CONDICIONES ESPECIFICAS DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES ESPECIFICAS DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxx/xx/xxxxxxxx
CONDICIONES ESPECIFICAS DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 18.3.1.- OTRAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO A- En los supuestos en los que exista un tercero responsable del pago de la prestación o del servicio que se efectúe, la facturación por los servicios prestados con los medios de este contrato corresponde exclusivamente a la Administración contratante. B- La utilización, por el INGESA, o por los usuarios, de medios ajenos a la empresa concertada por insuficiencia de los que le sean propios, desatención del servicio, tardanza excesiva, o, en general, por cualquier causa imputable al adjudicatario que dé lugar al abono del servicio por el INGESA o al reintegro de gastos a los pacientes, serán deducidos directamente de la liquidación mensual que corresponda, sin perjuicio de las deducciones por incumplimiento del contrato que se establecen en los apartados siguientes. C- El adjudicatario se obliga a mantener en plena operatividad el parque de vehículos ofertados durante toda la vigencia del contrato, incluido las oportunas autorizaciones administrativas que correspondan, así como a aportar cuantos medios resulten necesarios en cada momento para el correcto cumplimiento del servicio. D- El adjudicatario se obliga a ejecutar fielmente el plan de formación ofertado, así como –en su caso- el incremento en su oferta de otras elementos respecto de los medios técnicos mínimos de prestación del servicio E- El adjudicatario se obliga a remitir a la Dirección Territorial del INGESA en Ceuta, o a los órganos de gestión que ésta determine, la información operativa sobre el servicio que se le requiera. El soporte (papel e informático), la frecuencia y contenido de esta información será establecido por dicha Dirección Territorial. F- El adjudicatario se obliga a aportar a la Dirección Territorial del INGESA en Ceuta copia del libro de visitas de la Inspección de Trabajo, así como a cumplir la normativa vigente en materia de protección de riesgos laborales conforme a la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales. 18.3.2.- OTRAS CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

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  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas a su objeto, en el sentido del artículo 145 LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se indican en el apartado 23 del Anexo I al presente pliego. Para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución, deberán establecerse penalidades en el apartado 29 del Anexo I al presente pliego o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.

  • CONDICIONES DEL CONTRATO Categoría: TITULADO DE GRADO MEDIO Retribución mensual bruta: Jornada semanal: 35 horas semanales Financiación asignada al contrato: 29.987,40 € Otros méritos a valorar:

  • Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Esta sección incluye cláusulas específicas que son propias para cada contrato y que complementan las Condiciones Generales del Contrato (CGC)

  • Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato 15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución será hasta el 31 de diciembre de 2022, contado a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato.