Comisión Mixta Paritaria. Ambas partes negociadoras acuerdan establecer una Comisión Mixta de Interpretación y Seguimiento del cumplimiento del presente convenio. Esta Comisión Mixta estará integrada paritariamente por seis representantes sindicales y seis de la organización empresarial firmante del mismo. En el acto de su constitución, la Comisión Mixta, en sesión plenaria, elegirá dos miembros para realizar labores de secretaría, uno por parte empresarial y otro por parte sindical. Asimismo, la Comisión podrá interesar los servicios de personas que asesoren de forma ocasional o permanente en cuantas materias son de su competencia, que serán libremente designados por las partes. La Comisión elaborará su propio reglamento de funcionamiento. Los acuerdos de la Comisión requerirán el voto favorable de la mayoría de los miembros de cada una de las partes, en el bien entendido de que, si una de las partes acudiera a una de sus convocatorias faltando a las mismas alguno o algunos de sus miembros, los asistentes de dicha parte dispondrán de seis votos a la hora de someter a votación cualquiera de las cuestiones. La Comisión se reunirá, al menos, una vez cada doce meses. Cuando sea requerida para la interpretación de ámbitos inferiores se reunirá a los quince días de haber sido convocada por cualquiera de las partes. La Comisión tendrá las siguientes funciones:
Appears in 2 contracts
Samples: www.boe.es, sindicalistasdecanarias.com
Comisión Mixta Paritaria. Ambas partes negociadoras acuerdan establecer una Comisión Mixta de Interpretación y Seguimiento del cumplimiento del presente convenio. Esta Comisión Mixta estará integrada paritariamente por seis representantes sindicales y seis de la organización empresarial firmante del mismo. cve: BOE-A-2024-e673 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx En el acto de su constitución, la Comisión Mixta, en sesión plenaria, elegirá dos miembros para realizar labores de secretaría, uno por parte empresarial y otro por parte sindical. Asimismo, la Comisión podrá interesar los servicios de personas que asesoren de forma ocasional o permanente en cuantas materias son de su competencia, que serán libremente designados por las partes. La Comisión elaborará su propio reglamento de funcionamiento. Los acuerdos de la Comisión requerirán el voto favorable de la mayoría de los miembros de cada una de las partes, en el bien entendido de que, si una de las partes acudiera a una de sus convocatorias faltando a las mismas alguno o algunos de sus miembros, los asistentes de dicha parte dispondrán de seis votos a la hora de someter a votación cualquiera de las cuestiones. La Comisión se reunirá, al menos, una vez cada doce meses. Cuando sea requerida para la interpretación de ámbitos inferiores se reunirá a los quince días de haber sido convocada por cualquiera de las partes. La Comisión tendrá las siguientes funciones:
Appears in 1 contract
Samples: www.convenios.ugtandalucia.es
Comisión Mixta Paritaria. Ambas partes negociadoras acuerdan establecer una Comisión Mixta mixta de Interpretación interpretación y Seguimiento seguimiento del cumplimiento del presente convenioacuerdo. Esta Comisión Mixta mixta estará integrada paritariamente por seis representantes sindicales (tres por cada una de las firmantes) y seis de por la organización empresarial firmante firmantes del mismo. En el acto de su constitución, la Comisión Mixtamixta, en sesión plenaria, elegirá dos miembros para realizar labores de secretaríasecretarios, uno por parte empresarial y otro por parte sindical. Asimismo, la Comisión podrá interesar los servicios de personas que asesoren de forma ocasional asesores ocasionales o permanente permanentes en cuantas materias son de su competencia, que serán libremente designados por las partes. La Comisión elaborará su propio reglamento de funcionamiento. Los acuerdos de la Comisión requerirán el voto favorable de la mayoría de los miembros de cada una de las partes, en el bien entendido de que, si una de las partes acudiera a una de sus convocatorias faltando a las mismas alguno o algunos de sus miembros, los asistentes de dicha parte dispondrán de seis votos a la hora de someter a votación cualquiera de las cuestiones. La Comisión se reunirá, al menos, una vez cada doce meses. Cuando sea requerida para la interpretación de ámbitos inferiores se reunirá a los quince días de haber sido convocada por cualquiera de las partes. cve: BOE-A-2017-5495 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx La Comisión tendrá las siguientes funciones:
Appears in 1 contract
Samples: www.boe.es