INSTALACIÓN DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para la prestación del Servicio sobre fibra es necesario que SEROSENSE TELECOM realice determinadas actuaciones técnicas en el domicilio del Cliente, para lo cual será absolutamente necesario el desplazamiento de un técnico enviado por SEROSENSE TELECOM al domicilio del Cliente que procederá a la instalación básica necesaria para la prestación del Servicio en el domicilio del Cliente y que com- prenderán los siguientes elementos: 1 el Punto de Terminación de Red Óptica (PTRO), y la instalación y configu- ración inicial de la ONT. El precio de la instalación básica para la prestación del Servicio será el establecido en la Oferta Comercial. La instalación de elementos técnicos extra en el domicilio del Cliente se realizará según los precios para cada uno de ellos establecidos en la Oferta Comercial. Los importes serán recogidos por SEROSENSE TELECOM en la factura mensual correspondiente. SEROSENSE TELECOM se pondrá en contac- to con el Cliente, de forma telefónica o presencial, para concertar la visita de un técnico a su domicilio para reali- zar la instalación. Si, tras 4 intentos por parte de SEROSENSE TELECOM, no resulta posible realizar la instala- ción en el domicilio del Cliente, se entenderá como baja anticipada en el servicio, procediéndose a facturar la pe- nalización correspondiente por incumplimiento del compromiso de permanencia. Una vez realizada la instalación, el Cliente deberá firmar su conformidad. La no aceptación parte del Cliente de la instalación básica a realizar por SEROSENSE TELECOM dará derecho a SEROSENSE TELECOM a resolver el presente Contrato de forma in- mediata, procediendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato. SEROSENSE TELECOM adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de SEROSENSE TELECOM, quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a SEROSENSE TELECOM, quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. SEROSENSE TELECOM informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por lo que, en caso de que el Cliente no desee que s...
INSTALACIÓN DEL SERVICIO. EUSKALTEL establecerá la conexión al servicio en el plazo de sesenta días naturales desde la firma del contrato. EUSKAL- TEL acordará con el CLIENTE la fecha de instalación de los servicios. En el supuesto en que, por causas únicamente imputables a EUSKALTEL, la instalación del servicio no se realizara una vez pasado el plazo de 60 días desde la firma del contrato, EUSKALTEL se compromete a abonar al CLIENTE la cantidad equivalente al importe de la cuota vigente del servicio de Fibra Óptica multiplicada por los meses trascurridos desde la firma del contrato hasta la activación del servicio contratado. En todo caso para el pago de la indemnización será precisa la reclamación escrita por parte del CLIENTE. La instalación del servicio y equipo en el domicilio del CLIENTE se realizará razonablemente según las indicaciones del CLIENTE, aunque por razones técnicas EUSKALTEL se reserva el derecho a determinar en función de las mismas la ubicación de los puntos de conexión y el trazado de los cables.
INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para que la empresa realice una adecuada instalación del servicio de Acueducto, el inmueble debe cumplir con las siguientes condiciones:
INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Naucable, de común acuerdo con el suscriptor, fijará un día y un horario para que el personal técnico proceda a la instalación del Servicio en el domicilio previamente establecido en el Contrato de Adhesión. Dicho día y horario acordado se confirmará vía correo electrónico, vía telefónica o bien, por mensaje vía SMS o Whatsapp. En caso de
INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Para la prestación del Servicio sobre fibra es necesario que CECSA TELECOM S.L.U. realice determinadas actuaciones técnicas en el domicilio del Cliente, para lo cual será absolutamente necesario el desplazamiento de un técnico enviado por CECSA TELECOM S.L.U. al domicilio del Cliente que procederá a la instalación básica necesaria para la prestación del Servicio en el domicilio del Cliente y que comprenderán los siguientes elementos: 1 el Punto de Terminación de Red Óptica (PTRO), y la instalación y configuración inicial de la ONT. El precio de la instalación básica para la prestación del Servicio será el establecido en la Oferta Comercial. La instalación de elementos técnicos extra en el domicilio del Cliente se realizará según los precios para cada uno de ellos establecidos en la Oferta Comercial. Los importes serán recogidos por CECSA TELECOM S.L.U. en la factura mensual correspondiente. CECSA TELECOM S.L.U. se pondrá en contacto con el Cliente, de forma telefónica o presencial, para concertar la visita de un técnico a su domicilio para realizar la instalación. Si, tras 4 intentos por parte de CECSA TELECOM S.L.U., no resulta posible realizar la instalación en el domicilio del Cliente por causas achacables a éste, se entenderá como baja anticipada en el servicio, procediéndose a facturar la penalización correspondiente por incumplimiento del compromiso de permanencia. Una vez realizada la instalación, el Cliente deberá firmar su conformidad. La no aceptación parte del Cliente de la instalación básica a realizar por CECSA TELECOM S.L.U. dará derecho a CECSA TELECOM S.L.U. a resolver el presente Contrato de forma inmediata, procediendo en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato. CECSA TELECOM S.L.U. adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red de CECSA TELECOM S.L.U., quedando exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general de cuantas acciones u omisiones, no imputables a CECSA TELECOM S.L.U., quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas. CECSA TELECOM S.L.U. informa que presta el Servicio de telefonía disponible al público con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada por ...
INSTALACIÓN DEL SERVICIO. La Instalación del SERVICIO se realizará con arreglo a las siguientes Condiciones: • La instalación de los equipos necesarios se entenderá terminada cuando se haya comprobado la navegación por Internet. • Quedan excluidos del proceso de instalación la configuración de los programas de correo electrónico, cualquier otro que pueda utilizar el CLIENTE, así como la instalación del Equipo Informático del CLIENTE. • Asimismo, la instalación comprenderá el tendido del cableado necesario para el tramo existente desde los elementos exteriores hasta el equipo terminal junto al equipo del CLIENTE. MOVISTAR podrá prestar el Servicio de Instalación por sí misma o a través de un instalador autorizado. En cualquier caso, para la adecuada prestación del Servicio MOVISTAR siempre configurará e instalará los elementos referidos en la cláusula 4.3 directamente o por medio de un Instalador autorizado. El Servicio de Atención al CLIENTE consiste en un Servicio de Atención Comercial y un Servicio de Asistencia Técnica. Este último podrá ser prestado por MOVISTAR o a través de un Servicio de Asistencia Técnica autorizado. • El Servicio de Atención Comercial al CLIENTE consiste en un servicio de asistencia comercial telefónica a través de los números que estén habilitados por MOVISTAR a tal efecto, y que figuran en la cláusula 24. • El Servicio de Asistencia Técnica al CLIENTE es un servicio de consulta vía telefónica y comprende, a su vez, un Servicio de Diagnóstico y un Servicio de Resolución de Incidencias. • Este Servicio no comprende la asistencia técnica de incidencias en el equipo informático del CLIENTE. • El Servicio de Diagnóstico es un servicio de asistencia técnica que MOVISTAR presta al CLIENTE a través del número telefónico habilitado a tal fin. A estos efectos, MOVISTAR recogerá durante las 24 horas al día, los 7 días de la semana, incluso festivos, cualquier incidencia que afecte al funcionamiento del Servicio. Recibiendo del CLIENTE un aviso de incidencia relativo al Servicio, MOVISTAR abrirá un boletín de incidencias y procederá a indicar al CLIENTE la posible causa de la incidencia. • El Servicio de Resolución de Incidencias comprende un servicio de asistencia técnica telefónica y un servicio de asistencia técnica presencial en el domicilio en el que el CLIENTE tenga instalado el equipamiento correspondiente al Servicio. MOVISTAR asume la obligación de resolver las incidencias que se le planteen al CLIENTE en la utilización del Servicio e iniciará el procedimie...
INSTALACIÓN DEL SERVICIO. El SUSCRIPTOR autoriza a EMCALI para que éste efectúe las labores necesarias en su domicilio, por medio de su personal o de terceros contratistas, tanto para instalar y habilitar el (los) servicio (s), así como para, una vez terminado el presente contrato y en los casos en que ello proceda según lo señalado en el mismo, desinstalar el servicio y retirar los equipos respectivos. EMCALI realizará la instalación del servicio dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato, salvo que se presenten eventos no imputables a EMCALI que retarden la instalación, tales como necesidad de realizar obras civiles, autorización administración de la copropiedad, etc. En caso de que la instalación no se realice dentro del término aquí establecido, por razones imputables a EMCALI, ésta reconocerá como
INSTALACIÓN DEL SERVICIO a. E-PORTS conectará el Cliente a la Red, en un plazo de máximo de noventa (90) días a contar desde la firma del Contrato, salvo causas de fuerza mayor, causas que no le sean imputables o cualquier otra causa especificada en estas Condiciones, previa verificación por E-PORTS de los datos y documentos aportados por el Cliente a la firma del Contrato, de la idoneidad y conformidad de las conexiones y requisitos técnicos necesarios para recibir los Servicios, así como a los estudios de viabilidad y/o cuestionarios de requerimientos necesarios para cada uno de los Servicios. A tal efecto, E-PORTS informará al Cliente del día y hora en el que se procederá a realizar la conexión inicial, siempre que se haya instalado previamente la Red de Distribución para efectuar dicha conexión y, en su caso, de la fecha de entrega de los Equipos de E-PORTS en caso de que hayan sido contratados por el Cliente.
INSTALACIÓN DEL SERVICIO. Las condiciones y plazos para la instalación del(los) SERVICIO(s) se detallan en la(s) Orden(es) de(los) Servicio(s) del presente contrato, su ejecución quedará sujeta a la aprobación del estudio de factibilidad técnica que efectuará NETLINE. En cualquier caso el plazo de instalación se computará desde la fecha de recepción de la orden de servicio por parte de NETLINE. En la fecha de instalación y luego de realizadas las pruebas de aceptación, las Partes suscribirán un documento de conformidad de instalación y aceptación del servicio.
INSTALACIÓN DEL SERVICIO. La entrega e . Una vez aceptada la instalación del Equipo de . Red por el Suscriptor, él no podrá modificar de ninguna forma el Equipo de Red; ni su ubicación. y/o cualquier .elemento del mismo; en caso contrario. el Proveedor no será responsable de la prestación del Servicio hasta que el _ Equipo de Red sea reubicado por el Proveedor en el sitio original. previo pago de las tarifas por reubicación del Equipo de Red. El Suscriptor .. será responsable de los daños y perjuicios que pueda ocasionar al Equipo· de Red y, en su caso, del pago de los servicios para reparar cualquier falla en la recepción de las señales ocasionadas por las manipulaciones no autorizadas del Equipo de Red y/o la instalación.