2.ª. Para el colectivo de administrativos y asimilados mencionados en este artículo, la Dirección se compromete a conceder anualmente un 2% de ascensos a nivel de empresa.
Disposición adicional I. Con efectos de 1 de enero de 2011 se aplicará en todos sus términos el acuerdo entre la Dirección del centro de trabajo xx XxxxXxxxxx Xxxxxx, pasa 73 y el Comité de Empresa, de cuyo texto íntegro hizo entrega a integrarse la Mesa Negociadora en el año 1988, según consta en la de Locutor Vendedor. Artículo 21.-DEFINICIÓN DE LAS CATEGORÍAS. Jefe xx xxxx, ejercerá la dirección y control general Disposición Adicional I del funcionamiento de la sala, adoptando las decisiones rela- tivas a la marcha de las distintas operaciones, de acuerdo con las normas técnicas del Bingo, y marcando el ritmo adecuado a aquellos: cuidará del correcto funcionamiento de todos los aparatos, instalaciones y servicios, ejercerá la jerarquía sobre todo el personal al servicio de la sala; será el responsable de la correcta llevanza de la contabili- dad especifica del juego, así como la tenencia y custodia en la propia sala, de las autorizaciones precisas para su funcionamiento, y de la documentación relativa al perso- nal. Asimismo, el Jefe xx Xxxx, ostentará la representación de la entidad titular de la autorización, o en su caso de la empresa de servicios que gestione el juego, tanto frente a los jugadores, como ante los agentes de la autoridad, a menos que dicha representación, se halle atribuida a otra persona, y esta se encuentre presente en la sala. Jefe xx xxxx, será el responsable de la comprobación de las bolas y cartones; llevará la contabilidad de los car- tones vendidos para cada jugada o sorteo, efectuará la determinación de los premios de línea o bingos; compro- bará los cartones premiados, informando efectivamente de todo ello a los jugadores; será el responsable y custo- dio del libro de actas y de registro, y llevará el control del sual. Locutor vendedor, realizará la venta directa de los car- tones y la recaudación de su importe, que entregará junto con los cartones sobrantes al cajero; retirará de la mesa antes de efectuar la venta de los nuevos cartones, los uti- lizados por los jugadores en la jugada anterior, y repasará las series dentro de su jornada laboral. En su turno de locutor, pondrá en funcionamiento la maquina cuando se inicie la jugada; leerá en voz alta el número de bola según el orden de salida; apagará la máquina al finalizar el juego, y abonará a los jugadores el importe de línea y bingo. Cuando realice la labor de locución, no realizará la función de venta de cartones, aunque podrá colaborar en otras funciones dentro de la sala. Admisión y control, será el encargado de controlar la entrada de jugadores en la sala de juego, comprobando que el carnet, corresponde a la persona que lo presente, e impidiendo la entrada a las personas que lo tuvieran prohi- xxxx, dando cuenta al jefe xx xxxx de los incidentes. Tendrá asimismo, como misión, la llevanza del fichero de visitantes y su actualización. Administrativos, se comprenden en esta categoría los trabajadores de una empresa de juego de bingo, con fun- ciones ajenas a la actividad del juego propiamente dicha, quedando referida a servicio de oficina, documentación, contabilidad, cobros o pagos a proveedores, gestiones ante organismos oficiales, etcmismo año., generalmente al margen del horario en que se desarrolla el juego del bingo, y sin que les sea exigido el carnet profesional o permiso admi- nistrativo de ninguna clase. Juego del Bingo.
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Samples: Convenio Colectivo
Categorías profesionales. Artículo 20.-NIVELES PROFESIONALES22. Jefe xx Xxxx. Jefe xx Xxxx. Cajero. Locutor-Vendedor, Admisión, control, administrativo. Servicios complementarios; Auxiliar administrativo, Aparcacoches, Vigilantes, Porteros y LimpiadorasAyudantes (Ay).
