Cuentas Elegibles Cláusulas de Ejemplo

Cuentas Elegibles significa las Cuentas de los Tarjetahabientes que, al momento de la Fecha de Determinación cumplen con las siguientes características: (a) corresponden a Tarjetas de Crédito que están vigentes y respecto de las cuales el Fiduciante no ha recibido denuncias de fraude, hurto, robo, pérdida o destrucción, ni cuestionamiento fundado y válido por parte del Tarjetahabiente de conformidad con los artículos 27 y 28 de la Ley 25.065; (b) corresponden a Tarjetahabientes que registran una antigüedad igual o mayor a los 60 (sesenta) días y respecto de los cuales el Fiduciante haya emitido al menos 1 (una) liquidación; y (c) no registran atraso superior a 30 (treinta) días en cada Fecha de Determinación. En tal sentido, Cartera significa el conjunto de derechos creditorios que conforman los Bienes Fideicomitidos incluyendo la Cartera de Corto Plazo y Cartera xx Xxxxxxx Plazo, correspondiendo a dos Carteras diferenciadas; Cartera de Corto Plazo, significa la Cartera que respalda a los VDF de Corto Plazo, contribuye proporcionalmente a los Gastos Deducibles y la Cuenta de Contingencias y que se describe en el Anexo A del Contrato Suplementario; y Cartera xx Xxxxxxx Plazo, significa la Cartera que respalda a los Valores Fiduciarios xx Xxxxxxx Plazo, contribuye proporcionalmente a los Gastos Deducibles y la Cuenta de Contingencias y que se describe en el Anexo A del Contrato Suplementario. Proceso de revolving: Durante la vigencia de los VDF, el Fiduciante se obliga a ceder fiduciariamente a la respectiva Cartera del Fideicomiso Financiero nuevos Créditos correspondientes a Cuentas Elegibles, conforme lo establecido en el Artículo IV del Contrato Suplementario.
Cuentas Elegibles significa las Cuentas de los Tarjetahabientes que, al momento de la Fecha de Determinación cumplen con las siguientes características: (a) corresponden a Tarjetas de Crédito que están vigentes y respecto de las cuales el Fiduciante no ha recibido denuncias de fraude, hurto, robo, pérdida o destrucción, ni cuestionamiento fundado y válido por parte del Tarjetahabiente de conformidad con los artículos 27 y 28 de la Ley 25.065; (b) corresponden a Tarjetahabientes que registran una antigüedad igual o mayor a los 60 (sesenta) días y respecto de los cuales el Fiduciante haya emitido al menos 1 (una) liquidación; y (c) no registran atraso superior a 30 (treinta) días en cada Fecha de Determinación. En tal sentido, Cartera significa el conjunto de derechos creditorios que conforman los Bienes Fideicomitidos que se describen en el Anexo A del Contrato Suplementario. Proceso de revolving: Durante la vigencia de los VDF, el Fiduciante se obliga a ceder fiduciariamente al Fideicomiso Financiero nuevos Créditos correspondientes a Cuentas Elegibles, conforme lo establecido en el Artículo IV del Contrato Suplementario.
Cuentas Elegibles. 5. Descargos de responsabilidad
Cuentas Elegibles. La mayoría de los estados de cuenta y documentos de Cuentas Elegibles pueden entregarse por Internet. Usted podrá determinar la elegibilidad para los estados de cuenta por Internet iniciando sesión en Sitio Web (en inglés).
Cuentas Elegibles. Podemos agregar o eliminar cuentas externas elegibles del Servicio de Agregación en cualquier momento y por cualquier motivo, y no tenemos obligación alguna de notificarte dicho cambio. Aceptas tomar las medidas necesarias para cancelar las autorizaciones pendientes, suscribir autorizaciones nuevas o actualizar las existentes, o dar efecto al mantenimiento, la adición o la eliminación de Cuentas Vinculadas. Comprendes y reconoces que las conexiones a Cuentas Vinculadas pueden perderse y que actualizar dichas conexiones es tu responsabilidad exclusiva. Comprendes y reconoces que las instituciones que tienen la custodia de tus cuentas y activos pueden no calificar para el Servicio de Agregación.‌ El Servicio de Agregación se proporciona "tal cual" y "según disponibilidad" solo con fines informativos para tu comodidad, y no pretende reemplazar los registros y estados de cuenta oficiales con respecto a tus activos y cuentas. No debes basarte en esta información para fines de operaciones bursátiles o transacciones, y siempre debes verificar la precisión de los Datos Agregados. La información entrará en vigor a partir de los Datos Agregados más recientes transmitidos desde tus Cuentas Vinculadas y es posible que no sea precisa si esa transmisión no se completó correctamente o si la información de la Cuenta Vinculada no es precisa o actual, y nos basaremos en la información que proporciones con respecto a tus Cuentas Vinculadas, sin más verificación ni validación. No actuamos como tu administrativo o fiduciario de inversiones, dando asesoramiento legal, tributario o financiero, ni proporcionamos ningún servicio financiero al brindar el Servicio de Agregación o con respecto a las Cuentas Vinculadas. Rechazamos expresamente todas las garantías de cualquier tipo con respecto al Servicio de Agregación y toda la información, los productos, los servicios y el contenido proporcionados en relación con el Servicio de Agregación, ya sean expresos o implícitos, incluyendo las garantías implícitas de comerciabilidad, aptitud para un propósito en particular, funcionalidad, título y no violación, y cualquier garantía implícita en cualquier curso de negociación, curso de ejecución o uso del comercio, y específicamente rechazamos todas y cada una de las garantías implícitas. Los descargos de responsabilidad de garantía anteriores se te aplicarán sin perjuicio de cualquier disposición en contrario en este Apéndice, pero sujeto a la ley aplicable que no permita la exclusión de cie...
Cuentas Elegibles. Son las Cuentas Elegibles que se detallan en el Disco Compacto que contiene la siguiente información. La preparación, en forma mensual y de acuerdo a lo dispuesto por las Normas de la CNV, a partir de la constitución del Fideicomiso, de un informe respecto de la información recibida, la verificación de los Eventos Especiales que se establezcan en el Contrato de Fideicomiso vinculados con la performance de los Bienes Fideicomitidos, la verificación de imputación de Cobranzas del Fideicomiso respecto de la cobranza total por cada Crédito Cedido, como así también de los montos cobrados y transferidos, los Créditos Transferidos objeto de reemplazo y estado de atrasos de los Créditos Transferidos. La decodificación de la información, como su análisis y la elaboración de los reportes serán realizados con un software especialmente diseñado a estos efectos. A continuación se detallan las tareas a ser desarrolladas, dependiendo esto de la recepción en tiempo y forma de la información en soporte magnético o cualquier otra notificación que corresponda ser otorgada por parte del Agente de Cobro y Administración: El alcance de las tareas del Agente de Control y Revisión se limitará a las siguientes tareas, conjuntamente con las establecidas en el art. 28 del Cap. IV, Tít. V de las Normas:

