SEGUIMIENTO DEL SERVICIO. 15.- Cumplimiento del contrato.
SEGUIMIENTO DEL SERVICIO. En la realización del servicio por el contratista el órgano de contratación ejercerá las facultades de inspección y supervisión que resulten necesarias para asegurar la buena marcha del servicio. Con esta finalidad el contratista facilitará a esta Administración la vigilancia e inspección del desarrollo de la ejecución del contrato, en orden a verificar su corrección, pudiendo serle exigida la subsanación de los defectos que en ella se detecten. Asimismo, la Administración se reserva el derecho a verificar la disposición por parte del empresario de los medios personales y materiales precisos para la correcta ejecución del contrato. Cualquier dificultad o incidencia que surja en relación al cumplimiento de las condiciones y del plazo para la ejecución de la prestación se pondrá en conocimiento del órgano de contratación para que éste, previo el asesoramiento técnico correspondiente, resuelva al respecto.
SEGUIMIENTO DEL SERVICIO. En la realización del servicio por el contratista el órgano de contratación ejercerá las facultades de inspección y supervisión que resulten necesarias para asegurar la buena marcha del servicio. Con esta finalidad el contratista facilitará a esta Administración la vigilancia e inspección del desarrollo de la ejecución del contrato, en orden a verificar su corrección, pudiendo serle exigida la subsanación de los defectos que en ella se detecten. El contratista o su delegado acompañarán en sus visitas inspectoras al director o al responsable del contrato, los cuales tendrán libre acceso a todos los vehículos en los que se esté desarrollando la ejecución del contrato. Asimismo, la Administración se reserva el derecho a verificar la disposición por parte del empresario de los medios personales y materiales precisos para la correcta ejecución del contrato. Cualquier dificultad o incidencia que surja en relación al cumplimiento de las condiciones y del plazo para la ejecución de la prestación se pondrá en conocimiento del órgano de contratación para que éste, previo el asesoramiento técnico correspondiente, resuelva al respecto.
SEGUIMIENTO DEL SERVICIO. El adjudicatario mantendrá puntualmente informada a EOI del desarrollo de sus actividades. Sin perjuicio de la información que a lo largo de la prestación del servicio pueda requerir EOI al adjudicatario, éste remitirá mensualmente un informe de seguimiento a EOI con los resultados obtenidos y con las acciones realizadas en las diferentes fases de: Fase de Lanzamiento: Archivo, preferentemente en formato hoja de cálculo, con la relación de empresas y entidades contactadas, datos de las personas contactadas, resultados de las gestiones, etc. Otras gestiones llevadas a cabo. Fase de Asesoramiento a los participantes: Expediente por participante que deberá incluir al menos: curso en el que está matriculado, perfil, resultados de las entrevistas mantenidas, recomendaciones facilitadas al participante, reseña de las entrevistas realizadas firmadas por el participante y el consultor, observaciones. Informe de la calidad percibida por los participantes en relación con el asesoramiento recibido. Fase de Inserción: Archivo, preferentemente en formato hoja de cálculo, que contenga al menos número y descripción de vacantes identificadas y remitidas a los alumnos. Archivo, preferentemente en formato hoja de cálculo, con el número, descripción y estado de procesos de contratación abiertos. Número y contenido de sesiones de apoyo a cada uno de los estudiantes. Número, contenido y descripción de las sesiones con los empleadores. Archivo, preferentemente en formato hoja de cálculo, por cada curso que garantice la trazabilidad del proceso seguido con cada participante, incluyendo al menos los datos de identificación de cada participante, los procesos de selección a los que se ha enviado su curriculum, resultado de los mismos, etc. Archivo en formato hoja de cálculo con la relación de contratos suscritos, así como copia de los mismos y vida laboral de los insertados Las actuaciones se desarrollarán en Málaga, en el Polo de Contenidos Digitales, siempre que sea posible, para lo cual el adjudicatario deberá tener plena disponibilidad para estar permanentemente vinculado al lugar de realización de los trabajos durante la ejecución del Proyecto y para acudir a las localidades donde se hayan impartido los cursos para las labores de asesoramiento a los participantes. El adjudicatario informará puntualmente a EOI cuando identifique información relevante para optimizar los resultados de los procesos de colocación de los participantes.
SEGUIMIENTO DEL SERVICIO. En la gestión del servicio público por el contratista el órgano de contratación ejercerá los poderes de policía que resulten necesarios para asegurar la buena marcha del servicio. Con esta finalidad el contratista facilitará a esta Administración la vigilancia e inspección del desarrollo de la ejecución del contrato, en orden a verificar su corrección, pudiendo serle exigida la subsanación de los defectos que en ella se detecten. En el marco del contrato, la empresa concertada se compromete a someterse a las directrices y a seguir las normas de las autoridades educativas y del órgano de contratación en orden a una mejor prestación del servicio. El contratista o su delegado acompañarán en sus visitas inspectoras al director o a las personas a las que se refiere el párrafo primero, las cuales tendrán libre acceso a todos los vehículos en los que se esté desarrollando la ejecución del contrato. Durante la ejecución del contrato, el adjudicatario asumirá las responsabilidades inherentes a la ejecución del Servicio, conforme a las instrucciones de obligado cumplimiento dadas por escrito por el órgano de contratación. Asimismo, la Administración se reserva el derecho a verificar la disposición por parte del empresario de los medios personales y materiales precisos para la correcta ejecución del contrato. Cualquier dificultad o incidencia que surja en relación al cumplimiento de las condiciones y del plazo para la ejecución de la prestación se pondrá en conocimiento del órgano de contratación para que éste, previo el asesoramiento técnico correspondiente, resuelva al respecto.
