MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. La empresa adjudicataria aportará los recursos humanos y materiales necesarios para la realización de las actividades previstas y se responsabilizará de la correcta realización de las mismas. Este personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, debiendo este último cumplir las obligaciones vigentes en materia laboral de Seguridad Social, de prevención de riesgos laborales, así como tributarias del personal a su cargo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no derivará en responsabilidad alguna para la Fundación. La Fundación en modo alguno ni bajo ningún título ostentará la condición de empleador respecto de los trabajadores contratados por cuenta propia o ajena por el adjudicatario, que presten directa o indirectamente servicios para la Fundación. A la extinción de los trabajos no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Fundación. El adjudicatario designará como mínimo dos personas para la prestación del servicio actuando una de ellas como responsable del servicio y la otra como técnico. El personal destinado a la realización del servicio contará con acreditada experiencia y conocimientos en este tipo de trabajo. El equipo de trabajo y sus condiciones y requisitos de solvencia se identifican en el pliego de cláusulas jurídicas particulares. En cualquier caso, la persona responsable de prestar el servicio, se personará en cuantas reuniones se estime necesario en la sede de la fundación para aclarar los asuntos que requieran un análisis o exposición más pormenorizada; siendo necesaria como mínimo una reunión mensual. - El responsable del servicio deberá tener disponibilidad permanente para prestar asesoramiento telefónico y presencial a la Fundación (a requerimiento de la Fundación). Las consultas serán realizadas y contestadas mediante correo electrónico, teléfono o cualquier otro medio de comunicación en un plazo máximo de 48 horas. - Los servicios detallados en 2.1.2.- Gestión laboral se llevarán a cabo por un técnico bajo la dirección de la persona responsable del servicio detallado en el punto anterior. El adjudicatario desplazará a las instalaciones de la Fundación, a petición de ésta, al personal que fuera necesario para resolver dudas o atender reuniones relacionadas con los trabajos contratados, siendo por cuenta del adjudicatario los costes de desplazamiento.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. En los términos del artículo 76.2 y con el alcance establecido en los artículos 192.2 ó 211.1.f) de la LCSP 2017, el adjudicatario se compromete a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales que se detallan en el apartado 7.5 del Cuadro de Características.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. Corresponde al contratista aportar los medios personales y materiales necesarios para la correcta ejecución del contrato.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. El contratista desarrollará las funciones con medios propios, tanto personales como materiales que pondrá a disposición de manera suficiente para garantizar el resultado óptimo de los trabajos objeto de este contrato.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. El Subcontratista dispondrá en todo momento de mano de obra suficiente y debidamente capacitada para dar cumplimiento y ejecución de los trabajos dimanantes de las presentes Condiciones Generales de Contratación. Eiffage Energía podrá, en todo momento y por causas justificadas, solicitar que se sustituya a cualquier empleado del Subcontratista, obligándose ésta a su sustitución inmediata. El Subcontratista, al objeto de cumplimentar adecuadamente la ejecución de lo contratado, equipará a su personal con el instrumental propio de su función. El Subcontratista será responsable de la organización de su personal propio, asignado a la realización de los trabajos, quedando en todo momento claramente definidas sus responsabilidades y líneas de actuación separadas a todos los efectos de las de Eiffage Energía. Eiffage Energía se reserva el derecho de comprobar el buen estado de los medios materiales del Subcontratista, para que en todo momento se encuentren en las debidas condiciones de servicio y seguridad, sin que ello implique xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte de Eiffage Energía. La maquinaria, equipos de trabajo y seguridad, así como herramientas, utillaje, materiales, etc., aportados por el Subcontratista, deben cumplir las normas y prescripciones de seguridad, técnicas y de cualquiera otra índole que sean de aplicación legal o reglamentariamente y, en cualquier caso, las descritas en la documentación técnica de la obra, que el Subcontratista tendrá que conocer, así como los anexos que resulten de aplicación.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. En ningún caso ni circunstancia la existencia de este contrato supone relación laboral alguna entre el adjudicatario o su personal y la Comunidad de Madrid. Dicho personal dependerá, exclusivamente, del adjudicatario, teniendo este todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario en relación con el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, sin que la Comunidad de Madrid, asuma ningún tipo de responsabilidad al respecto. En caso de accidentes o perjuicio de cualquier género ocurrido al personal con ocasión de la prestación del servicio, el adjudicatario cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que esta alcance en modo alguno a la Comunidad de Madrid. El servicio será desempeñado por personal de la empresa adjudicataria debidamente capacitado para las funciones a realizar. Serán de la exclusiva responsabilidad de aquélla los gastos e impuestos derivados de la prestación del servicio, así como los posibles daños que ocasionen al material manipulado, o a terceros como consecuencia de la actividad desarrollada. La empresa adjudicataria se compromete a poner a disposición de la Semana Joven los siguientes medios personales:
1. Para la Coordinación de todas las actividades objeto de este contrato: Σ Un coordinador
2. Para el Autobús promocional : Σ Dos azafatas/os de imagen durante los 26 días de duración del contrato, en exclusiva para el autobús.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. Artículo 8 Legislación Laboral
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. 1. Para el desempeño de su función el adjudicatario podrá contar con colaboradores a sus órdenes, que desarrollarán sus actividades en función de las atribuciones derivadas de sus títulos profesionales o de sus conocimientos específicos y que integrarán el equipo de trabajo. 6463n VII
2. El adjudicatario estará obligado a asignar para la ejecución de los trabajos a que se refiere el presente Xxxxxx, los facultativos cuyo nombre figure en su oferta, con la dedicación definida en la misma. Asimismo, el adjudicatario no podrá sustituir al personal facultativo establecido en su oferta, sin la expresa autorización de la Entidad.
3. Las funciones como Dirección Facultativa de las obra implicarán una dedicación mínima de un día a la semana de un arquitecto como director de la obra y la asistencia de un arquitecto técnico "director de la ejecución de la obra" durante todo el periodo de duración de los trabajos.
4. El contratista queda obligado a aportar, para la realización del servicio o prestación, el equipo y medios auxiliares que sean precisos para la buena ejecución de aquél en los plazos convenidos en el contrato.
5. La Entidad podrá rechazar cualquier elemento que considere inadecuado. El adjudicatario podrá reclamar frente a tal resolución en el plazo xx xxxx días naturales, contados a partir de la notificación que le haga por escrito el Director.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. Los medios materiales y personales necesarios para el funcionamiento del servicio serán de contribución de la empresa o entidad adjudicataria.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. La propuesta técnica deberá contemplar el número de personas que sean necesarias para una prestación adecuada del servicio, que incluirá como mínimo un técnico El perfil de los técnicos que atienden el servicio será el siguiente: Titulación mínima de FP II relacionada con la rama de los servicios objeto del contrato, o técnico superior en Producción. Experiencia en operación de sistemas audiovisuales similares a los instalados. Conocimientos de informática de aplicación. Para realizar la prestación de objeto del presente contrato el adjudicatario deberá poner a disposición del Ayuntamiento los medios materiales y personales adecuados, siendo de su riesgo y xxxxxxx el mantenimiento y coste de los mismos.