CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones cuando la cantidad de los servicios ofertados sea menor al 100% de los solicitados por la convocante en la partida correspondiente, procediéndose a descalificar la que no esté completa.
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 y 36 Bis, fracción II, de “La Ley” y 51 de su “Reglamento”, considerando que el SERVICIO DE VIGILANCIA, no requieren vincular las condiciones que deberán cumplir los licitantes con las características y especificaciones del servicio a contratar, derivado de que estos, se encuentran estandarizados en el mercado y el factor preponderante que considera para la adjudicación del contrato es el precio más bajo, por lo tanto, la evaluación de las proposiciones se aplicará bajo el Criterio Binario, por no ser servicios de alta especialización técnica o de innovación tecnológica. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus propuestas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la Convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento” de “La Ley”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones cuando la cantidad del servicio ofertado sea menor al 100% de los solicitados por la Convocante en cada Partida correspondiente, procediéndose a descalificar la que no esté completa. La propuesta técnica deberá contar con firma electrónica, de acuerdo con los medios de identificación electrónica establecidos por la Secretaría de la Función Pública.
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. LOS CRITERIOS QUE SE APLICARÁN PARA EVALUAR LAS PROPOSICIONES, SE BASARÁN EN LA INFORMACIÓN DOCUMENTAL PRESENTADA POR LOS LICITANTES CONFORME AL ANEXO NÚMERO 7 (SIETE), EL CUAL FORMA PARTE DE LAS PRESENTES CONVOCATORIA, OBSERVANDO PARA ELLO LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 36 EN LO RELATIVO AL CRITERIO BINARIO Y 36BIS, FRACCIÓN II, DE LA LAASSP. LA EVALUACIÓN SE REALIZARÁ COMPARANDO ENTRE SÍ, EN FORMA EQUIVALENTE, TODAS LAS CONDICIONES OFRECIDAS EXPLÍCITAMENTE POR LOS LICITANTES. NO SERÁN OBJETO DE EVALUACIÓN, LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS POR LA CONVOCANTE, QUE TENGAN COMO PROPÓSITO FACILITAR LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y AGILIZAR LOS ACTOS DE LA LICITACIÓN, ASÍ COMO CUALQUIER OTRO REQUISITO CUYO INCUMPLIMIENTO, POR SÍ MISMO, NO AFECTE LA SOLVENCIA DE LAS PROPOSICIONES. EN TRATÁNDOSE DE LOS DOCUMENTOS O MANIFIESTOS PRESENTADOS BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 39, PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL REGLAMENTO DE LA LAASSP, SE VERIFICARÁ QUE DICHOS DOCUMENTOS CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS. NO SE CONSIDERARÁN LAS PROPOSICIONES, CUANDO NO COTICE LA TOTALIDAD DE LOS BIENES REQUERIDOS POR PARTIDA.
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. 10 DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES DE LOS LICITANTES, DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA Y CANCELACIÓN DE LICITACIÓN.
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Con fundamento en el artículo 36 de la LEY (LAASSP), los criterios que se aplicarán para evaluar la solvencia legal, técnica y económica de las propuestas de los LICITANTES por parte del COMITÉ, será el de PUNTOS Y PORCENTAJES donde la PROPUESTA TÉCNICA REPRESENTA EL 60% Y LA ECONÓMICA EL 40%. La evaluación del anexo técnico debe de cumplir e incluir estrictamente todas y cada una de las modificaciones derivadas de la junta de aclaraciones y con las condiciones ofertadas estrictamente en esta CONVOCATORIA para no causar desechamiento.
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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.