Cláusulas Generales. 1.1. LA CAJA, acordó otorgarle un crédito a EL/LOS CLIENTE(S), por el importe de S/……..00 (… con00/100 nuevo soles) cuya modalidad, plazo, intereses, comisiones, gastos y Tasa de Costo Efectivo Anual (suma total de intereses más comisiones y gastos aplicables al crédito) se detallan en LA SOLICITUD, cronograma de pagos y en el Anexo “Hoja Resumen”, los cuales forman parte del presente contrato. 1.2. EL/LOS CLIENTE(S) y EL(LOS) FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) declaran bajo juramento que los datos suministrados en la solicitud, contrato y demás documentos de crédito, son verídicos y autoriza(n) a LA CAJA a verificarlos. 1.3. Para efectos del control del crédito otorgado, queda pactado que, LA CAJA abre en su sistema una cuenta de crédito, en la moneda de desembolso del crédito, en ella se registrarán el capital, los intereses que se devenguen, las comisiones y gastos aplicables al crédito, así como los pagos y amortizaciones que realice EL/LOS CLIENTE(S) o LA CAJA. 1.4. LA CAJA podrá modificar unilateralmente, las condiciones contractuales, incluyendo las tasas de interés compensatorio, moratorio o penalidades, comisiones, gastos y primas de seguros. Cabe indicar que las modificaciones de comisiones y gastos también incluye el establecimiento de nuevas comisiones y gastos. Para estos casos se seguirá el plazo y medios de comunicación establecidos en el numeral 1.7. 1.5. LA CAJA podrá modificar las tasas de interés de los créditos a plazo fijo en los siguientes casos: a. La novación de la obligación considerando para tal efecto lo dispuesto en el Código Civil; b. Cuando exista efectiva negociación con EL/LOS CLIENTE(S), conforme a la normativa vigente; y, c. Cuando la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP’s, previo informe favorable del Banco Central de Reserva del Perú, autorice al sistema financiero en general por circunstancias extraordinarias e imprevisibles que pongan en riesgo el propio sistema. 1.6. EL/LOS CLIENTE(S) declara que el uso que le dará al dinero desembolsado con el mutuo será el declarado en LA SOLICITUD. 1.7. En caso de modificaciones al contrato, referidas a incrementos en las tasas de interés compensatorio, moratorio o penalidades (de ser el caso), comisiones, gastos y primas de seguros, LA CAJA comunicará directamente a EL/LOS CLIENTE(S) vía correo electrónico o al domicilio o número telefónico o mensajes de texto, indicados por EL/LOS CLIENTE(S) en LA SOLICITUD o en la ficha de datos, con una anticipación no menor de 45 días calendarios a su aplicación. Declarando EL/LOS CLIENTE(S) como suficientes estos mecanismos de comunicación para tomar conocimiento, no pudiendo ser tachados de insuficientes. El mismo plazo y medios de comunicación se seguirá cuando se traten de modificaciones referidas a: i. Resolución del Contrato por causal distinta al incumplimiento; ii. La limitación o exoneración de responsabilidad por parte de las empresas; iii. Incorporación de servicios que no se encuentran directamente relacionados al producto o servicio contratado. En éste último supuesto EL/LOS CLIENTE(S) tiene la facultad de aceptar la modificación propuesta, sin que su negativa implique la resolución del contrato principal. 1.8. Si las modificaciones contractuales afectan el cronograma de pagos, LA CAJA remitirá un nuevo Cronograma de Pagos, conjuntamente con el aviso previo a las modificaciones del contrato bajo los plazos y medios de comunicación indicados en el numeral 1.7., incluyendo la tasa de costo efectivo anual que corresponda por el saldo remanente de la operación crediticia, que se identificará como "TCEA remanente". 1.9. En caso se traten de modificaciones más beneficiosas para EL/LOS CLIENTE(S), estas serán comunicadas posteriormente a través de la página Web de LA CAJA y/o al interior de las agencias y oficinas especiales con la indicación de la fecha en que entraron en vigencia. 1.10. De no estar conforme con tales modificaciones, EL/LOS CLIENTE(S) podrá resolver el contrato comunicando su decisión por escrito a LA CAJA, debiendo previamente pagar todo lo adeudado en un plazo no mayor a los 45 días naturales posteriores a la comunicación de la modificación.
