CALIDAD DE SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

CALIDAD DE SERVICIO. Con el objeto de preservar la calidad de servicio del sistema eléctrico de la Distribuidora, el PMGD deberá dar cumplimiento a las normas técnicas y reglamentarias vigentes en cada época, en particular en lo referido a los límites de componente de secuencia negativa, severidad de parpadeo o “flicker”, distorsión armónica, fluctuaciones de voltajes de corta y larga duración. En todo caso, el PMGD será responsable de los efectos que sobre la calidad de servicio del Sistema Interconectado Central provoquen sus aportes, por acciones imputables a ella. Con el objeto de preservar la Calidad de servicio, según este concepto se define en el artículo 225 literal u) de la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE), la Distribuidora deberá dar cumplimiento a las normas técnicas y reglamentarias vigentes en cada época que le correspondan, en la medida que la operación del PMGD se mantenga dentro de los límites establecidos en la NTCO. Para que las Partes verifiquen el cumplimiento de todas las normas referidas en la presente cláusula, deberán proporcionarse la información necesaria para este efecto y permitir el acceso a los equipos de medición que se soliciten. Para ello, deberán existir terminales accesibles que permitan leer los registros de las señales de corrientes y tensiones secundarias, obtenidas de transformadores de medición apropiados. Tanto la Distribuidora como el PMGD comunicará por escrito a la otra Parte si en la frontera de instalaciones, dicha Parte no cumple con las normas a que se hace referencia en la presente cláusula. Si transcurridos 180 días desde la fecha de comunicación antes referida, no se diere cumplimiento a la obligación de Calidad de servicio indicada en la presente cláusula, la Parte diligente se reserva el derecho de informar a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles su opinión sobre el detrimento de los niveles de Calidad de servicio y sus efectos sobre el suministro al resto de los usuarios del SIC.
CALIDAD DE SERVICIO. Salvo interrupciones por causa de fuerza mayor, EL PROVEEDOR se compromete a ofrecer el siguiente nivel de calidad en el Servicio: Respecto al tiempo de interrupción de un Servicio, un compromiso de interrupción máxima no superior a 48 horas a lo largo de cada período de facturación. A estos efectos, el tiempo de interrupción del Servicio se define como la suma de tiempos transcurridos desde el instante en que se ha producido la indisponibilidad del Servicio, una vez éste haya sido activado, hasta el momento en que se ha restablecido a su normal funcionamiento. El instante de inicio de la cuenta será el primero de los dos sucesos siguientes: (i) el de notificación por el Cliente del aviso de avería, o (ii) el de registro por EL PROVEEDOR de la incidencia causante de la interrupción total o parcial del Servicio. No se aplicará lo dispuesto en los apartados anteriores cuando la interrupción temporal se deba a alguna de las siguientes causas:
CALIDAD DE SERVICIO. La Empresa Distribuidora es responsable del cumplimiento de los niveles de calidad individual señalados en esta cláusula, en relación con cada uno de los consumidores conectados a sus redes. El suministro deberá realizarse en las condiciones de calidad establecidas en la norma vigente (Real Decreto 1432/2002, artículos 63 a 65) y en aquella que la modifique o substituya, atendiendo principalmente a la continuidad del suministro (número y duración de las interrupciones y calidad del producto (calidad del gas y odorización).
CALIDAD DE SERVICIO. A continuación se detallan los requerimientos que el adjudicatario debe incluir en el compromiso de calidad de servicio ofertado:
CALIDAD DE SERVICIO. Los licitadores deberán incluir en sus ofertas, como mínimo:
CALIDAD DE SERVICIO. El efecto global de la calidad de funcionamiento de un servicio que determina el grado de satisfacción de un usuario de un servicio (según norma UIT-T E800).
CALIDAD DE SERVICIO. (QoS) y Clase de Servicio (CoS) Tipo 1: Servicios Conversacionales, Bidireccionales, en tiempo real constante: Voz Tipo 2: Servicios Interactivos Crítico, Bidireccionales y baja tasa de errores: Aplicaciones sustantivas de la CDI y MOC. Tipo 3 : Servicios Conversacionales : Bidireccionales, en tiempo real constante: Video. Tipo 4: Servicios Interactivos, Bidireccionales y baja tasa de errores: navegación Internet, correo electrónico, descarga de datos.
CALIDAD DE SERVICIO. El contratista seleccionado para garantizar la calidad del servicio otorgará la garantía que deberá asegurar una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, con una vigencia que comprenda la duración del mismo y dos meses más.
CALIDAD DE SERVICIO. Las Partes se comprometerán a respetar las normas de calidad de servicio para los servicios postales de pago electrónicos, de conformidad con el artículo 4.1.2 del presente Acuerdo.
CALIDAD DE SERVICIO. 10.1. El mantenimiento de la calidad de servicio comporta: