COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES Cláusulas de Ejemplo

COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. No se establece. CLASIFICACIÓN: No se exige.
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. Conforme a lo previsto en el artículo 64.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la empresa se compromete a utilizar su organización productiva en el desarrollo de la actividad contratada y, además, a efectos de completar la acreditación de la solvencia técnica, la empresa, entre los medios materiales y personales para su ejecución, se compromete a adscribir los medios señalados a continuación:
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. A los efectos dispuestos en el artículo 64-2 del Texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público, en el sobre “A” junto con la documentación acreditativa de la solvencia económico- financiera y técnica habrá de presentarse un compromiso expreso de adscripción a la ejecución del contrato de todos los medios personales y materiales requeridos en la cláusula 6 A) “MEDIOS TECNICOS” Y B) “MEDIOS PERSONALES” xxx xxxxxx de prescripciones técnicas con los requisitos señalados en dicha cláusula. La no inclusión de este compromiso dará lugar a la exclusión del licitador. Este compromiso se integrará en el contrato constituyendo una obligación esencial a los efectos señalados en el artículo 223. f) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El sobre “B” contendrá el anexo I (Proposición económica de este pliego debidamente cumplimentado.) y el resto de criterios de adjudicación, en concreto los criterios de adjudicación números 2, 3, Y 4 del apartado F de la presente carátula.
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. Además de acreditar su solvencia, mediante la documentación y clasificación solicitada, los licitadores deberán comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales relacionados en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que deben ser suficientes para ello. Estos compromisos se integrarán en el contrato con el carácter de obligaciones esenciales a los efectos de la resolución del contrato o la imposición de penalidades.
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. Los licitadores concurrentes deberán completar el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales, que figuran en los anexos correspondientes y conforme a la justificación que a continuación se describe. A este compromiso se le atribuye el carácter de obligación contractual esencial. • Medios personales • Un jefe de proyecto que será el responsable principal de la totalidad del proyecto e interlocutor con ASTUREX, que contará con al menos 3 años de experiencia en la dirección de proyectos de software relacionados con la creación xx xxxxxxxx web. • Un diseñador, con experiencia de al menos 3 años en diseño de páginas web que se encargará de realizar los diseños de las distintas secciones de la web, boletín y demás elementos necesarios para ajustar la imagen visual del producto final. • Un responsable de contenidos con experiencia de al menos 2 años en maquetación HTML y CSS, responsable de la arquitectura de información y usabilidad • Un programador web con experiencia de al menos 2 años en HTML, Javascript, CSS además de integración de soluciones de gestión de contenidos web. Indicar nombre y apellidos – posición en el proyecto y tipo de trabajo a realizar. Se deberá aportar curriculum vitae de los participantes en el proyecto. Nota: Una misma persona podría cubrir varios perfiles cumpliendo los requisitos indicados. El compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales con las características indicadas anteriormente, es proporcional a las características de la ejecución del mismo y las exigencias previstas en el pliego de prescripciones técnicas. • Medios materiales: Disposición de oficina en Asturias durante el tiempo de realización de los trabajos y que en ella se localizará, como centro de trabajo para el desarrollo de los trabajos objeto del presente contrato. El compromiso de adscribir a la ejecución del contrato la disposición de una oficina en Asturias como centro de trabajo se debe a la necesidad de realizar seguimiento del servicio atendiendo a las necesidades del objeto del contrato cuya manera óptima de realización es disponiendo de un centro de trabajo en la misma Comunidad Autónoma.
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. Los licitadores concurrentes deberán completar el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales, que figuran en los anexos correspondientes y conforme a la justificación que a continuación se describe. A este compromiso se le atribuye el carácter de obligación contractual esencial.  Medios personales Mínimo de dos personas, cada uno de ellos con un mínimo de 10 años de experiencia en temas relacionados con la internacionalización de empresas, y con el siguiente perfil:  Una persona con experiencia en diseño y aplicación de metodologías y formación empresarial en el ámbito de la internacionalización  Una persona adicional con experiencia en aspectos formativos de internacionalización a nivel de grado universitario o de posgrado Se deberá aportar CV de los participantes en el proyecto. El compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales con las características indicadas anteriormente es proporcional a las características de la ejecución del mismo y las exigencias previstas en el pliego de prescripciones técnicas.  Medios materiales: Al objeto de que la formación on-line tengan el nivel de calidad y de eficacia necesaria debe disponer de los siguientes elementos:  La disponibilidad de una plataforma on-line que sirva para poner a disposición de los candidatos los materiales técnicos necesarios, servir de soporte para la comunicación interactiva entre ponentes, tutores y alumnos.  Un sistema MOODLE que sirva para el planteamiento de cuestionarios, casos, ejemplos, así como el sistema de respuestas por parte de los alumnos y el sistema de evaluación y retroalimentación de comentarios técnicos sobre las materias.

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.