FACTURACIÓN DEL SERVICIO. Artículo 115.- Tarifa aplicable al servicio
FACTURACIÓN DEL SERVICIO. Los cargos por el Servicio provisto se facturarán a partir de que se dé la activación del Equipo Terminal Módem en el Domicilio del Servicio. La Factura que MOVISTAR emita al CLIENTE, cumplirá con todos los requisitos fiscales señalados en la normativa aplicable y además estará acompañada de un Estado de Cuenta que al menos incluirá lo siguiente:
FACTURACIÓN DEL SERVICIO. La PERSONA PRESTADORA facturará el servicio público de aseo de forma directa o conjunta con cualquiera de los servicios públicos a los que se refiere la Ley 142 de 1994. En este caso, no podrán pagarse estos últimos servicios con independencia del servicio público de aseo, salvo en aquellos casos en que exista prueba de mediar petición, queja o recurso debidamente interpuesto ante la persona prestadora del servicio de aseo. El prestador del servicio para los residuos no aprovechables facturará de manera integral el servicio público de aseo junto con la actividad de aprovechamiento, de acuerdo con la tarifa resultante de la aplicación de la metodología tarifaria vigente o del contrato respectivo, cuando la tarifa se hubiere definido contractualmente y con la periodicidad señalada en el presente contrato. La factura del servicio público de aseo contendrá, como mínimo, la siguiente información:
FACTURACIÓN DEL SERVICIO. La Empresa Distribuidora facturará al Cliente, lo correspondiente al consumo de energía o energía y potencia según corresponda, así como lo relativo a impuestos xx xxx y otros atinentes únicamente al servicio de acuerdo con el pliego tarifario, reglamentos y disposiciones vigentes o que se aprobaran por la ARESEP. Ante el desacuerdo con el monto facturado, el Cliente procederá de conformidad con lo establecido en la norma SUCOM. El Cliente autoriza el envío de información sobre facturación y otros aspectos de índole comercial, a los medios electrónicos indicados en el Anexo 1.
FACTURACIÓN DEL SERVICIO. La facturación del servicio deberá realizarse mediante Factura de Consumidor Final, exenta de impuestos, a nombre de: SG-SICA/COOPERACIÓN DELEGADA/APOYO ESCA. La SG- SICA efectuará los pagos mediante cheque o transferencia bancaria.
FACTURACIÓN DEL SERVICIO. La fecha de inicio de cobro de la Contraprestación será la misma que la fecha de inicio de la prestación del Servicio, aun cuando EL SUSCRIP- TOR no utilice el Servicio o no estuviera en posibilidad de utilizarlo. En caso que dicha acti- vación no coincida con el inicio del mes calendario, se facturará parcialmente el primer mes. Los meses subsecuentes se facturarán el primer día del mes calendario que corresponda. El último mes, de resultar también parcial, se facturará conjuntamente con el mes que le preceda. LA CONCESIONARIA enviará al domicilio de EL SUSCRIPTOR, por lo menos de manera men- sual, un estado de cuenta y/o factura, según corresponda, que contendrá el desglose de los costos del Servicio que se proporcione, por lo menos con 10 (diez) días naturales de antici- pación a la fecha de vencimiento del plazo para el pago del Servicio. Con la firma de esta cláusula, EL SUSCRIPTOR si ( ) no ( ) acepta que LA CONCESIONARIA, en sustitución de la entrega de la factura y/o estado de cuenta en su domicilio, éstos puedan ser consultados a través de cualquier medio que, al efecto, acuerden las partes. Firma de autorización de EL SUSCRIPTOR: . EL SUSCRIPTOR acepta y reconoce que el hecho de que no reciba el estado de cuenta y/o la factura mensual por la prestación del Servicio, así como la imposibilidad para realizar el cargo de la Contraprestación a su tarjeta de crédito y/o débito, por cualquier causa, no lo exime de la obligación de pagar la Contraprestación aplicable al Servicio.
FACTURACIÓN DEL SERVICIO. El adjudicatario presentará las correspondientes facturas a mes vencido por importe de las horas prestadas, desglosadas por servicio y agrupadas por centros de trabajo y con el detalle suficiente de los servicios prestados en el mes que se refieran. Dichas facturas habrán de ser conformadas por el Responsable del Contrato del PMAD, previa comprobación de la perfecta ejecución de los trabajos efectuados. Además deberá adjuntar a la factura los TC1 y TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito a la prestación del servicio objeto de la contratación.
FACTURACIÓN DEL SERVICIO. Las prestaciones objeto del contrato se facturará con carácter mensual en base a la oferta seleccionada y criterios definidos a continuación. El contratista remitirá: Con carácter mensual. - Oferta/36 meses, de los servicios fijos de mantenimiento. - Los suministros de equipos y materiales en función de necesidades no incluidos dentro del coste fijo y que hayan sido solicitados y aprobados por Isdefe previo a su facturación. - Trabajos por orden de administración en función de las necesidades no incluidos dentro del coste fijo y que hayan sido solicitados y aprobados por Xxxxxx, y realizados por la ADJUDICATARIA, previo a su facturación. - Trabajos de mantenimientos sustitutivos en función de las necesidades no incluidos dentro del coste fijo y que hayan sido solicitados y aprobados por Xxxxxx, y realizados por la ADJUDICATARIA, previo a su facturación. - Servicios extraordinarios por contingencias solicitados y aprobados por ISDEFE en caso de necesitarse. La factura deberá cumplir con lo establecido en la cláusula 23 del presente Xxxxxx. Del importe de las facturas se descontarán, en su caso, los importes de las penalizaciones comunicadas por Isdefe.
FACTURACIÓN DEL SERVICIO. La PERSONA PRESTADORA facturará el servicio
FACTURACIÓN DEL SERVICIO. La actividad de aprovechamiento se facturará integralmente con el servicio de aseo a través del prestador de recolección y transporte de residuos no aprovechables.