Responsabilidad por defectos Cláusulas de Ejemplo

Responsabilidad por defectos. 9.1 En el presente Contrato, y sujeto a lo establecido en la Cláusula 9.2, se entenderá por defecto cualquier disconformidad en los Suministros con los términos expresamente establecidos en este Contrato resultantes de las circunstancias que existen en los Suministros en el momento de la transmisión del riesgo al Cliente ("Defectos").
Responsabilidad por defectos. 10.1 En el presente Contrato, y sujeto a lo establecido en la Cláusula 10.2, se entenderá por defecto cualquier disconformidad en los Trabajos con los términos expresamente establecidos en este Contrato resultantes de las circunstancias que existen en los Trabajos en el momento de la transmisión del riesgo al Cliente ("Defectos").
Responsabilidad por defectos. 14.1 El cliente no tendrá derecho alguno por un defecto del suministro o prestaciones cuando sólo se haya producido una ligera disminución de la calidad acordada. En tanto que el suministro o prestación sea defectuoso, y el cliente haya reclamado debidamente de acuerdo con estas condiciones generales, procederemos, a nuestra elección, a un suministro adicional o a subsanar el defecto (Nacherfüllung). A estos efectos siempre se nos ofrecerá esta posibilidad dentro de un plazo razonable. En caso de que el defecto no quedase subsanado y renunciemos a llevar a cabo adicionales intentos de subsanación, el cliente podrá resolver o bien reducir correspondientemente el pago.
Responsabilidad por defectos. 7.1 En caso de existir un defecto material dentro del plazo de prescripción, cuya causa ya existía en el momento de la transferencia del riesgo, el Proveedor podrá, a su discreción, o bien subsanar el defecto o bien entregar un artículo sin defectos como cumplimiento posterior. El defecto se subsanará mediante la sustitución o la reparación del objeto defectuoso en la sede del Proveedor, a menos que las Partes acuerden lo contrario de forma expresa o tácita (por ejemplo, mediante una actuación in situ sin oposi- ción). Las piezas sustituidas pasan a ser propiedad del Proveedor; las disposiciones del apartado 6 se aplican de forma análoga.
Responsabilidad por defectos. 9.1 El Proveedor garantiza x Xxxxx que los productos o servicios solicitados son conformes con el contrato, con las buenas prácticas xx xxxxxxx y con las especificaciones técnicas presentadas y están libres de defectos e imper- fecciones al momento de la transferencia del riesgo.
Responsabilidad por defectos. A fin de que las Obras y los Documentos del Contratista, así como cada una de las Secciones, puedan estar en las condiciones exigidas en el Contrato (a excepción del uso y desgaste justo), a la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos pertinente o tan pronto como sea posible después de esa fecha, el Contratista deberá:
Responsabilidad por defectos. 7.1 En lo que respecta a los derechos del socio comercial por defectos materiales y jurídicos (incluidos los suministros incorrectos o incompletos, así como un montaje indebido o unas instrucciones de montaje deficientes), serán de aplicación las disposiciones legales cuando no se haya acordado más adelante algo distinto. En cualquier caso, no se verán afectadas las disposiciones especiales legales para el suministro final de productos contractuales a un consumidor (recurso del proveedor según el art. 478 del Código Civil alemán). Los derechos del recurso del proveedor quedan excluidos cuando el socio comercial o un tercero encargado por este hayan causado el defecto en el producto contractual (en particular, por cambios o instalaciones indebidas y no correspondientes con el estado de la técnica, o contrarias a nuestras recomendaciones).
Responsabilidad por defectos. 10.1 TECOSA - grupo Siemens será responsable de una prestación de Servicios apropiada de conformidad con el presente Contrato. Si TECOSA - grupo Siemens entrega materiales o bienes relacionados con los Servicios, TECOSA - grupo Siemens será responsable frente al Cliente de cualquier incumplimiento de los términos expresos de este Contrato que resulten de las circunstancias existentes en el momento de la transmisión del riesgo.
Responsabilidad por defectos. 12.1. En caso de que se aprecien defectos antes o durante la transmisión del riesgo o durante los plazos prescriptivos descritos en los puntos 12.7 y 12.8, el Proveedor deberá eliminar por su cuenta los defectos o realizar una entrega o servicio nuevos y libres de defectos, según lo que decida GFT. Lo mismo se aplica a las entregas y los servicios en los que el control se haya limitado a comprobaciones aleatorias. La elección de GFT será tomada según un criterio justo.
Responsabilidad por defectos. Terminación de Trabajos Pendientes y Reparación de Defectos A fin de que las Obras y los Documentos del Contratista, así como cada una de las Secciones, puedan estar en las condiciones exigidas en el Contrato (a excepción del uso y desgaste justo), a la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos pertinente o tan pronto como sea posible después de esa fecha, el Contratista deberá: Terminar los trabajos que queden pendientes en la fecha señalada en el Certificado de Recepción de Obra, dentro del plazo razonable que indique el Ingeniero; y Realizar todos los trabajos exigidos para reparar los defectos o daños, conforme notifique el Contratante (o en su nombre) el, o antes del, día de vencimiento del plazo para la Notificación de Defectos correspondiente a las Obras o a la Sección (según proceda). Si se detecta algún defecto u ocurre algún daño, el Contratante (o alguien en su nombre) notificará debidamente al Contratista.