Common use of CONDICIONES PRECEDENTES Clause in Contracts

CONDICIONES PRECEDENTES. La obligación a cargo de EL BANCO de desembolsar la suma xxx xxxxxxxx conforme a lo pactado en este Contrato, está sujeta al cumplimiento por parte de EL DEUDOR de las obligaciones establecidas en este Contrato o que sean establecidas de tiempo en tiempo previa aceptación de EL DEUDOR, y a que EL BANCO haya recibido, en forma aceptable para el mismo, las garantías, los documentos e informaciones que se indican a continuación, sin que esta enunciación sea limitativa sino simplemente enunciativa: 1) Documentos de identidad o Certificación de Registro Mercantil vigente de EL DEUDOR, en el caso de personas jurídicas; 2) En el caso de personas jurídicas, Acta de Inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) vigente de EL DEUDOR; 3) En el caso de personas jurídicas, la resolución del órgano corporativo correspondiente de EL DEUDOR autorizando la suscripción del presente Contrato, y designando la persona o las personas que podrán firmar en su representación el presente Contrato o cualquier otro documento requerido por EL BANCO y que guarde relación con el préstamo; 4) En el caso de personas jurídicas, cualquier otro documento corporativo que sea requerido por EL BANCO que permita demostrar que EL DEUDOR cumple adecuadamente con todas las obligaciones establecidas en sus estatutos sociales y las leyes imperantes en la República Dominicana; 5) La constitución de la GARANTÍA HIPOTECARIA que se describe debajo, la cual se realiza mediante el presente Contrato, y la entrega de cualquier documento que sea necesario para perfeccionar la misma. Las condiciones precedentes antes indicadas no son limitativas, y EL BANCO podrá exigir requisitos adicionales de acuerdo a sus políticas internas sobre administración de créditos, por mandato de la regulación vigente o de la Superintendencia de Bancos o cualquier otra autoridad competente. Por igual, EL BANCO, a su entera discreción, podrá obviar alguna de las condiciones precedentes antes indicadas de manera definitiva o establecerla como condición a cumplir por EL DEUDOR dentro de determinado período con posterioridad al desembolso xxx xxxxxxxx.

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Samples: Contrato De Préstamo De Consumo Con Garantía Hipotecaria

CONDICIONES PRECEDENTES. La obligación a cargo de EL BANCO de desembolsar la suma xxx xxxxxxxx conforme a lo pactado en este Contrato, está sujeta al cumplimiento por parte de EL DEUDOR de las obligaciones establecidas en este Contrato o que sean establecidas de tiempo en tiempo previa aceptación de EL DEUDOR, y a que EL BANCO haya recibido, en forma aceptable para el mismo, las garantías, los documentos e informaciones que se indican a continuación, sin que esta enunciación sea limitativa sino simplemente enunciativa: 1) Documentos de identidad o Certificación de Registro Mercantil vigente de EL DEUDOR, en el caso de personas jurídicas; 2) En el caso de personas jurídicas, Acta de Inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) vigente de EL DEUDOR; 3) En el caso de personas jurídicas, la resolución del órgano corporativo correspondiente de EL DEUDOR autorizando la suscripción del presente Contrato, y designando la persona o las personas que podrán firmar en su representación el presente Contrato o cualquier otro documento requerido por EL BANCO y que guarde relación con el préstamo; 4) En el caso de personas jurídicas, cualquier otro documento corporativo que sea requerido por EL BANCO que permita demostrar que EL DEUDOR cumple adecuadamente con todas las obligaciones establecidas en sus estatutos sociales y las leyes imperantes en la República Dominicana; 5) La constitución de la GARANTÍA HIPOTECARIA PRENDARIA que se describe debajo, la cual se realiza mediante el presente Contrato, y la entrega de cualquier documento que sea necesario para perfeccionar la misma. Las condiciones precedentes antes indicadas no son limitativas, y EL BANCO podrá exigir requisitos adicionales de acuerdo a sus políticas internas sobre administración de créditos, por mandato de la regulación vigente o de la Superintendencia de Bancos o cualquier otra autoridad competente. Por igual, EL BANCO, a su entera discreción, podrá obviar alguna de las condiciones precedentes antes indicadas de manera definitiva o establecerla como condición a cumplir por EL DEUDOR dentro de determinado período con posterioridad al desembolso xxx xxxxxxxx.

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Samples: Contrato De Préstamo Con Garantía De Prenda Sin Desapoderamiento