1. La categoría finalidad principal de Auxiliar xx Xxxx, pasa a integrarse en los contratos como ayudante será completar la de Locutor Vendedor. Artículo 21.-DEFINICIÓN DE LAS CATEGORÍAS. Jefe xx xxxx, ejercerá la dirección y control general del funcionamiento formación docente e investigadora de la sala, adoptando las decisiones rela- tivas a persona que obtenga la marcha de las distintas operaciones, de acuerdo plaza. Para poder concursar será necesario que quienes concurran cuenten con la admisión o con las normas técnicas condiciones necesarias para su admisión en los estudios de doctorado.
2. Su dedicación será a tiempo completo.
3. Su aportación a las tareas docentes del Bingo, y marcando el ritmo adecuado a aquellos: cuidará del correcto funcionamiento área de todos los aparatos, instalaciones y servicios, ejercerá conocimiento al que esté adscrita la jerarquía sobre todo el personal al servicio de la sala; será el responsable de la correcta llevanza de la contabili- dad especifica del juegoplaza, así como su distribución, será la tenencia y custodia que se determine por el departamento correspondiente, sin que en ningún caso su colaboración pueda superar la propia sala, dedicación de las autorizaciones precisas para su funcionamiento, 60 horas anuales de índole práctica y de 2 horas por semana de asistencia al estudiantado.
4. Quienes concurran deberán presentar informe de vida laboral actualizado o, en su defecto, certificación expedida por la documentación relativa al perso- nal. Asimismo, el Jefe xx Xxxx, ostentará la representación Tesorería de la entidad titular Seguridad Social de no contar con la autorización, o en su afiliación a ésta. En el caso de la empresa contrataciones previas en alguna universidad, deberá adjuntar hoja de servicios que gestione actualizada.
5. La duración efectiva del contrato será de cinco años improrrogable. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, paternidad y adopción o acogimiento durante el juegoperio- do de duración del contrato, tanto frente a los jugadores, como ante los agentes de la autoridad, a menos que dicha representación, se halle atribuida a otra persona, y esta se encuentre presente en la salainterrumpirán su cómputo. Jefe xx xxxx, será el responsable de la comprobación de las bolas y cartones; llevará la contabilidad de los car- tones vendidos para cada jugada o sorteo, efectuará la determinación de los premios de línea o bingos; compro- bará los cartones premiados, informando efectivamente de todo ello a los jugadores; será el responsable y custo- dio del libro de actas y de registro, y llevará el control del sual. Locutor vendedor, realizará la venta directa de los car- tones y la recaudación de su importe, que entregará junto con los cartones sobrantes al cajero; retirará de la mesa antes de efectuar la venta de los nuevos cartones, los uti- lizados por los jugadores en la jugada anterior, y repasará las series dentro de su jornada laboral. En su turno de locutor, pondrá en funcionamiento la maquina cuando se inicie la jugada; leerá en voz alta el número de bola según el orden de salida; apagará la máquina al finalizar el juego, y abonará a los jugadores el importe de línea y bingo. Cuando realice la labor de locución, no realizará la función de venta de cartones, aunque podrá colaborar en otras funciones dentro de la sala. Admisión y control, será el encargado de controlar la entrada de jugadores en la sala de juego, comprobando que el carnet, corresponde a Si la persona que lo presente, e impidiendo la entrada a las personas que lo tuvieran prohi- xxxx, dando cuenta al jefe xx xxxx de los incidentes. Tendrá asimismo, haya ganado el concurso ya ha estado contratada como misiónayudante en alguna universidad previamente, la llevanza del fichero Universidad de visitantes Extremadura le ofrecerá un contrato de duración correspondiente al tiempo que le quede hasta los 5 años contemplados para esta figura, siempre y su actualizacióncuando reste más de un año. AdministrativosEn cualquier caso, se comprenden el tiempo total de duración conjunta entre esta figura contractual y la de PAD, en esta categoría los trabajadores la misma o distinta universidad, no podrá exceder de una empresa de juego de bingo, con fun- ciones ajenas a la actividad del juego propiamente dicha, quedando referida a servicio de oficina, documentación, contabilidad, cobros o pagos a proveedores, gestiones ante organismos oficiales, etcocho años., generalmente al margen del horario en que se desarrolla el juego del bingo, y sin que les sea exigido el carnet profesional o permiso admi- nistrativo de ninguna clase. Juego del Bingo.