SEGUIMIENTO DEL SERVICIO. 10.- Indemnizaciones y gastos a cargo del contratista. 11.- Cumplimiento del contrato:
SEGUIMIENTO DEL SERVICIO. El adjudicatario se compromete a seguir las directrices que determine Asociación Inserta Empleo en lo relativo a seguimiento de la asistencia del alumnado, reuniones de seguimiento de las acciones formativas en el número y secuencia que se establezcan, y obligándose a cumplimentar y entregar la documentación en los plazos y formas establecidos, utilizando los formatos que Asociación Inserta Empleo le requiera. En relación al control de asistencia de los alumnos, Asociación Inserta Empleo puede requerir al adjudicatario una Tablet con conexión a Internet y sistema operativo IOS o Android Dicho material será el consignado en la propuesta presentada. FSCI 24 – Programa formativo (curso) FSCI 26 – Ficha de modificación del programa FSCI 53 – Control de asistencia FSCI 54 – Ficha de incidencias FSCI 48 – Evaluación modular (curso) FSCI 49 – Acta evaluación final (curso) Para realizar un correcto seguimiento del control de asistencia del alumnado, se podrá requerir, la disposición en el aula de una Tablet, con conexión a Internet, y que tenga instalada la aplicación Por Talento, compatible para dispositivos IOS y Android, que permita la recogida de la firma digital.
SEGUIMIENTO DEL SERVICIO. El seguimiento de los trabajos se realizará por el Servicio de Turismo de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá estar en contacto permanente con los responsables de dicho Servicio, facilitará toda la información que se requiera y comunicará cualquier tipo de incidencia que se produzca durante la vigencia del contrato. La Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 del T.R.L.C.S.P. y 94 del R.G.L.C.A.P., podrá ejercer de una manera continuada y directa la inspección y vigilancia del servicio contratado a través del Servicio de Turismo de la Institución Provincial, sin perjuicio de que el mismo pueda confiar tales funciones al personal de dicho Organismo. A este fin, el contratista facilitará la visita y el examen de cualquier proceso o fase para que se puedan desempeñar las citadas funciones. El contratista o su delegado acompañará en sus visitas inspectoras a las personas a las que se refiere el párrafo segundo, las cuales tendrán libre acceso a todos los lugares donde se esté desarrollando la ejecución del contrato. Durante la ejecución del contrato, el adjudicatario asumirá las responsabilidades inherentes a la ejecución del servicio, conforme a las instrucciones de obligado cumplimiento dadas desde la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx.
SEGUIMIENTO DEL SERVICIO. El seguimiento de los trabajos se realizará por el Servicio de Turismo de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx. La empresa adjudicataria deberá estar en contacto permanente con los responsables de dicho Servicio, facilitará toda la información que se requiera y comunicará cualquier tipo de incidencia que se produzca durante la vigencia del contrato. La Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 del T.R.L.C.S.P. y 94 del R.G.L.C.A.P., podrá ejercer de una manera continuada y directa la inspección y vigilancia del servicio contratado a través del Servicio de Turismo de la Institución Provincial, sin perjuicio de que el mismo pueda confiar tales funciones al personal de dicho Organismo. A este fin, el contratista facilitará la visita y el examen de cualquier proceso o fase para que se puedan desempeñar las citadas funciones. El contratista o su delegado acompañará en sus visitas inspectoras a las personas a las que se refiere el párrafo segundo, las cuales tendrán libre acceso a todos los lugares donde se esté desarrollando la ejecución del contrato. Durante la ejecución del contrato, el adjudicatario asumirá las responsabilidades inherentes a la ejecución del servicio, conforme a las instrucciones de obligado cumplimiento dadas desde la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx. La empresa adjudicataria, así como de forma individual cada uno de los componentes del equipo de trabajo asignado, deberán responsabilizarse de que en caso de realizar tratamiento de datos de carácter personal, éste se realice de acuerdo con las normas de seguridad elaboradas de conformidad con lo establecido en la Ley de protección de datos de carácter personal y demás legislación complementaria, y que no serán aplicados ni utilizados con fines distintos a los que figuran en este pliego, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación a otras personas o entidades, así como a la aceptación de las normas contenidas en el documento de seguridad elaborado por el organismo. En caso de incumplimiento de lo estipulado, la empresa contratante y los técnicos que formen parte del equipo de trabajo, serán responsables de las infracciones que se deriven del mismo.
SEGUIMIENTO DEL SERVICIO. En la realización del servicio por el contratista el órgano de contratación ejercerá las facultades de inspección y supervisión que resulten necesarias para asegurar la buena marcha del servicio. Con esta finalidad el contratista facilitará a esta Administración la vigilancia e inspección del desarrollo de la ejecución del contrato, en orden a verificar su corrección, pudiendo serle exigida la subsanación de los defectos que en ella se detecten. Asimismo, la Administración se reserva el derecho a verificar la disposición por parte del empresario de los medios personales y materiales precisos para la correcta ejecución del contrato. Xxxxx xxx Xxxxxxx, 0 - 00000 XXXXXXXXXX Teléfono 000 00 00 00 - Fax 000 00 00 00 xxxx://xxx.xxxxx.xxxx.xx/xxxxxxxx/xx/xxxxxxxxxxxx Cualquier dificultad o incidencia que surja en relación al cumplimiento de las condiciones y del plazo para la ejecución de la prestación se pondrá en conocimiento del órgano de contratación para que éste, previo el asesoramiento técnico correspondiente, resuelva al respecto.