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO VI.1 Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado en las anualidades, programas y aplicaciones presupuestarias que se detallan a continuación:

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este Título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el Título IV del Libro I del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, y en la normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en la presente Ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Todo lo necesario para su funcionamiento. REQUERIMIENTO DE ENERGÍA: Voltaje de alimentación 220 VAC/ 50 Hz. DESCRIPCIÓN : RX ARCO EN C Característica Propuesta (**) Según condiciones generales correspondientes CANTIDAD: 1 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Sistema radio quirúrgico de plataforma quirúrgica general, con intensificador de imagen de 9 pulgadas con dos monitores de grado medico LCD de 19”. Permite hacer fluoroscopia y radiografía para aplicaciones en procedimientos quirúrgicos generales incluyendo: Ortopedia, Trauma, Urología, Cirugía general, implante de marca paso, Vascular, Abdomen Tórax, Cabeza, Columna, y otras aplicaciones en donde se requiere Fluoroscopia normal y fluoroscopia pulsada. Unidad de control, transformador de alta tensión, intensificador de imagen, sistema de vídeo, posicionador mecánico con ruedas, gabinete móvil adicional con soporte para 2 monitores. Reporte de dosis GENERADOR XX XXXXX-X Generador digital compacto de alta frecuencia Generador monobloque digital compacto de anodo rotatorio con potencia de 5 Kw o mayor Fluoroscopia Normal: Rango aprox. de Kvp: 40 – 110; Rango aprox. de mA: 0.1 – 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia de Alto Nivel: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 0,2 - 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia Pulsada: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 8 – 12mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Reducción de la dosis de radiación para el paciente y el operador. Radiografía convencional: Rango de mA: 20 mA o mayor (fijo o variable). Tiempo de exposición controlado automáticamente. TUBO XX XXXXX-X Tubo xx xxxxx-x con ánodo rotatorio, punto focal fino de 0.3mm o menor y punto focal grueso de 0.6mm o menor COLIMADOR Colimador tipo iris Obturador paralelo xx xxxxx posición. CADENA DE IMAGEN Intensificador de imagen con 3 campos: de acuerdo al fabricante, que permiten al operador visualizar adecuadamente la anatomía relevante con excelente calidad de imagen a baja dosis, con resolución central mínima en el monitor DQE >=de 65%. Cámara tipo CCD (Charge Coupled Device) 1024 x 1024, al menos de 14 bits o tecnología superior Rotación Motorizada de la imagen de acuerdo a fabricante 2 Monitores de video de alta resolución LCD de 19” o mayor montados en una base. PROCESAMIENTO DIGTAL DE IMAGENES Selección automática de la técnica óptima de imagen. Posibilita calidad de imagen uniforme dentro del campo de visión. Simplifica la operación Ajuste Automático de brillo y contraste para lograr una alta calidad de imagen. Ajuste manual de brillo y contraste Inversión de la imagen Izquierda/Derecha Rotación de imagen Imagen negativa Memoria digital de 100.000 imágenes, mínimo Capacidad de congelar y mantener la última imagen adquirida en monitor en ausencia xx xxxxx-X (Hold Last Image) Ampliación y recorrido de la imagen ampliada (Zoom y roam). Transferencia de imágenes de un monitor hacia el otro. Intercambio de la imagen derecha/ izquierda Rotación de la imagen 360° Inversión de la imagen hacia arriba y hacia abajo Auto grabado de imagen. Conectividad: Puerto USB Conectividad DICOM versión 3.0: como mínimo: DICOM send o store query/retrieve; DICOM print; DICOM worklist Capacidad de almacenamiento, unas 100.000 imágenes en formato DICOM Unidad de grabación DVD, CD-R que grabe el visor DICOM INTERFASE DE USUARIO Controles multifunción: Interruptor de pie sencillo Interruptor de mano Anotación el teclado alfanumérico y ratón Directorio de imágenes multipropósito: Recuperación y revisión de imágenes Creación de copia impresa Copia y Borrado de imágenes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Brazo en C SID aproximado de (Distancia Foco. Film):980mm Desplazamiento vertical aproximado 400 mm o mayor motorizado Desplazamiento horizontal aproximado 200mm o mayor ACCESORIOS: Cinco juegos de cobertores estériles tanto para el intensificador de imágenes como para el tubo xx xxxxx x y el Arco en C La oferta debe incluir todos los accesorios necesarios para la puesta en funcionamiento.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.