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Samples: Ii Convenio Colectivo De Personal Docente E Investigador Laboral De La Universidad De Extremadura
Categorías profesionales. Artículo 20.-NIVELES PROFESIONALESAl objeto de dar cumplimento a lo establecido en el Art. Jefe xx Xxxx22.1 del Estatuto de los Trabajadores, las partes acuerdan la constitución de una Comisión Paritaria en los dos meses siguientes a la firma del convenio. Jefe xx XxxxEl objeto de dicha Comisión será negociar y acordar un nuevo sistema de Clasificación Profesional basado en Grupos Profesionales que encuadre a la totalidad de los trabajadores afectados por el convenio. Cajero. Locutor-Vendedor, Admisión, control, administrativo. Servicios complementarios; Auxiliar administrativo, Aparcacoches, Vigilantes, Porteros y Limpiadoras. La categoría Dicho sistema deberá ser acordado en el plazo de Auxiliar xx Xxxx, pasa do- ce meses a integrarse en contar desde la fecha de Locutor Vendedor. Artículo 21.-DEFINICIÓN DE LAS CATEGORÍAS. Jefe xx xxxx, ejercerá la dirección y control general del funcionamiento constitución de la sala, adoptando las decisiones rela- tivas citada Comisión.
1) Vendedor Autoventa. Es quién se ocupa de efectuar la distribución a la marcha de las distintas operaciones, de acuerdo con las normas técnicas del Bingo, y marcando el ritmo adecuado a aquellos: cuidará del correcto funcionamiento de todos los aparatos, instalaciones y servicios, ejercerá la jerarquía sobre todo el personal al servicio clientes de la sala; será empresa, conduciendo el responsable ve- hículo apropiado que se le asigne, efectuando los trabajos de carga y descarga del mis- mo, cobro y liquidación de la correcta llevanza mercancía, registros y anotaciones de promoción de pro- ductos, prospección de clientes, introducción y venta de nuevos productos y colocación de la contabili- dad especifica publicidad, informando diariamente a sus supervisores de su gestión, responsabili- zándose del juego, así como la tenencia mantenimiento y custodia conservación de su vehículo. Niveles:
a) Vendedor 1. Es el vendedor con autoventa que acredita una antigüedad en la propia sala, el puesto menor de las autorizaciones precisas un año.
b) Vendedor 2. Es el vendedor con autoventa que acredita una antigüedad en dicho pues- to de un año.
c) Vendedor 3. Es el vendedor con autoventa que acredita una antigüedad en el puesto superior a dos años.
2) Vendedor xx xxxxxxx. Es el vendedor con autoventa contratado especialmente para su funcionamiento, cubrir unas rutas nuevas o no consolidadas y/o para campañas especiales.
3) Merchandiser o rellenador de expositores. Es quien conduciendo una furgoneta efectúa los trabajos de carga y descarga de la documentación relativa al perso- nal. Asimismomis- ma, el Jefe xx Xxxx, ostentará la representación de la entidad titular de la autorización, o en su caso visita a los clientes de la empresa que le son asignados y repone el producto en el material de servicios exhibición que gestione se le indica, etiquetando el juego, tanto frente a los jugadores, como ante los agentes PVP y siguiendo las normas de la autoridad, empresa en cuanto a menos que dicha representación, se halle atribuida a otra persona, exhibición y esta se encuentre presente en la sala. Jefe xx xxxx, será el responsable de la comprobación de las bolas y cartones; llevará la contabilidad merchandising de los car- tones vendidos para cada jugada o sorteo, efectuará la determinación de los premios de línea o bingos; compro- bará los cartones premiados, informando efectivamente de todo ello a los jugadores; será el responsable y custo- dio del libro de actas y de registro, y llevará el control del sual. Locutor vendedor, realizará la venta directa de los car- tones y la recaudación de su importe, que entregará junto con los cartones sobrantes al cajero; retirará de la mesa antes de efectuar la venta de los nuevos cartones, los uti- lizados por los jugadores en la jugada anterior, y repasará las series dentro de su jornada laboral. En su turno de locutor, pondrá en funcionamiento la maquina cuando se inicie la jugada; leerá en voz alta el número de bola según el orden de salida; apagará la máquina al finalizar el juego, y abonará a los jugadores el importe de línea y bingo. Cuando realice la labor de locución, no realizará la función de venta de cartones, aunque