AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS Cláusulas de Ejemplo

AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS. 28.3.1 El Contratante se encargará de obtener todas las autorizaciones administrativas que requiera el Contratista, tales como las relativas a la ocupación temporal de propiedades públicas o privadas, los permisos sobre vías públicas y las licencias de construcción, necesarios para la realización de las obras objeto del Contrato. 28.3.2 El Contratante y la Supervisión de Obra prestarán su asistencia al Contratista, si éste lo solicita a fin de facilitar la obtención de las demás autorizaciones administrativas que sean necesarias, especialmente para, todo el material y los equipos destinados exclusivamente a la ejecución de los trabajos y para disponer de los terrenos necesarios para depositar los escombros.
AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS. El contratista estará obligado a gestionar y obtener el alta o autorización de funcionamiento de las instalaciones que fuesen precisas, debiendo figurar como titular el Ayuntamiento, siendo de cuanta de aquél las tasas o cualquier prestación que sea procedente.
AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS. El Contratista se encargará de obtener todas las autorizaciones administrativas que se requieran, tales como las relativas a la ocupación temporal de propiedades públicas o privadas, los permisos sobre vías públicas y las licencias de construcción, necesarios para la realización de las obras objeto del Contrato. El Contratante y la Dirección de Obra prestarán su asistencia al Contratista, si éste la solicita, a fin de facilitar la obtención de las autorizaciones administrativas que sean necesarias, especialmente para importar y luego reexportar, de ser el caso, según los regímenes aduaneros y fiscales especiales, todo el material y los equipos destinados exclusivamente a la ejecución de los trabajos y para disponer de los terrenos necesarios para depositar los escombros.
AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS. El adjudicatario del contrato, tramitará los permisos necesarios a las Administraciones correspondientes, para todas aquellas actuaciones que los requieran, los costes de los mismos serán por cuenta de la empresa adjudicataria.
AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS. La Planta de almacenamiento temporal de residuos peligrosos y no peligrosos cuenta con los permisos y licencias administrativas y/o medioambientales necesarias para el desarrollo de su actividad, entre las que se encuentran: • Licencia de Apertura para una actividad calificada de centro logístico de subproductos de la industria de la madera, mueble y afines, otorgada por el Ayuntamiento de Chiva (Valencia) en fecha 18 xx xxxx de 2001. • Autorización Ambiental Integrada concedida mediante Resolución de 19 de diciembre de 2011 de la Dirección Territorial de Valencia de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, quedando inscrita en el Registro de Instalaciones de la Comunitat Valenciana con el número 614/AAI/CV. • Cambio de la titularidad de la Autorización Ambiental Integrada concedido a través de la Resolución de 3 de diciembre de 2012, de la Dirección Territorial de Valencia de la Consellería de Infraestructuras, territorio y medio Ambiente. • Comunicación de inicio del Procedimiento de modificación no sustancial de la Autorización Ambiental Integrada a través de la resolución de 4 de diciembre de 2012, de la Dirección Territorial de Valencia de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente. • Declaración responsable previa a la apertura de una instalación o actividad con Autorización Ambiental Integrada, presentada en fecha 29 xx xxxx de 2013, en cumplimento con lo establecido en el artículo 63 de la Ley 2/2006, de 5 xx xxxx, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental modificado por la Ley 20/2012, de 14 xx xxxxx, de la Generalitat, de Medidas Urgentes de Apoyo a la iniciativa Empresarial y los Emprendedores, Microempresas y Pequeñas y Medianas Empresas de la Comunidad Valenciana. • Resolución de 3 xx xxxxx de 2013, de la Dirección Territorial de Valencia de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifica la Autorización Ambiental Integrada otorgada a VAERSA para una instalación de almacenamiento temporal de residuos, ubicada en el polígono industrial La Pahilla, calle Els Conills, parcelas 89 y 90, del término municipal de Chiva (Valencia), inscrita en el Registro de Instalaciones de la Comunitat Valenciana con el número 614/AAI/CV. • Documento emitido por el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente en fecha 21 xx xxxxx de 2013 en virtud del cual se acusa recibo de la documentación aportada por VAERSA a los efectos de cumplimiento del trámite de Comunicació...
AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS. El Contratante se encargará de obtener todas las autorizaciones administrativas que requiera el Contratista, tales como las relativas a la ocupación temporal de propiedades públicas o privadas, los permisos sobre vías públicas y las licencias de construcción, necesarios para la realización de las obras objeto del Contrato. El Contratante y el Director de Obra presentarán su asistencia al Contratista, si éste la solicita, a fin de facilitar la obtención de las demás autorizaciones administrativas que sean necesarias, especialmente para importar y luego reexportar, de ser el caso, según los regímenes aduaneros y fiscales especiales, todo el material y los equipos destinados exclusivamente a la ejecución de los trabajos y para disponer de los terrenos necesarios para depositar los escombros. 31.4 Seguridad e higiene de los lugares de trabajo 31.4.1 El Contratista deberá tomar en sus lugares de trabajo todas las medidas de orden y seguridad convenientes para evitar accidentes, tanto en lo que hace al personal como en relación con terceros. Estará obligado a observar todos los reglamentos e instrucciones de las autoridades competentes. En especial asegurará que exista suficiente iluminación y vigilancia en los lugares de trabajo, así como la adecuada señalización interior y exterior. Proveerá, igualmente, cuando fuere necesario, el cierre de los lugares de trabajo. Deberá tomar también todas las precauciones necesarias para evitar que los trabajos sean causa de peligro para terrenos, especialmente para el tránsito público, si éste no ha sido desviado. Los lugares de paso peligrosos a lo largo y a través de las vías de comunicación deberán estar protegidos por barandillas provisionales u otro dispositivo apropiado; deberán estar iluminados y, en caso necesario, vigilados. 31.4.2 El Contratista deberá tomar las precauciones del caso para garantizar la higiene de las instalaciones en los lugares de trabajo, si la importancia de éstos lo justifica, especialmente mediante el establecimiento de redes viales, el suministro de agua potable y de saneamiento. 31.4.3 Salvo disposiciones contrarias en el Contrato, todas las medidas de orden, seguridad e higiene antes mencionadas serán por cuenta del Contratista 31.4.4 En caso de inobservancia por el Contratista de las disposiciones antes mencionadas, y sin perjuicio de las facultades de las autoridades competentes, el Director de Obra podrá tomar, por cuenta del Contratista, las medidas necesarias una vez que su requerimie...
AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS. La empresa Contratista se encargará de obtener o mantener todas las autorizaciones administrativas que requiera la ocupación temporal de la vía pública, registro de la obra, licencias de construcción y conexiones provisorias de los servicios públicos necesarios para la ejecución del objeto del Contrato.
AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS. El adjudicatario deberá disponer de las autorizaciones administrativas necesarias para el suministro de los bienes, en caso de que no pudiese obtener alguna de las referidas autorizaciones por causa a él imputable, EMT podrá resolver el contrato sin previo aviso.
AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS. El concesionario estará obligado a solicitar las correspondientes licencias, autorizaciones y permisos preceptivos para las instalaciones, usos o explotaciones incluidas en el contrato.
AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS. Como ya se indicó con anterioridad, la adjudicación de la presente cesión de uso se efectúa por el Ayuntamiento exclusivamente como propietario del terreno, sin que ello suponga implícitamente el otorgamiento de otras autorizaciones, permisos o licencias municipales exigidas por la legislación, cuya obtención es responsabilidad exclusiva del cesionario. Por ello, la presente cesión no prejuzga la actividad municipal preceptiva en los procedimientos administrativos necesarios para el otorgamiento de las autorizaciones exigidas por la legislación.