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Samples: Mutuo Con Garantía Mobiliaria
Cláusulas Generales. 1.1. LA CAJA, acordó otorgarle un crédito a EL/LOS CLIENTE(S), por el importe de S/……..00 (… con00/100 nuevo soles) cuya modalidad, plazo, intereses, comisiones, gastos y Tasa de Costo Efectivo Anual (suma total de intereses más comisiones y gastos aplicables al crédito) se detallan en LA SOLICITUD, cronograma de pagos y en el Anexo “Hoja Resumen”, los cuales forman parte del presente contrato.
1.2. EL/LOS CLIENTE(S) y EL(LOSSU(S) FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) declaran bajo juramento que los datos suministrados en la solicitud, contrato y demás documentos de crédito, son verídicos y autoriza(n) a LA CAJA a verificarlos.
1.3. Para efectos del control del crédito otorgado, queda pactado que, LA CAJA abre en su sistema una cuenta de crédito, en la moneda de desembolso del crédito, en ella se registrarán el capital, los intereses que se devenguen, las comisiones y gastos aplicables al crédito, así como los pagos y amortizaciones que realice EL/LOS CLIENTE(S) o y SU(S) FIADOR(ES) se obliga a comunicar en forma inmediata a LA CAJACAJA cualquier cambio en los datos consignados en la solicitud y asumirá las posibles consecuencias de su falta de actualización.
1.41.2. OTORGAMIENTO DEL CRÉDITO: LA CAJA podrá modificar unilateralmente, las condiciones contractuales, incluyendo las tasas de interés compensatorio, moratorio o penalidades, comisiones, gastos y primas de seguros. Cabe indicar que las modificaciones de comisiones y gastos también incluye el establecimiento de nuevas comisiones y gastos. Para estos casos se seguirá el plazo y medios de comunicación establecidos en el numeral 1.7.
1.5. LA CAJA podrá modificar las tasas de interés de los créditos otorgará a plazo fijo en los siguientes casos: a. La novación de la obligación considerando para tal efecto lo dispuesto en el Código Civil; b. Cuando exista efectiva negociación con EL/LOS CLIENTE(S), conforme sujeto a la normativa vigente; yevaluación y calificación crediticia que realice de éste, c. Cuando el crédito comercial solicitado por EL/LOS CLIENTE(S), por el importe y en la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP’s, previo informe favorable del Banco Central de Reserva del Perú, autorice al sistema financiero en general moneda determinados por circunstancias extraordinarias e imprevisibles que pongan en riesgo el propio sistemaLA CAJA.
1.61.3. EL/LOS CLIENTE(S) declara conocer que las condiciones particulares aplicables al crédito que se le otorgue bajo el uso que le dará al dinero desembolsado con el mutuo será el declarado en LA SOLICITUD.
1.7. En caso de modificaciones al marco del presente contrato, referidas a incrementos en como son: el monto del crédito, las tasas de interés compensatoriocompensatoria, moratorio moratoria o penalidades (penalidad por pago atrasado, la tasa de ser costo efectiva anual, el caso)plazo y otras condiciones, comisiones, gastos y primas de seguros, LA CAJA comunicará directamente a EL/LOS CLIENTE(S) vía correo electrónico o al domicilio o número telefónico o mensajes de texto, indicados por EL/LOS CLIENTE(S) en LA SOLICITUD o estarán contenidas en la ficha de datos, con una anticipación no menor de 45 días calendarios a su aplicación. Declarando EL/LOS CLIENTE(S) como suficientes estos mecanismos de comunicación para tomar conocimiento, no pudiendo ser tachados de insuficientes. El mismo plazo hoja resumen y medios de comunicación se seguirá cuando se traten de modificaciones referidas a: i. Resolución del Contrato por causal distinta al incumplimiento; ii. La limitación o exoneración de responsabilidad por parte de las empresas; iii. Incorporación de servicios que no se encuentran directamente relacionados al producto o servicio contratado. En éste último supuesto EL/LOS CLIENTE(S) tiene la facultad de aceptar la modificación propuesta, sin que su negativa implique la resolución del contrato principal.
