Comisión Paritaria. Las partes firmantes acuerdan establecer una Comisión Paritaria como órgano de interpretación, mediación y vigilancia del cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio Colectivo, y para entender de todas aquellas cuestiones que la legislación vigente asigne a las Comisiones Paritarias de los convenios colectivos, así como para conocer y, en su caso resolver, sobre las materias que se le encomiendan en este Convenio Colectivo y sobre las que, en acuerdos posteriores se le puedan atribuir.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Comisión Paritaria. Las partes firmantes acuerdan establecer Se crea una Comisión Paritaria del Convenio Colectivo como órgano de interpretación, conciliación, mediación y vigilancia de su cumplimiento. Ambas partes convienen someter a la Comisión Paritaria, cuantos problemas, discrepancias o conflictos puedan surgir de la aplicación o interpretación del cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio ColectivoConvenio, y siendo los acuerdos alcanzados vinculantes para entender de todas aquellas cuestiones que la legislación vigente asigne a las Comisiones Paritarias de los convenios colectivos, así como para conocer y, en su caso resolver, sobre las materias que se le encomiendan en este Convenio Colectivo y sobre las que, en acuerdos posteriores se le puedan atribuirambas partes.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Comisión Paritaria. Las partes negociadoras firmantes de este convenio acuerdan establecer una la creación de la Comisión Paritaria como órgano organismo de interpretación, mediación conciliación y vigilancia del cumplimiento de lo establecido su cumplimiento. La Comisión Paritaria puede utilizar, además, los servicios permanentes u ocasionales de asesores en el presente Convenio Colectivo, y para entender de todas aquellas cuestiones que la legislación vigente asigne a las Comisiones Paritarias de los convenios colectivos, así como para conocer y, en su caso resolver, sobre las materias que se le encomiendan son de su competencia. Las funciones específicas de la Comisión Paritaria son las siguientes:
a) Interpretar el convenio y resolver las cuestiones o los problemas que ambas partes sometan a su consideración o en los casos que prevé concretamente este Convenio Colectivo y sobre las que, en acuerdos posteriores se le puedan atribuirtexto.
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Samples: Iii Convenio Colectivo Marco Estatal Del Sector Ocio Educativo Y Animación Sociocultural
Comisión Paritaria. Las partes firmantes acuerdan establecer una Comisión Paritaria como del Convenio como, órgano de interpretación, mediación y vigilancia del cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio Colectivomismo, y para entender de todas aquellas cuestiones que la legislación vigente asigne a las Comisiones Paritarias de los convenios colectivos, así como para conocer y, en su caso resolver, sobre las materias que se le encomiendan en este Convenio Colectivo y sobre las que, en acuerdos posteriores se le puedan atribuir.
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Samples: Convenio Colectivo
Comisión Paritaria. Creación. Las partes firmantes acuerdan establecer una Comisión Paritaria como órgano de interpretación, mediación interpretación y vigilancia del cumplimiento de lo establecido pactado en el presente Convenio Colectivo, y para entender de todas aquellas cuestiones que la legislación vigente asigne a las Comisiones Paritarias de los convenios colectivos, así como para conocer y, en su caso resolver, sobre las materias que se le encomiendan en este Convenio Colectivo y sobre las que, en acuerdos posteriores se le puedan atribuirConvenio.
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Samples: Convenio Colectivo De Hostelería
Comisión Paritaria. Las partes firmantes del presente Convenio Colectivo acuerdan establecer crear una Comisión Paritaria como órgano de para la interpretación, mediación vigilancia, arbitraje, conciliación y vigilancia vigencia del cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio Colectivomismo. En especial, y para entender de todas aquellas cuestiones que la legislación vigente asigne a las Comisiones Paritarias Comisión entenderá de los convenios colectivosconflictos derivados de la aplicación e interpretación del presente Convenio, así como para conocer y, en su caso resolver, sobre las materias que se le encomiendan en este Convenio Colectivo y sobre las que, en acuerdos posteriores se le puedan atribuircon carácter previo a la interposición del recurso correspondiente ante la jurisdicción competente.
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Samples: Convenio Colectivo