CONDICIONES PRECEDENTES. La Las obligaciones asumidas por la Sociedad bajo el presente Contrato Marco y/o cada Contrato de Garantía Recíproca y/o los Documentos de la Transacción, incluyendo pero sin limitarse a, la obligación a cargo de EL BANCO la Sociedad de desembolsar Garantía Recíproca de garantizar la suma xxx xxxxxxxx conforme a lo pactado en este Contrato, está sujeta Facilidad Crediticia se encuentran sujetos al cumplimiento total, a satisfacción de la Sociedad de Garantía Recíproca, al momento del otorgamiento de cada aval o garantía, de todas y cada una de las siguientes condiciones (las “Condiciones Precedentes”): Que cada contrato de garantía recíproca y cualquiera de los Documentos de la Transacción hayan sido debidamente otorgados y estén en vigencia; Que las Contragarantías ofrecidas por el Socio Participe a favor de la Sociedad de Garantía Reciproca hayan sido constituidas y estén en vigencia; Que las obligaciones Garantizadas por la Sociedad de Garantía Reciproca vigentes no excedan (1) el monto máximo establecido en la Sección 2.01, (2) el límite operativo establecido en el artículo 34 de la Ley 24.467 o (3) el importe que determine la Autoridad Competente; Que no haya ocurrido un Evento de Incumplimiento; y Que no se hubiera producido en Efecto Adverso Significativo o que los presupuestos económicos, financieros y políticos tenidos en cuenta por la Sociedad de Garantía Recíproca al suscribir el Contrato no hayan sido modificados o se encuentren alterados de forma tal que la emisión de un aval por parte de EL DEUDOR la Sociedad de las obligaciones establecidas en este Contrato o que sean establecidas de tiempo en tiempo previa aceptación de EL DEUDOR, y a que EL BANCO haya recibido, en forma aceptable para el mismo, las garantías, los documentos e informaciones que se indican a continuación, sin que esta enunciación sea limitativa sino simplemente enunciativa: 1) Documentos de identidad o Certificación de Registro Mercantil vigente de EL DEUDOR, en el caso de personas jurídicas; 2) En el caso de personas jurídicas, Acta de Inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) vigente de EL DEUDOR; 3) En el caso de personas jurídicas, la resolución del órgano corporativo correspondiente de EL DEUDOR autorizando la suscripción del presente Contrato, y designando la persona o las personas que podrán firmar en su representación el presente Contrato o cualquier otro documento requerido por EL BANCO y que guarde relación con el préstamo; 4) En el caso de personas jurídicas, cualquier otro documento corporativo que sea requerido por EL BANCO que permita demostrar que EL DEUDOR cumple adecuadamente con todas las obligaciones establecidas Garantía Reciproca pueda causar un Efecto Adverso Significativo en sus estatutos sociales y negocios, operaciones o situación patrimonial. Que el Socio Partícipe cumpla con todos los requisitos de “solvencia” establecidos de tanto en tanto por la SGR para otorgar las leyes imperantes en la República Dominicana; 5) La constitución de la GARANTÍA HIPOTECARIA que se describe debajo, la cual se realiza mediante el presente Contrato, y la entrega de cualquier documento que sea necesario para perfeccionar la misma. Las condiciones precedentes antes indicadas no son limitativas, y EL BANCO podrá exigir requisitos adicionales de acuerdo a sus políticas internas sobre administración de créditos, por mandato de la regulación vigente garantías o de la Superintendencia de Bancos o cualquier otra autoridad competente. Por igual, EL BANCO, a su entera discreción, podrá obviar alguna de las condiciones precedentes antes indicadas de manera definitiva o establecerla como condición a cumplir por EL DEUDOR dentro de determinado período con posterioridad al desembolso xxx xxxxxxxxavales.

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Samples: Contrato Marco De Garantia Reciproca

CONDICIONES PRECEDENTES. La obligación a cargo de EL BANCO de desembolsar la suma xxx xxxxxxxx conforme a lo pactado en este Contrato, está sujeta al cumplimiento por parte de EL DEUDOR de las obligaciones establecidas en este Contrato o que sean establecidas de tiempo en tiempo previa aceptación de EL DEUDOR, y a que EL BANCO haya recibido, en forma aceptable para el mismo, las garantías, los documentos e informaciones que se indican a continuación, sin que esta enunciación sea limitativa sino simplemente enunciativa: 1) Documentos de identidad o Certificación de Registro Mercantil vigente de EL DEUDOR, en el caso de personas jurídicas; 2) En el caso de personas jurídicas, Acta de Inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) vigente de EL DEUDOR, en el caso de personas jurídicas; 3) En el caso de personas jurídicas, la resolución del órgano corporativo correspondiente de EL DEUDOR autorizando la suscripción del presente Contrato, y designando la persona o las personas que podrán firmar en su representación el presente Contrato o cualquier otro documento requerido por EL BANCO y que guarde relación con el préstamo; 4) En el caso de personas jurídicas, cualquier otro documento corporativo legal que sea requerido por EL BANCO que permita demostrar que EL DEUDOR cumple adecuadamente con todas las obligaciones establecidas en sus estatutos sociales sociales, y las leyes imperantes en la República Dominicana; 5) La constitución de la GARANTÍA HIPOTECARIA que se describe debajogarantía prendaria sobre certificado(s) de depósito(s), la cual se realiza mediante el presente Contrato, y la entrega del o de cualquier documento los certificado(s) de depósito(s); así como, el cumplimiento de los demás trámites legales que sea necesario sean necesarios para perfeccionar la mismapignoración del instrumento financiero. Las condiciones precedentes antes indicadas no son limitativas, y EL BANCO podrá exigir requisitos adicionales de acuerdo a sus políticas internas sobre administración de créditos, por mandato de la regulación vigente o de la Superintendencia de Bancos o cualquier otra autoridad competente. Por igual, EL BANCO, a su entera discreción, podrá obviar alguna de las condiciones precedentes antes indicadas de manera definitiva o establecerla como condición a cumplir por EL DEUDOR dentro de determinado período con posterioridad al desembolso xxx xxxxxxxx.

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Samples: Contrato De Préstamo Con Garantía Cd Banesco