Contrato de trabajo común y ordinario Cláusulas de Ejemplo

Contrato de trabajo común y ordinario. Las principales modalidades de contrato en la actualidad son:  Indefinidos: Contrato al que todo trabajador aspira por lo que representa de estabilidad y reconoci- miento laboral. Un contrato indefinido se caracteriza por su “indefinición” de la fecha de vencimien- to/vigencia del contrato, o “perpetuidad” en la vida laboral de la empresa. Supone la máxima estabi- lidad del trabajador, ya que no tiene “fecha de caducidad” del contrato y se presupone “larga vida la- boral” dentro de la empresa. Las garantías laborales por despido y sus correspondientes indemniza- ciones son de mayor “calidad” que en otras modalidades de contrato de trabajo (temporales). Además el Real Decreto-Ley 3/2014 de 28 de Febrero de Medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, introduce cotizaciones empresariales por el trabajador, de 50 euros/mes - 100 eu- ros/mes por contingencias comunes (la cantidad varía según sea un contrato a tiempo parcial /total). El plazo de vigencia son 24 meses para los contratos celebrados entre el 25 de Febrero de 2014 y 31 de Diciembre de 2014. Una vez acabado el plazo de esta cotización “plana” de la empresa por sus trabajadores, en lo que se refiere a contingencias comunes, la empresa podrá aplicar una reducción del 50% sobre la cotización por con- tingencias comunes ordinaria (la vigente con carácter general). xxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxx_xxxxxxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxx_xxxxxxx_xxxxxxx/xxxxxxxxx_xxxxx aciones_ss.html  Contrato indefinido para emprendedores: El contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores (art. 4 de la Ley 3/2012 de 6 Julio de Reforma urgente xxx Xxxxxxx laboral) fo- menta la contratación estable por parte de los emprendedores y PYMES, que suponen más del 95% del tejido productivo. No pueden beneficiarse de este tipo de contrato, aquellas empresas que en los 6 meses anteriores a la celebración del contrato, hubieran realizado despidos calificados como impro- cedentes. Debe mantenerse el empleo del trabajador contratado durante al menos 3 años desde la fecha del inicio de la relación laboral, y deberá mantenerse el nivel de empleo en la empresa alcanzado con el contrato por tiempo indefinido de apoyo a emprendedores durante, al menos, un año desde la celebración del contrato. Se podrá realizar este tipo de contrato, hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%:  Para empresas que tengan menos de 50 trabajadores en el momento de la contratación.  Por tiempo ind...

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