MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES Cláusulas de Ejemplo

MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. La empresa adjudicataria aportará los recursos humanos y materiales necesarios para la realización de las actividades previstas y se responsabilizará de la correcta realización de las mismas. Este personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, debiendo este último cumplir las obligaciones vigentes en materia laboral de Seguridad Social, de prevención de riesgos laborales, así como tributarias del personal a su cargo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no derivará en responsabilidad alguna para la Fundación. La Fundación en modo alguno ni bajo ningún título ostentará la condición de empleador respecto de los trabajadores contratados por cuenta propia o ajena por el adjudicatario, que presten directa o indirectamente servicios para la Fundación. A la extinción de los trabajos no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Fundación. El adjudicatario designará como mínimo dos personas para la prestación del servicio actuando una de ellas como responsable del servicio y la otra como técnico. El personal destinado a la realización del servicio contará con acreditada experiencia y conocimientos en este tipo de trabajo. El equipo de trabajo y sus condiciones y requisitos de solvencia se identifican en el pliego de cláusulas jurídicas particulares. En cualquier caso, la persona responsable de prestar el servicio, se personará en cuantas reuniones se estime necesario en la sede de la fundación para aclarar los asuntos que requieran un análisis o exposición más pormenorizada; siendo necesaria como mínimo una reunión mensual. - El responsable del servicio deberá tener disponibilidad permanente para prestar asesoramiento telefónico y presencial a la Fundación (a requerimiento de la Fundación). Las consultas serán realizadas y contestadas mediante correo electrónico, teléfono o cualquier otro medio de comunicación en un plazo máximo de 48 horas. - Los servicios detallados en 2.1.2.- Gestión laboral se llevarán a cabo por un técnico bajo la dirección de la persona responsable del servicio detallado en el punto anterior. El adjudicatario desplazará a las instalaciones de la Fundación, a petición de ésta, al personal que fuera necesario para resolver dudas o atender reuniones relacionadas con los trabajos contratados, siendo por cuenta del adjudicatario los costes de desplazamiento.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. En los términos del artículo 76.2 y con el alcance establecido en los artículos 192.2 ó 211.1.f) de la LCSP 2017, el adjudicatario se compromete a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales que se detallan en el apartado 7.5 del Cuadro de Características. Cód. Validación: 4ZZ4T5KKETH49GP2XLRKKWE44 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 46 materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. Cód. Validación: 4ZZ4T5KKETH49GP2XLRKKWE44 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 46 contratista con la "entidad contratante", a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. Corresponde al contratista aportar los medios personales y materiales necesarios para la correcta ejecución del contrato.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. Corresponde al contratista aportar los medios personales y materiales necesarios para la correcta ejecución del contrato. El contratista queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y prevención de riesgos laborales respecto del personal a su cargo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no implicará responsabilidad alguna para la Administración contratante. El Ayuntamiento de Totana no tendrá ningún tipo de vinculación (laboral o de otro tipo) con el personal aportado por la empresa contratista. A la extinción del contrato, no tendrá lugar en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Administración contratante.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. El contratista desarrollará las funciones con medios propios, tanto personales como materiales que pondrá a disposición de manera suficiente para garantizar el resultado óptimo de los trabajos objeto de este contrato.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. Artículo 8 Legislación Laboral
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. EL SUBCONTRATISTA dispondrá en todo momento de mano de obra suficiente y debidamente capacitada para dar cumplimiento y ejecución de los trabajos dimanantes de las presentes Condiciones Generales de Contratación. EIFFAGE ENERGÍA podrá en todo momento y por causas justificadas, solicitar que se sustituya a cualquier empleado de EL SUBCONTRATISTA, obligándose ésta a su sustitución inmediata. EL SUBCONTRATISTA, al objeto de cumplimentar adecuadamente la ejecución de lo contratado, equipará a su personal con el instrumental propio de su función. EL SUBCONTRATISTA será responsable de la organización de su personal propio, asignado a la realización de los trabajos, quedando en todo momento claramente definidas sus responsabilidades y líneas de actuación separadas a todos los efectos de las de EIFFAGE ENERGÍA. EIFFAGE ENERGÍA se reserva el derecho de comprobar el buen estado de los medios materiales de EL SUBCONTRATISTA, para que en todo momento se encuentren en las debidas condiciones de servicio y seguridad, sin que ello implique xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte de EIFFAGE ENERGÍA. La maquinaria, equipos de trabajo y seguridad, así como herramientas, utillaje, materiales, etc., aportados por EL SUBCONTRATISTA debe cumplir las normas y prescripciones de seguridad, técnicas y de cualquier otra índoles que sean de aplicación legal o reglamentariamente, y en cualquier caso, las descritas en la documentación técnica de la obra, que EL SUBCONTRATISTA tendrá que conocer, y anexos de aplicación.
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. 1. Para el desempeño de su función el adjudicatario podrá contar con colaboradores a sus órdenes, que desarrollarán sus actividades en función de las atribuciones derivadas de sus títulos profesionales o de sus conocimientos específicos y que integrarán el equipo de trabajo. 6463n VII
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. En ningún caso ni circunstancia la existencia de este contrato supone relación laboral alguna entre el adjudicatario o su personal y la Comunidad de Madrid. Dicho personal dependerá, exclusivamente, del adjudicatario, teniendo este todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empresario en relación con el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, sin que la Comunidad de Madrid, asuma ningún tipo de responsabilidad al respecto. En caso de accidentes o perjuicio de cualquier género ocurrido al personal con ocasión de la prestación del servicio, el adjudicatario cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que esta alcance en modo alguno a la Comunidad de Madrid. El servicio será desempeñado por personal de la empresa adjudicataria debidamente capacitado para las funciones a realizar. Serán de la exclusiva responsabilidad de aquélla los gastos e impuestos derivados de la prestación del servicio, así como los posibles daños que ocasionen al material manipulado, o a terceros como consecuencia de la actividad desarrollada. La empresa adjudicataria se compromete a poner a disposición de la Semana Joven los siguientes medios personales:
MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES. El concesionario contará con los medios personales suficientes para la adecuada prestación del servicio. El personal de la empresa dependerá exclusivamente de la misma, y únicamente ésta tendrá los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empleadora. La empresa contratista no podrá sustituir al personal establecido en su oferta, sin la expresa autorización de la Administración. A efectos de lo dispuesto en el Art. 120 del TRLCSP en el anexo I a este pliego se facilita la información sobre los trabajadores adscritos al Servicio contratados por la empresa que actualmente presenta este servicio en Gernika-Lumo. El concesionario se responsabiliza del aseo, decoro y uniformidad en el vestuario del personal a su cargo que deba tener relación con los usuarios del servicio, de que el mismo actúe con la debida cortesía y corrección en su trato con el público y de que cumpla con lo dispuesto en las Ordenanzas, Reglamentos y normativa vigente. Asimismo, queda obligado a aportar y mantener, para la prestación del servicio el equipo y medios auxiliares que sean precisos para la buena ejecución del contrato. La Administración podrá rechazar cualquier elemento que considere inadecuado, con el derecho de la empresa a reclamar frente a tal resolución ante la Administración en el plazo xx xxxx días naturales, contados a partir de la notificación que le haga por escrito la Administración.