Condiciones aplicables de EL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

Condiciones aplicables de EL SERVICIO. El servicio estará disponible en Lima y Callao, sujeto a cobertura de red (RPV Local Calidad de servicio 1 o 2). No aplicable para clientes con cuentas pendientes de pago frente a LA EMPRESA. Sujeto a evaluación crediticia. Se recomienda habilitar un LCD por cada punto DMP (Digital Media Player). Los únicos formatos de video soportados son: Flash 6, Flash 7, MPEG 2 (80 Mb por 30 seg., High Definition 1080, 60 frames por seg.) y MPEG 4- 2 (8 Mb por 30 seg., Standard Definition 480, 30 frames por seg.). La estimación del BW (33 seg. = 80 Mb; 22 minutos a 512 Kbps o 176 minutos a 64 Kbps aproximadamente.) La creación y edición de los vídeos (contenido multimedia) será única responsabilidad de EL CLIENTE y deberá ser entregado con el formato indicado y a la dirección FTP que LA EMPRESA le proveerá. La copia de archivos desde el servidor de Storage a los DMP se realizará por las noches o en las horas indicadas por EL CLIENTE como de menor tráfico en la red. En caso EL CLIENTE opte por no arrendar el LCD a LA EMPRESA, podrá elegir otro LCD, el cual deberá ser debidamente homologado por LA EMPRESA, antes de la instalación del SERVICIO. Si EL CLIENTE adquiere un LCD por su cuenta, deberá de efectuar la instalación por cuenta propia, antes que el personal de LA EMPRESA realice la instalación de LOS EQUIPOS. En el supuesto que EL CLIENTE no haya efectuado la debida instalación del LCD de su propiedad, dentro de los plazos señalados por LA EMPRESA, deberá de efectuar un pago adicional por una segunda visita del personal de LA EMPRESA, de acuerdo a lo establecido en el preciario. La provisión del servicio se realizara en 75 días. Esto incluye la importación de los equipos, configuración e instalación de los mismos. El contenido de video será elaborado por EL CLIENTE y deberá ser entregado como mínimo tres (03) días útiles (No incluye sábados y domingos) antes de su programación. Se deberá realizar la programación de los videos y contactar con EL CLIENTE para el visto bueno de la publicación. En este servicio se incluye el montaje e instalación del equipamiento (DMP’s y LCD’s) ofertado con su respectivo cableado de energía y datos hasta los puntos de energía y datos proporcionados por el cliente (a 10 metros como máximo). No incluye ningún cableado desde el tablero de energía o desde el switch de datos. La copia de archivos desde el servidor de almacenamiento a los DMP (Digital Media Player) se realizara por las noches o en el momento que EL CLIENTE indique como no hor...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.