1.8. Si las modificaciones contractuales afectan en el cronograma de pagos, LA CAJA remitirá un nuevo Cronograma de Pagosque forman parte del presente contrato. En tal sentido, conjuntamente con el aviso previo a las modificaciones del contrato bajo los plazos y medios de comunicación indicados en el numeral 1.7., incluyendo la tasa de costo efectivo anual que corresponda por el saldo remanente de la operación crediticia, cada oportunidad que se identificará como "TCEA remanente".
1.9. En caso se traten de modificaciones más beneficiosas para otorgue un crédito, EL/LOS CLIENTE(S), estas suscribirá únicamente la Hoja Resumen y cronograma de pagos, documentos que junto a la(s) solicitud(es) de crédito(s) forman parte integrante del presente contrato.
1.4. EL/LOS CLIENTE(S) podrá(n) solicitar y contratar créditos en forma presencial y no presencial en los canales que LA CAJA ponga a su disposición, que se difundirán en su página web (sean escritos, facsimilares, telefónicos, electrónicos, Internet, aplicaciones móviles que LA CAJA ponga a su disposición en su teléfono inteligente o similares), bastando para ello su aceptación a través de un clic, clave secreta, clave dinámica y/o cualquier otro medio de autenticidad que complemente y/o reemplace dichas claves u otros mecanismos que impliquen la manifestación de voluntad de aceptación de EL/LOS CLIENTE(S) a través de los canales electrónicos o virtuales que LA CAJA pone a su disposición, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por LA CAJA para ello y asumiendo los riesgos derivados de su empleo, que les serán comunicadas posteriormente comunicados previamente por LA CAJA. En atención a ello, se precisa que la manifestación de voluntad y/o de aceptación de: (i) las condiciones detalladas en el presente documento; (ii) posible ofrecimiento de productos y/o servicios financieros, cuya contratación se realizará en el momento de aceptación de los mismos; y (iii) funcionalidades digitales accesorias al crédito, puede ser realizada por el Cliente a través de la página Web de LA CAJA firma manuscrita y/o al interior electrónica, así como aquella brindada por canales electrónicos y/o virtuales como por ejemplo: ingreso de las agencias claves o contraseñas, clic o cliquear en dispositivos, aceptación por voz, datos biométricos (huella dactilar, identificación facial, etc.), códigos, autogeneración de códigos, entre otros. Asimismo, el Cliente conviene que podrá contratar con LA CAJA a través de un soporte digital y/o electrónico conforme a los términos y oficinas especiales con condiciones establecido en el presente documento que declara haber recibido de manera previa y/o que se encuentra disponible en la indicación de la fecha en que entraron en vigencia.
1.10página web. De no estar conforme con tales modificacionesEn tal sentido, EL/LOS CLIENTE(S) podrá resolver requerir la solicitud, el contrato comunicando contrato, la hoja resumen, el cronograma de manera personal en la agencia donde contrató el crédito. De realizarse la contratación de forma no presencial, dentro de los quince (15) días posteriores, EL/LOS CLIENTE(S) recibirá la documentación contractual correspondiente. EL/LOS CLIENTE(S) y LA CAJA deben acordar si la entrega de esta documentación se realizará en su decisión domicilio o por escrito a LA CAJA, debiendo previamente pagar todo lo adeudado en un plazo no mayor a los 45 días naturales posteriores a la comunicación de la modificaciónalgún medio electrónico u otro afín que acuerden las partes.
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Samples: Contrato De Crédito Comercial
Cláusulas Generales. 1.1. LA CAJA, acordó otorgarle un crédito a EL/LOS CLIENTE(S), por el importe de S/……..00 (… con00/100 nuevo soles) cuya modalidad, plazo, intereses, comisiones, gastos y Tasa de Costo Efectivo Anual (suma total de intereses más comisiones y gastos aplicables al crédito) se detallan en LA SOLICITUD, cronograma de pagos y en el Anexo “Hoja Resumen”, los cuales forman parte del presente contrato.
