CRITERIOS MÍNIMOS DE SELECCIÓN Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS MÍNIMOS DE SELECCIÓN. La Unidad de Gestión del FFIE, durante la realización del estudio y análisis xxx xxxxxxx y teniendo en cuenta las actividades que se desarrollarán durante la ejecución del contrato, su tipo, alcance, magnitud y complejidad, y en aras de propender por la selección de un contratista idóneo que ejecute el contrato con las mejores calidades, ha determinado que el oferente deberá cumplir con los siguientes requerimientos mínimos: 5.2.1 EXPERIENCIA 5.2.1.1 EXPERIENCIA EN CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE EDIFICACIONES.
CRITERIOS MÍNIMOS DE SELECCIÓN. El Área de Estudios Previos de Fonade, durante la realización de los estudios y documentos previos, teniendo en cuenta las actividades que se desarrollarán durante la ejecución del contrato, su tipo, alcance, magnitud y complejidad, y en aras de propender por la selección de un contratista idóneo que ejecute el contrato con las mejores calidades, ha determinado que el oferente deberá cumplir con los siguientes requerimientos mínimos: 5.2.1. EXPERIENCIA 5.2.2. RUP NO APLICA 5.2.3. INDICES FINANCIEROS
CRITERIOS MÍNIMOS DE SELECCIÓN. El FFIE teniendo en cuenta las actividades que se desarrollarán durante la ejecución del contrato, su tipo, alcance, magnitud y complejidad, y en aras de propender por la selección de un contratista idóneo que ejecute el contrato con las mejores calidades, ha determinado que el oferente deberá cumplir con los siguientes requerimientos mínimos: 16.2.1. EXPERIENCIA
CRITERIOS MÍNIMOS DE SELECCIÓN. EI Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento deberá considerar en eI RegIamento correspondiente, Ios siguientes criterios mínimos: a. EI ingreso famiIiar mensuaI máximo. b. EI ahorro mínimo depositado en una institución deI sistema financiero nacionaI. c. Las características de Ia vivienda de interés sociaI. Se puede acceder aI Bono FamiIiar HabitacionaI me- diante postuIación individuaI o coIectiva.
CRITERIOS MÍNIMOS DE SELECCIÓN. El Área de Estudios Previos de FONADE, teniendo en cuenta las actividades que se desarrollarán durante la ejecución del contrato, su tipo, alcance, magnitud y complejidad, y en aras de propender por la selección de un contratista idóneo que ejecute el contrato con las mejores calidades, ha determinado que el oferente debe cumplir con los siguientes requerimientos mínimos: 5.2.1. Experiencia. En este Estudio Previo se considera que el factor técnico de escogencia es la Experiencia Específica del Oferente, para la cual en el presente proceso se considera oportuno, objetivo ecuánime y razonable solicitar Experiencia Espe- cífica en: INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN A: PROYECTOS DE IMPLEMENTACION Y/O INSTALACIÓN Y/O PUESTA EN SERVICIO DE SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES Y/O IMPLEMENTACION Y/O INSTALACIÓN Y/O PUESTA EN SERVICIO DE SISTEMAS DE VIGILANCIA QUE INCLUYA CIRCUITOS CERRADOS DE TELEVI- SIÓN - CCTV. La experiencia deberá ser acreditada con la ejecución de MINIMO UNO (01) Y XXXXXX XXXXX (05) CONTRATOS terminados en los últimos DIEZ (10) años, contados a partir de la fecha establecida para presentar oferta.  Los contratos aportados deben sumar, en su conjunto, un valor igual o superior a uno punto cinco (1.5) veces el valor xxx XXX, expresado en SMMLV.  Mínimo uno (01) de los contratos aportados deberá ser igual o superior al 100% del presupuesto oficial estimado X.X.X. Expresado en S.M.M.L.V. el cual deberá contemplar la INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN A PROYECTOS DE IM- PLEMENTACIÓN DE SISTEMAS INTEGRADOS DE EMERGENCIAS Y SEGURIDAD SIES - SUBSISTEMA CCTV. 5.2.2. Índices financieros. No aplica 5.2.3. Capital de trabajo en el caso de prescindir de anticipo. No aplica. 5.2.4. Capacidad residual. No aplica.

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  • PROCESO DE SELECCIÓN Las solicitudes que cumplan el requisito de titulación y estén dentro del plazo de la convocatoria serán examinadas por un jurado compuesto por tres miembros (un presidente y dos vocales). De las candidaturas recibidas se realizará una valoración curricular donde se asignará una puntuación a los/las candidatos/as valorando los méritos que presentan, según los requerimientos solicitados para el puesto. Posteriormente, los candidatos podrán ser convocados a una entrevista personal.

  • CRITERIOS DE DESEMPATE De conformidad con el artículo 21 de la Ley 80 de 1993, el artículo 24 de la ley 361 de 1997, el artículo 12 de la Ley 590 de 2000 modificado por el artículo 9 de la Ley 905 de 2004, los artículos 1 y 2 de la Ley 816 de 2003, el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1 .1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015, en el evento en que dos o más propuestas obtengan el mismo puntaje, sucesivamente y de manera excluyente se dará prioridad a: 1. La propuesta que presente el mayor puntaje en la calificación de la oferta económica. 2. La propuesta que presente el mayor puntaje en la calificación del factor calidad. 3. La propuesta que presente el mayor puntaje en la calificación del factor de reciprocidad y apoyo a la industria nacional. 4. La oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. 5. Las ofertas presentada por una Mipyme nacional. 6. La oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio o Unión Temporal. a) Un proponente conformado en un cien por ciento (100%) por Mipymes nacionales, se considera en sí una Mipyme Nacional. b) Para el criterio de desempate No. 6, se tendrá en cuenta que al menos uno de los integrantes sea Mipyme nacional y tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%). c) Para efectos de los criterios de desempate previstos en los numerales 6 y 7, el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia, se calculará respecto del valor total de la experiencia solicitada en el pliego de condiciones. 7. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un (1) año de anterioridad a la fecha de cierre del presente proceso de selección, y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación para lo cual deberá diligenciar el Formato 4. Si la oferta es presentada por un Consorcio o Unión Temporal, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio o Unión Temporal y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta. 8. Si una vez agotado el procedimiento señalado en el numeral anterior persiste el empate, se realizará un sorteo por BALOTAS mediante el siguiente procedimiento: