Condiciones para la firma del contrato Cláusulas de Ejemplo

Condiciones para la firma del contrato. Antes de la suscripción del contrato, el postor que obtuviera la Buena Pro, deberá presentar a la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, la Constancia vigente de No Estar inhabilitado para contratar con el Estado, expedida por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE. Asimismo, es necesaria la presentación de las Garantías a que se refiere el Artículo 40° de la LEY, debiendo entregar a la Entidad, la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato (Carta Fianza o Póliza de Caución), por el importe equivalente al 10% del monto del contrato y con vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de contratista (Artículo 215° de EL REGLAMENTO), las mismas que deberán contener las características y condiciones establecidas en el Artículo 213° de EL REGLAMENTO. Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato conforme a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, y su Reglamento (Artículo 213º del Reglamento). Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor Referencial en más del 10%, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica, según lo establecido en el Artículo 216° de EL REGLAMENTO. De ser el caso, deberá presentar el Contrato del Consorcio, según lo dispuesto en el Artículo 207° del REGLAMENTO, así como toda la documentación señalada en la Cláusula Décimo Novena de la Proforma del contrato.
Condiciones para la firma del contrato. Consentida la buena pro, el representante del postor adjudicado, debidamente autorizado con poderes suficientes, deberá cumplir con suscribir el contrato de acuerdo con la proforma del contrato según anexo N°10. Previo a la firma del contrato y sin necesidad de requerimiento, el postor que hubiese obtenido la buena pro presentará la siguiente documentación: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado emitida por el CONSUCODE.
Condiciones para la firma del contrato. Antes de la suscripción del contrato, el postor ganador de la buena pro, deberá presentar a la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, la siguiente documentación: - Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, expedida por CONSUCODE. - Carta Fianza o Póliza de Caución como Garantía de Fiel Cumplimiento con las siguientes características: incondicional, solidaria, irrevocable, sin beneficio de excusión y de realización automática al sólo requerimiento del PODER JUDICIAL, bajo responsabilidad de las empresas que las emitan las mismas que deberán estar dentro del ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva; equivalente al 10% del monto del contrato y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del postor ganador de la buena pro. - Carta Fianza o Póliza de Caución como Garantía adicional por el monto diferencial de propuesta, En caso de que la propuesta económica fuese inferior al Valor Referencial en más del veinte por ciento (20%), junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, por el monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el Valor Referencial y la propuesta económica. - Copia simple del Registro Único del Contribuyente (RUC) - Copia del DNI, si el postor es persona natural o copia simple de la ficha o partida registral vigente, si el postor es persona jurídica, donde consten los poderes otorgados al representante legal que le autorice representar y suscribir contratos en nombre del postor ganador de la Buena Pro. - Copia simple del documento de identidad de su representante legal. - En el caso de consorcios, deberán presentar la formalización del consorcio con firmas legalizadas ante Notario Público, de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 003-2003/CONSUCODE/PRE. En este caso cada parte integrante del consorcio deberá presentar por separado la Constancia vigente de No Estar Inhabilitado para contratar con el Estado. - Carta Fianza o Póliza de Caución como Garantía por adelanto, En caso que el postor ganador de la buena pro solicite adelanto con idéntico objeto y vigencia que la garantía de fiel cumplimiento, por el monto equivalente al adelanto solicitado, no pudiendo exceder del treinta por ciento (30%) del monto del contrato. - Carta de autori...

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  • Condiciones de ejecución del contrato Se utilizará pedido electrónico : No Se aceptará factura electrónica : Sí Se utilizará el pago electrónico : No

  • Condiciones Específicas Del Contrato 37 5.2.1 Vigencia del Contrato 37 5.2.2 Inicio de Ejecución 37

  • CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EPM prestará el servicio público domiciliario de acueducto y/o alcantarillado dentro de sus posibilidades técnicas y económicas, bajo la modalidad de residencial y no residencial en las condiciones de continuidad y calidad establecidas en la ley y en el anexo técnico de este contrato. EPM tiene la obligación de suministrar efectivamente los servicios a los predios urbanizados y/o que cuenten con licencia de construcción que se encuentren dentro de su área de prestación. El titular de la licencia de construcción deberá solicitar su vinculación como usuario a EPM, la cual deberá ser atendida en un término no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud. Salvo fuerza mayor o caso fortuito, la iniciación en la prestación del servicio solicitado no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde el momento en el que EPM indique que está en posibilidad de prestar el servicio y el USUARIO ha atendido las condiciones uniformes. Si un proyecto con licencia de construcción vigente se encuentra por fuera del área de prestación del servicio, el interesado podrá voluntariamente acordar con EPM las condiciones para la prestación. EPM podrá acordar con los urbanizadores y constructores la conexión de sus proyectos urbanísticos a las redes locales de acueducto y alcantarillado, la construcción de las redes propias del proyecto y el pago del reconocimiento económico de aquello que exceda las necesidades del proyecto urbanístico. EPM podrá recuperar los reconocimientos económicos efectuados a un primer urbanizador, mediante el cobro a otros urbanizadores que se beneficien posteriormente de estas redes. Los aspectos relativos a la conexión y el procedimiento para efectuarla, así como los requerimientos técnicos, se regirán por el reglamento técnico de redes internas o normas que lo aclaren, modifiquen o remplacen, y las normas que adopten o defina EPM. Parágrafo 1. Para la solicitud del servicio por primera vez, el USUARIO potencial deberá tramitar ante EPM el formulario respectivo, adjuntando los documentos que identifiquen al USUARIO potencial, al inmueble, y las condiciones especiales de suministro, si las hubiere. Así mismo para la legalización del servicio, EPM verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales. Parágrafo 2. EPM podrá cobrar las siguientes actividades asociadas con el servicio de conexión: el suministro y calibración del equipo de medición, el suministro de los materiales de la acometida, la ejecución de las obras de conexión, la certificación y cualquier otro que pueda llegar a generarse en ejecución del presente contrato. Cuando el constructor de un condominio, urbanización o copropiedad de tipo residencial o no residencial haya cubierto los respectivos cargos asociados a la conexión, EPM no podrá cobrar de nuevo a los usuarios por estos conceptos. Parágrafo 3. La conexión a la red de la acometida deberá ser efectuada por EPM o personal autorizado por estas. Parágrafo 4. EPM recibirá las solicitudes de los usuarios potenciales en todos los casos. Una vez presentada la solicitud será resuelta dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su presentación, a menos que se requiera de estudios especiales. Para los casos de solicitudes incompletas o que no presentan requisitos, al momento de la recepción de la misma se informará al USUARIO potencial de los requisitos faltantes para proceder a ingresar la solicitud. Ésta se dejará pendiente para que en un plazo de quince (15) días el USUARIO aporte los documentos o información requeridos. Vencido este término sin que el peticionario haya cumplido el requerimiento, EPM entenderá que ha desistido de su petición y dispondrá su archivo.

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  • Condiciones Especiales del Contrato A menos que se indique lo contrario, el Contratante deberá completar todas las CEC antes de emitir los documentos de licitación. Se deberán adjuntar los programas e informes que el Contratante deberá proporcionar.

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  • OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Acusado recibo de la notificación de adjudicación, el contratista, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, deberá aportar los siguientes documentos: A) Documento que acredite haber constituido en la Tesorería General del País Xxxxx o en la del Ente Público Osakidetza, según corresponda, a disposición de la Administración contratante, garantía definitiva por importe del 4 por 100 del importe de adjudicación o del presupuesto base de la licitación cuando el precio del contrato se determine en función de precios unitarios. En el caso de que se prevea en el punto 20 de la carátula de este Pliego la existencia de garantías complementarias, se constituirá por la cantidad determinada al efecto. La garantía podrá ser constituida en metálico, en valores públicos o valores privados avalados por el Estado, por una Comunidad Autónoma o por Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca debidamente autorizados para operar en España. También podrá ser constituida la garantía mediante aval prestado por Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca debidamente autorizados o mediante contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo de caución. El metálico, los títulos, los certificados, el aval o la póliza del contrato de seguro de caución se depositarán en la Tesorería General del País Xxxxx o en la del Ente Público Osakidetza. La garantía definitiva podrá ser sustituida por la certificación expedida por la Tesorería General del País Xxxxx o la del Ente Público de Osakidetza, de la existencia de la garantía global, de la suficiencia de la misma, así como de la inmovilización del importe de la garantía a constituir. B) Acreditar haber satisfecho el importe de los anuncios en Boletines Oficiales teniendo en cuenta que únicamente serán de cuenta del adjudicatario la publicación, por una sola vez, de los anuncios de los contratos en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del País Xxxxx.