1.2. EL/LOS CLIENTE(S) y EL(LOSY SU(S) FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) declaran bajo juramento que los datos suministrados en la solicitud, contrato y demás documentos de crédito, son verídicos y autoriza(n) a LA CAJA a verificarlos.
1.3. Para efectos del control del crédito otorgado, queda pactado que, LA CAJA abre en su sistema una cuenta de crédito, en la moneda de desembolso del crédito, en ella se registrarán el capital, los intereses que se devenguen, las comisiones y gastos aplicables al crédito, así como los pagos y amortizaciones que realice EL/LOS CLIENTE(S) o Y SU(S) FIADOR(ES) se obliga a comunicar en forma inmediata a LA CAJACAJA cualquier cambio en los datos consignados en la solicitud y asumirá las posibles consecuencias de su falta de actualización.
1.41.2. OTORGAMIENTO DEL CRÉDITO: LA CAJA podrá modificar unilateralmente, las condiciones contractuales, incluyendo las tasas de interés compensatorio, moratorio o penalidades, comisiones, gastos y primas de seguros. Cabe indicar que las modificaciones de comisiones y gastos también incluye el establecimiento de nuevas comisiones y gastos. Para estos casos se seguirá el plazo y medios de comunicación establecidos en el numeral 1.7.
1.5. LA CAJA podrá modificar las tasas de interés de los créditos otorgará a plazo fijo en los siguientes casos: a. La novación de la obligación considerando para tal efecto lo dispuesto en el Código Civil; b. Cuando exista efectiva negociación con EL/LOS CLIENTE(S), conforme sujeto a la normativa vigente; yevaluación y calificación crediticia que realice de éste, c. Cuando el crédito solicitado por EL/LOS CLIENTE(S), por el importe y en la Superintendencia moneda determinados por LA CAJA. EL/LOS CLIENTE(S) acepta que el crédito concedido devengará intereses compensatorios y moratorios. Para operaciones de Bancacrédito de consumo, Seguros y AFP’scréditos de consumo de bajo costo, previo informe favorable las tasas de interés se determinan libremente, dentro del límite establecido por el Banco Central de Reserva del Perú, autorice al sistema financiero Perú (BCRP). Los intereses no se capitalizan en general por circunstancias extraordinarias e imprevisibles que pongan caso de incumplimiento o atraso en riesgo el propio sistemapago del crédito.
1.61.3. EL/LOS CLIENTE(S) declara conocer que las condiciones particulares aplicables al crédito que se le otorgue bajo el uso que le dará al dinero desembolsado con el mutuo será el declarado en LA SOLICITUD.
1.7. En caso de modificaciones al marco del presente contrato, referidas a incrementos en como son: el monto del crédito, las tasas de interés compensatoriocompensatoria, moratorio o penalidades (moratoria, la tasa de ser costo efectiva anual, el caso)plazo y otras condiciones, comisiones, gastos y primas de seguros, LA CAJA comunicará directamente a EL/LOS CLIENTE(S) vía correo electrónico o al domicilio o número telefónico o mensajes de texto, indicados por EL/LOS CLIENTE(S) en LA SOLICITUD o estarán contenidas en la ficha de datos, con una anticipación no menor de 45 días calendarios a su aplicación. Declarando EL/LOS CLIENTE(S) como suficientes estos mecanismos de comunicación para tomar conocimiento, no pudiendo ser tachados de insuficientes. El mismo plazo hoja resumen y medios de comunicación se seguirá cuando se traten de modificaciones referidas a: i. Resolución del Contrato por causal distinta al incumplimiento; ii. La limitación o exoneración de responsabilidad por parte de las empresas; iii. Incorporación de servicios que no se encuentran directamente relacionados al producto o servicio contratado. En éste último supuesto EL/LOS CLIENTE(S) tiene la facultad de aceptar la modificación propuesta, sin que su negativa implique la resolución del contrato principal.