podrá colaborar en otras funciones dentro de la sala. Admisión y control, será el encargado de controlar la entrada de jugadores en la sala de juego, comprobando que el carnet, corresponde a la persona que lo presente, e impidiendo la entrada a las personas que lo tuvieran prohi- xxxx, dando cuenta al jefe xx xxxx de los incidentes. Tendrá asimismo, como misión, la llevanza del fichero de visitantes y su actualización. Administrativos, se comprenden en esta categoría los trabajadores de una empresa de juego de bingo, con fun- ciones ajenas a la actividad del juego propiamente dicha, quedando referida a servicio de oficina, documentación, contabilidad, cobros o pagos a proveedores, gestiones ante organismos oficiales, etcproductos., generalmente al margen del horario en que se desarrolla el juego del bingo, y sin que les sea exigido el carnet profesional o permiso admi- nistrativo de ninguna clase. Juego del Bingo.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Categorías profesionales. Artículo 20.-NIVELES PROFESIONALESa) Las categorías profesionales en los centros de trabajo afectados por el presente convenio serán los que a continuación se indican como integrantes de cada uno de los tres grupos profesionales en que están repartidos: Grupo 1A.–Personal directivo y técnico: Dicho grupo está compuesto por todos aquellos trabajadores que realizan funciones de planificación, organización, dirección y coordinación de las actividades propias del desenvolvimiento de la empresa así como todos aquellos trabajadores que necesiten una titulación específica de grado medio o superior para la realización de tareas técnicas y complejas. Forman este grupo las siguientes categorías profesionales: Personal directivo y técnico: Director general. Director administrativo. Director de personal. Titulado grado superior. Grupo 1B: Titulado grado medio. Jefe xx Xxxxde 1. ª administrativo. Jefe xx Xxxxde 2. ª administrativo Grupo 2.–Forman este grupo todos aquellos trabajadores que realicen tareas consistentes en la ejecución de operaciones que requieran adecua- dos conocimientos profesionales y aptitudes prácticas y cuya responsabi- lidad está limitada por una supervisión directa, así como trabajos de eje- cución autónoma que exijan iniciativa por parte de los trabajadores en cargados de su ejecución. También estarán englobados en este grupo todos los trabajadores que realicen funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homogéneas, realizadas por un con- junto de colaboradores, en un estadio organizativo menor. Las categorías profesionales que forman este grupo son: Grupo 2A: Jefe general de servicios. Jefe de servicios. Jefe de equipo. Jefe de trafico. Inspector. Coordinador. Administrativo oficial de primera. Grupo 2B: Administrativo oficial de segunda. Grabador de datos. Telefonista recepcionista. Grupo 3.–Forman este grupo todos los trabajadores que realicen tareas que se ejecuten según instrucciones específicas claramente esta- blecidas, con un alto grado de dependencia, que requieran preferente- mente esfuerzo físico y/o atención y que no necesitan formación especí- fica, así como todos los trabajadores que realicen tareas que consisten en operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo preciso con alto grado de supervisión, que normalmente exigen conocimientos profesio- nales de carácter elemental. Las categorías profesionales que forman este grupo son: Oficios varios servicios externos: Oficial de primera oficios varios. Oficial de segunda oficios varios. Oficial de tercera oficios varios. Ayudante/auxiliar oficios varios. Auxiliar de mercancías. Auxiliar de control o controlador. Auxiliar de taller. Auxiliar de mantenimiento. Administrativo auxiliar. Ayudante de estampación. Mensajero. Conductor/repartidor. Chofer turismo. Mozo-conductor-lavacoches. Azafato/a/auxiliar. Celador. Conserje. Portero. Ordenanza. Cobrador. Subalterno. Montador. Peón/operador. Ayudante de cocina. Ayudante de camarero. Pinche. Botones. Camarero/a de piso. Cajero. Locutor-VendedorAuxiliar de caja. Dependiente/a. Manipulador/reponedor. Aprovisionador. Envasador/empaquetador. Promotor/demostrador. Xxxx xx xxxxxxx. Mozo carga y descarga. Carretillero. Limpiador/a. Empleado/a servicio doméstico. Auxiliar de farmacia. Auxiliar de laboratorio. Auxiliar sanitario. Lector de contadores. Jardinero. Encuestador.
b) El trabajador que realice funciones de superior categoría durante seis meses en un año u ocho meses en dos años, Admisiónse le deberá reconocer la categoría que estaba supliendo con el consiguiente aumento xx xxxxxx.
c) Para todo tipo de ascensos o promoción interna se tendrán en cuenta, controlpor orden de importancia, administrativolos siguientes aspectos:
1. Servicios complementarios; Auxiliar administrativo, Aparcacoches, Vigilantes, Porteros y LimpiadorasLas aptitudes para el puesto.
2. La categoría de Auxiliar xx Xxxx, pasa a integrarse en la de Locutor Vendedor. Artículo 21.-DEFINICIÓN DE LAS CATEGORÍAS. Jefe xx xxxx, ejercerá la dirección y control general del funcionamiento de la sala, adoptando las decisiones rela- tivas antigüedad a la marcha de las distintas operaciones, de acuerdo con las normas técnicas empresa.
3. El comportamiento del Bingo, y marcando el ritmo adecuado a aquellos: cuidará del correcto funcionamiento de todos los aparatos, instalaciones y servicios, ejercerá la jerarquía sobre todo el personal al servicio de la sala; será el responsable de la correcta llevanza de la contabili- dad especifica del juego, así como la tenencia y custodia en la propia sala, de las autorizaciones precisas para su funcionamiento, y de la documentación relativa al perso- nal. Asimismo, el Jefe xx Xxxx, ostentará la representación de la entidad titular de la autorización, o en su caso de la empresa de servicios que gestione el juego, tanto frente a los jugadores, como ante los agentes de la autoridad, a menos que dicha representación, se halle atribuida a otra persona, y esta se encuentre presente en la sala. Jefe xx xxxx, será el responsable de la comprobación de las bolas y cartones; llevará la contabilidad de los car- tones vendidos para cada jugada o sorteo, efectuará la determinación de los premios de línea o bingos; compro- bará los cartones premiados, informando efectivamente de todo ello a los jugadores; será el responsable y custo- dio del libro de actas y de registro, y llevará el control del sual. Locutor vendedor, realizará la venta directa de los car- tones trabajador y la recaudación de su importe, que entregará junto con los cartones sobrantes al cajero; retirará de la mesa antes de efectuar la venta de los nuevos cartones, los uti- lizados por los jugadores ausencia o amonestaciones en la jugada anterior, y repasará las series dentro de su jornada laboral. En su turno de locutor, pondrá en funcionamiento la maquina cuando se inicie la jugada; leerá en voz alta el número de bola según el orden de salida; apagará la máquina al finalizar el juego, y abonará a los jugadores el importe de línea y bingo. Cuando realice la labor de locución, no realizará la función de venta de cartones, aunque podrá colaborar en otras funciones dentro de la sala. Admisión y control, será el encargado de controlar la entrada de jugadores en la sala de juego, comprobando que el carnet, corresponde a la persona que lo presente, e impidiendo la entrada a las personas que lo tuvieran prohi- xxxx, dando cuenta al jefe xx xxxx de los incidentes. Tendrá asimismo, como misión, la llevanza del fichero de visitantes y su actualización. Administrativos, se comprenden en esta categoría los trabajadores de una empresa de juego de bingo, con fun- ciones ajenas a la actividad del juego propiamente dicha, quedando referida a servicio de oficina, documentación, contabilidad, cobros o pagos a proveedores, gestiones ante organismos oficiales, etcúltimo año., generalmente al margen del horario en que se desarrolla el juego del bingo, y sin que les sea exigido el carnet profesional o permiso admi- nistrativo de ninguna clase. Juego del Bingo.
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Samples: Convenio Colectivo