Comisión de Seguimiento. Con el fin de velar por el desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en el convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará integrada por el Director del centro educativo o profesor en quien delegue, que la presidirá, un representante legal de la empresa o trabajador en quien delegue, y un profesor-tutor de los alumnos, que actuará como secretario. La Comisión se reunirá sólo cuando resulte necesario, a iniciativa de su presidente.
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Comisión de Seguimiento. Con el fin de velar por el desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en el convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará integrada por el Director los siguientes miembros: - Dos responsables del centro educativo o profesor en quien delegueeducativo, a designar por el titular de la dirección del centro, que la presidiráactuarán, un representante legal uno como Presidente y otro como Secretario. - Dos representantes de la empresa o trabajador en quien delegue, y un profesor-tutor de los alumnos, que actuará como secretariou organismo equiparado. La Comisión se reunirá sólo cuando resulte necesario, a iniciativa de su presidente.
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Comisión de Seguimiento. Con el fin Para la supervisión de velar por el desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en el este convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará integrada por el Director el/la director/a del centro educativo docente o profesor en quien deleguepersona que lo/la sustituya, que la presidirá, un el representante legal de la empresa institución colaboradora* o trabajador persona en quien delegue, y un profesor-tutor de los alumnos, que actuará como secretario. La Comisión se reunirá sólo cuando resulte necesario, a iniciativa de su presidentepresidente o a solicitud de la institución colaboradora*.
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Comisión de Seguimiento. 1. Con el fin de velar por el correcto desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en el convenio presente Convenio, se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará integrada por el Director Seguimiento correspondiendo la presidencia a la persona titular de la dirección del centro educativo docente o profesor a la persona en quien delegue, que la presidirá, un representante legal . La secretaría será desempeñada por una de las personas representantes de la empresa o trabajador en quien delegue, y un profesor-tutor de los alumnos, que actuará como secretario. La Comisión se reunirá sólo cuando resulte necesario, a iniciativa de su presidenteempresa.
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