1.8. Si las modificaciones contractuales afectan en el cronograma de pagos, LA CAJA remitirá un nuevo Cronograma de Pagosque forman parte del presente contrato. En tal sentido, conjuntamente con el aviso previo a las modificaciones del contrato bajo los plazos y medios de comunicación indicados en el numeral 1.7., incluyendo la tasa de costo efectivo anual que corresponda por el saldo remanente de la operación crediticia, cada oportunidad que se identificará como "TCEA remanente".
1.9. En caso se traten de modificaciones más beneficiosas para otorgue un crédito, EL/LOS CLIENTE(S), estas serán comunicadas posteriormente suscribirá únicamente la Hoja Resumen y cronograma de pagos, documentos que junto a través la(s) solicitud(es) de la página Web de LA CAJA y/o al interior de las agencias y oficinas especiales con la indicación de la fecha en que entraron en vigenciacrédito(s) forman parte integrante del presente contrato.
1.10. De no estar conforme con tales modificaciones, EL/LOS CLIENTE(S) podrá resolver el contrato comunicando su decisión por escrito a LA CAJA, debiendo previamente pagar todo lo adeudado en un plazo no mayor a los 45 días naturales posteriores a la comunicación de la modificación.
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Cláusulas Generales. 1.1. LA CAJA, acordó otorgarle un crédito a EL/LOS CLIENTE(S), por el importe de S/……..00 (… con00/100 nuevo soles) cuya modalidad, plazo, intereses, comisiones, gastos y Tasa de Costo Efectivo Anual (suma total de intereses más comisiones y gastos aplicables al crédito) se detallan en LA SOLICITUD, cronograma de pagos y en el Anexo “Hoja Resumen”, los cuales forman parte del presente contrato.
1.2. EL/LOS CLIENTE(S) y EL(LOSY SU(S) FIADOR(ES) SOLIDARIO(S) declaran bajo juramento que los datos suministrados en la solicitud, contrato y demás documentos de crédito, son verídicos y autoriza(n) a LA CAJA a verificarlos.
1.3. Para efectos del control del crédito otorgado, queda pactado que, LA CAJA abre en su sistema una cuenta de crédito, en la moneda de desembolso del crédito, en ella se registrarán el capital, los intereses que se devenguen, las comisiones y gastos aplicables al crédito, así como los pagos y amortizaciones que realice EL/LOS CLIENTE(S) o Y SU(S) FIADOR(ES) se obliga a comunicar en forma inmediata a LA CAJACAJA cualquier cambio en los datos consignados en la solicitud y asumirá las posibles consecuencias de su falta de actualización.
1.41.2. OTORGAMIENTO DEL CRÉDITO: LA CAJA podrá modificar unilateralmente, las condiciones contractuales, incluyendo las tasas de interés compensatorio, moratorio o penalidades, comisiones, gastos y primas de seguros. Cabe indicar que las modificaciones de comisiones y gastos también incluye el establecimiento de nuevas comisiones y gastos. Para estos casos se seguirá el plazo y medios de comunicación establecidos en el numeral 1.7.
1.5. LA CAJA podrá modificar las tasas de interés de los créditos otorgará a plazo fijo en los siguientes casos: a. La novación de la obligación considerando para tal efecto lo dispuesto en el Código Civil; b. Cuando exista efectiva negociación con EL/LOS CLIENTE(S), conforme sujeto a la normativa vigente; evaluación y calificación crediticia que realice de éste, el crédito en el marco del Programa FAE – AGRO solicitado por EL/LOS CLIENTE(S), por el importe y en la moneda determinados por LA CAJA. EL/LOS CLIENTE(S) y SU(S) FIADOR(ES) declara(n) conocer los alcances del PROGRAMA FAE – AGRO, que se crea para el financiamiento de los PEQUEÑOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS afectados por el contexto internacional y local adverso, producto de la propagación del COVID-19 en el territorio nacional, promoviendo el otorgamiento de créditos por las Empresas del Sistema Financiero, de manera exclusiva para capital de trabajo para los pequeños productores agropecuarios que realicen agricultura familiar conforme define la Ley Nº 30355, Ley de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar, a fin de asegurar las campañas agrícolas de Cultivos Transitorios y Permanentes y la Promoción de la Actividad Pecuaria y, c. Cuando la Superintendencia con ello asegurar el normal abastecimiento de Banca, Seguros y AFP’s, previo informe favorable del Banco Central de Reserva del Perú, autorice al sistema financiero en general por circunstancias extraordinarias e imprevisibles que pongan en riesgo el propio sistema.alimentos a nivel nacional
1.61.3. EL/LOS CLIENTE(S) declara conocer que las condiciones particulares aplicables al crédito que se le otorgue bajo el uso que le dará al dinero desembolsado con el mutuo será el declarado en LA SOLICITUD.
1.7. En caso de modificaciones al marco del presente contrato, referidas a incrementos en como son: el monto del crédito, las tasas de interés compensatoriocompensatoria, moratorio moratoria o penalidades (penalidad por pago atrasado, la tasa de ser costo efectiva anual, el caso)plazo y otras condiciones, comisiones, gastos y primas de seguros, LA CAJA comunicará directamente a EL/LOS CLIENTE(S) vía correo electrónico o al domicilio o número telefónico o mensajes de texto, indicados por EL/LOS CLIENTE(S) en LA SOLICITUD o estarán contenidas en la ficha de datos, con una anticipación no menor de 45 días calendarios a su aplicación. Declarando EL/LOS CLIENTE(S) como suficientes estos mecanismos de comunicación para tomar conocimiento, no pudiendo ser tachados de insuficientes. El mismo plazo hoja resumen y medios de comunicación se seguirá cuando se traten de modificaciones referidas a: i. Resolución del Contrato por causal distinta al incumplimiento; ii. La limitación o exoneración de responsabilidad por parte de las empresas; iii. Incorporación de servicios que no se encuentran directamente relacionados al producto o servicio contratado. En éste último supuesto EL/LOS CLIENTE(S) tiene la facultad de aceptar la modificación propuesta, sin que su negativa implique la resolución del contrato principal.
1.8. Si las modificaciones contractuales afectan en el cronograma de pagos, LA CAJA remitirá un nuevo Cronograma de Pagosque forman parte del presente contrato. En tal sentido, conjuntamente con el aviso previo a las modificaciones del contrato bajo los plazos y medios de comunicación indicados en el numeral 1.7., incluyendo la tasa de costo efectivo anual que corresponda por el saldo remanente de la operación crediticia, cada oportunidad que se identificará como "TCEA remanente".
1.9. En caso se traten de modificaciones más beneficiosas para otorgue un crédito, EL/LOS CLIENTE(S), estas serán comunicadas posteriormente suscribirá únicamente la Hoja Resumen y cronograma de pagos, documentos que junto a través la(s) solicitud(es) de la página Web de LA CAJA y/o al interior de las agencias y oficinas especiales con la indicación de la fecha en que entraron en vigenciacrédito(s) forman parte integrante del presente contrato.
1.101.4. De no estar conforme con tales modificaciones, EL/LOS CLIENTE(S) podrá resolver el contrato comunicando podrá(n) solicitar y contratar créditos en forma presencial y no presencial en los canales que LA CAJA ponga a su decisión disposición, que se difundirán en su página web (sean escritos, facsimilares, telefónicos, electrónicos, Internet, aplicaciones móviles que LA CAJA ponga a su disposición en su teléfono inteligente o similares), bastando para ello su aceptación a través de un clic, clave secreta, clave dinámica y/o cualquier otro medio de autenticidad que complemente y/o reemplace dichas claves u otros mecanismos que impliquen la manifestación de voluntad de aceptación de EL/LOS CLIENTE(S) a través de los canales electrónicos o virtuales que LA CAJA pone a su disposición, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por escrito a LA CAJA para ello y asumiendo los riesgos derivados de su empleo, que les serán comunicados previamente por LA CAJA, debiendo previamente pagar todo lo adeudado en un plazo no mayor a los 45 días naturales posteriores a la comunicación de la modificación.
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Samples: Contrato De Crédito