CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER. CGC CH ES 12/19 - 3 -
CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER. Las disposiciones que figuran en el contrato de alquiler completadas por las presentes.
CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER. 1. EL CLIENTE asegura que el patrón xxx xxxxx designado en este contrato es poseedor del título legalmente exigible en España y que lo tendrá durante la duración de este contrato a disposición de las autoridades pertinentes.
CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER. 1. Ámbito de aplicación, contenido del contrato, derecho aplicable
CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER. 1.- La embarcación objeto del presente contrato será puesta en alquiler, en las mismas condiciones que las ofrecidas a la parte arrendataria, a un máximo de 24 clientes (socios).
CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER. 1ª) Es deseo del arrendador entregar la embarcación objeto del alquiler, y es deseo del arrendatario recibirla en alquiler, haciéndolo ambos de buena fe.
CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER. Anexo de los costes - 2014
CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER. CGC CH ES 12/19 - 4 - El arrendador podrá negarse a entregar el vehículo en caso de no presentarse cualquiera de estos documentos en el momento de recogida del vehículo. En ese caso, el arrendador se reserva el derecho a retener el precio del alquiler ya abonado por los gastos incurridos sin responsabilidad alguna (ver punto 4).
CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER. CGC CH ES 12/19 - 7 - El arrendatario podrá, en cierta medida, eximirse de esta responsabilidad mediante la celebración de una limitación de responsabilidad (véase el punto 15.5).
CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER. El contrato de alquiler consta de las presentes Condiciones Generales, condiciones especiales, hojas descriptivas de salida y retorno (inventario), el folleto de mantenimiento y las instrucciones de uso de la caravana y las condiciones de la tarifa en Vigencia en el día del alquiler. El hecho de realizar un pedido y asumir la responsabilidad xxx xxxxxxxx por parte del TENANT implica la aceptación plena y sin reservas del TENANT en las presentes condiciones generales de alquiler. Por lo tanto, en caso de contradicción entre un documento comercial, publicitario o contable, o más ampliamente entre toda la correspondencia y este contrato, solo el contrato de alquiler, es decir, las presentes condiciones generales de alquiler y sus anexos hacen La fe entre las partes. En el caso de una contradicción entre el contrato y el inventario de accesorios relacionados con las fechas y lugares de salida y llegada, las opciones y la categoría del vehículo, es el inventario que prevalece en estas condiciones especiales. . Los arrendamientos están legalmente reconocidos como contratos, que comienzan su propósito, no ofrecen derecho de desistimiento.