CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. 08.0.1.05.22.0000.3.233.00.22230.001/I.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. 18.0.1.08.10.1200.1.237.61.41130.001.L 18.0.1.08.10.2200.1.237.61.41130.002.H 18.0.1.08.10.3200.1.237.61.41130.001.Q
24.1.- El gasto está cofinanciado: No
24.2.- Tramitación anticipada: Si (la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo.)
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. Al tratarse de un contrato que no genera gastos sino ingresos, no es necesario habilitar consignación presupuestaria.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. Se estará a lo establecido en el apartado “F” (CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA) de la carátula de este pliego.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. El valor estimado del contrato es de 12.757,63€ que comprende el anual por el número de años y todo ello sin IVA Para el gasto que supone esta contratación en el presente ejercicio y que asciende a 1.881,86€ (IVA INCLUIDO ) existe consignación y financiación suficiente con cargo a las partidas 000-0000-00000 del Presupuesto para el año 2.011 comprometiéndose el PMD a consignar los créditos precisos para atender las obligaciones derivadas del cumplimiento del contrato hasta su conclusión. Al estar previsto que este contrato se formalice en el próximo ejercicio presupuestario y que la ejecución del mismo alcance ejercicios posteriores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94.2 LCSP deberán de comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias de las distintas Administraciones públicas sujetas a esta Ley.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. A los efectos de lo dispuesto en el Art. 26 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) por Lanbide-Servicio Xxxxx xx Xxxxxx se cuenta con las dotaciones precisas para hacer frente a los gastos derivados del contrato (6223401). 24.1.-El gasto está cofinanciado (sí/no): No.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. 17.0.1.07.11.0400.3.632.01.22230.001/H
24.1.- El gasto está cofinanciado: No.
24.2.- Tramitación anticipada: No.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. El valor estimado del contrato es de 106.488,57 € que comprende el anual por el número de años (dos años), incluyendo prórrogas (un año) y todo ello sin IVA. Al estar previsto que este contrato se formalice en el próximo ejercicio presupuestario y que la ejecución del mismo alcance ejercicios posteriores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del TRLCSP deberán de comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias de las distintas Administraciones públicas sujetas a esta Ley. Las obligaciones derivadas del cumplimiento del contrato hasta su conclusión alcanzan: Año 2017 42.950,39 € aplicación presupuestaria 359 33701 22799 Año 2018 42.950,39 € aplicación presupuestaria 359 33701 22799 En caso de prórroga de un año: Año 2019 42.950,39 € aplicación presupuestaria 359 33701 22799 Al tratarse de un gasto plurianual deberá de dotarse de crédito suficiente en la citada aplicación presupuestaria, a los sucesivos presupuestos al objeto de no incurrir en el supuesto de nulidad del artículo 173.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. Para el gasto que supone esta contratación deberá dotarse de consignación y financiación suficiente con cargo a la partida 254.15320.61907 del Presupuesto para el año 2016.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. Para el gasto que supone esta contratación existe consignación y financiación suficiente con cargo a la partida 184.3330.22799 del presupuesto ordinario para el año 2013 del Patronato Sociocultural.